P R O G R A M A D E
P R E S T A C I O N E S A D I C I O N A L E S T R A B A J A D O R E S A F I L I A D O S
A Ñ O 2018
Aprobado en sesión de Directorio Nº 799, ordinaria, de fecha 26 de Diciembre de 2017
INTRODUCCION
El presente documento tiene por finalidad establecer el Programa de Prestaciones Adicionales que incorpora el “Plan de Apoyo Familiar”, que otorgará Los Héroes a sus trabajadores afiliados durante el año 2018, conforme a las normas legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.
En la primera parte, se indican las bases y requisitos generales considerados para el desarrollo del programa y se analizan los aspectos de mayor interés relacionados con el mismo.
En la segunda, se efectúa una definición de cada una de las prestaciones y, además, se indican los montos, requisitos, plazos y documentación que se requiere en cada caso.
Finalmente, se entregan los antecedentes referidos al costo total del programa y a su financiamiento, de acuerdo a la demanda estimada en cada uno de los beneficios.
I. BASES DE DESARROLLO
Las prestaciones adicionales que otorgará Los Héroes a sus afiliados durante el año 2018, conforme al Régimen de Prestaciones Adicionales establecido en la Ley Nº 18.833, reglamentado por Decreto Supremo Nº 94 de 1978, estarán sujetas a las disposiciones contenidas en dichos textos normativos, a las que contempla el Reglamento Interno del Régimen, vigente desde el 01 de Octubre de 2013 y sus modificaciones y a lo previsto en el presente Programa.
1.- POBLACION AFILIADA
Con el objeto de calcular el número de prestaciones adicionales que, en sus diversos tipos, se otorgarán en el curso del año 2018, se ha efectuado una estimación de la población que estará afiliada a Los Héroes en dicho año y se han proyectado los correspondientes datos estadísticos de los dos últimos años.
De conformidad a la planificación efectuada y a las metas programadas para el año 2018, se espera que los trabajadores afiliados alcancen a una cifra aproximada de 319.929 personas, al 31 de diciembre de 2018.
2.- PRESTACIONES
En el curso del año 2018, se considera otorgar los siguientes beneficios a los trabajadores afiliados:
P R E S T A C I Ó N $
valor unitario
1. Bono de Natalidad $ 17.500
2. Bono por adopción de un menor $ 17.500
3. Bono de Nupcialidad $ 20.000
4. Bono por Acuerdo de Unión Civil $ 20.000
5. Auxilio por fallecimiento trabajador $ 100.000
6. Auxilio por fallecimiento cónyuge o conviviente de Acuerdo de Unión Civil $ 90.000
7. Auxilio por fallecimiento carga familiar $ 90.000
8. Asignación Matrícula Trabajador (Anual) a) Universitaria
b) Instituto Profesional c) Centro de Formación Técnica
$ 21.000
$ 19.500
$ 12.500 9. Asignación Matrícula para Carga Legal (Anual)
c) Universitaria
d) Instituto Profesional
e) Centro de Formación Técnica
$ 17.000
$ 16.000
$ 10.000 10. Estímulo Escolar Enseñanza Básica 1°- 6° para Cargas Legales $ 12.000 11. Estímulo Escolar Enseñanza Básica 7°- 8° para Cargas Legales, categorías:
a) Mención Excelencia $ 140.000
b) Mención Destacado $ 65.000
c) Mención Distinguido $ 45.000
d) Mención Tradicional $ 18.000
12. Estímulo Escolar Enseñanza Media 1º y 2º medio, para Cargas Legales, categorías:
a) Mención Excelencia $ 140.000
b) Mención Destacado $ 75.000
c) Mención Distinguido $ 55.000
d) Mención Tradicional $ 20.000
13. Estímulo Escolar Enseñanza Media 3º y 4º medio, para Cargas Legales, categorías:
a) Mención Excelencia $ 160.000
b) Mención Destacado $ 95.000
c) Mención Distinguido $ 60.000
d) Mención Tradicional $ 28.000
14. Lista Útiles Escolares para Enseñanza Media Cargas Legales $ 30.000 15. Reembolso Escolar Enseñanza Media 2018 para Carga Legal: Útiles y Uniformes $ 10.000
16. Estímulo Excelencia PSU $ 250.000
17. Estímulo Educación en Centro de Formación Técnica Trabajador, categorías:
a) Mención Destacado $ 150.000
b) Mención Tradicional $ 60.000
18. Estímulo Educación en Centro de Formación Técnica cargas legales, categorías:
a) Mención Destacado $ 150.000
b) Mención Tradicional $ 55.000
19. Estímulo Educación en Instituto Profesional Trabajador, categorías:
a) Mención Destacado $ 170.000
b) Mención Tradicional $ 60.000
20. Estímulo Educación Instituto Profesional cargas legales, categorías:
a) Mención Destacado $ 170.000
b) Mención Tradicional $ 60.000
21. Estímulo Educación Universitaria Trabajador, categorías:
a) Mención Destacado $ 190.000
b) Mención Tradicional $ 60.000
22. Estímulo Educación Universitaria cargas legales, categorías:
a) Mención Destacado $ 190.000
b) Mención Tradicional $ 60.000
23. Estímulo Excelencia Mejor Egresado Carrera Universitaria Trabajador $ 370.000 24. Estímulo Excelencia Mejor Egresado Carrera Universitaria Carga Legal $ 370.000 25. Estímulo Excelencia Mejor Egresado Centro de Formación Técnica Trabajador $ 255.000 26. Estímulo Excelencia Mejor Egresado Centro de Formación Técnica Carga Legal $ 255.000 27. Estímulo Excelencia Mejor Egresado Instituto Profesional Trabajador $ 280.000 28. Estímulo Excelencia Mejor Egresado Instituto Profesional Carga Legal $ 280.000 29. Atención Dental
30. Cobertura Familiar Integral 31. Beneficios de Salud
32. Convenios Educacionales
33. Convenios Recreacionales, Deportivos, Culturales, Comerciales, Laborales Gremiales y Otros
34. Premio 2% crédito social (otorgados hasta 31 Enero 2011) 35. Pago Servicios Básicos y Recargas
36. Auxilio Contingencia Financiera 37. Intermediación Financiera Hipotecaria
Podrán acceder a este plan de beneficios aquellos trabajadores que posean la condición de afiliado de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal, adherente a
Los Héroes tanto a la fecha de ocurrencia del evento o contingencia, como a la fecha en que se presente la solicitud del beneficio, requisitos ambos copulativos.
Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo precedente, como regla general se establece un plazo de caducidad de 120 días corridos para presentar a cobro un beneficio, contado desde la fecha del evento o contingencia que lo motiva, y de 30 días corridos para cobrarlo efectivamente, contado desde el día en que se hubiere cursado favorablemente una prestación; transcurrido que sea el primer plazo, sin haberse presentado la solicitud, o el segundo, sin haberse cobrado la prestación, se perderá el derecho al beneficio. Se exceptúan de lo anterior aquellas prestaciones respecto de las cuales se establezcan plazos de presentación o de cobro diferentes.
Cabe señalar que la cantidad de beneficiarios, los plazos y requisitos para solicitar y cobrar los diversos beneficios que se indican más adelante, pueden ser ampliados y/o exceptuados por la Gerencia General o por quien reciba delegación en esta materia, ante causas justificadas invocadas por los solicitantes, las cuales serán evaluadas en un Comité de Excepciones para determinar la aceptación o rechazo de las solicitudes presentadas. En todo caso, la aplicación de excepciones por causa justificada no habilita para superar el monto presupuestario total asignado, de modo que, en estos casos, se deberán realizar las reasignaciones presupuestarias internas del Programa correspondientes.
Los afiliados y sus respectivas cargas debidamente acreditadas, cada uno de ellos por separado, podrán acceder sólo a uno de los beneficios educacionales tipificados en la tabla precedente de este documento, ya que éstos son excluyentes entre sí. Asimismo, sólo se otorgará un beneficio de naturaleza educacional, aun cuando un beneficiario o causante pudiere devengar más de una prestación, por realizar estudios paralelos en más de una institución o por seguir más de un curso escolar o carrera profesional de pregrado.
Las prestaciones en dinero inferiores a $ 50.000 podrán ser solicitadas y cobradas por quien el beneficiario comisione para tales efectos, considerando que serán representantes autorizados para cobro de prestaciones en Los Héroes, mediante poder simple no notarial, los siguientes delegados: cónyuge o conviviente de unión civil vigente, hijos mayores de edad, padres o tutor legal designado por el Tribunal correspondiente.
En caso que en la cédula de identidad del beneficiario conste que éste no firma, o si dicha imposibilidad fuese acreditada mediante certificado médico, el beneficio podrá ser solicitado y cobrado por la persona a quien el afiliado comisione para tales efectos, considerando que serán representantes autorizados para cobro de prestaciones en Los Héroes, mediante poder simple no notarial otorgado con huella dactilar, los siguientes delegados: cónyuge o conviviente de unión civil vigente, hijos mayores de edad, padres o tutor legal designado por el Tribunal correspondiente, quienes deberán exhibir la cédula de identidad propia y la del afiliado. En el caso que no fuese posible utilizar dicho procedimiento, se exigirá la presentación de un poder otorgado ante notario con firma a ruego y, además exhibir la cédula de identidad del afiliado y del apoderado.
En todo caso, se exigirá poder otorgado ante notario para que un apoderado cobre prestaciones por un monto superior a $ 50.000.
Para los efectos del presente programa, se entenderá que, dentro de los trabajadores con derecho a las prestaciones, quedan incluidos aquellos afiliados que se encuentran en goce de subsidios, excluyendo los subsidios correspondientes a cesantía.
Mayor información sobre los beneficios disponibles según periodos, valor de adquisición, requisitos, coberturas generales o específicas, modalidades de notificación de siniestros, plazos y caducidad, restricciones y demás condiciones de otorgamiento podrá obtenerse en nuestras sucursales, en la página web losheroes.cl o mediante nuestro call center 600 222 7777.
II. PRESTACIONES ADICIONALES
De acuerdo a sus características, las prestaciones contempladas en el presente programa son, por una parte, en dinero, no sujetas a restitución y, por otra parte, se contempla un presupuesto para prestaciones y servicios, bonificados o no bonificados por Los Héroes, que se entregarán mediante convenios pactados con terceros proveedores, incluyendo eventos, actividades culturales, deportivas, turísticas y recreativas, atenciones de salud, servicios educacionales, servicios de pago de cuentas, servicios financieros y otros.
La descripción, montos y requisitos de cada una de las prestaciones consideradas, son los que se señalan a continuación.
Los beneficios que tengan cupos limitados se entregarán a quienes cumplan los requisitos establecidos conforme al orden de presentación de sus solicitudes, hasta su agotamiento; en caso de que existan dos o más solicitudes de la misma fecha y ellas no alcancen a ser cubiertas con las disponibilidades presupuestarias, los beneficios se asignarán por sorteo entre aquellos que cumplan con el máximo de méritos dentro de las condiciones solicitadas para esa prestación.
Por otra parte, si se produjere empate entre dos o más solicitudes que deban ser presentadas dentro de un término establecido (por ejemplo, dentro de los 4 primeros meses de cada año) y se tratare de prestaciones con cupos limitados, que deban ser asignadas en función de características de mérito, su distribución definitiva también se hará por sorteo.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad que se confiere al Gerente General para reasignar internamente el presupuesto entre las prestaciones contempladas en este Programa, o de la modificación presupuestaria que podrá aprobar el Directorio.
1. BONO DE NATALIDAD
1.1. Descripción del Beneficio.
El Bono de Natalidad consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará al afiliado con ocasión del nacimiento de un hijo.
La prestación podrá otorgarse anticipadamente, después de cumplido el séptimo mes de embarazo.
En caso que el padre y la madre sean afiliados a Los Héroes, ambos podrán solicitar el Bono de Natalidad.
1.2. Monto del Beneficio.
El Bono de Natalidad tendrá un monto único de $ 17.500.- por el nacimiento de cada hijo.
1.3. Requisitos.
Para solicitar el Bono de Natalidad será necesario que el afiliado reúna los siguientes requisitos:
Ser trabajador activo de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes a la fecha de ocurrencia del evento y a la de solicitud del beneficio, sea éste el nacimiento del hijo o el cumplimiento del séptimo mes de embarazo.
1.4. Plazo y Documentación a Presentar.
Plazo máximo : 120 días calendario desde el nacimiento.
El beneficio podrá ser solicitado desde la fecha de cumplimiento del séptimo mes de embarazo y hasta 120 días después del nacimiento del hijo, adjuntando, según el caso, la siguiente documentación:
Si el beneficiario es la madre, deberá presentar certificado del séptimo mes de embarazo o certificado de nacimiento.
Si el beneficiario es el padre deberá presentar el certificado de nacimiento del hijo. En caso de presentar el certificado del séptimo mes de embarazo deberá adicionar el certificado de matrimonio o del acuerdo de unión civil correspondiente.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
2. BONO POR ADOPCION DE UN MENOR.
2.1. Descripción del Beneficio.
El Bono de por adopción de un menor consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará al afiliado con ocasión de la adopción de un hijo, hasta máximo los 14 años de edad, conforme a la Ley N° 19.620 y sus modificaciones.
