El alquiler de bicicletas
En diversas partes del mundo se está implementando el negocio de alquiler de bicicletas .
Este es un negocio que usted puede implementar en su localidad con una muy baja inversión dado que puede comprometer a las autoridades locales en el proyecto para que ellos pongan también su parte.
Es un negocio que evidentemente va de la mano con todo el movimiento ambientalista que al partido político que esté como autoridad local le va a interesar que se promueva para generarse réditos políticos.
Este fenómeno del alquiler de bicicletas resulta muy práctico además para evitar los congestionamientos en las grandes ciudades que tienen afluencia turística.
La misma iniciativa ya existe en la ciudad de París, Francia como se puede ver en la foto de la derecha.
En el caso de París como se puede apreciar existe incluso un sistema automatizado para el alquiler de las bicicletas mediante el uso de monedas.
Tal vez en otras partes del mundo lo más conveniente sería un cuidador de paso que se da trabajo a más personas.
Interesante esta iniciativa que en los países subdesarrollados resulta de mayor necesidad.
Si usted es un emprendedor con talento sabrá como promover esta iniciativa en su localidad y no tenga miedo que alguien se lleve finalmente el negocio por que en el proceso usted se hará conocido, generará mayores relaciones y eso en el futuro le generará mayores oportunidades de negocios.
Publicado por Ursula Espinoza Paul en 9/04/2008 10:41:00 AM 0 comentarios El alquiler de carteras de lujo
Se trata del negocio de alquiler de carteras o bolsos de lujo para mujeres.
El modelo de negocios es simple. Una cartera de lujo tipo Lui Vouton, en su versión más simple no te baja de U.S.$1,500 dólares (no se si está bien escrito dado que yo sólo pago la tarjeta de crédito cuando mi esposa compra una).
Lo dramático es que luego que una mujer va a una reunión con esa cartera ya no la quiere usar más dado que según me dice mi esposa no puede repetir la cartera dos veces
… #!$”#?!!!.
Salvo que usted sea millonario comprarse una cartera o bolso de lujo todas las semanas es imposible.
¿Cuál es la solución?
Una idea de negocios aparentemente novedosa pero que ya viene aplicándose a otros tipos de negocios.
En efecto, a una persona se le ocurrió dedicarse al alquiler de carteras y bolsos de lujo por Internet. Usted no tiene así que gastar U.S.$1500 o U.S.$5,000 por una cartera o bolso sino que sencillamente la alquila y la pide por Internet vía online.
Ahora tal vez usted lector puede estar diciéndose que para iniciar este negocio se necesita mucho dinero para comprar las carteras a alquilar. Pues no es así.
La manera de comenzar es ubicar a todas esas señoras que hoy en día ya tienen carteras y bolsos y ofrecerles una comisión cada vez que alguien alquile una de las carteras. Así por ejemplo usted cobra 100 por alquilar y le paga 30 a la señora y usted se queda con 70. Todos ganan.
Donde ubicar a estas señoras, en los lugares obvios como los centros de belleza o spas.
Por seguridad pide tarjeta de crédito y si no retorna la cartera le carga el 100% del costo del producto.
Este mismo modelo de negocios yo ya lo he visto aplicado en el caso de una empresa de alquiler de avionetas en Miami. En ese caso a un amigo se le ocurrió contactar a los propietarios de avionetas particulares y bajo el mismo esquema de las carteras iniciar su propia compañía de Aerotaxi, su inversión fue mínima.
Ideas de negocios como estas pueden surgir miles en función al modelo de negocios acá planteado. Depende de usted encontrar un nicho de mercado, hacer un plan de negocios y saber vender su idea.
El tema es simple pero no fácil pero lo maravilloso de los negocios es que el éxito o fracaso de su idea de negocios depende exclusivamente de usted.
Publicado por Ursula Espinoza Paul en 9/04/2008 10:37:00 AM 0 comentarios
lunes 25 de agosto de 2008
Curso de Verano para niños
Los cursos de verano surgieron en nuestro país como una necesidad para el
entretenimiento de los niños durante sus vacaciones; uno de los muchos motivos que los propiciaron es que los padres tienen que trabajar en esas fechas y los cursos de verano, además de permitirles contar con espacios donde sus hijos estuvieran protegidos, también les daban la opción de entretenerlos, divertirlos y educarlos.
