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Historia de los límites del Perú. Texto dictado a los alumnos del Colegio Anglo-peruano de Lima conforme

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(1)

HISTORIA

Il E l.OS

LÍMITES DEL PERÚ

TEXTO DICTf\DO 1\ LOS ALUMNOS DEL COLEGIO ANGLO- f'ERU1\t'lO DE L1MI\,

CONFORME AL f'ROGRAMA OFICIAL

PUR

RAUL PORRAS BARRENECHEA

0---0.

SEGUNDA EDlClON REVISADI, y ICTUAlIlADA

o

o

LlBRERIA FRANCESA CIENTíFICA

y CASA EDITORIAL E. ROSAY F. J E. ROSAY

Calle de la Merced (Unión) 632 Y 634 LIMA - 1930

(2)

HISTORIA

,

,

LIMITES DEL PERU

TEXTO DICTADO A LOS ALUMNOS DEL COLEGIO

ANGLO-f"ERUANO DE LIMA,

CONfORME AL F'ROGRAMA OfICIAL

POR

RAUL PORRAS BARRENECHEA

0---,0

SlGUNDI EDICION REY/SADI, y ACIUILlIIDI

o

o

LIBRERíA FRANCESA CIENTíFICA y CASA E[)JTORIAL E. ROSA Y

F, J E. ROSAY

Calle de la Merced (Unión) 632 Y 634 LlMA-1930

(3)

LA LITERATURA PERUANA. - (Conferencia) Li~ ma, 1918.

DON JOSE JOAQUIN DE LARRIV A - Conferencia en el Conversatorio Universitario. - Lima 1919. EL PERIODISMO EN EL PERU. - "Mundial". - Edición

del Centenario. - Lima, 1921.

LIMA - Monografía histórica. - La Crónica - Edición del Centenario - Lima, 1924

ALEGATO del Perú en la cue9tión de límites sobre la frontera norte de Tacna - (Cuestión Tarata) por Raúl Porras Barrenechea. Jefe del Archivo de Límites del Ministerio de Relaciones Exteriores. - Lima, 1925. REPLICA a la Exposición chilena sobre la frontera norte

de Tacna - Lima, 192J. 2 vol.

HISTORIA DE LOS LIMITES DEL PERU. - (Curso escolar). - Lima, 1926.

MARIANO JOSE DE ARCE. (Estudio biográfico) Lima, 1926.

JOSE ANTONIO BARRENECHEA. - (Estudio biográ-fico) Lima, ] 928.

TORIBIO PACHECO. - (Conferencia en el Colegio de Abogados de Lima) Lima, 1928.

EL CONGRESO DE PANAMA. - (Tomo I del Archivo Diplomático Peruano) l' Recopilación y prólogo por Raúl Porras Barrenecnea. Lima, 1930.

(4)

Este cltr¡;o fué ÙlCorpOl'ado en 1924, al plan de estu-dios d,¡ segunda enseñanza, con una finalidad previsora, Lo,~ pl'Ï1/cipales pl'oblemas limítrofes del PerlÍ se hnllaban pendie'.'1te,~. Las soluciones adoptadas en los problemas ?'esueltoll, ¡n'ovocaban aún a¡'duos co'mentarios, La opinión

de la 'ImLltittuI, era fácilmente sugestionada, alrededo?' de

los problemas territoriales, en sentido apasionado e injus-to. Era útil entonces ilustrar a las nuevas generaciones sobre el 07'igen y el p7'oceso de esos conflictos para que la opinió?~ futura del país no se dejase arrastrar en la suce-sivo pOI' engañosas declamaciones. Ninguna ense?ïanza más lfi"Ov€chosa pant tal objeto que la hist07'ia mi:m¡a de nuestl'llS negociaciones de límites, con sus utópicas deman-das, aguzamientos de dialéctica, contradicciones diplomá-ticas, ;'Josturas bélicas, claudicantes cesiones y juegos de escond:te con la paz, Un criterio pedagógico realista ins-piró pites la creación de este curso,

La, práctica de la ense?ïanza ha demostl'ado qne fue-¡'on Únpro"edentes las críticas que se hicieron a la inclusióll de esto: asignatura en la insb'ucción medirL. El interé.q del alumnado pOI' la hi,qtoT'ia internacional del Perú se ha he-cho ev;dente a profes01'es y jw'ados, A pesar de su apa-?'ente dificultad, de algunos tecnicismos inc'vitables, el cur-so de HistD?'ia de VÍ?nites es de aquellos qll,e má.s viwlIn.en-te han despertado la cttención e,qcola¡' y de los ql/,e pro-m,ueven con más intensidad la curiosidad pOI' el pasado y el a'-do¡' PO?' el derecho, propios de toda adolescencia, Después de seis años de enseñanza puede afirmal'se que nna bllena parte de las generaciones nuevas tiene un con-cepto cabal de nuest?'os problemas internacÙmales y CJueno podrá Gonta¡'se con ellas para levanta?' en cualquie?'u bOl/al oportu!/idod '/ma incon¡;ciente masa chauvinista

El prognuna del Cl/rso actual debería, sin embargo lier modificado en parte. Ap7'ovechando el inte¡'és escolm' pOl' la mate?'ia y la necesidad de dotar a los últimos aiws de instrucción media de asignaturas relacionadas con la historill nacional, podría hacerse de¡'ivar el actual estu-di{), fOl'zontmente intrincado, de las negociaciones de lí-mites, hacia un compendio de la historia internacional del PerÚ, en el que además de los problemas ten'itoriales, contemplados en fonna más sintética, se abarca?'a todel l"

(5)

perspectiva de nuestra vida exterior, estudio en el que se adquirieran algunas nociones utaes para la ciudadanía, tales como los esfuerzos del P6rú a favor del arbitraje, los conflictos económicos americanos y el significado de cier-tos concepcier-tos einstitucíones, tales como la lAga de las Naciones, la doctrina de Monroe, el panamericanismo. Se contribuiría así a la formación de la conciencía interna-cional del Perú ..

Esta segunda edición, corregida y revisada, como todas las segundcts ediciones, tiende ya a reducir, por resúmenes generales de las negocíaciones de límites y por síntesis de los problemas, colocadas al p"'incipio de los capitulos, un estudio que no debe ser de nombres y de fe-chas, sino de concepto, cabal y claro, de nuestros proble-mas. La única parte a la que se ha dado, mayor extensión es a las negociaciones con Chile, después del tratado de Ancón, excesivamente sintética en la edición anterior. El ambiente de cordialidad existente entre el Perú y Chile, a consecuencia del arreglo de Tacna y Arica, no invalida el conocimiento de los más difíciles momentos de rencor. Aparte de que la verdad no es posible ocultarla y de que es ingenuo olvidar la historia, el estudio detenido de la cuestión peruano-chilena puede servir para constatar como la concordia ell posible aun dentro de las más irreductiblcs controversias de ws pueblos y, sobre todo, para estimular el anhelo de que el porvenir sea diferente y sltperior al pasado.

(6)

1-f1

loS profesores del Curso de Historia

de Umltes del rerú.

Este CUl'SO,c,'eado para iniciar a los ni1ï,os en el conocimiento de los más grav6s asuntos nacionales, n,) dcbe ser enseñado con espíritu estl'echo y loca-lista, El Perú cree tener razón en todos sus reclama-cIOnes de límites e idéntico convencimiento anima a las naciones que discuten con él, El conflicto pro-v'\ene de la defectuosa demarcación colonial. Espmïa n7 se p¡'eocupó de demarcar cuidadosamente sus do-""inios ni de precisar la geog,'afía de e.stos, De allí !l2n provenido los innumerables litigios de lím.ites america1w8. La verdad y la just1:cia se hallan, gene-1"lÛmente, en un término medio entre las pretensio-nes extremas. Es por eso cri11!linal la actitud de

quienes Be empeñan en sOBtener c'nno irredueti-bles 'ail pretensiones máximas del Pcrú en ¡;U,S

7)1'0-b(emas pendiente.s y la de los qun, a propósito de pacto.s que han solucionado equitativrL'ntente nues-t¡·os diferendos con pueblos amigos, se empeñan en dramatizar el aula a el periódico con la mentira dc las "mutilaciones territoriales". La única mutila-ción territorial que ha Bufrido el Pnrú fué la que lo impuso el t,'atado de Ancón a raíz de la guerra de eonqui.sta declarada por Chile. En 108 demás

C2S08 el Perú ha tranzado a discute, principalmente s·)bre espectativas, fundadas en títulos que conside-ra legítimoB, pero que no fueron aceptados por las nacione,s litigantes, a a los que estas oponen otros titulos y argumentaciones jurídicas. Felizmente una honrosa y culta tradición nos ha reconocido siempre como pueblo adicto a la paz y al derecho y hasta como paladines algo ingenuos del arbitraje internacional. EBa tradición y esa enseñanza son las (lue hay que inculcar a las nuevas generaciones para que lleven a la solución de esos urgentes problemas 1m espíritu de comprensión, de armonía y de jus-t ¡cio."

