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INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL

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Academic year: 2021

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INSTITUTO ECUATORIANO

DE SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN DEL SISTEMA DE PENSIONES

Fecha: Mayo 2009 Versión: 1.0

TRÁMITE

JUBILACIÓN ORDINARIA DE VEJEZ

¿En qué consiste el trámite?

La Jubilación Ordinaria por Vejez consiste en la entrega de una renta mensual vitalicia, siempre y cuando cumpla una de las siguientes condiciones:

EDAD PARA

JUBILARSE NÚMERO DE IMPOSICIONES

Sin límite de edad 480 imposiciones mensuales o más (40 años) 60 años 360 imposiciones mensuales o más (30 años) 65 años 180 imposiciones mensuales o más (15 años) 70 años 120 imposiciones mensuales o más (10 años)

¿Dónde se realiza el trámite?

Precalificación.

Con la ayuda de un funcionario del IESS, el asegurado puede verificar su derecho a la prestación de jubilación por vejez, en la página web: www.iess.gov.ec, con su número de cédula de ciudadanía, en las Unidades Provinciales del Sistema de Pensiones o Direcciones Provinciales a Nivel Nacional.

Recepción de documentación

Unidades Provinciales del Sistema de Pensiones o Direcciones Provinciales a Nivel Nacional.

Concesión

Unidades Provinciales del Sistema de Pensiones

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¿El trámite puede ser realizado en línea? NO

¿Que documentación se debe presentar y/o que requisitos se debe cumplir?

Solicitud de Jubilación definitiva, con certificación del cese por el último(s) Patrono(s) (Se obtiene la solicitud ingresando al sitio web: (iess.gov.ec/documentos/transparencia/formularios/FORMULARIO_soli­ citud_de_jubilacion_definitiva.pdf) y/o acudiendo a las ventanillas de las Unidades Provinciales de Pensiones.

 Original de la partida de nacimiento.

 Dos (2) copias de cédula de ciudadanía firmadas al pie

 Dos (2) copias del certificado de votación (menores de 65 años), firma­ das al pie.

 Copia íntegra del carné de afiliación (opcional)

 Certificación de cuenta bancaria activa, a nombre del afiliado.

 Certificado de no tener deudas con el IESS, conferido por el Responsa­ ble del Departamento de Fondos de Terceros.

¿Cómo se realiza el trámite?

Presentando la documentación señalada en la Unidades del Sistema de Pensiones o Direcciones Provinciales a Nivel Nacional.

¿Quién debe o puede efectuar el trámite?

El afiliado que cumpla con las condiciones y requisitos indicados, o su apoderado legalmente designado mediante poder notariado.

¿Qué vigencia tiene el documentado tramitado? No tiene caducidad.

¿Cuál es el costo del trámite? No tiene costo alguno

¿Cuántas veces se debe concurrir para efectuar el trámite?

 Para entrega de documentación

 Para seguimiento del trámite

 Para recepción del acuerdo de concesión y credencial de la prestación.

¿Cuáles entidades están involucradas en el trámite?

Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Sistema Bancario.

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¿Cuál es la duración del trámite?

30 días laborables, (si no existe Responsabilidad Patronal)

TRAMITES DE JUBILACIONES ESPECIALES

MEJORAS DE JUBILACION

¿En qué consiste el trámite?

En la entrega de una mejora en su pensión jubilar, por efecto de las aportaciones realizadas posterior a su jubilación, siempre y cuando acreditaren un mínimo de doce (12) imposiciones mensuales.

¿Que documentación se debe presentar y/o que requisitos se debe cumplir?

 Requisitos de Jubilación Ordinaria por Vejez

¿Quién debe o puede efectuar el trámite?

Los pensionistas por Vejez que hayan reingresado a trabajar y cesaren en esta nueva afiliación.

MEJOR AUMENTO

¿En qué consiste el trámite?

En la entrega de un aumento en su pensión jubilar

¿Que documentación se debe presentar y/o que requisitos se debe cumplir?

 Carta dirigida al señor Director del IESS

¿Quién debe o puede efectuar el trámite?

Los pensionistas de vejez que habiendo cumplido setenta (70) años de edad a la fecha de vigencia del incremento, se acogieron a la jubilación con cuatrocientas veinte (420) imposiciones mensuales de aportación o más

AUMENTO EXCEPCIONAL

¿En qué consiste el trámite?

En la entrega de un aumento en su pensión jubilar

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¿Que documentación se debe presentar y/o que requisitos se debe cumplir?

 Carta dirigida al señor Director del IESS

¿Quién debe o puede efectuar el trámite?

Los pensionistas de vejez que habiendo cumplido ochenta (80) años de edad a la fecha de vigencia del incremento, se acogieron a la jubilación con trescientos sesenta (360) imposiciones mensuales de aportación o más.

JUBILACIÓN DE TRABAJADORES DE TELECOMUNICACIONES

¿En qué consiste el trámite?

Es una jubilación especial que se entrega a los Trabajadores de Telecomunicaciones del país, tienen derecho a jubilación por vejez si tuvieren acreditadas por lo menos trescientas (300) imposiciones mensuales, cualquiera que sea su edad.

¿Quién debe o puede efectuar el trámite?

Los trabajadores públicos o privados de Telecomunicaciones que presten servicios como:

 Telegrafista y radio-telegrafistas

 Telefonistas de larga distancia (telefonía o radiotelefonía)

 Técnicos en mantenimiento de equipos de telecomunicación.

 Reparadores de líneas telegráficas,

 Anotadores y Mensajeros.

JUBILACIÓN ESPECIAL DE TRABAJADORES DE ARTES E

INDUSTRIAS GRÁFICAS

¿En qué consiste?

Es una jubilación Especial que se entrega a los afiliados que trabajen en actividades que en razón de los riesgos que contienen, fueran calificadas por el IESS como insalubres.

¿Quién tiene derecho?

Los trabajadores gráficos, considerando para su concesión, un año de rebaja de la edad que exige el IESS como límite mínimo para la jubilación, por cada cinco de imposiciones en esta clase de actividades.

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JUBILACIÓN ADICIONAL DEL MAGISTERIO

¿En qué consiste?

Esta pensión es una renta adicional que se concede a los Jubilados por Vejez o Invalidez, que nace en virtud del contrato celebrado entre el Ministerio de Educación y el IESS.

¿Quién tiene derecho?

Los afiliados que realizaron funciones de docentes (profesores) del Magisterio Fiscal y de Bienestar Social.

¿Dónde se realiza el trámite?

Recepción de documentación

Ventanilla Única del Fondo de Cesantía del Magisterio.

Concesión

Unidades Provinciales del Sistema de Pensiones

¿Dónde puede obtener más información?

Ingresando al sitio de enlace http://www.iess.gov.ec/site.php?content=32-vejez Unidades Provinciales del Sistema de Pensiones y Direcciones Provinciales a Nivel Nacional.

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Referencias

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