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REGLAMENTO DE
EVALUACIÓN Y
PROMOCIÓN
ESCOLAR
AÑO 2020
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PRESENTACIÓN
Los principios, criterios y procedimientos evaluativos que sustentan este Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar se desarrollaron según los cuerpos normativos legales vigentes, consagrados en la Constitución Política de la República; D.F.L. Nº 2 de 1998; Decreto N° 67/2018; Decreto 83/2015; Declaración Universal de los Derechos Humanos; Convención de los Derechos del Niño y Ley General de Educación; con el propósito de resguardar la consolidación de un ambiente pedagógico que estimule la sana convivencia escolar y velar por el logro permanente y sostenido de aprendizajes significativos de todos/as nuestros/as estudiantes, para así asegurar su permanencia y trayectoria en el sistema escolar.
Esta tarea la queremos realizar a través de una gestión educativa de calidad, con un liderazgo que contribuya al desarrollo, la innovación y la colaboración de todos/as los/las integrantes de la comunidad educativa con un enfoque basado en dar respuestas a las necesidades educativas de todos los estudiantes.
IDENTIFICACIÓN
Nombre: Colegio Municipal La Esmeralda Dirección: Ruta H 50, de la comuna de Rengo. RBD: 2294.-2
Director: Jaime Hernández Alvarado. Jefe de UTP: Miriam Mauro Troncoso.
Docente Inspector General: Diego Carmona Abarca.
Docente Encargada de Convivencia Escolar: Francia Maturana Pozo. Teléfono: 722521049
Email: [email protected]
I.- Fundamentación
La Comunidad Educativa de la Escuela Esmeralda, elaboró el presente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar teniendo como base la normativa vigente y el rol protagónico que deben asumir los/as estudiantes en su proceso de aprendizaje.
La Evaluación es más que una calificación, consiste en un proceso permanente y sistemático, mediante el cual, se obtiene y analiza información relevante sobre todo en el proceso de enseñanza –aprendizaje, para formular un juicio valorativo que permita tomar decisiones adecuadas que retroalimenten y mejoren el proceso educativo en sus diferentes dimensiones.
Esto implica evaluar no solo los aprendizajes de los/as estudiantes, sino también los componentes del proceso de enseñanza: planificación, estrategias didácticas, espacios educativos, organización del tiempo, recursos, incluyendo la propia evaluación.
Dentro del contexto de la evaluación actual, la fuerza e incidencia que adquiere la Auto- Evaluación, Co-evaluación y la Evaluación Formativa o de Proceso hace inminente su aplicación en todas las asignaturas, ya que les permite a los/las estudiantes desarrollar su capacidad para reflexionar sobre sus procesos, progresos y logros de aprendizaje. Las evaluaciones aplicadas deben responder a una planificación y análisis frecuente.
Evaluación Para el Aprendizaje se logra cuando los/as estudiantes saben en qué consisten las metas del aprendizaje, cuando tienen modelos de lo que constituye un buen trabajo y, quizás lo más importante, cuando reciben retroalimentación para que mejoren su desempeño a partir del trabajo realizado. El/la profesor/a retroalimenta constantemente su enseñanza, considerando las fortalezas y debilidades observadas en los/las estudiantes del curso.
En otras palabras, Evaluación para el Aprendizaje se basa en un concepto amplio de lo que significa evaluar, cuyo centro es la noción de un proceso de observación, monitoreo y establecimiento de juicios sobre el estado del aprendizaje de los/las estudiantes a partir de lo que ellos/ellas producen en sus trabajos, actuaciones e interacciones en clases.
El rol de la evaluación desde esta perspectiva es orientar, estimular y proporcionar información y herramientas, para que los/las estudiantes progresen en su aprendizaje. No obstante lo anterior, claramente el rol de cada docente es conducir el aprendizaje, acción que incluye explicar y guiar en qué consiste la acción de evaluar.
Pretendemos como colegio, avanzar a una EVALUACIÓN PARA EL APRENDIZAJE de la siguiente manera:
Tanto el/la docente, estudiantes y apoderados/as tienen claridad, desde el comienzo del proceso de aprendizaje, respecto de qué se espera que aprendan y qué criterios permiten evidenciar los progresos y logros de esos aprendizajes.
