Nombre de la EMPRESA “CLICK NARANJA” Y LA UP HUATUSCO CONVENIO 2016
VERSION PÚBLICA
CONVENIO DE COLABORACIÓN Y CONCERTACIÓN EN MATERIA DE EDUCACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES, ESTANCIAS Y ESTADIAS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA, DENOMINADA “CLICK NARANJA.” Y POR LA OTRA LA INSTITUCIÓN DENOMINADA “UNIVERSIDAD POLITECNICA DE HUATUSCO”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S Declara “LA EMPRESA” por conducto de su representante:
a) Que su representada es una sociedad mercantil debidamente constituida de acuerdo a las leyes de la República Mexicana, según consta en la cédula de identificación fiscal número 14120610585 de fecha 28 de abril de 2016.
b) La capacidad legal para suscribir el presente Convenio recae en el C. GUSTAVO DELGADO TERRONES, en su carácter de Representante Legal
c) Que su domicilio social y fiscal se encuentra establecido en Av. 3 # 428, Col. Centro, Córdoba, Ver.
d) Que su objeto social es la comercialización de Software Contable y Administrativo, actividad que realiza en el domicilio señalado en el inciso anterior.
e) Que es voluntad de su representada acceder a la petición de “LA POLITÉCNICA”
consistente en permitir dentro de sus instalaciones, la estancia y estadía temporal de “EL ESTUDIANTE” para efectuar prácticas que permitan la vinculación y su desarrollo en los procesos productivos.
DECLARA “LA POLITÉCNICA” por conducto de su Rector:
a) Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Veracruz, con personalidad jurídica y patrimonio propio integrada al Subsistema de Universidades Tecnológicas y Politécnicas, adoptando el modelo pedagógico y los sistemas educativos que señale la Coordinación de Universidades Tecnológicas y Politécnicas y la Secretaría de Educación de Veracruz, así como por lo establecido en el decreto de creación publicado el día 22 de agosto del año 2008, en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual se crea la Universidad Politécnica de Huatusco.
b) Dentro de su objetivo y finalidad, establecidas en el decreto por el cual se crea la Universidad Politécnica de Huatusco, se encuentra entre otros de impartir educación superior en los niveles de Licenciatura, Especialización Tecnológica y otros Estudios de Postgrado, así como cursos de actualización en sus diversas modalidades, para
preparar profesionales con una sólida formación científica, tecnológica y en valores cívicos y éticos, para el desarrollo económico y social de la región, del Estado y de la Nación.
c) Para la realización de sus objetivos la Universidad tiene la facultad de promover y suscribir convenios con organizaciones e instituciones de los diversos sectores social, público y privado tanto nacionales como extranjeras, para el intercambio y cooperación en programas y proyectos académicos de beneficio institucional.
d) La capacidad legal para suscribir el presente Convenio recae en el DR. EDUARDO CARREÓN MUÑOZ, en su carácter de Representante Legal y Rector, según consta en el nombramiento expedido el 26 de noviembre de 2015, por el Dr. Javier Duarte de Ochoa, Gobernador Constitucional del Estado libre y soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, conforme al artículo 27 y 30 del Decreto la Legislatura Local: folio 1427 publicado en la Gaceta Oficial de Estado de Veracruz, el día viernes 22 de agosto de 2008, mediante el cual se crea la Universidad Politécnica de Huatusco.
e) Señala como domicilio para efectos del presente Convenio, el ubicado en calle 9 sur s/n, entre avenidas 7 y 9, Colonia Centro, C.P 94100, Huatusco de Chicuellar, Veracruz.
Declaran “LA EMPRESA” y “LA POLITÉCNICA”, en lo sucesivo “LAS PARTES”, por conducto de sus representantes:
a) Que en este acto se reconocen recíprocamente la personalidad con la que actúan para todos los efectos legales a que haya lugar.
b) Que para la ejecución del presente convenio, designan como partes de dicha vinculación, de parte de “LA POLITÉCNICA” al área de Vinculación y de parte de “LA EMPRESA” será el área de Reclutamiento y Selección de Personal indistintamente señalada como el área de Recursos Humanos.
c) Que es su voluntad coadyuvar en el desarrollo profesional de “EL ESTUDIANTE” con la finalidad de que complementen su educación terminal con la realización de prácticas profesionales en proyectos específicos previamente determinados y con el ánimo de que en un futuro se incorporen al mercado laboral con mayores oportunidades, desarrollando su potencial intelectual con una visión de liderazgo y mejora continua, aspectos que motivan a sujetarse al cumplimiento de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.-OBJETO.- El presente convenio de colaboración tiene por objeto establecer las bases conforme a las cuales las partes concertan (proyectos, programas, estudios, trabajos investigaciones etc.), a fin de estimular la realización de la Estancia y/o Estadía profesional de “EL ESTUDIANTE”, en las instalaciones de “LA EMPRESA”, aspecto en el cual “LA POLITÉCNICA”
coadyuvará mediante el desarrollo y elevación del nivel de competencias profesionales de quien participa en las estancias y/o estadías.
SEGUNDA.- CONVENIOS ESPECÍFICOS.
