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FICIAL DEL MINISTERIO DE MARINA

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Año XXII.

Madrid,

11 de enero de 1927. NUM. 7

FICIAL

DEL

MINISTERIO

DE

MARINA

Las

disposiciones

Insertas

en este

DIARIO tienen carácter

preceptivo.

Toda la

correspondencia

debeser

dirigida

al

Administrador

del DIARIO OFICIAL DEL MINISTERIO DE

MARINA

SUMARIO

Aviso.

Reales órdenes.

SECCION .DELPERSONAL. -Ascenso aMaq.

Of. de 2." cla

sedeun primer maquinista.-Antowia

concursos ,para cu

brirplazas de celadores de puerto y de

segundo contra.

maestres.-Sobre concesión de licen.ein a los maestres de ias distintasespecialidades que se encuentrenen primera campafía.-Cambiode destinode,personal de

inarineria.-':rasladaR. O.de.Guerra concediendo Medalla Militar

de Marruecosa un,2.°contramaestre.

SEOGION DEL MATERIAL.-Cambio dedestino

deun con

tramaestre y ull maestre radfotolografistas.

A_

17"

S

O

A fin de evitar los

perjuicios

que se

irrogan

a los se

/lores

suscriptores

con !a suspensión del

envío del Din

n'o OFICIAL, Se recuerda la conveniencia de

que los abo

nos que vencieron en ;:a de diciembre sean renovados

antes del 15 de enero

actual,

remitiéndose el

importe

al

Administrador

del DiAnio OFICIAL y Colección

Legis

lativa,

acompañado de unade las

fajas

con que se sirve

el

periódico,

y

expresando,

para mayor

claridad,

el nú

mero del

giro,

el cual debe

imponerse

con el mismonom

bre que

figure

en la

faja.

A los

pedidos

de DIAmos

OFICIALES

.atrasados

para

completar colecciones,

ylo mismo para los cuadernos de

Legislación,

deberá acompañarse el

importe

en sellos a

razón de

0,50

pesetas el

ejemplar,

y

dirigidos

asimismo al

Administrador.

—•— ,I=73~~/~/~~

Seccion oficial

REALES ORDENES

Excmo.

Sr.: S. M. e1

Rey

(u. D.

g..)

se

ha

ser

v;do disponer lo siemiente:

Cuerpo

de

Maquinistas

Sección).

Excmo.

Sr...

C11M1lic1'0

(le las condiciones

reglamenta,

rias para él ascenso v

aprobado

en el examen final

para

Oficial

el

primer

Maquinista

de la

Armada

D. 'Ramón

Loureiro

López,

S. M. el

Rey (q.

D.

g.),

de acuerdo con

SEuUluiv DE im,iii.NIER08.-Asigna Profesores u la Aca demia de

Ingenieros.

SECC1ON'DE SANIDAD.-Concede paseasituación de su

pernumerario,a1 Méd. D. M. Ballesta. INTENDENCIA GENERAL. Dis o e s

ceptos

.delspresugulstolle

Recti

cacion.

Circulares

y

disposiciones.

SECCION DEL PERSONAL. -Cambiode destino de tropa.

Sección

no

oficial.

Publica balances de las Asociaciones Benéficas

para huérfa

nos de los Cuerpos patentadosy subalternos de la Armada

~~9catram-A:-..i2caz -,29~1~=reiIMICIIIMIMM~

l'o propuesto por la Sección del Persoiial de este Minis

terio,

ha tenido a bien

promoverlo

al

empleo

de

Maqui

nista Oficial de

segunda clase,

con

antigüedad

c'el día

27

de

septiembre

de 1925, teniendo en cuenta para los efec

tos administrativos la del 25 de diciembre

último,

fecha

en que

cumplió

las coniciciones

reglamentarias,

'debien do ser escalafonado entre los de dicho

empleo

D.

Juan

Alonso Méndez y D. Marcial Cid

Mayobre.

Es también la Soberana voluntad ca'e S. M.

que el men

cionado que asciende continúe embarcado en el acorazado

Alfonso

XIII.

(De

Real orden lo comunico a V. E. para su conocimien

to y Gemís efectos.---Dios

guarde

a V. E. muchos años.

Madrid,

8 de enero de 1927.

CORNEJO.

Sr. General Jefe de la Sección de! Personal. Sr. Comandante General de la Escuadra de

Instruc.sción.

Sr. Intendente General de 'Marina.

Sr. Ordenador General de

Pagos

de este Ministerio. Sr. Interventor Central de Marina.

9

Cuerpo

de

Celadores

de

puerto.

Circular.—Con

el fin de cubrir r213

plazas

de Celado res de puerto de

segunda

clase que faltan para el com

pleto

de la

plantilla reglamentaria,

S. M.

el

Rey (q.

