ACUERDO ADIRA-FATPREN 2012-2013
En la ciudad autonoma de Buenos Aires a los 24 dias del mes de Mayo de 2012, en sede de la asociacion de Diarios del interior de la Republica argentina (ADIRA) comparecen en representacion de la Federacion Argentina de Trabajadores de Prensa -personeria gremial n" 367- los senores Gustavo Granero (Secretario General), Jose Insaurralde (Secretario Adjunto) y Alberto Carreras (Secretario de Prensa) y, en representacion de la Asociacion de Diarios del Interior de la Republica Argentina, Dr. Luis Alberto Diaz, con la legitimacion que consta en el expediente N° 1279310/08, con las excepciones previstas en el mandate acreditado respecto de las provincias de Corrientes y Entre Rios, provincias sobre las cuales, la organizacion sindical, ratifica la plena vigencia en su ambito personal y territorial del CCT 541/08, en las condiciones de su homologacion.
Las partes manifiestan y acuerdan siguientes clausulas:
Primera: Las partes acuerdan un incremento salarial para todos los trabajadores comprendidos en el CCT 541/08. Dicho incremento salarial pactado sera liquidado de la siguiente forma: Del 10 % a contar del 1 del mes de Marzo hasta el mes de Junio incluido;
del 6 % desde el 1 de julio hasta el mes de noviembre y el 6 % por los meses de diciembre a febrero de 2013, acordandose que dichos incrementos son calculados sobre base febrero segun las escalas conformadas de acuerdo al Anexo "A". Asimismo, las partes acuerdan que en el mes de enero de 2013 los trabajadores percibiran por linica vez un adicional no remunerativo equivalente al 12 % de sus remuneraciones, calculado sobre identica base de calculo. Tanto los conceptos de titulo universitario y el titulo terciario sufriran los aumentos porcentuales en igual porcentaje que los acordados en la clausula Primera, a partir del mes de Marzo de 2012.
Segunda: Los importes devengados por el incremento acordado para los meses de Marzo y Abril de 2012 (atento a la fecha de celebracion del presente acuerdo) deberan ser abonado sobre lo efectivamente percibido en cada uno de ellos junto con los salaries de los meses de Mayo y Junio de 1012, respectivamente. Los que sufriran las retenciones por aporte solidario fijados y de acuerdo a la clausula quinta del presente.
Tercera: Se acuerda que las empresas contribuiran con una suma de pesos 30 por cada trabajador incluido en la nomina salarial, en los meses de Mayo y Junio de 2012 y en Enero de 2013, para compensar la merma en la recaudacion de los recursos para la prestacion de servicios sociales, la que debera ser depositada, en cada caso, en la Cuenta Corriente en Pesos N° 508-20-214-6, Banco BBVA Banco Frances.
Cuarta: Los incrementos aqui acordados compensaran hasta su concurrencia aquelios que fiieran adelantados o anticipados por las empresas en tanto los mismos no se encuentren sujetos a prestacion alguna. Cuando dichos anticipos o adelantos se hubieren liquidado en forma remuneratoria y compensen total o parcialmente los incrementos devengados en los meses de Marzo y de Abril de 2012, quedara sin efecto, total o parcialmente en su proporcion, la obligacion de ingresar la contribucion prevista eirla*iclausula TERCERA.
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QUINTA: La representacion de la Federacion Argentina de Trabajadores de Prensa manifie^la que, en U50 de las atribuciones que le confiere el estatuto social y la legislacion vigento, establece extender la contribucion solidaria gremial del 1,5 del basico de los trabajadores poi gestiones realizadjis y concertacion de convenios y acuerdos colectivos, con destino .i financiamiento de actividades de formacion social, conformacion y capacitacion de equipoj tecnicos para la negociacion colectiva, y fortalecimiento de las politicas fijadas por la entidad sindical. Los fondcs seran administrados segun lo establecen los estatutos sociales y 11»
resoluciones de los cuerpos organicos.
SEXTA: Las empresas empleadoras deberan retener los porcentajes definidos por la clausula U- quinta del presente acuerdo, de la iiquidacion mensuai de haberes del personal, y depositarif . junto con los aportes patronales -cuando correspondieren- dentro de los plazos previstos p i i ley para las retenciones nortnales y habituales, en la cuenta de la Federacion Argentina ik' Trabajadores de Prensa, del Banco Nacion N° 20019006, Sucursal 0014. Los deposilos y realizaran en las boletas confeccionadas por la Entidad Sindical a tal efecto. Para obteiii t dichas boletas, las empresas deberan darse de alta y realizar las declaraciones juradd'.
correspondientes, ci traves del sitio institucional www.fatpren.org.ar, siguiendo el link "apor!:«>.
convencionales".
