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Análisis de la inversión extranjera directa en el período 2007-2012 y sus perspectivas para el período 2013-2018

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(1)

I

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EQUINOCCIAL

Facultad de Ciencias Económicas

Ing. Comercio Exterior, Integración y Aduanas

TRABAJO DE TITULACIÓN

“ANÁLISIS DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA EN EL

PERÍODO 2007-2012 Y SUS PERSPECTIVAS PARA EL PERÍODO

2013-2018”

AUTORA:

María Auxiliadora Velín Pereira

Director de Tesis:

Eco. Juan Lozada

Quito - Ecuador

(2)

II

AGRADECIMIENTO

Comenzaré señalando dos cosas. Siempre que leo un libro leo las páginas en las que

los autores presentan sus agradecimientos. Lo hago porque creo que son una parte

importante de un texto producido. Por otra parte, esta es la primera vez que hago un

trabajo tan extendido y que representa el fin-comienzo de una nueva etapa de mi vida,

por lo que quiero expresar mi gratitud a todos quienes, de una u otra manera, me han

acompañado en esta larga jornada.

En el presente trabajo de Tesis, primero quiero agradecer a Dios, que mediante su

infinita bondad me ha permitido llegar a este momento tan especial en mi vida y

culminar con éxito mi investigación.

A mis padres quienes con su constante ejemplo me han enseñado a no rendirme ante los

obstáculos y no desfallecer ante nada, sin duda durante todo este duro camino fueron

ellos un apoyo moral y económico para lograr éste fin.

A mi hermana y amigos por apoyarme incondicionalmente.

A la UTE, y a mis estimados maestros, que, a lo largo de mi carrera, me han

transmitido sus amplios conocimientos y sus sabios consejos; especialmente al Eco.

Juan Lozada, quien, muy acertadamente, dirigió mi tesis, a Él mil gracias por el

conocimiento intelectual y humano recibido y por su amistad.

(3)

III DEDICATORIA

Al creador de todas las cosas, el que me ha dado fortaleza para continuar cuando a

punto de caer he estado; por ello, con toda la humildad que de mi corazón puede

emanar, dedico primeramente mi trabajo a Dios.

De igual forma, dedico esta tesis a mis padres que me han acompañado durante todo

mi trayecto estudiantil y de vida, y han sabido formarme con buenos sentimientos,

hábitos y valores, es gracias a ellos que he logrado salir adelante en los momentos más

difíciles.

A mi hermana Diana Carolina que siempre ha estado junto a mí y brindándome su

apoyo, muchas veces a pesar de ser menor, poniéndose en el papel de padres.

A mis maestros, cada uno de ellos que marcaron e impartieron sus conocimientos en mi

camino universitario, pues sin su dedicación y compromiso por enseñar nada de esto

hubiera sido posible,

Y finalmente a mis amigos de carrera, pues fue junto a ellos que inició este arduo

recorrido de 4 años, compartimos largas noches de estudio, buenos y malos momentos

y fueron un gran apoyo en mi formación profesional y hasta el día de hoy seguimos

siendo amigos: Andrés Andrade, Karen Cárdenas, Josué Carrera, Paola Gómez,

Cristian Guerrero, Karla Sotelo, Naty Zurita.

(4)

IV

RESUMEN EJECUTIVO

El tema: Impacto de la Inversión extranjera directa en el Ecuador en el periodo 2007-2012 y sus perspectivas para el periodo 2013-2018, se lo realizó utilizando métodos de tipo explorativo, descriptivo, hermenéutico, estadístico e investigación de campo, que con las técnicas de observación y encuestas, sirvió para efectuar un análisis profundo y reflexivo sobre: el Marco Legal e Institucional Andino y Nacional, los flujos de Inversión extranjera directa en el ecuador 2007-2012 y las perspectivas de la IED en el Ecuador para los siguientes 5 años.

En primera instancia se propone una visión general de la legislación que rige el marco de las inversiones en el Ecuador, para ello se toma como base a las Decisiones 291 y 292 de la Comunidad Andina de Naciones, pues son éstas Decisiones las que marcan el inicio de la Inversión en el Ecuador y en los Países Miembros de la CAN.

(5)

V

En el Ecuador, el tema de la inversión extranjera es llevado adelante por el Sistema Nacional de Promoción de Inversiones, el cual tiene como función coordinar el uso de los recursos destinados a promocionar las inversiones y atraer Inversión Extranjera Directa.

Además, es interesante notar la importancia que se da en este Sistema a la seguridad jurídica y a la estabilidad política y económica, como los elementos que inciden en mayor medida en las decisiones de los inversionistas. En este sentido, una de las limitaciones para el ingreso de IDE en el Ecuador tiene que ver con la deficiencia jurídica, a la que se suman la infraestructura escasa y los pocos programas de investigación y desarrollo. Por ello, es fundamental para atraer IDE, empezar por mejorar la estructura socioeconómica del país, mediante educación, salud, obras públicas de infraestructura y sobre todo, una reorganización del Poder Judicial.

En el tercer capítulo, se da a conocer los antecedentes de la IED en el Ecuador desde el año 1990 hasta el año 2012, pues con estos antecedentes se pretende encontrar una respuesta al comportamiento actual de los flujos de inversión y proyectar en base a estos datos los flujos de inversión para el período 2013-2018.

(6)

VI

Los primeros años de gobierno del actual Presidente, se caracterizaron por un fuerte proteccionismo y una exagerada intervención Estatal, sustentado en una visión de soberanía nacional, sin embargo, desde el 2010 se han creado incentivos tributarios, los mismos que constan en el nuevo Código de la Producción Comercio e Inversiones, aprobado el mismo año.

El cuarto capítulo presenta una comparación tanto de la legislación como de los flujos de IED captados durante el período 2007-2012 de países miembros de la CAN, en este caso se han tomado como ejemplo Colombia y Perú.

Gracias a esta comparación se ha logrado establecer diferencias importantes, especialmente en la legislación y tipo de incentivos a la inversión que propone cada país; y comprobar si efectivamente la legislación y los programas de desgravación o acuerdos que posee un país influyen o no en la toma de decisiones al momento de invertir.

Como capítulo V se presentan las perspectivas de IED para el periodo 2013-2018, todo esto basado en la información antes analizada, en los resultados de las diferentes encuestas aplicadas a 40 empresas extranjeras nuevas constituidas durante el período 2007-2012 y la proyección de un modelo de regresión múltiple, que nos permitió considerar dos variables importantes: el PIB y el “Riesgo País”.

(7)

VII INDICE

CAPÍTULO I... 15

EL PROBLEMA ... 15

1.1 Planteamiento del Problema ... 15

1.2 Formulación del Problema ... 16

1.2.1 Interrogantes de Investigación: ... 16

1.3 Objetivos de la Investigación ... 17

1.3.1 Objetivo General ... 17

1.3.2 Objetivos Específicos ... 17

1.4 Justificación de la Investigación ... 17

1.5 Hipótesis ... 17

Las actuales políticas de fomento a la IED en el Ecuador no son las adecuadas. ... 17

1.6 Fundamentación Legal ... 18

1.7 Nivel de la Investigación: ... 19

1.8 Población y Muestra ... 19

1.8.1 Población ... 19

1.8.2 Muestra ... 20

CAPÍTULO II ... 21

MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL DE LA IED ... 21

2.1 Marco Legal e Institucional Andino:... 21

2.1.1 Introducción ... 21

2.2 Decisión N° 291: Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías ... 22

2.3 DECISIÓN 292: Régimen Uniforme para Empresas Multinacionales Andinas ... 23

2.4 MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL NACIONAL: ... 24

2.4.1 INTRODUCCION: ... 24

2.4.2 Constitución Política del Ecuador 1998 ... 27

2.4.3 Ley de Promoción y Garantía de las Inversiones ... 29

(8)