D.

g.),

a propuesta de la Sección del

Personal,

se ha servido dis

poner sea

explorada

la voluntad

de los Maestres de las

diferentes

especialidades

examinados

para Cabos de mar, los no

procedentes

de la

marinería,

que estanco bien con

ceptuados

por sus

jefes

y teniendo

cumplida

la edad de treinta y cinco años

aspiren

a

ingresar

en el referido

Cuerpo.—Por

los Estados

Mayores

respectivos serán le

vantachs relaciones de

aspirantes,

una por cada

especia

lidad,

haciendo constar en ellas la fecha de nacimiento

de Tos

interesados,

sin

que por

concepto alguno

puecia

fint

rar en las mismas

personal

(2)

78.—NUM. 7. DIARIO OFICIAL

apuntados.

Las

expresadas

relaciones deberán encon

trarse en este Ministerio antes deldía lo de febrero

pró

ximo.—Es al

propio tiempo

la Voluntad de S. M. que las

plazas

se

adjudiquen

por orden

riguroso

de edad.

Lo que de Real orden

digo

a V. E. para su conoci miento y efectos.,---Dios

guarde

a V. E. muchos años.–

-Madrid,

8 de enero de 1927.

CORNMO.

Sr. General

Jefe

de la

Secci3n

del

Personal.

Sres.

Capitanes

Generales de los

Departamentos

de Cá

diz,

Ferrol y

Cartagena.

Sr. Comandante General de la Escuadra de Instrucción.

Sr. General

jefe

de las Fuerzas Navales del Norte de A f rica.

•••■• ••mm•ww••1 •■••■•m.•

Marinería.

Circular.—Excmo: Sr.: S. M. el

Rey (q.

D.

g.)

se ha servido

disponer

que para

cumplimiento

de lo puesto en el art.

7.°

del

vigente Reglamento

dé ascensos

de la marinería se anuncie un concurso para

cubriy

40

plazas

de

segundos

Contramaestres entre los Maestres de

marinería que reúnan las condiciones

siguientes:

Lo Tener menos de treinta y cinco años de edad.

Contar con diez y ocho meses en la clase de Maes

)(

tres.

3.0 Tener en su libreta una

conceptuación

(:e

"apto

para

Contramaestre",

confirmando sus Comandantes que

siguen

mereciéndola en el momento de dar curso a las instancias.

Las instancias serán

dirigidas

al Sr.

Capitán

General

del

Departamento

de El Ferro] dentro de los

plazos

que señala el

Reglamento

de ascensos de la marinería.

De Real ord'en lo

digo

a V. E. para su conocimiento y

efectos.—Dios

guarde

a V. E. muchos

años.—Madrid,

8

de enero de 1927.

Señores....

CORNEJO.

Excmo. Sr.: Visto el escrito núm. 2440, cursado por

V. E. en 18 de octubre

próxmo

pasado,

referente a si son

aplicables

a los Maestres de las distintas

especiali

dades'los beneficios que concede el artículo 23 del

vigen

te

Reglamento

de

enganches

y

reenganches

de la mari

nería,

S. M. el

Rey (q:

D.

g.),

de acuerdo con lo infor

mado por la Sección del

Personal'

y Asesoría General

de este

Ministerio,

ha tenido a

bien resolver la consul

ta formulada en el sentido de que los Maestres de las

distintas

especialidades

que se encuentren en

primera

campaña

tienen derecho a disfrutar la licencia con sueldo

entero a que se refieren los dos

primeros

párrafos

delar

tículo 23 del

vigente Reglamento

de

referencia,

debiendo

dicho precepto.ser aclarado en el sentido de que la expre sada licencia sólo

podrá

ser

otorgada

al

personal

que por

tener que

prestar

sus servicios a

bordo,

como

dispone

el

artículo 22 del

Reglamento citado,

vive

separado

de su

familia.

De Real orden lo

digo

a V. E. para su conocimiento y efectos.--Dios

guarde

a V. E. muchos

años.—Madrid,

5

de enero de 1927.

CORNEJO. Sr.

Capitán

General del

Departamento

de

Cartagena.

Señores

Excmo. Sr.: S. M. el

Rey (q.

D.

g.)

se ha servido (.1,,

poner que el

personal

(le Marinería que a continuación se relaciona cese en sus actuales destinos y pase a pres

tar sus servicio a las órdenes de las Autoridades

jurisdic

cionales que al frente de cada uno se indican.

IDe Real orden lo

digo

a V. E. para su conocimiento y efectos.—Dios

guarde

a V. E. muchos años. Madrid, 8

de enero de 1927.

CORNMO.

Sr.

Capitán

General del

¡Departamento

del Ferrol,

Sr.General

Jefe

de la Seccióne:e

Campaña.

Relación de

refeírencia.

Marinero

José

País

Rial,

de la corbeta Nautilusal Co

legio

de Nuestra Señora del Carmen.

Idem Ciuillermo Nolla

López,

de 1;1 1;lse naval de 1.a

Graña. al Ministerio de Marina.

Medalla Militar

de Marruecos.