SEPTIMA: El presente acuerdo tendra vigencia hasta el 28 de Febrero de 2013.
OCTAVA: lEI presente acuerdo sera presentado al Ministerio de Trabajo, Empleo y SeguridaJ Social de la Nacion solicitando la homologacion dentro del Convenio Colectivo de Trabain 541/08. En prueba de conformidad las partes suscriben cuatro ejemplares de un mismo ten.
y a un solo efecto.
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Expediente N° 1279310/08
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 dias del Mes de Junio de 2012 comparecen ante mi, Lie. Marcos AMBRUSO las siguientes personas: En representacion de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA, el Sr. Gustavo GRANERO en su caracter de Secretario General junto al Sr. Alberto CARRERAS por una parte y por la otra el Dr.
Luis Alberto DIAZ en representacion de la ASOCIACION DE DIARIOS DEL INTERIOR.
Abierto el acto por el funcionario actuante, en uso de la palabra las partes manifiestan: Que vienen a informar a la Autondad de Aplicacion de una modificacidn del Acta Acuerdo alcanzado con fecha 24 de mayo de 2012 en atencion a que se advirtiera una diferencia en las escalas salariales correspondientes al periodo marzo 2011/febrero2012 que repercute sobre los valores fijados para el corriente aho 2012.
A tenor de ello solicitan se incorpore al Acta Acuerdo citada el siguiente texto: "Las liquidaciones de salaries correspondientes a la Categoria 3, de la Rama Administracidn de las Empresas Categoria B que hubieren sido confeccionadas conforme al valor del Basico de $ 4,106,- deberan, a partir de las liquidaciones de marzo de 2012, consignar el valor del Basico de $ 3.709,- y agregar en un rubro separado bajo la denominacion "Ajuste Basico Acuerdo 2011" los siguientes importes: para el periodo marzo/junio de 2012 la suma de $ 357.-; para el periodo julio/octubre de 2012 la suma de $ 307.- y, para el perido noviembre 2012/febrero de 2013 la suma de $ 247.-"
Sin mas, se da por finalizada la audiencjl firmando las pi^es ante mi, que certifico. /i
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Escala Salarial vtgente desde 1 de K >zo de 2012 Medlos Criflcos Cat^orta "A" Salarios Bisieos Escalaf6n
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17
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Griftca. Redacci6n
Aspirante Reportero Mecandgrafo Corrector Ortogrifico Archivero
Traductor Cablero
Reportero Grifico Cronlsta
Laboratorista Letrista
ilustrador - Dibujante - Caricaturista-Retratista Cronlsta Especializado / Callficado
Corrector de Estilo
Guionista de Historietas - Dibujante de Historietas Diagramador
Redactor
Corresponsal: Segun Categoria y Callficacidn de la indole que prestare.
Ej: corresponsal redactor:
Corresponsal Ocasional:
Segun Categoria y Calificacion de la indole que prestare.
(hasta 3 dias por semana) por pleza.