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Los/las estudiantes están activamente involucrados en su propio aprendizaje.
Los/las profesores/as ajustan las estrategias de enseñanza de acuerdo a los diferentes ritmos y estilos de aprendizaje y a los resultados de la evaluación.
Existe un reconocimiento de parte de todos los actores involucrados de la influencia profunda que tiene la evaluación sobre la motivación y la autoestima de los/las estudiantes, ambas variables cruciales en el proceso de aprendizaje.
Los/las estudiantes saben cómo autoevaluarse y comprenden cómo hacer para mejorar su desempeño.
Considerando los aspectos ya mencionados:
LOS OBJETIVOS DE NUESTRO REGLAMENTO SON:
1. Comprender que en la construcción de los aprendizajes intervienen factores tales como: el tiempo, la planificación, los materiales, la evaluación, las metodologías, el ritmo de aprendizaje, el apoyo familiar y el entorno en el que está inserto el/la estudiante, lo que hace necesario situar a la evaluación como un proceso permanente.
2. Orientar a los equipos de aula que intervienen en el proceso, para que al aplicarlo se consideren las diferencias individuales, los ritmos y estilos de aprendizaje de los/las estudiantes de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional de la escuela
3. Considerar las diferentes NEE, ritmos y estilos de aprendizaje aplicando Evaluación Diferenciada.
4. Lograr aprendizajes significativos que permitan que todos los/las estudiantes avancen en su proceso escolar, asegurando su promoción.
5. Propiciar que los/las estudiantes asuman la responsabilidad y protagonismo en el progreso de su proceso de aprendizaje, conociendo previamente los indicadores y criterios de evaluación. 6. Mejorar la calidad de los aprendizajes con metodologías innovadoras (diversificación de estrategias de enseñanza) y retroalimentación efectiva.
7. Generar estrategias para evitar la deserción escolar, brindando todos los apoyos necesarios a los/las estudiantes que presentan NEE (Necesidades Educativas Especiales) por diferentes causas (emocionales, familiares, psicosociales, académicas y de salud.)
8. Diversificar las estrategias de Evaluación Para el Aprendizaje (Diseño Universal para el Aprendizaje) DUA.
9. Mantener a los/las estudiantes y a sus padres y apoderados/as informados acerca de sus fortalezas y debilidades en el proceso de enseñanza –aprendizaje, tomando decisiones oportunas en un enfoque de derechos.
II.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.
El régimen de estudio de Escuela Colonia Esmeralda será semestral.
Artículo 2.
El presente Reglamento establece las normas y procedimientos de Evaluación y Promoción para los/las estudiantes de la Escuela Colonia Esmeralda, a contar del 1° de marzo de 2020. Se sustenta en los principios de nuestro Proyecto Educativo Institucional y en el Decreto N°67/2018 de Evaluación dado por el MINEDUC
Artículo 3.
Importancia del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar.
“La evaluación es un proceso permanente, cuya finalidad es proporcionar información al/la profesor/a para apoyar a los/las estudiantes en su proceso de aprendizaje, involucrando a ambos en el logro de los objetivos educacionales propios de cada nivel”. No toda evaluación conducirá a una calificación.
Artículo 4.
En el proceso de evaluación se deben considerar las siguientes dimensiones: a. Cognitiva: logros de los Objetivos de Aprendizajes.
b. Procedimental: desarrollo de diferentes tipos de habilidades y destrezas.
c. Actitudinal: fomentar una disposición positiva para enfrentar con éxito los diversos y desafiantes escenarios, en un contexto de sana convivencia escolar basado en Objetivos de Aprendizajes Transversales, en el desarrollo integral declarado en el Proyecto Educativo Institucional y el plan formativo de valores.
Artículo 5.
Al inicio del año escolar, la dirección del establecimiento informará sobre el Reglamento de Evaluación a todos los padres, madres, apoderados/as y estudiantes, a través de un extracto impreso para cada uno.