Excmo. Sr.: Por el Ministerio de la Guerra, en Real

orden fecha 28 del mes

último,

se dice a este de Marina

lo.que

sigue:

«Excmo. Sr.: Vista la instancia que V. E. cursó a

este Ministerio en 4 del mes actual,

..promovida

por el

segundo

Contramaestre de laArmada D. Francisco Bar dí Lama-eca en

súplica

de que le sea concedida La Me

dalla Militar de Marruecos y

pasadores

que

puedan

co

rresponderle,

el

Rey (q.

D.

g.),

de acuerdo con lo in

formado por el General en Jefe del

Eiárcito

de

España

en

Africa,

se ha servido

concetier

al

solicitante

la citada

condecoración, con los

pasadores

Tetuán y Melilla, como

comprendido

en el artículo 5: del Real decreto de 29 de

junio

de 1916

(C.

L. núm.

132).

Lo que de

igual

Real orden

digo

a V. E. para su co

nocimiento

y electos.---Dios

guarde

a V. E. muchos años.

Madrid,

8 de enero de 1927.

C'MI N EJ .

Sr. General Jefe de laSección del Personal. Sr.

Capitán

General del

Departamento

de Cádiz.

= o ==

Seccion

del Material

Radiotelegrafistas.

.Excmo. Sr.: S. M. el

Rey (q.

D. g.), otle acuerdo con

lo propuesto por la Sección (:el

Material,

sé ha

dignado

disponer

que se efectúen ei. el

personal radiotelegrafista

los cambios de destinos que a continuación seexpresan: Contramaestre D. Manuel Peralta

Díez,

cesa en la Es

cuadra y pasa destinado al

radiogoniómetro

de Mahón. Maestre

raGlotelegrafista

'Vicente Sánchez Mellado, ce

en el

radiogoniómetro

de Mahón y pasa destinado a

la Estación

radiotelegráfica

de

Cartagena.

Lo que e:eReal orden

digo

a V. E. para su conocimien

to) y demás efectos.—Dios

guarde

aV. E. muchos

años.--Madrid, 7 de enero de

1927.

CORNEJO.

Sr. General

Jefe

(;e la Sección del Material.

Sr.

Capitim

'General del

Departamento

de

(Irtagena.

Señores...

==O= =

Secdon

de

Ingenieros

Academia de

Ingenieros

y

Maquinistas

de la

Armada.

Excmo. Sr:.1 Para atender debidamente las enseñanzas

de

Ingenieros

e:e la Armada en la Academia del

Cuerpo,

comoconsecuencia del Real

decreto-ley

de 15 (le diciem

bre

último,

referente a

plantillas

cse los

Cuerpos

de la Ar

mada,

S. M. el

Rey (q.

D.

g.),

de acuerdo con lo infor mado por la Intendencia General y apropuesta de la See-'

ción de

Ingenieros,

seha servi(:o

disponer:

I.°

Que

el Profesorado para los tres cursos de

inge

(3)

DEL MINISTERIO DE MARINA

tituyan

.el Teniente Coronel

Subdirector, el,

Capitán

don

Enrique

1DublancTolosaná,

los Tenientes D. Rafael León

de

Palacios,

D.

Guillermo Botaz Olano,

el Comancánte

de

Ingenieros

del

Ejéráto.

D. Modesto

Blanco,

Díaz,,In

geniero

Naval

agregado

a los servicios del

Cuerpo,

el Te

niente de Navío D:

José

María González-Llanos

los

Ingenieros

de la Armada en situación de supernumera

rios Teniente Coronel D.. Carlos Godino y

Gil,

Comandan te D.

Ambrosio* Espinosa Rodríguez

y

Capitán

D.

Juan

Antonio Cerrada y

González

de

Serralde, todos

rllgs

ya

destinados en la

,Academia,

acuyo fin los tres

últimos‘con

tinuarán

desempeñando

los cursos que se les encomien

den en tanto se les

consideren

necesarios en las mismas

condiciones que en' el curso ahora terminado.

2.°

Que

los Tenientes de

Ingenieros

D.

Miguel

Poole

Shaw, D. José

Parga Rapa

y D. Leonardo Nardiz Echa

nove

desempeñen,

cada uno, una de

las

clases del curso

-Maquinistas

subalternos y de' los do's de

Aprendices

Maquinistas

que existen en la

Academia,

debiendo estos tres C.>fi.pciales sustituir en ausencias y enfermedades 'a los titulares de las clases de

Ingenieros.

3.0

ta

distribución de las clases de

Ingenieros

entre

el

personal

que

quede designado

sehará en

Junta

de Pro

fesores,

respetando

en todo lo

posible

la distribución que

estableció la Real oré:en de 25 de marzo del a5o último,

dando cuenta a este Ministerio de la que se acuerde.

4.0 Para la anterior .dstribución, así como para cuan

to

reglamentariamente corresponda

a la

Junta

de Profe

sores con referencia a asuntos que sólo afecten a la Sec

ción de

Ingenieros

de la Academia, se constituirá

aqué

lla

bajo

la Presidencia del Director de la Academia con

los doce Profesore5; y

suplentes

Profesores que

quedan

mencionados, o sea los que

tienen'

cometido en las ense

ñanzas para

Ingenieros,

que serán también los que úni

camente tomen parte en los actos que exclusivamente se

refieren a los Alumnos

Ingenieros; junta

que funciona

rfl con

independencia.de'

la

-general

de Profesores, que en

tenderá en todos los demás asuntos de la Academia. en

la que i¿iebe tomar parte todo el

personal

docente en ella

destinado.