(7)

EL F'ERU INCAICO y COLONIAL

LOS LIMITES DEL PERU PREINCAICO E

INCA,ICO.- La historia de los limites del PerÚ

comienza con la unificación del Impel'io

lncai-co, J'ealizada por PachakÜtec. Antes el

tcrrito-rio que ocupa actualmente el PerÚ, estu\'()

di-vidido en pequeñas regiones habitaùas por

tri-bus diversas. En la costa, de Lambaycquc hastu

AClci, habitaban los Yungus. Eu la altiplanicie

del Callao 1enia su asicnto la civilización de

'l'ia-hua'1aco. La región andina estaba dividida en

gran nlÍmero de cacicazgos a de tribus

guer're-ras u rivalf)s, una de las cuales, la de los Incas. logró vencer y sujetar a la.s demlÍs. PachakÚtec,

TÚpoc Inca Yupanqui y Huayna Ocápacc,

cx-tendieron con sus conquistas los límites de la.

conf'cù eral~ión Incaiea, al par que realizaba n

In Ilni1Ïcanión nacional. Pac}¡akÚtec redujo la

región de ]a costa. TÚpan Yupanqui llevó los

hi-tos de su Imperio hasta el rio Mauli en el Sur.

y n'.lis aIlú del Marañón en el Norte, has ta los

(8)

so-meLió por último a los Sciris y a los Quitus

pro-longando sus dominios hasta las salvajes tribus

de Pasto.

Estas conquistas delimitan el vasto imperio

del 'rahuantisuyo, que hallaron los españoles y

que bautizaron con el nombre de Perú.

Garcilaso ha señalado en el lenguaje

pinto-resco de sus "Comentarios Reales" los términos del Tahuantisuyo "Al norte, llegaba hasta el río

Ancasmayu que corre entre los confines de

Qui-tu y Pastu, quiere decir en lengua general del

Perú, río Azul. Al Mediodía tenía por término el

río llamado Maulli, que corre Leste Hueste,

pa-sado el reino de Chili, antes de llegar alos

Arau-cos; al Levante tenía por término aquella nunca

jamás pisada de hombres, ni de animales ni de

aves, innaccesiblc cordillera de nieves que corre

desde Santa María hasta el estrecho de

Maga-lIanes, que los indios llamaban Riti Suyu, que

e~ banda de nieve; al Poniente confina con el

mar del sur que corre por toda su costa de largo

a largo". ~

GOBERNACIONES PRIMITIVAS DEL PERU

OOLONIAL. -NUEVA CASTILLA y NUEVA

TOLEDO. - Al descubrirse el Perú los monar-·

cas de España, ignorantes de la geografía y de la

historia del pueblo que conquistaban, la dividie-ron en lotes con que saciar la codicia de los

con-quistadores. Sobre la lenta obra secular de la

unificación Incaica, trazaron las reales cédulas,

líneas imaginarias que fraccionaron en parcelas

de doscientas leguas la admirable obra del genio

(9)

La capitulación de Toledo. - La primera

parcela ruó para Pizarro. gn 'rolcdo

r

por

au-sencia de Carl08 V, entregado il sus lltlzañas

cure.peas. la reinll madre Doña J ualla la Loca

ilutorizÓ il Pizarro, en 20 de julio de 15:¿9, pal'a

que en nombre dc la corona real de Castilla,

continÚe la conquista dell Perú, "hasta

doscien-tas leguas de tierra por lu misma costa (la de

Tumbes) las cUllles dichas doscien tas leguas

comienzan, desde el pueblo que en lengua de

indiD:'¡ se dice ZCllIllqU ella y d CSpll(~Sl,laIlHls tes

~Hnliago, hasla llegar al pueblo de Chincha"

quc se presum ía era el término ùe esta tiil;ta

I1-cia. J':sta primitiva gobernación, a la que los

eS(JErlOles dieron el nombr'c de "Nueva Castilla" l'ué uum cn tada en seten ta leguas Inl\::; cuand o Il l'ri;] lido Pizarro Ilovó a I Rey su pingÜe parte

en el rescatc de Atahualpa (muyu de '15~l·~).

La capitulación a favor de Almagro. - La

8C-gunla parcela fué }Jarll Almagl'o. Su extensiÓn

era tambiÓn de doscientas 'leguas, que debíull

contarse desde donde ter'minaba la jurisdicción

de l'izurro Iwcia el estrecho de ~lilgullane:; (CÓ-dul¡;. de ;¿I de mayo de 153/~). A esta g'(lherna-ci,jE ~e le diÔ el nombre de "Nueva Toledo".

Anteriormente, el 26 de .Junio de 15:!l), al

mismo lit~mpo que a Pizarro, se había concedido

II Dom Sim<J1l de Alcazabll, una extcnsión

lam-bién de doscicnlas leguas que debían cUlllarse

Il par'lir de! estrecho de MagalIanes, en

direc-eiÓn II Chineha. Se le diÓ el nombre de "Nueva León".

(10)

La ejecuclOn de estas provisiones vagas y

absurdas provocó la primera guerra civil entre

los conquistadores. Pizarro y Almagro

preten-dían qlle el Cuzco estaba comprendido dentro

de SIlS respectivas gobernaciones. Almagro,

se-guro de sus títulos, se apoderó violentamente

del Cuzco. Sometido a arbitraje el asunto y

con-sultadas las escasas autoridades geográficas de

entonces las que fallaron que el Cuzco se

ha-llaba dentro de las 270 leguas de Pizarro,

Al-magro se negó n entregar la ciudad. Sobrevino

la guerra entre los bando's de ambos

conquis-tadores siendo (lerrolado Almagro en las

Sali-nas (1538). En la lucha civil entre

Almagris-tas y Pizarristas perecen sin descendencia el

Marqués Pizarro y Almagro el Mozo, heredero

de los derechos de su padre. Con ellos

desapa-I'ecen los antojadizos linderos trazados por los

reyes de España sobre la heredad territorial

pe-ruana.

ERECOION ,DEL VIRREINATO DEL PERU.

- Al ordenar la nueva división de sus dominios

coloniales, Carlos V crea dos grandes

oircuns-cripciones territoriales ~ una al norte y otra

al sur - que con el nombre de Virrelnatos,

ha-bían de ser los centros principales de la

admi-nistración y del gobierno. Los dos Virreinatos

creados fueron los del Perú y MéJlco, por

cé-dula real de 20 de Noviembre de 1542, dictada

en Barcelona.

Los Virreinatos se dividían en Reales'

Au-diencias, las que a su vez se subdividían en co-rreglmientos o provincias. Había también otras

(11)

~, tal como se

halla en los ma-pas de la ~poca de su erección .

,,

,

\LA CHILE \ l )---//"-TIERRA • -,--MAGALLA'N/CA

(12)

s¡ÜI,li"isioncs Hamadas; gobernaciones, alcal-(lIa¡" ma~'Ol'cs y alcaldías menores,

Los virreyes gobernaban sobre el tel'pitorio de

las Audiencias, Los ,,¡rl'eyes tenian el sllprcmo

IIIIUH!O político, militar, Judicial y econÓmico

detls J'cgioncs sujetas a su mando, PI'csidían

la ,\udiencia cn la capital de.l Virreinato y

su-pl'l",-igilaban Illas Audiencias :mhallcrnns,

ejel'-ci endo au tOl'idaù sobre ellas en casas pa

rticu-lapes o excepcionales . .t:l Vir'rey del PerÚ

gober-Wl!lIl. inlllediatamente el terpilorio de ,la

Au-di(~llcill de Lima, pero tenía el gobierno sllperior

de las Iludicncias de PanamÜ, Lima, Bogotá,

Charens, Quito, Chile y Bncnos Aires.

Ln'.; A,udiencias l'l'an tribunules de justiciil.

furllwdos por' miembros llamados Oidorcs.

Te-níiln mando político en la •. eircUllScri)lcinllcs en que no había Virr'ey. pero su caT'lÍeler l)l'opio era

el de autoridades judiciales. F.l territoriu sujeto

Il lEl autoridad de las audiencias era sciialado

)lllr reales cédulas. Las Audienci::u; tenían

tam-biÓn fllculllld )lara cxtender Sil duminio Illos

te-l'l'ito¡'Îos despohlados "que se redu.iese, poJ¡lal'e y pucificare", de mudo l]lle, ademlÍs nel distrito

efectivo que se les señalaba en las l'cale..;

cÓdll-la s, tcnían o tr·o distrito ideal: el del terri torio

que pudieran conquistnr y pohlar. Pero ese

dis-triln ídeal, para. pertenecerle, necesitaha sel'

descuhierto y poblado. Las Audiencias eran

so-bre todo tribunales rie justicia, y por ]0 tanlo

no podían ejercer su jurisdicción sino sobre

te-rritol'ios poblados, Los territorios no

(13)

cabezas de Virreinato, en las que residía, según dispo&>iciones reales, la suprema autoridad

co-lonial y el comando militaI' del Virreinato.

Los correglmlent.os corresponden a las

actua-les provincias. Eran subdivisiones gobernadas

por un corregidor - a semejanza de las

pro-vincias españolas - con autoridad política y

ju-dicial. Los límites entre los diferentes

corregi-mientas eran trazados de orden del Virrey,

pre-vios los informes geográficos necesarios. El

Virrey 'roledo, hizo personalmente y por medio

de Visitadores, el deslinde de la mayor parte

de los corregimientos a provincias peruanas.