VIII

2.4.5 Código de la Producción, Comercio e Inversiones 2010 (COPCI) ... 34

2.5 Acuerdos de Transferencia de Tecnología ... 41

2.6 Acuerdos de Transferencia de Tecnología firmados por Ecuador ... 43

2.7 Acuerdos Bilaterales y Multilaterales sobre Inversiones ... 43

2.8 Convenios de Inversión para el Desarrollo (CID)... 47

2.9 Acuerdos de Doble Tributación ... 49

CAPÍTULO III ... 51

ANÁLISIS DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN EL ECUADOR ... 51

3.1Antecedentes de la IED en Ecuador ... 51

3.2 Inversión Extranjera Directa Período 2000 – 2006 ... 53

3.2.1 INVERSION EXTRANJERA DIRECTA 2000– 2006 ... 54

3.2.2 Inversión Extranjera Directa por Rama de Actividad Económica 2000–2006 ... 57

3.2.3 Inversión Extranjera Directa por País de Origen ... 60

3.3 Inversión Extranjera Directa en el Ecuador 2007– 2012 ... 66

3.3.1 Introducción ... 66

3.3.2 Inversión Extranjera Directa por País de Origen 2007–2012 ... 66

3.3.3 Inversión Extranjera Directa por País de Origen 2007–2012 ... 67

3.3.3.2 Principales Países Inversores 2007-2012 ... 74

3.3.4 Inversión Extranjera Directa por Rama de Actividad Económica período 2007–2012 ... 79

3.3.4.1 Sector: Explotación de Minas y Canteras ... 80

3.3.4.2 Sector: Industria Manufacturera ... 83

3.3.4.3 Sector: Comercio: ... 85

3.3.4.4 Sector: Construcción: ... 86

3.3.4.5 Sector: Servicios ... 88

3.3.4.6 Sector: Agricultura, Silvicultura, Caza y Pesca: ... 89

3.3.4.7 Sector: Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones: ... 90

3.3.4.8 Variación por Rama de Actividad Económica ... 92

3.4 IED 2000-2006 vs. IED 2007-2012 ... 93

(9)

IX

CAPÍTULO IV ... 97

COMPARACIÓN DE LA IED EN COLOMBIA, PERÚ Y ECUADOR EN EL PERÍODO 2007 -2012 ... 97

4.1 Marco Legal e Institucional Colombiano ... 97

4.2 Incentivos a la Inversión Extranjera ... 99

4.3 IED POR PAIS DE ORIGEN 2007–2012 ... 102

4.3.2 PRINCIPALES PAÍSES INVERSORES 2007-2012 ... 102

4.4 Inversión Extranjera Directa en Perú ... 104

4.4.1 Marco Legal e Institucional Peruano... 104

4.4.2 Incentivos a la Inversión en Perú, ... 105

4.4.2.1 Incentivos Tributarios ... 105

4.4.2.2 Zonas Especiales ... 106

4.4.2.3 Zona Franca de Tacna –ZOFRATACNA ... 106

4.5 Inversión Extranjera Directa en Perú en el período 2007-2012 en millones de dólares 108 4.6 IED en Perú por País de Origen ... 109

4.7 Comparación Legislación para la IED en Perú, Colombia y Ecuador ... 111

4.8 IED PERUANA EN ECUADOR VS IED ECUATORIANA EN PERÚ 2007 – 2012 ... 118

4.8.2 Comparación de los montos de IED en Ecuador vs. IED en Perú ... 119

4.9 IED Colombiana en Ecuador vs IED Ecuatoriana en Colombia 2007-2012 ... 121

CAPITULO V ... 125

PERSPECTIVAS DE LA IED PARA EL PERÍODO 2013–2018 ... 125

5.1 Determinantes y Políticas de Atracción de la IED ... 125

5.1.1 Explotación de Nuevos Mercados: ... 125

5.1.2 Búsqueda de Eficiencia Productiva: ... 126

5.1.3 Búsqueda de Activos Estratégicos:... 127

5.1.4 Otros determinantes de la IED ... 127

5.1.5 Instrumentos de Política para la Promoción de IED ... 128

(10)

X

5.2 Perspectivas de IED en el Ecuador en base a la encuesta aplicada a las principales

empresas extranjeras en el país. ... 130

5.3 Proyección de la IED para el período 2013-2018 ... 134

5.3.1 Proyección de la IED 2013-2018 con base al PIB... 135

5.3.2 Proyección de la IED 2013-2018 en base al Riesgo País ... 137

CAPITULO VI ... 140

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ... 140

6.1 CONCLUSIONES: ... 140

6.2 RECOMENDACIONES: ... 142

BIBLIOGRAFIA ... 144

(11)

XI INDICE DE TABLAS

Tabla 3.2.1: Flujos de IED en Ecuador 1990-999………...67

Tabla 3.2.1: IED por Rama de Actividad Económica 1990-1999………...71

Tabla 3.3.1: IED en el ecuador 2000-2006………. …………78

Tabla 3.3.2: IED por Rama de Actividad Económica 2000-2006……..………….……80

Tabla 3.3.2.1: Participación de la IED por Rama de Actividad Económica………….. 82

Tabla 3.3.3: IED por País de Origen 2002- 2006…………...……….... 85

Tabla 3.3.3.1: Principales Países Inversores 2002-2006……… 86

Tabla 3.4.3: IED por País de Origen 2007-2012………..…… ..92

Tabla 3.4.3.1: Variación de la IED 2007-2012……….….…… 95

Tabla3.4.3.1: Principales Países Inversores 2007-2012 ……….…..100

Tabla 3.4.4: IED por Rama de Actividad Económica 2007-2012………...106

Tabla 3.4.4.1: IED Sector Minas y Canteras………..………...108

Tabla 3.4.4.2: IED Sector Manufacturero...………..111

Tabla 3.4.4.3: IED Sector Comercio...……….113

Tabla 3.4.4.5: IED Sector Servicios...………....117

Tabla 3.4.4.6: IED Sector: Agricultura, Silvicultura, Caza y Pesca………..………. 118

Tabla 3.4.4.7: Sector: Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones………. 119

Tabla 3.4.4.8: Variación de la IED por Rama de Actividad Económica 2007-2012... 121

Tabla 3.6.1: Participación de la IED por Sector Económico 2000-2006 vs 2007-2012……….………..124

Tabla 4.3.1: IED POR PAÍS DE ORIGEN 2007-2012….………....127

Tabla 4.4.1 IED POR RAMA DE ACTIVIDAD ECONÓMICA 2007 – 2012……...131

Tabla 3.4.4.4: IED Sector de la Construcción……….………..131

(12)

XII

(13)

XIII INDICE DE FIGURAS

Figura 3.2.1: Flujo de IED en Ecuador 1990-1999………...67

Figura 3.2.1: IED por Rama de Actividad Económica 1990-1999..………...72

Figura 3.2.1.1: Participación de la IED por Sectores.………...74

Figura 3.2.1.2: Participación por País de Origen 1990-1999……….…….75

Figura 3.3.1: Flujos de IED 2000-2006..……….78

Figura 3.3.2: IED por Rama de Actividad Económica 2000-2006……….81

Figura 3.3.3.1: principales Países Inversores 2002–2006……….………..87

Figura 3.3.3.2: IED Participación por País de Origen………...88

Figura 3.4.3: IED Total………...94

Figura 3.4.3.1: IED Principales Países Inversores….………..………..…...100

Figura 3.4.4: Participación de la IED por Rama de Actividad Económica 2007-2012107 Figura 3.4.4.1: IED Sector Minas y Canteras………...………108

Figura 3.4.4.2: IED Sector Manufacturero………..……….112

Figura 3.4.4.3: IED Sector Comercio………..…...114

Figura 3.4.4.4: IED Sector de la Construcción………..…...115

Figura 3.4.4.5: IED Sector Servicios………..…...117

Figura 3.4.4.6: IED Sector: Agricultura, Silvicultura, Caza y Pesca………..……...118

Figura 3.4.4.7: Sector: Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones…..……...119

