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NORMAS LEGALES. Sumario PODER EJECUTIVO. Año XXVIII - Nº EDUCACION

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NORMAS LEGALES

www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440157 AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

R.S. N° 087-2011-PCM.- Designan Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros 440160

AGRICULTURA

R.D. Nº 003-2011-AG-SENASA-DSA.- Establecen

requisitos zoosanitarios específi cos de cumplimiento obligatorio en la importación de fi bra lavada y desgrasada de vicuña cuyo origen es Perú y procedencia Italia

440160

R.D. Nº 026-2011-AG-AGRO RURAL-DE.- Dan por

concluida designación de Jefe de la Agencia Zonal Huancane - Moho - San Antonio de Putina de AGRO

RURAL 440161

CULTURA

R.M. N° 115-2011-MC.- Aceptan renuncia y designan Jefa de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración del Ministerio 440161

DEFENSA

R.M. Nº 301-2011-DE/SG.- Designan integrantes de la Comisión de Acreditación del Ministerio de Defensa para el proceso eleccionario del Director pensionista de las Fuerzas Armadas en el Consejo Directivo de la Caja de

Pensiones Militar Policial 440162

R.M. Nº 302-2011-DE/SG.- Designan Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio 440162

ECONOMIA Y FINANZAS

R.M. N° 223-2011-EF/43.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio 440163 R.M. N° 224-2011-EF/43.- Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio 440164 R.M. N° 225-2011-EF/10.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSION 440164 R.M. N° 226-2011-EF/10.- Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de PROINVERSION 440165 R.M. N° 228-2011-EF/10.- Aceptan renuncia y designan Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro de

Hacienda 440165

EDUCACION

D.S. N° 007-2011-ED.- Disponen la creación y funcionamiento del “Museo de la Alfabetización” 440165 R.M. N° 0110-2011-ED.- Aceptan renuncia de Asesor del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio 440166 R.M. N° 0111-2011-ED.- Designan Asesor del Despacho

Ministerial 440166

R.M. N° 0119-2011-ED.- Designan Asesora del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio

440166 ENERGIA Y MINAS

D.S. N° 015-2011-EM.- Establecen disposiciones para la aplicación del literal f) del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos 440167

R.S. N° 020-2011-EM.- Constituyen derecho de

servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre predio de propiedad del Estado ubicado en el departamento de Ica, a favor de Contugas S.A.C. 440167 R.M. Nº 163-2011-MEM/DM.- Establecen indicadores de performance referidos en la Norma Técnica de Calidad de

los Servicios Eléctricos 440169

R.M. Nº 165-2011-MEM/DM.- Precisan considerando y artículo 2° de la R.M. N° 058-2011-MEM/DM

440171

JUSTICIA

R.S. N° 074-2011-JUS.- Dan por concluida designación de Procurador Público Adjunto Especializado en asuntos de la Fuerza Aérea del Perú 440172 R.S. N° 075-2011-JUS.- Designan Procurador Público Adjunto del Ministerio de Defensa 440172

Fe de Erratas R.S. N° 065-2011-JUS 440173

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

R.M. Nº 113-2011-MIMDES.- Designan Director General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Social 440173 R.M. Nº 114-2011-MIMDES.- Designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de

Aymaraes - Chalhuanca 440173

R.M. Nº 115-2011-MIMDES.- Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del INABIF 440174

Sumario

Año XXVIII - Nº 11349

(2)

NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440158

PRODUCE

R.M. Nº 113-2011-PRODUCE.- Modifi can R.M. N° 340-2010-PRODUCE mediante la cual se delegaron diversas facultades en materia presupuestal en el Secretario

General del Ministerio 440174

RR.DD. Nºs. 118, 124, 125, 128, 130, 131, 133 y 134-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan permisos de pesca a empresas para operar embarcaciones pesqueras de banderas venezolana, panameña y ecuatoriana 440175 R.D. Nº 126-2011-PRODUCE/DGEPP.- Cambian ejecución de incrementos de fl ota otorgados por las RR.DD. N°s. 158 y 183-2008-PRODUCE/DGEPP, amplían permisos de pesca otorgados mediante RR.DD. N°s. 198, 445-2010-PRODUCE/DGEPP y dictan otras disposiciones 440185

R.D. Nº 127-2011-PRODUCE/DGEPP.- Declaran

improcedente solicitud para instalar establecimiento industrial pesquero para desarrollar actividades de procesamiento a través de una planta de congelado, presentada por Frigorífi co Melani S.R.L 440188 R.D. N° 211-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban Listado de Asignación de los Límites Máximos de Captura por Embarcación - LMCE-Norte-Centro, correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2011 de la Zona Norte

Centro 440189

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO R.M. Nº 107-2011-TR.- Aceptan renuncia de Jefa del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial 440190

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. Nº 216-2011-MTC/03.- Otorgan concesión

única a AB Telecomunicaciones Perú S.A.C. para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones

a nivel nacional 440191

R.M. Nº 222-2011-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Costa Rica, Argentina, EUA y Guatemala, en comisión de servicios 440191 R.M. Nº 224-2011-MTC/03.- Declaran resuelto de pleno derecho el contrato de concesión suscrito con Cable Zofri S.R.L. para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable 440192 R.D. Nº 026-2011-MTC/16.- Aprueban renovación de vigencia de homologación de equipo para medición de emisiones vehiculares, a favor de Igardi Herramientas

S.A. 440194

ORGANISMOS EJECUTORES

AGENCIA DE PROMOCION DE

LA INVERSION PRIVADA

Res. Nº 041-2011.- Autorizan viaje de representante de PROINVERSION a Panamá para participar en ronda de negociación de tratado de libre comercio 440195

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL

R.D. Nº 065-2011-COFOPRI/DE.- Designan Jefe de la Ofi cina Zonal de Junín de COFOPRI 440195