Los cursos de verano normalmente los ofrecen museos, deportivas municipales, clubes deportivos, instituciones educativas, etc. Pero ¿Por que no te agregas tu a esta lista?. En las próximas vacaciones ofrece cursos de verano.
Tips :
1. Establece las edades de los niños que aceptarás para tus cursos. No es lo mismo entretener y lograr la atención de un niño de 5 años que uno de 8 o uno de 10.
2.Establece la duración y horario del curso: Se sugiere comenzar el curso un para de días después de haber terminado las clases, asi les das tiempo de relajarse en casa luego del tedio y al mismo tiempo la presión de la escuela. De igual manera la clausura del curso podría ser unos días antes de entrar a clases, asi los niños tendrán tiempo de prepararse para comenzar el año escolar.
En cuanto a los horarios del curso deben ser un poco flexibles, asi que ni tan temprano como los horarios de escuela, pero tampoco tan tarde porque no se alcanzarian a realizar las actividades planeadas para cada día, por lo tanto se recomiendan de 9:00 am a 1:00 p.m.
3.Define la temática del curso y el calendario de actividades, hora por hora: Al establecer tu horario toma en cuenta una media hora diaria para que los niños tomen su refrigerio.
En caso de que el rango de edades sea muy amplio, deberás crear varios grupos
separados por edades, y establecer una temática y calendario especial para cada uno de ellos. También considera las actividades que realizarás para la clausura del curso, de forma que los niños muestren con orgullo lo aprendido durante el verano.
Al momento de crear tu lista de actividades se creativo(o) y muestra otra cara del aprendizaje a través de la diversión, desarrolla un concepto diferente al de la escuela.
La música, el baile, la tecnológia que normalmente no utilizan en la escuela, de seguro pueden serte útiles en tus cursos. Recuerda el tema de un viejo juguete para niños:
"Toca, juega y aprende". El objetivo es motivar a los niños, lograr que participen voluntariamente y finalmente conseguir que aprendan.
4.Establece la cantidad de niños que aceptarás en tu curso de verano. Esto dependerá del tipo de curso, el tamaño del lugar donde donde este se impartirá, la cantidad de maestros que te apoyarán, el equipo, instalaciones, tus costos, etc.
5.Lugar. Si tienes un espacio propio que sea amplio y adecuado para recibir cierta cantidad de niños, aprovechalo o bien busca rentar alguno con estas características.
Una opción es rentar un salón de fiestas ya que son amplios y normalmente no están ocupados por las mañanas. Investiga precios por ocuparlo durante el tiempo que dure el curso.
Si el salon no incluye mobiliario, necesitarás rentar las sillas y mesas para los niños, además contempla que los fines de semana principalmente, tendrás que desocuparlo por para otros eventos.
En este caso deberás usar además mamparas que te ayuden a separar los grupos para evitar distracciones y controlarlos mejor. Si tus actividades lo permiten, haz que los niños adornen el primer día esos muros artificiales con sus propios trabajos.
Otra alternativa es rentar un terreno que sea lo suficientemente amplio y acondicionarlo con carpas, mesas y sillas también rentadas.
Publicado por Ursula Espinoza Paul en 8/25/2008 09:59:00 AM 0 comentarios Etiquetas: cursos, verano
Supérate es el componente de Adultos Emprendedores del Programa Perú
Emprendedor, a través del que se apoya a los adultos emprendedores que quieren entrar en el mundo de las MYPES así como a aquellos que, ante la falta de trabajo, quieren capacitarse para mejorar sus posibilidades de acceder a un empleo.
Ahora, usted señor y señora, tienen la oportunidad de sacar adelante a su familia
desarrollando una idea de negocio, mejorando el que ya tiene o adquiriendo habilidades que le permitan tener mejores oportunidades para encontrar un empleo.La situación del
país es complicada para todos, pero la mejor forma de enfrentar las cosas no es
esperando que ellas cambien solas. El tiempo no soluciona nada, y uno debe afrontar los cambios positivamente para poder tomar adecuadas decisiones en el momento debido.