Figura 3.5: IED 2000-2006 vs. IED 2007-2012...……….122

Figura 3.7.2: Flujos Externos del Ecuador ..……….128

Figura 4.3.2.1 PRINCIPALES PAÍSES INVERSORES2007-2012…..…………...130

Figura 4.3.2.2: IED TOTAL 2007-2012 ..………....132

(14)

XIV

Figura 4.12.1 IED Peruana por País de Origen………...…..135 Figura 4.12.2 Participación de la IED por Sector Económico………...136 Figura 4.14.1 IED PERUANA EN ECUADOR VS IED ECUATORIANA EN PERU 2007–2012 ………....138 Figura 4.15: IED Colombiana en Ecuador vs IED Ecuatoriana en Colombia 2007-2012………...142 Figura 5.3.1: Proyección de la IED en base al PIB...……….243

(15)

15 CAPÍTULO I EL PROBLEMA 1.1Planteamiento del Problema

Con la presidencia del Eco. Rafael Correa Delgado en el 2007, el Ecuador, tiene un esquema diferente al que se vivía desde la década de los 90 hasta el 2006, pues si bien antes el tema de las inversiones extranjeras se basó en la flexibilidad y apertura al capital extranjero; con la llegada al poder del actual Presidente, el Estado se ha convertido en un ente regulador fuerte de la de Inversión Extranjera y ha basado su progreso en la explotación de recursos naturales.

Si bien la Inversión Extranjera Directa puede ser de gran importancia para complementar las inversiones y los esfuerzos nacionales en materia de infraestructura, tecnología y aumento de la competitividad en los países en desarrollo, el resultado concreto dependerá del tipo de inversión de que se trate, y de cuál es la motivación para invertir en el país.

Al mismo tiempo, las políticas públicas de los países receptores son importantes para otorgar incentivos a las inversiones más favorables. Para favorecer a los inversionistas extranjeros, los Gobiernos pueden adoptar políticas de estímulos como: incentivos fiscales, incentivos financieros o políticas de promoción que consisten en difundir las oportunidades de inversión.

“Los primeros años de mandato del Presidente Correa, se caracterizaron por un

fuerte proteccionismo y una exagerada intervención Estatal sustentada en una visión de soberanía nacional”1, sin embargo, desde el 2010 se han creado incentivos tributarios,

(16)

16

los mismos que constan en el nuevo Código de la Producción Comercio e Inversiones, aprobado el mismo año.

En la actualidad la presencia de inversión privada en el país es mínima, las empresas presentes en Ecuador están limitadas al sector petrolero, financiero, de telecomunicaciones y transporte aéreo. Sin embargo, pese a los recientes esfuerzos por atraer capital foráneo, estos aún no tienen los resultados esperados, pues para las compañías extranjeras el Ecuador sigue siendo un destino poco atractivo y escasamente fiable, según acaba de ratificar el último informe “Panorama de Inversión en Latinoamérica 2012” del IE Business School, “Ecuador no suscita dudas en cuanto a su crecimiento económico, pero si en cuanto a su estabilidad política, entorno de negocios, infraestructura, mano de obra calificada y escasa competitividad.”

Sin duda alguna, hoy en día la IED es una herramienta muy importante para la economía del país, pero, ¿Está listo el país para recibir más inversión?, es por ello que considero fundamental conocer todo lo relacionado con la IED y el desarrollo de las actividades del gobierno actual por promocionar al mercado ecuatoriano para captar capital extranjero.

1.2Formulación del Problema

¿Es la IED buena para el Ecuador y su desarrollo?

1.2.1 Interrogantes de Investigación:

a. ¿Son las políticas de fomento a la IED tomadas por el gobierno las apropiadas?

(17)

17 1.3Objetivos de la Investigación

1.3.1 Objetivo General

Conocer cuáles son los principales sectores económicos adecuados para atraer capital extranjero, que permitan desarrollar una economía sustentable para el Ecuador.

1.3.2 Objetivos Específicos

o Analizar la evolución de la IED durante el periodo 2007- 2012. o Determinar las perspectivas de la IED en Ecuador para el periodo

2013–2018.

o Determinar políticas adecuadas de fomento a la IED en el Ecuador.

1.4 Justificación de la Investigación

El motivo fundamental para realizar esta investigación es conocer la situación actual de los capitales extranjeros en nuestro país y cómo estos influyen en la economía ecuatoriana. Además, determinar y analizar cuáles son los sectores más atractivos para los inversionistas extranjeros.

1.5Hipótesis

(18)

18 1.6Fundamentación Legal

En la legislación ecuatoriana podemos encontrar marcos referenciales relacionados con la Inversión Extranjera. La legislación actualmente vigente y aplicable en el Ecuador sobre inversión extranjera es fundamentalmente la siguiente:

- La Constitución Política del Ecuador 2008.

- Decisiones 291 y 292 de la Comunidad Andina de Naciones (Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia).

- Código de la Producción, Comercio e Inversiones COPCI 2010 - Ley de Compañías.

- Ley de Bancos e instituciones financieras.

- Ley de Modernización del Estado Privatizaciones y prestación de Servicios

Públicos por parte de la iniciativa privada, publicada en el Registro oficial No 349 del 31 de Diciembre, 1993, y su Reglamento mediante el Decreto Ejecutivo No 2328 del 29 de Noviembre, 1994.

- Ley de Maquilla, publicada en el Registro Oficial No 493 del 3 de Agosto de

1990.

- Ley del Sector Eléctrico, aprobada el 18 de Septiembre de 1996 y publicada en

el Registro Oficial No 43 del 10 de Octubre, 1996.

- Ley Reformatoria a la Ley Especial de Telecomunicaciones, publicada en el

Registro Oficial en Agosto 30, 1995.

(19)

19

- Ley de Minería.

- Ley de Hidrocarburos, establece que la construcción de infraestructura petrolera,

operación, refinación, industrialización, comercialización interna y externa de hidrocarburos y actividades de explotación de crudo o gas podrán ser realizadas por empresas de propiedad del Estado o privadas, nacionales o extranjeras. - Además esta Ley, en su artículo 16 establece una disposición mediante la cual

se establece el cambio de los contratos de participación u otros, por los de servicios, por lo que se eliminarán todas las actuales modalidades de contratos y se obliga a todas las empresas a ir a una sola modalidad de contratos, que, según lo expresado por el Presidente de la República, son técnica y económicamente óptimos.

1.7 Nivel de la Investigación:

El presente documento contempla la descripción de la evolución de la IED en Ecuador, determina los posibles mecanismos de fomento a la IED en nuestro país. Es decir, el estudio está basado en datos reales de la evolución de la IED en el país y del modelo de política económica que se ha venido manejando durante el periodo 2007–2012.

1.8Población y Muestra

1.8.1 Población

(20)

20 1.8.2 Muestra

(21)

21 CAPÍTULO II

MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL DE LA IED

2.1 Marco Legal e Institucional Andino: 2.1.1 Introducción2

Las naciones integrantes del Pacto Andino asumieron en Junio de 1971 la Decisión 24 del Acuerdo de Cartagena, “mediante la cual se limitó de manera considerable la

posibilidad de que los extranjeros controlaran empresas manufactureras; además, se implantó un control a la remisión de utilidades a los países de origen”.3 Adicionalmente,

los extranjeros se vieron impedidos de participar en aquellas áreas consideradas como estratégicas. Esta política respondía al modelo económico de sustitución de importaciones y fue una práctica común en un considerable número de países; como consecuencia, la IED tuvo un papel secundario en la región.

Con el transcurso de los años se constató que la IED tiene gran importancia como fuente de recursos para los países en desarrollo, y que cada vez había más naciones interesadas en recibirla. En ese contexto, el Grupo Andino flexibilizó la Decisión 24 y la reemplazó en 1987 por la Decisión 220.