5.°

Al

personal

que se menciona en esta

disposición

se le distribuirfin

asignaturas,

de modo que a cada uno

resulte una clase teórica diaria, ya sea (mica, dos alternas

o- más ide tina sucesivas.

según

el

plan

de estudios ysus correspondentes

prácticas;

pero una vez distribuidos nose

hará va variación para cada Profesor durante ca¿i'a curso,

ni por concepto alguno se les

podrá

sustituir en otra

forma quela

expresada

en esta

disposición

sin

previa

apro

bación nor este Ministerio.

6.° Como consecuencia del Real .decreto de T4 deoc

tubre de

T926,

referente a Alumnos libres, Reales órde

denes de sus nombramientos y la presente disnosici6n; e.n,3T ¿'el pasado debieron cesar en la Academia los Pro

fesores eventuales ycontinuar los que

figuran

en esta dis

posición;

7.° Los Profesores que excedan de los firriirados en

Prestinnestos

percibirán exclusivamente

In

gratificaci('In

de Profesorado.

De Real orden lo

c':igo

a V. E. nnra su conorimirnto v

efectos.—Dios uarde a V. E. muchos

nflos..-de enero de T927.

79. —NUM. 7.

Sección

de

Sanidad

Cuerpo

de

sanidad.

Excmo. Sr.: Vista la solicitud del

Capitán

MéGico de la Armada D. Martín Ballesta

Ferrer,

con destino en el

Arsenal de El Ferro], en

súplica

de que se le conceda el pase a lasituación de

supernumerario,

sin

sueldo,

S. M. el

Rey

(q.

D.

g.),

de acuerdo con lo informado por la Sec

ción de

Sanidad,

ha teniG'o a bien acceder a lo

solicitado,

con

arreglo

a lo

dispuesto

en el Real decreto de io

septiembre

de

1921 (D.

O. núm.

204).

De Real orden lo

digo

a V. E. para su conocimiento y

efectos.—Dios

guarde

a V. E. muchos años.

Madrid,

8

de enero de 1927.

0^• • 11

CORNEJO. Sr.

Inspector Jefe

de la 'Sección de SanidaG'.

Sr. Almirante

Jefe

de la Judisdicción de Marina en la

'Corte.

Sr.

Capitán

General ¿t'el

Departamento

de El

Feirol.

Sr. Intendente General de Marina.

Sr. Interventor Central de Marina.

CORTTRTo.

Sr. netirrn1 Trfr de In Srecirín ¿:e Tng-enierns. Sr. Cnnit(in Cleneral del Drnirtarnentn de 171 Ferrol.

Sr. General Trío de la Secckín del Personal.

Sr. Tntenclente General de Marina. Sr. «Interventor Central ¿'e 11/1-nrina.

Sr. Director de la Academia de

Ingenieros

y

Maquinis

tas de la Armada. Señores...

__o_

Intendencia

General

Contabilidad.

cmo. Sr.:

Aprobado

por Real

decreto-ley

de 3 del actual el

presupuesto

del

vigente

año

económico,

Su

Majestad el.Rey (q.

D.

C.),

a

propuesta

de esa Inten

dencia

General,

seha

dignado disponer

se

publiquen

los

conceptos del mismo, que a continuación se detallan,

para el conocimiento de la Ordenación General de Pa gos, Ordenaciones. de los

Departamentos.

Comisarías intervenciones de las

provincias,

Fuerzas Navales del Norte de

Africa,

Aeronáutica y Bases navales, así camo de las Habilitaciones de

buques

y demás

dependencias

liquidadoras

de Marina.

De Real orden lo

digo

a V. E. parasu conocimiento y efectos

consiguientes.—Dios guarde

a V. E. muchos

arios.

Madrid,

10 de enero de 1927.

Coiuuio.

Sr. Intendente General de Marina.

Sr. Interventor Central de Marina,

Delegado

del Pre sidente del Tribunal

Supremo

de la Hacienda

pública.

Señores

SECCION V.

Servicios de carácter

permanente.

ADMIN1STRACION CENTRAL

Capítiao

1.°, artículo 1.°

1. Sueldo del Ministro.

Capítulo

1.°, artículo 2.°

:

2.—Centros y

dependencias

del

Ministerio,

etc., etc.

a—Asignaciones

y

gratificaciones.

Capitulo

1.°1 artículo 3.°

4.—Personal de laDirección General de

Navegación.

5.1--Idem del

Ministerio

de Fomento afecto a dicha

Dirección.

6.—Escuelas de Náutica. 7.—Eventualidades.

(4)

80.

NUM.

7.

DIARIO OFICIAL

Capítulo

1.° artículo 4.°

8.-Personal

de la Dirección General de Pesca.