En caso que los dos adoptantes sean afiliados a Los Héroes, ambos podrán solicitar el Bono por adopción de un menor.
2.2. Monto del Beneficio.
El Bono por adopción de un menor tendrá un monto único de $ 17.500.-, y sólo se pagará si el menor adoptado tiene hasta un máximo de 14 años de edad, cumplidos al día de dictación de la sentencia respectiva.
2.3. Requisitos.
Para solicitar el Bono por adopción de un menor será necesario que el afiliado reúna los siguientes requisitos:
Ser trabajador activo de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes a la fecha de la resolución de la adopción y a la de solicitud del beneficio.
2.4. Plazo y Documentación a Presentar.
Plazo máximo : 120 días calendario desde la resolución emanada del Tribunal competente.
El beneficio podrá ser solicitado presentando la siguiente documentación:
Copia simple de resolución de adopción del menor, emitida por el Tribunal correspondiente.
Certificado de nacimiento del menor adoptado que acredite edad menor o igual a 14 años.
Formulario prestación adicional Los Héroes firmado por representante autorizado y el trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
3. BONO DE NUPCIALIDAD
3.1. Descripción del Beneficio.
El Bono de Nupcialidad consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará por una vez al afiliado cuando éste contraiga matrimonio.
En forma alternativa, el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero, por una permanencia de tres (3) días en alguna de las cabañas habilitadas en los Parques Los Héroes - San José de Maipo, La Huayca, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihue -, caso en el cual los gastos de traslado y de alimentación serán de cargo del afiliado. Esta opción podrá hacerse efectiva entre los meses de marzo y diciembre de cada año, y noches desde Lunes a Jueves. No se podrá acceder a este beneficio cuando existan días feriados en el período solicitado.
Conjuntamente con dicha prestación, el afiliado podrá solicitar la concesión inmediata de un crédito social que tendrá un monto fijo y cuyo otorgamiento estará sujeto a las disposiciones legales y demás normas que regulan el Régimen de Crédito que administra Los Héroes.
En caso que ambos contrayentes sean afiliados de Los Héroes, cada uno tendrá derecho a percibir el Bono de Nupcialidad correspondiente y a optar por el uso de cabañas, como también, a solicitar el crédito a que se ha hecho referencia precedentemente.
3.2. Monto del Beneficio.
El Bono de Nupcialidad tendrá un monto único de $ 20.000.-
3.3. Requisitos.
Para solicitar el Bono de Nupcialidad será necesario que el trabajador sea trabajador activo de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes, a la fecha de la celebración del matrimonio y a la fecha de solicitud del beneficio
3.4. Plazo y Documentación a Presentar.
El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 120 días contados desde la fecha de celebración del matrimonio, y se deberá presentar la siguiente documentación:
Certificado de Matrimonio emitido por el Registro Civil
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
4. BONO DE ACUERDO DE UNION CIVIL.
4.1. Descripción del Beneficio.
El Bono de Acuerdo de Unión Civil consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará por una vez al afiliado, cuando éste celebre un Acuerdo de Unión Civil de acuerdo a la Ley Nº 20.830 y sus modificaciones.
En caso que ambos contratantes sean afiliados de Los Héroes, cada uno tendrá derecho a percibir el Bono de Acuerdo de Unión Civil correspondiente.
4.2. Monto del Beneficio.
El Bono de Acuerdo de Unión Civil tendrá un monto único de $ 20.000.-
4.3. Requisitos.
Para solicitar el Bono será necesario que el trabajador cumpla la condición de estar afiliado a Los Héroes a la fecha de celebración del Acuerdo de Unión Civil y a la de solicitud del beneficio.
4.4. Plazo y Documentación a Presentar.
El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 120 días contados desde la fecha de celebración del Acuerdo de Unión Civil, y se deberá presentar la siguiente documentación:
Certificado de Acuerdo de Unión Civil, emitido por el Registro Civil.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
5. AUXILIO POR FALLECIMIENTO TRABAJADOR
5.1. Descripción del Beneficio.
El Auxilio por Fallecimiento Trabajador consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará por su deceso, en el siguiente orden de precedencia: cónyuge o conviviente conforme a un Acuerdo de Unión Civil vigente, hijos o padres del afiliado.
5.2. Monto del Beneficio.
El Auxilio por Fallecimiento Trabajador tendrá un monto único de $ 100.000.-
5.3. Requisitos.
Para que se haga efectivo el Auxilio por Fallecimiento será necesario que el trabajador fallecido haya estado activo en una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes, al momento de su deceso.
5.4. Plazo y Documentación a Presentar.
El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 120 días contados desde la fecha del fallecimiento del trabajador.
Siguiendo el orden de precedencia ya establecido – cónyuge o conviviente conforme a un Acuerdo de Unión Civil vigente, hijos o padres -, la persona que cobre el beneficio deberá acreditar mediante los certificados correspondientes el respectivo parentesco o vínculo con el trabajador fallecido, además el certificado de defunción del trabajador y antecedentes que acrediten la inexistencia de otros beneficiarios con derecho preferente.
Certificado de defunción del trabajador, emitido por el Registro Civil.
Certificado de matrimonio o certificado de Acuerdo de Unión Civil.
Certificado de nacimiento y libreta de familia en caso de hijos o padres del trabajador.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y solicitante.
Presentar cédula de identidad del trabajador y de él solicitante.
En caso que exista más de un hijo descendiente del trabajador, será necesario que el beneficiario presente un poder notarial donde cada hijo autorice a un representante único para estos efectos y en caso contrario se pagarán a cada uno a prorrata de sus derechos.
6. AUXILIO POR FALLECIMIENTO DE CONYUGE O DE CONVIVIENTE DE UNIÓN CIVIL
6.1. Descripción del Beneficio.
El Auxilio por Fallecimiento de Cónyuge o de Conviviente de Unión Civil consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto fijo, que se pagará al trabajador afiliado en caso de fallecer su cónyuge o su conviviente de unión civil, tenga éste o no, la calidad de carga familiar reconocida en Los Héroes.
En caso que ambos cónyuges o convivientes de unión civil sean afiliados a Los Héroes, el sobreviviente podrá solicitar, adicionalmente, el Auxilio por Fallecimiento Trabajador.