Con el fin de estimular y propiciar el ingreso de la inversión extranjera y eliminar los obstáculos existentes, en Marzo de 1991 las naciones del Grupo Andino resolvieron sustituir la Decisión 220 por la Decisión 291. Ésta dicta los lineamientos generales para el tratamiento de la IED en la región. A través de la Decisión 291 se dejó al criterio de cada país integrante, el establecimiento de la normatividad específica que regule la IED (Decisión 291, 1991; Rosales, 1991: p.91). Cabe destacar que

(22)

22

también se adoptó la Decisión 292, sobre el tratamiento a las empresas multinacionales andinas. Esta normativa está vigente para los integrantes de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).

2.2 Decisión N° 291: Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías4

El texto original de la Decisión 291 entró en vigor el 4 de Abril de 1991 y fue promulgado el 21 de Marzo del mismo año. Esta Decisión se adopta con la finalidad de reemplazar a la Decisión 220, y sus principales objetivos son:

 Delimitar los derechos y obligaciones de los inversionistas extranjeros.

 Determinar los Organismos Nacionales competentes para la solución de controversias en el caso de Inversión Extranjera.

 Contribuir a una distribución “Equitativa” de las ganancias derivadas de la Integración.

 Definir y delimitar el Tratamiento a las Inversiones de la Corporación Andina de Fomento y de las Entidades con opción al Tratamiento de Capital Neutro.

Las principales disposiciones de esta Decisión son las siguientes:

 Toda inversión extranjera directa, o de inversionistas subregionales, será registrada ante el organismo nacional competente, en moneda libremente convertible.

 Los propietarios de una inversión extranjera directa, y los inversionistas subregionales, tendrán derecho a transferir al exterior, en divisas libremente convertibles, en los términos previstos en la legislación de cada País Miembro,

(23)

23

las utilidades netas comprobadas que provengan de su inversión extranjera directa.

 La reinversión, será considerada como inversión extranjera directa.

 La Decisión 291 definen a las empresas nacionales como: La constituida en el país receptor y cuyo capital pertenezca en más del ochenta por ciento a inversionistas nacionales; empresas mixtas: cuyo capital pertenezca a inversionistas nacionales en una proporción que fluctúe entre 51% y 80%; o aquellas en las que participe el Estado, entes paraestatales o empresas del Estado del país receptor, en un porcentaje no inferior al 30% del capital social y empresa extranjera: La constituida o establecida en el país receptor y cuyo capital perteneciente a inversionistas nacionales sea inferior al 51%.

 Se garantiza el libre acceso al mercado oficial cambiario.

 Regula la transferencia de tecnología, marcas y patentes.

2.3 DECISIÓN 292: Régimen Uniforme para Empresas Multinacionales Andinas5

Mediante esta Decisión se definen y establecen los requisitos necesarios para considerar a una empresa como “Multinacional Andina”, además requisitos de constitución y

normas para su funcionamiento. Las principales preferencias con las que gozan este tipo de empresas son las siguientes:

 Cuando los aportes subregionales al capital de una empresa multinacional consistan en bienes físicos o tangibles, el País Miembro de origen y el del domicilio principal, permitirán su exportación e importación, libre de gravámenes. (Art.11)

(24)

24

 Las empresas multinacionales andinas o sus sucursales podrán participar en los sectores de la actividad económica reservados para las empresas nacionales. (Art.14)

 Las sucursales de las empresas multinacionales andinas tendrán derecho a transferir al domicilio principal, en divisas libremente convertibles, la totalidad de sus utilidades netas comprobadas, que provengan de su inversión directa, previo pago de los impuestos correspondientes. (Art.16)

 En la contratación de tecnología en cualquiera de sus formas, incluso marcas o patentes, los Países Miembros darán preferencia a las empresas multinacionales andinas (Art.23)

El objeto primordial de la Decisión 292 es estimular la constitución de empresas multinacionales andinas con el objeto de facilitar el proceso de desarrollo industrial conjunto en la Subregión en las distintas modalidades de integración industrial previstas en el Acuerdo de Cartagena, asimismo, promover y facilitar la constitución de empresas multinacionales andinas en el campo de los servicios y otros sectores productivos.

2.4 MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL NACIONAL: 2.4.1 INTRODUCCION:

(25)

25

Se expidió el Decreto Supremo No. 916 de 13 de Julio de 1971, se designó al Consejo Superior de Comercio Exterior de Integración y al Banco Central del Ecuador como el Organismo Nacional Competente para autorizar y registrar los créditos externos que contratan las empresas y firmas particulares; en el mismo instrumento, se dispuso exceptuar del Régimen Común Andino vigente, a los sectores de productos básicos, servicios públicos, instituciones financieras y empresas de transporte interno, comunicación y comercialización interna. Adicionalmente permitió que el gobierno pudiere acordar un tratamiento diferente en el sector de productos básicos.

El Decreto Ejecutivo No. 789 de 11 de Septiembre de 1975 designó al Banco Central del Ecuador como el Organismo Nacional Competente para el registro de la Inversión Extranjera Directa, modificando los términos de la Regulación 651 del año 1973, mediante la adopción de dicho régimen, se limitaba de manera considerable la posibilidad de que los extranjeros controlaran empresas manufactureras; además, se implantó un control a la remisión de utilidades a los países de origen. Adicionalmente, los extranjeros se vieron impedidos de participar en aquellas áreas consideradas como estratégicas y sometía cualquier tipo de controversias planteadas por inversionistas extranjeros a la competencia jurisdiccional nacional.

Se otorgaba en el referido Decreto la atribución de elaborar proyectos y reglamentos necesarios para la aplicación del Régimen al Instituto de Comercio Exterior e Integración, ente predecesor del actual Ministerio de Industrias y Competitividad, que fueron posterior y gradualmente expedidos por el Ejecutivo.

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Decisión 24. Dicho Decreto, recogía el listado de las áreas económicas en las que se prohibía la inversión extranjera, reservándolas a empresas nacionales.

El Ministerio tenía la atribución de calificar, admitir y autorizar las Inversiones Directas Extranjeras que ingresaban como capital de una empresa o de una sucursal, teniendo paralelamente el Banco Central del Ecuador la obligación de registro de todas las Inversiones y Reinversiones Extranjeras Directas autorizadas. Ante la carencia de una norma interna, al adoptarse las Decisiones 220 (1987) y la 291 (1990) de la Comisión del Pacto Andino, éstas fueron incorporadas al derecho interno ecuatoriano mediante actos legislativos. Para su aplicación, se promulgaron los Decretos Ejecutivos: No. 2456 (28 de Mayo de 1991), modificado por los Decretos No. 415 (8 de Enero de 1993) y No. 2.501 (13 de Junio de 1995) en los que se establecieron las reglas y los procedimientos relativos a la supresión de autorizaciones previas para Inversión Extranjera.

Durante el gobierno interino instaurado en el Ecuador en 1997, se expidieron los 2 cuerpos legales principales que regulaban los aspectos institucionales y sustantivos en materia de inversiones. En Junio de 1997 se expidió la Ley de Comercio Exterior e Inversiones6, cuyos aportes principales fueron:

 La creación del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones – COMEXI como ente encargado de determinar políticas, expedir normas, proponer lineamientos y estrategias en ambas esferas.

 La designación del entonces Ministerio de Industrias, Comercio Exterior, Integración y Pesca como el organismo ejecutor de las políticas adoptadas.

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 La creación de la Corporación de Promoción de Exportaciones e Inversiones – CORPEI, con una naturaleza semi-pública, para desarrollar programas y actividades de promoción externa.7

Hacia finales del mismo año, se promulgó la Ley de Promoción y Garantía de las Inversiones8 que constituyó el cuerpo normativo primordial en la regulación de las inversiones en el Ecuador, el reglamento de esta Ley se expidió mediante el Decreto Ejecutivo No. 1.525, publicado en el Registro Oficial No. 346 de 24 de Junio de 1998.

