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DIRECCIÔN DE COMPRAS Y CONTRATACIÔN PUBLICA -CHILECOMPRA
APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÔN CON LA JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS,
SANTIAGO,
08 A60. 2013
VISTOS:
[0 dispuesto en Ia Ley N° 19.880, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones; en eI D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; en Ia Resolución N° 1.600/08 de Ia ContralorIa General de Ia Repáblica, y eI Decreto N° 1313, de 2012, del Ministerio de Hacienda, que designa Director de Ia Dirección de Co mp ra s.
CONSIDERANDO:
1. Que, actualmente se encuentra vigente un Convenio Marco para a adquisición de Lentes, AudIfonos e Implantes Cocleares, cuyas bases fueron aprobadas mediante Resolución N° 74, tomadas de razón por Ia Contralorla General de a ReptbIica con fecha 2 de diciembre de 2009. Por otra parte, es necesario realizar un nuevo proceso licitatorio, con Ia suficiente antelación, para que una vez adjudicado el nuevo convenlo marco, quede disponible para todas las Entidades regidas por Ia Ley N° 19.886. Esto contribuirá a que JUNAEB y el resto de los organismos piblicos que lo requieran, puedan complementar a oferta piblica y dar cabal cumplimiento a su obligación de promover Ia igualdad de oportunidades, inclusion social, participaciOn y accesibilidad de las personas con discapacidad.
2. La politica de adquisiciones del Sector PtThlico, definida en Ia Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que autorizan a Ia Dirección de Compras y Contratación PtThlica a suscribir Convenios Marco. Dicha normativa obliga a todos los organismos
piiblicos afectos a ella, a contratar en primer lugar con proveedores que hayan sido adjudicados y hayan celebrado Convenio Marco, debiendo relacionarse directamente con el a los prestadores adjudicados por esa Direccián.
RESOLUCION
EXENTA N° 0401B ,
1.Apruébese el Convenlo de Colaboración de fecha 10 de Jun10 de 2013, suscrito par a Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y Ia Direccián de Compras y Contratación Páblica, por ci cual se encomienda a ésta a labor de licitar, de acuerdo a Ia normativa y atribuciones de Ia DCCP, Ia realización del proceso licitatorio de convenia marco, para Ia adquisición de Lentes, AudIfonos e Implantes cocleares, contribuyendo a que JUNAEB y el resto de los organismos püblicos que lo requieran, puedan complementar Ia oferta piliblica y dar cabal cumplimiento a su obligación de promover Ia igualdad de oportunidades, inclusion social, participaciOn y accesibilidad de las personas con discapacidad.
2. PublIquese Ia presente resolución en el banner Gobierno Transparente del portal wwwchilecompra.cl Anótese, Reg ROBERTO PINED DIREC1 DIRECCION DE COMPRAS Y C y ComunIquese, V C0N1. D E TI/AR! DISTfflBUCION: - Of. paste Dccp
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CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Y
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
En Santiago de Chile, a 10 de Junio de 2013, entre Ia JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, CorporaciOn Autónoma de Derecho PUblico, RUT N° 60.908.000-0, representada legalmente P01 su Secretario General, don JORGE CARLOS POBLETE AEDO, ambos con domicilio en Antonio Varas N° 153, comuna de Providencia, Santiago, en adelante "JUNAEB", por una parte, y por Ia otra parte, a DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRACION PUBLICA, persona jurIdica de Derecho PUblico, representada por su Director, don ROBERTO PINEDO BANDERAS, ambos con domicilio en calle Monjitas N° 392 piso 8, comuna y ciudad de Santiago, en adelante "La Dirección" o "DCCP", han acordado el siguiente convenio de colaboraciOn, con el objeto y en los términos que a continuaciôn se indican:
PRIMERO: ANTECEDENTES
Que, Ia misiôn de Ia Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, JUNAEB, es impulsar que niñas, ninos y jóvenes en condición de desventaja social, econOmica, psicologica o biologica puedan desarrollar un proyecto de vida personal a través de su incorporación, permanencia y éxito en el sistema educacional, entregando para ello apoyo, productos y servicios de calidad que contribuyan a su desarrollo humano integral y a Ia igualdad de oportunidades frente al proceso educacional.