MAYORES INFORMES OFICINAS DE SUPERATE Lima
Dirección : Av. Salaverry 655, Piso 7, frente a los ascensores, Jesús María Teléfono : (01) 423-1280
e-mail : [email protected] Piura
Ubicación : Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo - Piura Dirección : Jr. Huancavelica N° 180, 2do. piso
Teléfono : (073) 31-0099
e-mail : [email protected] Junín
Ubicación : Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo - Junín Dirección : Jr. Arequipa 520, 2do. Piso, El Tambo
Teléfono : (064) 24-7377
e-mail : [email protected]
TAVERNA DE VINOS
Descripción
Descripción del Negocio
Este proyecto describe un negocio incluido dentro del sector de la hostelería y restauración cuya actividad principal será servir diversos tipos de vinos y tapas frías.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
La normativa que ha de observarse para la puesta en funcionamiento del negocio y durante el desarrollo de sus actividades se recoge principalmente en:
• Ordenanza Municipal de Actividades (Boletín Oficial de la Provincia).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, Ministerio de Fomento (Secretaría de Estado de Infraestructuras), sobre la normativa en la densidad de ocupación a aplicar, en las zonas de un bar.
• Decreto 198/1987, de 26 de agosto. Hostelería, cafés, bares y similares. Se establecen determinadas medidas en defensa de consumidores y usuarios para establecimientos de restauración y similares (Conserjería de Trabajo y Bienestar Social).
Modificado por el Decreto 10/2003, de 28 de enero;
Decreto 119/2005; y Decreto 258/2007.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio
Minorista.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Normativa sobre envases y residuos generados (Ley 11/97 del 24 de abril, según Directiva 94/62/CE).
• Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía.
• Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
• Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el reglamento general de la admisión de personas en los establecimientos de espectáculos y actividades recreativas.
• Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (BOE 03/12/2003).
• Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido (BOE 18/11/2003).
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, insonorización del local, etc.
Perfil del Emprendedor
El perfil más idóneo para la persona que desee poner este tipo de negocio en marcha, es el de un profesional con experiencia o formación en el sector, con voluntad de servicio y mucho entusiasmo.
RESTAURANTE ITALIANO
Descripción
Descripción del Negocio
Este proyecto describe la creación de un negocio del sector de restauración, en concreto, un restaurante italiano.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del
Comercio Minorista.
• Ley 2/1996, de 15 de enero, complementaria de la de Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley 47/2002, de 19 de diciembre, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, para la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 97/7/CE, en materia de contratos a distancia, y para la adaptación de la Ley a diversas Directivas comunitarias. (BOE núm. 304, de 20-12-02).
• Ley 1/1996, de 10 de enero, de Comercio Interior de Andalucía.
• Ley 6/2002, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía, y se crea la Tasa por Tramitación de Licencias Comerciales.
• Ley 1/2004 de 21 de diciembre de horarios comerciales.
• Ley 26/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
• Normativas municipales específicas.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto aconseja que el personal sea altamente cualificado y con experiencia. La persona o personas encargadas de la cocina deberán poseer una sólida
formación o experiencia en la elaboración de productos y platos tradicionales de la cocina italiana, ya sea porque
proceden de allí o porque han tenido algún tipo de contacto con ella. Así como los camareros, que deben conocer todos los platos que se sirvan en el restaurante y tener la
capacidad de asesorar del mejor modo posible a los clientes, sobre todo a los que acuden por primera vez a un tipo de restaurante como éste.
Por ello, el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada,
orientada al servicio al cliente y con experiencia y/o formación.
COMIDA RAPIDA
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un negocio dentro del sector de la Restauración, en concreto un local de tipo medio dedicado a ofrecer productos pertenecientes a la denominada “comida rápida”, es decir, alimentos para los que tanto su elaboración como su consumo se caracterizan por la rapidez.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de
Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley Antitabaco, las prohibiciones afectarán a los bares y restaurantes de más de cien metros
cuadrados, salvo que se habilite un lugar específico y con ventilación independiente.