Para el desarrollo de las actividades señaladas en la cláusula anterior y demás que deriven del presente instrumento, las partes podrán formalizar Convenios Específicos de Colaboración en los
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que se definirá a detalle las acciones que se pretendan llevar a cabo y el alcance de los compromisos que tendrá cada una de las partes, así como el financiamiento, responsables y calendario de trabajo; dichos documentos se sujetarán a lo previsto por el presente instrumento.
TERCERA.- PROCESO.- “LA POLITÉCNICA” elaborará en papel con membrete de la Institución y firmas autorizadas, una carta de presentación de “EL ESTUDIANTE”, documento que recibirá de conformidad “LA EMPRESA” con el debido acuse de recibo y su entrega será el inicio del proceso de elegibilidad de su incorporación en un proyecto específico previamente diseñado por las partes del presente convenio.
“LA EMPRESA” formará un expediente personal de “EL ESTUDIANTE” residente y en él se integrarán los resultados de las entrevistas con los responsables del área sujeta al proyecto específico de Estancias y Estadías, la evaluación médica y los documentos justificantes del aprovechamiento general de “EL ESTUDIANTE” que preferentemente deberán mostrar las asignaturas que ha cursado a fin de que se integre su perfil al proyecto que resulte más satisfactorio en su desarrollo profesional.
CUARTA.- PROYECTO.- A más tardar en la primera semana siguiente al inicio de la Estadía, “EL ESTUDIANTE” deberá entregar al área de Recursos Humanos de “LA EMPRESA”, para su aprobación, una propuesta de Proyecto Específico validado previamente por “LA UNIVERSIDAD”
y su ejecución deberá realizarse en el tiempo programado de estancia y/o estadía.
QUINTA.- SEGURIDAD E HIGIENE.- “LA POLITÉCNICA” manifiesta que está enterada de las normas de conducta y de seguridad e higiene establecidos por “LA EMPRESA”, las cuales se aplican obligatoriamente a toda persona que ingresa a su planta industrial, ya que éstas se ajustan a las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo, Normas Oficiales Mexicanas reguladas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Salud. Por lo anterior,
“LA POLITÉCNICA” se obliga a invitar a “EL ESTUDIANTE” a seguir una línea de disciplina y obediencia de los ordenamientos que les imponga “LA EMPRESA”, ya que su diseño esta dirigido a cuidar su integridad física dentro de la planta.
SEXTA.-SEGURIDAD SOCIAL.-“LA POLITÉCNICA” se obliga a incorporar al “ESTUDIANTE”
seguro facultativo del IMSS y/o a contratar un seguro contra accidentes para “EL ESTUDIANTE”
que realiza Estancias y Estadías en “LA EMPRESA”, a fin de que pueda acceder a la atención médica en los hospitales adscritos a la aseguradora, siendo condición limitante del ingreso de “EL ESTUDIANTE”, el acreditamiento previo de esta circunstancia. Las erogaciones realizadas por la incorporación de “EL ESTUDIANTE” a la aseguradora serán absorbidas por “LA POLITÉCNICA”.
SEPTIMA.- RELACIÓN LABORAL.- Tomando en consideración que el objetivo primordial de este convenio es elevar el nivel de competencias profesionales y la vinculación de “EL ESTUDIANTE”
al sector productivo, resulta necesario establecer que entre “LA EMPRESA” y “EL ESTUDIANTE”
existirá una relación extensiva de formación académica con base en el presente convenio de cooperación para la formación y educación, y por ningún motivo se considerará que existe relación de trabajo entre “EL ESTUDIANTE” y “LA EMPRESA”, razón por la cual “LA POLITÉCNICA” la libera de toda responsabilidad cualquiera que fuere la naturaleza de la reclamación; así mismo el ESTUDIANTE acepta y se compromete a responder civilmente ante la EMPRESA y terceros por los daños y prejuicios que llegara a originar durante su estancia y/o estadía en la EMPRESA con motivo de sus prácticas profesionales.
En ningún caso y bajo ningún supuesto se podrá considerar a “LA EMPRESA” como patrón directo, substituto, solidario e intermediario de “EL ESTUDIANTE” que participa en el programa de Estancia y/o Estadía, por lo que “LA POLITÉCNICA” reconoce que ésta no tiene ninguna responsabilidad laboral, independientemente de la relación que ésta tenga con “EL
ESTUDIANTE”, obligándose a sacar en paz y salvo a “LA EMPRESA” de cualquier reclamación, demanda o conflicto que surja por este concepto.
OCTAVA.- ASESORES.- “LA EMPRESA” se compromete a coordinar internamente la asignación de un Asesor que preferentemente será jefe del departamento que recibirá a “EL ESTUDIANTE”
residente, quien tendrá la responsabilidad de dar seguimiento, vigilancia y evaluación del cumplimiento de los proyectos específicos en los que se incorpore “EL ESTUDIANTE”.
“LA POLITÉCNICA” se compromete a designar un Asesor que en todo momento estará en contacto directo con el área de Recursos Humanos de “LA EMPRESA” y tendrán la responsabilidad de acatar las directrices derivados del presente convenio, vigilar que se efectúen los trámites de manera correcta y supervisar que los propósitos de la Estancia y/o Estadía se cumplan de manera íntegra.
