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Programa de Estímulos al Personal Docente del COBAEV

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Programa de Estímulos al Personal

Docente del COBAEV

El beneficio producto del Programa de Estímulos al Personal Docente (en adelante, Programa), es anual y tiene como objetivos: reconocer a los docentes que se distinguen en la realización de sus funciones enco-mendadas en el COBAEV y en su desarrollo académico, coadyuvar al mejoramiento del trabajo docente e in-tensificar su participación en actividades que permitan elevar la calidad del trabajo que desempeña.

La aplicación de este beneficio está sujeta a lo dispues-to por la presente y por el Reglamendispues-to vigente del Programa (en adelante, Reglamento), cuya última reforma fue aprobada por la H. Junta Directiva del COBAEV en sesión ordinaria del 12 de septiembre de 2014.

En cumplimiento a lo dispuesto por el Reglamento

vigente del Programa, en sus artículos 31 inciso a), 32 y 33 del Capítulo VII Del Proceso de evaluación, y por instrucciones del Director General, el Colegio de Bachi-lleres del Estado de Veracruz

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A sus docentes interesados a solicitar el Estímulo al Personal Docente correspondiente al período agosto 2015 - julio 2016, debiendo cumplir con las siguientes

BASES

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1.. El Programa forma parte de las actividades que tiene instituidas el COBAEV para incentivar a su personal docente.

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2.. Los lineamientos generales para la operación del

Programa son dictados a nivel federal por las Se-cretarías de Educación Pública y de Hacienda y Crédito Público.

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3.. Los estímulos económicos de este Programa son proporcionados por los Gobiernos Federal y Estatal en partes iguales. Son beneficios adicionales al

sueldo y a las prestaciones autorizadas por el Go-bierno Federal para el personal docente del mode-lo de educación media superior, por mode-lo que no constituyen un ingreso fijo, regular, ni permanente y no serán, bajo ninguna circunstancia, sujetos de negociación con organizaciones sindicales o estu-diantiles, ni demandados ante ninguna otra autori-dad.

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4.. El monto destinado al Programa estará sujeto a la autorización de las instancias correspondientes y el estímulo económico a otorgar al personal docente será sujeto de gravamen fiscal, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 48 del Capítulo IX, Forma de Pago y Periodicidad del Reglamento vigente del Programa, así como a lo dispuesto por la Ley del Impuesto sobre la Renta en vigor.

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5.. El docente entregará un expediente digital con evidencias de las actividades desarrolladas durante el periodo agosto 2015 - julio 2016, conforme a los criterios de evaluación establecidos en los artículos 49, 51 y 52 del Capítulo X De los criterios de evalua-ción, del Reglamento vigente del Programa. El ex-pediente será evaluado y la resolución le será in-formada.

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6.. Cuando la evidencia en el expediente digital cum-ple con lo dispuesto en los criterios de evaluación a que se refiere el punto anterior, se asigna una pun-tuación que se acumula a favor del docente. Los criterios de evaluación se agrupan por Indica-dor y estos se ubican en uno de tres Factores. La puntuación a favor del docente, producto de la va-loración de las evidencias presentadas en el expe-diente digital, va de uno a 800 puntos y se distribu-ye como sigue:

Primer Factor. Calidad en el desempeño de la do-cencia, tiene los siguientes Indicadores:

I. Calidad en el desempeño de la función acadé-mica, hasta 180 puntos.

II. Encuesta de evaluación del desempeño docen-te aplicada estudiandocen-tes, hasta 80 puntos. III. Reconocimientos académicos, hasta 100

pun-tos.

IV. Preparación profesional, hasta 120 puntos.

SegundoFactor.Dedicación a la Docencia tiene los siguientes Indicadores:

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V. Formación y actualización docente, hasta 80 puntos.

VI. Apoyo a los estudiantes, hasta 60 puntos. VII. Fortalecimiento de la función docente, hasta

40 puntos.