• Normativas municipales específicas.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda la normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local, ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consienta la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto no exige grandes requisitos de formación, salvo para la persona encargada de la gerencia del negocio que deberá poseer formación o experiencia en la gestión de negocios de este tipo.
Normalmente el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada, orientada al servicio al cliente y con algo de experiencia y/o formación.
COMIDA A DOMICILIO
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un negocio dedicado a la elaboración de comida preparada a domicilio.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía.
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley Antitabaco, las prohibiciones afectarán a los bares y restaurantes de más de cien metros
cuadrados, salvo que se habilite un lugar específico y con ventilación independiente.
• Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Normativas municipales específicas.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto no exige grandes requisitos de formación, salvo para la persona encargada de la gerencia del negocio que deberá poseer formación o experiencia en la gestión de negocios de este tipo.
Normalmente el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada, orientada al servicio al cliente y con algo de experiencia y/o formación.
Resulta idóneo el proyecto para grupos de amas de casa, con amplios conocimientos de cocina, que aunque no hayan tenido experiencia laboral previa en el sector sepan cocinar los diferentes platos que se ofrecerán en el negocio.
También es adecuado para cualquier persona que le guste la cocina y esté interesada en dedicarse profesionalmente a ello.
MARISQUERIA Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un restaurante- marisquería, es decir, un negocio dedicado a ofrecer, principalmente, cocina relacionada con el marisco y otros alimentos del mar. Éste se incluye dentro del sector de la Restauración.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental.
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía.
• Ley 26/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de
los productos del tabaco.
• Normativas municipales específico
• Normativa del comercio minorista (para el caso de que se comercialice marisco al por menor):
• Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley 2/1996, de 15 de enero, complementaria de la de Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley 47/2002, de 19 de diciembre, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, para la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 97/7/CE, en materia de contratos a distancia, y para la adaptación de la Ley a diversas Directivas comunitarias. (BOE núm. 304, de 20-12-02).
• Ley 1/1996, de 10 de enero, de Comercio Interior de Andalucía.
• Ley 6/2002, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía, y se crea la Tasa por Tramitación de Licencias Comerciales.
• Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto no exige grandes requisitos de formación, salvo para el maitre y la persona encargada de la cocina que
deberán poseer formación o experiencia en la elaboración de productos.
Habitualmente el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada, con dotes comerciales, orientada al servicio al cliente y con algo de experiencia y/o formación.
ASADOR DE POLLOS
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un negocio ubicado dentro del sector de la Restauración. Se trata de un asador de pollos dedicado a ofrecer productos
pertenecientes a la denominada “comida para llevar”, concretamente, pollos asados.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/1997, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de
Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley Antitabaco. Las prohibiciones afectarán a los bares y restaurantes de más de cien metros
cuadrados, salvo que se habilite un lugar específico y con ventilación independiente.
• Normativas municipales específicas.
Además, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y
accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consienta la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto no exige grandes requisitos de formación, salvo para la persona encargada de la gerencia del negocio que deberá poseer formación o experiencia en la gestión de negocios de este tipo.
Normalmente el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada, orientada al servicio al cliente y con algo de experiencia. La formación no es imprescindible.
BOCATERIA
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un negocio dentro del sector de la Restauración, en concreto una bocatería de tipo medio dedicado a ofrecer productos pertenecientes a la denominada "comida rápida".
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley Antitabaco, las prohibiciones afectarán a los bares y restaurantes de más de cien metros
cuadrados, salvo que se habilite un lugar específico y con ventilación independiente.
• Normativas municipales específicas.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto no exige grandes requisitos de formación, salvo para la persona encargada de la gerencia del negocio que deberá poseer formación o experiencia en la gestión de negocios de este tipo.
Normalmente el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada, orientada al servicio al cliente y con algo de experiencia y/o formación.
RESTAURANTE VEGETARIANO
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un negocio dentro del sector de la Restauración, en concreto un restaurante dedicado a ofrecer comida vegetariana.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley 26/2005, de 26 de diciembre, de medidas
sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
• Normativas municipales específicas.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto no exige grandes requisitos de formación, salvo para el maitre y la persona encargada de la cocina que deberán poseer conocimientos del sector restauración y de elaboración de los productos específicos, respectivamente.