NOVENA.- DURACIÓN.- “LAS PARTES” establecen que la Estancia y Estadía de “EL ESTUDIANTE” tendrá una duración para Estadía: de 600 horas, o el equivalente a cuatro meses;
y en el caso de la Estancia: 210 horas para alumnos de la Ingeniería en Biotecnología y 120 horas para alumnos de la Licenciatura en Administración y Gestión de Pymes, Licenciatura en Terapia Física, e Ingeniería en Agroindustrial o el equivalente a un mes calendario. El tiempo que “EL ESTUDIANTE” residente designe para la realización de los proyectos que le sean asignados, deberán ajustarse a la naturaleza del proyecto, las necesidades de su atención y las demás consideraciones que de común acuerdo sean establecidas por el Asesor responsable del proyecto y “EL ESTUDIANTE”. Todas las consideraciones establecidas en la ejecución de los proyectos, se harán del conocimiento del área de Recursos Humanos de la “EMPRESA” y se evaluarán al término de la Estancia y/o Estadía profesional.
DECIMA.- EVALUACIÓN.- “LA EMPRESA” a través del área de Recursos Humanos tendrá el control de la (Estancia y/o Estadía) de “EL ESTUDIANTE” y recopilará todos los elementos de evaluación que se hayan levantado durante el desempeño del proyecto específico, los cuales serán proporcionados por el Asesor responsable de “EL ESTUDIANTE” en planta, conjuntamente con las evaluaciones realizadas de manera parcial y final, investigaciones, aportaciones de “EL ESTUDIANTE”, así como las apreciaciones personales recogidas por cada Asesor responsable.
Al final de la (estancia-estadía), el área de Recursos Humanos de “LA EMPRESA” entregará a “EL ESTUDIANTE” una carta de liberación dirigida a “LA POLITÉCNICA” en la que se mencione la conclusión de las prácticas profesionales, misma que surtirá los efectos conducentes entre “LA POLITÉCNICA” y “EL ESTUDIANTE” sujetos del presente convenio de colaboración académica.
DÉCIMA PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD.- “LA POLITÉCNICA” se obliga a establecer directamente con “EL ESTUDIANTE” participante de Estancia-Estadías, un control relativo a la
“Información Confidencial” que llegue a ser del conocimiento de “EL ESTUDIANTE” y tomará las medidas necesarias para que dicha información no sea diseminada, divulgada, publicada o de cualquier otra manera se haga del conocimiento de terceros.
Para efectos de la presente cláusula, “LAS PARTES” establecen que será Información Confidencial, cualquier información, incluyendo de manera enunciativa y no limitativa, toda la información relacionada con los productos fabricados y/o comercializados por “LA EMPRESA”, sus accionistas, subsidiarias y/o sociedades relacionadas o con las actividades comerciales presentes y futuras de “LA EMPRESA”, sus accionistas, subsidiarias y/o sociedades relacionadas, toda la información, documentación, información técnica y financiera, estados financieros, productos, diseños, software, servicios, empleados, clientes, desarrollos, invenciones, diseños, contabilidad, mercadotecnia, información, métodos y políticas de comercialización y ventas, precios, avalúos, datos, información de mercado, estadísticas, métodos, programas, políticas y
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prácticas comerciales incluyendo de venta, promoción y publicidad, pronósticos y planes financieros y de negocios, información con respecto a instalaciones, inmuebles y equipos, incluyendo los sistemas y programas de software de los equipos que “LA EMPRESA” le suministre a “EL ESTUDIANTE” durante la ejecución de su Estancia y/o Estadía, trámites ante cualesquiera autoridades, así como fórmulas, planos, dibujos, proyectos y especificaciones técnicas, incluyendo know-how, a la que tenga acceso o reciban de “LA EMPRESA” en cualquier tiempo, con motivo del cumplimiento del “PROYECTO”. Así mismo el ESTUDIANTE se compromete a guardar confidencialidad y no publicar o divulgar a terceras personas en ningún tiempo, ningún dato que haya sido revelado de manera directa y que se considere confidencial.
DÉCIMA SEGUNDA.- DERECHOS DE AUTOR.- “LAS PARTES” establecen de común acuerdo que La titularidad de los derechos de autor en su aspecto patrimonial, corresponderá a la parte cuyo personal haya realizado el trabajo que sea objeto de publicación, dándole el reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo.
DÉCIMA TERCERA.- VIGENCIA.- “LAS PARTES” acuerdan que la vigencia del presente Convenio será de cuatro años, contados a partir de la fecha de su firma; prorrogable previa evaluación de los resultados obtenidos y mediante acuerdo por escrito entre las Partes.
DÉCIMA CUARTA.- CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN.- “LAS PARTES” manifiestan que en la celebración del presente convenio, no existe dolo, violencia o mala fe, por lo que en caso de que se presente alguna controversia derivada de su interpretación, ejecución y cumplimiento del mismo, será resuelto de común acuerdo.
Leído que fue por las partes el presente convenio, se firma a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil dieciséis.
FIRMAS