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Se sociabilizará y analizará con los/las estudiantes y demás integrantes de la comunidad escolar,durante el mes de marzo.
La evaluación de los/las estudiantes, será continua e integral, considerando entre sus objetivos, lo siguiente:
Retroalimentar la información pedagógica del/la profesor/a para la posterior toma de decisiones.
Conocer y valorar los logros alcanzados por los/las estudiantes, recogiendo información sistemática con procedimientos e instrumentos evaluativos adecuados, diversos y eficaces para la toma de decisiones oportunas.
Conocer el proceso de desarrollo de los/las estudiantes para:
Identificar características personales, intereses, ritmos y estilos de aprendizaje a través de diversos test individuales, así también identificar las potencialidades e inteligencias múltiples, talentos y habilidades especiales, que serán realizados durante el mes de Marzo de cada año.
Así también facilitar el autoconocimiento y la autoevaluación personal.
Ayudar a tomar decisiones, así como a asumir responsabilidades y compromisos.
Ofrecer oportunidades para aprender de la experiencia.
Afianzar aciertos y tomar las medidas remediales para superar las dificultades.
Obtener información para reorientar o consolidar las prácticas pedagógicas a través de diversas evaluaciones formativas y sus resultados serán entregados mensualmente a Unidad técnica pedagógica (UTP). Para diseñar e implementar estrategias para apoyar a los/las estudiantes que tengan dificultades en sus estudios.
Proporcionar información a los/as apoderados/as, sobre los logros y desafíos de sus pupilos/as, comprometiendo su colaboración, fortaleciendo su compromiso y responsabilidad, como los primeros educadores, a través de reuniones de apoderados u/o entrevistas personales.
Artículo 6.
La información sobre el avance educacional de los/las estudiantes serán entregadas a los padres y apoderados/as, a través de la siguiente modalidad:
Entrevistas con apoderado o adulto responsable. (Dos entrevistas anuales como mínimo) • Informe de notas parciales en reunión de apoderados.
• Informe de notas Semestral. (Se entrega al término del 1° Semestre).
• Certificado Anual de Estudio. (Se entrega posterior al cierre del año escolar). • Informe de Desarrollo Personal semestral
IV.- DE LOS TIPOS DE EVALUACIÓN, PROCEDIMIENTOS, INSTRUMENTOS Y PRUEBAS
a. Evaluación Diagnóstica: Se entenderá como aquel procedimiento que se aplica al inicio del
año escolar en diversas asignaturas (marzo). Los resultados de esta evaluación y su retroalimentación se registrarán en el libro de clases de la siguiente forma:
ADECUADO (A) 75,1 % - 100% ELEMENTAL(E): 50,1% - 75,0% SUFICIENTE (S): 25,1%. - 50,0% INSUFICIENTE (I) 0,0% - 25,0%
b. Evaluación Formativa: Permanente y constante, entrega información sobre cómo se
desarrolla el proceso de enseñanza - aprendizaje de cada estudiante. Permite recoger información, analizarla y tomar las decisiones que aseguren el buen desarrollo del proceso pedagógico.
c. Evaluación Sumativa: Determina el logro de los objetivos de aprendizaje que la asignatura
ha definido como requisito para la unidad y, a la vez, proporciona información que permite el análisis de las causas que pudieron haber motivado deficiencias en el logro de las metas propuestas con un nivel de exigencia del 60%.
d. Evaluación Diferenciada: Se entenderá como el procedimiento de evaluación para
aquellos/as estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales y estudiantes que presenten problemas de salud que les imposibilite realizar Educación Física con respaldo de certificación médica.
V.-DE LAS CALIFICACIONES Artículo 7.
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Todas las asignaturas son fundamentales para el desarrollo integral de nuestros/as estudiantes. Elpresente reglamento busca revalorizar asignaturas como Artes Visuales, Educación Física, Inglés, Tecnología y Música; considerándolas básicas para el desarrollo de habilidades blandas. Las asignaturas de Religión (Educación en Valores) y Orientación se transforman en pilares del desarrollo humano y para la vida en sociedad, es por ello que adquieren un valor fundamental en nuestra institución.