6.2. Monto del Beneficio.
El Auxilio por Fallecimiento de Cónyuge o Conviviente de Unión Civil tendrá un monto único de $ 90.000.-
6.3. Requisitos.
Para solicitar el Auxilio por Fallecimiento de Cónyuge o Conviviente de Unión Civil, será necesario que el trabajador pertenezca a una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal afiliada a Los Héroes, a la fecha del fallecimiento.
6.4 Plazo y Documentación a Presentar.
El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 120 días siguientes contados desde la fecha de fallecimiento del cónyuge o Conviviente de Unión Civil, adjuntando el correspondiente certificado de defunción y el de matrimonio o Certificado de Acuerdo de Unión Civil, si aquel no estuviese acreditado como carga familiar del trabajador ante Los Héroes.
Certificado de defunción emitido por el Registro Civil.
Certificado de matrimonio o certificado de acuerdo de unión civil.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular
7. AUXILIO POR FALLECIMIENTO DE CARGA FAMILIAR.
7.1. Descripción del Beneficio.
El Auxilio por Fallecimiento de Cargas Familiares, consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto fijo, que se pagará al trabajador afiliado en caso de fallecer alguna de las cargas familiares que tenga acreditadas ante Los Héroes, exceptuado el cónyuge o conviviente de unión civil.
7.2. Monto del Beneficio.
El Auxilio por Fallecimiento de Cargas Familiares tendrá un monto único de $ 90.000.-
7.3. Requisitos.
Para solicitar el Auxilio por Fallecimiento de Carga Familiar, será necesario que el trabajador pertenezca a una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal afiliada a Los Héroes, a la fecha del fallecimiento de su Carga.
7.4. Plazo y Documentación a Presentar.
El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 120 días, contados desde la fecha de fallecimiento de la carga, adjuntando el correspondiente certificado de defunción.
Certificado de defunción de la carga familiar acreditada como carga legal en Los Héroes, emitido por el Registro Civil.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular
8. ASIGNACION MATRICULA UNIVERSITARIA, DE INSTITUTO PROFESIONAL o CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA PARA TRABAJADOR
8.1. Descripción del Beneficio.
La Asignación Matrícula Trabajador, consistirá en una ayuda económica de monto fijo que se pagará al trabajador cuando éste siga cursos regulares en carreras de Pre Grado de nivel profesional en alguna Universidad, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica del país, cuya duración sea igual o superior a cinco semestres; para estos efectos, la práctica profesional, se contará como semestre siempre y cuando aparezca en esa calidad semestral en la malla curricular oficial de la carrera.
8.2. Monto del Beneficio.
La Asignación Matrícula para Trabajador, tendrá montos fijos dependiendo del tipo de establecimiento educacional que dicte la carrera.
a) Universidad: $ 21.000.- En caso de ser una carrera anual, indicada como periodo académico completo, el beneficio se pagará en una cuota.
Si el certificado de alumno regular indica que es semestral, el beneficio se pagará en dos cuotas de $ 10.500.- cada una, de acuerdo al semestre en curso.
b) Instituto Profesional: $19.500.- en caso de ser una carrera anual, indicada como periodo académico completo, el beneficio se pagará en una cuota.
Si el certificado de alumno regular indica que es semestral, el beneficio se pagará en dos cuotas $9.750.- cada una, de acuerdo al semestre en curso.
c) Centro de Formación Técnica: $12.500.- en caso de ser una carrera anual, indicada como periodo académico completo, el beneficio se pagará en una cuota.
Si el certificado de alumno regular indica que es semestral, el beneficio se pagará en dos cuotas $6.250.- cada una, de acuerdo al semestre en curso.
8.3. Requisitos.
Para solicitar el beneficio, será necesario que el afiliado sea trabajador activo de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes, a la fecha de la matrícula y de solicitud del beneficio.
8.4. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para solicitar el beneficio correspondiente al primer semestre vence el último día hábil de junio, y el del segundo semestre vence el último día hábil de diciembre, y se debe acompañar:
Certificado vigente de alumno regular, emitido por el establecimiento respectivo que acredite la matrícula del trabajador en una carrera de Pre grado.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
9. ASIGNACION MATRICULA UNIVERSITARIA, DE INSTITUTO PROFESIONAL o CENTRO DE EDUCACION TECNICA PARA CARGA LEGAL (ANUAL)
9.1. Descripción del Beneficio.
La Asignación Matrícula Carga Familiar, consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto fijo que se pagará al trabajador por cada carga familiar acreditada en Los Héroes, que curse estudios regulares en carreras de Pre Grado de nivel profesional en alguna Universidad, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica del país, cuya duración sea igual o superior a cinco semestres; para estos efectos, la práctica profesional se contará como semestre siempre y cuando aparezca en esa calidad semestral en la malla curricular oficial de la carrera.
9.2. Monto del Beneficio.
La Asignación Matrícula Carga Familiar, tendrán montos fijos dependiendo del tipo de establecimiento educacional que dicte la carrera:
a) Universitaria: $ 17.000.-; en caso de ser una carrera anual, indicada como periodo académico completo, el beneficio se pagará en una cuota.
Si el certificado de alumno regular indica que es semestral, el beneficio se pagará en dos cuotas de $ 8.500.- cada una, de acuerdo al semestre en curso.
b) Instituto Profesional: $ 16.000.-; en caso de ser una carrera anual, indicada como periodo académico completo, el beneficio se pagará en una cuota.
Si el certificado de alumno regular indica que es semestral, el beneficio se pagará en dos cuotas de$ 8.000.- cada una de acuerdo al semestre en curso.
c) Centro de Formación Técnica: $ 10.000.- en caso de ser una carrera anual, indicada como periodo académico completo, el beneficio se pagará en una cuota.
Si el certificado de alumno regular indica que es semestral, el beneficio se pagará en dos cuotas de $ 5.000.- cada una de acuerdo al semestre en curso.
9.3. Requisitos.
Para solicitar el beneficio, será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
El afiliado deberá ser trabajador activo de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes a la fecha de la matrícula de la carga familiar y a la de la solicitud del beneficio.
El estudiante debe estar acreditado en Los Héroes como carga legal del trabajador afiliado a la fecha de la solicitud.
9.4. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para solicitar el beneficio para el primer semestre vence el último día hábil de junio y para el segundo semestre vence el último día hábil de diciembre, y debe presentar:
Certificado vigente de alumno regular, emitido por el establecimiento respectivo que acredite la matrícula de la carga legal en una carrera de Pre grado.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
10. ESTIMULO ESCOLAR ENSEÑANZA BÁSICA 1º a 6º BÁSICO PARA CARGA LEGAL.
10.1. Descripción del Beneficio.
El Estímulo de Enseñanza Media 1º a 6º básico consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar la capacidad de superación y el rendimiento escolar de aquellas cargas de trabajadores afiliados que sigan cursos regulares en la enseñanza básica en establecimientos del Estado o reconocidos por éste y que presenten un promedio de notas igual o superior a 6,6.
