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INDICE

INDICE

Introducción

Introducción

1.

1. Defnición de los Derechos Humanos

Defnición de los Derechos Humanos

2.

2. F

F

undamentación de los

undamentación de los

Derechos Humanos

Derechos Humanos

3.

3. Los Derechos undamentales se

Los Derechos undamentales se

afrman rente al poder público

afrman rente al poder público

4.

4. iolaciones a los Derechos Humanos

iolaciones a los Derechos Humanos

!.

!. "rupos #ulnerables

"rupos #ulnerables

$.

$. %esponsab

%esponsab

ilidad indi#idual en la promoción & #i'encia

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de los Derechos

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Humanos

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Derechos Humanos

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.

. /onclusiones

/onclusiones

10.

10. %ecomendaciones

%ecomendaciones

INTRODUCCIÓN

INTRODUCCIÓN

(2)

l presente trabao sobre los Derechos Fundamentales tema importante en el desarrollo proesional & cotidiano debido a la importancia & necesidad de consolidar un stado de Derecho &a ue el fn supremo es la di'nidad de la persona humana para lo cual tiene ue e5istir plena se'uridad & #i'encia de los derechos undamentales.

n el 6arco 7eorico abordaremos todo lo relacionados a los Derechos Fundamentales & 8o derechos humanos reconocidos en la le'islación de cada pa9s determinado & bao la protección de su uer*a coacti#a. n este sentido el reconocimiento de los derechos humanos dentro del ordenamiento ur9dico de un estado & partiendo de la Le& Fundamental d-ndoles la denominación de D%/H): F;<D,6<7,L: los cuales son 'aranti*ados por medio de su poder coerciti#o ue como caracter9stica tiene una le& le'9timamente concebida.

sto nos permite hacernos al'unas pre'untas como =>u? son los Derechos Humanos@ =>u? implica la iolación de uno de ellos@ =i#imos realmente bao el amparo de los Derechos Humanos@ 7odas estas pre'untas tienen respuestas pero debe #erse desde un punto de #ista imparcial ante la realidad mundial ue se est- #i#iendo en esta ?poca & a ra9* de ello hacer un an-lisis ue nos permita caracteri*ar este ee ue se interconecta con el Derecho & la Atica.

LOS DERECHOS HUMANOS Y FUNDAMENTALES

1. DEFINICIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos reconocidos en la le'islación #i'ente de un stado determinado se denomina D%/H): F;<D,6<7,L: los cuales son 'aranti*ados por su poder coerciti#o & han sido concebidos le'9timamente por una le&.

Los derechos humanos son auellos atributos inherentes a todo ser humano deri#ado de su propia naturale*a & de la necesidad de tener una e5istencia di'na & ante los cuales el stado tiene el deber de respetar 'aranti*ar o satisacer.

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Los derechos humanos Bo derechos undamentalesC se'ún la teor9a ur9dica del naturalismo derechos inalienables & pertenecientes a todos los seres humanos. Dicha teor9a afrma ue estos derechos son necesarios para ase'urar la libertad & el mantenimiento de una calidad de #ida di'na & est-n 'aranti*ados a todas las personas en todo momento & lu'ar.

Los derechos inalienables no pueden ser concedidos limitados caneados o #endidos Bpor eemplo uno no puede #enderse como escla#oC. Los derechos inalienables sólo pueden ser ase'urados o #iolados.

Los derechos humanos pueden ser di#ididos en dos cate'or9as derechos humanos positi#os & ne'ati#os. Los derechos ne'ati#os pueden ser e5presados como un derecho humano positi#o pero no en #ice#ersa. or eemplo el derecho de un reci?n nacido a tener padres ue lo cuiden sólo puede ser e5presado positi#amente.

2. FUNDAMENTACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Fundamentación de los Derechos Humanos est- dada por el solo hecho de la <aturale*a Humana & la esencia de ?ste.

Desde la ,nti'Eedad se percibió la inclinación del Hombre por el ien & a partir de ello se ormó el primer principio de la <aturale*a Humana GHa* el ien & e#ita el 6alG

:e lo considera tambi?n en la ormulación de la %a*ón %ecta & Formada con la capacidad de Discernir la conducta buena como la usta & la 6ala como la Inusta.

La <aturale*a Humana le permite al hombre entender la titularidad de estos derechos ue son In#iolables e Irrenunciables & a partir de all9 deducimos ue no pertenecen a la ersona estatal o estado sino a la propia persona como humano natural.

)tros ees de la Fundamentación de los Derechos Humanos es el eercicio del %econocimiento %espeto romoción & por sobre todo el sentido de ropiedad  de cada persona.

,hora uera del mar'en del reconocimiento por parte de la <aturale*a Humana tambi?n podemos identifcar otros marcos de Fundamentación ue pro#iene de la Di#inidad marcando ue la persona percibe lo bueno como al'o m-s all- de su e5istencia re#erenciando & adorando hacia una tem-tica de moralidad & sentimiento de respeto di#ino.

, partir del e ol9tico podemos encontrar pensamientos desde la /oncepción del stado como uente :uperior & ,bsoluta permitiendo el a#ance totalitario & su sentido de ndiosamiento. Desde el Liberalismo se maneó la libertad irrestricta de todos los hombres sin ue ten'an ue cumplir )bli'aciones sino limitarse unos a otros.

