Lic. Carlos Gómez
Proyectos I
Universidad Rural de Guatemala
Comprende el conjunto de normas para las
principales
actividades
que
serán
desarrolladas
durante
la
ejecución
del
proyecto.
La
norma jurídica
es una
regla
dirigida a la
ordenación
del
comportamiento
humano
prescrita
por
una
autoridad
cuyo
incumplimiento
puede
llevar
aparejado
Asuntos legales
Administración de RR HH
Contratación de servicios
Legislación
nacional
(Constitución
Política,
Código Civil, Código de Comercio, Leyes y
Reglamentos, instituciones vinculantes, etc..)
Legislación laboral
Legislación destinada a la atención de grupos
especiales (mujeres, niños, discapacitados, etc.)
Políticas de desarrollo del país y de la región donde se
ubicará el proyecto
Acuerdos, convenios y tratados a nivel bilateral,
plurilateral y multilateral
Preservación del medio ambiente y la reglamentación
para evitar la contaminación. (normas establecidas para
la mitigación, instituciones responsables, etc..)
Consiste en diseñar la
estructura organizativa
básica, ubicar la responsabilidad gerencial y
esbozar los aspectos fundamentales del sistema
administrativo del proyecto
dentro de criterios de
Para definir la organización administrativa se
debe considerar:
○
Análisis de la capacidad de entidad para
atender las actividades (mercado)
○
Estudio de la composición del capital
constituido para ejecutar el proyecto
(naturaleza y numero de aportes).
Aspectos básicos
1.
Tipo de empresa que administrará el proyecto.
Sociedad anónima, responsabilidad limitada, etc.
División según tamaño de la empresa.
2.
Aspectos legales que pueden restringir la
localización.
Incentivos o franquicias por instalarse y operar en
determinado lugar.
Normativa sobre ruido, contaminación y disposiciones
sanitarias.
3.
Requisitos legales para instalarse y operar.
Se define como el proceso de:
PLANIFICAR-PROGRAMAR
ORGANIZAR
DIRIGIR Y
CONTROLAR
Un proyecto desde su inicio hasta su fin, a un costo dado
obtendrá un producto determinado
(EL OBJETIVO
Estructura Organizacional
Las estructuras sirven como referencia del
tamaño de la compañía, de la ubicación de las
áreas, de la posición para toma de decisiones, la
coordinación de las actividades y se adecua de
acuerdo a los diferentes crecimientos de la
compañía.
Los organigramas, son representaciones gráficas
de las áreas de responsabilidad y de las
comunicaciones
formales
respectivas,
son
usados por
la mayoría de las empresas para
indicar exclusivamente la estructura básica de la
organización.
Organigrama de la empresa
.
Representa
en
forma
gráfica
las
principales
funciones y líneas de autoridad de una empresa en
un momento dado.
Todo organigrama debe contener los siguientes
datos: título o
descripción
condensada
de las
actividades,
fecha
de
formulación,
nombre
del
responsable de elaboración, aprobación, explicación
de líneas y símbolos especiales.
Según su finalidad
1.
Informativo:
Se denominan de este modo a los organigramas
que
se diseñan con el objetivo de ser puestos a disposición de
todo público
, es decir, como información accesible a personas
no
especializadas
.
2.
Analítico:
Este tipo de organigrama
tiene por finalidad el análisis
de determinados aspectos del comportamiento organizacional
,
vgr. distribución de la planta, de personal, de remuneraciones,
etc. Sus destinatarios son personas especializadas en el
conocimiento
de
estos
instrumentos
y
sus
aplicaciones.
3.
Formal:
Se representa
el modelo de funcionamiento planificado
o formal de una organización
, y cuenta con el instrumento
escrito de su aprobación, vgr. el organigrama de una Sociedad
Anónima.
4.
Informal:
Se considera como tal, cuando
el modelo planificado
Por su contenido , los organigramas
se
divide en tres
tipos
:
1.
Integrales:
Son representaciones gráficas de todas las
unidades administrativas de una organización y sus
relaciones de jerarquía o dependencia. Ejemplo:
2.
Funcionales:
Incluyen las principales funciones que
tienen asignadas, además de las unidades y sus
interrelaciones. Ejemplo:
1.
De puestos, plazas y unidades:
Indican las necesidades en cuanto
a puestos y el número de plazas existentes o necesarias para cada
unidad consignada. También se incluyen los nombres de las
personas que ocupan las plazas. Ejemplo
POR SU PRESENTACIÓN O DISPOSICIÓN
GRÁFICA:
Este grupo se divide en cuatro
tipos de
organigramas
Verticales:
Presentan las unidades ramificadas de arriba abajo a partir
del titular, en la parte superior, y desagregan los diferentes niveles
jerárquicos en forma escalonada. Son los de uso más generalizado en la
administración, por lo cual, los manuales de organización recomiendan
su empleo
Horizontales:
Despliegan las unidades de izquierda a derecha y colocan
al titular en el extremo izquierdo. Los niveles jerárquicos se ordenan en
forma de columnas, en tanto que las relaciones entre las unidades se
ordenan por líneas dispuestas horizontalmente.