Que, para el cumplimiento de su misiôn, Ia JUNAEB ha establecido en su estructura orgânica Ia * existencia y funcionamiento del Departamento de Salud del Estudiante, para que contribuya a
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mejorar el nivel de salud y calidad de vida de los escolares, favoreciendo de esta manera el éxito en el proceso educaciona), mejorarido su rendimiento y evitando Ia deserciôn a través de Ia operaciôn de sus diversos programas, entre los que destaca el programa de Servicios Medicos. Por su parte, Ia DirecciOn de Compras y Contrataciôn Püblica, tiene entre sus funciones
icitar bienes y servicios a través de Ia suscripciOn de Convenios Marco, 0 que se encuentra regulado en Ia Ley 19886 y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250/2004 de Hacienda. Dicha normativa obliga a todos los organismos pUblicos afectos a eHa, a contratar en primer lugar con proveedores que hayan sido adjudicados y hayan celebrado Convenio Marco, debierido relacionarse directamente con el o los prestadores adjudicados por esa DirecciOn.
SEGUNDO: OBJETO
Actualmente se encuentra vigente un Convenio Marco para Ia adquisicion de Lentes, AudIfonos e Implantes Cocleares, cuyas bases fueron aprobadas mediante ResoluciOn N° 74, tomadas de razôn par Ia Contralorla General de a Repüblica con fecha 2 de diciembre de 2009. Par otra parte, es necesario realizar un nuevo proceso Iicitatorio, con Ia suficiente ant&ación, para que una vez adjudicado el nuevo convenlo marco, quede disponible para todas las Entidades regidas par a Ley N° 19.886.
Conforme a Ia anterior, Ia Dirección procederá a tramitar el respectivo proceso Iicitatorio y a ejecutar todas las acciones posteriores que permitan disponer en su catalogo electrónico de Convenios Marco, los servicios y productos que se incluirán en este, los que estarãn disponibles para todas as Entidades Püblicas que requieran Ia adquisiciôn de dichos bienes, y que tengan Ia facultad para celebrar tales actos.
Esto contribuirá a que JUNAEB y el resto de los organismos pUblicos que to requieran, puedan complementar Ia oferta püblica y dar cabal cumplimiento a su obligación de promover a gualdad de oportunidades, inclusiOn social, participacion y accesbilidad de as personas con discapacidad. Lo anterior, de acuerdo a las instrucciones técnicas
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entregadas par JUNAEB, las que constituirán las Bases Técnicas de Ia Iicitación, conforme a los procedimientos que regulan este acuerdo. Par su parte, Ia Dirección dispondrã de as Bases Administrativas para Ia licitación del Convenio Marco.
TERCERO: PARTICIPACION DE LAS PARTES.
Las partes dejan constancia que los procesos licitatorios serán efectuados par Ia DirecciOn, de acuerdo a su normativa y atribuciones vigentes.
Sin perjuicio de a anterior, JUNAEB, participará en dicho proceso en los siguientes trámites y actuaciones administrativas:
1. Las Bases Administrativas:
Serán elaboradas en su totalidad par Ia Dirección.
2. Las Bases Técnicas:
Su elaboración estará exclusivamente a cargo de JUNAEB, siendo revisadas par Ia DirecciOn, con posterioridad.
3.- Reunion Informativa:
La DirecciOn realizará una reuniOn informativa, cuyo objeto será dar a conocer a los interesados en participar, los contenidos de las Bases de Licitaciôn y de los anexos que Ia conforman.
4.- Preguntas, Respuestas, Aclaraciones y Modificaciones.
Los interesados en participar, dispondrán de un plaza para realizar preguntas, a través del portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo a Ia establecido en las bases administrativas respectivas.
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La Direcciôn de acuerdo con JUNAEB, realizará formalmente y por escrito, las aclaraciones y las respuestas a las consultas que presenten los oferentes, todo de acuerdo a lo que establezcan las respectivas bases de licitación.
La DirecciOn podrá modificar las Bases de Licitaciôn, hasta antes de Ia apertura de las ofertas y dentro del plazo fijado en las bases.
5.- Evaluación y AdjudicaciOn de las ofertas:
Las partes constituirán una Comisiôn Evaluadora, conformada por 2 nilembros definidos por JUNAEB y 3 funcionarios de Ia DCCP.
La Comisiôn, tendrã por misiOn realizar un estudio de Ia documentaciOn exigida para presentar ofertas y declarar su admisibilidad de corresponder, en el tiempo y forma dispuesta en las bases de Iicitación del Convenio Marco, y en general verificar el cumplimiento de todos los requisitos de admisibilidad que se hayan establecido, para elegir Ia o las propuestas más convenientes de acuerdo a lo establecido en las Bases. El resultado será comunicado a Ia Direcciôn y con ese mérito, ella procedera a Ia adjudicación correspondiente o Ia declararã desierta, segUn sea el caso, y de acuerdo a los criterios establecidos en las bases de IicitaciOn.