Esos deslindes practicados por el 'Vlrrey Toledo,

sirven aun para determinar la extensión de

mu-chas de las actuales provincias del PerÚ.

AdemlÍs de los Virreinatos y Audiencias hubo

Capltanias Generales y más tarde

Comandan-cias, autoridades de carácter militar donde

ha-hía necesidades de defensa por la belicosidad de

los naturales a por las amenazas de invasión,

como sucedió con las Capitanías Generales de

Chile y Venezuela.

LA AUDIENCIA DE LIMA. - Al

independi-zarse las diversas secciones territoriales ameri-canas, cada una de ellas reclamó para sí los

lími-tes asignados a su àntigua Audiencia a Capitanía

General. El Perú reclamó, como erade derecho,

los Bmites con que fué creada la Audiencia de

. Lima, más los territorios que ·le correspondían

como cabeza del Virreinato del Perú.

Los limites de la audiencia de Lima fueron

(14)

Valla.-dntd en 1:3 de setiembre de 1534, flue los lïjÚ dol siguiente modo: "POI' la costa desde el

puer-to de Paita hasta el reino de Chile; pOI' la

lic-l'l'Il adentro San Miguel de PiUJ'u, Cajamal'cll.

Chachapoyas, Moyobllmbu y los l\[otiloncs

ill-c]usin~, hasta el Oollao exclusive; por el ponien-te ':01\llllr del Sur, y por el levante las l_lrIl\'in-cill~ IlO descubiertas".

El Oollao se llamaba a la rcgi<Ín situada en la

nltiplanicie alrededor del lago 'l'ilicaca. ~l Co-lluo, somet'ido a la audiencia de Charcas,

comen-zaba; "En el pueblo de Ayaviri por el camino de (ir'~o-Suyo; en el pueblo de Asilla pllr el camino

de lIumllsuyo, en Atuncanll par el camillO de

Ar3quipa y delJía comprender las provincias de

StugubÚn y Curabaya. (Recopilacifín de Lcres

de Indias, título XV, Libro II).

Dentr'o del distrito de la Audiencia de Lima,

cu~'os límites corresponderían más tarde Il la

Hcpública del Perú, no estuvieron incorporados

en ,la época de Sil creación ni Maynas (hoy

Lo-l'eto) ni el Collao (hoy Puno).

I<~stll:'lcircuns-cJ'ipciones tCl'ritoriales se Íll(:orporaron mfÍs

11lJ'(leal PerÚ.

Consúltese: Para el texto en general:

ARANDA. - Colección de los Tratados del Perú, 14 tomos.

ALFREDO BENA VIDES. - Colección de actos in-ternacionalcs en vigor para la República dcl Perú. - 1916.

BOLETIN DEL MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES. - Primera y segunda época, Años 1904 a 1930.

MEMORIAS de lol'! Ministros de RR. EE. - 1825-1929.

(15)

ARTURO GARCIA SALAZAR. - Re9úmen de His-toria Diplomática del Perú. (En la revista "Mercurio Pe-ruano", a partir de Enero de 1924) y en la "Revista Uni-versitaria" desde 1926.

CARLOS WIESSE. - Historia del Perú colonial l!

independiente. - Ediciones Rosay.

MARIANO FELIPE PAZ SOLDAN. - Diccionllrio Geográfico Estadístico del Perú. - 1876.

GERMAN STIGLICH. - Diccionario Geográfico del Perú. - 1922.

Para este capítulo:

ARANDA. - Ob. cit. Tomo I. GARCIA SALAZAR. - Ob. cit.

WILLIAM PRESCOTT. - Historia de la Conquist:J. del Perú. - Madrid, 1848. 2 Tomos.

(16)

LIMITES DE U\S COLONl1\5 E5F'1\ÑOLf\5

y

F'ORTUGUES1\5

LA BULA DE ALEJAN'DRO VI. - Así como

~icol(ls Y, había concedido a los portugueses

el monopolio del comercio con la India, por

Bula del año 1454, quisieron los Reyes

CatÓli-cos obtener de la misma prestigiosa uuloridlld

ulla confirmacÎón dei derecho quc tcnían Il ln

Andrieu recién descubierta.

El Pontífice Romano, fundándose en qlle erll

el vicario de JesucI'Ïsto, "de quién proceden to-do,; los bienes, imperios y señol'Íos" concedi<Í

y a:,ignÓ perpetuamente a los reyes de CastiHa

por Bula de 4 de mayo de 1493, "todas la.., islas

~7 tierras lÏrmes halladas, y que se

holl¡l!'L~Il,des-cobiertas e que se dcscubriercII" en el mar

océano al Oeste de una línea distante cien leguas

de!as Islas Azores a de Cltl>u Verde. I~ inhibieroll

y amonestaron a todos los príncipes cristianos.

so pena de excomunión latae sententiac, para

que respetaran las posesiones acrodadas a 10f\

Reyes Católicos.

TRATADO DE TORDESILLAS. - RI

monar-cu portugués se mostró celoso de las

(17)

monopolio de los descubrimientos en la regiÓn ocelinica al Sur de las i~las Canarias.

De las discusiones diplomáticas entre los dos

países surgió el Tratado de 'rordesillas (7 de

junio de 1494) suscrito al año siguiente de la

bula de Alejandro VI. Por este tratado se

ade-lantó la línea fijada por e,l Papa doscientas

se-t.enta leguas máH al oeste; es decir a trescientas

set.enta leguas de las islas de Cabo Verde. Una

comisión de pilotos y astrónomos de ambas

par-tes, debía salir de la gran Canaria en dos

CB.-rabelas para fijar la línea de demarcación.

Es-ta expedición no se llevó a cabo nunca y

sub-sistió por lo tanto la indecisión de los límitE:s

lusitano-españoles en América. Así 8ucedió en

1529, que Portugal y España quisieron

apode-rarse de las Molucas alegando ambas que los

islas estaban dentro de sus gohernaciones,

dis-·cusión que terminó con el tratado de Zaragoza

por el que España reconoció los derechos del

Portugal a cambio de una remuneración

econó-mica.

LA COLONIA DEL SACRAMENTO. - De

1580a 1640Portugal y Es.paña estuvieron

uni-dos bajo un mismo cetro. En 1680 los portu··

gueses avanzaron hasta la márgen izquierda del

río de la Plata y fundaron la colonia del

Sacra-ment.o. -El gobernador de Buenos Aires recon··

quistó por la fuerza la co-lonia, la que al año

si-guiente fué devuelta 811 Portugal por el tratado

de Lisboa (1.681.). Durante la guerra de

(18)
(19)

nueva-menle del Sacramento, que IllYO que re"liluil'

al 1'i1'l11nr la puz de ülrech (n'i5).

Los pol'tugucses, esp͡'jlus colonizndorcs,

si-guieron, ti pesar de las bulas pontiflcins

r

de

los I¡'[ltados, pencll'Hnclo CIl el continente 51111

¡UHèl'ienllo y ocupando las dos ribc¡'lIs del

\fa-raÏi(')I1 hasta la boca del YaYllrí. EspnÏin llccptr'¡ csUt ocupaciÚn por el tratado de :\-IIHlrid de '1Î50 !jlle fijÓ detalladamente los límites enlpe Ins

eo-lonin, dn amhos países.

Este E'spíritu colonizador de los portugue>:es J1f't'0da'lo por los br:.lsileros, fué el origen de la enorme ('xpansión t('rritoJ'ial del Brasil. Las "entradas y las "¡)[Jllde'rus" fueron los métodos más conocidos de penetración de los portugueses. Las entradas eran expediciones sangrientas realizadas para esclavizar a los indios a para bUHcar

tie-\'l'ns> de minerales o piedras prodigiosas. Las bandeiras, verdad('ras emigraciones a caravanas de aventureros, eran grandes masas nómades de hombres y mujeres, ciudades ('n mareha, que iban penetrando en el inmp.ni"o tCl'I'itorio víl'Ren, acampando en los lugares donde la naturu](,7.a les oponía al¡~Ún obstáculo, sobrepasándolo más tarde, ava-sallando poco a poco el territodo a fuerza de audacia, de abnegación y de constancia, siempre en pos de algún Dorado de alguna geogTafía fantástica. Asi la primitiva faja de tierra junto al Atlántico, que fué el Brasil, seg-ún lo~ primitivos tratados hispano-portugueses, fué ensan-chándose, plll' obra de los bandeirantcs hasta -llegar, en el

siglo XVIII al río Yavari donde la expansión pOl'tugups:¡ fué contt~nida por los tratados dc:>Madrid (1750) Yde S:;¡n Ildefons(l (1777).

EL TRATADO DE SAN ILDEFONSO. - (t"

de (Jctllbl'l~ del 777). La ejecuciÓn del ll'alndo

d\~l 750 prcsentó ta] lllimera de dificultades

qlle HllIlms partes decidieron anular'lo en '1ï JJ.

1'01' Último cn 1ïïï se fir'lllÓ el tratado de Sail

(20)

inter-coloniales. Par el tratado de San

Ildefon-so, España reconoció a la Corona del Portugal

"todo la que tiene ocupado" en el rio Marañ6n o Amazonas y en la parte de Matta Grosso.