/omo resultante de todos estos se terminó por entender ue la Fundamentación de los Derechos Humanos es el producto de la %a*ón Humana.

La doctrina distin'ue cuatro posturas

aC Fundamentación positi#ista seJala ue los derechos humanos son constituidos por le&.

bC Fundamentación iusnaturalista considera a los derechos humanos como derechos naturales.

cC Fundamentación historicista considera a los derechos humanos como producto de una e#olución histórica.

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n este sentido el undamento de los derechos humanos radica en la di'nidad humana porue no es posible hablar de ser humano sin di'nidad as9 como no es posible hablar de una #ida di'na sin libertad i'ualdad inte'ridad honor etc.

3. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES SE AFIRMAN FRENTE AL PODER PÚBLICO

Los derechos humanos implican obli'aciones a car'o del "obierno ?l es el responsable de respetarlos 'aranti*ando o satisacerlos. or otro lado en el sentido estricto sólo ?l puede #iolarlo.

Debe precisarse ue la nota caracter9stica de las #iolaciones de los derechos humanos se cometen desde el oder úblico o 'racias a los medios de comunicación ue ?ste pone a disposición de uienes lo eercen. <o todo abuso contra una persona ni toda orma de #iolencia social son t?cnicamente atentados contra los derechos humanos. ueden ser cr9menes inclusi#e mu& 'ra#es pero si es la inter#ención de particulares no ser-#iolación de los derechos humanos.

l eercicio del oder no debe menoscabar de manera arbitrar9a el eecti#o 'oce de los derechos humanos. n una sociedad democr-tica debe ser la preser#ación & satisacción de los derechos undamentales de cada uno & esto es #-lido tanto por lo ue se refere al respeto & 'arant9a debido a los derechos ci#iles & pol9ticos como toca #er los derechos económicos sociales & culturales & de los derechos colecti#os.

3.1. Límites Leítim!s " #!s De$e%&!s H'm"(!s.K

l derecho de los derechos humanos tanto en el plano nacional como internacional autori*a limitaciones pero suetas a cierto número de condiciones

a. stricta necesidad la suspensión de las 'arant9as deben ser indispensables para atender a la emer'encia.

b. roporcionalidad implica ue sólo cabe suspender auellas 'arant9as ue 'uardan relación con las medidas e5cepcionales necesarias para superar la emer'encia.

c. 7emporalidad las 'arant9as deben uedar suspendidas sólo por el tiempo estrictamente necesario para superar la emer'encia.

d. %especto a la esencia de los derechos humanos e5iste un núcleo esencial de derechos cu&as 'arant9as no pueden ser suspendidas bao nin'una circunstancia como son el derecho a la #ida el derecho a la inte'ridad personal la prohibición de escla#itud & ser#idumbre la prohibición de discriminación el derecho a la nacionalidad los derechos pol9ticos el principio de le'alidad & retroacti#idad la libertad de conciencia & de reli'ión la protección a la amilia & los derechos del niJo as9 como las 'arant9as udiciales indispensables para la protección de tales derechos entre los cuales se encuentran incluidos el corpus corpus & la acción de amparo.

e. ,cto de suspensión de 'arant9as de publicarse por los medios ofciales para conocimiento interno & la comunidad internacional.

3.2. C"$"%te$ísti%"s.K Las caracter9sticas m-s saltantes son

a. Innatos o personales es decir ue nacen con la persona humana. b. Imprescriptibles su #i'encia no depende del tiempo.

c. ;ni#ersalidad su titularidad corresponde a todos los seres humanos con prescindencia de las circunstancias o ormas de con#i#encia pol9tica as9 como de las dierencias accidentales & no aectan te* de la condición humana Bse5o edad estatura ocupación etc.C

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d. ,bsolutas su titularidad es una e5i'encia constituti#a & suprema de los seres humanos. or tanto no puede ser obeto de despla*amiento o anulación bao nin'una circunstancia.

e. Inalienabilidad etimoló'icamente la palabra se encuentra ormada a partir de la part9cula ne'ati#a inM & el adeti#o latino alienusM aenoN es decir es inalienable auello ue no se puede enaenarM & un derecho ser- inalienable sino puede ser enaenado por eemplo la inte'ridad 9sica es inalienable ello uiere decir ue su titular no puede disponer ur9dicamente de tal derechoK no puede renunciar a ?l o #ender tal parte de su cuerpo o una unción corporalK ni disponer de ?l 9sicamente O mutilarse #oluntariamenteK. La inalienabilidad ser9a auella cualidad de un derecho en #irtud de la cual su titular no puede reali*ar sobre ?l nin'ún tipo de actos de disposición. La inalienabilidad de los DDHH se basa en la idea de la di'nidad humana ue tiene su ra9* en la potencialidad de ser auto consciente & libre & es as9  ue es impuesta ine5orablemente al hombre el hombre no puede renunciar a tal atributo ni es libre para ser o no ser hombre para tener o no tener una di'nidad ue el mismo no se ha conerido. :u titularidad es irre#ocable & perpetua. :u e5istencia es permanente en la especie humana. <o e5iste circunstancia al'una ue pueda determinar su desaparición sal#o ue ?ste alcance al '?nero en s9 mismo. . Interdependencia el ple5o de los derechos humanos tienen interrelación. ntre

todos se deben mutuamente reerencia & trato colecti#o para su cabal 'oce.

