SALUD OCUPACIONAL Código: P-SSO-043 Fecha: 21-10-15 PROCEDIMIENTO DE PREVENCION DE RIESGOS
LABORALES EN LA MUJER GESTANTE
Versión: 1 Página: 1 al 17
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1. OBJETIVO
Evaluar los riesgos disergonómicos, físicos, químicos, biológicos y psicosociales del puesto de trabajo de la mujer gestante para prevenir y evitar el deterioro de la salud física y mental de las trabajadoras y del producto.
2. ALCANCE
El presente documento aplica para todas las trabajadoras en etapa de gestación y lactancia que laboran en la empresa ANOVO PERU SAC.
3. RESPONSABILIDAD 3.1 Gerencia
-
Garantizar el cumplimiento del procedimiento3.2 Medico Ocupacional:
- Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos en el puesto de trabajo. - Seguimiento de la Gestante.
3.3 Bienestar Social:
- Identificación de la gestante.
- Comunicación a Recursos Humanos, Médico Ocupacional y Seguridad sobre el caso de la gestante.
- Comunicación para evitar que pasen por el “arco de seguridad” de la empresa.
3.4 Recursos Humanos:
- Otorgar permisos por cita médica y/o emergencia según requiera.
- Aprobar recomendaciones médicas.
3.5 Gestante:
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- Cumplir con las indicaciones médicas
4. REFERENCIA
• Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo 29783
• Ley 28048 Ley de Protección a Favor de la Mujer Gestante que Realiza Labores que pongan en Riesgo su Salud y/o el Desarrollo Normal del Embrión y el Feto.
• D.S. N° 009-2004-TR Normas Reglamentarias de la Ley 28048.
• Ley que Otorga Permiso por Lactancia 27240.
• RM 374-2008-TR Listado de agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales que generan riesgos para la salud de la mujer gestante y/o desarrollo normal del embrión y el feto, sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia y los periodos que afecta en el embarazo, el listado de actividades, procesos, operaciones o labores, equipos o productos de alto riesgo, y los lineamientos para que las empresas puedan realizar la evaluación de sus riesgos.
• Norma básica de ergonomía y evaluación de riesgos disergonómicos: Resolución ministerial N° 375-2008-TR.
5. DEFINICIONES
• Gestación: Periodo entre la implantación del ovulo fecundado y la expulsión del feto (parto), en el cual transcurre el desarrollo del producto dentro de la cavidad uterina y se acompaña de cambios fisiológicos maternos.
• Aborto: Es la interrupción del embarazo antes de las 20 semanas de gestación con la expulsión del producto.
• Embrión: Dentro de la etapa inicial del desarrollo del nuevo ser, es el producto viable a partir de la fecundación del ovulo hasta la doceava semana se gestación etapa en la cual se están formando los órganos.
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• Feto: constituye la segunda etapa del desarrollo del nuevo ser en la que finalizada la etapa embrionaria inicia la etapa fetal con el crecimiento acelerado y maduración de órganos, va desde la novena semana hasta inmediatamente antes del nacimiento.
• Parto Prematuro: Expulsión del feto viable antes de las 36 semanas de gestación.
• Exposición Ocupacional: Se define como la presencia de un factor de riesgo sea físico, químico, biológico, ergonómico o psicosocial en contacto con el trabajador en el ambiente laboral, por un determinado tiempo.
• Factores de Riesgo Ocupacionales: Agentes de naturaleza física, química, biológica o aquellas resultantes de la interacción entre el trabajador y su ambiente laboral, tales como psicológicos y ergonómicos, que pueden causar daño a la salud. Denominados también factores de riesgos ocupacionales, agentes o factores ambientales o peligros.
• Trabajadora embarazada: Cualquier trabajadora embarazada que comunique su estado en la empresa, con arreglo a las legislaciones o prácticas estatales
• Trabajadora en período de lactancia: cualquier trabajadora en período de lactancia en el sentido de las legislaciones y/o prácticas nacionales, que comunique su estado al empresario, con arreglo a dichas legislaciones y/o prácticas nacionales.