Mixtos:
Este tipo de organigrama utiliza combinaciones verticales y
horizontales. Se recomienda utilizarlos en el caso de organizaciones
con un gran número de unidades en la base
De Bloque:
Son una variante de los verticales y tienen la particularidad
de integrar un mayor número de unidades en espacios más reducidos.
Circulares:
En este tipo de diseño, la unidad organizativa de mayor jerarquía se ubica
en el centro de una serie de círculos concéntricos, cada uno de los cuales representa
un nivel distinto de autoridad, que decrece desde el centro hacia los extremos, y el
último círculo, o sea el más extenso, indica el menor nivel de jerarquía de autoridad.
Las unidades de igual jerarquía se ubican sobre un mismo círculo, y las relaciones
jerárquicas están indicadas por las líneas que unen las figuras
Gerencia del proyecto
Para
realizar
cualquier
proyecto
es
necesario
elaborar
un
diseño
administrativo donde aparezca una cabeza
visible
y
responsable
para
todas
las
actividades del mismo, el cual esta a la
cabeza el llamado gerente de proyectos.
Figura jurídica.
Para decidir cómo será la figura con la
cual funcionará el proyecto se debe
hacer
un
estudio
de
que
tipo
de
asociación es la más conveniente desde
el
punto
jurídico
y
comercial,
por
ejemplo no es igual una sociedad que
una asociación.
Tipos de sociedades
Mercantiles
en Guatemala
(
Código de Comercio
Artículo 10)
Sociedad Colectiva
Es aquella que existe bajo una razón social y en la cual todos los
socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente,
de las obligaciones sociales.
Ventajas
La posibilidad de reunir un mayor capital para la empresa.
Todos los socios responden de manera subsidiaria, solidaria e
ilimitadamente a las obligaciones de la Sociedad.
Cada socio tiene derecho a un voto salvo pactado en contrario.
Desventajas
La sociedad se disuelve con la muerte de uno de sus socios.
La admisión de nuevos socios requiere el consentimiento de
Tipos de sociedades
Mercantiles
en
Guatemala
(Código de ComercioArtículo 10)Sociedad En Comandita Simple
Es la compuesta por uno o varios socios comanditados que responden en forma
subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales; y por uno o varios socios
comanditarios que tienen la responsabilidad limitada al monto de su aportación. Las
aportaciones no pueden ser representadas por títulos o acciones.
Ventajas
No requiere capital mínimo para su constitución.
La posibilidad de reunir un mayor capital para la empresa.
Las responsabilidades ante las obligaciones sociales de la empresa son
establecidas según el tipo de socios, Comanditarios o Comanditados.
Desventajas
Los socios comanditarios no pueden votar.
Los socios comanditarios tienen prohibido cualquier acto de administración de la
sociedad.
Los socios comanditados tienen a su cargo la administración de la sociedad y la
representación legal de la misma (Comandita por acciones).
Tipos de sociedades
Mercantiles
en
Guatemala
(Código de ComercioArtículo 10)Sociedad de Responsabilidad Limitada
Es la compuesta por varios socios que sólo están obligados al pago de sus aportaciones. Por las
obligaciones sociales responde únicamente el patrimonio de la sociedad.
El capital estará dividido en aportaciones que no podrán incorporarse a títulos de ninguna naturaleza
ni denominarse acciones.
Ventajas
No requiere capital mínimo para su constitución.
La posibilidad de reunir un mayor capital para la empresa.
Las responsabilidades ante las obligaciones sociales de la empresa están limitadas al
patrimonio de ésta
La sociedad se mantiene aún después de la muerte de alguno de sus socios.
Desventajas
La admisión de nuevos socios requiere del consentimiento de los otros.
Existe un límite de 20 socios máximo.
El capital de la empresa no puede aumentar a menos que este sea integra y efectivamente
pagado, lo que puede ocasionar lentitud en los procesos de expansión de la empresa.
Sociedad Anónima
Es la que tiene el capital dividido y representado por acciones. La responsabilidad de
cada accionista está limitada al pago de las acciones que hubiere suscrito
.Ventajas
La empresa se mantiene aún después de la muerte de alguno de sus socios.
Acciones pueden adquirirse por transferencia o herencia.
La responsabilidad de los socios está limitada a sus aportaciones.
Se pueden transmitir las acciones mediante su venta.
Los acreedores tienen derecho sobre los activos de la corporación, no sobre los bienes de los
accionistas. El dinero que los accionistas arriesgan se limita al valor de su inversión.