E·l tratado de San Ildefonso delimitaba el Bra-sil con todas las secciones coloniales españolas,

comenzando desde e.l rio de la Plata, siguiendo

el contorno de las regiones que hoy son

Argen-tina, Paraguay, Bolivia, Perú, Colombia y

Vene-zuela, hasta el Atlántico.

Los límites entre las secciones peruana y

brasilera, fueron los mismos fijados en el año

1750 Y los que el Perú reolamó al constitui'rse

E:n república independiente. La línea divisoria

comenzaba por el sur, en el rio Guaporé

siguién-dolo hasta su confluencia con el Mamoré, husla

fürmar el Madera; este rio hasta un punto

equi-distante de su nacimiento y de su boca; de allí

una línea a encontrar el YavarÍ; el Yavarí

has-ta su desemboeadura en el Amazonas: luego

es-te río hasta la boca occidental! del Yapurá y el

curso de este Último rio.

El tratado de San Ildefonso, por último,

resti-tuyó a España la disputada colonia de.l

Saera-mento.

El tratado de San Ildefonso fué el último

con-venio celebrado entre España y Portugal, sobre

delimitación cie sus respectivas colonias. Era

el tratado vigente al proolamarse la

indepen-dencia de Sud América. El Brasil, sin emba.rgo,

siguiendo la tradición expansionista de los

(21)

lugares la línea del tratado de San Ildefonso.

En las discusiones diplomáticas, en las que los

países vecinos del Brasil, intentaron hacer valer

los derechos que les concedía el tratado de San

Ildefonso, el Brasil negó la validez y subsistencia de ese tratado.

(22)

LAS DESMEMBftJ\CIONE5 DEL VlftREIN1\TO DEL rERIJ

INSTITUCION DEL VIRREINATO DE

NUE-VA ORAINADA.- SU ,EXTINCION TEMPORAL

y RESTABLECIMIENTO. - Fuerza cra que

do-minius tan extensos como los del virreinato

del Perú requirieran para su mejor

admini:;-tración y gobierno su división en diversas

pro-vincias. I<:nel siglo XVIII comienza pues el

des-membramiento del virreinato. Gobernando el

Perú el príncipe de Santo Buono, en 1717, se

ordenó erigir el Virreinato de Nueva Granada.

Aparte de los inconvenientes que para la hucna

administración ofrcía un territorio dilatado, se

tuvo principtlJlmente en cuenta para crear el

Virreinalo de Nueva Granada la necesidad de

constituir una autoridad enérgica que

impidie-ra el contimpidie-rabando de mercaderías em'opeas que

sphacía por los puertos del norte de ~ueva

Gra-nada, Cartagena, Santa Marta y Maracaibo yque

invadíal toda la América con perjuici() del

mo-nopolio comercial de España.

Algunas competencias de autoridades con el

virrey del PerÚ, determinaron sin embargo la

(23)

Pel'(1 en ¡7aD. bajo el gobiel'llo del ,'il'rey }'Ial'qllÓ~ de \ïllagarcíu se restableció IlíJenl y

ddiniti\(lllJel1te asignÚndoselc como tel'rilorio

el d\' las audiencias de Santa Fé, de Panamá

;. (k Quito y la CUl1lllw!ancia general de Caracas

qU(~ hastn entullcc" había depcndido del

vil'rei-titiI () til~:\1t'ljico,

LA SEGUNDA DESMEMBRACION. -

CREA-crON DEL VIRREINATO DE BUENOS AIRES,

Y SEGREGACION DE CHA-RCAS. - La guel'ra

euntrn [ilS pol'lllgucses en el Río de la Plata

de-tel'll1ilJú al Hey de España il creur' el virrcin,llo

de lluClllJS Aires (~n J77(i, concedicndo el

títu-lo de Vil'rcy al generul de las fl!erzas

expedicio-lIariu:, espaiioJas Don Pedro de Ceyullos (cédula

del nde agosto de 1776). Por la cédula que creó

('str ,'irreinato, sC segrC'gÓ del peruano,

enton-ces al mando de (~uirior, el territorio de la

au-diencia de Charcas. En 1777 se declarÓ

perma-nente ci Virreinnto de BllCIlOS Aires,

TERRITORIOS JURISDIOCIONALES DE LA

AUDIENCIA DE CHARCAS SEGUN LA

RECO-PILACION DE LEVES DE INDIAS. - lnleresa

saber cUill era la extensiÓn de la Audiencia de

CIHII'C;lS separada entonces ùel PcrlÍ, porquc esc

l)Unlo filé el origen de ·lll larga discusiÓn de

límiles entre el PcrÚ y Bolivia. La audiencia de

Charcas, creaùa en 1r>5n, comprendía corno se

ha dicho ya, el Callao hasta Ayaviri, Asi[Jo y

.\tuncilnu; las provincias de SungabÙn y

Cara-haya, la ùe Mojos y lu de Chunchos má5 la

(24)

Las provincias de 8angaban y Carabaya iban seis u ocho leguas más allá de San Juan del Oro en el río Tambopata.

La provincia de Chunchol llamada después

Apolobamba estaba situada entre el Tuiche y el

Beni. La de MOJ08 se extendía a ambos lados del

río Mamaré hasta su confluencia con el Itene~

La zona del Madre de Dios y de los ríos Aere

Purús y Yurúa no estaba pues, comprendida en

la audiencia de Charcas. 'l'ampoco dependía de

Buenos Aires, ,la .Çosta de la provincia de

Ataea-ma que se prolongaba hasta la población chilena

del Paposo, y la que estaba sujeta en la

espiri-tual al arzobispado de Chuquisaca, pero en la

gubernativo y militar al virreínato d()l Perú.

Oonsúlt8se: ARANDA, GARCIA SALAZAR, WIES· SE, ohs. cite.

(25)

REINTEGRACIONE5 TERRITORIALE5 DEL VIRREINATO f'ERlJANO

REORGANIZACION TERRITORIAL DEL

PE-RU EN EL SIGLO XVIII. - En 1782,

gobl~ruan-do el PCI'Ú el Vil'l'ey Croix, tie reformÚ la di\·i::;ión tCl'it')l'ial peruana, implalllá.wlose el régiwcll de

las Intendencias que se había aplicado,

anterior-mcnte, en Buenos Aires.

LLt "Ordenanza de [nlenrlentes", suprimió los

antiguos corregimlentos

r

los reemplazó por

di-Ü'¡unes territoriales más amplias llamadas

In-tendencias. Esta medida se dicló

principalmen-te con fines ecu/lfímicos para la mejol'

recauda-ción de los tributos y por el des¡westigio en que

hahían caído los corregidores pOI'SIlS con tinuos

abusos. Los Intendenles serían funcionarios de

mayor calegol'íll y I'csponsabilidad. Colocados

en una situación inlcl'media entre el Virl'ey y los

subdelegados, que reemplazal'on a los

cOl'regi-dOl'e" los Jntendentes estaban más capacitados pal'a garantizar a las diversas y distintas

I'egio-nes del Virreinato, el mejor cumplimienlo de

las leyes y disposiciones l'cales y la huenll

ad-mini5tl'lwión de justicia.

El PerÚ fué dividido en 7 intendencias a

(26)

Tal'ma,Huanca-\'eliea, Huamanga y Cuzco que fueron la base

de los primeros departamentos peruanos. Cada

una de estas intendencias se dividía a su vez

en subdelegacionesa partidos, que

correspon-dían a los antiguos corregimientos. El nÚmero

talaI de estos partidos fué de 52.

REINTEGRACION DE PUNO. - PARTIDOS

QUE COMPRENDIA LA INTENDENCIA REIN-CORPORADA. - La región del Callao,

pertcne-cía desde el siglo XVI, en que se crearon las

Au-diencias, a la Audiencia de Charcas (hoy

Bo-livia) .

Al implantarse en el Virreinato de Duenos

Aires, el sistema intendencial, se adjudicó la

rcg'ir"1Ildel Collao - mas las provincias de

Lam-pa, Carabara y Azángaro - a ,la 1n tcnd encia

de La Paz, perteneciente IiCharcas.

Más lardc se creó la Intendencia de Puno, con

lus pal'lidos o provincias de Ohucuito y Puno,

perlenecientes al Obispado de la Paz y Lampa,

Carabayay Azángaro pertenecientes al Obispa-do del Cuzco.

En 1787 fué creada la nueva Audiencia clel

Cuzco, y a ella se le agregaron algunos

parli-dos de la Intendencia de Puna (Lampa,

Cara-bara y Azángaro). En i 796 se incoIlporÚ al

Pe-rl1 el l'esto de aquella Intendencia (Chucujo

y Puno). Así quedó tolalmente incorporada al

PerÚ la Intendencia de Puno.

