NORMAS LEGALES
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FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
Lima, sábado 28 de enero de 2012
459951
INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 032-2012-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Agricultura a Ecuador y encargan su Despacho a la Ministra de
Desarrollo e Inclusión Social 459954
AGRICULTURA
R.M. N° 0023-2012-AG.- Designan Asesor de la Alta Dirección
del Ministerio 459954
R.J. N° 030-2012-ANA.- Encargan funciones de las Administraciones Locales de Agua de Bajo Apurímac - Pampas y de Huari 459954
AMBIENTE
R.M. N° 017-2012-MINAM.- Designan representantes del Ministerio ante la Comisión de Supervisión Multisectorial creada
mediante R.S. N° 081-2010-PCM 459955
R.M. N° 018-2012-MINAM.- Aprueban Directiva para fortalecer el desempeño de la gestión ambiental sectorial 459955 Res. N° 0021-SENAMHI-PREJ-OGA-OPE/2012.- Aceptan renuncia de Asesor Hidrometeorológico del Presidente Ejecutivo del
SENAMHI 459958
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RR. N°s. 05, 06 y 07-2012-PROMPERU/PCD.- Autorizan viajes de representantes de PROMPERÚ a los Países Bajos, Alemania y Brasil, en comisión de servicios 459959
DEFENSA
R.S. N° 030-2012-DE/MGP.- Autorizan viaje de Personal Naval a los EE.UU. en comisión de servicios 459960 R.S. N° 031-2012-DE/.- Autorizan viaje del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas a Ecuador, en comisión de servicios 459962 R.S. N° 032-2012-DE/MGP.- Autorizan viaje de o¿ ciales de la Marina de Guerra a Ecuador, en Comisión de Servicios 459963 R.S. N° 033-2012-DE/FAP.- Autorizan viaje de o¿ ciales de la Fuerza Aérea del Perú a Ecuador, en comisión de servicios 459964
EDUCACION
R.M. N° 0044-2012-ED.- Disponen que por única vez, niños y niñas que tuvieron matrícula irregular por motivo de edad durante el año 2011, en las aulas de 3, 4 y 5 años, puedan continuar progresivamente sus estudios en el aula o grado correspondiente 459965
R.M. N° 0045-2012-ED.- Aprueban “Normas para la gestión del proceso de distribución de recursos y materiales educativos para las instituciones, programas educativos públicos y Centros de Recursos”
459965 ENERGIA Y MINAS
R.M. N° 025-2012-MEM/DM.- Establecen conformación de la Comisión Especial constituida mediante R.M. N° 493-2011-MEM/DM 459966 R.M. N° 027-2012-MEM/DM.- Aprueban transferencia a título gratuito de bienes que conforman diversos proyectos a favor de
Hidrandina S.A. 459966
R.M. N° 028-2012-MEM/DM.- Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de la empresa Minera Santa Elisa S.A.C. durante la fase de exploración 459968
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS R.M. N° 0029-2012-JUS.- Cancelan título de Notario del distrito de Chivay, provincia de Caylloma, departamento y distrito notarial de Arequipa, por causal de fallecimiento 459969
MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
R.M. N° 006-2012-MIMP.- Designan Jefa de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia
Familiar y Sexual - PNCVFS 459970
R.M. N° 007-2012-MIMP.- Designan Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial 459970 R.M. N° 008-2012-MIMP.- Designan Jefa de Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia
Familiar y Sexual - PNCVFS 459970
R.M. N° 009-2012-MIMP.- Designan representante de la Ministra ante el Consejo Directivo de la Agencia Peruana de Cooperación
Internacional - APCI 459971
PRODUCE
R.D. N° 708-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan autorización de incremento de À ota a Pesquera Isa S.R.L para el reacondicionamiento
de embarcación 459971
R.D. N° 711-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban incorporación de¿ nitiva de PMCE de embarcaciones pesqueras a favor
de Pesquera Exalmar S.A.A. 459972
R.D. N° 712-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan licencia a Daewon Susan E.I.R.L. para la operación de planta de congelado de productos hidrobiológicos ubicada en el departamento de Piura 459975
Sumario
Año XXIX - Nº 11698
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 28 de enero de 2012459952
R.D. N° 713-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pesquera de madera a favor de personas naturales 459975 R.D. N° 714-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan a Negocios Industriales Real S.A. permiso de pesca para operar embarcación de
cerco de bandera ecuatoriana 459978
R.D. N° 715-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan a Productora Andina de Congelados S.R.L. autorización para incrementar planta de congelado en la provincia de Sullana, departamento de Piura 459979 R.D. N° 716-2011-PRODUCE/DGEPP.- Modi¿ can licencia de operación otorgada a Tecnológica de Alimentos S.A. por innovación
tecnológica 459980
R.D. N° 717-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan a Pluspetrol Peru Corporation S.A. autorización para realizar investigación pesquera con o sin extracción de especímenes hidrobiológicos sin
valor comercial 459981
R.D. N° 719-2011-PRODUCE/DGEPP.- Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de embarcación solicitado por MERBAC S.A.C. 459982
RELACIONES EXTERIORES
R.M. N° 0098/RE-2012.- Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Ecuador, en comisión de servicios 459982
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO R.M. N° 032-2012-TR.- Aprueban el “Plan de Acción para la Implementación del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - Año 2012” 459983
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. N° 029-2012-MTC/03.- Otorgan a Radiocable E.I.R.L.
concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la
República 459984
RR.MM. N°s. 030 y 031-2012-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Canadá, El Salvador, Chile y los EE.UU., en comisión de servicios 459985 RR.MM. N°s. 032, 033 y 034-2012-MTC/02.- Aprueban valuaciones comerciales de predios ubicados en los departamentos de
Cusco, Ayacucho y Amazonas 459987
R.VM. N° 033-2012-MTC/03.- Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en la localidad de Curahuasi, departamento de
Apurímac 459989
R.D. N° 5019-2011-MTC/15.- Autorizan a la empresa Escuela Peruana de Conductores S.A. a impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir clase A categoría I 459990 R.D. N° 100-2012-MTC/28.- Declaran que autorizaciones para prestación del servicio de radiodifusión sonora en FM en la localidad de Máncora, se otorgarán mediante concurso público 459991 R.D. N° 207-2012-MTC/15.- Autorizan a la empresa Grupo Tecnológico Automotriz S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar línea de inspección técnica vehicular tipo mixta 459991 R.D. N° 208-2012-MTC/15.- Autorizan a ALPAMT S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales de postulantes a licencia de conducir de la clase A categoría II y III y clase B categoría
II-c 459992
ORGANISMOS EJECUTORES
ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
R.J. N° 026-2012-AGN/J.- Encargan funciones de Jefe del Órgano de Control Institucional del Archivo General de la Nación 459994
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. N° 016-2012-OS/CD.- Aprueban Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados, así como el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al período febrero - abril 2012 459994 Res. N° 017-2012-OS/CD.- Disponen publicación del Informe Técnico N° 001-2012-GART “Procedimiento de Regulación de Importes Máximos de Corte y Reconexión del Servicio Público de Electricidad para el periodo septiembre 2011 - agosto 2015” 459996
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL RR. N°s. 022, 023, 024, 025 y 026-2012-SERVIR-PE.- Aprueban cargos de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos en diversas entidades 459996
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Res. N° 022-2012-SUNARP/SA.- Aprueban el Reglamento de Inscripciones de los Registros de Buques, de Embarcaciones
Pesqueras y de Naves 459998
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Res. N° 002-2012-SMV/01.- Prorrogan plazo previsto en el literal b) de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus
Sociedades Administradoras 459999
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. N° 026-2012/SUNAT/A.- Aprueban el Procedimiento Especí¿ co
“Resoluciones Anticipadas Relacionadas con la aplicación de Criterios de Valoración Aduanera de Mercancías” INTA-PE.00.14 (Versión 1) 460000 Res. N° 027-2012/SUNAT/A.- Aprueban el Procedimiento Especí¿ co “Resoluciones Anticipadas sobre aplicación de cuotas”
INTA-PE.00.16 (Versión 1) 460002
ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Acuerdo N° 001-2012/003-FONAFE.- Acuerdos adoptados sobre Directores de Empresas en las que FONAFE participa como
accionista 460005
Acuerdo N° 001-2012/003-FONAFE.- Acuerdos adoptados sobre Directores de Empresas en las que FONAFE participa como
accionista 460005
Acuerdo N° 001-2012/003-FONAFE.- Acuerdos adoptados sobre Directores de Empresas en las que FONAFE participa como
accionista 460005
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. N° 256-2011-CE-PJ.- Modi¿ can lo previsto en la Res. Adm. N° 299-2009-CE-PJ, sobre veri¿ cación de habilitación de
abogados patrocinantes 460005
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 28 de enero de 2012
459953
Res. Adm. N° 003-2012-CE-PJ.- Aprueban el Reglamento del Registro Nacional Judicial - RENAJU 460006 Res. Adm. N° 010-2012-CE-PJ.- Aprueban establecimiento de Metas de Causas Resueltas en forma de¿ nitiva por parte de las Salas de la Corte Suprema de Justicia y de Resolución de Expedientes en Trámite y Ejecución de los órganos jurisdiccionales de los Distritos
Judiciales para el año 2012 460006
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. N° 086-2012-P-CSJL/PJ.- Precisan vigencia de designación de integrante de la O¿ cina Desconcentrada de Control de
la Magistratura - ODECMA 460007
RR. N°s. 086 y 087-2012-P-CSJLIMASUR/PJ.- Disponen reconformación de órganos jurisdiccionales de emergencia de vacaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur 460007 Res. Adm. N° 013-2012-P-CSJHA-PJ.- Designan responsables de brindar información pública en la Corte Superior de
Justicia de Huaura 460009
ORGANOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Res. N° 041-2012-CG.- Modi¿ can el Reglamento de Infracciones y Sanciones y la Res. N° 085-2007-CG 460010
MINISTERIO PUBLICO
Res. N° 266-2012-MP-FN.- Dan por concluido nombramiento de Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tacna y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Jorge
Basadre 460011
RR. N°s. 278, 279 y 280-2012-MP-FN.- Nombran, dan por concluidos nombramientos y designan ¿ scales en los Distritos Judiciales de Pasco, San Martín y Junín 460011
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 237-2012.- Autorizan a Ace Seguros S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros la comercialización de productos de seguros a través del canal “Comercializadores” 460012 Res. N° 334-2012.- Autorizan viaje de funcionarios a Panamá para participar en la LX Sesión de la Junta Directiva de la ASBA 460012 Res. N° 384-2012.- Autorizan viaje de funcionarios a Venezuela para participar en el Curso “Evaluación de Control Interno con Enfoque en Supervisión Basada en Riesgos” 460013 Circular N° S-651-2012.- Modi¿ can la Circular N° S-603-2003
460014 UNIVERSIDADES
Res. Nº AU-010-2011-UNSAAC.- Aprueban creación del Vicerrectorado de Investigación y la modi¿ cación del Estatuto de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 460015
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
R.D. N° 003-2012-GRL-GRDE-DREM.- Otorgan concesión de¿ nitiva de generación con recursos energéticos renovables a favor del Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. 460017
GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Ordenanza N° 232-2011/GRP-CR.- Ordenanza que modi¿ ca el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno
Regional Piura 460019
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Res. N° 541-2011-MDA/GDU-SGHUE.- Disponen recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito 460020 MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Acuerdo N° 227-2011/MDB.- Aprueban diversos Informes del destino de los recursos del Programa de Modernización Municipal 460022 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza N° 508-MDEA.- Derogan la Ordenanza N° 463- MDEA y aprueban modelo de convenio de cooperación con los comités vecinales de seguridad ciudadana para el servicio de Serenazgo
Especial Vecinal 460023
MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Ordenanza N° 096-2011-MDP/C.- Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad 460023 D.A. N° 001-2012-MDP/A.- Aprueban Reglamento que establece las especi¿ caciones, diseño de características de vehículo menor autorizado y señal vertical informativa de paradero autorizado