Esta normativa se mantiene y no sufre cambios importantes hasta el año 2008 que se llevó a cabo una nueva Asamblea Constituyente, la cual promulgó en el mismo año una nueva Constitución Política; en el año 2010 se expide el Código de la Producción, Comercio e Inversiones, el mismo que regula la inversión y establece nuevos incentivos.

2.4.2 Constitución Política del Ecuador 19989

La Constitución Política de la República expedida en el año 1998, luego de ser elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente, en términos generales no profundizó el esquema de las prerrogativas que consideraríamos incluidas en el estatuto de la inversión. Sin embargo, podremos enunciar las principales disposiciones que regían dicha materia:

 La equiparación de derechos entre nacionales y extranjeros, salvo limitaciones específicas. (Art.13)

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 El sometimiento a jurisdicción nacional, con excepción de lo previsto en convenios internacionales, de controversias sobre contratos estatales con personas naturales y jurídicas extranjeras. (Art.14)

 La restricción de adquisición de tierras en zonas de seguridad nacional, para explotación económica para extranjeros. (Art.15)

 Los derechos y libertades de empresa, asociación, contratación, seguridad jurídica (Art.19)

 El derecho a la propiedad privada que cumpla su función social, en todas sus modalidades incluyendo la intelectual.(Art.30)

 La prohibición de la confiscación y la limitación de la expropiación, siempre que se enmarque en una justificación de orden social el debido proceso y con lleve el pago de una indemnización justa. (Art.33)

 La garantía de que las actividades empresariales públicas y privadas recibían el mismo tratamiento legal, para la inversión nacional y extranjera en iguales condiciones y la libre competencia (Art.244)

 La participación del sector privado en la prestación de servicios públicos y la intangibilidad de condiciones contractuales en dichos esquemas de intervención. (Art.249).

 La intervención referencial del Estado en las prioridades de inversión privada, para la consecución de objetivos nacionales permanentes en materia económica y social, fijará metas de desarrollo. (Art.254).

 El sistema tributario como medio para incentivar la inversión (Art. 256)

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“El Estado garantizará los capitales nacionales y extranjeros que se inviertan

en la producción, destinada especialmente al consumo interno y a la

exportación.

La ley podrá conceder tratamientos especiales a la inversión pública y privada

en las zonas menos desarrolladas o en actividades de interés nacional.

El Estado, en contratos celebrados con inversionistas, podrá establecer

garantías y seguridades especiales, a fin de que los convenios no sean

modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase que afecten sus

cláusulas”.

2.4.3 Ley de Promoción y Garantía de las Inversiones

En el Ecuador se expide esta Ley el 9 de Junio de 1997, por medio de la cual se establecían las normas para la atracción de inversión y reconocían a la vez la importancia que esta tiene para la economía nacional. El objeto de esta Ley era fomentar y promover la inversión nacional y extranjera y regular las obligaciones y derechos de los inversionistas para que puedan contribuir de manera efectiva al desarrollo económico y social del país, buscando la generación de empleo, el uso adecuado de las materias primas e insumos nacionales, el crecimiento de áreas productivas, el incremento y diversificación de las exportaciones, el uso y desarrollo de tecnologías adecuadas y la integración eficiente de la economía nacional con la internacional.

Las principales disposiciones de esta Ley fueron las siguientes:

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con claridad el tratamiento otorgado por la presente Ley, evitando errores por

interpretaciones a la misma”.

En dichos contratos, cuya suscripción le competía al Ministerio de Industrias y Competitividad, se dejó constancia del tratamiento otorgado al inversionista en el ámbito de la mencionada Ley y su Reglamento, el plazo de duración de la inversión, el destino de la misma, así como las garantías a la inversión que de acuerdo a la Ley se otorgaban al contratista.

Entre estas garantías, las más importantes eran las de Estabilidad Tributaria y Jurídica. En el caso de la Estabilidad Tributaria, ésta es entendida por la Ley como “el mantenimiento, por un período determinado, de la tarifa aplicable del impuesto a la

renta, existente al momento de efectuarse la inversión”. Y era otorgada automáticamente a aquellas inversiones que superaban los 500 mil dólares ya sean inversionistas nacionales o extranjeros. Esta Estabilidad se otorgaba por el lapso de 10 años, en el caso de reinversiones en empresas existentes, mientras en el caso de inversiones nuevas o reinversiones destinadas al aumento de producción era de 20 años.

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La Estabilidad Jurídica Especifica se encontraba explicada en el Reglamento a la Ley de Promoción y Garantía de las Inversiones y se otorgaba a los inversionistas que invertían más de 25 millones de dólares o aquellos que aunque su monto era menor incentivaban áreas económicamente deprimidas o proyectos que eran importantes para el país, para estos casos en que no se supere el monto requerido.

Un punto importante del que habla esta Ley es de la transferencia de tecnología, por lo que en su Art.34 enuncia:

“Los contratos de licencia de marcas, patentes, modelos de utilidad, diseños industriales

y nombres y lemas comerciales y en general los contratos por transferencia de tecnología se registrarán en el Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca, para efectos de ser considerados inversión.” (1997) .

2.4.4 Constitución Política del Ecuador 2008:10

La nueva Constitución emitida en el año 2008 en Montecristi, incorpora dentro de sus disposiciones, principios y garantías que protegen, entre otros bienes jurídicos, a la propiedad privada, la igualdad entre nacionales y extranjeros, la libertad de empresa y de profesión, la libertad de contratación, restricciones de confiscaciones y expropiaciones, las limitaciones a la explotación de recursos naturales, la propiedad intelectual, entre otras prerrogativas que conformarán el estatuto básico para la inversión.

La Constitución, alienta a la Inversión Extranjera Directa como complementaria a la nacional y soporte para la innovación doméstica, con respeto a la Ley del país. La Constitución del 2008 establece que “el Estado promoverá las inversiones nacionales y extranjeras”, y que “la Inversión Extranjera Directa será complementaria a la nacional y

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se orientará según las necesidades y prioridades definidas en el Plan Nacional de Desarrollo.”(Art.339, Constitución de la República del Ecuador (2008)). Por lo que, la

Inversión Extranjera debe reflejar las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2009-2013 y complementar la inversión nacional.

La Constitución del 2008 prevé que “las empresas públicas funcionen con exclusividad, o a través de una participación mayoritaria en empresas mixtas, en los denominados sectores estratégicos de la economía” (Art.313 Constitución de la República del Ecuador (2008)).

En su Título VI, Sección Sexta, menciona lo siguiente: El Estado promoverá y protegerá el ahorro interno como fuente de inversión productiva en el país. Asimismo, generará incentivos al retorno del ahorro y de los bienes de las personas migrantes, y para que el ahorro de las personas y de las diferentes unidades económicas se oriente hacia la inversión productiva de calidad.” (Art. 338, CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR, (2008))

El Estado promoverá las inversiones nacionales y extranjeras, y establecerá regulaciones específicas de acuerdo a sus tipos, otorgando prioridad a la inversión nacional. Las inversiones se orientarán con criterios de diversificación productiva, innovación tecnológica, y generación de equilibrios regionales y sectoriales.” (Art. 339,

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR, (2008))

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 La equiparación de derechos entre nacionales y extranjeros, salvo limitaciones específicas. (Art.13)

 El sometimiento a jurisdicción nacional, con excepción de lo previsto en convenios internacionales, de controversias sobre contratos estatales con personas naturales y jurídicas extranjeras (Ar.14)

 La restricción de adquisición de tierras en zonas de seguridad nacional, para explotación económica, para extranjeros (Art.15)

 Los derechos y libertades de empresa, asociación, contratación, seguridad jurídica (Art.19)

 El derecho a la propiedad privada que cumpla su función social, en todas sus modalidades incluyendo la intelectual (Art.30)

 La prohibición de la confiscación y la limitación de la expropiación, siempre que se enmarque en una justificación de orden social el debido proceso y conlleve el pago de una indemnización justa. (Art.33)

 La garantía de que las actividades empresariales pública y privada recibirán el mismo tratamiento legal, para la inversión nacional y extranjera en iguales condiciones y la libre competencia (Art.244)

 La participación del sector privado en la prestación de servicios públicos y la intangibilidad de condiciones contractuales en dichos esquemas de intervención. (Art.249).