VIII. Investigación, hasta 20 puntos

IX. Vinculación con los sectores, hasta 40 puntos.

Tercer Factor. Permanencia en las actividades de la docencia y tiene un sólo Indicador:

X. Años de servicio, hasta 80 puntos

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7.. El Indicador I. Calidad en el desempeño de la fun-ción académica contempla criterios de evaluación diferenciados para las funcione de: Docente de Asignatura, Docente en Actividades Paraescolares y Orientador Educativo. Si el docente desempeña si-multáneamente más de una función, los criterios de evaluación que le aplican corresponden a la fun-ción donde tenga asignada la mayor carga horaria o en su caso, a la función de su elección cuando la carga horaria asignada sea la misma en funciones diferentes. Lo anterior, sin perjuicio para el docen-te a quien le será reconocida toda la carga horaria definitiva que ostentara como tal en el periodo agosto 2015 -julio 2016.

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8.. El resultado de la evaluación del expediente, será comunicado mediante RESOLUCIÓN emitida por la Comisión de Análisis y Evaluación a nivel central o, en su caso, por RESOLUCIÓN DEFINITIVA emitida por la Comisión de Apelación. La puntuación logra-da por el docente, siendo mayor o igual a 301, lo ubican en uno de cinco niveles como sigue:

PUNTUACIÓN NIVEL SALARIOSMÍNIMOS

301-400 I 1(UNO) 401-500 II 2(DOS) 501-600 III 3(TRES) 601-700 IV 4(CUATRO) 701-800 V 5(CINCO) Tabla 1. De acuerdo con la Tabla 1, el nivel logrado por el docente suscita cuántos salarios mínimos se deben considerar para el cálculo del estímulo económico. El salario mínimo aplicable es el general y vigente para el Distrito Federal a partir del 1º de enero del 2016, establecido por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante resolución publicada en

el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2015 y corresponde a $73.04 (Setenta y tres pe-sos 4/100 M.N.). El estímulo económico podrá cal-cularse con la fórmula:

(HB x SM x 6) + (HA x SM x 6)

HB = horas|semana|mes definitivas en el se-mestre B.

HA = horas|semana|mes definitivas en el se-mestre A.

SM = $73.04 x 1, 2, 3, 4 o 5, según nivel logrado.

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9.. En caso de que el presupuesto para el programa resultare insuficiente para cubrir el estímulo económico de los docentes conforme a lo dispues-to por el pundispues-to 8 de las BASES, se atenderá lo si-guiente:

a) Se ajustará el estímulo económico que resulte de aplicar la fórmula descrita en el punto 8 de las BASES de esta convocatoria.

b) El ajuste referido en el inciso anterior, será equivalente al porcentaje que resulte de divi-dir el presupuesto destinado al Programa, en-tre la sumatoria de los estímulos económicos calculados por docente después de aplicar la fórmula referida en el punto 8 de las BASES. c) El ajuste se aplicará en forma proporcional a

los docentes beneficiados, de manera que el recurso económico total a distribuir no será mayor al presupuesto destinado al Programa.

d) La Dirección General, o quien ésta designe, in-formará a los participantes la necesidad de ajustar los estímulos económicos de cada do-cente.

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100.. Se integrará la Comisión deAnálisis y Evaluación al interior de cada Plantel, la Comisión de Análisis y Evaluación a nivel central y la Comisión de Apela-ción, para evaluar las evidencias de las actividades desarrolladas por los docentes en el periodo agosto 2015 - julio 2016.

a) La Comisión de Análisis y Evaluación de plantel, quedará constituida por el Director (quien es el responsable de la integración de la misma), el Subdirector o Responsable Académico y tres do-centes que se hayan distinguido por su

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trayecto-ria y acepten la invitación hecha por el Director del plantel.