Ej: corresponsal Ocasional redactor:
Reportero Grafico Laboratorista / Calificado Infografista
Redactor Calificado / Especializado Encargado o Jefe de Seccion (A)
a) Jefe de Dibujantes - Jefe de DIagramadores Jefe de Fotografla - Jefe de Correctores Editorialista
Prosec. Re^accion o Jefe de Noticias
Secretartsjledaccidn m ^
Sec.G3LiWd#ffrf|H|, \ /
J e f e d | R f f l ^ ^ S ^ « ^ t o r | / / " ^ Director '" ^ ^ y ^ ^ d
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Conformado
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3.535 3.929 3.968 4.087 4.151 4.125 4.164 4.243 4.243 4.395 4.454 4.454 4.583 4.766 4.810 4.904 4.949
4.949
251
4.949 5.203 5.345 5.847 5.847 5.847 6.476 7.057 7.762 8.563 9.459 0
Marzo/Mayo 10%
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3.889 4.322 4.365 4.496 4.566 4.537 4.580 4.668 4.668 4.835 4.899 4.899 5.041 5.243 5.291 5.394 5.444
5.444
276
5.444 5.723 5.880 6.431 6.431 6.431 7.124 7.763 8.538 9.419 10.405 0
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5.741
291
5.741 6.035 6.201 6.782 6.782 6.782 7.512 8.186 9.004 9,933 10.973 0
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306
6.038 6.347 6.521 7.133 7.133 7.133 7.901 8.610 9.469 10.446 11.540 0
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Escalafdn
1 2 3
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7
S
9 10 11
Admintstracidn
Cadete Ayudante Administrativo
cj Dactilografo d) Receptor de Avisos ej Facturador de Avisos f) Auxlllar de Tesoreria
g) Promotor, Productor, Corredor Publicltario o de Suscripciones Telefonista
a) Recepcionista
Administrativo Especializado - Auxiliar Prlmero a) Secretarlo/a
b} Cobrador y/o Gestae de Cobramas c) Operador de Sistemas de Contabilidad dj Creativo de Publlcidad
e) Liquidador de Sueldos y Jornales
f) Empleados de la Seccidn Cuentas Corrientes Subjefe de Seccion
a) Cajero/a Jefe de Seccidn
a) Relaciones Publlcas
b) Capataz de Taller de Impresidn Jefe de Departamento
a) Jefe de Taller de Impresidn Jefe de Personal - Subcontador
Contador - Subadministrador o Subgerente Admlnistrador 0 Gerente
Conformado
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3.535 3.929
4,205
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5.847 7.057 7.762 9.459
Ma rzo/Mayo Junio/Oct 10%
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6.431 7.763 8.538 10.405
6%
$ 4.101 S 4.558
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$ 5.101
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$ 10.973 Nov/Dic
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$ 6.362
$ 7.133
$ 8.610
$ 9.469
$ 11.540
d y "
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0
Escalafdn
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
Exped!ci6n. CirculacMn. Distribucidn
Tareas generates
Ayudante y/o Peon General de Expedicidn Auxiliar u Operario de Expedicidn
Auxiliar Prlmero u Operario Prlmero Auxiliar Especializado o Principal, Chofer Auxiliar Calificado
Subencargado, Supervisor Prlmero, Subcapataz Encargado Capataz, Jefe de Seccidn o Mayordomo Supervisor General
Capataz Gral., Encargado Gral. o Jefe de Expedicidn
Conformado
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3.535 3.929 4.046 4.205 4.327 4.454 4.720 5.215 5.847 6.476
Marzo/Mayo 10%
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3.889 4.322 4.451 4.625 4.759 4.899 5.192 5.736 6.431 7.124
Junio/Oct 6%
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s s s
4.101 4.558 4.694 4.877 5.019 5.166 5.476 6.049 6.782 7.512
Nov/Dic 6%
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$ S
4.313 4.793 4.937 5.130 5.279 5.433 5.759 6.362 7.133 7.901
Escalafdn Intendencia y Servicios Generates
Personal de Llmpieza
Pedn de Intendencia o Servicios Generates Auxiliar de Intendencia u Ordenanza
a) MotocicTista, Mensajero, Albariil, Pintor, Jardinero, Carpintero Auxiliar u Operador Calificado de Intendencia
aj Chofer
b) Operador de Maquinas de Mediana Compl^jidi Personal Especializado
l^r^lAttiiW
Jefe de Secc. de Servicio, Encargado o Capataz
Conformado
3.535 3.929 4.046
4.286
4.540 4.766
Marzo/Mayo 10%
3.889 4.322 4.451
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4.995 5.243
Junio/Oct 6%
4.101 4.558 4.694
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5.267 5.529
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4.313 4.793 4.937
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Escalafdn
1 2 3 4 5
6
Secciones Ticnicas
Auxiliar
Auxlllar Prlmero
Auxlllar Calificado/Ticnico Electrdnico Auxiliar Especializado
Encargado o Segundo Jefe de Seccidn y/o Turno Jefe de Seccidn y/o Turno
Encargado General, Supervisor Tecnico o Jefe de Departamento
Conformado
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3.929 4.125 4.327 4.540 4.766 5.215 5.847
Marzo/Mayo 10%
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4.322 4.537 4.759 4.995 5.243 5.736 6.431
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4.558 4.785 5.019 5.267 5.529 6.049 6.782
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$ 4.793
$ 5.032
$ 5.279
$ 5.539
$ 5.815
$ 6.362
$ 7.133
Antiguedad: 1% sobre salario del Cronlsta por aAo trabajado:
Asignacidn Titulo Universitario:
Asignacion Titulo Terciario:
Adicional Region Patagonica: Sobre remuneraciones bislcas en porcentaje a) Patagonia Norte: entre los paralelos 42 y 45
b) Patagonia Centre: entre los paralelos 45 y 49 c) Patagonia Sur: A partir del paralelo 49 hacia el sur
s
42,34 $ 46,68 $ 49,22 $ 51,77$ 320,00 $ 332,75 S 350,90 $ 369,05
s
256,00S
266,20 $ 280,72 $ 295,2412%
15%
20%
Escalafon
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| _ _ _ _ _ .