REINTEGRACION -DE LA COMANDANOIA

GENERAL DE MAYNAS Y PUEBLOS DE

QUI-dOS. - LA REAL CEDULADE 16 DE .JULIO

(27)

EN LA OEDULA. - Los teritorios de la hoya

amazónlca -- ml'ls tUI'Je ~IaYllas o LlIl'cto

---(~!'Illl illllwl'f'cctHUlcntc conocidos. En lu primel'il ('p,)(~n de la cOlllJuista pcrt.clleciel'oll C0ll10 lodo vI lf'r~'itlll'io de :-;ud AUlt~I'icll cSjlaÎlOla, al Virrci-!lidu del I'l'l'Ú, íU\I\ljue compl'c!llliÓn¡]ose1ci:i den-ll'() de lil :\ndiencill de Quit.o. Los gobcl'Oadclf'es

y yil'l'erci:i dd Pl~rÚ Hulol'izal'OlI la,; primerlls ent.radas :" eX!ll:dieiollc5 pal'a dt~SCI¡})l'il' eSIl"; tc-ni ~(lr¡lls. L'II(J ¡]t~ Jus conquisludol'cs Illiís desta-cados dvl PCI'l'l :' mÚs tal'dc ¡..wbCrllEldol' de esLe --, (,OIlZIl]O PizUI'I'o--- ellllH'clHlió Iii cxpedici<Íll

ill Dorado que dir', IllgHI' al descul.)!'ill1í(~llllJ del

rio Amazonas. ~J¡ís tarde sc inicial'on. tambiÓn

pèl¡'líl)!Hlo del l'CI'Ù, lns misiones de frailes fran-c¡seullos r jesuítas paru coloníZill' ~' C\flllR'l'lizlll'

CSIl ~ l'cgiollCS.

1':111Î I G, la ,\udícncia de (Juito flll~ iIlCOI'PO-I'"dl al Yil'l'cillllto ell) \"\IC\ïltJl'allnl!a. ScgÚnlos

límites que cor¡'üsjlondíall a ·In ,\udieneia elc

Lil1lH E'~la llegaba hasta ";">!0YODillll!¡;1 y los Mu-T\1olilullps inclusive" en las I'iberas del :\1:u'aiíÓIl.

La Audiencia de Quit!), sogÚn la cl)dula de su

l'l'CF ci(¡ll, 110 ]] c¡:wba sino ha:; ta los t él'lll í 1105tIe

l'¡III'a. Cajamal'ca, ChaclHlpoyas, :\loyoball1ba y

los l\lolilones "cxclui:iive". Los ICf'l'itorios de la hoya AlIlazóniea qlled~u'on pues sepill'lHlos leg'al-U1elltt) del POI'lÍ, llunrJl!C SIlS comllnicaciones l'llC'I'atl sirnq)J'c miÍs fáciles con ('ste.

Lus tel'l'ilol'ios amllzónicos do :\laYlllls I'CI'IlHl.-I1eci~l'()I1 así illCOl'I)(JI'ados a :\"IHwn (ir'anuda has ta ('1 a iío 1802. Ese aiío se tIeeid ir.'>illcol'l'ü-l'aI'l¡¡s Je nllevo al PerÚ. Las causas cie c:-ita

(28)

iu-corporación fueron: 1.?que las misiones de

Mar-nas habían decaido ~-desde que se incorporaron

a Nueva Granada, por la dificultad de los

co-municaciones, 2? la imposibilidad de defender

esos territorios contra los ataques de los

portu-gueses cuyas tendencias invasoras eran

cono-cidas.

Ni la buena administración, ni la defensa eran

posibles desde Buenos Aires o Quito, por lo que

se decidió incorporar Maynas al Virreinato del

Perú. El documento decisivo que decidió III

in-corporación de Maynas al Perú fué el Informe

de Requena (1? de abril de 1.779).

D. Francisco de Requena, había sido Comisario regio para la delimitación hispano-portuguesa en las regiones del Marañón y gobernador de Maynas duranre diecisiet.e años. Requena era el más experto conocedor del territorio y era autor de una descripción geográfica de esas regiones. En reconocimiento de sus servicios negó a ser Mariscal de Campo y Mini9tro del Consejo de Indias. Como tal pre-sentó su célebre informe sobre la incorporación de Maynas al Perú. Requena propU90 al gobierno español: 1? Exten-der el gobierno de Maynas no soJo al río Marañón sino a todos sus afluentes, setentriona.les y meridioDales, hasta que dejasen de ser navegables, 2" hacer e80S territorios dependientes del. Virreinato del Perú, "desde, el cual era más accesible y más fácil su gobierno". Un puerto perua-no 90bre el Ucayali, lleva hoy el nombre de Requena en homenaje al funcionario español.

De conformidad con este informe se dictó la

real Cédula de 15 de Julio de 1802. Por ella !,e

dispuso que la Comandancia General de

May-nas, las misiones establecidas en los ríos que

desembocan en el Marañón por sus partes

seten-trional y meridional, y el gobierno de QulJoI

de-pendieran en ,la eclealá8t1co y en lo poUtlco del

(29)

El obispado de Maynas, establecido pUl' ci;ta

misma cédula, y cuya creacÍÔn también había

reco m endado Heq uena, sc coni;ti 1uy(í sobre el

lerri1.orio de las antiguas misiones J Ci;uílll:; del

.'\larañlÍn y de las franeisc¡mas del Gcayali y :-le

extendiÔ Iltodoi;los ríos que entran en el

.'\lara-ñón, hasta que dejan de ser navegables.

Com-prendía pues el curso de los ríos, Morona,

Pai;-taza, ~DpO. Pulumayo y Caql1ctá por la

izquier-da y l'or' la derecha hasta el {;rllharnba, Yurna

y PUI'US. Era el obispado de los bO:-lqucs.

OBEDIENCIA Y CUMPLIMIENTO DE LA

MISMA POR EL BARON DE CARONDELET.

- VISTA DEL FISCAL IRIARTE. - El

j':clla-dOJ' ha negado que esta cédula fué cumplida y

ejecutada. Sostiene quc no I'ccihi(', el pase del

virrey de :\'ue\'a Granada y que se opuso a clin

el presidente de Quilo. Ninguna de estas

obje-ciones sería suficiente para destruir la fuerza de

Ulla ct~dnla real. que los Virreyes nu podían

dis-cutir. El virrey ~lcndillueta. de la :-'¡lIcm

GI'a-nada, al entregar el mando a su sucesor dijo.

WI Sil Illelllol'in. que se habfa segregado de Sil

jurisdicciÓn el gabiel'no de Maynas cuya

distan-cia rie su capital, Bogolá, justificaba esta

medi-da, El presidente de Quito, Barón de Caronrlelet,

cOllsnHó la opinión riel fiscal Iriarte el qlle opi-nÓ plll' que "se guarde, cumpla y ejecute",

pa-sánd')~e a la Real Audiencia una copia

legali-zadu: para que allí conste quedm' segregados

de la jurisdicción de sus distritos los territorios.

y comunicándose a los gobernadores de Mavnas

(30)

De acuerdo con ,la o,pinión del fiscal, el Barón

de Curondelet comunicó en 20 de febrero de

1 R03 al comandante general de Muynas la orden

cie incorporarse al virreinato del PerÚ.

REINCORPORACION DE GUAYAQUIL.

-LA CEDU-LA DE 7 DE JULIO DE 1803. -

'rall1-bién por rauones de defensa el gohiel'llo de

GU.a-yaquil agregado al virreinato de Santa Fé, a

raíz de la creaciÓn de este, volvió a incorporar-se al Perú, por cédula de 7 de julio de 1.803, ex-pedida a solicitud de la Junta de Forlificaciones de la América.

En 1806 se declaró que esa agregación era

absoluta, pero en 1819 se dispuso que los

asun-tos jurisdiccionales de Guayaquil

corresponde-rían a la Audiencia de Quito.

Guayaquil, incorporado a ,la vida política del

Virreinato peruano tomó parte en las

eleccio-nes de diputados por el Perú a la Junta Central

de España.

El diputado elegido por sorteo, para

repre-sentar al Perú fué precisamente el designado

por GuayaqUil.

Ccnsúltese: ARANDA, GARCIA SALAZAR, WŒS-SE, obs. cits.

V. SANTA MARIA DE PAREDES. - Estudio

so-bre la cuestión de limites entre el Ecuador y el P~rú. -Madrid, 1907.

(31)

EL f'RINCIfIO DE LOS LIMITES COLONIALES

REGLA DEL UT. POSSIDETIS DE 1810. -Al constituir'sc en naciones Ílll.!('ppndicntc:-; las

('(¡!cnias de España adoptaron llar'a la fijaciÓn

de :-1'.:-; limiles ci principio del Uti PossÙletis dc 1!-11(J. añ,) en que COIlleIlZill'on 10:-; 1\1O\"illlípll\OS r('Y(IIIICiolUll'ins en Am6r'îcll.

Uti Pos:·;icletis ('s lIIl nombrc \olllado dd

J)p-reclu H()IIlIl110. Cuando dns persllIlll:\ IiIi.~il¡'llIl

sobrc la posesiÓn de algllna COSH. el Prelol'

or-denaba qne llqllel qlle luyiern la cosa ('Il ,;:\

])(¡-dCI' In retuviera hasta la tCI'Dlinilei('Jll del liti-gio. dicicndo: "Uti PO¡>''$idetÙ~,/ta Possideatis"

(('(1Ii10 !H)sppis. así poseáis). Aplicada al

d(,l'('-cho inkl'nn.cional. significa "cl !'ccollocimÎc>nlo

clel estado posesorio en qllO se hallaban las

pro-"¡!leias o regiones en el tiempo CIl qlle el'an co-IO!liLls

r

la continuidad del mÏ::;mo, ya

emanci-padas y formando estados independiC'ntcs'·.

(Sulda María do Pnrede:;).

SENTIDO DEL UTI POSSIDETIS. - En el

del'eeho intcl'naciollul americano. se ]Jil dado

lIIl spnlido impropio al término UU Possidetis.

Porque el Uti P08sidetis no se rcfiel'C

(32)

co-lonial en la época de 1a independencia, sino que

abarca también los t.errlt.orlos Incorporados a

cada una de ellas por alguna cédula o

dis,posi-ción real, aunque no los poseyesen. Es un

uti possidetis de derecho (uti possidetis juris).

no un uti possidetis de hecho (uti possideti8 dE:

jacto). Por eso han aconsejado algunos juristas

llamar a este principio "de los tit.ulos colonia-les", en vez de Uti Possidetis.

ALCANCE DEL UTI P0881'DET18. - Existf~

desacuerdo sobr'e el alcance del Uti Possidetis.

Sostienen algunos que sólo es aplicable a las

grandes divisiones t.errlt.orlales: Virreinat08~

Capitanías Generales y Reales Audiencias y qUi~

no pueden a,legarlo en su favor las pequeña;;

subdivisiones, gobiernos e intendencias, las que

necesariamente debían seguir fo~mando parte

de aquellas; sin gozar del derecho de decidir de

su suerte, proclamándose independientes, o

in-corporándose a la nación que eligiesen. Según

los partidarios de esta teoría las pequeñas

sec-ciones territoriales, como por ejemplo el

go-bierno de GuayaquH, no podían reclamar para

sí los territorios que correspondían a su sección

colonial, los que pertenecerían a la Audiencia

de Quito o al Virreinato del Perú, grandes

divi-siones territoriales.

El Uti Possidetis debe sin embargo,

extender-se aún a las pequeñas secciones, y completarBe

con otro principio 6le dedecho internacional; el

de la libre det.ermlnaclón de los pueblos. ,'\1

romperse el vínculo que unía a las diversas

(33)

ninguna de ellas podía !"obreponcrse Il la de las

otras. El derecho de cada una era ig-ual Il la de

las demÚs. Este derecho de orgallizacil'm el'a

iglIal para todas las comarcas, l'uese un gran

\'irreinllto COlIlOel Perú o un pequeño gohierno

como (Juayaquil o Jaén.

El principio del Uti P08sideti.c; o de los títulos

eolcniulcs /lO tiene pllCS que vcr con grandes o

peqllcñas secciones. Se reficrc, Ünicfllllentc. al

territorio que debe perb.mecer a cada naciÚn

se-gÚn la~ demarcacioncs que estalJ<lIl YÍgenles L'Il 1 Xl O.

ACEPTACION DEL UT' POSSIDETIS. - El

UU Possidetis filé aceptado Il raíz de lu

inde-pendencia pOI' todos los pueblos Ill!l0!'icanos. 1"---En lns constituciones políticas dc las nuevas repÜblicas.

2o--En llls declaraciones de sus gobiernos y

3~'cn lU5escritos de sus publiclstas.

Posterior-mente se ha reconocido en los congresos y

con-ferencias Internacionales y en los fundamentos

de los ,landos aI'bitrllleH expedidos en 1m; diver-sos juicios de limites.

En el Congreso de Lima de 1848, particularmente, se reconoció por el PerÚ, Bolivia, Chile, Ecuador y Colombia el principio del uti possidetis para la resolución de todos los conflictos de límites. El articulo VII del Tratado de Confed~ración, firmado el 8 de Febrero de 1848, decía: "Las repúblicas confederadas declaran tener un derecho perefecto a la conservación de los limites de sus territorios, seg-ún existían al tiempo de su independencia de la Espa-ña, los de los respectivos Virreynatos, Capitanías Gene-rales o Intendencias en que estaba dividida la América Española".

(34)

LA PRUEBA DEL UTI 'P088IDETI8. - ¿

Có-mo pueden probar los diversos países los

lími-tes que tuvieron las antiguas secciones

colonia-les? Exhibiendo los documentos originales de

los cliversos actos regios que determinaron la:>

demarcaciones. Estos actos regios son, por or··

clen de importancia, -los siguientes:

1~l-Los tratados públicos cuya fé es sagrada

para. todas las naciones; 2~ las sentencias

defi.-nlUvas en pleitos de limites, 3° La Recopilación de Leyes de Indias; 4? Las Reales Cédulas (ór-denes quc llevan la firma "Yo el rey") y ,las ór-denes reales (firmadas por un ministJ·o pero por orden del rey).

EXCEPCIONES AL UTI POSSIDETIS. - Al

principio de demarcación fijado por el Uti

PO¡I-sidetis escapan esas grandes regiones

descono-cidas que las leyes y cédulas Españolas llamaron

"provincias no descubiertas" ••

Todas las audiencias, la de Lima, la de Santa

Fé, la de Quito, la de Charcas, lindaban con las

provincias no descubiertas. ¡,A quién debían

C'orresponder según el Utí Possidetis esos exten-sos territorios, una vez constituídas ,las nuevas

nacionalidades, si nadie los había poseíclo?

La tésis peruana' sostiene que las provincias

no descubiertas no entraban en la jurisdicción

de las audiencias sino que correspondían a los

Virreinatos. Las audiencias comprendían las

tie-rras descubiertas y los virreinatos ,las por

des-cubrir.

Las audiencias, comprendían sin embargo,

(35)

re-du.il're. poblal'e

r

pacificAl'e". LH~ audiI'IH·ja~ lellínn plies 1111 disfl'ito cf'r,cliyo y otl'O distl'ito idf'll J.

Pel'o e,;e dislI'ito idpal para pcrteneccrlns lle-('('silaba ser descuhierlo y COIHlllistac!rl, 1':IIII'c ta nlo no lo I'uern, pertenecía 11los yi rre i[lB los.

Consúltese: SANTA MARIA DE PAREDES. -Ob. eit.

ALEGA TOS DEL PERU, en sus cuestiones de lími-tes CoJnci Ecuador y Bolivia .

•TUAN llARBALHO UClIOA CAVALCANTl. - Op;-niún jurídica sobre la cuestión de límites entre el Perú y Bolivia. Buenos Aires 1908.

MARCO M. A VELLANEDA. - Opinión Jurídica so-bre la cuestión de límites entre el Perú y Bolivia. -- Bue-nos Aires, 1909.

VICTOR ANDRES BELAUNDE. - La cuestión de límites peruano-boliviana. - (Boletín de RR. EE. Num. XXV, 1908).

(36)

CONTEtilDO GEOGRRFICO DEL fERIJ EN 1810 MODIFIeRCIONES DE LOS TERRITORIOS Q~E

FORMRBRN fRRTE DEL fERIJ EN ESE RÑO CONTENIDO GEOGRAFICO DEL PERU EN

1810. - INTENDENCIA8 y GOBIERNOS.

--EL ALMANAQUE PERUANO Y QUIA DE FORASTEROS DE DON GREGORIO PAREDES.

-Según el principio del Uti PossideUs deben

pe¡'-tenecer al Perú los territorios que estaban

den-tro de su jurisdicci6n en e·l afio 1810.

Huya este respecto un testigo irrefutable.

Es la Gula de Forasteros o Almanaque Peruano,

correspondiente al año 1810. Lu Guiu era una

publicación anual, editada con el apoyo oficial.

en lu que figuraban los nombres de todos ¡'-¡S

funcionarios coloniales y CIl III quc cC/llstaban

por lo tunto las divisiones administrativas del

virreinato.

En la Guia corl'espondiente al año 1 Ri O, edi··

• tada por el célebre Cosmógrafo y Catedrático de

la Universidad, Don Gregorio Paredes, aparece

el Peril, dividido en ocho intendencias: Lima.

Tarma, Cuzco, Huancavelica, Huamanga,

Are-quipa. Trujillo y Puno.

La intendencia de Puno está dividida en los

partidos de Azángaro, Carabaya, Lampa,

(37)

LrM~

IS

VIRREYN.lJTO DEL PERU EN /8/0

LEYENDA

-+++++++ Límite del Virreynato ____ Límites Intendenciales

Real Orden Oc

(38)

Ad(\rn¡is de estas intendencias J'iglll'a!l r~n la

{;¡¡ía CUIlIO formando parle del PerÚ el Gobierno

de Guayaquil (cuyo gobernador era Don

Barto-lomé Cucalón), El gobierno de Maynas

(g(dlUr'-nador el tenienle coronel del Heal CllCrjlll de

IngeIliero.::;, Don '!'omÙs Costa); Gob:erno de

Chiloé y Gobierno de Quijos (gobernado!' \)011

Pedr'/) :\JcJo de )lol'lugal),

Cnnsta también en el "Estado Ecll>,.;irí"liC\I

de la nuía qlle c,l Obispado de Maynas

rksern-peña do por el Ilustl'Ísimo Pray HipÓlito ~anehes

nangel dependía del Arzobispado de Lilllit.