Las funciones de esta Comisión son:

I. Coordinar la aplicación de la encuesta de evaluación del desempeño aplicada a estu-diantes, instrumento que permite obtener información respecto de la opinión de los es-tudiantes sobre el desempeño de sus docen-te en el periodo agosto 2015 - julio 2016. II.Recibir del docente y revisar la

documenta-ción comprobatoria debidamente integrada enun expediente digital guardado en disco compacto que, invariablemente, se organi-zará como sigue:

Solicitud de inscripción al Programa. La Comisión debe acusar recibo, sellando es-te formato con la fecha en que le es en-tregado por el docente con su nombre y firma autógrafa;

Constancias por el periodo agosto 2015 – julio 2016, cuando sea el casoemitidas y firmadas por el Director de Plantel:

 Por no haber incurrido en una falta administrativa;

 Por haber cumplido al 100% con los programas de estudio;

 Por haber cumplido con al menos el 90% de asistencia;

 Constancia de haber cumplido con la Evaluación del Ambiente laboral;  Informe de Actividades, en el que

mar-que con “X” los criterios para los mar-que pre-senta documentos probatorios. La Comi-sión verificará que se encuentran integra-das en el expediente digital las evidencias o documentos probatorios marcados por el docente;

Documentos probatorios. La Comisión cotejará las evidencias o documentos pre-sentados en original en forma inmediata y escribirá la leyenda “Cotejado contra ori-ginal”, estampando su firma el Director o Subdirector Académico del Plantel. La le-yenda y firma deben aparecer en los

do-cumentos guardados en el expediente di-gital.

Expediente digital en disco compacto.

Los docentes entregarán su expediente en archivos electrónicos con la documen-tación referida en las viñetas anteriores, adjuntando impresos y los documentos siguientes (ver el Instructivo para la inte-gración del expediente digital) que tam-bién deberán ser guardados en el disco compacto:

 Solicitud de Inscripción al Programa.

 Informe de Actividades.

 Carta Responsiva.

 Relación de Documentación Probatoria. b) La Comisión de Análisis y Evaluación a nivel

central quedará constituida por el Director Académico, el Director Administrativo, el Subdi-rector Académico y los Jefes de los Departa-mentos de Planeación Académica, de Supera-ción de Personal y de Servicios Docentes. Las funciones de esta Comisión son:

I. Analizar y evaluar el expediente digital de cada docente;

II. Emitir una resolución acerca del puntaje, y en su caso, del nivel y monto que deberá asignarse a cada docente que ingresa al

Programa.

III. Designar como representante al Director Académico, quien firmará las resoluciones en representación de la Comisión.

c) La Comisión de Apelación quedará integrada por el Director General del COBAEV (quien es el responsable de la integración de la misma), el Director Administrativo, el Director Académico, el Subdirector Académico y el jefe del Departa-mento de Planeación Académica.

Las funciones de esta Comisión son:

I. Atender solicitudes de desacuerdo presen-tadas por los docentes ante la resolución de la Comisión de Análisis y Evaluación a nivel central.

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II. Revisar los documentos comprobatorios evaluados por la Comisión de Análisis y Eva-luación a nivel central. Cualquier documen-to presentado fuera del tiempo previsdocumen-to en este lineamiento no será considerado. III. Ratificar, o en su caso rectificar, el resultado

de la evaluación

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111.. El Director del Plantel tiene las siguientes respon-sabilidades:

 Levantar el Acta de Integración de la Comisión de Análisis y Evaluación.

 Entregar a los docentes las constancias en origi-nal de la encuesta aplicada a estudiantes.

 Enviar el Acta de Integración de la Comisión y expedientes a la Dirección Académica.

 Recibir dos copias del CD (o CDs) que contengan el expediente digital del docente y dos tantos de los siguientes documentos: Informe de Acti-vidades, Solicitud de Inscripción al Programa,

Carta Responsiva, Relación de Documentación Probatoria y las evidencias documentales origi-nales para cotejo de los archivos electrónicos in-tegrados en el expediente digital del docente.

 Revisar, conjuntamente con los miembros de la Comisión de Análisis y Evaluación a nivel de Plantel, los expedientes digitales.

 Firmar los discos compactos después cotejar que el expediente digital contiene integrada una copia fiel de cada documento original, de conformidad con todos los miembros de la Co-misión de Análisis y Evaluación del Plantel.

 Enviar a la Dirección Académica los siguientes documentos en papel de cada docente que in-tegró en su expediente digital: Solicitud de Ins-cripción al Programa de Estímulos, Informe de Actividades, Carta Responsiva, Formato Relación de Documentación Probatoria y los CDs de los docentes.