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20 21 22 23
24 25 26 27 28 29
Escala Salarial vigente desde 1 de M a r i o de 2012 Medlos Grificos Categoria " B " Salarios Bisico :
Griflca. Redaccldn
Aspirante Reportero Mecandgrafos Corrector Ortogrifico Archivero
Traductor Cablero
Reportero Grafico Cronista
Laboratorista Letrista
Ilustrador - Dibujante - Caricaturista-Retratista Cronlsta Especializado / Calificado
Corrector de Estilo
Guionista de Historietas - Dibujante de Historietas Diagramador
Redactor Corresponsal:
ej: corresponsal redactor:
Segur) Categoria y Calificacidn de la indole que prestare.
(hasta 3 dias por semana) por pieza.
Ej: corresponsal Ocacional redactor:
Reportero Grafico Laboratorista / Calificado Infografista
Redactor Calificado / Especializado Encargado o Jefe de Seccidn fA)
a) Jefe de Dibujantes - Jefe de DIagramadores Jefe de Fotografla - Jefe de Correctores Editorialista
Prosec. Redaccidn o Jefe de Noticias Secretario Redaccidn
Sec. Gral. de Redaccidn Jefe de Redaccidn y Subdirector Director
conformado
$ 3.326 S 3.468 S 3.503
$3,605
$ 3.662
$3,640
$ 3.675
$ 3.745
$ 3.745
$ 3.880
$ 3.932
$ 3.932
$ 4.044
$ 4.206
$ 4.247
$ 4 , 3 2 7
$ 4.369
Marzo/Mayo 1 0 %
$ 3.659
$ 3.814
$ 3.853
$ 3.966
$ 4.028
$ 4.004
$ 4,043
$4,120
$ 4,120
$ 4.268
$ 4.325
$ 4.325
$4,448
$ 4.626
$ 4.672
$ 4.759
$ 4.806
Junio/Oct 6 %
$ 3,858
$ 4,022
$ 4.063
$ 4.182
$ 4.248
$ 4.223
$ 4.263
$ 4.345
$ 4.345
$ 4.500
$ 4.561
$ 4.561
$ 4.691
$ 4,879
$ 4.926
$ 5.019
$ 5.068 Nov/Dic 6 %
$ 4.058
$ 4.230
$ 4.273
$ 4.399
$ 4.467
$ 4.441
$ 4 , 4 8 4
$ 4.569
$ 4,569
$ 4.733
$ 4.796
$ 4.796
$ 4.934 S 5.131
$ 5.181 S 5.279
$ 5,330
$ 4.369 $ 4.806 $ 5,068 $ 5.330
$ 2 2 1
$ 4.369
$ 4.592
$ 4.717
$ 4.923
$ 4.923
$ 4.923
$ 5.323
$ 6 , 1 2 1
$ 7.315
$ 7.718
$ 8.381 0
$ 2 4 3
$ 4,806
$ 5.051
$5,189
$ 5.416
$ 5.416
$ 5.416
$ 5.856
$ 6.733
$ 8.046 S 8.490
$ 9.220 0
$ 2 5 6
$ 5.068
$ 5.327
$ 5,472
$ 5 , 7 1 1
$ 5.711
$ 5.711
$ 6.175
$ 7.100
$ 8.485
$ 8.953
$ 9,722 0
$ 2 6 9
$ 5.330 S 5.602
$ 5.755
$ 6.007
$ 6.007
$ 6.007 S 6.495
$ 7.468
$ 8.924
$ 9.416
$ 10.225 0
vP
2^^
Escalafon
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8
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10 11 12
Administracidn
Cadete Ayudante Administrativo
c) Dactilografo d) Receptor de Avisos eJ Facturaqdor de avisos f ) Ausdliar de tesoreria
g) Promotor, Productor, Corredor Publicitario o de Suscripciones Telefonista
a) Recepcionista
Administrativo Especializado - Auxiliar Primero a) Secretario/a
b) Cobrador y / o Gestor de Cobramas c) Operador de sistemas de Contabilidad d) Creativo de Publicidad
e) Liquidador de Sueldos y Jornales
f ) Empleados de la seccion Cuentas Corrientes Subjefe de Seccidn
a) Cajero/a Jefe de Seccidn
a) Relaciones Publicas
b) Capataz de Taller de Impresidn Jefe de Departamento
a) Jefe de Taller de Impresidn Jefe de Personal - Subcontador
Contador - Subadministrador o Subgerente Administrador o Gte.