Su otorgamiento se efectuará previo proceso de postulación y selección, para validar el cumplimiento de los requisitos solicitados. Este beneficio será otorgado a todos los causantes que cumplan a cabalidad con ellos.
10.2. Monto del Beneficio.
El Estímulo Enseñanza Básica 1º a 6º Básico para Carga Legal, tendrá un monto único de
$ 12.000.- 10.3. Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
Estar acreditado como carga legal en Los Héroes, de un trabajador de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a ésta a la fecha de la solicitud del beneficio.
Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste que imparta enseñanza básica.
Para postular debe haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas de 6.6 para los cursos 1º a 6º básico. Promedio que corresponda al año escolar inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
10.4. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año siguiente a aquel en que se obtuvo el logro escolar.
Deberá adjuntarse un certificado original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique el promedio de notas en escala de 1 a 7, obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
11. ESTIMULO ESCOLAR ENSEÑANZA BÁSICA 7° Y 8° BASICO, PARA CARGA LEGAL.
11.1. Descripción del Beneficio.
El Estímulo de Enseñanza Básica 7º y 8º consistirá en una ayuda económica, cuyo objetivo es premiar la capacidad de superación y el rendimiento escolar de aquellas cargas familiares de trabajadores afiliados que hubieran cursado estudios regulares de enseñanza básica en establecimientos del Estado o reconocidos por éste durante el año académico anterior y hubieran obtenido una nota promedio igual o superior a la que se define más adelante en requisitos.
Para el otorgamiento de este beneficio, se definen 4 categorías relacionadas a rendimiento académico: Excelencia, Destacado, Distinguido y Tradicional. Las 3 primeras categorías poseen una cantidad de cupos limitados a nivel nacional y la última no tiene un cupo limitado de beneficios.
11.2. Procedimiento de asignación de beneficios:
1° Se asignarán los cupos por categoría, según promedios de los postulantes en orden descendente.
2° En caso de que se registre una cantidad de postulaciones de igual mérito, superior al número de cupos asignados a alguna categoría, se realizará un sorteo aleatorio para adjudicar los estímulos.
3° Las postulaciones no asignadas de acuerdo al sorteo de una categoría, automáticamente participarán en la siguiente categoría, primero, ordenadas por mérito y posteriormente, entrando al sorteo, si procede, y así sucesivamente.
4° Todos los postulantes que cumplan los requisitos y no resultaren adjudicados en razón de haberse agotado los cupos de las tres primeras categorías serán beneficiarios de la categoría tradicional.
11.3. Monto del Beneficio.
El beneficio Estímulo Enseñanza Básica 7º y 8º Básico, será otorgado de acuerdo a las siguientes categorías y cupos a nivel nacional y en función de los criterios de asignación anteriormente expuestos:
Categoría Cupos a nivel Nacional Monto Beneficio
Excelencia 5 $ 140.000
Destacado 10 $ 65.000
Distinguido 10 $ 45.000
Tradicional Todas las postulaciones $ 18.000
11.4. Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
Estar acreditado como carga legal en Los Héroes, de un trabajador de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a ésta a la fecha de la solicitud del beneficio.
Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste que imparta enseñanza media.
Para postular debe haber aprobado, como mínimo, con nota final promedio 6,6 en el año escolar inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
11.5. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año en que se postula.
Deberá adjuntarse un certificado original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique el promedio de notas en escala de 1 a 7, obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
12. ESTIMULO ESCOLAR ENSEÑANZA MEDIA 1º y 2° MEDIO, PARA CARGA LEGAL
12.1. Descripción del Beneficio.
El Estímulo de Enseñanza Media 1° y 2° Medio consistirá en una ayuda económica, cuyo objetivo es premiar la capacidad de superación y el rendimiento escolar de aquellas cargas familiares de trabajadores afiliados que hubieran cursado estudios regulares de enseñanza media en establecimientos del Estado o reconocidos por éste durante el año académico anterior y hubieran obtenido una nota promedio igual o superior a la que se define para postular a cada categoría que se indica más adelante.
Para el otorgamiento de este beneficio, se definen 4 categorías relacionadas a rendimiento académico: Excelencia, Destacado, Distinguido y Tradicional. Las 3 primeras categorías poseen una cantidad de cupos limitados a nivel nacional y la última no tiene un cupo limitado de beneficios.
12.2. Procedimiento de asignación de beneficios:
1° Se asignarán los cupos por categoría, según promedios de los postulantes en orden descendente.
2° En caso de que se registre una cantidad de postulaciones de igual mérito, superior al número de cupos asignados a alguna categoría, se realizará un sorteo aleatorio para adjudicar los estímulos.
3° Las postulaciones no asignadas de acuerdo al sorteo de una categoría, automáticamente participarán en la siguiente categoría, primero, ordenadas por mérito y posteriormente, entrando al sorteo, si procede, y así sucesivamente.
4° Todos los postulantes que cumplan los requisitos y no resultaren adjudicados en razón de haberse agotado los cupos de las tres primeras categorías serán beneficiarios de la categoría tradicional.
12.3. Monto del Beneficio.
El beneficio Estímulo Enseñanza Media 1° y 2° Medio, será otorgado de acuerdo a las siguientes categorías y cupos a nivel nacional y en función de los criterios de asignación anteriormente expuestos:
Categoría Cupos a nivel Nacional Monto Beneficio
Excelencia 5 $ 140.000
Destacado 10 $ 75.000
Distinguido 10 $ 55.000
Tradicional Todas las postulaciones $ 20.000
12.4. Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
Estar acreditado como carga legal en Los Héroes, de un trabajador de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a ésta a la fecha de la solicitud del beneficio.
Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste que imparta enseñanza media.
Para postular debe haber aprobado, como mínimo, con los promedios de notas antes definidos para los cursos 1° y 2° de Enseñanza Media; promedio que deberá corresponder al año escolar inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
12.5. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año en que se postula.
Deberá adjuntarse un certificado original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique el promedio de notas en escala de 1 a 7, obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
13. ESTIMULO ESCOLAR ENSEÑANZA MEDIA 3º y 4º MEDIO, PARA CARGA LEGAL
13.1. Descripción del Beneficio.
El Estímulo de Enseñanza Media 3º y 4º consistirá en una ayuda económica, cuyo objetivo es premiar la capacidad de superación y el rendimiento escolar de aquellas cargas familiares de trabajadores afiliados que hubieran cursado estudios regulares de enseñanza media en establecimientos del Estado o reconocidos por éste durante el año académico anterior y hubieran obtenido una nota promedio igual o superior a la que se define para postular a cada categoría que se indica más adelante.