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Res. Nº 081-2011/SUNAT.- Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a Panamá para participar en la Mini Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo de Libre Comercio entre Perú y países de Centroamérica 440196

Res. Nº 082-2011/SUNAT.- Designan y excluyen agentes de retención del Impuesto General a las Ventas 440196 Res. Nº 083-2011/SUNAT.- Dictan disposiciones referidas a la declaración y pago del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al año 2011 440197 Res. Nº 087-2011/SUNAT.- Dejan sin efecto designaciones y designan Gerentes en la Intendencia de Principales

Contribuyentes Nacionales 440198

Res. Nº 120-024-0000325/SUNAT.- Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto y de la Ofi cina

Zonal San Martín 440198

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. Nº 052-2011-OS/CD.- Declaran improcedente recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Red de Energía del Perú S.A. contra la Res. N°

013-2011-OS/CD 440199

Res. Nº 053-2011-OS/CD.- Declaran improcedente recurso de reconsideración interpuesto por Electroperú S.A. contra la Res. N° 013-2011-OS/CD, en el extremo que precisa que dicha empresa no debe participar en la remuneración del tramo L-2208B 440201 Res. Nº 055-2011-OS/CD.- Aprueban modifi cación de la Norma “Precios a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación entre Usuarios Regulados” 440203 Res. Nº 062-2011-OS/CD.- Modifi can Procedimiento de Inscripción en el Registro de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Hidrocarburos 440204

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO

Res. Nº 012-2011-SUNASS-CD.- Aprueban Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales que serán aplicados por SEDAPAL S.A. 440206

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION

DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Res. Nº 034-2011/CFD-INDECOPI.- Disponen iniciar examen a derechos antidumping a que se refi eren las RR. N°s 063-2003-CDS/INDECOPI y 064-2006/CDS-INDECOPI sobre importaciones de bobinas y planchas de hierro o acero, originarias y/o procedentes de la Federación de Rusia y de la República de Kazajstán 440209 Res. Nº 036-2011/CFD-INDECOPI.- Suprimen aplicación de derechos antidumping defi nitivos impuestos por la Res. N° 035-2006/CDS-INDECOPI a importaciones de vasos de polypapel originarios de la República Argentina, producido por American Plast S.A. 440211 Res. Nº 037-2011/CFD-INDECOPI.- Disponen el inicio de un procedimiento de examen a los derechos antidumping impuestos por la Res. N° 072-2006/CDS-INDECOPI sobre importaciones de tejidos denim con contenido de algodón, mezclado exclusiva o principalmente con fi bras sintéticas o artifi ciales, originarios de la República Popular China

440212 Res. Nº 038-2011/CFD-INDECOPI.- Disponen aplicar derechos antidumping defi nitivos a importaciones de tejidos de poliéster y rayón viscosa originarios de la

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NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440159

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

R.J. Nº 082-2011-INEI.- Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de marzo

de 2011 440216

R.J. Nº 083-2011-INEI.- Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente

al mes de marzo de 2011 440217

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO

Res. Nº 199-2011-OSCE/PRE.- Delegan facultades en materia presupuestal a la Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

440217 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

LOS REGISTROS PUBLICOS

Res. Nº 100-2011-SUNARP/SN.- Aceptan renuncia y designan Asesor del Despacho de la Superintendencia Adjunta de los Registros Públicos 440218

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 067-2011-CE-PJ.- Disponen que 6° y 7° Juzgados Especializados de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, atiendan procesos de familia en materia tutelar que correspondan a la competencia de los Juzgados Mixtos del Módulo Básico de Justicia Condevilla 440218 Res. Adm. Nº 068-2011-CE-PJ.- Disponen la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado de Cajatambo, Distrito Judicial de Huaura para atender asuntos judiciales en los distritos de Gorgor, Huancapón y Manas 440219 Res. Adm. Nº 070-2011-CE-PJ.- Crean Juzgado de Paz en el Centro Poblado Alto Perú 440219 Res. Adm. Nº 105-2011-CE-PJ.- Convierten, reubican, modifi can denominación y prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales a fi n de reforzar el Plan Nacional de Descarga Procesal 440220 Res. Adm. Nº 106-2011-CE-PJ.- Prorrogan funcionamiento de la Sala Civil Transitoria, Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria y Sala Penal Transitoria de la Corte

Suprema de Justicia 440221

CORTES

SUPERIORES DE JUSTICIA

Res. Adm. Nº 0159-2011-P-CSJLIMASUR/PJ.- Designan Jueces Provisionales y Supernumerarios en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur 440222 Res. Adm. Nº 0160-2011-P-CSJLIMASUR/PJ.- Establecen el rol del Turno Penal para el mes de abril de 2011, así como el Turno del Juzgado de Investigación Preparatoria para los delitos cometidos por funcionarios

públicos 440223

Res. Adm. Nº 271-2011-P-CSJLI/PJ.- Designan

Secretaria Técnica de la Comisión Distrital de Magistrados para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima 440221 Res. Adm. Nº 272-2011-P-CSJLI/PJ.- Modifi can la Res. Adm. N° 270-2011-P-CSJLI/PJ y designan Jueces en el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro 440222

ORGANOS AUTONOMOS

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Res. Nº 0282-2011-ANR.- Aprueban “Reglamento de Edifi caciones para uso de las Universidades” 440224 Res. Nº 0311-2011-ANR.- Establecen percepción económica bajo la modalidad de Régimen Especial de Contratación Administrativa para los Consejeros del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios - CODACUN que acrediten su residencia en Lima 440229

BANCO CENTRAL DE RESERVA

Circular Nº 008-2011-BCRP.- Dictan disposiciones de encaje en moneda nacional y extranjera 440230