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122.. En caso de enviar material didáctico, el docente deberá entregarlo por separado del expediente con los datos siguientes: nombre del docente, número y nombre del plantel, título del material didáctico, asignatura en la cual fue utilizado y tipo

de material (antología, apuntes, paquete didáctico, audiovisuales o manuales de prácticas).

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133.. Tratándose de productos como material didáctico o propuestas metodológicas y en general, cualquier trabajo resultado de un proceso de investigación, llevado a cabo por el docente y adjunto a su expe-diente de participación, será considerado como PLAGIO si:

I. Presenta como de su autoría un producto total o parcial, sin serlo, copiando partes significati-vas del producto originalmente creado por otra u otras personas;

II.Voluntaria o involuntariamente omite recono-cer expresamente las fuentes que fueron con-sultadas para la elaboración del producto de referencia;

III.Habiendo reconocido expresamente las fuen-tes de referencia, omite dar crédito (en citas directas o indirectas) a las palabras, frases, párrafos, ideas, imágenes o a cualquier infor-mación contenida en el producto de referen-cia;

IV.Presenta como propias, las ideas, palabras, imágenes o cualquier información o producto originalmente creadas por otra u otras perso-nas;

V.Transgreda el derecho de autor objeto de pro-tección de la Ley Federal de Derecho de Autor vigente.

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144.. El Director y Subdirector se abstendrán de emitir constancias por actividades que no tengan el sus-tento correspondiente.

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155.. Todas las actividades a evaluar serán las realizadas en el ciclo escolar agosto 2015 - julio 2016, es decir, durante los semestres 2015B – 2016A, salvo en el caso del rasgos A.I.4, que por disponibilidad de in-formación será evaluado con inin-formación de los semestres 2015A y 2015B.

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166.. Cuando la Comisión de Análisis Y Evaluación a nivel central emita una resolución y el docente partici-pante se considere afectado, dispondrá de un término de diez días hábiles a partir de la fecha de recepción de su resultado para presentar ante la Dirección Académica su desacuerdo por escrito,

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precisando la o las actividades que a su juicio fue-ron mal evaluadas. Dicha impugnación será turnada a la Comisión de Apelación.

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177.. Si durante el proceso de evaluación o después de emitidas las resoluciones por cualesquiera de las Comisiones señaladas en el punto 10 de este apar-tado de BASES, se determina que el docente pre-sentó documentación apócrifa o falsa o cometió plagio según lo dispuesto en el punto 13 del mismo apartado, quedará suspendida su participación en el Programa inmediatamente para el período de evaluación actual y por dos períodos de evaluación posteriores al actual.

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188.. Una vez realizado el pago del estímulo económico, los docentes disponen de un período no mayor a 10 días hábiles para solicitar mediante oficio acla-ración. Concluido el plazo, no se atenderán más so-licitudes.

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199.. Una vez entregada la Solicitud de Inscripción adjun-ta a su expediente de participación y recibida por la Comisión de Análisis y Evaluación de su Plantel de adscripción, acepta las disposiciones señaladas en el Reglamento vigente del Programa y de la presen-te Convocatoria;

De acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento vigen-te del Programa, en su artículo 5, los docentes que soliciten el Estímulo al Personal Docente correspon-diente al período agosto 2015- julio 2016, deberán cumplir con los siguientes

REQUISITOS

I. Ser Docente (o Técnico Docente) u ostentar Plaza de Jornada, en cualquiera de las asignaturas del Plan de Estudios y estar frente a grupo;

II. Presentar copia del título profesional, del acta de examen profesional o de la cédula profesional en alguna licenciatura de las incluidas en el Manual de Perfiles Profesionales vigente del COBAEV, requeri-do para el desempeño de su función:

a)Cualquier otro documento distinto al solicitado en el párrafo anterior no será válido.

b)El personal docente con estudios técnicos en el área de lengua adicional al español, actividades artísticas, deportivas o de adiestramiento en ca-pacitación podrá participar si presenta:

1. Certificado de estudios de bachillerato y; 2. Diploma o constancia (o documento afín)

que lo acredite como técnico, con el 100% de créditos en los estudios requeridos pa-ra el desempeño de su función;