 La intervención referencial del Estado en las prioridades de inversión privada, para la consecución de objetivos nacionales permanentes en materia económica y social, fijará metas de desarrollo. (Art.254).

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Así, las Inversiones Extranjeras se pueden efectuar en cualquier rama de actividad económica, sin necesidad de autorización previa de cualquier ente del Estado, con iguales derechos y similar tratamiento que las inversiones nacionales; exceptuándose a los sectores vinculados con las áreas estratégicas del Estado.

Asimismo, los inversionistas extranjeros tienen libertad de transferir al exterior las utilidades netas generadas de sus recursos, una vez pagados los tributos nacionales correspondientes. Se realza entre dichas garantías, la carencia de limitaciones en la normativa general, para la negociación de acciones y otros títulos valor y para la transferencia de participaciones de capital y expatriación de ganancias obtenidas por tales transacciones. Ecuador otorga libertad de acceso al sistema financiero nacional y al mercado bursátil. Por otra parte, se confiere estabilidad tributaria de las tarifas de impuesto a la renta sobre los proyectos de mediano y largo alcance, en las condiciones vigentes al momento de efectuarse la inversión.

Entre otro de los puntos que deben ser destacados está el marco institucional dentro del que se desenvuelve la IED, de manera general, los derechos del inversionista se encuentran protegidos por los tribunales nacionales y demás organismos estatales al igual que el resto de personas (ciudadanos o residentes) que se encuentren en el territorio ecuatoriano, en los términos en que los establecen la ley y la Constitución Política.

2.4.5 Código de la Producción, Comercio e Inversiones 2010 (COPCI)

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Garantía de las Inversiones, de Diciembre de 1997, así como a otras 13 leyes que anteriormente regulaban la inversión extranjera.

Dentro de los fines del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, se destaca en lo referente a la inversión los literales (g y h): g) “Incentivar y regular todas las formas de inversión privada en actividades productivas y de servicios, socialmente deseables y ambientalmente aceptables; h) Regular la inversión productiva en sectores estratégicos de la economía, de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo…”

(Art.4, Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (2010))

La Inversión Extranjera se define como “la inversión que es de propiedad o que se encuentra controlada por personas naturales o jurídicas extranjeras domiciliadas en el extranjero, o que implique capital que no se hubiere generado en el Ecuador”. (Art.13,

Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, (2010))

A partir de la vigencia del Código de la Producción, se recoge el principio constitucional de la no discriminación estableciendo que los inversionistas nacionales y extranjeros gozarán de igualdad de condiciones respecto a la administración, operación, expansión y transferencia de sus inversiones, y no serán objeto de medidas arbitrarias o discriminatorias gozando los inversionistas extranjeros de protección y seguridades plenas, de tal manera que tendrán la misma protección que reciben los ecuatorianos dentro del territorio nacional.

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Naturalmente estas inversiones son consecuentes con la política del estado ecuatoriano de priorizar la inversión social y ambientalmente sustentable, es decir que genere empleo y no ocasione daños. El Código de la Producción genera una mayor coherencia entre las políticas públicas, la actividad comercial y los instrumentos que respaldan esta actividad. Además, establece la posibilidad de que el inversionista solicite la firma de contratos de inversión, que fija las condiciones para el tratamiento de su inversión creando un entorno de mayor seguridad.

El COPCI en su Libro II, hace referencia a todo lo relacionado en materia de inversiones, dentro de sus principios generales considero los siguientes los más importantes:

 Promover el trato no discriminatorio, es decir, los inversionistas nacionales y extranjeros gozarán de igualdad de condiciones respecto de la administración, expansión y transferencia de sus inversiones.

 Derecho de Propiedad.

 Enmarca los derechos y obligaciones de los inversionistas.

 Señala incentivos de orden tributario y fiscal, de los cuales gozarán los inversionistas tanto nacionales como extranjeros, entre ellos podemos citar los más sobresalientes:

o Facilidades de pago en tributos al comercio exterior.

o Exoneración del impuesto a la salida de divisas para las operaciones de

financiamiento externo.

o La exoneración del anticipo del pago del impuesto a la renta por 5 años.

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 Se constituyen cuáles son las causales de infracción en las que podrían incurrir los inversionistas que se benefician de los incentivos que prevé este código.

2.4.5.1 Incentivos a la Inversión (fiscal, sectorial y local)

Para beneficiarse de los incentivos establecidos en el Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones, las empresas, conforme lo establece el Art.14, no requerirán de autorizaciones de ninguna naturaleza, salvo aquellas que expresamente señale la Ley y las que se deriven del ordenamiento territorial correspondiente. Estos incentivos se los puede resumir en:

Generales:

Para todas las inversiones productivas del país Sectoriales

Para nuevas empresas en sectores especiales:

 Reducción de tres puntos del Impuesto a la Renta, 1% anual, de tal manera que en el 2013, éste será del 22%.

 Exoneración del Impuesto a la Salida de las Divisas para financiamiento externo de más de un año plazo y con tasas menores a la tasa máxima aprobada por el BCE.

 Exoneración en el cálculo del impuesto mínimo del 2011 y en adelante de: los gastos incrementales por nuevo empleo o mejoras salariales, adquisición de nuevos activos para mejoras de productividad y tecnología, producción más limpia y de todos los incentivos de este Código.

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 Diferir el pago del Impuesto a la Renta y su anticipo, por 5 años.

 En caso de optar por un crédito para el financiamiento para la compra de acciones, los intereses estarán exentos del Impuesto a la Renta.

 Para el cálculo del Impuesto a la Renta, se considerará una deducción adicional del 100% del gasto en compra de maquinaria y equipos para producción más limpia y para la implementación de sistemas de energías renovables (solar, eólica o similar), o a la mitigación del impacto ambiental.

Para las nuevas empresas exoneración total del pago del impuesto mínimo y del pago del Impuesto a la Renta por los cinco primeros años en los sectores priorizados:

a) Alimentos Frescos, Congelados e Industrializados. b) Cadena Agroforestal y Productos Elaborados. c) Metalmecánica.

d) Petroquímica. e) Farmacéutica. f) Turismo.

g) Energías Renovables incluida la Bioenergía o Energía a partir de Biomasa. h) Servicios Logísticos de Comercio Exterior.

i) Biotecnología y Software aplicado.

Sectores de sustitución de importaciones y fomento de exportaciones: a) Abonos y fertilizantes.

b) Agroquímicos, pesticidas y fungicidas. c) Jabones, detergentes y cosméticos. d) Otros productos químicos.

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f) Fabricación de receptores de radio, televisión, celulares y electrónicos en general.

g) Prendas de vestir y materiales textiles. h) Calzado y cuero.

i) Electrodomésticos.

A fin de promover la innovación, el Código trae múltiples incentivos como la reducción de diez puntos del Impuesto a la Renta si se reinvierte la utilidad en innovación y en particular para las medianas empresas los siguientes incentivos:

Deducciones adicionales para el cálculo del Impuesto a la Renta, por gastos e inversiones en los siguientes rubros:

 Capacitación técnica, dirigida a investigación, desarrollo e innovación tecnológica. (Hasta el 1% del gasto de sueldos y salarios al año).

 Gastos en mejora de la productividad de la empresa. (Hasta el 1% de las ventas).

 Gastos de promoción internacional de la empresa y sus productos. (Hasta el 50% de los gastos de promoción y publicidad).