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL R.J. Nº 179-2011-JNAC/RENIEC.- Designan Subgerente de Procesamiento de Identifi cación de la Gerencia de Registros de Identifi cación del RENIEC 440231

MINISTERIO PUBLICO

Fe de Erratas Res. Nº 511-2011-MP-FN 440231 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. Nº 3272-2011.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. el traslado de agencia ubicada en el distrito de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes 440231

UNIVERSIDADES

Res. Nº 082-2011-UNSAAC.- Autorizan emisión de duplicado de diploma de título profesional de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco 440232

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Ordenanza Nº 275 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR.- Establecen disposiciones relativas a la prevención y eliminación de la discriminación en todas sus formas en la

Región Amazonas 440233

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Ordenanza Nº 131-AREQUIPA.- Aprueban el Calendario Conmemorativo de la Mujer en el ámbito de la Región

Arequipa 440236

Ordenanza Nº 132-AREQUIPA.- Precisan régimen legal para contratación de docentes por reemplazo, por licencia, sanción, encargo de puesto o designación 440236 Res. Nº 021-2011-GRA/PR-GGR.- Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el distrito de Chaparra, provincia de Caravelí 440237 Res. Nº 044-2011-GRA/GREM.- Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de

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NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440160

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

Designan Secretaria General de la

Presidencia del Consejo de Ministros

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 087-2011-PCM Lima, 31 de marzo de 2011 CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, en consecuencia, es necesario designar a quien desempeñará tal cargo;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;

Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar a la señora abogada KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO como Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 2º.- Dejar sin efecto el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 082-2011-PCM.

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y

Ministra de Justicia 622584-3

AGRICULTURA

Establecen requisitos zoosanitarios

específicos de cumplimiento obligatorio

en la importación de fibra lavada y

desgrasada de vicuña cuyo origen es

Perú y procedencia Italia

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2011-AG-SENASA-DSA La Molina, 29 de marzo de 2011 VISTOS:

La Carta Nº 160-2011-AG-SENASA-DSA-SCA de fecha 03 de febrero de 2011 y el Informe Nº 100-2011-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 17 de febrero de 2011; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, señala que el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, esto es, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA;

Que, así también el Artículo 9° de la Ley General de Sanidad Agraria establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fi to y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate;

Que, el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, establece que los requisitos fi to y zoosanitarios se publican en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi can a la Organización Mundial del Comercio - OMC;

GOBIERNOS LOCALES

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OYON Acuerdo Nº 044-2011/CPO.- Establecen remuneración de alcalde y monto de dieta de regidores de la Municipalidad 440239 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOBITOS Ordenanza Nº 01-02-2011-MDL.- Aprueban Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de

la Municipalidad 440240

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAUYA

Ordenanza Nº 001-2011-MDY/ALC.- Declaran en

emergencia administrativa y fi nanciera a la Municipalidad 440242

PROYECTOS

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. Nº 061-2011-OS/CD.- Proyecto de Resolución de Consejo Directivo mediante el cual se modifi ca el ítem 2 del numeral 14.1.1 del artículo 14 del Reglamento de Supervisión de las Actividades Energéticas y Mineras del

OSINERGMIN 440242

SEPARATA ESPECIAL

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. Nº 054-2011-OS/CD.- Declaran fudado, fundado en parte e infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución OSINERGMIN Nº 015-2011-OS/CD que aprobó la “Actualización de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con costos 2010” por la Empresa Luz del Sur S.A.A. 440199

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NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440161

Que, mediante Carta Nº 160-2011-AG-SENASA-DSA-SCA de fecha 03 de febrero de 2011, la Dirección de Sanidad Animal del SENASA comunica a la Embajada de Italia en Lima, que acepta el modelo de certifi cado sanitario de exportación para fi bra lavada y desgrasada de vicuña cuyo origen es Perú y procedencia Italia, y que iniciará el proceso para la emisión de los permisos sanitarios de importación;

Que, mediante Informe Nº 100-2011-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 17 de febrero de 2011, la Subdirección de Cuarentena Animal recomienda publicar los requisitos zoosanitarios establecidos para la importación de “fi bra lavada y desgrasada de vicuña cuyo origen es Perú y procedencia Italia”;

De conformidad con lo dispuesto en Decreto Legislativo Nº 1059 y el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG; el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Establecer los requisitos zoosanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de fibra lavada y desgrasada de vicuña cuyo origen es Perú y procedencia Italia; de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Disponer la emisión de los permisos zoosanitarios de importación a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución.

Artículo 3°.- El anexo señalado en el Artículo 1º será publicado en la página web del SENASA (www.senasa. gob.pe).

Artículo 4°.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma.

Regístrese, comuníquese y publíquese. JANIOS MIGUEL QUEVEDO VALLE Director de Sanidad Animal (e) Servicio Nacional de Sanidad Agraria 621433-1

Dan por concluida designación de Jefe

de la Agencia Zonal Huancane - Moho

- San Antonio de Putina de AGRO

RURAL

RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 026-2011-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 30 de marzo de 2011

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2.5.3.2. del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, aprobado por Resolución Ministerial Nº1120-2008-AG, conforma dentro de su estructura orgánica a las Agencias Zonales, que dependen jerárquicamente de cada Dirección Zonal y pueden administrar una o más provincias y distritos;

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 025-2009-AG-AGRO RURAL-DE, se designó al Ing. Rubén Pari Mamani, en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal Huancane - Moho - San Antonio de Putina del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL;

Que, se ha visto conveniente dar por concluida la designación efectuada;

De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones de AGRO RURAL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la designación del Ing. Rubén Pari Mamani, en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal Huancane - Moho - San Antonio de Putina del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL (www.agrorural. gob.pe)

Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO LUIS BELTRAN BRAVO Director Ejecutivo

Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 622039-1

CULTURA

Aceptan renuncia y designan Jefa

de la Unidad de Recursos Humanos

de la Oficina de Administración del

Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2011-MC Lima, 31 de marzo de 2011 CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 059-2011-MC de fecha 9 de febrero de 2011, se designó al señor Alex Eduardo Mondragón Olaya en el cargo de confi anza de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración;

Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde emitir el acto de administración mediante el cual se acepte dicha renuncia y se designe al Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración;

Estando a lo visado por la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; y, la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Alex Eduardo Mondragón Olaya, al cargo de confi anza de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar a la señora Karina Lizette Apaza Mini como Jefa de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración del Ministerio de Cultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN OSSIO ACUÑA

Ministro de Cultura 622576-1

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NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440162

DEFENSA

Designan integrantes de la Comisión

de Acreditación del Ministerio de

Defensa para el proceso eleccionario

del Director pensionista de las Fuerzas

Armadas en el Consejo Directivo de la

Caja de Pensiones Militar Policial

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 301-2011-DE/SG Lima, 28 de marzo de 2011 CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ley Nº 21021 se crea la Caja de Pensiones Militar Policial como persona jurídica de Derecho Público Interno, destinada a administrar el régimen de pago de las pensiones y compensaciones de sus miembros, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 19846;

Que, mediante Ley Nº 28541 y Ley Nº 28962 se modifi có el artículo 12º del Decreto Ley Nº 21021, disponiendo que la Dirección de la Caja estará a cargo del Consejo Directivo, el mismo que se conforma entre otros, por un Director Pensionista de las Fuerzas Armadas, elegido por sus asociaciones y designado por el Ministerio de Defensa;

Que, por Decreto Supremo Nº 006-2006-DE/SG del 02 de Marzo del 2006, modifi cado por Decreto Supremo Nº 013-2006-DE/SG del 12 de Junio del 2006, se aprueba el reglamento del artículo 12º del Decreto Ley Nº 21021 que regula la conformación del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial;

Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 006-2006-DE/SG establece que la Comisión de Acreditación del Ministerio de Defensa será designada mediante Resolución Ministerial y estará conformada por un representante de la Dirección de Personal, un representante de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y un representante de la Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 723 – 2010-DE/SG del 13 de Julio del 2010 se designa a los integrantes de la Comisión de Acreditación del Ministerio de Defensa para el proceso eleccionario del Director pensionista de las Fuerzas Armadas que conformará el Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial; sin embargo, la representante de la Ofi cina de Asesoría Jurídica Abogada Mayra Marlene CONTRERAS RAEZ, quien prestaba servicios mediante Contrato Administrativo de Servicios, ha dejado de tener vínculo laboral con el Ministerio de Defensa, por lo que resulta necesario designar su reemplazo;

Estando a lo propuesto por el Viceministro de Recursos para la Defensa y la Dirección General de Recursos Humanos para la Defensa y con la visación de la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa;

De conformidad a lo establecido por el Decreto Ley Nº 21021 modifi cado por Ley Nº 28541 y Ley Nº 28962; Ley Nº 29065 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-DE/SG;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar a los integrantes de la Comisión de Acreditación del Ministerio de Defensa para el proceso eleccionario del Director pensionista de las Fuerzas Armadas que conformará el Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, de acuerdo al siguiente detalle:

- Representante de la Dirección General de Recursos Humanos para la Defensa:

CORONEL EP LUIS ALBERTO BAUTISTA SANCHEZ

- Representante de la Dirección General de Asesoría Jurídica:

C. de C. SANTIAGO HUAMANI ARBIETO - Representante de la Ofi cina Previsional: CRL EP JOSE ALVARADO FERNANDEZ

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 723-2010-DE/SG del 13 de Julio del 2010.

Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN

Ministro de Defensa 622554-1

Designan Jefe de la Oficina General de

Asesoría Jurídica del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2011-DE/SG Lima, 31 de marzo de 2011 CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1050-2010 DE/SG, de fecha 24 de setiembre de 2010, se designó a la señorita Yamile Griselda De Lama Hirsh, en el cargo de Directora General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa;

Que, la referida funcionaria, ha presentado su renuncia al cargo de Directora General de Asesoría Jurídica, que es pertinente aceptar;

Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 001-2011 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, se observa que la Dirección General de Asesoría Jurídica ha sido reemplazada por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica como órgano responsable de asesorar en materia legal a la Alta Dirección, órganos y organismos del Sector Defensa;

Que, es necesario designar al funcionario que desempeñará el cargo de Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa;

Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 31 de marzo de 2011, la renuncia formulada por la señorita Yamile Griselda De Lama Hirsh, en el cargo de Directora General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar, a partir del 1 de abril de 2011, al señor Miguel Antonio Morales –Bermúdez Field, en el cargo de Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN

Ministro de Defensa 622552-1

ECONOMIA Y FINANZAS

Aprueban Reglamento de Organización

y Funciones del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2011-EF/43 Lima, 30 de marzo de 2011

(7)

NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440163

Vista la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones presentada por los Despachos Viceministeriales de Economía y de Hacienda, del Ministerio de Economía y Finanzas; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a reestructurar su organización y modifi car sus documentos de gestión, en un plazo que no excederá del primer trimestre del año 2011, con el objeto de mejorar la efi ciencia y efi cacia de sus procesos internos;

Que, asimismo la citada Ley señala que para los fi nes antes mencionados, los documentos de gestión serán aprobados mediante Resolución Ministerial;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 y modifi catorias, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en virtud del mandato legal resulta necesario modifi car la Estructura Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas han emitido informes favorables al proyecto alcanzado; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias y la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas

Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas que consta de cuatro (04) Títulos, siete (07) Capítulos, ciento cuarenta y nueve (149) artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias Finales que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Publicación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas

El Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por el artículo precedente, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).