'. Inmutabilidad el ple5o de los derechos undamentales es indeleble & no mutable &a ue la naturale*a humana no cambia ni #aria en el tiempo.

3.3. C#"si)%"%i*( +e #!s +e$e%&!s F'(+"me(t"#es.K La clasifcación de los derechos undamentales se #incula si'nifcati#amente con el proceso histórico de e#olución teórica en torno al de#elamientoM de su rico contenidoN as9 tenemos

A., DERECHOS DE LA PRIMERA -ENERACIÓN

%eciben tal denominación por ser históricamente los primeros ue alcan*aron reconocimiento & protección ormal a tra#?s de la le'islación positi#a. %esponde al ple5o ideoló'ico de fnales del si'lo PIII & comien*os del si'lo PP. n este marco aparecen los denominados derechos ci#iles & pol9ticos recibiendo el nombre de Derechos de la rimera "eneración.

/uando estos se ori'inaron recibieron primero los nombres de derechos innatos esenciales o los del hombre & ciudadano.

n el ori'en los derechos indi#iduales son concebidos a partir de la e5presión de los Gderechos innatosG o GesencialesG. l portador ue era el hombre en el estado de naturale*a antes de la entrada hacia el Hombre en la :ociedad. l Hombre in'resó a este estado social por medio de un pacto reconociendo reor*ando & 'aranti*ando los Derechos pree5istentes.

Los derechos ci#iles & pol9ticos tienen por obeto la tutela de la libertad la se'uridad & la inte'ridad 9sica & moral de la persona as9 como de su derecho a participar en la #ida pública. Lo cual implica oponerse a ue el stado in#ada o a'reda ciertos atributos de la persona relati#os a su inte'ridad libertad & se'uridad. :u #i'encia depende de la e5istencia de un orden ur9dico ue los recono*ca & 'arantice. :e trata de derechos inmediatamente e5i'ibles cu&o respeto representa para el stado una obli'ación de resultado susceptible de control urisdiccional. 7ales derechos e5presan una dimensión m-s bien indi#idualista cu&o propósito es e#itar ue el stado #ulnere ciertos atributos al

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ser humano. :e trata en esencia de derechos ue se eercen rente O& aún contraK el stado & pro#een a su titular de medios para deenderse rente al eercicio abusi#o del poder público. l estado est- obli'ado por su parte no solo a respetar los derechos ci#iles & pol9ticos sino tambi?n a 'aranti*arlos. :u respeto a los derechos humanos impone la adecuación del sistema ur9dico para ase'urar la eecti#idad del 'oce de dichos derechos. La 'arant9a de los derechos humanos impone al stado el deber de ase'urar la eecti#idad de los DDHH con todos los medios a su alcance. llo implica ue todo ciudadano debe disponer de medios udiciales sencillos & efcaces para la protección de sus derechos la 'arant9a implica tambi?n ue e5istan los medios para ase'urar la reparación de los daJos causados as9 como para in#esti'ar seriamente los hechos cuando ellos sea preciso para establecer la #erdad identifcar a los culpables & aplicar las sanciones pertinentes.

a. Derechos /i#iles e5i'encia de los hombres rente al poder del stado fando la e5clusión de su ,ctuación. GDerecho de ,utonom9aG

Los Derechos Indi#iduales est-n #inculados Ideoló'icamente con el pensamiento  Liberal ur'u?s & se consolidaron en las ormas posteriores del stado de Derecho.

l sueto acti#o de este es la persona indi#idual considerada absoluta & aislada denomin-ndola fnalmente Gderechos indi#idualesG

6ientras tanto el sueto pasi#o est- constituido por los oderes del stado.

ermiten el disrute de la libertad personal & de la plena autonom9a de la #oluntad. ,luden a la e5i'encia del respeto de la libertad rente a la sociedad & el stado. /onstitu&e un no hacer del stado & su titular es el indi#iduo tenemos

- Derecho a la #ida.

- Derecho a la inte'ridad personal.

- Derecho a la libertad & se'uridad personal - Derecho a las 'arant9as udiciales

- Derecho de reunión & asociación

- Derechos a la intimidad & a la correspondencia

- Derecho a la libertad de conciencia pensamiento & reli'ión. - Derecho al libre tr-nsito

b. Derechos ol9ticos articipación de los /iudadanos en la conormación del stado por medio del Derecho a :ura'io. GDerecho de articipaciónG . ermite la participación acti#a en la ormación de la #oluntad del stado & en distintos ór'anos & ni#eles de ?ste. /onstitu&e un no hacer del estado de e5cepciones siendo su titular el ciudadano tenemos

- Derecho a la libertad de opinión & e5presión. - Derechos a libertad de reunión & asociación. - Derechos a la nacionalidad.

- Derecho a participar de la #ida pública del pa9s - Derecho a ele'ir & ser ele'ido.