 Ante la falta de garantía real de los pequeños actores productivos, el Estado co-garantiza a través del Fondo Nacional de Garantías, para que accedan al financiamiento privado.

 Régimen especial para el financiamiento de pequeños actores productivos a través del mercado de valores.

 Obligatoriedad del Estado de compras inclusivas a MIPYMES y AEPS.

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 Programas gubernamentales de cofinanciamiento de mejoras de productividad, emprendimiento, innovación, calidad, oferta exportable y su promoción como:

2.4.5.2 Zonas Económicas de Desarrollo Especial (ZEDES)11

Las Zonas Económicas de Desarrollo Especial (ZEDES), pueden ser de tres tipos: de transferencia tecnológica, de desarrollo industrial para la exportación y logísticas. Tienen los siguientes incentivos:

- Emprende Ecuador del Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad (MCPEC).

- Innova Ecuador del MCPEC.

- Programas del Instituto Ecuatoriano de Economía Popular y Solidaria.

Para Zonas Deprimidas

Establecimiento en zonas de mayor pobreza:

• Reducción adicional de 5 puntos porcentuales del Impuesto a la Renta, a los

administradores y operadores de las ZEDES, con el carácter de permanente (17%). Si son en sector preferente y es inversión nueva aplica tarifa 0% de Impuesto a la Renta por 5 años (fuera de la zona urbana de Quito y Guayaquil). • Las importaciones de bienes tendrán tarifa 0% de IVA.

• Los bienes extranjeros gozarán de la suspensión del pago de aranceles mientras

permanezcan en dicho territorio.

• Los administradores y operadores tendrán crédito tributario del IVA pagado en

sus compras locales, de servicios, insumos y materias primas para sus procesos productivos.

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• Exoneración del ISD en el pago de importaciones y para los pagos al exterior

por financiamiento externo.

La autorización para una ZEDE se otorgará por un período de veinte (20) años, que podrán ser prorrogables, con sujeción al procedimiento de evaluación establecido en el Reglamento, y sólo se podrá revocar antes del plazo establecido por haberse verificado alguna de las infracciones que generan la revocatoria de la autorización.

La constitución de una Zona Especial de Desarrollo Económico podrá solicitarse por parte interesada, a iniciativa de instituciones del sector público o de gobiernos autónomos descentralizados. La inversión que se utilice para el desarrollo de estas zonas puede ser: pública, privada o mixta. De igual manera, tanto la empresa administradora como los operadores que se instalen en dichas zonas pueden ser personas naturales o jurídicas: privadas, públicas o mixtas, nacionales o extranjeras.

2.5 Acuerdos de Transferencia de Tecnología

La Transferencia de Tecnología es un mecanismo de propagación de capacidades, normalmente entre países con diferente nivel de desarrollo. La Transferencia puede ser de objetos técnicos y artefactos, como de conocimientos.

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han acordado proteger los derechos de propiedad intelectual. El Acuerdo sobre los ADPIC (Acuerdo sobre los aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio), contiene varias disposiciones al respecto. Por ejemplo, dice que uno de los fines de la protección de la propiedad intelectual es promover la innovación y la transferencia de tecnología, y se requiere que los gobiernos de los países desarrollados ofrezcan a las empresas e instituciones de su territorio incentivos destinados a fomentar y propiciar la transferencia de tecnología a los países menos adelantados Miembros (párrafo 2 del artículo 66).

En el Ecuador el convenio más trascendental sobre Transferencia de Tecnología se viene realizando desde el 2002, “La Transferencia de Tecnología para la Adaptación y Mitigación del Cambio Climático”, este proyecto ha venido evaluando las necesidades tecnológicas del Ecuador y planteó la necesidad de identificar los sectores claves y prioritarios hacia donde se deba transferir la tecnología y otros conocimientos:

 Sector Forestal

 Sector de Suministro de Energía  Sector Transporte

 Sector Industrias  Sector Agrícola

 Desechos sólidos y aguas residuales  Adaptación en zonas costeras

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2.6 Acuerdos de Transferencia de Tecnología firmados por Ecuador

 Acuerdo con el Instituto Nacional de Tecnología Industrial de Argentina (INTI)

para la complementación y transferencia tecnológica, especialmente en los sectores lácteos, frutas y centros de faena. EFE

 Convenio con el Centro de Innovación de la Fundación In-Nova de Castilla La

Mancha Ecuador – España.

 La Asociación Ecuatoriana de Software (AESOFT) y la Agencia Coreana de

Promoción de Tecnologías de Información y Comunicación (KAIT por sus siglas en inglés) firmaron un Acuerdo de Cooperación.

 Ecuador – Bielorrusia 28 de Junio de 2012

Cabe recalcar que Ecuador actualmente está promoviendo los ACUERDOS COMERCIALES PARA EL DESARROLLO, los cuales tienen como uno de sus principios fundamentales regular y estimular la transferencia de tecnología en el país.

2.7 Acuerdos Bilaterales y Multilaterales sobre Inversiones

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Ecuador ha firmado acuerdos bilaterales sobre protección y promoción de inversión extranjera con algunos países:

 Alemania, Marzo 21 de 1996

 Argentina, Febrero 18 de 1994.

 Bolivia, Mayo 25 de 1995.

 Canadá, Abril 29 de 1996.

 Cuba, Mayo 6 de 1997.

 Chile, Octubre 27 de 1993.

 China, Marzo 21 de 1994.

 Francia, Septiembre 7 de 1994.

 El Salvador, Mayo 16 de 1994.

 España, Junio 26 de 1996.

 Estados Unidos, Agosto 27 de 1993

 Gran Bretaña, Mayo 10 de 1994.

 Paraguay, Enero 28 de 1994.

 Rumania, 21 de Marzo de 1996

 Rusia, Abril 25 de 1996.

 Suiza, 2 de Mayo de 1969

 Uruguay,31 de Julio de 1985

Sin embargo, hoy en día los Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, han sido denunciados por el Presidente de la República, dicha denuncia fue sustentada en lo siguiente:

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calificado de “lesivas para los intereses nacionales”. El Art.422 de la Constitución

Política del Ecuador del 2008 enuncia:

No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas.

Se exceptúan los tratados e instrumentos internacionales que establezcan la solución de controversias entre Estados y ciudadanos en Latinoamérica por instancias arbitrales regionales o por órganos jurisdiccionales de designación de los países signatarios. No podrán intervenir jueces de los Estados que como tales o sus nacionales sean parte de la controversia.

En el caso de controversias relacionadas con la deuda externa, el Estado ecuatoriano promoverá soluciones arbitrales en función del origen de la deuda y con sujeción a los principios de transparencia, equidad y justicia internacional.

Los Tratados Bilaterales de Inversión establecen que en caso de que los inversores extranjeros y el Estado presenten alguna controversia, los países suscritos deberán someterse al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) de no llegarse a una solución mediante los mecanismos locales en 6 meses.

En sentido contrario, la Constitución vigente prohíbe tratados en los cuales se “ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional”

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Argentina, Canadá, Chile, China, Alemania, Francia, Venezuela, Países Bajos, Suiza, Reino Unido, Estados Unidos, Suecia, Finlandia.12

De los tratados denunciados, el desistimiento fue aprobado para Alemania, Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Suecia y Francia. No hubo votos para China, Finlandia, Chile, Venezuela, con los Países Bajos y Canadá tampoco hubo apoyo de los asambleístas, pero no se pedirá que se incluya otra vez en el orden del día. El tratado con Suiza está pendiente para debatirlo en el pleno de la Asamblea y el tratamiento de las denuncias con Argentina y Estados Unidos recién iniciará en la Comisión de Relaciones Internacionales, encargada de analizar el tema y elaborar un informe, la votación para estas nuevas denuncias se pretende hacerlas después de la posesión de los asambleístas el 24 de Mayo de 2013.13

Al denunciarse los acuerdos de inversión el gobierno propone una alternativa similar, es decir, se suprimen los tratados de inversión y se pretende reemplazarlos por un “Convenio de Inversión para el Desarrollo”. Mientras se elabora el correspondiente

borrador de los CID, Ecuador promueve los “Contratos de Inversión”; éstos consisten en un acuerdo que se firma entre el inversionista y el estado ecuatoriano a través del ministerio que corresponda.