Habitualmente el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada, orientada al servicio al cliente y con algo de experiencia y/o formación.
CHOCOLATERIA
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe un negocio dedicado a la fabricación y venta de productos de chocolate de calidad con punto de venta en el propio establecimiento.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Ordenanza Municipal de Actividades (Publicadas en el Boletín oficial de la provincia).
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Decreto 297/1995 de 19 de Diciembre: Reglamento de Calificación Ambiental (BOJA nº 3/11-01-96).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto resulta idóneo para personas que tengan conocimientos y experiencia previa en el sector.
RESTAURANTE MEXICANO
Descripción
Descripción del Negocio
Este proyecto describe la creación de un negocio del sector de restauración, en concreto un restaurante mexicano de tipo Tex-Mex.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley 26/2005, de 26 de diciembre, de medidas
sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
• Normativas municipales específicas.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto aconseja que el personal sea altamente cualificado y con experiencia. La persona o personas encargadas de la cocina deberán poseer una sólida
formación o experiencia en la elaboración de productos y platos tradicionales de la cocina mexicana. Así como los camareros, que deben conocer todos los platos que se sirvan en el restaurante y tener la capacidad de asesorar del mejor modo posible a los clientes, sobre todo a los que acude por primera vez a un tipo de restaurante como este.
Por ello, el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada,
orientada al servicio al cliente y con experiencia y/o formación.
TETERIA
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un negocio dentro del sector de la Restauración, cuya actividad consistirá en ofrecer servicios de tetería especializada.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
La normativa que ha de observarse para la puesta en funcionamiento del negocio y durante el desarrollo de sus actividades se recoge principalmente en:
• Ordenanza Municipal de Actividades (Boletín Oficial de la Provincia).
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Normativa sobre envases y residuos generados (Ley 11/97 del 24 de abril, según Directiva 94/62/CE).
• Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, Ministerio de Fomento (Secretaría de Estado de Infraestructuras), sobre la normativa en la densidad de ocupación a aplicar, en las zonas de una cafetería.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
Perfil del Emprendedor
El perfil más idóneo para la persona que desee poner este tipo de negocio en marcha, es el de un profesional con experiencia o formación en el sector, con voluntad de servicio y mucho entusiasmo.
• HAMBURGUESERIA Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un negocio dentro del sector de la Restauración, en concreto una hamburguesería dedicada a ofrecer la denominada “comida rápida”.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley Antitabaco, las prohibiciones afectarán a los bares y restaurantes de más de cien metros
cuadrados, salvo que se habilite un lugar específico y con ventilación independiente.
• Normativas municipales específicas.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto no exige grandes requisitos de formación, salvo para la persona encargada de la gerencia del negocio que deberá poseer formación o experiencia en la gestión de negocios de este tipo.
Normalmente el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada, orientada al servicio al cliente y con algo de experiencia y/o formación.
TIENDA DELICATESSEN
Descripción
Descripción del Negocio
La actividad que se desarrolla en este tipo de negocio es la venta de productos gastronómicos selectos, caracterizados por su alta calidad y autenticidad.
Aspectos Jurídicos
La legislación básica que hay que observar a la hora de desarrollar este proyecto es la que hace referencia al comercio minorista. Esta normativa se recoge principalmente en:
• Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley 2/1996, de 15 de enero, complementaria de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley 1/1996, de 10 de enero, de Comercio Interior de Andalucía.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto no presenta grandes dificultades para llevarlo a cabo puesto que no requiere experiencia previa ni
formación.
El perfil idóneo se corresponde con personas que tengan ganas de emprender y estén dispuestas a adquirir
conocimientos del funcionamiento del negocio. Es importante que la persona tenga una buena orientación al cliente y un claro perfil comercial, y a su vez cuente con sensibilidad gastronómica.
PIZZERIA
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un negocio dentro del sector de la Restauración, perteneciente al segmento de comida rápida. En concreto se trata de una pizzería, establecimiento en el que se elaboran y se venden pizzas.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio
Minorista.
• Normativas municipales específicas.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto no exige grandes requisitos de formación, pero sí sería recomendable tener algo de experiencia en el sector de la restauración.