en el distrito 460024
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA
Ordenanza N° 002-2012-MDSE.- Autorizan la realización de sorteos públicos a ¿ n de premiar la puntualidad en el pago de los tributos por los contribuyentes del distrito 460025
CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del “Acuerdo de Implementación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Japón conforme al artículo 16 del Acuerdo de Asociación Económica entre la República
del Perú y Japón” 460025
Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Moldavia para la Supresión del Requisito de Visa para Portadores de Pasaportes Diplomáticos y
Especiales” 460025
Entrada en vigencia del “Acuerdo de Asociación Económica entre la
República del Perú y Japón” 460025
SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. N° 009-2012-CD/OSIPTEL, INF. 002-GAL y Res. N°
521-2011-GG.- Con¿ rman monto de multa de 100 UITs. impuesta a
Telefonica Móviles S.A. 459927
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 28 de enero de 2012459954
PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de Agricultura a Ecuador y encargan su Despacho a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 032-2012-PCM Lima, 27 de enero de 2012 VISTO:
El O¿ cio N° MAGAP-M.A.G.A.P-2012-0054-OF de fecha 23 de enero de 2012, del Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca del Gobierno Nacional de la República del Ecuador; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Ley N° 19060, se aprobó el Convenio suscrito entre la República del Perú y la República del Ecuador en Washington el 27 de setiembre de 1971, mediante el cual se creó el Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, para el aprovechamiento de las cuencas hidrográ¿ cas, Binacionales de los ríos Puyango - Tumbes y Catamayo - Chira;
Que, el Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, es un órgano desconcentrado del Ministerio de Agricultura, cuyas actividades se orientan a mejorar la productividad de la agricultura a nivel regional a través del desarrollo técnico y económico. Su ¿ nalidad es la implementación y ejecución de acuerdos de la componente Peruana integrante del Plan Binacional Peruano - Ecuatoriano; así como la formulación de estudios y ejecución de obras orientadas al desarrollo de la Irrigación Binacional Puyango Tumbes y sus Cuencas Vecinas, apoyando las gestiones de ¿ nanciamiento para la ejecución de los proyectos de inversión pública que son parte del Plan Binacional del desarrollo de la frontera Peruano - Ecuatoriana, en el Marco del Acuerdo de Paz Perú - Ecuador;
Que, mediante el O¿ cio del Visto, el Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca del Gobierno Nacional de la República del Ecuador, invita al señor Ministro de Agricultura a una reunión a llevarse a cabo en la ciudad de Quito, Ecuador, los días 29 y 30 de enero del presente año, para sostener reuniones de trabajo en temas relacionados con el Proyecto Binacional Puyango - Tumbes (PBPT), y otro de interés mutuo, previo al encuentro de Jefes de Estado y sus respectivos Gabinetes Ministeriales;
Que, en tal sentido y dada la importancia de las citadas reuniones para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar la participación del señor Luis Romano Ginocchio Balcázar, Ministro de Agricultura, debiendo el Ministerio de Agricultura asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127°
de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi¿ cada por Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002- PCM; el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2008-AG y la Ley N° 29812 - Ley de presupuesto del sector público para el año ¿ scal 2012;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Luis Romano Ginocchio Balcázar, Ministro de Agricultura, a la ciudad de Quito, Ecuador, los días 29 y 30 de enero de 2012, para los ¿ nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (incluye TUUA) US$ 2,236.00
Viáticos US$ 400.00
TOTAL US$ 2,636.00
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 4º.- Encargar el Despacho del Ministro de Agricultura a la señora Carolina Trivelli Ávila, Ministra de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, a partir del 29 de enero de 2012 y mientras dure la ausencia del titular.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARISOL ESPINOZA CRUZ
Primera Vicepresidenta de la República Encargada del Despacho de la Presidencia de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 747135-1
AGRICULTURA
Designan Asesor de la Alta Dirección del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0023-2012-AG Lima, 26 de enero de 2012 CONSIDERANDO:
Que, se ha visto por conveniente designar a un Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N°
997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008- AG;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, al señor Marco Antonio Vinelli Ruiz, como Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 746612-1
Encargan funciones de las Administraciones Locales de Agua de Bajo Apurímac - Pampas y de Huari
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 030-2012-ANA Lima, 27 de enero de 2012 CONSIDERANDO:
Que, según el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 28 de enero de 2012
459955
Decreto Supremo Nº 06-2010-AG, las Administraciones Locales del Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 075-2011-ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Bajo Apurímac - Pampas al señor Miguel Ángel Ruiz Ventocilla;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 807-2011-ANA, se aprobó la creación de la Administración Local de Agua Huari, perteneciente a la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón, encargándose a las O¿ cinas de Administración y Planeamiento y Presupuesto la implementación de la referida Administración Local de Agua;
Que, mediante Memorando Nº100-2012-ANA-OPP- UDP, la O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto, con¿ rma la disponibilidad presupuestaria para la implementación de la precitada Administración Local de Agua;
Que, en tal sentido, es conveniente declarar la terminación del proceso de implementación de la Administración Local de Agua Huari, y consecuentemente encargar al profesional que asuma las funciones de dicha Administración Local de Agua; asimismo se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura a que se re¿ ere el segundo considerando de la presente resolución y encargar al nuevo profesional que asuma las funciones de la Administración Local de Agua Bajo Apurímac - Pampas;
Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente, para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua;
Con los vistos de las O¿ cinas de Administración, Planeamiento y Presupuesto, Asesoría Jurídica y Secretaria General, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir del día 01 de febrero de 2012, la encargatura de funciones en la Administración Local de Agua Bajo Apurímac - Pampas, que fue otorgada al señor Miguel Ángel Ruiz Ventocilla, mediante la Resolución Jefatural Nº 075-2011-ANA, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo Segundo.- Declarar la terminación del proceso de implementación de la Administración Local de Agua Huari, perteneciente a la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón.
Artículo Tercero.- Encargar, a partir del día 01 de febrero de 2012, las funciones de las Administraciones Locales de Agua, a los profesionales siguientes:
ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA PROFESIONAL ENCARGADO Bajo Apurímac - Pampas Presbitero Wilberto Pacherres Mendoza
Huari José Luis Ulloa Rodríguez
Regístrese, comuníquese y publíquese, HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe
Autoridad Nacional del Agua 746616-1
AMBIENTE
Designan representantes del Ministerio ante la Comisión de Supervisión Multisectorial creada mediante R.S.
N° 081-2010-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°017-2012-MINAM Lima, 26 de enero de 2012
Visto; el Memorando Nº 412-2011-DVMDERN/MINAM de 29 de diciembre de 2011; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 081-2010-PCM de 18 de marzo de 2010, se creó la Comisión de Supervisión Multisectorial de carácter temporal, dependiente de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), con el objeto de apoyar el seguimiento de la ejecución del Plan de Operaciones de la Cooperación Técnica y aprobar los Términos de Referencia del Estudio “Un Enfoque Integral para Evaluar el Valor Económico del Agua en Cuencas Hidrográ¿ cas Prioritarias del Perú”, en el marco de la Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/OC-11691-PE, suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Interamericano de Desarrollo;
Que, el artículo 2º de la citada Resolución Suprema dispone que la Comisión de Supervisión Multisectorial estará conformada, entre otros, por un (1) representante del Ministerio del Ambiente, quien será designado por resolución del Titular del sector, agregando que podrá considerarse un representante titular y un representante alterno;
Que, con Resolución Ministerial Nº 041-2010-MINAM de 24 de marzo de 2010, se designó a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente ante la referida Comisión de Supervisión Multisectorial, siendo necesario designar a los nuevos representantes en razón al documento del visto del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; por lo que se debe emitir la respectiva resolución;
Con el visado del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Secretaría General y la O¿ cina de Asesoría Jurídica; y
De conformidad con lo establecido en la Resolución Suprema Nº 081-2010-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar a los representantes del Ministerio del Ambiente ante la Comisión de Supervisión Multisectorial creada mediante la Resolución Suprema Nº 081-2010-PCM, según detalle:
- Director General de la Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural, representante Titular.
- Director General de la Dirección General de Cambio Climático, Deserti¿ cación y Recursos Naturales, representante Alterno.
Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 041-2010-MINAM de 24 de marzo de 2010.
Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O¿ cial El Peruano y en Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente 746525-1
Apruéban Directiva para fortalecer el desempeño de la gestión ambiental sectorial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2012-MINAM Lima, 27 de enero de 2012 CONSIDERANDO:
Que, resulta prioritario para el cumplimiento de los objetivos nacionales de desarrollo sostenible y de los compromisos internacionales, integrar las variables sociales, económicas y ambientales en el proceso de toma de decisiones;
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Que, es de interés nacional el fortalecimiento del desempeño ambiental con la ¿ nalidad de reducir la pobreza ocasionada por la degradación ambiental, mejorar la competitividad, así como prevenir y reducir la conÀ ictividad social;
Que, el mejoramiento del desempeño de gestión ambiental debe efectuarse en los diferentes niveles de gobierno sectorial, regional y local; considerando los principios, mecanismos de coordinación e instrumentos contenidos en el Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA);
Que, el artículo 67º de la Constitución Política del Perú establece que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales;
Que, el artículo 8° numeral 2 de la Ley General del Ambiente establece que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí;
Que, el artículo 9º de la Ley Nº 28611 Ley General del Ambiente dispone que la Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país; mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona;
Que, el numeral 16.2 del artículo 16º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, señala que los instrumentos de gestión ambiental constituyen medios operativos que son diseñados, normados y aplicados para efectivizar el cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente y las normas ambientales que rigen en el país;
Que, los artículos 17º y 18º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, determinan los tipos de instrumentos de gestión ambiental así como los mecanismos para su diseño y aplicación, a ¿ n de asegurar su cumplimiento;
Que, en el artículo 23° de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, establece, entre otras funciones de los Ministerios, cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente;
así como realizar seguimiento respecto del desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes;
Que, de conformidad con el articulo 7º literal b) del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM), el MINAM es el ente rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA). En esta condición el MINAM dirige el ejercicio de las funciones ambientales a cargo de las entidades gubernamentales que conforman dicho Sistema;
Que, de conformidad con el artículo 6°, numeral 6.2., literal a), del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de creación del Ministerio del Ambiente, el MINAM puede aprobar las disposiciones normativas de su competencia;
Que, el artículo 9°, literal j), de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Ley N° 28245, establece que el Ministerio del Ambiente (MINAM), debe emitir opinión previa como requisito para la aprobación de proyectos de legislación con implicancias ambientales en los casos de institucionalidad, instrumentos de gestión ambiental o de políticas ambientales;
Que, la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), modi¿ cada por el Decreto Legislativo N° 1078, establece que el SEIA es el sistema único de identi¿ cación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de impactos ambientales negativos y que, además, regula la debida aplicación de los criterios, instrumentos y procedimientos de la evaluación de impacto ambiental, así como el aseguramiento de la participación ciudadana;
Que, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 023-2003-MINAM del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, del 31 de enero de 2003, se aprobó la Guía de Gestión Ambiental Sectorial;
Que, mediante artículo 7°, literal d), del Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), se establece que el MINAM
emite opinión previa favorable, según corresponda, y coordina con las autoridades competentes respecto de los proyectos de reglamentos u otros dispositivos legales de carácter general, relacionados a los procesos de evaluación de impacto ambiental y sus modi¿ caciones;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Secretaría General y la O¿ cina de Asesoría Jurídica,
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones;
DECRETA:
Artículo 1º.- De la Aprobación de la Directiva para fortalecer el desempeño de la gestión ambiental sectorial
Apruébese la Directiva para fortalecer el desempeño de la gestión ambiental sectorial que consta de siete (7) artículos y dos (2) Anexos, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
La presente Directiva no exime a las Autoridades Ambientales Sectoriales del cumplimiento de otras obligaciones ambientales establecidas en la normativa vigente.