JUNAEB será responsabie de constatar el cumplimiento de los requisitos técnicos y certificaciones que se exigen en las bases técnicas de licitación.
La comisiOn evaluadora, considerando las propuestas y de acuerdo a los criterios definidos en las bases de licitaciãn, propondrá a Ia Direcciôn las propuestas para Ia adjudicaciôn.
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Crecciy6.- Administración, Supervision, Término de Convenlo Marco yb Ejecución de Ia Boleta de Garantla de Fiel Cumplimiento:
La DCCP será responsable de Ia administración y correcto funcionamiento del convenio marco. Para estos efectos, Ia Direccton podrä, de acuerdo con sus atribuciones, tomar todas las decisiones que sean necesarias para asegurar que el convenlo marco resultante del proceso licitatorlo que se Ileve a cabo en virtud del presente convenio, facilite efectivamente a contrataciôn de los productos licitados.
La DCCP controlará el cumplimiento de las obligaciones que el Convenio Marco impone a el o los prestadores adjudicados, durante Ia vigencia del Convenio Marco, a objeto de asegurar que se mantengan en capacidad de cumplir integramente, con las condiciones licitadas, ofertadas y finalmente adjudicadas por Ia DirecciOn.
7.- GarantIa de Fiel y Oportuno Cumplimiento:
Las garantlas de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, requeridas en las Bases de Ucitaciôn, deberân constituirse a Ia orden de Ia Dirección y será dicha institución quien las custodie.
El cobro de las garantlas será efectuado por Ia Direcciôn, no asI el caso de cobro de multas que harã directamente Ia Entidad contratante, en los casos que corresponda. Tanto JUNAEB, como el resto de los Servicios Püblicos podrán requerir de manera fundada a Ia Dirección, el cobro de Ia garantia de fiel cumplimiento en los casos que estime incumptida cualquiera de las obligaciones que el Convenio Marco imponga al prestador que se trate.
8.- Defensa ante impugnaciones al proceso Iicitatorio:
En et caso que se presenten impugnaciones al proceso Iicitatorio, que afecten a Ia Dirección, JUNAEB se compromete a colaborar con Ia DCCP, cuando ésta Ia requiera, en
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1 ffl ' tIa preparaciOn de las defensas y alegaciones. En caso de impugnaciones que se presenten simultáneamente en contra de Ia DirecciOn y JUNAEB, ambas partes comprometen a actuar de manera coordinada, con colaboración mutua e informando previa y permanentemente a Ia otra, de todas las diligencias que se realicen en esta materia.
CUARTO: RESPONSABILIDAD.
Las partes dejan expresa constancia que Ia Direcciôn es formalmente responsable del proceso licitatorio de los Convenios Marco y de Ia catalogaciOn de los servicios y productos adjudicados, como asimismo, de Ia administraciOn del sistema de informaciôn www.mercadopublico.cl, especialmente en su môdulo Convenios Marco, en términos que permitan a JUNAEB, y al resto de los Servicios PUblicos, emitir las Ordenes de compra respectivas.
QUINTO: PROHIBICION.
La Direccion se abstendrá de realizar procesos de licitaciOn en materias de este Convenlo Marco solicitado, sin aprobacion de JUNAEB, mientras se encuentre vigente el presente acuerdo.
SEXTO: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se comprometen a mantener estricta confidencialidad de toda Ia información y documentación involucrada en cada proceso licitatorlo, hasta antes de su respectiva publicaciOn, de manera de velar por el resguardo de los principios de transparencia e igualdad de oportunidades y en resguardo de los intereses del Estado.
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PTIMO: EJEMPLARES.
El presente convenio se firma en cuatro ejemplares, de idéntico tenor, fecha y vatidez, quedando dos en poder de cada parte.
OCTAVO: PERSONERIAS.
La personeria de don JORGE POBLETE AEDO para representar a Ia JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, en su calidad de Secretario General, consta en el Decreto N° 18 de fecha 17 de Enero de 2013 del Ministerio de Educación.
La personerla de don ROBERTO PINEDO BANDERAS, para actuar en representación de a DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACON PUBLICA, consta en el Decreto
Supremo N° 1313 de 2012, del Ministerio de Hacienda.
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JOR ROBERTO PINEDO BANDERAS
SECRETARO GENERAL DIRECTOR
JUNTA NACIONL DE AUXI/JO ESCOLAR Y DJi?s Y
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