Artículo 3º.- Vigencia

La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a los quince (15) días hábiles de su publicación.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Implementación del ROF del MEF

Facúltese al Ministerio de Economía y Finanzas para que, mediante Resolución Ministerial, emita las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada implementación del Reglamento de Organización y Funciones.

Segunda.- Efectos presupuestales

La aplicación del Reglamento de Organización y Funciones del pliego Ministerio de Economía y Finanzas se sujeta a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Tercera.- Referencia en normas anteriores a las Direcciones Generales y Nacionales, Direcciones u Ofi cinas del Ministerio

Toda referencia en normas anteriores a las Direcciones Generales y Nacionales, Direcciones u Ofi cinas del Ministerio que no formen parte del presente Reglamento de Organización y Funciones, deberán identifi carse con

las nuevas Direcciones Generales, Direcciones u Ofi cinas de acuerdo con sus funciones.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

Única.- Derogación

Deróguese la Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 y sus modifi catorias, y las demás normas que se opongan a la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese, publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 622581-1

Aprueban Cuadro para Asignación de

Personal del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 224-2011-EF/43 Lima, 31 de marzo de 2011 CONSIDERANDO:

Que, el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Economía y Finanzas, es un documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados por el Sector sobre la base de su estructura orgánica;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 079-2010-EF se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre la base de lo dispuesto en la Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 y modifi catorias, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, facultó al Ministerio de Economía y Finanzas a reestructurar su organización y modifi car sus documentos de gestión mediante Resolución Ministerial, en un plazo no mayor al primer trimestre del año 2011, con el objeto de mejorar la efi ciencia y efi cacia de sus procesos internos;

Que, en tal sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, incorporándose una nueva estructura orgánica y administrativa;

Que, consecuentemente, se requiere aprobar un nuevo Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Economía y Finanzas que refl eje en la estructuración de cargos, la nueva organización aprobada;

Con el informe favorable de la Ofi cina General de Administración; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias, Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43, que aprueba las modifi caciones al Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Economía y Finanzas;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobación del CAP del MEF

Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Publicación del CAP del MEF

El Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).

(8)

NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440164

Artículo 3º.- Vigencia

La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a los veinte (20) días hábiles siguientes de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 4º.- Derogación

Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 079-2010-EF y las demás disposiciones que se opongan a la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 622581-2

Aprueban Reglamento de Organización

y Funciones de PROINVERSIÓN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2011-EF/10 Lima, 31 de marzo de 2011

VISTA: La propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones, presentada por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada- PROINVERSION; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, faculta a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –PROINVERSION, a reestructurar su organización y modifi car sus documentos de gestión, en un plazo que no excederá del primer trimestre del año 2011, con el objeto de mejorar la efi ciencia y efi cacia de sus procesos internos;

Que, asimismo, la citada Ley señala que para los fi nes antes mencionados, los documentos de gestión serán aprobados mediante Resolución Ministerial;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2009-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –PROINVERSIÓN;

Que, en virtud del mandato legal señalado en el primer considerando, resulta necesario modifi car la estructura orgánica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –PROINVERSION y el Reglamento de Organización y Funciones de la citada entidad;

Con el Informe Técnico Nº 6-2011-OPR/ PROINVERSION de la Ofi cina de Planifi cación y Racionalización y el Acuerdo del Consejo Directivo adoptado en su sesión Nº 416 de fecha 31 de marzo 2011, de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –PROINVERSIÓN;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias y la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –PROINVERSION

Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –PROINVERSION que consta de tres (03) Títulos, siete (07) Capítulos, treinta y cinco (35) artículos y una (01) Disposición Complementaria Final, que como anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2º.- Publicación del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –PROINVERSION

El Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –PROINVERSION, aprobado por el artículo precedente,

será publicado en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –PROINVERSION (www.proinversion.gob.pe).

Artículo 3º.- Vigencia

La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a los quince (15) días hábiles posteriores a su publicación.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Única.- Referencia en normas anteriores a las Direcciones u Ofi cinas

Toda referencia en normas anteriores a las Direcciones u Ofi cinas de PROINVERSIÓN que no formen parte del presente Reglamento de Organización y Funciones, deberán identifi carse con las nuevas Direcciones Generales, Direcciones u Ofi cinas de acuerdo con sus funciones.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

Única.- Derogación

Dejar sin efecto las normas que se opongan a la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese, publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 622581-3

Aprueban Cuadro para Asignación de

Personal de PROINVERSIÓN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 226-2011-EF/10 Lima, 31 de marzo de 2011

Visto el nuevo Cuadro de Asignación de Personal presentado por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada- PROINVERSION; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, es un documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados por dicha entidad sobre la base de su estructura orgánica;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 029-2006-EF se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, sobre la base de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2009-EF, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la citada entidad;

Que, la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, facultó al Ministerio de Economía y Finanzas a reestructurar la organización de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN y modifi car sus documentos de gestión mediante Resolución Ministerial, en un plazo no mayor al primer trimestre del año 2011, con el objeto de mejorar la efi ciencia y efi cacia de sus procesos internos;

Que, en tal sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 225-2011-EF/10, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, incorporándose una nueva estructura orgánica y administrativa;

Que, consecuentemente, se requiere aprobar un nuevo Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN que refl eje en la estructuración de cargos, la nueva organización aprobada;

(9)

NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440165

Con el Informe favorable Nº 33-2011/OAF/ PROINVERSIÓN de las Ofi cinas de Administración y Finanzas, Asesoría Jurídica y Racionalización y Planifi cación y el Acuerdo del Consejo Directivo adoptado en su sesión Nº 416 de fecha 31 de marzo 2011, de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias, Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y la Resolución Ministerial Nº 225-2011-EF/10, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobación del CAP de PROINVERSIÓN

Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, que como anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Publicación del CAP de PROINVERSIÓN

El Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN aprobado por el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN (www.proinversion.gob.pe).