- Derecho a petición

Los derechos de primera 'eneración importan el afan*amiento de los #alores de libertad se'uridad propiedad & participación pol9tica. :on sustancialmente derechos en una parte oponibles al stado BDerechos /i#ilesC & en otra le'itimantes del eercicio del poder estatal Bderechos pol9ticosC.

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:u reconocimiento ormalmente se manifesta principalmente en la Declaración de ir'inia Bstados ;nidos 1(($C & en la Declaración de los derechos del Hombre & del /iudadano BFrancia 1(+C.

B., LOS DERECHOS DE SE-UNDA -ENERACIÓN De$e%&!s E%!(*mi%!s S!%i"#es / C'#t'$"#es0

:on los denominados Derechos de :e'unda "eneración. :on resultantes de los cambios producidos por la %e#olución Industrial & la 7ecnoló'ica al ad#ertirse la necesidad de la inter#ención del stado en la deensa de los derechos a la ducación :alud libre :indicali*ación la cultura & otras acti#idades de importancia similar. %ecibe tal denominación por ser históricamente los suced-neos a los anteriormente seJalados.

:u aparición se encuentra #inculada con el au'e del denominado constitucionalismo social respondiendo al ple5o ideoló'ico de comien*o del si'lo PP. :u #ocación es resol#er el tema de la cuestión social es decir responde a la inuietud de remo#er los obst-culos de orden económico & social ue impiden el pleno desarrollo de la persona humana. or ende aspira a ue el hombre sea realmente lo ue uiere ser remo#iendo los obst-culos económicos & sociales ue interrumpen su paso hac9a el pleno desarrollo personal.

:e referen a la e5istencia de condiciones de #ida & de acceso a los bienes materiales & culturales en t?rminos adecuados a la di'nidad inherente a la amilia humana. La reali*ación de estos derechos no depende en 'eneral de la instauración de un orden  ur9dico ni de la mera decisión pol9tica de los ór'anos 'ubernamentales sino de la

conuista de un orden social donde impere la usta distribución de los bienes lo cual puede lo'rarse en orma pro'resi#a pues su e5i'ibilidad est- condicionada a la e5istencia de recursos apropiados para su satisacción de modo ue las obli'aciones ue asumen los stados respecto de ellos medio comportamiento. l cumplimiento de dichas obli'aciones implica al'ún '?nero de uicio sobre la pol9tica económicaKsocial del stado cosa ue se escapa de la esera udicial & se con9a a instituciones mas pol9tico O t?cnicas. n cuanto a los derechos colecti#os la sueción del poder público es mi5ta. n un sentido positi#o se puede hablar de obli'aciones de comportamiento la acción del stado debe ordenarse de la manera m-s apropiada para ue tales derechos O medio ambiente salud desarrollo pa* K sean satisechos. n un sentido ne'ati#o se refere a su #iolación mas bien se est- ante la obli'ación de resultado no es l9cita la actuación arbitraria del poder pol9tico ue se tradu*ca en el menoscabo de tales derechos.

:e plantea como e5i'ibles ante el stado & principales 'rupos económicos O sociales a eectos de obtener de estos determinados comportamientos positi#os. n este marco aparecen los denominados derechos económicos sociales & culturales ue implican la promoción del bienestar & del desarrollo m-5imo de las acultades 9sicas espirituales e intelectuales de las personas pasando por su reconocimiento por se'mentos sociales es decir los trabaadores los campesinos los usuarios de ser#icios esenciales Beducandos enermos etcC.

n este caso el stado inter#iene como tutor promotor re'ulador & hasta como 'estor del bienestar social. stos importan el afan*amiento de los #alores de la i'ualdad & raternidad social.

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:u reconocimiento ormal se manifesta principalmente en la /onstitución 6e5icana de 11( la constitución alemana de 11 & en la Declaración de los Derechos del ueblo  7rabaador & 5plotado de la e5 ;nión %epúblicas :ocialistas :o#i?ticas de 11+.

:e obser#a i'ualmente ue los partidos pol9ticos se ueron constitu&endo como elementos esenciales de la democracia.

stos Derechos tienen las caracter9sticas de ambi'Eedad en el sentido de la ,plicación &a ue se caracteri*a por el derecho al 7rabao & puede ser de car-cter conómico pero tambi?n :ocial.

n lo ue respecta a sus representaciones Indi#iduales se lo /aracteri*a de la :i'uiente Forma

". De$e%&!s E%!(*mi%!s0

odemos defnir de #arias maneras a los Derechos conómicos es a partir de la ormación de Dierentes untos de #ista inclu&endo la <oción normal del Derecho pero #inculado con la creación distribución & consumo de la riue*a conómica. InQu&e tambi?n a los Intereses ri#ados de la ersona & el mismo /ontrol ue puede eercer el stado dentro de este -mbito.

Dentro del Derecho conómico podemos encontrar #arias Distinciones pero en si la rincipal esta #inculada o diri'ida hacia el 7rabaador acult-ndolo de

- Derecho al trabao & su libre elección

- Derecho a la :e'uridad :ocial incluido la protección económica - Derecho a un ni#el de #ida adecuado

- Derecho a un salario usto. - Derecho a la sindicali*ación - Derecho a la Huel'a 7/.