Artículo 2º.- De la Publicación
La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario O¿ cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente - MINAM http://www.minam.
gob.pe/index.php?option=com_docman&task=cat_
view&gid=67&Itemid=39
Artículo 3º.- De la información sobre el desempeño ambiental sectorial
Las Autoridades Ambientales Sectoriales deberán entregar cada cuatro (04) meses un reporte de cumplimiento conforme al Formato del Anexo Nº 01 de la Directiva; así como el informe de desempeño ambiental sectorial cada seis (06) meses, considerando las metas establecidas en el Plan Nacional de Acción Ambiental, PLANAA. Esta información será remitida al Viceministerio de Gestión Ambiental del MINAM.
El desempeño de la gestión ambiental de las autoridades sectoriales será materia de un Reporte de Desempeño Ambiental Sectorial, consolidado y publicado por el MINAM semestralmente.
Artículo 4°.- De los Plazos
Las Autoridades Ambientales Sectoriales, en el marco de lo dispuesto en la presente resolución, deberán formular o adecuar su normativa sectorial en un plazo no mayor a seis (06) meses, sin perjuicio de los plazos legalmente establecidos para el desarrollo normativo de los instrumentos de gestión ambiental respectiva.
Artículo 5º.- De la Vigencia
La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente
DIRECTIVA PARA FORTALECER EL DESEMPEÑO DE LA GESTIÓN AMBIENTAL SECTORIAL Artículo 1º.- Del Objeto y Finalidad
La presente Directiva tiene por objeto fortalecer la gestión ambiental sectorial para el desarrollo sostenible del país, uniformizar el desempeño ambiental de los diversos sectores con competencias ambientales, asegurar el diseño y aplicación efectiva, coherente y complementaria de los instrumentos de planeamiento y gestión ambiental, en concordancia con las exigencias establecidas en la Política Nacional del Ambiente (PNA) y el Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), cuya rectoría está a cargo del Ministerio del Ambiente (MINAM).
Artículo 2º.- Del Ámbito
La presente Directiva es de obligatorio cumplimiento por las Autoridades Ambientales que poseen competencias
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de regulación ambiental sectorial, a las que se denomina Autoridad Ambiental Sectorial.
Artículo 3º.- Del Ministerio del Ambiente
El Ministerio del Ambiente (MINAM) es la Autoridad Ambiental Nacional y ente rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA). Entre las funciones del MINAM están las siguientes:
a) Dirigir, plani¿ car, ejecutar, coordinar, supervisar y evaluar la Política Nacional del Ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno;
b) Coordinar la implementación de la política nacional del ambiente con los sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales;
c) Cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente;
d) Realizar seguimiento respecto del desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes.
Artículo 4°.- De las políticas ambientales sectoriales
En virtud de lo establecido en la Ley General del Ambiente, las Autoridades Ambientales Sectoriales deberán aprobar la política ambiental de su sector, para lo que deberán identi¿ car y describir los aspectos ambientales relacionados con sus competencias y actividades así como las estimaciones y características de los nuevos proyectos de su sector. La política ambiental sectorial deberá incluir las medidas y plazos en los que se atenderán los aspectos ambientales priorizados, en concordancia con la Política Nacional del Ambiente (PNA) y otros instrumentos de plani¿ cación ambiental nacional.
Artículo 5º. Sobre las normas ambientales sectoriales
5.1.- La Autoridades Ambientales Sectoriales deberán aprobar o actualizar, previa opinión favorable del MINAM, el Reglamento de Protección Ambiental sectorial, que es el documento sectorial que de¿ ne los principios, lineamientos, derechos, obligaciones y procedimientos, aplicables a las personas y a los titulares de las actividades sectoriales, así como sobre los instrumentos de gestión ambiental respectivos.
El Reglamento de Protección Ambiental Sectorial deberá considerar los principios y disposiciones establecidos en la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, en la Política Nacional del Ambiente (PNA) aprobada mediante Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM y en la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), Ley Nº 27446 modi¿ cada por el Decreto Legislativo Nº 1078.
El Reglamento de Protección Ambiental Sectorial deberá incluir, como mínimo, los aspectos señalados en el Anexo Nº 02 de la presente Directiva, con la ¿ nalidad de alcanzar los objetivos de protección ambiental.
Cada autoridad ambiental sectorial, de acuerdo con su
especialidad y proyecciones de inversiones de su sector, podrá incorporar otras consideraciones adicionales.
En los casos en que los Reglamentos Ambientales Sectoriales cuya aplicación se encuentre condicionada a la aprobación de dispositivos sectoriales adicionales, las Autoridades Ambientales Sectoriales deberán completarlos previa opinión favorable del MINAM.
5.2.- Las Autoridades Ambientales Sectoriales deberán aprobar, previa opinión del MINAM, el Reglamento para los procesos administrativos sancionadores, así como el Cuadro de tipi¿ cación y escala de sanciones, considerando los principios de internalización de costos y de responsabilidad ambiental contendidos en la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, así como las disposiciones contenidas en la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, Ley Nº 29325 y en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444.
5.3.- Las Autoridades Ambientales Sectoriales deberán aprobar, previa opinión favorable del MINAM, el Reglamento de Participación Ciudadana, considerando las disposiciones contenidas en la Ley General del Ambiente, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública y Participación y Consulta Ciudadana en asuntos ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM y demás normas complementarias, incorporando, cuando corresponda, las consideraciones que se deriven de la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocidos en el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Ley Nº 29785.
Artículo 6°.- De la situación de los instrumentos de gestión ambiental
Las Autoridades Ambientales Sectoriales deberán remitir al Ministerio del Ambiente las resoluciones administrativas en las que se concede o deniega las certi¿ caciones ambientales, de acuerdo con lo previsto en el art. 17° literal e) del Decreto Legislativo N° 1078.