En el caso de la persona encargada de la cocina deberá poseer formación o experiencia en la elaboración de pizzas.
Habitualmente el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada, orientada al servicio al cliente y con algo de experiencia y/o formación.
RESTAURANTE JAPONES
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un negocio dentro del sector de la Restauración, en concreto un restaurante japonés dedicado a ofrecer cocina tradicional del país asiático.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
1. Orden de 6 de abril de 1987, de las Consejerías de Economía Fomento, y Trabajo y Bienestar Social, sobre restaurantes, cafeterías, bares y similares en Andalucía.
2. Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
3. Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
4. Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
5. Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
6. Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
7. Ley 26/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de
los productos del tabaco.
8. Normativas municipales específicas.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto aconseja que el personal sea altamente cualificado y con experiencia. La persona o personas encargadas de la cocina deberán poseer una sólida
formación o experiencia en la elaboración de productos y platos tradicionales de la cocina japonesa. Así como los camareros, que además deberán comportarse como
verdaderos relaciones públicas, ya que en ocasiones tendrán que guiar de manera cordial y sincera a cualquier comensal novato en la gastronomía japonesa, evitando que se
arriesgue en demasía en sabores a los que el paladar occidental está menos acostumbrado.
Por ello, el perfil más habitual en este tipo de negocio, para todos los empleados, suele ser una persona educada,
orientada al servicio al cliente y con experiencia y/o formación.
DISCOTECAS
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se estudia la creación de una discoteca o sala de fiestas.
Aspectos Jurídicos
Algunos requisitos que, con carácter general, se exigen para la apertura de una discoteca son:
1. Licencia municipal de funcionamiento:
Para que la concedan es necesaria una certificación de un técnico que acredite que la adaptación del local se ha realizado bajo su dirección y conforme a la normativa.
Además se debe contratar un seguro que cubra los riesgos de incendio y de responsabilidad civil frente a terceros, un plan de revisiones periódicas para los equipos de protección contra incendios y un plan de emergencia. Todo ello con una ficha técnica donde se especifiquen sus características.
2. Licencias de actividades e instalaciones:
Para poder poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Es necesario presentar una hoja en la que se especifiquen las características de las actividades e instalaciones, una relación de los propietarios y vecinos afectados y una memoria con la descripción de la actividad, del local, de las condiciones de instalación e higiene, etc. Además deberá adjuntar los planos de situación parcelaria del local y de la distribución del mismo (indicando los accesos, escaleras, alumbrados especiales, salidas previstas para la evacuación de humos, etc.) y el presupuesto de las instalaciones y maquinaria necesaria.
3. Alguna normativa que debe observarse:
• Ordenanza Municipal de Actividades (Boletín Oficial de la Provincia).
• Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección
Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de protección contra la contaminación acústica (BOJA nº 243/18-12-03).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Normativa sobre envases y residuos generados (Ley 11/97 del 24 de abril, según Directiva 94/62/CE).
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley antitabaco, que comprende:
o Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
o Resolución de 28 de diciembre de 2005 por la que se dictan instrucciones en relación con la aplicación, en los centros de trabajo de la Administración General del Estado y de los Organismos Públicos dependientes o vinculados, de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre
o Real Decreto-Ley 2/2006, de 10 de febrero, por el que se modifican los tipos impositivos del Impuesto sobe las Labores del Tabaco, se establece un margen transitorio
complementario para los expendedores de tabaco y timbre y se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Perfil del Emprendedor
El perfil idóneo para la persona que gestione una discoteca/sala de fiestas, es una persona que conozca el sector y sepa desenvolverse en él. Es recomendable que sea
una persona dinámica, con carácter extrovertido para establecer una buena relación con la clientela.
CATERING
Descripción
Descripción del Negocio
El proyecto consiste en la creación de una empresa de catering dedicada a la elaboración de comidas para el consumo en colectividades fuera del establecimiento elaborador. Ofrecerá sus servicios a empresas y/o particulares para eventos sociales y celebraciones.