. De$e%&!s S!%i"#es0

Los Derechos :ociales :on otros de los Derechos denominados de :e'unda "eneración. n especial este Derecho esta constituido por la /onormación social de la ersona inclu&endo a todo lo relacionado con la interacción dentro de la :ociedad.

Los Derechos :ociales buscan ue toda ersona ten'a i'ualdad en lo ue respecta a su Identifcación dentro de la :ociedad esto es ue deba tener la mismas )portunidades en la interacción social.

ste Derecho la diri'e el stado #inculado con la :atisacción de las <ecesidades rimordiales de super#i#encia de la ersona haci?ndose responsable a tra#?s de sus Funcionarios úblicos de poder /umplirlas.

Dentro de esta /lasifcación encontramos

- Derecho a la salud.

- Derecho a un buen ni#el de salud 9sica O mental

- Derecho a la protección de la maternidad & la inancia - Derecho a la se'uridad.

- Derecho a libre circulación. - Derecho a libertad de c-tedra.

%. De$e%&!s C'#t'$"#es0

ste :e'mento del Derecho se diri'e a la #isión de la ersona en la úsueda de su Desarrollo Intelectual por medio del /onocimiento /ient9fco la rotección de los Intereses 6orales & toda auella ue est? inculada con el Desarrollo antes nombrado.

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:e caracteri*a por una Doctrina si'nifcati#a se'ún la realidad cultural en la ue ?sta se pone en r-ctica buscando la i'ualdad hacia una Identidad ropia & prote'iendo tambi?n los de auellas /ulturas 6inoritarias.

La Identidad la ducación & la Inormación son los pilares de ?ste Derecho permitiendo a la ersona un Desarrollo de /oefciente Intelectual.

Dentro de este Derecho #amos a ncontrar una serie de Disposiciones ue la ersona puede e5i'ir.

- Derecho a la protección de los intereses morales promoción cultural de la

identidad cultural.

- Derecho , la libertad de creación e interpretación art9sticas. - Derechos a la educación a la cultura & la ciencia 7/.

C., LOS DERECHOS DE TERCERA -ENERACIÓN

%ecibe tal denominación por ser históricamente los últimos en alcan*ar reconocimiento & protección ormal a tra#?s de la le'islación positi#a. :u aparición se encuentra #inculada al au'e del denominado solidarismo ur9dico respondiendo al ple5o ideoló'ico del proceso de descoloni*ación & de la creación de un orden mundial sustentando en la usticia & la #ocación de colaboración planetaria.

Dicho ba'ae ideoló'ico se sustenta en el reconocimiento a la libre determinación de los pueblos del estado O nación & por consi'uiente de la liberación del dominio colonialista de buena parte de los pa9ses adscritos a la 'eo'ra9a aricana & asi-tica i'ualmente en la necesidad de preser#ar los espacios ecoló'icos paras uturas 'eneraciones a ra9* de la depredación 'enerada por la 'ran industria. ,simismo en la búsueda del desarrollo armónico de los pueblos & hasta en pro de la deensa del patrimonio histórico de la humanidad.

:u reconociendo ormal se manifesta principalmente en la declaración de los RDerechos de los ueblos B,r'el 1(4C en la sus Declaraciones de la )r'ani*ación de las <aciones ;nidas sobre el <ue#o )rden conómico & en la /arta de Derechos & Deberes conómicos de los stados.

ntre los Derechos de :olidaridad se tiene

- Derecho a la pa*

- Derecho al desarrollo

- Derecho a la libre determinación de los pueblos - Derechos al medio ambiente

- Derecho al patrimonio común de la humanidad - Derechos a la comunicación.

or último precisamos ue para ue los DDHH sean una realidad es necesario la e5istencia de una sociedad or'ani*ada como stado debiendo e5istir un marco le'al establecido ue recono*can & protean los DDHH & se proporcione las 'arant9as le'ales necesarias para su protección & deensa. n tal sentido el estado tiene la obli'ación de respetar & 'aranti*ar la #i'encia real de los DDHH mediante la creación de normas & recursos le'ales as9 como las condiciones obeti#as para poder eercerlos

. IOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS

Las iolaciones son las 7rans'resiones ue suren estos Derechos ue pueden sucederse en orma encubierta o descubierta. sto indica ue las libertades e i'ualdades de los

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ciudadanos dean de e5istir & pasan a sucederse hechos ue producen la mar'inación de la ersona.

Ha uedado comprendido ue los Hombres nacen libres e i'uales en di'nidad & derechos pero a pesar de e5istir mundialmente un Dispositi#o de control en deensa de ello se manifestan mundialmente #iolaciones a los Derechos de la Humanidad.

ntre ciertos tipos de #iolaciones encontramos el terrorismo la censura la represión la discriminación entre otros.

, continuación haremos un bre#e repaso de estas

.1 Dis%$imi("%i*(., :e considera acción & eecto de separar. s el 7rato desi'ual a otros miembros de un 'rupo o de la sociedad se'ún su ideolo'9a se5o ra*a creencia di#ina etc.

n nuestros tiempos el apartheid de la %epública :udaricana los 'rupos neona*is o sSin head han sido actores principales de la #isión de la discriminación en el 6undo.