Esta misma obligación se aplica a los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), Planes de Cierre, Planes de Abandono, u otros planes de manejo ambiental exigibles para el inicio, ejecución o término de actividades o proyectos de inversión.
Artículo 7°.- De los Registros de Certifi caciones Ambientales y de Entidades autorizadas para elaborar Evaluaciones Ambientales Estratégicas y Estudios Ambientales.
Las Autoridades Ambientales Sectoriales deberán remitir al Ministerio del Ambiente las resoluciones administrativas que conceden o rechazan las certi¿ caciones ambientales, en versión digital, las que serán incluidas en el Registro Único de Certi¿ caciones Ambientales.
Las Autoridades Ambientales Sectoriales deberán remitir al Ministerio del Ambiente los registros sectoriales de las entidades autorizadas para elaborar las evaluaciones de impacto ambiental, los que serán incluidos en el Registro Único de Entidades autorizadas para elaborar Evaluaciones Ambientales Estratégicas y Estudios Ambientales.
ANEXO 01
FORMATO PARA EL REPORTE AMBIENTAL SECTORIAL
SECTOR:---FECHA --- SUBSECTOR --- OFICIAL/ORGANO QUE REPORTA ---
INSTRUMENTO DE PLANEAMIENTO y GESTION
AMBIENTAL OBLIGACIÓN META INDICADOR SUSTENTO
AVANCEDE PORCENTAJE PRÓXIMOS PASOS (INCLUYA
PLAZOS) POLÍTICA AMBIENTAL SECTORIAL
SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL – SEIA
PROGRAMA DE ADECUACIÓN O MANEJO AMBIENTAL-INSTRUMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL CORRECTIVO O SIMILAR INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL COLECTIVOS
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ANEXO 02
ESTRUCTURA O CONTENIDO BÁSICO DEL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN
AMBIENTAL SECTORIAL - Disposiciones Generales
- Instrumentos de gestión ambiental
- Criterios, procedimientos y responsabilidades sobre la evaluación de impacto ambiental-EIA
- Criterios, procedimientos y responsabilidades sobre el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental- PAMA
- Seguimiento, supervisión y control de la autoridad sectorial
- Criterios, procedimientos y responsabilidades sobre la instrumentos de remediación, compensación y descontaminación ambiental
- Criterios y procedimientos sobre los instrumentos económicos y mecanismos ¿ nancieros para la gestión ambiental.
- Criterios, procedimientos y responsabilidades sobre mecanismos de participación ciudadana así como de consulta previa en los casos que corresponda.
- Criterios, procedimientos y responsabilidades sobre instrumentos de gestión ambiental complementarios, tales como instrumentos de gestión ambiental colectivos y de Plan de compensación ambiental)
- Criterios, procedimientos y responsabilidades sobre el Plan de Cierre y/o Plan de Abandono
- Criterios y lineamientos para la promoción de tecnologías limpias
- Responsabilidades y obligaciones del titular
- Responsabilidades de los profesionales, de las empresas y/o entidades encargadas para elaborar estudios ambientales
- Registro Único de empresas y/o entidades encargadas para elaborar estudios ambientales
- Fiscalización y Sanción en materia ambiental - Criterios, procedimientos y responsabilidades para los incentivos ambientales
- Disposiciones complementarias, transitorias y ¿ nales - Anexos
- Otras consideraciones ambientales sectoriales relacionadas
747132-1 INSTRUMENTO DE PLANEAMIENTO y GESTION
AMBIENTAL OBLIGACIÓN META INDICADOR SUSTENTO
AVANCEDE PORCENTAJE PRÓXIMOS PASOS (INCLUYA
PLAZOS) REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA REGLAMENTO PARA PROCESOS
SANCIONADORES
CUADRO DE TIPIFICACION Y SANCIONES LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE – LMP ESTÁNDAR DE CALIDAD AMBIENTAL-ECA RESIDUOS SOLIDOS DEL AMBITO NO MUNICIPAL
TRANFERENCIA DE FUNCIONES A NIVEL REGIONAL O LOCAL REALIZADA /EN PROCESO
OTROS INSTRUMENTOS DERIVADOS DE NORMAS AMBIENTALES SECTORIALES
REPORTE OBLIGATORIO EN LOS MESES DE MARZO, JULIO, Y NOVIEMBRE FIRMA
Aceptan renuncia de Asesor Hidrometeorológico del Presidente Ejecutivo del SENAMHI
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL EJECUTIVA Nº 0021-SENAMHI-PREJ-OGA-OPE/2012 Lima, 24 de enero de 2012
Visto; el O¿ cio N° 04 SENAMHI-MGBG/2012 de fecha 20 de enero de 2012 del Asesor de la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, sobre renuncia al cargo de Asesor Hidrometeorológico;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Presidencial Ejecutiva N°
0336 SENAMHI-PREJ-OGA-OPE/2008 de fecha 02 de diciembre de 2008, se designa en el cargo de con¿ anza de Asesor Hidrometeorológico, Nivel D-4, del Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI al Coronel FAP (r) MARCIAL ABELARDO GARCIA BLASQUEZ GARCIA, a partir del 01 de diciembre de 2008;
Que, con documento de visto el Coronel FAP (r) MARCIAL ABELARDO GARCIA BLASQUEZ GARCIA presenta su renuncia al cargo de Asesor Hidrometeorológico de la Presidenta Ejecutiva del Servicio Nacional de
Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI que venía desempeñando;
De conformidad con la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI;
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-85- AE; y con las facultades conferidas mediante Resolución Suprema N° 018-2011-MINAM de fecha 4 de noviembre de 2011;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- ACEPTAR la renuncia formulado por el Coronel FAP (r) MARCIAL ABELARDO GARCIA BLASQUEZ GARCIA, al cargo de confianza de Asesor Hidrometeorológico, Nivel D-4 del Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI a partir del 25 de enero de 2012, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2°.- El personal indicado en el artículo anterior de la presente Resolución deberá hacer entrega del puesto de acuerdo a las normas vigentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
AMELIA DIAZ PABLO
Presidenta Ejecutiva del SENAMHI 746110-1
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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viajes de representantes de PROMPERU a los Países Bajos, Alemania y Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 05-2012-PROMPERÚ/PCD Lima, 23 de enero de 2012