La finalidad primordial de la evaluación está dirigida al mejoramiento del aprendizaje del/la estudiante y al énfasis en los procesos. Es por ello, que el/la docente debe seleccionar las
Técnicas e instrumentos de evaluación que contribuyan a garantizar la construcción permanente del aprendizaje.
La evaluación desde la perspectiva cualitativa como de la cuantitativa, es un complemento. Sin embargo, dependiendo de qué queremos evaluar, se hace necesario enfatizar uno de los dos aspectos. Los/as docentes de la Escuela Colonia Esmeralda durante la primera semana de marzo y última de julio determinarán en sesión de trabajo colaborativo con el Equipo PIE:
-Frecuencia y fechas de las actividades evaluativas.
-Definirán criterios de evaluación y tipos de evidencias más relevantes para la asignatura. -Se definirán las estrategias para el seguimiento y pertenencia de las actividades de evaluación. -Lineamientos para cautelar que exista retroalimentación de las actividades de evaluación.
Los consensos emanados de esta instancia serán comunicados semestralmente a los padres, madres y apoderados a través de una circular.
En consejos de reflexión docente se analizarán los procesos evaluativos que se están implementado, respecto de su pertinencia, suficiencia, variedad, diversificación, capacidad de motivar a los estudiantes y estrategias para promover aprendizajes.
Con la finalidad de obtener mejor información para analizar el proceso de aprendizaje de nuestros/as estudiantes se han diversificado los procedimientos, pruebas e instrumentos evaluativos.
De acuerdo a lo anteriormente expuesto, cada profesor/a de asignatura deberá considerar al evaluar a un/una estudiante, equilibrar el número de experiencias de aprendizaje, la modalidad escogida deberá ser informada al inicio del 1° y 2° semestre, declarando y explicitando los criterios e indicadores de evaluación.
1° Semestre
Cada asignatura tendrá 2 evaluaciones semestral, compuesta por un grupo, en ellas están:
70% Evaluación de proceso
30% Evaluación Sumativa.
Notas de proceso, que consisten en evaluar en diferentes instancias el trabajo realizado durante el semestre de acuerdo a las necesidades pesquisadas por el/la docente
Las asignaturas de Tecnología, Artes visuales, Música Y RELIGION la evaluación será de proceso.
2° Semestre
Cada asignatura tendrá 2 evaluaciones semestral, compuesta por un grupo, en ellas están:
70% Evaluación de proceso
30% Evaluación Sumativa.
Notas de proceso, que consisten en evaluar en diferentes instancias el trabajo realizado durante el semestre de acuerdo a las necesidades pesquisadas por el/la docente
Las asignaturas de Tecnología, Artes visuales, Música y Religión la evaluación será de proceso.
Los/as estudiantes serán evaluados/as en todas las asignaturas del plan de estudio en cada semestre, la calificación final deberá expresarse en una escala numérica de 2,0 a 7,0 hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación 4,0.
Las calificaciones de las asignaturas de Religión y Orientación no incidirán en el promedio final anual, ni en la promoción escolar de los estudiantes.
El/la estudiante que no realice la clase práctica de Educación Física y Salud, deberá estudiar o desarrollar una guía con temas atingentes a la asignatura.
Las notas obtenidas permitirán evaluar el proceso en el caso, que se presenten certificados médicos que avalen la situación.
Los/as estudiantes de Educación INICIAL, serán evaluados con los conceptos: • L: Logrado.
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• N/L: NO LOGRADO• N/E: NO EVALUADO
Artículo 8.
Durante cada semestre los/as estudiantes obtendrán un número de calificaciones mínimas que se detallan en el cuadro siguiente:
N° de horas por Asignatura semanal N° de Calificaciones Mínimas del 100% 01 hora 2 02 horas. 2 03 horas. 2 04 horas. 2 06 horas. 2 08 horas 2
Se establecerá que el N° de calificaciones máximas dependerá de la necesidad de aprobación que presenten los/as estudiantes. No toda instancia evaluativa será calificada. Se promoverá la evaluación formativa.