Artículo 3º.- Vigencia

La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a los veinte (20) días hábiles siguientes de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 4º.- Derogación

Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 622581-4

Aceptan renuncia y designan Secretario

Ejecutivo del Despacho del Viceministro

de Hacienda

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2011-EF/10 Lima, 31 de marzo de 2011 CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 062-2010-EF-10 del 29 de enero de 20062-2010-EF-10 se designó a la señora abogada Kitty Elisa Trinidad Guerrero como Asesor II - Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro de Hacienda, Categoría F-5 del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que es necesario aceptar la misma y designar al funcionario que la reemplazará;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el artículo 77 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la señora abogada Kitty Elisa Trinidad Guerrero al cargo

de Asesor II - Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro de Hacienda, Categoría F-5 del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar al señor abogado Alfonso Jesús Garcés Manyari como Asesor II - Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro de Hacienda, Categoría F-5 del Ministerio de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 622582-1

EDUCACION

Disponen la creación y funcionamiento

del “Museo de la Alfabetización”

DECRETO SUPREMO Nº 007-2011-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13º de la Constitución Política del Perú establece que la educación tiene como fi nalidad el desarrollo integral de la persona humana;

Que, entre los fi nes de la educación peruana recogidos en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, se incluye la formación de personas capaces de lograr su realización intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento;

Que, en ese sentido, mediante Decreto Supremo Nº 022-2006-ED se crea el Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización - PRONAMA, responsable de desarrollar las acciones conducentes a erradicar el analfabetismo en el país, constituyéndose como Unidad Ejecutora del Ministerio de Educación;

Que, con la fi nalidad de difundir y exponer las acciones de alfabetización y post alfabetización en el Perú, se considera conveniente la implementación de un espacio educativo y cultural, que además será un centro para la formación y desarrollo de alfabetizadores y especialistas nacionales e internacionales en alfabetización y educación para adultos, denominado “Museo de la Alfabetización”, el mismo que será implementado en el inmueble ubicado en jirón Julián Piñeiro Nº 390 en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 44086859 del Registro de Predios de Lima, donde también funcionará un círculo de alfabetización y un centro de continuidad educativa de los alfabetizados;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;

DECRETA:

Artículo 1º.- Creación del “Museo de la Alfabetización”

Disponer la creación y funcionamiento del “Museo de la Alfabetización”, dependiente del Consejo Ejecutivo del Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización - PRONAMA, el cual tendrá las siguientes funciones:

a) Difundir las acciones de alfabetización y postalfabetización en el Perú.

(10)

NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440166

b) Exponer documentación relativa a las siguientes materias:

- Historia del alfabeto y el desarrollo de la lectura, escritura, los números y el cálculo matemático.

- Evolución de los programas de alfabetización a nivel nacional e internacional.

- Alfabetización 2006 - 2011 (PRONAMA).

c) Constituirse en un espacio educativo y cultural y centro de formación y desarrollo de alfabetizadores y especialistas nacionales e internacionales en alfabetización y educación de adultos, para lo cual contará con una biblioteca especializada y aulas de capacitación.

d) Realizar investigaciones para el perfeccionamiento de la alfabetización y postalfabetización.

e) Servir de centro de documentación y referencia especializada en alfabetización y postalfabetización.

f) Preservar el acervo documentario de los círculos de alfabetización y de continuidad educativa del PRONAMA y otros programas de alfabetización conducidos por el Ministerio de Educación.

Artículo 2º.- Sede del “Museo de la Alfabetización” El Ministerio de Educación y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales adoptarán las acciones que sean necesarias para que el inmueble ubicado en el Jr. Julián Piñeiro Nº 390 en el distrito del Rímac, inscrito en la Partida Nº 44086859 del Registro de Predios de Lima, sea destinado a la sede del “Museo de la Alfabetización”.

Artículo 3º.- Del Financiamiento

La implementación del presente Decreto Supremo se hará con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación 2011 y no demandará recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 4º.- Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- Facúltese al Ministerio de Educación a dictar las normas y disposiciones complementarias que se requieran para la adecuada aplicación de lo aprobado en el presente Decreto Supremo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de marzo del año dos mil once.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República VÍCTOR RAÚL DÍAZ CHAVEZ

Ministro de Educación 622584-1

Aceptan renuncia de Asesor del

Viceministerio de Gestión Institucional

del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0110-2011-ED Lima, 25 de marzo de 2011 CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0546-2006-ED, se designó a don Oscar Rubén Silva Neyra, como Asesor del Viceministerio de Gestión Institucional, cargo considerado de confi anza;

Que, don Oscar Rubén Silva Neyra, ha presentado su renuncia al cargo que desempeñaba, por lo que es necesario aceptar la misma;

De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, modifi cado por la Ley N° 26510, el Decreto Supremo N° 006-2006-ED, sus modifi catorias y la Ley N° 29158;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha de la presente Resolución, la renuncia formulada por don Oscar Rubén Silva Neyra, al cargo de Asesor del Viceministerio de Gestión Institucional, cargo considerado de confi anza, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAÚL DÍAZ CHÁVEZ Ministro de Educación 622577-2

Designan Asesor del Despacho

Ministerial

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0111-2011-ED Lima, 25 de marzo de 2011 CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación, cuyo cargo es considerado de confi anza;

Que, el numeral 5) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece entre otras funciones de los Ministros de Estado el designar y remover a los titulares de los cargos de confi anza del Ministerio;

De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, sus modifi catorias y la Ley Nº 29158;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, a don OSCAR RUBEN SILVA NEYRA, como Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación, cargo considerado de confi anza.

Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAÚL DÍAZ CHÁVEZ Ministro de Educación 622577-3

Designan Asesora del Despacho

Viceministerial de Gestión Institucional

del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0119-2011-ED Lima, 31 de marzo de 2011 CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, cuyo cargo es considerado de confi anza;

Que, el numeral 5) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece entre otras funciones de los Ministros de Estado el designar y remover a los titulares de los cargos de confi anza del Ministerio;

De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, sus modifi catorias y la Ley Nº 29158;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, a la Doctora SANDRA INES RAMIREZ MENDEZ, como Asesora del Despacho

(11)

NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440167

Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, cargo considerado de confi anza.

Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAÚL DÍAZ CHÁVEZ Ministro de Educación 622577-1

ENERGIA Y MINAS

Establecen disposiciones para la

aplicación del literal f) del Artículo 6º

del Texto Único Ordenado de la Ley

Orgánica de Hidrocarburos

DECRETO SUPREMO Nº 015-2011-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, cuyo Artículo 6º, literal f), establece como parte del objeto social de PERUPETRO S.A. el comercializar, exclusivamente a través de terceros que no deberán ser fi liales, subsidiarias u otra organización societaria de la que forme parte PERUPETRO S.A. y bajo los principios del libre mercado, los Hidrocarburos provenientes de las áreas bajo Contrato, cuya propiedad le corresponda;

Que, resulta necesario establecer disposiciones para la aplicación de lo previsto en el literal f) del Artículo 6º de la mencionada Ley Orgánica;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM y las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú;

DECRETA: Artículo 1º.- Objeto

La presente norma tiene por objeto establecer las condiciones para la aplicación del literal f) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221 - Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM.

Artículo 2º.- Condiciones del tercero

El tercero señalado en el inciso f) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221 - Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, será una persona natural o jurídica contratada, bajo los términos requeridos por PERUPETRO S.A. para comercializar los Hidrocarburos provenientes de las áreas bajo Contrato, cuya propiedad corresponda a PERUPETRO S.A.

Artículo 3º.- Condiciones para la comercialización La comercialización a la que hace referencia el inciso f) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221 - Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, implica el conjunto de actividades realizadas por terceros en el mercado de Hidrocarburos y en representación de PERUPETRO S.A. que coadyuvan a dicha empresa a establecer las condiciones de venta de los Hidrocarburos de su propiedad, a fi n de suscribir los contratos de compraventa o de suministro correspondientes. Dichas actividades comprenden la evaluación de mercados en los que se venda los Hidrocarburos de propiedad de PERUPETRO S.A. la oferta de los volúmenes de Hidrocarburos disponibles para ventas, convocatoria y difusión de disponibilidad de Hidrocarburos, selección del comprador que presente la mejor propuesta, la elaboración del respectivo contrato de compraventa o cualquier otra

actividad que PERUPETRO S.A. requiera para cumplir la fi nalidad descrita anteriormente.

Artículo 4º.- Vigencia y refrendo

El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y será refrendado por el Ministro de Energía y Minas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de marzo del año dos mil once.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA

Ministro de Energía y Minas 622584-2

Constituyen derecho de servidumbre

de ocupación, paso y tránsito sobre

predio de propiedad del Estado ubicado

en el departamento de Ica, a favor de

Contugas S.A.C.

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 020-2011-EM Lima, 31 de marzo de 2011

VISTO el expediente N° 1993632, de fecha 26 de mayo de 2010, y sus Anexos Nºs. 2010845, 2012819 y 2047516, formado por Contugas S.A.C. sobre solicitud de constitución de derecho de servidumbre legal de ocupación, paso y tránsito sobre un predio de propiedad del Estado Peruano, ubicado en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 046-2008-EM, se otorgó a la Sociedad Concesionaria Transportadora de Gas Internacional del Perú S.A.C., actualmente denominada Contugas S.A.C., la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Ica, en los términos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesión correspondiente;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2009-EM, se aprobó la Primera Cláusula Adicional del Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Ica; asimismo, por medio de la Resolución Suprema Nº 028-2010-EM, se aprobó la Adenda a la Primera Cláusula Adicional de dicho Contrato;

Que, de conformidad con el Anexo 5 del referido Contrato de Concesión, la Sociedad Concesionaria desarrollará las Redes de Distribución de Gas Natural en el departamento de Ica que incluye la construcción de una Red Troncal y los Ramales requeridos para prestar el Servicio en el área de concesión;

Que, conforme con lo dispuesto por los artículos 82° y 83° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades de exploración y explotación de Hidrocarburos, construcción, operación y mantenimiento de ductos para el Transporte de Hidrocarburos, así como la Distribución de Gas Natural podrán gestionar permisos, derechos de servidumbre, uso de agua, derechos de superfi cie y otro tipo de derechos y autorizaciones sobre terrenos públicos o privados, que resulten necesarios para que lleven a cabo sus actividades;

Que, asimismo, las mencionadas disposiciones establecen que los perjuicios económicos que genere el ejercicio del derecho de servidumbre deberán ser indemnizados por las personas que los ocasionen, disponiendo que el Reglamento de la referida ley establecerá los requisitos y procedimientos que permitirán el ejercicio de tales derechos;

(12)

NORMAS LEGALES

Lima, viernes 1 de abril de 2011

440168

Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, se aprobó el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, siendo de aplicación el Título IV, el cual regula el uso de bienes públicos y de terceros;

Que, al amparo de la normatividad vigente, mediante expediente Nº 1993632, Contugas S.A.C. solicitó la constitución del derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre un predio de propiedad del Estado Peruano, ubicado en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica, correspondiéndole las coordenadas geográfi cas UTM y el plano adjuntos que, como Anexos I y II respectivamente, forman parte de la presente Resolución Suprema;

Que, Contugas S.A.C. basa su solicitud en la necesidad de contar con la infraestructura sufi ciente para atender el servicio público de distribución de gas natural por red de ductos a los diversos usuarios del departamento de Ica, de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Ica, suscrito con el Estado Peruano;