ALTERACIONES EN LOS TERRITORIOS

QUE FORMABAN PARTE. DEL PERU EN 1810.

- INDEPENDENCIA DEL GOBIERNO DE

GUA-YAQUIL. - SU ANEXION A COLOMBIA.

-A la llegada del ejército rie ~an ~lartill a Pisco

se deellll'tlron illdepcndientes las pr'/)\'incias de la C(,stl) Borte del PerlÍ,

Guayaquil proclamó su libertad el Ü d<'

octu-br'c de 1820, formando llna Junlll de Gohierno

y tleclarlÍ.ndose independicnte de los dcmás

es-tados l¡milr'ores. I~l Perú y Colombia no habían

eon~egLlido aún su liber'lad definitiva y sc

en-contrtrhan en guerra con los españoles. Sun

:\1adín que gobernaba el Perú hizo gestiones

pacíficas Jlllra que esa provincia se nos

irlCorpo-rllra

r

alÍn envió un auxilio de tropas, que unidas

Il 1115c"lombinnlls consiguieron juntas In

\'jclo-ria de Pichincha, Ganada esa batalla pOI' el

es-fuerzo comÚn, San Martín se dirigió a

Gllayo-quil a tralar con Bolíyar sobre la snerte de esa

(39)

por la fuerza a Colombia, de la que la conside-raba parte integrante.

CREACION OE ,LA REPUBLICA DEL ALTG

PERU. - PAOCLAMACION DE SU

INDEPEN-DENCIA. - Después de triunfar en Ayacucho,

el ejército libertador al mando de Sucre, se

di-rigió al Alto Perú donde acabó con los Últimos

restos del ejército español, encabezado por

Ola-ñeta, reunidos en Tumusla.

Las provincias del Alto Perú o Audiencia de

Charcas, habían pertenecido al virreinato de

Buenos Aires pero Abascal, las había sometido

a su mando desde la insurrección de ese

virrei-nato. Al conseguir su libertad las provincias

po-dían decidirse por tres partidos: la

incorpora-ciÓn a la Argentina, o al Perú, y. la

Independen-cia. Sucre, desoyendo las instrucciones de

Bolí-var, que deseaba la unión de las diversas

sec-ciones americanas favoreció al partido

indepen-diente convocando una asamblea que declaró la

Independencia del Alto Perú el 6 de ago-sto de

1825, y dió a la nueva repúbli·ca el nombre de

Bolivia.

LA INCORPGRACIONDE JAEN. - El

prin-cipio del Uti Possidetis de 1810 se vió

modifi-cado no solo por la desmembración de

Guaya-quil y por la independencia del Alto Perú, sino

t~mbién, en este único 0.1S0 a favor del Perú, por

la incor.poración a él de la provincia de Jaén

de Bracamoros que pertenecia ti. la Audiencia de

Quito.

El 4 de junio de 1821, los pueblos de Jaén

(40)

espa.ño-IHS, ejerciendo el derecho de la soberanía,

jura-ron lu independencia y se pronunciaron por el

Perú, poniéndose a Ins Órdenes del intendente

cie Trujillo y de San Martín.

1<:.'1 1H:!:! el K'encral Sucre, intendente de

Qui-to o!'¡.J('nÚ al gobor'Hadol' de Juén que hiciese

JUI'/U' en la provincia lu constitución dc

Colom-bia ~' quc proccdiel'll Ii elegir representantcs al

conp¡'c:,;o de ese país. Pero hubo de desisti¡' de sn Pl'opósito, porque BolíVUI' le ordenó

sllspen-del' esa medida, porque Jaén había yu elegido

sns riiputadas al primer congreso Constituyente

Peruano.

Consú/tese: GREGORIO PAREDES. - Guía de Fo-raster,)s. -- 1810 - 1812.

ALEGA TOS, Ecuador y Bolivia, cits.

CARLOS J. BACHMANN. - Historia de la demarca-ción p,)!ítica del Perú. - Lima, 1905.

RICARDO TIZON Y BUENO. - Reseña histórica de la jècografía Política del Perú. (Boletín de la Sociedad Geográfica de Lima, Turno XIII, pág.- 192).

(41)

NEGOCIAC10tiES DE LIMITES COti LA CONFEDERACION COLOMBIANA

EL PERU y LA GRAN COLOMBIA. - Se clió

el nombt'c de Oran ColombIa Illa. unión o

con-fedef'Uci(ín de los países, que son hoy el

Ecua-dor, Venezuela y Colombia, bajo la supremacía del Libertador Bolívar. l<~sta unión limó ds:le

182:¿, en que se consumó lu independencia (~el

ECllll'¡]or, hasta 1830 en que se disolvió la Urau

Colomhia, formúndose los tres países ya

nom-brados,

Las relaciones internacionales entre la Gran

Colombia

r

el PerÚ, fueron, en el primer

perio-do, de intensa amistad y cordialidad, de íntima

uni¡)n

r

hasta de confederación política cuando

Bolívar vino Il dirigir el Perú y a lerminar la

guerra de la independencia y, de violen lo

desa-cuet'do, después, cuando Bolívar se retiró del

PerÚ y declaró la guerra a este porque no qllÏi;(¡

aceptar sus exigencias.

Al primer período corresponden los tratados

de pax y amistad firmados con Mosqnera; al

se-gundo el apogeo de la Influencia bollvarlana en

(42)

C,¡]ombin; al ler'cero la guerra con Colombia de 1:-;:~1'lil 1 K·2D.

TRATADO

MONTEAGUDO-MOSQUERA.--(iobCI'IlHndu San :\IaJ'tín como Pl'oLeetor del 1>e-¡'Ù y ,;iendo :\1íni~lro de relaciunes Don

Bel'wu'-do .\1dnteaguBel'wu'-do, llegÓ a Lima Don JlHt411íl(

:\lu~-!J1Iel'D, }linis\t'o Pknipolcncial'¡1l de la ('l'tlll Co-lIl IIIJ¡ili.

Ln 1l1ísíÚn de NIo:-;qucra lenía dos objetos

l'1'Íncipale:-;; con~eguir la anexión de Guayaquil

a Colombia

r

gestionar lu udhe:,;iÚn del PcrÚ a

un "pacto de unión, liga y confedel'UciÚn

per-petua" enlr'e todas las naciones de Amúrica,

idc;l ljUC oCllpulm insistcntemente a Bolinlr

r

qlll~ quiso l'culízilr con el Congreso de Panamá.

J';l ministro colombiano, para conseguir la

ane-xiÚtI dl~ Guayaquil Ilsu país, sostcnía lu tésis de

que debían respetarse l()~ límites coloniales de

'1810, "en cuanto no estuviescn modificados por

el derecho posterior a lu revoluciÓn". ProJluso

Cil consecnencia qlle el Per'Ú rceonociera la

in-IC'p;rî(¡'nd de Colombia incluvendo en ella Il Gua-yaq\lil.

l\bnlcag1ldo qne, como extranjero ignoraba.

prolJ.1.hlemente, las céd1llas de 1803 y 180G que

incorporaban Guayaquil al Virreinato del Perú,

l'cpm;o op()niéndo~e a esa inclusión, pero no

fundlÍndose en los títulos colonia'les del Perú,

si-no en el hecho de que el PerÚ había rcconocido

la independencia lie la Junta de GohieI'llo de

Guayaquil.

No lo~ralldo ponerse de acuerdo los

(43)

la discusión de la cuestión de límites y

firma-ron un tratado de amistad y alianza, en el que

se comprometían el Perú y Colombia a

defen-derse mútuamente y se concedían privilegios a

los ciudadan9s de un pais en el otro (6 de

ju-lio de 1822).

CONVENCION OALDEANO-M08QUERA DE

1823. - El mismo plenipotenciario Mosquerll

que había firmado el tratado de amistad de

1822, propuso al año siguiente, hallándose ya

Bolívar, Presidente de la Gran Colombia, al

frente del PerÚ, firmar un tratado de límites.

J<:lproyecto de Mosquera estipulaba que

am-bos países reconocían por límites de sus

territo-rios respectivos "los mismos que tenían en el

año 180910s Virreinatus del Perú y Nueva

Gra-nada desde la desembocadura del río Tumbe:z

en el mar Pacífico hasta el territorio del Brasil".

El ministro pèruano aceptó la primera parte

del proyecto, pero no la segunda. El Perú no

tenía inconveniente en aceptar el uti possidetis

de 1809 pero no podía convenir en que la'línea

comenzara en el rio Tumbez - dejando la

ciu-dad peruana de Tumbes en poder de Colombi.a

- ni aceptar'el dominio de esta en Maynas, que

era la región limítrofe con el Brasil aludida en

el tratado.

El tratado se firmó el 18 de Diciembre de

1823, cont.eniendo tan solo la primera parle del

pro)'ecto, por la que no rué raUfloado más

lar-de por Colombia,

BOLIVAR y LA OUESTION ·DE LlMIT·E8

(44)

en l ~:!3 para terminar la guel'rlt de lu

indepen-dencia. Obtum la dictadura en febrero dc 1824

r

la ejerció hasla 18:20, deopllé~ de baher

gllllil-do 13n Diciembre de 1824, la batalla ùe

Aya-cncho.