, esar de ello las reormas /onstitucionales proclamaron la i'ualdad de los ciudadanos ante la Le& pre#ista por la Declaración ;ni#ersal de los Derechos Humanos creado por la )<; en 1$$ & sir#ieron para crear or'anismos de control & super#isión del cumplimiento de la I'ualdad & Libertad de los Hombres.

.1 Ce(s'$".- s la %e'ulación de la diusión de una idea o pensamiento. /omúnmente

la reali*a un estado autoritario pero i'ualmente puede e5istir en uno libre & soberano. :e modifcan las ideas ue en principio se uiere diundir. :e aplica este tipo de #iolaciones en el caso de la pintura la música & por sobre todo en el periodismo.

,l utili*arse estos m?todos de control de las publicaciones se crea un ambiente de temor & se produce la autocensura ue es la abstinencia de los hombres por internar e5presar libremente las ideas.

.2 Re4$esi*(.- /uando el stado utili*a la uer*a para el libre eercicio de los derechos &

esta le'almente a#alada no esta #iolando nin'ún tipo de derecho. ero cuando la situación cambia en el sentido del a#al por parte de un sost?n le'al la represión se transorma en un mo#imiento or'ani*ado ue desconoce las re'las democr-ticas de libertad & libre e5presión. /uando esto sucede se recurre a la persecución tortura & hasta desaparición de personas cometiendo inusticias & casti'o sin uicio pre#io.

;n eemplo de este tipo de #iolación ue lo #i#ido durante casi + aJos en la ,r'entina con la presencia de los 6ilitares en el eercicio pleno del poder.

.3 Mise$i"., s la resultante de una serie de /arencias & ri#aciones ue son senciales para la :atisacción de las <ecesidades del Hombre. sta se producen por arias /ausas como por emplo La Desocupación. sta resultante elimina la )portunidad del In'reso a la ersona a :er#icios  como ducación :alud i#ienda etc. ,dem-s imposibilita el ienestar & el ro'reso.

. I(!$"(%i"., La Falta de ducación & /ultura de una ersona lo lle#a a una Forma de Discriminación imposibilitando al Indi#iduo poder %a*onar Discutir & hasta Incluso ormar sus ropias Ideas permitiendo as9 el abuso de 7erceros. n este caso el stado debe /umplir con la :atisacción de la <ecesidad inculada con la ducación siendo el ilar ue permita al Indi#iduo ormar su Intelecto & de all9 poder 'enerar %a*onamientos adecuados.

.5 Te$$!$ism!.- s la iolencia sin /ontención el 7error consecuente al ;so de la

iolencia. lla In#olucra a otros ees ue se ncuentran uera del 6arco del /onQicto ue lo /ausó. Asta sur'e de manera :orpresi#a creando 7error e Incertidumbre 'olpeando en

(11)

un /entro de ,tención o lanco 'enerando :urimiento & utili*ando en la ,ctualidad el ,#ance de los 6edios de /omunicación para eercer el ecto 6ultiplicador.

Los ,ctos 7erroristas deben responderse con 6edidas ur9dicas ue re#en'an & :ancionen estos ,#ances.

5. -RUPOS ULNERABLES

:on 'rupos o comunidades ue por circunstancias de pobre*a ori'en ?tnico estado de salud edad '?nero o discapacidad se encuentran en una situación de ma&or indeensión para hacer rente a los problemas & para satisacer sus necesidades b-sicas.

La #ulnerabilidad coloca a uien la padece en una situación de des#entaa en el eercicio pleno de sus derechos & libertades.

La #ulnerabilidad racciona & por tanto anula el conunto de 'arant9as & libertades undamentales de tal orma ue las personas 'rupos & comunidades en esta situación tienen derechos únicamente a ni#el ormal &a ue en los hechos no se dan las condiciones necesarias para su eercicio.

sta circunstancia #iola los derechos de los miembros m-s d?biles de la sociedad & los mar'ina ra*ón por la cual el stado tiene la responsabilidad de prote'er a estas personas uienes recuentemente desconocen cu-les son sus derechos i'noran los medios para hacerlos #aler & carecen de los recursos  necesarios para acudir ante los sistemas de usticia. Factores ue inQu&en en la #ulnerabilidad

- Falta de i'ualdad de oportunidades.

- Incapacidad para satisacer sus necesidades b-sicas. - Desnutrición.

- nermedad.

- Incapacidad de acceder a los ser#icios públicos. - 6ar'inación.

:e encuentran /omprendido dentro de los "rupos ulnerables

L!s Ni6!s Y A+!#es%e(tes  A"(+!("+!s La 6ortandad la desnutrición & las Ineuidades en todos aspectos lle#an a estos a ser uno de los rincipales "rupos con ulnerabilidad. :uren discriminaciones por sus condiciones 9sicas o estilo de ida. Las ol9ticas :ociales 6uchas #eces presenten Falencias en este /ampo pero son el )beto principal de su ol9tica.