• Evaluación de riesgos en el puesto de trabajo: proceso mediante el cual se obtiene la información necesaria para que la organización esté en condiciones de adoptar acciones preventivas y en tal caso, sobre el tipo de acciones que deben adoptar.
6. DISPOSICIONES ESPECIFICAS
A. Gestación y obligación de informarLa maternidad es un derecho innegable en toda mujer, es una etapa de vida en la cual se requieren cuidados especiales sin que esto resulte perjudicial a la empresa. Es obligación de las trabajadoras de cooperar con la empresa para que pueda ésta garantizarles unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos
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para su seguridad y salud y ponga en marcha el presente procedimiento y la aplicación de las leyes que le competen.
B. Medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo para gestantes
Se tomaran medidas de seguridad y salud del puesto de trabajo mediante la aplicación de las leyes vigentes.
7. PROCEDIMIENTOS
A. Evaluación del Puesto de Trabajo
Se realizara la evaluación de riesgos del puesto de trabajo de la gestante usando los formatos establecidos, en caso de detectarse riesgos para la salud de la madre y el feto identificados dentro de las tablas de los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 (Listados de agentes físicos, ergonómicos, biológicos, psicosociales y químicos), de ser el caso se procederá a la reubicación y/o restricción en el puesto de trabajo.
B. Cambio Temporal de Labores
Se asignaran labores distintas a las habituales incluso cambio de Puesto de trabajo de forma temporal en los siguientes casos:
•
Riesgos generados por las condiciones de trabajo durante el periodo de gestación: Exposición de la mujer gestante a agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales, ergonómicos y/o procedimientos o condiciones de trabajo peligrosos.•
Riesgos adicionales derivados de los cambios fisiológicos de la mujer gestante: es decir un deterioro preexistente en el estado de salud de la mujer, unido al estado de gestación que puedan impedir que realice su trabajo. También el deterioro de salud provocado por la gestación que impida a la mujer desempeñar labores propias de su puesto de trabajo. Para tal efecto el médico de empresa verificara el estado de salud de la gestante con documentación médica por especialista brindada por ella.C. Evaluaciones Médicas Ocupacionales en Gestantes
La trabajadora gestante pasará evaluaciones ocupacionales según los riesgos laborales a los que se expone, debiendo exonerarse de pruebas que representen un riesgo potencial en la salud de la madre y/o el feto tales como radiografías y espirometría (a partir de la semana 20 de gestación). Sera considerada con Restricción, en relación a tareas designadas a la trabajadora.
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D. Controles de Salud de la Trabajadora Gestante
Los controles de Salud serán los Prenatales que deberán ser realizados exclusivamente por un médico Gineco–Obstetra. El Médico de empresa velara por el bienestar de la trabajadora gestante desde el punto de vista ocupacional, con indicaciones especiales en el trabajo.
E. Lactancia Materna
La madre trabajadora, al término del período postnatal, tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que su hijo tenga un año de edad. En caso de parto múltiple, el permiso por lactancia materna se incrementará una hora más al día. Este permiso podrá ser fraccionado en dos tiempos iguales y será otorgado dentro de su jornada laboral, en ningún caso será materia de descuento.
F. Retorno al Trabajo
Al término del periodo post natal la gestante podrá regresar a su puesto de trabajo anterior de forma inmediata siempre que esto no represente un riesgo para su salud.
8. MEDIDAS ORGANIZACIONALES
El seguimiento de las trabajadoras gestantes en Anovo Perú SAC será realizado por la asistenta social y el médico ocupacional. La asistenta social informará en primera instancia a Gerencia Administrativa y Recursos Humanos con quien se coordinara cada caso.
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9. ANEXO
•
Anexo 1 Listado de Agentes Físicos (Referente a RM 374-2008-TR)•
Anexo 2 Listado de Agentes Químicos (Referente a RM 374-2008-TR)•
Anexo 3 Listado de Agentes Biológicos (Referente a RM 374-2008-TR)•
Anexo 4 Listado de Agentes Psicosociales (Referente a RM 374-2008-TR)TITULO: VERSION: FECHA DE
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