Aspectos Jurídicos
Para poder desarrollar este negocio es necesario, previo a la puesta en marcha, la solicitud de la Licencia de Apertura al Ayuntamiento, concretamente en el Área de Medio
Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un servicio en un establecimiento relacionado en el Anexo III de la Ley de Protección Ambiental de Andalucía que requiere la presentación de un informe técnico
elaborado por personal cualificado, para autorizar la ejecución de obra e instalación de mobiliario y máquinas necesarias que cumplan una serie de requisitos sobre salidas de humos, instalación eléctrica, etc.
La normativa en la que se recoge:
• Ordenanza Municipal de Actividades (Boletín oficial de la provincia).
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Decreto 297/1995 de 19 de Diciembre: Reglamento de Calificación Ambiental (BOJA nº 3/11-01-96).
Además existe una documentación específica para poder constituir este tipo de empresas:
• Solicitud de Registro de Industrias y Productos Alimentarios.
Que se realiza mediante el correspondiente impreso, en el que debe constar, entre otras, la documentación
correspondiente al abono de las tasas determinadas
(aproximadamente 30 euros), fotocopia del DNI o CIF que acredite la identidad de la persona física o jurídica a
registrar y certificado analítico con fecha reciente realizado
por un laboratorio oficial u homologado por el Ministerio de Sanidad y Consumo, que recoge los parámetros establecidos del agua de la que se abastece el establecimiento.
• Será conveniente que un laboratorio homologado controlase la calidad alimentaria con un “Análisis de Riesgos y Control de Puntos Críticos”
(ARYCPC).
Otra Normativa aplicable:
• R. D. 1.138/90 de 14 de septiembre (B.O.E. 20-9-90 y 24-11-90).
• Orden 21 febrero de 1977. Alimentos. Normas higiénicos-sanitarias para la instalación y funcionamiento de industrias dedicadas a la preparación y distribución de comidas para
consumo en colectividades y medios de transporte.
• R.D. 2207/199, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios.
• R.D. 168/1985, de 6 de febrero, por el que se aprueba la reglamentación técnico- sanitaria sobre condiciones generales de almacenamiento
frigorífico de alimentos.
• R.D. 706/1986, 7 de marzo, por el que se aprueba la reglamentación higiénico-sanitaria sobre
condiciones generales de almacenamiento de alimentos.
• R.D. 2483/1986 de 14 de noviembre, que apruebe la reglamentación técnico-sanitaria sobre condiciones generales de transporte terrestre de alimentos a temperatura regulada.
• Orden de 17 de marzo de 1988, que modifica la Orden de Presidencia del Gobierno de 21 de junio de 1983 sobre características de envases de conservas vegetales, zumos y derivados y platos preparados (cocinados) esterilizados.
Perfil del Emprendedor
Se trata de una oportunidad de negocio idónea para
aquellos emprendedores que tengan experiencia en el sector de la restauración, posean ciertos conocimientos en la
organización de celebraciones, elaboración de comidas o bien estén dispuestos a adquirirla.
Debido a las características de las actividades que engloba este negocio, el emprendedor deberá tener un claro perfil comercial, ya que el trato con el cliente es continuo y fundamental para la buena marcha del negocio.
ELABORACION Y VENTAS DE COMIDA CASERA
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se describe la creación de un negocio dedicado a la elaboración y venta de comida casera, siendo el establecimiento el punto de venta de la comida para llevar.
Aspectos Jurídicos
Para poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Al tratarse de un negocio en el que se manipulan alimentos, la reglamentación es muy estricta, ya que recoge todos los aspectos relativos a: almacenamiento, manipulación, instalaciones, uniformes, etcétera.
Esta normativa se recoge principalmente en:
• Ordenanza Municipal de Actividades (Publicadas en el Boletín oficial de la provincia).
• Ley 7/1994 de Protección Ambiental (BOJA nº 79/31-05-94).
• Decreto 297/1995 de 19 de Diciembre: Reglamento de Calificación Ambiental (BOJA nº 3/11-01-96).
• Reglamentación técnico-sanitaria, por la seguridad e higiene en la manipulación de alimentos (Ley General de la Salud, Reglamento sobre vigilancia y control de alimentos y bebidas, Tít. VI, Cap. II).
• Ley 11/97, de 24 de abril, sobre envases y residuos desarrollada según la Directiva 94/62/CE.