Para el otorgamiento de este beneficio, se definen 4 categorías relacionadas a rendimiento académico: Excelencia, Destacado, Distinguido y Tradicional. Las 3 primeras categorías poseen una cantidad de cupos limitados a nivel nacional y la última no tiene un cupo limitado de beneficios.
13.2. Procedimiento de asignación de beneficios:
1° Se asignarán los cupos por categoría, según promedios de los postulantes en orden descendente.
2° En caso de que se registre una cantidad de postulaciones de igual mérito, superior al número de cupos asignados a alguna categoría, se realizará un sorteo aleatorio para adjudicar los estímulos.
3° Las postulaciones no asignadas de acuerdo al sorteo de una categoría, automáticamente participarán en la siguiente categoría, primero, ordenadas por mérito y posteriormente, entrando al sorteo, si procede, y así sucesivamente.
4° Todos los postulantes que cumplan los requisitos y no resultaren adjudicados en razón de haberse agotado los cupos de las tres primeras categorías serán beneficiarios de la categoría tradicional.
13.3. Monto del Beneficio.
El beneficio Estímulo Enseñanza Media 3º y 4º Medio, será otorgado de acuerdo a las siguientes categorías y cupos a nivel nacional y en función de los criterios de asignación anteriormente expuestos:
Categoría Cupos a nivel Nacional Monto Beneficio
Excelencia 5 $ 160.000
Destacado 10 $ 95.000
Distinguido 10 $ 60.000
Tradicional Todas las postulaciones $ 28.000
13.4. Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
Estar acreditado como carga legal en Los Héroes, de un trabajador de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a ésta a la fecha de la solicitud del beneficio.
Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste que imparta enseñanza media.
Para postular debe haber aprobado, como mínimo, con los promedios de notas antes definidos para los cursos 3º y 4º Medio; promedio que deberá corresponder al año escolar inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
13.5. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año en que se postula.
Deberá adjuntarse un certificado original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique el promedio de notas en escala de 1 a 7, obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
14. BECA DE ÚTILES ESCOLARES PARA ENSEÑANZA MEDIA CARGA LEGAL.
14.1. Descripción del Beneficio.
El beneficio Beca de útiles Escolares, consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar la capacidad de superación y el rendimiento escolar de aquellas cargas legales de trabajadores afiliados que hubieran cursado estudios regulares de enseñanza media entre 1° a 4°
Medio, en establecimientos del Estado o reconocidos por éste durante el año académico anterior y hubieran obtenido un promedio igual o superior a 6,8.-
Su otorgamiento se efectuará previo proceso de postulación y selección de las postulaciones presentadas que cumplan con los requisitos establecidos para estos efectos.
Se otorgarán 100 beneficios de Beca de útiles Escolares.
El procedimiento de asignación de beneficios:
1° Asignación de cupos de acuerdo a rendimiento académico, según promedio de notas en orden descendente
2° En caso de que se registre una cantidad de postulaciones de igual mérito, superior al número de cupos asignados, se realizará un sorteo aleatorio para adjudicar los beneficios.
14.2. Monto del Beneficio.
El beneficio Beca de útiles Escolares, tendrá un monto único de $ 30.000.-
14.3. Requisitos.
Para postular el beneficio será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Estar acreditado como carga legal en Los Héroes, de un trabajador de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a ésta a la fecha de la solicitud del beneficio.
Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste que imparta enseñanza media.
Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas 6,8 el año escolar de enseñanza media inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
14.4. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año en que se postule.
Deberá adjuntarse un certificado original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique el promedio de notas en escala de 1 a 7, obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo.
Promedio de notas para postulación al beneficio, igual o superior a 6,8.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
15. REEMBOLSO ESCOLAR ENSEÑANZA MEDIA DE GASTO EN ÚTILES ESCOLARES Y UNIFORMES
15.1. Descripción del Beneficio.
El beneficio Reembolso Escolar Enseñanza Media para Útiles Escolares y Uniformes, consistirá en una ayuda económica de monto único, que se otorgará a trabajadores afiliados por gastos escolares iguales o superiores al monto único establecido, realizados por sus cargas legales reconocidas, que durante el periodo académico respectivo cursen estudios regulares de enseñanza media en establecimientos del Estado o reconocidos por éste.
El beneficio consiste en una bonificación de la compra de útiles o uniformes escolares en establecimientos del ramo a nivel nacional, por un monto único que se indica más adelante, por carga legal vigente que curse estudios de enseñanza media.-
Se establece un total de 10.000 cupos a nivel nacional a los que se podrá postular entre el 01 de marzo y el 30 de abril del año en que se realice el gasto o hasta que se produzca el agotamiento del total de los cupos disponibles, si ello ocurriere antes del vencimiento del plazo.
El beneficio deberá solicitarse directamente en cualquier sucursal de Los Héroes, presentando los antecedentes requeridos y dentro de los plazos y condiciones estipulados para su otorgamiento. El pago de este beneficio será realizado de forma inmediata y en efectivo.
Este beneficio no es excluyente para la postulación a otras prestaciones correspondientes a Estímulos Escolares.
15.2. Monto del Beneficio.
El Reembolso Escolar Enseñanza Media de gasto en Útiles Escolares y Uniformes, por carga legal vigente en cursos de Enseñanza Media, tendrá un monto único de $ 10.000.-
15.3. Requisitos.
Para solicitar el beneficio será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Los causantes deben ser cargas legales reconocidas ante la CCAF Los Héroes.
El trabajador debe acreditar que el causante es alumno regular de Enseñanza Media para el periodo académico en curso, en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste.
Acreditar gastos realizados entre el 01 de Enero y el 30 de Abril del año en curso, relacionados a la compra de útiles o uniformes escolares del causante.
15.4. Documentación a Presentar.
Deberá presentarse certificado de alumno regular original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique que el causante es alumno regular para el año en curso, en el nivel de enseñanza media o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo.
Comprobantes de compra por un monto total de $10.000.- o más por carga legal.
Comprobantes originales de compra, de tipo tributario, que respalden gastos efectivos relacionados a compra de útiles o uniformes escolares realizados entre el 01 de Enero y el 30 de Abril del año en curso, con el correspondiente detalle de la compra.
Lista de útiles escolares solicitada por el establecimiento educacional para la carga por la que se solicita el beneficio.
En caso de que los gastos no sean presentados en original, por su presentación previa en alguna organización de bienestar, deberá presentar la correspondiente liquidación de beneficios que indique el monto bonificado previamente por el mismo gasto.
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
16. ESTIMULO PUNTAJE NACIONAL PSU
16.1. Descripción del Beneficio.
La Beca “Excelencia PSU”, consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar el rendimiento de los Puntajes Nacionales de la PSU de cargas familiares de trabajadores afiliados, que hayan rendido la prueba de selección única, durante el año anterior al de postulación.
Su otorgamiento se efectuará previo proceso de postulación y selección de las cargas de trabajadores que cumplan con los requisitos establecidos al efecto.
Este beneficio se otorgara a un máximo de 5 beneficiarios que cumplan los requisitos.
16.2. Procedimiento de asignación de beneficios:
Las postulaciones se ordenarán en forma descendente en función del puntaje de cada postulante y, en caso de que se registre una cantidad de postulaciones de igual mérito, superior al número de cupos asignados, se realizará un sorteo aleatorio para adjudicar los estímulos.
16.3. Monto del Beneficio.
El estímulo de “Excelencia PSU”, tendrá un monto único de $ 250.000.-
16.4. Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
El solicitante debe ser trabajador de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a ésta a la fecha de la solicitud del beneficio.
El causante debe tener la condición de carga legal del trabajador solicitante a la fecha de solicitud del beneficio.
Haber rendido prueba de selección única en el año anterior al de la postulación.
Haber obtenido Puntaje Nacional, equivalente a 850 puntos, en cualquiera de las pruebas PSU rendidas en el año anterior según información publicada por el DEMRE.
16.5. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año en que se presente la postulación.
Presentar Certificado del Consejo de Rectores o del Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional (DEMRE), que acredite la condición de haber obtenido Puntaje Nacional, en original o copia legalizada en su reemplazo
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
17. ESTÍMULO EDUCACIÓN CENTRO DE FORMACION TÉCNICA TRABAJADOR.
17.1. Descripción del Beneficio.
El estímulo de “Educación Centro de Formación Técnica para Trabajadores”, consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar el rendimiento de Trabajadores afiliados que en calidad de alumnos sigan cursos regulares de Pregrado en Centros de Formación Técnica pertenecientes al Estado o reconocidos y acreditados por éste, de una duración curricular no inferior a cuatro semestres.
Beneficio de carácter postulable, por lo cual su otorgamiento se efectuará previo proceso de selección entre las postulaciones presentadas que cumplan con los requisitos establecidos.
Para el otorgamiento de este beneficio, se definen 2 categorías relacionadas al rendimiento académico: Destacado y Tradicional. Cada categoría posee un monto único de beneficio y una cantidad de cupos limitados a nivel nacional.
17.2. Procedimiento de asignación de beneficios:
1° La asignación de cupos por categoría se realizará según promedio de notas ordenados en forma descendente.
2° Si el número de postulantes fuere mayor al número de beneficios definido para esta prestación y varias postulaciones registraren igualdad de mérito, la asignación de los cupos restantes será definida aplicando un sorteo aleatorio entre aquellos postulantes empatados.
17.3. Monto del Beneficio.
El estímulo de “Educación Centro de Formación Técnica para Trabajadores, será otorgado de acuerdo a las siguientes 2 categorías y cupos a nivel nacional y en función de los criterios de asignación anteriormente expuestos:
Categoría Cupos a nivel Nacional Monto Beneficio
Destacado 5 $ 150.000
Tradicional 5 $ 60.000
17.4. Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
Que el postulante sea trabajador activo de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes, a la fecha de solicitar el beneficio.
Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido y acreditado por éste.
Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas de 6,0 los cursos correspondientes al año de la carrera cursado el año académico inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
Los cursos aprobados deben corresponder a los ramos contenidos en la malla curricular de la carrera, para el año de postulación.
17.5. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año en que se presente la postulación.
Deberá adjuntarse un certificado original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique el promedio de notas en escala de 1 a 7, obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo.
El certificado de notas de postulación al beneficio para el año académico anterior debe ser igual o superior a 6,0.-
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
18. ESTÍMULO EDUCACIÓN EN CENTRO DE FORMACION TÉCNICA CARGAS LEGALES
18.1. Descripción del Beneficio.
El beneficio “Estímulo Educación Centro de Formación Técnica para Cargas legales”, consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar el rendimiento de los mejores alumnos, reconocidos como carga legal de trabajadores afiliados, que sigan cursos regulares de Pregrado en Centros de Formación Técnica en establecimientos pertenecientes al Estado o reconocidos y acreditados por éste, de una duración curricular no inferior a cuatro semestres.
Beneficio de carácter postulable, por lo cual su otorgamiento se efectuará previo proceso de selección entre las postulaciones presentadas que cumplan con los requisitos establecidos.
Para el otorgamiento de este beneficio, se definen 2 categorías relacionadas al rendimiento académico: Destacado y Tradicional. Cada categoría posee un monto único de beneficio y una cantidad de cupos limitados a nivel nacional.
18.2. Procedimiento de asignación de beneficios:
1° La asignación de cupos por categoría se realizará según promedio de notas ordenados en forma descendente.
2° Si el número de postulantes fuere mayor al número de beneficios definido para esta prestación y varias postulaciones registraren igualdad de mérito, la asignación de los cupos restantes será definida aplicando un sorteo aleatorio entre aquellos postulantes empatados.
18.3. Monto del Beneficio.
El estímulo de “Educación Centro de Formación Técnica Cargas Legales, será otorgado de acuerdo a las siguientes 2 categorías y cupos a nivel nacional y en función de los criterios de asignación anteriormente expuestos:
Categoría Cupos a nivel Nacional Monto Beneficio
Destacado 5 $ 150.000
Tradicional 5 $ 55.000
18.4. Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
Que el postulante sea carga familiar de un trabajador activo de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes, a la fecha de solicitar el beneficio.
Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido y acreditado por éste.
Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas de 6,0 los cursos correspondientes al año de la carrera cursado el año académico inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
Los cursos aprobados deben corresponder a los ramos contenidos en la malla curricular de la carrera, para el año de postulación.
18.5. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año en que se presente la postulación.
Deberá adjuntarse un certificado original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique el promedio de notas en escala de 1 a 7, obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo.
El certificado de notas de postulación al beneficio para el año académico anterior debe ser igual o superior a 6,0.-
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
19. ESTÍMULO EDUCACIÓN EN INSTITUTO PROFESIONAL TRABAJADOR.
19.1. Descripción del Beneficio.
El beneficio “Estímulo Educación en Instituto Profesional para Trabajadores”, consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar el rendimiento de los trabajadores afiliados que, en calidad de alumnos sigan cursos regulares de Pregrado en Institutos Profesionales reconocidos por el Estado o acreditados por éste, de una duración curricular no inferior a cuatro semestres.