La Unidad Técnico Pedagógica (UTP), a partir del análisis del progreso en los aprendizajes de los estudiantes gestionará para aquellos/as estudiantes que presenten un desfase en las asignaturas del plan de estudio, nivelación con carácter obligatorio en períodos parciales.
Se implementará un sistema de evaluaciones recuperativas para los/las estudiantes que presentando dificultades en su aprendizaje asisten regularmente a talleres de reforzamiento escolar, las calificaciones se ingresarán antes de término de semestre en el libro y plataforma.
Artículo 9.
Las calificaciones se registrarán en el Libro de Clases, Planilla institucional y en la Plataforma CLASS TRACK y en el caso de las pruebas de unidades, se informará a los/las estudiantes sus resultados en un plazo que no exceda los 5 días hábiles posteriores a la rendición de la evaluación. Luego de la retroalimentación, consignada en el libro se ingresará la nota de proceso y sumativa a la planilla institucional y la nota de unidad a la mencionada plataforma. El/la profesor/a no podrá realizar otra prueba con nota, si no ha dado a conocer el resultado anterior.
Si un/una estudiante obtiene nota bajo 4.0 se podrá citar a el/la apoderado/a para que firme la evaluación y asuma un compromiso de apoyo al proceso escolar de su pupilo/a y se le hará entrega de una copia de la prueba, debiendo el/la docente guardar el original con la finalidad de analizar por qué no se lograron las metas de aprendizaje en conjunto con el/la estudiante orientando su desempeño.
Artículo 10.
Al iniciar cada semestre a los/las estudiantes se les entregarán las fechas de evaluaciones de unidad en todas las asignaturas y las actividades a evaluar, así como los criterios e indicadores de evaluación.
Artículo 11.
Sólo la Jefe Técnico Pedagógica, podrá autorizar la suspensión de una prueba previamente calendarizada, por razones debidamente justificadas. En este caso, el evento será reprogramado por UTP.
Artículo 12.
Si en una instancia de evaluación el nivel de logro de los/las estudiantes de un curso indica que existe más de un 50% de calificaciones inferiores a 4,0, la nota no será registrada en el libro hasta finalizar el análisis del caso. La Jefa UTP, en conjunto con el/la profesor/a de la asignatura, evaluará los bajos resultados y los factores que pudieron incidir. Se considerarán entre otros los siguientes criterios: calendarización oportuna, coherencia con la planificación, contenidos tratados en clases, condiciones al momento de la aplicación. Se podrá considerar, la aplicación de una nueva evaluación en un plazo de una semana.
Artículo 13.
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Artículo 14.
Las fechas de las pruebas o eventos principales deberán calendarizarse a principios de cada semestre, deberán ser informadas a UTP, a los/as estudiantes y a los/las apoderados/as a través de una comunicación, así como los objetivos de aprendizaje y los indicadores de evaluación.
Los/las estudiantes deben conocer el puntaje de cada una de las preguntas y el puntaje total del instrumento evaluativo.
Al mismo tiempo, se deberán publicar las fechas de evaluación en el Panel o Mural de cada curso.
VI.- EVALUACIONES ATRASADAS Artículo 15.
El/la estudiante que se ausente a un evento de evaluación, cualquiera sea la asignatura de ésta, deberá justificar su inasistencia presentando el/la apoderado/a el certificado médico o acudiendo al establecimiento a realizar una justificación personal. Una vez realizado este trámite, el/la estudiante podrá acogerse al sistema de aplicación de pruebas atrasadas A LA CLASE SIGUIENTE DE LA ASIGNATURA con el mismo nivel de complejidad que el de la prueba aplicada al curso.
Con Certificado Médico: De 1° a 8° año básico:
El/la profesor/a de la asignatura informará a encargado de evaluaciones atrasadas la nómina de estudiantes que no se presentó a la prueba. El /la estudiante será citado para rendir su evaluación. El nivel de exigencia será el mismo, no así la prueba o instancia de evaluación.
1. Si el día que rinde su prueba calendarizada el/la estudiante no se presenta, el apoderado/a deberá asistir al establecimiento a justificar la ausencia, a más tardar el día siguiente de aplicada la evaluación.