• Decreto 262/1988, de 2 de Agosto, Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía (BOJA de 17 de Septiembre).
• Real Decreto del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre Ordenación del Comercio
Minorista.
Como puede observarse, habrá que cumplir toda normativa vigente en materia de: publicidad de precios y facturación, sanidad, seguridad, industria, protección al consumidor y accesibilidad a discapacitados.
Otra cuestión muy importante a tener en cuenta es la referente a la elección del local ya que, al tratarse de una actividad clasificada, será necesario cumplir una serie de requisitos sobre instalación eléctrica, salidas de humos, etc.
Además hay que comprobar que el local permita este tipo de uso y que la comunidad de vecinos a la que pertenezca el local consientan la colocación de la salida de humos.
Perfil del Emprendedor
Este proyecto requiere que las personas encargadas de la cocina deberán poseer formación o experiencia en la elaboración de productos.
Además, para el trato al público es necesario una orientación al servicio al cliente.
HELADERIA
Descripción
Descripción del Negocio
La actividad que desarrolla este negocio es la venta al por menor de helados artesanales en establecimiento comercial incluyendo un punto de degustación.
Aspectos Jurídicos
La normativa a tener en cuenta para este tipo de negocios es la siguiente:
• Real Decreto 618/1998 de 17 de abril de 1998 en el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria aplicable a la elaboración, distribución y comercio de helados y mezclas envasadas para congelar, desde el área de Medio Ambiente y de ámbito nacional.
• Nueva Reglamentación Técnico Sanitaria del Helado, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de abril de 2003 para adaptar la legislación española a las nuevas normativas europeas que incluyen este sector dentro de los productos lácteos.
• Real Decreto 709/2002, sobre el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria", con ámbito de aplicación nacional, a 19 de Julio 2002.
• Real Decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios.
Por otra parte, será necesario observar a la normativa referente al comercio minorista, la cual se recoge fundamentalmente en:
• Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
• Ley 2/1996, de 15 de enero, complementaria de la de Ordenación del Comercio Minorista .
Ley 1/1996, de 10 de enero, de Comercio Interior de Andalucía.
Perfil del Emprendedor
Es un negocio idóneo para personas con experiencia en el sector, pero no es imprescindible ya se puede adquirir la formación necesaria realizando algún curso preparatorio en la fabricación de helados (si el emprendedor decide vender helados de fabricación propia), impartido en centros de estudios, escuelas, asociaciones y otros centros
especializados.
En cualquier caso, como en todo comercio, es fundamental que las personas dedicadas a la atención al cliente tengan un trato agradable y personalizado.
BAR DE COPAS
Descripción
Descripción del Negocio
En este proyecto se estudia la creación de un bar de copas o pub.
Aspectos Jurídicos
Algunos requisitos que, con carácter general, se exigen para la apertura de un bar especial son:
Licencia municipal de funcionamiento:
Para que la concedan es necesaria una certificación de un técnico que acredite que la adaptación del local se ha realizado bajo su dirección y conforme a la normativa.
Además se debe de contratar un seguro que cubra los riesgos de incendio y de responsabilidad civil frente a terceros, un plan de revisiones periódicas para los equipos de protección contra incendios y un plan de emergencia.
Todo ello con una ficha técnica donde se especifiquen sus características.
Licencias de actividades e instalaciones:
Es necesario presentar una hoja en la que se especifiquen las características de las actividades e instalaciones, una relación de los propietarios y vecinos afectados y una memoria con la descripción de la actividad, del local, de las condiciones de instalación e higiene, etc. Además deberá adjuntar los planos de situación parcelaria del local y de la distribución del mismo (indicando los accesos, escaleras, alumbrados especiales, salidas previstas para la evacuación de humos, etc.) y el presupuesto de las instalaciones y maquinaria necesaria.
Para poder poner en marcha el negocio, se deberá solicitar la Licencia de apertura a la autoridad competente,
concretamente en el Área de Medio Ambiente / Servicio de Protección Ambiental, ya que se trata de un establecimiento relacionado en la Ley de Protección Ambiental de
Andalucía.
Alguna normativa que debe observarse: