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CONTRATO DE SERVICIO PARA EL REFUERZO DE LA LIMPIEZA VIARIA URBANA EN EL MUNICIPIO DE GINES

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CONTRATO DE SERVICIO PARA EL REFUERZO DE LA LIMPIEZA VIARIA URBANA EN EL MUNICIPIO DE GINES

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

Expediente 582/2021

| Verificación: https://ayuntamientodegines.sedelectronica.es/

David Ostos Ruiz (1 de 1) Concejal de Educación Fecha Firma: 04/02/2022 HASH: a4cf68f682d8e1b52c324cb1062df6f3

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INDICE

1. OBJETO...3

2. DURACIÓN DEL CONTRATO...3

3. PRESCRIPCIONES GENERALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO...3

4. ALCANCE...4

5. FRECUENCIA Y HORARIOS...4

6. SERVICIOS PERMANENTES DE LIMPIEZA...5

7. SERVICIOS DE LIMPIEZA EXCEPCIONALES Y DE EMERGENCIA...6

8. PERSONAL PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO...7

8.1. CONDICIONES GENERALES...7

8.2. PUESTOS DE TRABAJO Y PLANTILLA EQUIVALENTE...8

8.3. GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS...8

8.4. UNIFORMIDAD...9

8.5. HORARIOS DE TRABAJO...9

9. VEHÍCULOS, MAQUINARIA Y MEDIOS MATERIALES...10

10. INSTALACIONES FIJAS...10

11. ORGANIZACIÓN, CALIDAD, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE...11

11.1. ORGANIZACIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS...11

11.2. INFORMATIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL CONTRATO...11

11.3. SEGURIDAD Y SALUD...11

11.4. ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES...11

12. CONTROL DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS...11

13. RÉGIMEN ECONÓMICO DEL CONTRATO...13

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CONTRATO DE SERVICIO PARA EL REFUERZO DE LA LIMPIEZA VIARIA URBANA EN EL MUNICIPIO DE GINES

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

1. OBJETO

Es objeto del presente pliego establecer las condiciones técnicas a las que habrá de ajustarse la ejecución del Contrato de Servicio para el refuerzo de la Limpieza Viaria Urbana en el municipio de Gines.

El servicio se prestará con los medios y alcance previstos en este pliego y en la oferta del adjudicatario, no abarcando la totalidad de los trabajos necesarios para la limpieza viaria completa del municipio, desarrollándose paralelamente a otros trabajos de limpieza desarrollados por el Ayuntamiento de Gines con medios propios.

2. DURACIÓN DEL CONTRATO

La duración del contrato será de DOS (2) años, sin previsión de prórroga.

3. PRESCRIPCIONES GENERALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El Adjudicatario gestionará de forma directa y permanente los medios humanos y materiales que estén dispuestos para la ejecución del contrato objeto de este Pliego, bajo la dirección y control del Ayuntamiento de Gines.

El adjudicatario deberá prestar los diferentes servicios contratados aplicando siempre la diligencia exigible a las buenas prácticas del sector, y conforme a las instrucciones que en interpretación del contrato diese el responsable del contrato o el órgano de contratación.

La realización del contrato se realizará a riesgo y ventura del adjudicatario y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la explotación del servicio.

El adjudicatario deberá disponer de los suficientes medios de control, técnicos y humanos, para conocer diariamente, tanto al comienzo de la actividad como al final, el estado de limpieza e higiene del municipio.

Durante la prestación del servicio, se podrán levantar las siguientes actas de comprobación:

 De inicio: para constatar los medios y el personal utilizados por la empresa para

la prestación de los servicios.

 Durante el desarrollo del contrato: se levantará acta cada vez que se realicen actuaciones extraordinarias, de conformidad con lo previsto en el presente pliego.

 En el momento de la resolución o conclusión del contrato se procederá a levantar acta final e inventario sobre el estado operativo de equipos, instalaciones, mobiliario, etc., indicando su estado de funcionalidad.

 En cualquier otro caso, cuando el Ayuntamiento de Gines lo considere necesario y así lo solicite.

Las actuaciones de seguimiento y control de la ejecución material del contrato se realizarán sin perjuicio de los controles administrativos sobre la ejecución formal y documental del contrato que realicen los

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Servicios Municipales de Intervención, que a su vez podrán solicitar al responsable municipal del contrato comprobaciones puntuales del cumplimiento por parte del adjudicatario de determinadas obligaciones y cuantos informes estimen oportunos para comprobar el grado de cumplimiento del contrato por parte del adjudicatario.

La empresa adjudicataria estará obligada a dejar en perfectas condiciones de uso cuantos bienes fueron puestos a su disposición al inicio de la prestación del servicio. En caso contrario, el Ayuntamiento procederá a las reparaciones o reposiciones a que hubiera lugar con cargo a la facturación pendiente de pago o a la garantía depositada.

Los objetos de valor que el contratista encuentre durante la prestación de los servicios deberán ser entregados a la Policía Local.

4. ALCANCE

El servicio de limpieza viaria consiste en la limpieza por medios manuales o mecánicos de las diferentes vías y espacios públicos. Se incluyen dentro de las vías públicas todos los elementos que formen parte de éstas o estén contenidos en ellos, tales como el mobiliario urbano, alcorques, etc.

Deberá incluirse en el servicio la retirada y transporte a las plantas de transferencia, tratamiento o eliminación de los residuos recogidos durante el desarrollo de las operaciones de limpieza.

El ámbito territorial del presente contrato comprende el casco urbano de Gines.

Quedan por tanto comprendidas el conjunto de las vías públicas y las aceras que delimitan dichas vías, carreteras, parques, jardines y plazas peatonales y, en general, todas las zonas urbanizadas y pavimentadas de naturaleza pública.

El objetivo fundamental es que el casco urbano de Gines objeto de este contrato, ofrezca un buen nivel de limpieza, tanto en la vía pública, como en los entornos naturales y de elementos (pintadas, vertidos, etc.) que incidan negativamente en el aspecto del pueblo.

El alcance del servicio de limpieza pública urbana se clasifica en tres grupos:

- Servicios permanentes de limpieza - Servicios excepcionales de limpieza - Servicios de emergencia.

5. FRECUENCIA Y HORARIOS

La frecuencia para la prestación del servicio será la ofertada por el adjudicatario, siendo la frecuencia mínima de lunes a viernes para todas las actividades. Durante los fines de semana y festivos se contará con un servicio de intervención rápida compuesto por un operario en jornada de tarde o mañana.

El servicio se podrá desarrollar en horario de mañana o de tarde, según las necesidades de las zonas de actuación. La limpieza que se tenga que atender antes o después de la celebración de actos, mercadillos, cabalgatas, desfiles, procesiones, etc., se adecuará al horario de celebración de estos eventos.

En el Programa de Trabajo se fijará el horario de realización de cada una de las tareas descritas, con especificación de la jornada diaria y semanal de trabajo, jornada partida o continua y detallando las diferentes zonas y tareas que desarrollarán cada una de las brigadas de limpieza.

6. SERVICIOS PERMANENTES DE LIMPIEZA

Integran este grupo, los servicios de limpieza pública urbana que deberán efectuarse periódicamente y de forma continua, con la frecuencia y características que establecidas en este Pliego. Estos servicios tienen por objeto:

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 Limpieza de la red viaria, aceras, calzadas, plazas, zonas peatonales, etc., a través del barrido y baldeo.

 Alcorque de arboles

 Imbornales

 Mantenimiento y vaciado de papeleras

 Limpieza de pintadas, retirada de carteles.

 Mobiliario urbano

 Desbroce de acerados

Quedan excluidos la desratización, desinsectación y desinfección, así como las limpiezas, de productos procedentes de derribos, tierras de desmonte, excavación, y escombros procedentes de obras de carácter público o privado, salvo en aquellos casos que, con carácter excepcional, lo ordene el Ayuntamiento Gines

Las operaciones de limpieza, son las siguientes:

1. Limpieza viaria pública municipal, comprendiendo:

- Barrido manual de aceras, calzadas, y plazas.

- Barrido mecánico de aceras, calzadas, y plazas.

- Baldeo de aceras, calzadas, y plazas.

- Desbroce de acerados y plazas.

- Limpieza a presión

- Mantenimiento y vaciado de papeleras.

1. Barrido Manual.

En las operaciones de barrido manual se realizarán labores de limpieza detallada de aceras, paseos, plazas, calzadas, etc.

Consistirá en:

 Limpieza detallada de aceras, calzadas, plazas, etc. y especialmente en las proximidades de bordillos, incluyendo los alcorques de los árboles, así como espacios verdes que no sean competencia de otras empresas.

 Recogida de residuos procedentes del tráfico, restos de la recogida de residuos domiciliarios, excrementos de animales, hojas de árboles y cualquier otro tipo de objeto o residuo depositado en la vía pública susceptible de ser cargado y transportado por el equipo de barrido manual.

 El vaciado sistemático y limpieza de papeleras situadas en el itinerario.

 Desbroce y limpieza de malas hierbas en pavimento, bordillos y aceras.

 La recogida de desbordamientos de contenedores de todo tipo y su introducción en los mismos.

 Comunicación diaria por parte del operario de cualquier anomalía observada, como:

desbordamiento de contenedores, presencia de enseres, carteles, pintadas, residuos de toda clase, papelero o contenedor en mal estado, etc.

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Esta tarea deberá aplicarse preferentemente en:

 Zonas que presenten dificultades en su mecanización, debido a que presentan accesos complicados o no aptos por su pendiente, su pavimento, etc.

 Puntos no accesibles para la maquinaria dentro de las zonas de posible mecanización.

 Vías rodadas con estacionamiento fijo o permanente.

Tendrán consideración especial los lugares que puedan presentar una mayor conflictividad en el aspecto de limpieza, como son:

 Las partes de la calzada donde se puedan acumular los residuos de la circulación rodada, próximas a los bordillos.

 Los alcorques y aberturas al pie de los árboles.

 Las paradas de autobús.

 El entorno viario de edificios públicos y comerciales.

 Parques y zonas verdes

Se consideran como desperdicios objeto del barrido manual los siguientes:

 Los producidos por la circulación peatonal y rodada.

 Las hojas de los árboles.

 Cualquier objeto o residuo depositado en la vía pública y que pueda ser admitido o transportado sin dificultad.

2. Barrido mecánico de aceras, calzadas, plazas y zonas peatonales.

Barrido, mediante la utilización de maquinaria específica, de las aceras, calzadas y áreas peatonales existentes en la vía pública del casco urbano de Gines, objeto de este Contrato.

La maquinaria cumplirá con lo descrito en la Cláusula 10. Vehículos y Maquinaria del presente pliego.

3. Baldeo y limpieza a presión de aceras, plazas, zonas peatonales y calzada.

Consistirá en el baldeo de la superficie de las aceras, calzadas, áreas peatonales y pasos, para la posterior recogida de los residuos por los equipos correspondientes de limpieza.

Esta operación se efectuará en combinación con los barridos mecánicos, mediante la proyección de agua a presión y caudal elevados con el fin de conseguir una limpieza óptima de la superficie de aquellas sin daños para el pavimento.

4. Mantenimiento y vaciado de papeleras.

El adjudicatario procederá al mantenimiento y vaciado de papeleras, debiendo reponer las bolsas, que serán aportadas por el contratista.

7. SERVICIOS DE LIMPIEZA EXCEPCIONALES Y DE EMERGENCIA

Son aquellos trabajos no habituales o regulares, o los precisos debidos a situaciones de excepción, y tendrán por objeto:

 Limpiezas extraordinarias debidas a mercados y mercadillos, ferias, cabalgatas, competiciones o cualquier otra en la que exista una concentración no habitual de personas.

 Actuaciones en caso de emergencias y cualquier otra situación excepcional.

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 Cualquier otra que demande el interés público general, por afectar a la seguridad, salud y ornato públicos.

 Accidentes, limpiezas de elementos en la vía pública y retirada.

 Vendavales, árboles derribados, o de ramas en vía pública.

 Rayos, etc.

El Adjudicatario estará obligado a realizar los servicios de limpieza de carácter excepcional o de emergencias que el Ayuntamiento de Gines le demande. A estos efectos, existirán dos tipos de servicios:

a) Excepcionales: Aquellos que, aun no siendo habituales, pueden preverse y planificarse (Cabalgata de Reyes o de Carnavales, salida o llegada de la Hermandad del Rocío, la Pará, Mercado Medieval, carreras populares, etc.), que suelen precisar un número considerable de medios humanos y materiales.

b) De Emergencia: Aquellos imprevisibles, que requieren de una actuación inmediata, y que suelen precisar pocos medios

En el primer caso el Ayuntamiento, previa consulta al contratista, comunicará formalmente a éste los servicios a prestar con la suficiente antelación, indicando medios humanos y materiales a poner a disposición del servicio y horarios aproximados.

En el segundo caso, el Ayuntamiento solicitará por cualquier medio la intervención del personal del contratista, indicando el tipo de actuación de que se trata, debiendo este desplazar los medios humanos y materiales necesarios con carácter inmediato cuando la situación se dé dentro de su horario de trabajo, o en el plazo máximo de una hora si se produjera fuera de dicho horario.

Tanto los servicios excepcionales como los de emergencia se facturarán de forma separada a los servicios permanentes, aplicando los precios unitarios ofertados a los servicios realmente prestados.

8. PERSONAL PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

8.1. CONDICIONES GENERALES

El contratista aportará el personal necesario para la correcta ejecución del contrato. Dicho personal reunirá las condiciones de aptitud, pericia y práctica requeridas para la ejecución de los distintos trabajos para los que sean designados.

El contratista deberá disponer del personal directivo, técnico, administrativo y de mandos intermedios necesarios para el buen desarrollo del servicio en todas sus modalidades y turnos, capaz de redactar, manejar, controlar e interpretar toda la documentación e información del contrato, así como los medios mecánicos adscritos a los mismos.

Sin perjuicio de alguna apreciación o concreción que se haga por parte del personal del Ayuntamiento a los operarios del contratista, todas las instrucciones, solicitudes, requerimientos, quejas, etc. que se trasladen al contratista, se harán al personal responsable o mandos intermedios del mismo (al menos, al capataz o encargado). A tal fin, la empresa contratista dispondrá, para la ejecución del contrato, de una estructura jerarquizada, que se precisará, en su caso, en la oferta presentada, y se hará responsable de impartir a sus trabajadores las correspondientes órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices de cómo distribuirlo. Le corresponderán al Ayuntamiento los poderes de verificación y control de la contratista establecidos en la LCSP, absteniéndose para ello de ejercer función alguna de control, dirección u organización del personal de la empresa contratista.

El personal que por la empresa contratista fuese puesto a disposición de la ejecución de este contrato no tendrá ningún tipo de vinculación laboral con este Ayuntamiento contratante, sin que pueda producirse, por tanto, su consolidación como personal al servicio de las Administraciones Públicas. Por el contrario, es la empresa contratista la que, respecto de aquel personal, asume

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todas las obligaciones que la legislación vigente en materia laboral y de Seguridad Social impone al empresario respecto de sus trabajadores/as.

8.2. PUESTOS DE TRABAJO Y PLANTILLA EQUIVALENTE

El servicio requerirá como mínimo de la siguiente plantilla para la ejecución de los trabajos:

(a) Personal directo necesario para la realización de los trabajos correspondientes a los servicios permanentes.

−1 Capataz (a tiempo parcial)

− 2 Peones-conductores de lunes a viernes

− 1 Conductor de lunes a viernes

- 1 Operario de guardia presencial sábados, domingos y festivos en horario de tarde (b) Necesidades de personal para servicios excepcionales o de emergencia.

(c) Necesidades de personal para asegurar la ejecución de los trabajos cuando se produzcan vacaciones, bajas por absentismo laboral, enfermedad, accidentes, horas sindicales y otras causas justificadas, e incluso otras causas imprevistas.

(d) Personal necesario para ejercer labores de vigilancia y control que aseguren la correcta ejecución de los distintos servicios.

(e) Personal indirecto asignado a los servicios con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los mismos dentro del siguiente desglose:

− Dirección y personal técnico

− Personal de prevención y control.

8.3. GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS

El Adjudicatario estará obligado a disponer del personal técnico y administrativo necesario para la gestión de los servicios. Para ello dispondrá, de una estructura administrativa y funcional adecuada.

Al frente del contrato estará un responsable de la empresa, responsable directo de los servicios contratados, con la cualificación suficiente para desarrollar esta función, el cual mantendrá el contacto directo con los Servicios Técnicos Municipales.

Asimismo, el adjudicatario propondrá la política de personal a seguir y en particular todos los aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad e higiene en el trabajo y servicios médicos necesarios.

El Adjudicatario deberá de cumplir con sus obligaciones respecto de la Seguridad Social debiendo tener a su personal dado de alta, afiliado y al corriente en el pago de las cotizaciones sociales.

Todo el personal deberá estar perfectamente identificado en orden a la seguridad de los servicios, proponiendo el adjudicatario el sistema de identificación más eficaz.

La Empresa Adjudicataria deberá:

− Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.

− Realizar la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias.

− Evaluar los riesgos laborales.

− Asegurarse de que los medios de trabajo garanticen la seguridad de los trabajadores.

− Proporcionar a los trabajadores los medios de protección personal adecuados al trabajo a realizar,

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cuando los riesgos no se puedan evitar o limitar suficientemente.

− Informar adecuadamente a los trabajadores acerca de los riesgos existentes, las medidas y actividades de protección aplicables y las medidas de emergencia adoptadas.

− Consultar a los trabajadores y permitir su participación en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y la salud laborales.

− Garantizar que cada trabajador reciba una formación adecuada en materia preventiva.

− Informar y adoptar medidas, cuando los trabajadores pueden estar expuestos a un riesgo grave e inminente.

− Garantizar la vigilancia médica periódica de la salud de los trabajadores.

− Designar a uno o varios trabajadores como recurso preventivo y constituir un servicio de prevención o concertar dicho servicio con una entidad especializada.

8.4. UNIFORMIDAD

El personal directo que utilice el contratista para el servicio deberá ir debidamente uniformado, según lo acordado en el convenio colectivo y atendiendo a los criterios del Ayuntamiento. El adjudicatario será responsable de la falta de limpieza y uniformidad en el vestuario.

En todo caso será imprescindible que quede claramente identificado que el trabajador o trabajadora lo es de la contrata, a través de texto o logotipos, y con independencia de que pueda figurar también el logotipo o nombre del Ayuntamiento de Gines.

El adjudicatario deberá presentar una relación detallada de las prendas de vestuario, así como del material auxiliar que va a emplear cada operario. Dispondrán de elementos reflectantes que los hagan perfectamente visibles a los conductores de los vehículos en horas nocturnas, debiéndose respetar en todo caso las normas UNE aplicables.

Se cumplirá estrictamente la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de 1.995 sobre Prevención de Riesgos Laborales y en relación a la Seguridad e Higiene en el Trabajo, Protección, Formación, etc. así como el Reglamento que la desarrolla, Real Decreto 39/1.997, del 17 de enero, y toda la legislación complementaria en materia de prevención de riesgos laborales.

8.5. HORARIOS DE TRABAJO

Serán establecidos por el adjudicatario atendiendo a los distintos servicios que se hayan de realizar de modo que sean compatibles con la legislación laboral vigente y con lo dispuesto en el presente pliego.

El Ayuntamiento podrá ordenar que se modifique cualquier horario propuesto por la empresa en cualquier momento, de acuerdo con las necesidades del servicio, siempre que no suponga incremento de horas del servicio.

9. VEHÍCULOS, MAQUINARIA Y MEDIOS MATERIALES

El contratista deberá planificar y aportar a su costa todos los medios materiales necesarios para la prestación de los servicios contratados, con las posibles excepciones establecidas en el presente pliego.

Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente visibles y dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios para los operarios que trabajen en conexión con el conductor.

Asimismo, estarán equipados con los equipos de señalización precisa para su mejor detección y evitación de riesgos para los peatones y el tráfico rodado.

Los equipos a utilizar en la recogida de residuos serán los más adecuados a las características del municipio y presentarán una limpieza correcta.

El Adjudicatario queda obligado al mantenimiento y control de los medios materiales (vehículos y maquinaria móvil, herramientas e instalaciones fijas) vinculados al contrato, incluidos los de propiedad del

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Ayuntamiento y que se pongan a disposición del contratista para la prestación de los servicios, debiendo tener operativos todos ellos durante toda la vigencia del contrato.

Además de cumplir toda la normativa aplicable al respecto, efectuará un control permanente de la funcionalidad de los medios materiales, su utilización en los periodos previstos, los trabajos realizados y las incidencias de todo tipo que se produzcan.

Las empresas licitadoras tendrán que especificar en su oferta la maquinaria y herramientas a emplear, que al menos incluirá:

 Una barredora de calle de al menos 2 m

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 Carritos para operarios de limpieza viaria

 Vehículo para baldeo y lavado a presión

 Sopladoras (2)

 Desbrozadoras (2)

 Escobas, rastrillos, etc.

Serán de cuenta del contratista los consumibles de la maquinaria (cepillos de la barredora de calle, hilos o cuchillas de corte, aceite de motor, gasolina, etc.), la reposición de herramientas, la aportación de bolsas para papeleras o para recogida viaria y cuantos elementos sean precisos para la ejecución de los servicios, salvo el agua para la limpieza viaria, que será suministrada por el Ayuntamiento.

El suministro de agua necesario para la realización de los trabajos de limpieza a realizar en la vía pública, se obtendrá de los puntos que a tal efecto le indique el personal de los servicios técnicos del Ayuntamiento. El Adjudicatario estará obligado a informar a los Servicios Técnicos Municipales, con la periodicidad que se le requiera, de la cantidad de agua consumida de los diferentes orígenes para la realización de los servicios.

10. INSTALACIONES FIJAS

El Ayuntamiento de Gines pondrá a disposición de la empresa adjudicataria un espacio reservado dentro de sus instalaciones fijas para el almacenamiento y guarda de maquinaria, herramienta y enseres.

El Ayuntamiento no se responsabilizará de la seguridad de los bienes almacenados ni de la limpieza de la parte de dichas instalaciones ocupada por el contratista, que serán por su cuenta.

Es obligación del adjudicatario mantener la totalidad de los elementos que componen las instalaciones fijas ocupadas en perfecto estado de conservación, orden y limpieza.

11. ORGANIZACIÓN, CALIDAD, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

11.1. ORGANIZACIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS

El servicio de limpieza viaria objeto del contrato se integrará en los más generales Servicios Municipales, debiendo estar en todo momento supeditados a la organización general de estos. No obstante, la organización y dirección de los concretos medios humanos y materiales aportados por el contratista para la prestación del servicio, serán de su exclusiva competencia y responsabilidad.

Las instrucciones de servicio que se den al contratista se harán a través de los responsables designados por este. A tal fin, el contratista deberá tener disponible un servicio 24x7 para casos de emergencia, y un servicio 8x7 para la gestión ordinaria del contrato, a disposición del Ayuntamiento.

11.2. INFORMATIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL CONTRATO

El Adjudicatario al inicio de la prestación, presentará un programa de trabajo del contrato y mensualmente presentará calendarios de trabajo de todos y cada uno de los servicios.

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Semanalmente y en las oficinas de Servicios Técnicos Municipales presentará partes, en formato digital (Excel) de todos los servicios realizados con las incidencias correspondientes, así como el Plan de trabajo de la semana próxima, basado en el calendario general y modificado con las incidencias de la semana anterior, más las necesidades creadas por los trabajos urgentes que se denuncien en la oficina Municipal, para su aprobación por los Servicios Técnicos Municipales, todo ello en hojas Excel. En el Plan de trabajo semanal, se indicará la zona de trabajo y rutas de todos los servicios, limpiezas, recogidas y transporte, así como relación de vehículos y maquinaria necesarios y del personal necesario.

Para todo ello, un representante del Adjudicatario se reunirá semanalmente con los Servicios Técnicos Municipales.

El adjudicatario presentará para la aprobación por parte del Ayuntamiento de un modelo de hoja Excel con los campos de trabajo necesarios.

11.3. SEGURIDAD Y SALUD.

Dado que los servicios a los que se refieren el presente contrato se realizan en vías públicas y se utilizan vehículos y medios mecánicos, así como de personal que utiliza diferentes herramientas y máquinas, hacen que este apartado de seguridad deba ser muy tenido en cuenta en el diseño y desarrollo de los servicios con el fin de minimizar los riesgos inherentes a la realización de los mismos.

A tal efecto, la empresa contratista debe de cumplir con las exigencias de la Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, y normativa de desarrollo.

11.4. ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES.

La adjudicataria será responsable de dar el destino que legalmente corresponde a cada tipo de residuo que se genere, de manera que los residuos generados sean correctamente tratados. El destino final de los restos recogidos por la realización de los trabajos de limpieza será, con carácter general, la Planta de Tratamiento correspondiente, a excepción de aquellos que puedan ser reutilizados o reciclados.

Serán entregados de manera mensual al Ayuntamiento los partes o documentos justificativos correspondiente a la gestión de residuos.

Los productos de limpieza utilizados en la prestación de los servicios serán biodegradables y no deslizantes.

12. CONTROL DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.

El Ayuntamiento mantendrá un servicio de inspección con la organización que estime oportuna, si bien dará cuenta al adjudicatario de las personas que han de tener relación directa con ellos.

La vigilancia e inspección se llevará a cabo por la Inspección del Servicio, designada a tal efecto, que dependerá del Responsable del Contrato auxiliándolo en el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas por la legislación vigente y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y cuyo cometido será el seguimiento de las labores desarrolladas por el contratista con los medios humanos y materiales afectos al servicio.

El Responsable del Contrato, en base a la información facilitada por los Servicios Técnicos Municipales sobre incumplimientos observados en la ejecución del contrato, será el encargado de proponer al órgano de contratación la imposición de las penalidades que procedan de acuerdo con el Pliego de Cláusulas Administrativas y con la LCSP, y cuyo importe será deducido del precio mensual del contrato. La prestación contratada será remunerada según el precio ofertado, siempre que el servicio se haya realizado con todo el equipamiento previsto y una ejecución satisfactoria.

El Ayuntamiento podrá exigir al adjudicatario los siguientes documentos:

- Parte diario de incidencias.

- Partes semanales de los trabajos realizados y de cuantas circunstancias ocurran en el servicio.

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- Partes mensuales, indicando situación laboral, parque de papeleras, mantenimiento de la maquinaria, de las instalaciones, etc.

El Adjudicatario deberá enviar, al menos, los partes diarios de los trabajos realizados e incidencias. No obstante, se estará a lo que al respecto haya ofertado el adjudicatario en cuanto al control del servicio.

Así mismo, el Adjudicatario estará obligado a poner a disposición del Ayuntamiento la información necesaria para evitar cualquier incidencia que dificulte una correcta prestación de la actividad de control, con naturaleza de obligación esencial a los efectos del articulo 211 LCSP.

El Adjudicatario deberá comunicar diaria y semanalmente toda la información relativa a los servicios, mediante los partes de trabajo:

 Incidencias en desarrollo de la prestación del servicio con respecto a lo previsto en la programación operativa, en particular:

o Distribución de medios humanos y materiales.

o En el caso de bajas laborales, el servicio quedará perfectamente cubierto.

o Servicios realizados, tanto periódicos como permanentes.  Incidencias ocurridas durante la jornada, si las hubiere.

o Siniestros.

o Rutas y trabajos realizados por los distintos equipos.

Además, el Contrato será objeto de seguimiento en continuo por parte del Responsable designado por el Ayuntamiento con el fin de:

a) verificar el cumplimiento de la legislación vigente, tanto la específica de los servicios prestados como la referente a seguridad y salud en el trabajo y demás de carácter laboral, la de carácter medioambiental, o cualquier otra directamente aplicable a la ejecución del contrato;

b) comprobar el adecuado y exacto cumplimiento del contrato, tanto en lo que a los pliegos se refiere, como al de las condiciones ofertadas por el contratista;

c) mejorar la eficacia y eficiencia del contratista.

Para ello, se elaborará un informe trimestral, con el siguiente contenido:

a) Cumplimiento de los procedimientos del sistema de pedidos, presupuestación y facturación.

b) Cumplimiento del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Cumplimiento del Pliego de Prescripciones Técnicas.

d) Cumplimiento de la legislación vigente reguladora del contrato.

e) Cumplimiento de aspectos legales de carácter laboral, social y medioambiental.

f) Cumplimiento de otros requisitos legales y otros aspectos de interés.

g) Conclusiones y recomendaciones.

Para la elaboración de estos informes, la empresa contratista aportará documentación justificativa de los servicios realizados, tanto ordinarios como excepcionales o de emergencia, la facturación hecha, y cuanta documentación se le requiera para un adecuado seguimiento de la ejecución del contrato.

El Ayuntamiento podrá requerir los datos y realizar las actuaciones de inspección del servicio que considere necesario, sin que la empresa contratista pueda negarse alegando razones de protección de datos personales, de secreto comercial, o similar.

Estos informes serán elaborados por personal técnico del Ayuntamiento, salvo que la empresa adjudicataria hubiese ofertado como mejora un “Control de Calidad Externo: Realización por una consultora externa, contratada por el licitador, de un control de calidad del servicio, en los términos

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establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas”. Si fuese así, la documentación e información no se remitirá al Ayuntamiento, sino a la consultora externa, quien emitirá el informe, sin perjuicio de que el Ayuntamiento pueda en cualquier momento solicitar documentación o información específica para comprobar el adecuado funcionamiento del control de calidad externo.

13. RÉGIMEN ECONÓMICO DEL CONTRATO

El presupuesto anual del contrato es de 153.046,04 € (IVA excluido), por lo que el presupuesto del contrato, con dos años de duración, es de 306.092,08 €, de conformidad con el siguiente detalle:

Salarios Seg. Social nº trabajad. COSTE TOTAL

Capataz 23.000,00 7.360,00 0,20 6.072,00

Conductor 20.500,00 6.560,00 1,00 27.060,00 Peon-conductor 19.000,00 6.080,00 2,00 50.160,00 Operario guardia 18.000,00 5.760,00 0,33 7.840,80 91.132,80

Coste jornada Nº jornadas COSTE TOTAL

65,00 64 4.160,00

6,00 730 4.380,00

22,00 118 2.596,00

156,00 247 38.532,00

49.668,00 Barredora

TOTAL ANUAL Equipo de limpieza (guardia)

DESGLOSE DE GASTOS DE PERSONAL

DESGLOSE DE GASTOS DE MAQUINARIA

Equipo para Baldeo Maquinaria para desbroce

TOTAL ANUAL

No obstante, los precios a aplicar serán los precios unitarios ofertados por el adjudicatario, que tendrán la consideración de Precios del Contrato, sin que se prevea revisión de precios durante los dos años de duración del mismo.

El contratista emitirá facturas mensuales en las que se recogerán los servicios prestados con el correspondiente desglose, de acuerdo a los precios del contrato.

Las facturas se presentarán y cobrarán en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

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