2. Si el día de la prueba atrasada, el/la profesor/a encargado/a no asiste a clases, la Unidad Técnico Pedagógica recalendarizará la evaluación, informando oportunamente a los/las estudiantes, la nueva fecha de aplicación.
Artículo 16.
El/la estudiante que estando presente en el colegio NO rinda una evaluación fijada, el/la profesor/a informará a inspectoría general. Se citará al/la apoderado/a, previa anotación negativa en su hoja de vida, y se aplicará el Reglamento Interno del colegio.
VII.- EVALUACIONES DIFERENCIADAS Y EXIMICIONES DE UNA CALIFICACIÓN Artículo 17.
De la Evaluación Diferenciada.
Esta modalidad de evaluación permite contar con procedimientos específicos que se aplicarán a todos/as los/las estudiantes que presenten NEE (Necesidades Educativas Especiales) de forma transitoria o permanente. Para optar a este tipo de evaluación el/la apoderado/a debe presentar informe Psicopedagógico y/o certificados de especialistas clínicos a UTP durante el primer semestre o ser evaluados por el Equipo de Integración Escolar (PIE) del establecimiento. Si se identifica la necesidad, los/las estudiantes contarán con el apoyo que requieren.
La Evaluación Diferenciada se aplicará desde PK a 8° año. Se dispondrán de los espacios y tiempos para la reunión de los equipos de aula con la finalidad de acordar criterios de evaluación y determinar los apoyos implicados.
Existirá un mecanismo de registro de estrategias que se aplicarán para evaluar a estudiantes que presentan NEE que se describen en el PACI y PAI, elaborado por el equipo de aula.
Artículo 18.
Los/las estudiantes que lo necesiten, serán evaluados a través de procedimientos adecuados a sus necesidades, según las indicaciones específicas entregadas por el equipo de aula.
Artículo 19.
Esta instancia no implica necesariamente que el/la estudiante al término del período escolar sea calificado con la nota mínima de aprobación, vale decir 4,0 o que no pueda llegar a obtener una calificación superior que eventualmente pueda llegar a 7,0, pues ello estará sujeto al esfuerzo y responsabilidad personal del/la estudiante, al apoyo y tratamientos internos y externos que su situación requiera.
Artículo 20.
Las estrategias a utilizar para aquellos/as estudiantes con evaluación diferenciada pueden ser entre otras: mayor tiempo para desarrollar la actividad de evaluación, mediación permanente del profesor/a dentro del período estipulado para la evaluación, que contempla entre otras alternativas el cambio de ambiente o modificar el tipo de instrumento evaluativo, así como adaptaciones curriculares.
Criterios generales de la evaluación diferenciada:
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Efectuar las coordinaciones con los/las especialistas del equipo PIE, para consensuar estrategias de apoyo al/la estudiante, adecuando el material de trabajo en cada caso.
Diferenciar niveles de complejidad en las evaluaciones, mediante la adecuación del instrumento de evaluación o su diversificación
Prestarle apoyo facilitando la comprensión de las instrucciones.
Acompañarlo/a afectivamente, reconociendo sus logros y motivándolo/a para seguir esforzándose.
En cuanto a la evaluación que se aplica a los/las estudiantes que presentan NEE deberá cumplir con ciertas condiciones técnicas:
1. Considerar en cada asignatura, la posibilidad de adaptaciones curriculares, entendidas como modificaciones en el apoyo pedagógico en la sala o que puedan referirse a tiempos distintos para conseguir los mismos objetivos o priorizar los mismos.
2. Los procedimientos de evaluación deberán considerar la utilización de diversos instrumentos, observación e informes. Su aplicación será en cualquier momento o instancia del proceso educativo, según necesidades detectadas por el/la profesor/a, considerando el estado de avance del/la estudiante.
3. Los procedimientos de evaluación pueden estar referidos a las mismas habilidades establecidas en la planificación para lograr los objetivos del curso. No obstante lo anterior, se sugiere al/la profesor/a determinar objetivos esenciales para reducir el número de preguntas y otorgar mayor tiempo para el desarrollo de la prueba.