Visto el Memorándum N° 013-2012-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General (e) de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, PROMPERÚ, conjuntamente con once empresas agroexportadoras nacionales y gremios exportadores, han programado su participación en la Feria “FRUIT LOGISTICA 2012”, organizado por la empresa Messe Berlín GMBH, a realizarse en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, del 8 al 10 de febrero del 2012, con el objetivo de promover las exportaciones de frutas y hortalizas frescas en el mercado europeo, a ¿ n de consolidar nuestra presencia como país abastecedor de frutas y hortalizas de calidad;
Que, asimismo, PROMPERÚ en el marco de la referida feria, llevará a cabo los días previos a la feria, del 2 al 4 de febrero de 2012, en las ciudades de Rotterdam y Ámsterdam, Países Bajos, y los días 5, 6 y 11 de febrero de 2012, en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, una misión de prospección comercial, con el objetivo de promover la participación de un grupo de pequeñas y medianas empresas, mediante una serie de visitas y reuniones a las cadenas de distribución, comercialización de frutas y hortalizas frescas, con la ¿ nalidad de obtener información detallada y el per¿ l de los importadores:
volúmenes de adquisiciones, precios y criterios de compra, información que permitirá incrementar el valor, volumen de nuestras exportaciones, así como el número de empresas exportadoras;
Que, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Secretaria General (e) de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Yesami Sara Accinelli López y del señor Víctor Germán Sarabia Molina, quienes prestan servicios en dicha entidad, a las ciudades de Rotterdam y Ámsterdam, Países Bajos y Berlín, República Federal de Alemania, para que en su representación participen en los referidos eventos, realizando acciones de promoción de las exportaciones de importancia para el país y coordinando cuanto se re¿ ere a la instalación del stand peruano;
Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi¿ catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009- 2007-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Víctor Germán Sarabia Molina, a las ciudades de Rotterdam y Ámsterdam,
Países Bajos y Berlín, República Federal de Alemania, del 31 de enero al 12 de febrero del 2012, y de la señora Yesami Sara Accinelli López, a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, del 5 al 11 de febrero de 2012, para que en representación de PROMPERÚ participen en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Víctor Germán Sarabia Molina:
- Viáticos (US$ 260,00 x 13 días) : US $ 3 380,00 - Pasajes Aéreos : US $ 1 990,00 Yesami Sara Accinelli López:
- Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US $ 1 820,00 - Pasajes Aéreos : US $ 2 100,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1° de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERU 746495-1
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 06-2012-PROMPERÚ/PCD Lima, 23 de enero de 2012
Visto el Memorándum N° 011-2012-PROMPERU/SG, de la Secretaria General (e) de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ ha programado su participación en el evento “Workshop
& Trade Show CVC 2012”, a realizarse los días 8 y 9 de febrero de 2012, en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, evento dirigido a tour operadores, hoteles, agencias de viajes y demás proveedores de servicios, con el objeto de proporcionarles de modo directo información especializada y actualizada de los destinos turísticos del Perú, orientada a facilitar la venta de manera óptima de las diferentes propuestas y circuitos turísticos que ofrece el país;
Que, dicho evento por sus características viene a ser una herramienta de promoción a nivel personal, con resultados óptimos, que a la vez crea la oportunidad de obtener información de los profesionales del turismo sobre sus estrategias y perspectivas de comercialización, fuerza de ventas, red de comercialización, así como identi¿ car y de¿ nir oportunidades de negocios;
Que, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción del Turismo, la Secretaria General (e) de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señorita Fabiola Irene Velásquez Cuba, quien presta servicios en dicha entidad, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, para
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que en representación de PROMPERU, desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en el evento antes mencionado;
Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi¿ catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009- 2007-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Fabiola Irene Velásquez Cuba, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 6 al 10 de febrero de 2012, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos (US$ 200,00 x 4 días) : US $ 800,00 - Pasajes Aéreos : US $ 990,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Fabiola Irene Velásquez Cuba, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERU 746495-2
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 07-2012-PROMPERÚ/PCD Lima, 23 de enero de 2012
Visto el Memorándum N° 012-2012-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General (e) de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, PROMPERÚ, conjuntamente con doce empresas exportadoras del sector agro y agroindustrias, participará en la Feria “BIOFACH 2012”, a realizarse en la ciudad de Núremberg, República Federal de Alemania, del 15 al 18 de febrero del 2012, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana de alimentos orgánicos, fortaleciendo las relaciones comerciales de las empresas peruanas exportadoras y accediendo a nuevos contactos comerciales con potenciales compradores;
Que, asimismo, en el marco de la feria y teniendo en cuenta que el mercado europeo ha sido considerado como uno de los importantes destinos con un potencial crecimiento para nuestras exportaciones del sector agro
y agroindustrias, PROMPERÚ ha programado con las empresas peruanas participantes, realizar una Misión Comercial, en la ciudad de Múnich, República Federal de Alemania, del 19 al 21 de febrero de 2012, a ¿ n de visitar supermercados, tiendas especializadas, con el objetivo de establecer contacto con el mercado europeo para conocer los requerimientos, exigencias y tendencias, mostrar su oferta exportable y conocer la oferta de su potencial competencia, así como sostener reuniones especializadas con potenciales compradores;