M'7e$es I(+e8e(s"s0 /omúnmente son auellas eas de Ho'ares pobres & ue tienen ue car'ar con la %esponsabilidad del /uidado & el :ost?n del Ho'ar. La Discriminación ue ellas :uren pro#ienen desde la /ondición de "?nero hasta la ine5istencia de la protección & del cuidado ue tienen hacia sus Hios.

A+'#t!s M"/!$es ! A(%i"(!s0 ersonas ue se'ún el principio de conom9a no pueden estar Inte'rados a la ,cti#idad Laboral. :uren los descuidos de los :istemas de re#isión ue no son euitati#os & efcientes & ue no 'aranti*a la /obertura de las <ecesidades -sicas. Lle'an a la ee* en /ondiciones Dram-ticas en al'unos a9ses.

P!#"%i!(es I(+íe("s0 tnias de poblaciones %urales ue :uren la Desatención comúnmente del stado. Intentan el ,#ance de su /ultura unto a la de su Desarrollo conómico pero la Falta de )btención de %ecursos los dea ,l 6ar'en uedan uera de la articipación del Desarrollo :ocial.

9. RESPONSABILIDAD INDIIDUAL EN LA PROMOCIÓN Y I-ENCIA DE LOS DERECHOS HUMANOS

(12)

/onsiderando ue la romoción & rotección de los Derechos Humanos son una cuestión de Importancia para la /omunidad Internacional en 'eneral se constitu&eron una serie de /onerencias para anali*ar & ormar mecanismos de protección & promoción en orma  usta & euilibrada.

sta se enunció en la /arta de las <aciones ;nidas & en la Declaración ;ni#ersal de los Derechos Humanos.

:e frmó el compromiso de tomar medidas particularmente en el desarrollo de la cooperación con propósitos diri'idos al respeto uni#ersal & obser#ancia de los derechos & libertades undamentales.

:e subra&ó ue los stados tienen %esponsabilidad en el omento del %espeto por los derechos sin hacer distinción de sus dierencias afrmando sobre el #alor de la persona humana e i'ualdad de los hombres.

 7ambi?n podemos destacar ue uedó e5presada la preser#ación de las 'eneraciones #enideras en el -mbito del mantenimiento de la usticia & el respeto de las obli'aciones ue se plasmaron en tratados & otras con#enciones promo#iendo el pro'reso social la tolerancia & la con#i#encia en pa* buscando como ondo tambi?n el pro'reso económico euitati#o de los pueblos.

La Declaración ;ni#ersal de los Derechos Humanos oró una meta común siendo la base de inspiración de la ormación de las <aciones ;nidas & su #inculación con la deensa de las libertades humanas.

, partir de all9 el respeto de i'ualdad la democracia la usticia la libre determinación de los pueblos ueron los ees de la lucha de la )r'ani*ación  de las <aciones ;nidas buscando siempre eliminar los obst-culos & resol#iendo las problem-ticas ue impiden el libre eercicio de los Derechos Humanos en el 6undo.

:. OR-ANI;ACIONES RESPONSABLES DE LA PROMOCIÓN Y I-ENCIA DE LOS DERECHOS HUMANOS

O.N.U.0 Despu?s de la II "uerra 6undial se Decidió la /reación de una )r'ani*ación ue sir#iera de i'ilante & "aranti*ara la a* el Desarrollo & la usticia de los Derechos Humanos. De esa 6anera se Formó la )<; B)r'ani*ación de <aciones ;nidasC :u Función rincipal es la 6ediación ?lica pero a la 6isma e* /oordina con )tras )r'ani*aciones por la Deensa de la Humanidad.

La )<; no es un "obierno solo es una )r'ani*ación donde se plantean roblem-ticas de todos los -mbitos.

, ella st-n ,ne5adas l /onseo de :e'uridad 7ribunal Internacional de usticia l :ecretario "eneral el ro'rama de <aciones ;nidas para el Desarrollo B<;DC l Fondo de las <aciones ;nidas para la Inancia B;<I/FC la ;<:/) Bencar'ada de temas educati#osC la )6: B:e ocupa de la :anidad 6undialC la F,) Blucha contra el HambreC.

UNICEF0 rote'er la :uper#i#encia ienestar & :alud de la Inancia buscando entornos :aludables & :e'uros. :u Función es sacarlos de espacios donde se los obli'a a eercer la prostitución el trabao & suren la 5plotación 6altrato & iolencia.

UNESCO0 s miembro de las <aciones ;nidas diri'ida hacia la ducación /iencia &  7ecnolo'9a buscando un atrimonio 6undial ue permita construir la a* mediante la ducación /iencia  7ecnolo'9a /omunicación tc. romue#e Inraestructura ue permitan la /onstrucción de pro&ectos Futuros ue "aranticen la a* & se asa en el %espeto de la Dierencia & el Di-lo'o. usca un Desarrollo :ustentable ue romue#a los alores & la uidad.

(13)

OMS: sta destinada la úsueda de la 6eora de la :alud 6undial. Defne ue la :alud

es un estado de ienestar F9sico 6ental :ocial deando de lado la ormación de :alud como un estado 9sico sin ,ección o nermedad. :u trabao /onsiste en la lanifcación de ro'ramas de re#ención rente a Di#ersos tipos de ,ecciones o nermedades ue puedan romper el ienestar de la ersona. usca una 6eora de las ol9ticas relati#as a la :alud.