4. Los procedimientos evaluativos, en términos de corrección, deberán establecerse sobre la base de un esquema “referido a criterios”, donde el criterio será:
Progreso evidenciado a partir de una situación inicial (diagnóstico), pequeños logros, pero que para el estudiante resultan significativos.
Intraindividual, lo que significa, comparado consigo mismo.
5. El grado de dificultad de la prueba deberá ser diferente al de la aplicada al curso si se requiere. Es decir, a partir del mismo contenido/habilidad u objetivo construir un
instrumento adaptado: menor cantidad de preguntas, claridad en las instrucciones, diferentes niveles de resolución (una prueba con diferentes alternativas, elección de una cantidad de preguntas a responder, evaluaciones orales etc.) y menor grado de complejidad. La estrategia de evaluación a aplicar emana del trabajo colaborativo entre el/la profesor/a de asignatura y el/la profesor/a de diferencial.
VIII.- DE LA CALENDARIZACION: Artículo 21.
Los procedimientos evaluativos se centran en el proceso, es por eso que:
a.- La evaluación diagnóstica, se aplicará al inicio del año escolar con el objetivo de constatar las conductas terminales del nivel anterior y proyectar las unidades de aprendizajes conforme a los programas de estudio vigente.
b.- La evaluación formativa, se aplicará durante el proceso para constatar el grado de avance de los/las estudiantes.
c.- La evaluación sumativa, se aplicará durante todo el proceso con objeto de medir y calificar los objetivos de aprendizaje logrados y no logrados.
IX.- DE LA PROMOCIÓN.
Artículo 22. Para la promoción de curso de cada estudiante se considerarán conjuntamente:
1. Logro de objetivos de aprendizaje. 2. Asistencia.
1. Respecto del logro de objetivos, serán promovidos los/las estudiantes que:
• Hubieran aprobado todas las asignaturas del plan de estudio.
• Habiendo reprobado una asignatura, su promedio anual sea como mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura no aprobada.
• Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.
2 . Asistencia:
2.1 Serán promovidos de curso, los/las estudiantes desde Pre-kínder a 8° Básico, que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de las clases establecidas en el calendario lectivo anual; no obstante, si este requisito no se cumpliere, la comisión delegada por Dirección, consejo de profesores y Unidad técnica pedagógica, autorizará la promoción de un/una estudiante en los siguientes casos:
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2. Ingreso tardío al Colegio por traslado.3. Enfermedad grave del/la estudiante, durante el año escolar, debidamente certificada. 4. Finalización del año escolar anticipado. (embarazo, enfermedad grave)
2.2.- En casos calificados, la Dirección, previa consulta al Consejo General de Profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes menores al 85% de asistencia, siempre y cuando no exista una situación previa los años anteriores, que indique vulneración de derechos.
Artículo 11/67.- Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, los
establecimientos educacionales, a través del director y su equipo directivo, deberán analizar la situación de aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia de estos alumnos. Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.
Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe elaborado por el jefe técnico-pedagógico, en colaboración con el profesor jefe, otros profesionales de la educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno. El informe, individualmente considerado por cada alumno, deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales.
a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;
b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior; y
c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación de alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.
El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado en la hoja de vida del alumno.
La situación final de promoción o repitencia de los alumnos deberá quedar resuelta antes del término de cada año escolar.
Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa.
Artículo 23.
La situación final de promoción o repitencia de los/las estudiantes, deberá quedar resuelta
al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el colegio entregará a todos/as los/as estudiantes un Certificado Anual de Estudios (que no podrá ser retenido por ningún motivo). Este documento indicará las asignaturas, las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.
X.- DE LA REPITENCIA Artículo 24.
Repetirán curso todos/as los/las estudiantes que no cumplan con los requisitos estipulados en el presente Reglamento de Evaluación y Promoción. En caso de ocurrir repitencia, el estudiante contará con apoyo y acompañamiento pedagógico en el Taller REFORZAMIENTO
XI.- DE LAS INDICACIONES, RESTRICCIONES Y FALTAS Artículo 25.