Es relativamente fácil conseguir capital considerable, ya que puede emitir acciones según sus
necesidades.
Le resulta relativamente fácil obtener crédito a largo plazo ofreciendo grandes activos como
garantía.
Desventajas
Requiere capital mínimo de Q.5000.00 para su constitución.
Requiere una forma mas compleja de organización y una Junta de Accionistas
Mayor cantidad relativa de trámites, procedimientos y requisitos que la ley establece.
Tipos de sociedades
Mercantiles
en
Guatemala
(Código de ComercioArtículo 10)Perfil de puestos
El análisis y diseño del puesto de trabajo es una de las actividades de la
Gestión de Recursos Humanos que precede a la selección del personal,
vista desde la perspectiva del profesional y no del empleado. Esta
estrechamente vinculada con los sistemas y procesos de trabajo, las
capacidades y limitaciones del ser humano.
PERFIL DE PUESTO
1.
OBJETIVO DEL PUESTO
2.
FUNCION(ES) PRINCIPAL(ES).
3.
ACTIVIDADES PRINCIPALES
4.
REQUISITOS DE INGRESO O CALIFICACIONES DEL PUESTO:
5.
LUGAR (ES) DONDE PRESTARA SUS SERVICIOS
6.
DURACION
Investigar las siguientes formas de organizaciones civiles no
lucrativas
Consejos comunitarios
-COCODES-Empresas Campesinas
–ECAS-Cooperativas
Comités y asociaciones de vecinos
Organizaciones no gubernamentales / Fundaciones
Base legal,
Proceso de constitución y registro
Estructura administrativa
Tipo de
Organización BASE LEGAL MODALIDADES CONSTITUCIÓN Y PROCESO DE REGISTRO PERSONERÍA JURÍDICA Consejos Comunitarios Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural Decreto 11-2002 Art. 4,13,15 Reglamento de la Ley de Consejos Acuerdo Gubernativo 461-2002 Art. 52, 53 y 54 Consejos Comunitarios Consejos Comunitarios de Segundo Nivel
Acta simple en Asamblea General, identificando a todos los presentes con nombre, número de cédula y firma (impresión digital si no sabe firmar).
Registrar con Secretaría Técnica del Consejo Municipal de Desarrollo
El Secretario(a) Técnico(a) extiende la acreditación, con la aprobación del Presidente del Consejo Municipal de Desarrollo. Si, Con la trascripción de su acta de Constitución por el Secretario Técnico Municipal o el Secretario Técnico Departamental, y luego llevada al Registro Civil para su inscripción en el libro específico. Cooperativas • Ley de General de Cooperativas Decreto-82-78 • Reglamento Ley Cooperativas Acuerdo Gubernativo 7-79 Especializadas e Integrales Se constituyen en Cooperativas de Primero, Segundo y Tercer grado
Podrá constituirse por escritura pública o por acta constitutiva autorizada por el Alcalde Municipal, cumpliendo los artículos del 19 al 22 de la Ley.
El Registro de Cooperativas está a cargo de INACOP.
Si,
Al estar inscritas en el Registro de Cooperativas del INACOP.
Tipo de Organización
BASE LEGAL MODALIDADES PROCESO DE CONSTITUCIÓN Y REGISTRO PERSONALIDAD Y PERSONERÍA JURÍDICA Asociaciones No Lucrativas • Constitución Política de la República 1985 Art.34
• Código Civil Art. 15, 53, 369, 378, 388, 1728, 1729, 1730 • Código Municipal Art.
18, 19 y 175
• Código del notariado Art.29
• Ley de ONGs Decreto 02-2003 • Reglamento de Inscripción de Asociaciones Civiles Acuerdo Gubernativo. 512-98 • Asociación de municipalidades ONGs Federaciones Confederaciones Se constituyen mediante escritura pública. Cuyo testimonio se inscribe en el Registro Civil correspondiente.
Para su inscripción se debe presentar al Registro Civil: Solicitud escrita, Testimonio de legalización y escritura constitutiva. Si, Al momento de estar inscritas en el registro civil
Comités • Código civil Art. 15 reconocido como
asociación, para obras de recreo, utilidad o beneficio social. • Código Municipal Art.175, Art. 53 incisos m y o Patronato Congregación Comité Coordinadora Mesa Junta Grupo Asociaciones educativas Y Pueden ser: Formales e informales • Temporales o permanentes Según sus propias
costumbres;
normales o tradiciones.
Con acta simple con nombres y números de cédula de los comparecientes levantada en la secretaria municipal, según sus propias costumbres y tradiciones, para el reconocimiento y autorización por el Alcalde Municipal se certifica y presentar al registro civil Registro civil tiene que habilitar un libro específico para comités.
Si.
Los Autorizados y reconocidos por los Alcaldes municipales, e inscritos en el Registro Civil