Beneficio de carácter postulable, por lo cual su otorgamiento se efectuará previo proceso de selección entre las postulaciones presentadas que cumplan con los requisitos establecidos.
Para el otorgamiento de este beneficio, se definen 2 categorías relacionadas al rendimiento académico: Destacado y Tradicional. Cada categoría posee un monto único de beneficio y una cantidad de cupos limitados a nivel nacional.
19.2. Procedimiento de asignación de beneficios:
1° La asignación de cupos por categoría se realizará según promedio de notas ordenados en forma descendente.
2° Si el número de postulantes fuere mayor al número de beneficios definido para esta prestación y varias postulaciones registraren igualdad de mérito, la asignación de los cupos restantes será definida aplicando un sorteo aleatorio entre aquellos postulantes empatados.
19.3. Monto del Beneficio.
El estímulo de “Educación Instituto Profesional Trabajador”, será otorgado de acuerdo a las siguientes 2 categorías y cupos a nivel nacional y en función de los criterios de asignación anteriormente expuestos:
Categoría Cupos a nivel Nacional Monto Beneficio
Destacado 5 $ 170.000
Tradicional 6 $ 60.000
19.4. Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
Que el postulante sea trabajador activo de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes, a la fecha de solicitar el beneficio.
Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido y acreditado por éste.
Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas de 6,0 los cursos correspondientes al año de la carrera cursado el año académico inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
Los cursos aprobados deben corresponder a los ramos contenidos en la malla curricular de la carrera, para el año de postulación.
19.5. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año en que se presente la postulación.
Deberá adjuntarse un certificado original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique el promedio de notas en escala de 1 a 7, obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo.
El certificado de notas de postulación al beneficio para el año académico anterior debe ser igual o superior a 6,0.-
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
20. ESTIMULO EDUCACION EN INSTITUTO PROFESIONAL PARA CARGAS LEGALES
20.1. Descripción del Beneficio.
El beneficio “Estímulo Educación en Instituto Profesional para Cargas legales”, consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar el rendimiento de los mejores alumnos, reconocidos como carga legal de trabajadores afiliados, que sigan cursos regulares de Pregrado en Institutos Profesionales en establecimientos pertenecientes al Estado o reconocidos y acreditados por éste, de una duración curricular no inferior a cuatro semestres.
Beneficio de carácter postulable, por lo cual su otorgamiento se efectuará previo proceso de selección entre las postulaciones presentadas que cumplan con los requisitos establecidos.
Para el otorgamiento de este beneficio, se definen 2 categorías relacionadas al rendimiento académico: Destacado y Tradicional. Cada categoría posee un monto único de beneficio y una cantidad de cupos limitados a nivel nacional.
20.2. Procedimiento de asignación de beneficios:
1° La asignación de cupos por categoría se realizará según promedio de notas ordenados en forma descendente.
2° Si el número de postulantes fuere mayor al número de beneficios definido para esta prestación y varias postulaciones registraren igualdad de mérito, la asignación de los cupos restantes será definida aplicando un sorteo aleatorio entre aquellos postulantes empatados.
20.3. Monto del Beneficio.
El estímulo de “Educación Instituto Profesional para cargas familiares”, será otorgado de acuerdo a las siguientes 2 categorías y cupos a nivel nacional y en función de los criterios de asignación anteriormente expuestos:
Categoría Cupos a nivel Nacional Monto Beneficio
Destacado 5 $ 170.000
Tradicional 6 $ 60.000
20.4. Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
Que el postulante sea carga familiar legal de trabajador activo de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes, a la fecha de solicitar el beneficio.
Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido y acreditado por éste.
Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas de 6,0 los cursos correspondientes al año de la carrera cursado el año académico inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
Los cursos aprobados deben corresponder a los ramos contenidos en la malla curricular de la carrera, para el año de postulación.
20.5. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año en que se presente la postulación.
Deberá adjuntarse un certificado original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique el promedio de notas en escala de 1 a 7, obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo.
El certificado de notas de postulación al beneficio para el año académico anterior debe ser igual o superior a 6,0.-
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.
21. ESTÍMULOS EDUCACIÓN UNIVERSITARIA TRABAJADOR.
21.1. Descripción del Beneficio.
El estímulo de “Educación Universitaria para Trabajadores”, consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar el rendimiento de los mejores trabajadores afiliados que en calidad de alumnos sigan cursos regulares de Pregrado en Universidades pertenecientes al Estado o reconocidos y acreditadas por éste en alguna carrera cuya duración curricular no sea inferior a ocho semestres.
Beneficio de carácter postulable, por lo cual su otorgamiento se efectuará previo proceso de selección entre las postulaciones presentadas que cumplan con los requisitos establecidos.
21.2. Procedimiento de asignación de beneficios:
1° La asignación de cupos por categoría se realizará según promedio de notas ordenados en forma descendente.
2° Si el número de postulantes fuere mayor al número de beneficios definido para esta prestación y varias postulaciones registraren igualdad de mérito, la asignación de los cupos restantes será definida aplicando un sorteo aleatorio entre aquellos postulantes empatados.
21.3. Monto del Beneficio.
El estímulo de “Educación Universitaria Trabajadores”, será otorgado de acuerdo a las siguientes 2 categorías y cupos a nivel nacional y en función de los criterios de asignación anteriormente expuestos:
Categoría Cupos a nivel Nacional Monto Beneficio
Destacado 5 $ 190.000
Tradicional 8 $ 60.000
21.4. Requisitos.
Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos:
Que el postulante sea trabajador activo de una empresa, entidad empleadora del sector público, municipalidad o corporación municipal adherente a Los Héroes, a la fecha de solicitar el beneficio.
Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido y acreditado por éste.
Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas de 6,0 los cursos correspondientes al año de la carrera cursado el año académico inmediatamente anterior a aquél de su postulación.
Los cursos aprobados deben corresponder a los ramos contenidos en la malla curricular de la carrera, para el año de postulación.
21.5. Plazo y Documentación a Presentar.
El plazo para postular al beneficio comienza el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año en que se presente la postulación.
Deberá adjuntarse un certificado original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique el promedio de notas en escala de 1 a 7, obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo.
El certificado de notas de postulación al beneficio para el año académico anterior debe ser igual o superior a 6,0.-
Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por representante autorizado y firma trabajador.
Presentar cédula de identidad vigente del afiliado titular.