III. Estar en servicio en el semestre en que se emite la presente y haber laborado durante el período agos-to 2015 - julio 2016, en la función académica por la que solicita participar;

IV. Contar con un mínimo de ocho horas/semana/mes definitivas (no provisionales, ni interinas). Los do-centes que posean horas de descarga pueden par-ticipar en el Programa, siempre y cuando cumplan con el mínimo y tipo de horas requerido;

V. Tener una antigüedad de al menos dos semestres en el COBAEV al 31 de julio de 2016, que será cal-culada en años cumplidos y de acuerdo con los cri-terios establecidos por la Dirección Administrativa para estos fines. El número de años cumplidos de-terminará el puntaje que se asignará en el Factor X.

Permanencia de acuerdo con la Tabla 2:

Tabla 2.

VI. Presentar la Solicitud de Inscripción al Programa, adjunta a su expediente, ante la Dirección del Plan-tel de adscripción, así como aquella documentación que se especifica en el punto 10 del apartado de las BASES, en el inciso a), fracción II;

VII. Entregar en tiempo y forma en la Dirección del Plantel de adscripción la documentación especifi-cada en el Informe de Actividades, correspondien-te al período agosto 2015 - julio 2016. La

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documen-tación cumplirá los requisitos previstos por el Re-glamento del Programa para ser valorada por las Comisiones de Análisis y Evaluación, o de Apela-ción. Es responsabilidad del docente la adecuada integración de su expediente;

VIII. No contar durante el período evaluado con

inasis-tencias a sus actividades docentes por más de un 10% de las clases efectivas frente a grupo. Las inca-pacidades médicas, permanencias sindicales, los permisos económicos o para realizar estudios de posgrado o de educación continua, no impiden a los docentes participar en el Programa, siempre que el tiempo que permanecieron alejados de su función sustantiva no fuese mayor al 10% señalado;

IX. No haber estado desempeñando funciones administrativas, sindicales o de confianza durante el período agosto 2015 - julio 2016, por un tiempo mayor al previsto en el punto VIII de este apartado de REQUISITOS;

X. Obtener en la evaluación del expediente cuando menos 301 puntos (apartado BASES, numeral 8).

XI. Los docentes deberán anexar al expediente de par-ticipación con carácter de indispensable, las cons-tancias que se enlistan en el apartado BASES, nu-meral 10, inciso a), fracción II; mismas que no le sumarán puntos.

FECHAS

1. Los docentes interesados en participar en el Programa

tienen hasta el 7 de septiembre de 2016 para entregar su expediente digital debidamente integrado, ante la Dirección del Plantel al cual están adscritos.

2. La Dirección Académica recibirá los expedientes de los

docentes interesados, turnados por sus respectivos Planteles, hasta el 14 de septiembre de 2016 (sin ex-cepción, no habrá prórroga).

3. La Comisión de Análisis y Evaluación analizará y eva-luará los expedientes de los docentes participantes del 15 de septiembre al 14 de octubre de 2016.

4. La Comisión de Análisis y Evaluación notificará sus

re-soluciones a cada docente participante del 17 al 21 de octubre de 2016.

5. La Dirección Académica recibirá los escritos de incon-formidad de los docentes que manifiesten haber sido afectados por la RESOLUCIÓN emitida por la Comisión de Análisis y Evaluación a nivel central, del 24 al 31 de octubre 2016.

6. La Comisión de Apelación analizará los escritos de in-conformidad presentados por los docentes ante Direc-ción Académica, del 1 al 25 de noviembre de 2016. 7. La Comisión de Apelación, notificará sus resoluciones

definitivas a cada docente que hubiera presentado es-crito de inconformidad, a través de la Dirección del Plantel por el cual se inscribió al Programa, del 28 de noviembre al 9 de diciembre de 2016.

8. El pago de estímulos económicos a los beneficiados en

el período agosto 2015 - julio 2016 se hará con nómina extraordinaria en la segunda quincena del mes de di-ciembre del año 2016, conforme a la autorización pre-supuestal.

A T E N T A M E N T E,

Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a 31 de agosto del 2016

__________________________ Dr. Rey David Rivera Barrios

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