Copiar a un/una compañero/a durante las evaluaciones es considerado una falta de honestidad grave, estipulada en el Reglamento Interno del Establecimiento, de suceder, el/la profesor/a dejará constancia y evidencia si procede, en la hoja de vida del estudiante y deberá informar al/la apoderado/a con la brevedad que amerita el caso. Se realizará un acompañamiento formativo desde el área de convivencia escolar.
Artículo 26.
Será falta grave, rendir una evaluación escrita y no entregar al/la docente el instrumento para su corrección. En este caso se amonestará por escrito, se informará al apoderado/a y se deberá repetir la evaluación a cargo de la Unidad Técnico pedagógica (UTP) con nota mínima de aprobación. Se realizará un acompañamiento formativo desde CONVIVENCIA.
Artículo 27.
El/la estudiante que no cumpla con la fecha de entrega de trabajos, sin haber presentado certificado médico será amonestado con una anotación en su hoja de vida, en el Libro de Clases y su apoderado/a será citado a entrevista para informar la situación, buscando caminos de solución al problema de forma conjunta. Podrá presentar el trabajo fuera de plazo, el que será evaluado con nota mínima de aprobación. Se realizará un acompañamiento formativo desde Convivencia.
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XII.- DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES, APODERADOS Y ESTUDIANTE Artículo 28.
Al inicio del primer y segundo semestre, los/las estudiantes y los/las apoderados/as serán informados del calendario de evaluaciones y de los criterios de evaluación a través de una CIRCULAR
Artículo 29.
Al inicio del primer semestre, serán informados los apoderados, vía comunicación de los horarios de atención que tendrán los/las docentes del establecimiento. Si el apoderado requiere una entrevista, esta debe ser solicitada a través de comunicación por agenda escolar.
Artículo 30.
La Profesora o Profesor Jefe entregará a los apoderados un informe de las calificaciones parciales y conceptos logrados por el/la estudiante durante el período, en cada una de las asignaturas, dicho documento se entregará en cada reunión de apoderados y al final del semestre.
XIII.- EDUCACION PARVULARIA. Artículo 31.
La edad de postulación para niños y niñas de Pre-kínder es de cuatro años (4) cumplidos al 31 de marzo del año escolar en curso. La edad de postulación a Kínder es de cinco (5) años al 31 de marzo del año escolar en curso. La edad de postulación para niños y niñas de 1° Básico es de seis años (6) cumplidos al 31 de marzo del año escolar en curso. Lo anterior, en correspondencia a la normativa vigente.
TITULO XVI.- DISPOSICIONES FINALES Artículo 32.
Los/as estudiantes que se incorporen al Colegio, provenientes de otros establecimientos, participarán de una entrevista de inducción con la profesora jefe u otra persona designada y deberán presentar: 1. Certificado de promoción escolar.
2. Certificado de nacimiento.
Artículo 33.
Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar.
Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada curso, las calificaciones en cada asignatura, el % anual de asistencia, la situación final de los/las estudiantes y su cédula nacional de identidad de cada uno/a de ellos/as.
Artículo 34.
Atendiendo la naturaleza dinámica de las materias contenidas en el presente reglamento, la Unidad Técnico Pedagógica (UTP) evaluará permanentemente la eficiencia de los procedimientos aquí estipulados y propondrá a la dirección del establecimiento, las modificaciones que procedan.
Artículo 35.
Las estudiantes que se encuentren embarazadas continuarán con su proceso de aprendizaje en forma regular. El colegio proporcionará las condiciones necesarias para que las estudiantes puedan concluir su año escolar, de acuerdo a lo establecido en la Ley
20.370 General de Educación del año 2009.
Artículo 36. La Dirección del Establecimiento, dará amplia difusión al presente Reglamento de
Evaluación, a nivel de los/las estudiantes, padres y apoderados, y demás integrantes de la comunidad escolar.
Artículo 37
Toda situación no contemplada en el presente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, será analizada en un marco de participación democrática. EQUIPO DIRECTIVO Y CONSEJO DE PROFESORES.