Que, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Secretaria General (e) de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje del señor José Enrique Llosa Morales, quien presta servicios en dicha entidad, a las ciudades Núremberg y Múnich, República Federal de Alemania, para que en representación de PROMPERÚ realice actividades de promoción de exportaciones durante los eventos antes señalados;
Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi¿ catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009- 2007-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje a las ciudades de Núremberg y Múnich, República Federal de Alemania, del señor José Enrique Llosa Morales, del 12 al 22 de febrero de 2012, para los ¿ nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos (US$ 260,00 x 10 días) : US $ 2 600,00 - Pasajes Aéreos : US $ 1 490,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor José Enrique Llosa Morales, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante los eventos al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERU 746495-3
DEFENSA
Autorizan viaje de Personal Naval a los EE.UU, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 030-2012-DE/MGP Lima, 27 de enero de 2012
Visto, el O¿ cio P.1000-0090 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 11 de enero de 2012;
CONSIDERANDO:
Que, la Marina de Guerra del Perú cuenta con DOS (02) Unidades Auxiliares de alto bordo, las mismas que deben
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Lima, sábado 28 de enero de 2012
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mantener su operatividad y alistamiento a ¿ n de mantener su certi¿ cación de clase que le permitan seguir operando de acuerdo a las normas internacionales; así como, cumplir con lo establecido por la Sociedad Clasi¿ cadora; por tal motivo, requieren la realización de trabajos de carena en dique cada TREINTA (30) meses, el cual contempla principalmente la reparación de casco, cadena, hélice y pala con los respectivos planes de pintura y zinques;
Que, al no existir en el país un Astillero que pueda efectuar los trabajos requeridos debido a las dimensiones de las Unidades Auxiliares, se consideró necesario que estos trabajos sean realizados en el extranjero; efectuándose el debido proceso bajo la modalidad de compra en el mercado extranjero, otorgándole la Buena Pro al Astillero Signal International mediante Resolución Directoral Nº 001-2012 MGP/DGM, de fecha 06 de enero de 2012;
Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval que conforma la delegación de inspectores y la dotación del B.A.P “ZORRITOS” (ATP-155), para que participen en el Trabajo de Diqueo y Reparaciones en el Astillero Signal International, a realizarse en la ciudad de Mobile, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 28 de enero al 12 de marzo de 2012; debiéndose precisar que de acuerdo al Contrato suscrito y disponibilidad del referido Astillero, la Unidad deberá ingresar y permanecer en Dique del 10 al 29 de febrero de 2012;
Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 4:
Actividades Operacionales, Ítem 5, Anexo 2 (RDR), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/SG, del 13 de enero de 2012;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002;
De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi¿ catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al B.A.P “ZORRITOS” (ATP-155), para que participe en el Trabajo de Diqueo y Reparaciones en el Astillero Signal International, a realizarse en la ciudad de Mobile, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 28 de enero al 12 de marzo de 2012; debiéndose precisar que de acuerdo al Contrato suscrito y disponibilidad del referido Astillero, la Unidad deberá ingresar y permanecer en Dique del 10 al 29 de febrero de 2012.
Artículo 2º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval que conforma la delegación de inspectores y la dotación del B.A.P. “ZORRITOS” (ATP- 155), que se detalla en la relación del Anexo y que forma parte integrante de la presente Resolución, para que participen en el Trabajo de Diqueo y Reparaciones en el Astillero Signal International, a realizarse en la ciudad de Mobile, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 28 de enero al 12 de marzo de 2012.
Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Dotación del B.A.P. “ZORRITOS” (ATP-155) Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero:
US$ 48.00 x 20 días x 2 O¿ ciales Superiores = US$ 1,920.00 US$ 40.00 x 20 días x 5 O¿ ciales Subalternos = US$ 4,000.00 US$ 30.00 x 20 días x 46 Personal Subalterno = US$ 27,600.00 US$ 21.00 x 20 días x 4 Personal Marinería = US$ 1,680.00
Delegación de Inspectores
Pasajes Aéreos: Lima – Alabama (EE.UU) – Lima
US$ 1,407.64 x 5 personas (Incluye TUUA) = US$ 7,038.20 Viáticos:
US$ 220.00 x 5 personas x 20 días = US$ 22,000.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re¿ ere los Artículos 1º y 2º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 5º.- El mencionado Personal Naval, deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos.
Artículo 6º.- El O¿ cial más antiguo comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese MARISOL ESPINOZA CRUZ
Primera Vicepresidenta de la República Encargada del Despacho de la Presidencia de la República
ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros DANIEL E. LOZADA CASAPIA Ministro del Interior
Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa Anexo a la R/S. N°
de fecha RELACIÓN DE PERSONAL DE LA DOTACION DEL B.A.P. “ZORRITOS”
E INSPECTORES QUE VIAJARAN EN COMISION DE SERVICIO AL EXTRANJERO
DOTACION DEL B.A.P. “ZORRITOS”
NRO. GRA ESP. APELLIDOS Y NOMBRES CIP. DNI.
1 C. de N. CG. ZUMAETA BOLTAN
ROGER ALEXANDER 01887440 43318464 2 C. de F. CG. INGUNZA HAMANN
CARLOS JAVIER 01808783 43285322 3 Tte. 1ro. CG. CAMACHO PEREYRA
JAVIER ALEJANDRO
00926942 43314745 4 Tte. 2do. CG. MEDINA CORDOVA
MICHAEL JHON
00023012 40919420 5 Tte. 2do. CG. BEJARANO ARRIETA
CESAR RUBEN
00022093 40853302 6 Tte. 2do. CG. HERRERA MORAN
DANIEL ANTONIO
01017123 42151686 7 A.Fgt. CG. CORNEJO FIESTAS LUIS
ALBERTO
00021441 43322960 8 TS1 Maq. CASANOVA PAPAFFAVA
CAMILO AUGUSTO
03722867 43306762 9 TS1 Mot. JIMENEZ CORDOVA
JOSE LUIS
01716840 25757962 10 T1 Mot. SANCHEZ SILVA OSCAR 02862104 43284297 11 T1 Ele. TEJEDA UGAZ HONY MAY 04836091 43557366 12 T1 Maq. HUAMAN CUBAS FELIX
JUVENCIO
02802041 43439574 13 T1 Aba. ARAUJO PAREDES EVER
ARTUHUEL
03719960 44658272 14 T1 Maq. HUAMANI CASMA
GUSTAVO ALBERTO
03883139 43312198 15 T2 Mot. CAVALIER RUIZ GABRIEL
ELEAZAR
00828257 43565999