¡VIientt'lls Bolí\'ar, que al mismo tiempo cru

Prc~idf'llle de Colomhia, dirigiÓ el PerÚ, lIqud

país no insbtiÓ cn sus pretensiones sobre 'l'uIll-IJez ~' Maynus ni sobt'c Jaén que, a pesar de pcr-tene':':LJr a (Juilo. se había incurporado

\'olllntn-rjumcnte nI PerÚ, Dolí\'llr, nJ contrario, go!Jet'nú

como lllaudatü.t'io pcrnano sobre esas pro\'Încias,

nomhrunùo funcionarios par'll ellas y aceptando

la eO!l\'ocator'Îa Il elecciones populares para

re-pr'csrntHnles al ConKt'eso Peruano,

La opiniÓn íntima de Bolíntr, sobt'L~ el

dere-cho que el PerÚ tenía Il esos territorios y sobre

Sil posesión imlisculiblc, se halla consignada en

una' carta esvrita por el Libertador al Vice

Pre-sidente dc Colombiu, desde Guüyaquil, el ~~de

agoHto de 1822.

La carta de Bolívar a Santander', dice así:

"Tcng'il Cd. presente que el cor'l'cgimi{~niu tic

,JaénlD hun ocnpado los del Perú; y que Maynas

pertenece al Perú por lIna real orden muy

100-dema y qne también está ocu]lndü pnr fucrzas

del Pel'l'l", I':sla cal'ta rcconoce pues IOHtítulos

o sea la cédula de 1802 y la posesión del PerÚ

1Iscala plcllitnd de los derechos peruano" sohre

)luynu:,. Ct)!} razón, la defen::;a del PerÚ en

Es-paña, dijo que hubiera querido presentar esll

carta liJ Úrbitro español, escrita en letras de

(45)

LA MISION VILLA. - LA GUERRA CON CO-LOMBIA. - Al retirarse Bolívar del Perú, se

apoderó del gobierno el partido opositor a él, el

que despidió a las tropas Colombianas y exp\llsÔ

al agente diplomático colombiano, Armero.

Al mimo tiempo las tropas peruanas al

man-do de Gamarra, entraban a. Bolivia

r

obligaban

ti. renunciar a Sucre, acabando con el poderío

colombiano CIl el Alto Perú. Estas medidas

pro-vocaron la indignación de Bolívar. El POI'Ú,

pa-l'a poner término al enojo de la situaciÓn enh'e

los dos países, acordó enviar a Colombia como

ministro a Don José Villa.

Bolívar se negó a recibir al Ministro pemano

y por intermedio de su Ministro de Relaciones

le exigió que respondiera si el Perú estaba

dis-puesto a dar explicaciones sobre la despedida de

las tropas oolomblanas, sobre la Intervenolón en Bolivia, la expulsión deArm~ro, la deuda de la Independenola, y, además de todos estos cargos, a restituir la provincia de Jaén y parte de la de Maynas. Enseguida, y sin recibir al diplomático

peruano, Bolívar ordenó que le fueran

entrega-dos SlIS pasaportes.

LA GUERRA. - En ambos países se produjo

entonces una excitación bélica. Bolívar lanzó

una proclama de desafio a la que contestó La

Mar en el mismo tono. El ejército peruano

atra-vesó entonces la frontel'a y la armada del Perú

se apoderó de Guayaquil el 19 de Enero de

1829.

La guerra, favorable en los comienzos para el

(46)

THrlJui (i!ï (le febrero de tH:.?D) y la fïl'lna del

convenio de Girón qlle estipulaba III

desocupa-cil'ln de Unayaquil y Lie Loja inn¡idos por ('\

Pl'-]'Ú, porque Colomhia "no consentir/l, dice el

u('IÍt'lllo !)del cOIlvenio, firmar 11n tralado lIIicn-tJ'a~ tropas (JIlclnigas ocupen ::m territorio". Co-lcmhia PIIÓS, ell aquella época no cOllsidcl'llllll l'OIllI) territ01'io suyo .fHén y ~IaYIllls desde que lIO exigió su ùesocupacirin.

TRATADO DE PAZ LARREA-GUAL. - El

ClJIl\'Cllio de (;irÙn filé desaprobado l'Il el Perú y ¡'ccllHzatlu pur' las fuerzas peruanas que ocupa-han (;uayaqui!. Conlinuó ¡lUeSla K"uerl'n lm:::itll la d(~po:"icjÓIl de Lu Mal' par GnJUarl'a. ¡':st(~cdchró

('\ armisticio de Piura cn que se esliplllt'¡ la

sus-pcn,'¡,ín de hostilidndcs y lu t1c\'OIUCÍÓli de GUil-)"HljuiJ LI Colomhia.

Para !Joner' tél'mino dcfinitinJ il ln conticnda

se ."cIlIlieroll en (tua~ë14uillos Ministros del

Pe-I'Ù y Colombia. Don José Larrcn ~. Don Potl¡'O

Oua!. que firmaron ci tratado de Guayaquil el

22 de setiembre de 1829.

El t."utado de '1H:¿D es il la. \'oz quc nl! tratado

de paz y amistad un convenio de Hmltes, de

co-mel'oio nun:gacif'm y ob'ns relaciones

inlernu-les. Lo:; adículos Vy VI establecían la base quo

debía f;el'\'ir para la delimitación cntre lo:; dos país~s ;" el procedimiento CIne se emplcuda ¡m-J'a II>,misma. Se estableûió como DUsc quc

alll-bus partes se r'ccollocían "por limites de sus

res-pectivo.., tcrrítorios, los mismos que tenían

an-tes de su independencia los antiguos

(47)

\'a-riaciones que juzguen conveniente acordar

en-tr sí, a cuyo efecto se obligan desde ahora a

ha-cerse recíprocamente aquellas

ce.lonesde

pe-queños territorios que contribuyan a ~ijar la

lí-nea divisoria de una manera más natu'ral exacta

y 'capaz de evitar competencias y disgustos

en-tre las autoridades y habitantes de las

fronte-ras". Como se ve no fijaba ningún límite

pre-ciso, determinado por nombres geográficos, sino

una base indecisa y vaga, ¡¡obre la que' deberÜ;m

trazarse las efectivas línea.:! de frontera.

El procedimiento adoptado para la

delimita-ciÓn, sobre la base anterior fué el

nombra-miento de una comisión compuesta de dos

in-dividuos por cada república, los que sobre el

territorio 'fijarían la línea divisoria. El trazo de

la línea comenzaría en el río Tumbez. En caso

de desactierdo se sometería al arbitraje de un

gobierno amigo.

LAS COMISIONES DEMARCADORAS. - Los

comisionados colombianos se constituyeron en

Tumbez el 10 de Diciembre de 1829. Pero ne,

habiendo llegado aún los peruanos y no siendo

el tiempo favorable a sus operaciones, propusie,·

ron aplazar su cometido hasta el mes de abril

de V330.

Pasada la estación de lluvias, el gobierno

pe-ruano nombró sus representantes, pero cuando

estos llegaron a Tumbez, se habían retirado los

colombianos, sin que después se les nombrara

sustitutos, ni se diera cumplimiento a esta

(48)

EL PSEUDO

PROTOCOLO

PEDEMONTE-MOSQUERA.

-!'io hahi<'mdose podido dur

cumplimiento al tratado de 1820, el

plcnipotcn-ciuI'in .\'Iosqnera reanlld{) sus gestiones en Lima paru lJ,war a cabo la delimitaciÓn. Pcro,

disllel-ta en I

~:W

ln GI'Hn Colombin, \Iosqllem C('sÓ

en sus I'unciones diplomAlicas y sc cmlHll'cú

pa-l'Il StI pais sin haber' conseguido pl (~~:ito de sll misit'ln.

En 11-\02 al publicarse la Colección olïcinl de

los 'l'I'Hlados del POI'Ú, de Aranda, el l~ncargado

de l\cgocios de Colomhia reclamÓ de qlle no "8

hllhit'Sll incluido cn In. colecciÓn "ci proltlcu[o Pcdemonte<\losqller'u". Se buscÚ en los iu'clli-vos del ~\linisterio y no se enconfr¡) ningÚn

tr'a-tado '1 Ill'olocolo de ese nombre. 1':1 Ecuador hn

prescntado, posteriormente, no los Ol'igínules

del protocolo sino una copia de otra copin

halla-da cn el archivo ùe Don :vIariano Felipl~ Paz

SoldtÍ.n.. SegÚn esta copia se habria llegado, so-hre la base dcl tratado de J82f), a un Ilrl'eglo de límite.ci cntre el Ministro de Relaciones del Pcrú,

non CHl'lo~ Pedemonte, y ei Ministro colombiano

Mosqucra. Se estipulaba que el límite entre los

dos pní::ics sería el Marañón a Amazonas, aguas

url'iba desùe la. boca del YUl'ute lmsta

encontrar-se con el rio Huancabamba o con el l'Ío

Chlnchl-pe, punto este último sobl'e el que no se

pusie-ron de acuerdo los negociadores. Per'o la

riLc-l'a iquierda del Marañón y los inmensos

territo-rios que quedan de ese lado de las a.ntignas

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