O.I.T.0 s una )r'ani*ación ue Lucha por los rincipios %elati#os al 7rabao & el ro'reso conómico. s ;na )r'ani*ación /omprometida a romo#er los derechos de la Libertad de ,sociación Libertad :indical %econocimiento del 7rabao & la ,bolición del  7rabao Inantil.

6anifesta ue todos estos Derechos :on ;ni#ersales & se ,plican a todos los stados & reali*a ;n rocedimiento de :e'uimiento en ost del %espaldo de este /ompromiso. La )I7 ha Lo'rado ue muchas )r'ani*aciones /omunidades & mpresas  apo&en estos rincipios & promue#an un nue#o tipo de /onducta mpresarial.

OTAN0 )r'ani*ación del 7ratado del ,tl-ntico <orte. sta /onormado por stados ;nidos & )nce estados uropeos. La Función ue eerce es la De %establecer & ,se'urar la :e'uridad en la re'ión del ,tl-ntico <orte. /onormada lue'o de la :e'unda "uerra 6undial estu#o resente en )tras /ru*adas ?licas como la "uerra  Del "olo. n su ,rticulación )bli'a a los stado articipantes ue en /aso de ser e de una a'resión las  7ropas de los /onortantes tomar-n las 6edidas <ecesarias para lo'rar la a*.

(14)

/reo ue en un mundo donde todos los #alores est-n conundidos donde pro'resar económicamente es el fn de todos sin tener en consideración el detrimento del otro. sto es porue estamos car'ados de un terrible indi#idualismo Gsolo importo &o & mi propio bienestarG.

Habr9a ue tomar conciencia ue para ue el mundo a#ance & no #a&amos en retroceso tiene 'ran importancia respetar la di'nidad del otro & reconocer en cada uno auellos derechos ue brotan de su propia condición natural de persona humana.

,simismo creo ue este reconocimiento tiene ue ser parte de todos no solo de uien est- constituido como autoridad. orue ser9a mu& -cil e5i'ir el cumplimiento por parte de las autoridades & e#itar aludir al propio.

,hora bien si todas las personas se respetan rec9procamente es #-lido ue se e5ia de la autoridad. ero tambi?n recono*co ue si ella nos in#itar9a con su buen eemplo todo ser9a m-s -cil para el desarrollo & armon9a de la sociedadN &a ue ellos son nuestros representantes.

 7ambi?n me parece mu& importante & realmente necesaria la participación ue hace la I'lesia en cuanto a dichos derechos.

La doctrina social de la I'lesia uiere ue recono*camos & respetemos estos derechos inherentes a la persona humana tratando de e#itar su #iolación.

sta nos habla de la importancia del #alor de la di'nidad humana para lo'rar la armon9a dentro de la con#i#encia social.

G;n sistema ue sacrifca los derechos undamentales de la persona & de los 'rupos en aras de la or'ani*ación colecti#a de la producción es contraria a la di'nidad humana.G

1>. CONCLUSIONES

Los derechos humanos es un deber de los ciudadanos o el stado ue deber- asumir una conducta rente a esos derechos de cumplir con determinadas obli'aciones de dar hacer u omitir.

(15)

:e conclu&e los derechos humanos son auellos de todas las personas por el solo hecho de ser humanosN sin distinción de se5o ra*a edad reli'ión partido pol9tico o condición social cultural o económica. :on uni#ersales innatos in#iolables intranseribles

complementarios imprescriptibles & no erarui*ables.

Los derechos humanos tienen con fn 'aranti*ar a cada persona el respeto en tiempo de pa* de sus derechos & libertades ci#iles policitas & económicas sociales & culturales. s decir 'aranti*ar el pleno desarrollo en la sociedad & prote'erlo si es necesario contra el abuso de las autoridades.

Los derechos humanos son una cultura los derechos humanos son el reconocimiento pr-ctico & efca* de la di'nidad de cada ser humano. l irrespeto a esta di'nidad es una acción #iolenta ue inicia en un espiral ue nos conduce a la destrucción del otro.

11. RECOMENDACIONES

 :ensibili*ar & capacitar a la sociedad a las personas ma&ores a los a'entes

públicos inclu&endo proesionales rele#antes para una cultura del respeto & deensa de los derechos humanos para ortalecer la construcción de una sociedad armoniosa en todas las edades.

 ,po&ar estudios e in#esti'aciones con ?nasis en los derechos humanos

especialmente en relación a la #iolencia secuestro maltrato entre otros ue se presenta en pa9s.

 /rear & ortalecer las redes de apo&o social a las #9ctimas de #iolencia secuestros

maltratos despla*amientos entre otros ue se presenta en el pa9s.

 Dar olletos a la ciudadan9a en 'eneral sobre los derechos humanos & deberes ue

tenemos como persona.

OS DERECHOS

HUMANOS

(16)

ALUMNA :

1º AÑO PNP NUÑEZ CABEZAS HILARY ELIANA

DOCENTE :

CMDTE. PNP MIGUEL TALLA QUISPE

CURSO :

DOCTRINA POLICIAL

Nº ORDEN :

25

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