Desde su elaboración y aprobación en el 2010, se han firmado siete Contratos de Inversión entre el Ministerio Coordinador de la Producción y distintas empresas internacionales; El primero se firmó en Diciembre de 2012 con la empresa china Ecuacorriente S.A., entre los dos últimos meses se suscribieron tres nuevos contratos: el 5 de Marzo de 2013, con la empresa Tenaris -del grupo multinacional Techint de capital Holandés y Uruguayo-, para la fabricación de tubos para el

12 Presidencia de la República, Of. Nº 4766-SNJ-10-21, 6 de Enero del 2010

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transporte de petróleo en una planta ubicada en el cantón Mejía (sur de Pichincha), con la empresa Templavid S.A., domiciliada en Cuenca, para la construcción de una planta de procesamiento de vidrio de seguridad templado, otro contrato con Swissgas del Ecuador S.A.

Según fuentes del Ministerio Coordinador de la Producción, estarían aprobados por el Consejo Sectorial de la Producción para suscribirse tres contratos de inversión, todos estos con empresas domiciliadas en el país: Compañía Ciauto S.A., Holcim S.A. y Mastercubox S.A.

2.8 Convenios de Inversión para el Desarrollo (CID)

Los convenios de Inversión para el Desarrollo (CID), son una alternativa que propone la Cancillería del Ecuador, conjuntamente con SENPLADES para regular tanto los derechos como las obligaciones del inversionista y del Estado Ecuatoriano.

Dichos convenios serán firmados entre dos Estados, en ellos se plantearía que, en su condición de país en desarrollo, Ecuador tenga un trato especial y diferenciado, según la parte con la cual se vaya a negociar. Dentro de sus apartados constaría una evaluación y seguimiento del efecto social, económico y ambiental que produzcan las inversiones.

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derechos de los inversionistas, incentivos tributarios o inversiones de capital en los sectores estratégicos.

En la esfera procesal, se buscará que se agote la vía administrativa interna antes de iniciar un procedimiento arbitral. Ecuador propugnará que en caso de arbitraje se recurra a las instancias regionales. Y, con respecto a la solución de diferencias a partir del momento en que entre en vigor el CID, se plantean dos situaciones diferenciadas: una, controversias que surjan entre los estados; y otra, entre inversionistas y el Estado. En el segundo caso, se establece que, en caso de litigios, se renuncie al Centro de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).

El Vicecanciller Marco Albuja, anuncia que las principales características de los CID serían las siguientes:

 Concibe a la inversión como un mecanismo de apoyo social y de transferencia

tecnológica y del conocimiento.

 Permite la participación preferente de los distintos agentes económicos,

economía popular y solidaria MIPYMES

 Respeta el derecho soberano de las partes a reservarse los sectores estratégicos

para delegarlos a la inversión privada.

 Prevé un trato especial y diferenciado para Ecuador, por tratarse de una

economía dolarizada y por lo tanto sin las herramientas de control monetario.

 Condiciones éticas de la inversión: generación de empleo digno, respeto al

medio ambiente, derechos del consumidor y de los trabajadores.

 Prioriza y define el concepto de inversión para el desarrollo

 Prioriza “inversiones para nuestro modelo/proceso de desarrollo” de acuerdo al

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 Establece un sistema de solución de controversias conforme a la Constitución,

prevé el arbitraje internacional dando prioridad a tribunales nacionales y foros regionales.

 Diferencias “disputas entre Estados” y “entre el Estado e inversionistas

privados”.

 Los CID proponen varios mecanismos de Solución de Controversias antes de

llegar a un arbitraje internacional, tales como la facilitación, mediación, o la negociación diplomática directa. El objetivo de solución de controversias no es llegar a un laudo arbitral, es remediar el conflicto entre las partes de cualquier forma.

2.9 Acuerdos de Doble Tributación

Los Convenios de Doble Tributación tienen por objeto abrir la economía del país a nuevos mercados a través de la reducción de las tasas impositivas, que gravan determinadas transacciones, entre las que se cuentan las relacionadas con la prestación de servicios y el intercambio de tecnología, lo cual busca incentivar el crecimiento de estos relevantes sectores de la economía. Con este fin, Ecuador ha empezado a negociar este tipo de Convenios a partir del año 1981, orientando su política de negociación a todos los países del mundo, para crear amplias conexiones económicas y facilidades comerciales globales.

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impuestos que son objeto de estos convenios son: los impuestos a la renta y al patrimonio. Según datos recolectados del SRI, Ecuador ha firmado Acuerdos para Evitar la Doble Tributación con los siguientes países:

 Alemania, 7de Diciembre de 1982

 Argentina, 3 de Marzo de 1981

 Bélgica, 18 de Diciembre de 1996

 Brasil, 26 de Mayo de 1983

 Cañada, 28 de Mayo de 2001

 Chile, 26 de Agosto de 1999

 España, 20 de Mayo de 1991

 Francia, 7 de Diciembre de 1982

 Italia, 23 de Mayo de 1994

 México, 30de Julio de 1992

 Rumania, 24 de Abril de 1992

 Suiza, 28 de Noviembre de 1994

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CAPÍTULO III

ANÁLISIS DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN EL ECUADOR

3.1Antecedentes de la IED en Ecuador

Ecuador es un país muy variable en el aspecto democrático, ha sufrido altibajos, en la mayor parte de su historia como República, que han afectado no sólo el ámbito político y social sino también el económico.

Ecuador abre sus puertas al comercio exterior con la aparición de tres grandes auges de productos agrícolas tales como: el cacao, banano y petróleo, que se reflejaron en el incremento del recurso financiero y el establecimiento de modelo primario agro exportador.

La actividad comercial se beneficia debido a la situación geográfica del país que facilita la actividad comercial tanto a nivel nacional como internacional, manteniendo desde sus inicios estrechos vínculos comerciales con países vecinos y con algunos del viejo continente, entre los que podemos destacar a Colombia, Perú, Brasil, Estados Unidos, España, Francia, Inglaterra.

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31 de Enero de 1993. Gracias a esto los inversionistas extranjeros respondieron positivamente a esos cambios.

En el Ecuador la IED ingresa masivamente con el descubrimiento de nuevos yacimientos petroleros; en Junio de 1993, Petroproducción descubre un nuevo eje estructural en el centro-sur de la región amazónica, compuesto por los campos Tiputini, Ishpingo y Tambococha, lo que resultó un gran atractivo para los inversionistas extranjeros. En este período 1990–1999 ingresan al país las siguientes compañías extranjeras: KPC, EnergyDevelopment Corporation (explotación de gas en el golfo de Guayaquil 1998), BHP-KingKanch (explotación de gas en el Golfo de Guayaquil 1990-1996), Occidental, Total, Encana, Perenco y Petrobras (explotación de crudo en la Amazonía), Occidental Energy Corporation, ARCO y ORYX Energy (Estados Unidos), YPF Ecuador (España), ELF Alquitaine (Francia), PetroBras (Brasil), C.G.C (Argentina),esta última explotaba campos petroleros en la península de Santa Elena; AGIP Gas (Italia) dedicada a la comercialización de gas licuado, Shell (Reino Unido) y Texaco(Estados Unidos) cabe recalcar que para 1990 la compañía estatal CEPE (Corporación Estatal Petrolera Ecuatoriana) asume la explotación petrolera correspondiente a Texaco, y esta compañía retira por completo sus operaciones en Ecuador.14

Referencias

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