9.-Eventualidades.

Capítulo

1.°, artículo 5.°

10.-Secretaría

auxiliar del Ministerio.

Capítu/o

2.°, artículo 1.°

11.--Material de Centros y

dependencias

del Ministerio.

Capítu/o 2.°,

artículo 2.°

12.---blaterial

de laDirección General de

Navegación

y lista oficial de

buques.

13.- -Primas a la construcción.

14.-

-Comunicaciones 'marítimas.

15.-Gastos

de

estadística.

16.-Primas

a la

navegación

mercante.

17.-Material

de las Escuelas de Náutica.

18.-Gastos de los

buques incautados.

Capítulo

2.° artículo 3.°

19. Para todos los gastos que, ocasionen los servicios

de la Dirección General de Pesca.

20. Para los gastos de

participación

en las Comisio

nes

internacionales.

21.--Subvención

a la

«Unión

Internacional de Ciencias

Biológicas».

22.-Iclem para

impresión

del «Boletín de Pesca» y demás

publicaciones

oficiales.

23.---Gastos de

ampliación

y fomento de las instala

ciones.

24.-Idem de verificación y

comprobación

de las alma drabas.

25.-Idem de

mobiliario, viajes,

etc., etc.

26.-Material,

alumbrado y gastos de las encañizadas

de Mar Menor.

Capítulo 3.°,

artículo 1.°

27.---Departamentos.

28. -Haberes del personal eventual de los mismos. 29.--Haberes y vestuario de marinería de nuevo in

greso.

30.-Gratificaciones

y aumentos.

Capítulo

3.° articulo 2.° 31.- -Personal eventual de los Arsenales. 32.----Personal de las Comisiones

inspectoras.

33.-Personal de las

Comisiones

en la Península.

34.--Maestranza militarizada. 35.-Comisión de Marina en

Eut-opa.

36.-Gratificaciones y aumentos.

Capítulo

3.°, artículo 3.°

37. Personal eventual de las

provincias

marítimas. 38. Gratificaciones y aumentos.

Capítulo 4.°,

artículo 1.°

N'Armar, 39.- -Oficinas de los Departamentos.

40.

Batería

Escuelas prácticas.

•_

41. Junta, Facultativa de

Artillería.

42:

Estaciones racliótelegráficas.

43

Parroquias.

44.-Hospitales.

45.-Estaciones radiogoniométricas.

Capítulo

4•0, artícu/o 2.° 46. Fondos económicos de las

Ayudantías Mayores.

47.

Fondos

de lás Secciones dé

Contramaestres,

Con destables y

Practicantes, Laboratorios,

Almace

nes de

pólvora

y

Penitenciaria

Naval.

48.--Material

de Oficinas.

49.-Fondo

económico de la Comisión dé Marina en Eu

ropa.

50.-Gastos

de escritorio de las Comisiones

inspectoras

y de

Cartuchería.

51.-4astos de la Escuela de Maestranza.

52.-Gastos

de las

Capillas.

53.-Adquisición

y

reemplazo

(lel material dé inven

tario.

54. -Material de

automóviles.

Capítulo 4.°,

artículo 3.°

.55.-Material de las

oficinas

yfondos económicos de se

máforos y

vigías.

Capítulo 5.°,

artículo 1°

56.---Sueldo dé los

Cuerpos patentados.

Capítulo 5•0,

artículo 2.°

57.- --Sueldo

die

los

Cuerpos

subalternos.

Capítulo

5.°, artículo 3.°

58.---Sueldo del personal en situación de reserva.

Capítulo

6.°, artículo único,

59- -Haberes d'él

personal embarcado

en la

escuadra,

divisiones, buques sueltos, Estaciones torpedis

tas y Bases Navales.

60.---Vestuarios de

fogoneros reenganchados.

61.-Primas y

premios

de

enganche.

62.-iAumentos de sueldo que

corresponden

a

fogone

ros, etc.

63.-Abono de sueldo en el

extranjero.

64.---Haberes del

personal

submarinista.

65.-Haberes del personal (le Aeronáutica por vuela; y

p'rernios.

66.-Gratificaciones

reglamentarias

a telemetristas.

67.-Stiieldás

de

Alféreces

de

Fi-ágata

de

segundo

ario y

asignación

de residenciaen

buque

de ellos y

guardiasmarinas

y asimilados.

18.-Gratificaci6n de estudió a seis altirrrno1 dé tiro. 69.-Gratificación dé residénda durante un mes a los

Oficiales alumnos de Administración y su Pro

fesor.

'IQ-Haberes dé

aprendices maquinistas, torpedistas

Y de la Escuela de marinería.

71.-Gratificación de

Profesores,

instructores y ayu dantes de analfabetos.

72.-Haberes de

individuos

sumariados y

pendientes

de

recurso de

excepción.

73.---Reorganización

de las clases de

apuntadores

(Ir

artillería,

etc., etc.

(5)

DEL MINISIblitIO DF MAIL1NA 81. NUM- 7.