Que, de la revisión de la documentación presentada, se ha verifi cado que Contugas S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos de admisibilidad que resultan pertinentes, establecidos por el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, así como los establecidos en el ítem SH01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 061-2006-EM, referido al trámite de solicitud de establecimiento de servidumbres y derecho de superfi cie para Distribución de Gas Natural por Red de Ductos;

Que, tomando en cuenta que Contugas S.A.C. ha solicitado la constitución de derecho de servidumbre sobre un predio de propiedad del Estado Peruano, resulta de aplicación el artículo 88° del TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, según el cual el derecho de establecer una servidumbre al amparo de la Ley y del mencionado Reglamento, obliga a indemnizar el perjuicio que ella cause y a pagar por el uso del bien gravado; asimismo, es aplicable el Decreto Supremo Nº 062-2010-EM, mediante el cual se ha precisado el alcance del procedimiento de imposición de servidumbres establecido en el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, cuyo artículo 1º precisa que las servidumbres de ocupación, de paso o de tránsito impuestas a favor de los Concesionarios, según el mencionado Reglamento, sobre predios cuya titularidad corresponde al Estado, serán gratuitas salvo que el predio a ser gravado esté incorporado a algún proceso económico o fin útil, en cuyo caso el Concesionario pagará la correspondiente compensación, conforme a la normatividad vigente;

Que, a tal efecto, el segundo párrafo del referido artículo 1º del Decreto Supremo Nº 062-2010-EM señala que cuando la Dirección General de Hidrocarburos solicite información, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 96º del TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, la entidad o repartición que administre o cuente con la información sobre los inmuebles de titularidad estatal, deberá indicar si el predio a ser gravado está incorporado al momento de la solicitud a algún proceso económico o fi n útil;

Que, en ese sentido, el citado artículo 96º dispone que si la servidumbre afecta inmuebles de propiedad del Estado, de municipalidades o de cualquier otra institución pública, la Dirección General de Hidrocarburos pedirá, previamente, un informe a la respectiva entidad o repartición, asimismo, si dentro del plazo de veinte (20) días calendario las referidas entidades no remitieran el informe requerido, se entenderá que no tienen observaciones a la solicitud de imposición de servidumbre;

Que, atendiendo a la solicitud efectuada por Contugas S.A.C. y en cumplimiento de las normas citadas, la Dirección General de Hidrocarburos requirió al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, informe sobre la situación actual del referido predio, en ese sentido, mediante el Expediente Nº 2010845 de fecha 13 de julio de 2010, señala que no se observa superposición con predios catastrados;

Que, la Dirección General de Hidrocarburos solicitó a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, informe respecto a la situación actual del terreno materia de la solicitud de imposición de servidumbre, al respecto, mediante el Expediente N° 2012819 de fecha 19 de julio de 2010, señala que el área solicitada por Contugas S.A.C. no tiene antecedente registral, que no se encuentra incorporado a proceso económico o fi n útil, y que no se encuentra sobre área reservada para algún fi n específi co ante dicha entidad;

Que, la Dirección de Procesamiento, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos y Biocombustibles, solicitó a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - Sede Ica, indique el nombre de la persona natural o jurídica y/o entidad que mantiene la propiedad del terreno materia de servidumbre, al respecto, por medio del Expediente N° 2047516 de fecha 02 de diciembre de 2010, adjunta el Informe Técnico N° 2123-2010-Z.R.N°XI/ OC-ICA, donde indica que el área materia de servidumbre se encuentra dentro de la zona señalada en el plano de ubicación presentado, sin que exista superposición gráfi ca con predios inscritos digitalizados;

Que, considerando los pronunciamientos emitidos por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, y la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - Sede Ica, resulta aplicable el artículo 23º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, según el cual los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado;

Que, de conformidad con lo expuesto, siendo el predio materia de solicitud de derecho de servidumbre legal de dominio del Estado, se puede apreciar que el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, y la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - Sede Ica, no han emitido oposición a la imposición de la servidumbre ni han señalado la existencia de algún perjuicio para el Estado o que el mencionado predio se encuentre incorporado a algún proceso económico o fi n útil, razón por la cual la constitución del derecho de servidumbre deberá efectuarse en forma gratuita, de acuerdo a lo dispuesto por el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, cuyos alcances en cuanto al procedimiento de imposición de servidumbres, han sido precisados mediante el Decreto Supremo Nº 062-2010-EM;

Que, de acuerdo a la Cláusula Cuarta del Contrato BOOT de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, el plazo por el que se otorgó la Concesión es de treinta (30) años, contado a partir de la Fecha de Cierre, plazo que no se computará por el tiempo que duren las suspensiones, de acuerdo a lo previsto en dicho Contrato y en las Leyes aplicables. Por consiguiente, el período de imposición del derecho de servidumbre sobre el terreno descrito se deberá prolongar hasta la conclusión de la Concesión, sin perjuicio de las causales de extinción previstas en el referido Contrato y de las que correspondan de acuerdo a las normas aplicables;

Que, la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas ha emitido opinión favorable a la constitución del derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre el predio antes descrito, a favor de Contugas S.A.C., cumpliendo con expedir el Informe Técnico Legal Nº 009-2011-EM-DGH/PTC;

Que, atendiendo a la solicitud efectuada por Contugas S.A.C. y de acuerdo a lo dispuesto por las normas aplicables, se ha dado cumplimiento al procedimiento de constitución de derecho de servidumbre sobre bienes del Estado, dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, así como con lo dispuesto por el Título IV “Uso de bienes públicos y de terceros” del TUO del Reglamento de Distribución Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, razón por la cual debe constituirse el derecho de servidumbre legal de ocupación, paso y tránsito solicitado a favor de Contugas S.A.C.;

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