74.- Pluses de inmersión al personal de buzos.

Capítulo

7..), artículo 1.0

75.---Consumos de

máquinas.

76.

Pagos

por formalización de derechos de Aduanas.

'Capítulo

7.°, artículo 2.°

77.-Mmiiciones, torpedos, minas, explosivos

y gastos

de

experiencias.

78.--Adqu1sición

de tubos subcalibres.

79. Material de inventario.

80.-Adquisición

de aparatos para, la enseñanza del tiro naval.

81.-Fondos económicos de

buques.

82:-Fondos económicos y

adquisición

de aparatos de la Escuela de

aprendices

artilleros.

83.--Adquisici6n

do aparatos y gastos de

prácticas

de la Escuela de marinería.

84.--Pago

por formalización de derechos arancelarios.

Capítulo 8•°,

artículo único.

85.-Personal de los

Regimientos

y

Compañía

de Orde

nanzas del Ministerio.

86.-Gratificaciones y aumentos.

Capítado

9.°, artículo único.

87.--Fondos económicos de los

Regimientos

y

Compa

ñía de Ordenanzas.

88.--Vestuarios.

89 --Cuarteles.

90. -Gastos de escritorio de la Comisión

liquidadora.

91.--Gastos de caballos y remonta.

Capítulo

10, artículo1.°

92.----Observatorio

Astronómico y Academia de

Ingenie

ros

hiclrógrafos (Personal).

93.--Gratificaciones e indemnizaciones.

'Capítu/o

10, artículo 2." 94. Escuela de Guerra naval.

95.----Escuela Naval militar.

96.-- -.Escuela de Aeronáutica y servicios afectos a la

misma.

97.-Escuela de submarinistas. 98.-Escuela de buzos.

99.- -Escuela de

radiotelegrafía.

I00.-Academia de

Ingenieros

yEscuela de

maquinistas.

101.--Acaciemia, de Artillería.

102.---Escue1a de Infantería de Marina. 103.--Escue1a de

prácticas

de tiro.

104.-Escuela de Administración de la Armada.

105.---Colegio

de Huérfanos.

Capítulo

11, artículo 1.°

106.- --Material del Observatorio y censo de los terrenos

en que está situado.

Capítulo

-11, artículo 2:'

107.-- Fondo económico y material de la Escuela de Gue

rra naval.

108.---Fondo económico y material de la Escuela Naval militar.

109.- Fondo económico y material de la Escuela de Ae ronáutica.

110.--Para talleres, etc., de la Escuela de Aeronáutica. 111.----Materialide la Escuela de submarinistas y fondo

económico.

112.-Fondo económico de la Escuela de

radiotelegrafía.

113.-Fondo económico de la Escuela de buzos. 114.-Fondo y

adquisición

de material de la Academia

de

Ingenieros

y Escuela de

maquinistas.

115.-Fondo y

adquisición

de material de la Academia de Artillería.

116. -Fondo y

adquisición

de material de la Academia de Infantería de Marina.

117.-Fondo (le la Escuela de Administración.

118. -Escuela de tiro del, Perrol.

Cal)ítulo

12, artículo 1.°

119.-Aumento de sueldo,

gratificaciones

y premios.

"

Capítulo

12, artículo2.°

120.--Indemnizaciones,

dietas por comisiones del ser

vicio,

etc., etc.

121.-Indemnizaciones por trasporte de caudales.

122.--

Asignaciones

de

representación

y asistencias. 123.-Pensiones de Cruces.

Capitulo

12, artienlo 3."

124.-

--Pasajes, trasportes,

socorros y gastos

generales.

125.---Gratificaciones de tiro al blanco.

126.-Suministro de agua

potable

al personal de Lan

zarote e Ibiza.

127.-Gastos

imprevistos

del

personal.

128.

Anticipos

de pagas.

Capítulo

13, artículo 1.°

129.--Gastos de

estancia, gastos

(le entierro y oblata de

las

Capillas.

Capítulo

13, artículo 2.°

130. -Carenas,

reparaciones,

etc., etc.

131.

-Pagos

por formalización de derechos de Aduanas.

Capítulo

13, artículo 3.°

go.

132.---Reparación

de edificios.

133.

-Reparación

de semáforos.

131. -ConIervación de un

gabinete odontológie

Capítido

13, artículo 4.° 135. --Subvenciones.

13G.-4mpresiones.

137.-Otros gastos.

Capitulo

14, articulo único.

138. -Accidentes del

trabajo.

Capítulo

15, artículo folien.

139.--Concurrencia de laMarina a la EKposición Ibero

(6)

82.-NUM.

7

DIARIO OFICIAL

Capítulo 16,

artículo único, 140.-

-Ejercicios

cerrados.

Capítulo 17,

artículo único.

141.

-Obligaciones

que no

tuvieron

remanente

en el

ejercicio respectivo.

SECCION XIII FUERZAS NAVALES • ,1

Capítulo 1.°,

artículo único.

142.-Asignación

de residencia del persona].

Capítulo adicional 1.°,

artículo frniCO. 143. Haberes de las dotaciones de los

buques.

Capítulo

adicional

2.°,

artículo único.

144.-CQnsumos

de

máquinas.

145.-Reemplazo

de municiones. 146.-Material de inventario. 147.-Fondos económicos. 148.-Carenas. SECCION XV

Capítulo

6.°, artículo 1.° 149.-Personal excedente. r

Capítulo

6.°, artkido 2.°

150.-Persona1

a

extinguir.

-=0==-/

RECTIFICACI011

En la Real orden de 2 de diciembre (lel año

próximo

pasado, publicada

en el DiAktio 111:1171.

291,

pági

nas

2.265

Y.

2.266, disponiendo

continúen

deseinpeñando

interinamente los destinos que expresa varios

Jefes

y Ofi

ciales (lel

Cuerpo

General de la

Armada,

aparece destina

do,

por error, en las cuartillas

originales

como

Ayudante

del Excmo. Sr. Ministro de Marina el

Capitán

de ,Cor beta D. Manuel M.8 Varela

Vázquez,

debiendo serlo como

Ayudante-Secretario

de dicha

superior autoridad,

en cuyo

sentid() se entenderá rectificada

aquella

Soberana

dispo

sición.

Madrid,

rode enero de 1927. El Director del DIARIO

OFICIAL, Eduardo Verdía.

Circulares

y

disposiciones

SF,CCION DEL PERSONAL

Infantería de Marina

(tropa).

Sc

dispone

canibie (le destino el personal de Infante

ría (le Marina que

figura

en la

siguiente

relación.

Señores... Relación de

referencia.

8 cise enero de 10927.

El Goneral Jefe de laSección,

P. A.

Ignacio Cayetano.

RERTENECEN Regimiento Batallón Compañía

3.° Compañía de Ordenanzas. 1° 1. 1. 1. 1• 1. o o o o o 1.° 2. 2. 2. 3.

1.0agregado

Comp.a

deOrdenanzas.

1.0agregado E. A. Naval. 3•° Idem. o o o o

NONIBR

ES

CABOS

FaustinoGonzález Valentín. Cólso García Suárez.

SOLDADOS

Nicolás Parrilla Rubio.

Francisco Villar Méndez. Gregorio InfanteTravado. Andrés BernalJurado. Francisco Ortiz Rodríguez.

,Miguel

López

Martínez.

Laureano de laDohlas Pérez. Joaquín SánchezAbad. Mariano López Martínez. JoséGómezLópez. D. Luis DapenaTorrente. Tomás Saya Boronat. CecilioCeyuelaSebastián. FranciscoRincón Berenguer. José RuizMoreno.

SE LES DE TINA

Compañía Regimiento Batallón

Compañía de Ordenanzas.

2.° agregado

Comp.a

de Ordenanzas.

1.0Idem. 1.°[dem. 1.°Idem. 1.°Idem. 1.°Idem. 1.° Idem. 1.° Idem. 1.° Mem. 2.° ídem. 2.°Idem 2.°Idem. 3.°Idom. 3•0

1.0 agrógado

Comp.

de Ordenanzas. 3•° Idem.

EDICTOS

Don Antonio Jiménez

Verger, segundo

Condestable gra

duado de Alférez de Artillería de la

Armada, Ayu

dante de Marina del distrito de

Villajoyosa

y Juez instructor de un

expediente

de

pérdida

de documen

to del

inscripto

de este Trozo Vicente Ibarra Pizcue ta, folio 96 de 1905.

Hago

saber:

Que

habiéndosele extraviado la

libreta

de

inscripción

marítima al referido

inscripto

Vicente Ibo

rra

Pizcueta, queda

nulo y sin valor ni efecto

alguno

el

expresado documento,

incurriendo en

responsabilidad

la persona que lo posea yno

haga entrega

del mismo.

Villajoyosa,

8 de enero de 1927.--El Juez

instructor,

(7)

DEL MINISTERIO DE MARINA

Sección

no

oficial

INTACTO BEIMICA

PAHA ITEHYANOS DE

GENERALES

JII2ES Y OFICIALLES

DE

LA ARMADA

I

Balancedel movimiento de fondos habido durante al mes ac

tual:

extsTENctA ENTITUL6S DE LA DEUDA PlIBT.ICA

pii:sgTAs

En 5 por 100 amortizable 500

En4por 100 Duda perpetua interior 670.000

Total 670.500

EN METÁLICO Cargos:

Existencia anterior

Reintegrode lo anticipadoalColegio para gastos

delmosactual

F,xistenciaienelColegio enfin de octubre último.

Cobrado por honorario de alumnos

pensionistas.

Deducciónde la cuenta de gastos delColegio de

octubreúltimo

Cuotas cobradasdirectamente.

Recibido de cuatro socios protectores

Dietas correspondientesa los alumnos enviados

a Laredoy reclamados ennómina del Colegio.

Recibidodel Sr.Comandante de Marinade Lare do para

premios

de alumnos

Libramientos;números

299 y300, hechos efectivos

en20 del actual Venta do unlibro Total 43.453,24 11.000,00 10,67 11.345,30 2.80 545,00 51,00 4.697,00 132,50 82.738,31 8,75 1a3.984,57 Datas:

Gastosdel Colegio (incluidos los de los aluin nos

enviadosa

Laredp)

Anticipo al Colegio para gastos de diciembre

próximo

Existenciaenel Colegio en fin del mes actual

Pagode pensiones

Gastosen giros y trasferencias.

Gastos ensellos,timbres móviles ypólizas

Abonadoala Escuelade reforma de Santa Rita P01'

pensión

,y gastos de dos alumnos (Nbre.)

Abonado por teléfono del Colygio(cuarto tri inestre).

Abonado por impresos y efectos de escritorio (octubrey noviembre.)

Existencia enfin del mes actual Total 32.166,08 11.000,00 0,44 8.848,00 11,25 16,85 686,15 136,25 67,50 101.052,25 153.984,57 DETALLE DF.LA EXISTENCIA

En cuentacorriente del Banco de España 100.346,21

En la caja de laAsociación 706,04

Total 101.052,25

Fuó dado debaja enla Asociación, apetición propia, el Al férez-alumno de Artillería D. Luis Fernández RodrigUeZ.

ALUMNOS QUE EXISTENEN EL COLEGIO DE NUESTRA

SEÑORA DEL CARAIMN

Huérfanos 99 Pensionistasinternos 31 Medio

pensionistas

Externos. • Total 144

Huérfanoscon

pensión

diaria en susca

sas 969

Hembras 193

Varones 76

Total de huérfanos socorridos (In una u

otra forma . 368

Madrid,

30 de noviembre de 1926. El Tesorero, Miguel Rosendo. Sr..B.° El (lonern1Vicepresidente,

Ildefonso

Sanz. 83 NUM. 7.

Sección

no

oficial

INSTITUCION BENEFICA PARA HUERFANOS DE LOS

CUERPOS SUBALTERNOS DE LA ARMADA Balana de los

fondos

de esta

in.61,.lución

correspondiente

al cuarto trimestre del año

actual,

y que se

formula

en

numplimiento((el artículo 9.J del

reglamento,

que

refleja

la situación actual de laInstitución y sirve de estado de

entrega

de la 'I esorería de la misma por el

Comisario

I). Federico Vidal alContadorde Navío D. José María dé

19-anta, según R,

0. de 18de die- iembre

(D.

O. núme

ro

288).

DEBE

Existencia anterior

Cuotasde socios cobradas en el actual trimestre

Cobrado dolos fondoseconómicos y do material

Subvención del Estado,meses de octubre, novienmbre y dicieni bre

Intereses de los Títulos yObliga ciones del Tesoro.

Recaudado enel cepillo del Arse

nal de Cartagena

Compra de 5Obligacionesdel Te soro,emisión 8 de abril de 1926,

alcambio de 101,60 por ciento 25.000 Compro de. 2Obligacionesdel Te

soro,serie 13.emisión abril 1926 números 51.280 y 81 al cambio de102,30 por ciento 10.000 Totales... • •— —1.195.000 tItulos 1.160.000 En metálico 18.788,90 10.493,00 9.529,56 18.505,05 10.914,85 18.50 68.249,86 HABER Entítulos Enmetálico

Pensionespagadasalos huérfanos

enel actual trimestre... 17.701,30

Gastos do escritorio, impresos,

franqueo e impresión etc, 490,16

Gastos de traslado de matrículas

aCorniia del huórfano Wicardu

Martín 9,75

Valor efectivo de 5Obligaciones delTesoro,emisión8 abril1926, por pesetas nominales 25.000

al cambio de 101,60 por ciento 25.250,00

Valor efectivo de 2 OLligaciones del Tesoro serio B, números 51.280 y 81compradasal cambio

de 102,30 por ciento 10.230,00

Derechos deagencia y

póliza

de las dos comprasanteriores

Existencia 1,195.000 50,35 518,30 Totales.. . . 1.195.00() 68.249,86 Madrid, 31 de diciembrede 1926. El Tesorero saliente, FedericoVida1. El Tesorero entrante,

José M.a deIraola.

V.° B.* ElPresidente,

Angel

Gamboa.

(8)

SECCIÓN

DE

ANUNCIOS

•••••~•~i+~~~~+~~~>*•••••••••••••••••••114~~~~41:

carboneos

en

cadiz,

u1ts,

VIO,

maría,

coruna, magno'', COITUbioll,

santandar.

::::am

BE

S.L

Carboneos

en

MÁLAGA.

Telegramas:

cDEPÓSITOS),

Málaga.

DEPÓSITOS

DE

CARBONES

DE

MALAGA,

5.

Carboneos

en

CEUTA.

Telegramas: "PARK",

Ceuta.

DEPÓSITOS

DE

CARBONES

DE

CEUTA, S.

ñ.)

Carboneos

en LAS

PALMAS.

Telegramas: "COMBUS",

Las Palmas.

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