conformado
3121 3468
3709
3880
3969
4206
4524
4923
6121 7315 8380
Marzo/Mayo 1 0 %
3433 3814
4080
4268
4366
4626
4976
5416
6733 8046 9218
Junio/Ort jv/Dic 6 %
3620 4022
4303
4501
4604
4879
5247
! _ _ _ _ _ _
[_ - j ^ 8485 9721
6 %
3807 4230
4525
4734
4842
5 1 3 1
5519
6007
7468 8924 10224
0.
v:^^
Escalafon
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
EicpedicldB. Ciculacidn. Dlstrlbyciin
Tareas generales
Ayudante y/o Pedn General de Exfedicion Auxiliar u Operario de Expedicion Auxiliar Primero u Operario Primeo Auxiliar Especializado o Principal, Oiofer Auxiliar Calificado
Subencargado, Supervisor Primero Subcapataz Encargado Capataz, Jefe de Seccidi o Mayordomo Supervisor General
Capataz Gral., Encargado Gral. o Jrfe de Expedicidn
conformado
3121 3468 3572 3709 3820 3932 4166 4524 4923 5323
M3ZO/Mayo 10%
3433 3814 3929 4080 4202 4325 4582 4975 5416 5856
Junio/Oct 6%
3620 4022 4143 4303 4432 4561 4832 5247 5711 6175
v/Dic 6%
3807 4230 4357 4525 4661 4796 5082 5519 6007 6495
Escalafon
1 2 3
4
5 6 7 8
Intendencia T Servicios Generales
Personal de Limpteza
Pedn de Intendencia o Servicios Gtnerales Auxiliar de Intendencia u Ordenan:a
a) MotocicTista, Mensajero, Alvmil, Pintor, Jardinero, Carpintero Auxiliares y Operadores Calificado; de Intendencia
a) Chofer
b) Operadores de maquinas de nediana complejidad Personal Especializado
Jefe de Secc, de Servicio, Encargado o Capataz Capataz General
Intendente
conformado
3121 3468 3572
3782
4008 4206 4123 4923
Marzo/Mayo 10%
3433 3814 3929
4160
4408 4626 4535 5416
Junio/Oct 6%
36201 4022 4143
4387
4649 4879 4782 5711
Nov/Dic 6%
4230 4357
4614
4889 5131 5029 6007
Escalafon
1 2 3 4 5
6
Secciones T^cnlcas
Auxiliar
Auxiliar Primero
Auxiliar Califlcado/Tecnico electronico Auxiliar Especializado
Encargado o Segundo Jefe de Seccidn y/o Turno Jefe de Seccidn y/o Turno
Encargado General, Supervisor Tecnico o Jefe de Departamento
conformado
3468 3640 3820 4008 4206 4524 4923
Marzo/Mayo 10%
3814 4004 4202 4408 4626 4976 5416
Junio/Oct tov/Dic 6%
4022 4223 4432 4649 4879 5247 5711
6%
4230 4441 4661 4889 5131 5519 6007
Antiguedad: 1% sobre salario de! Cronista por afto trabajado:
Asignacion Titulo Universitario: S
Asignacion Titulo Terciario: $
Adicional Regidn Patagonica:
a) Region Patagonica Norte: entre ios paralelos 42 y 45 b) Regidn Patagonica Centro: entre los paralelos 45 y 49 c) Regidn Patagonica Sur: A partir del paralelo 49 hacia el sur
12%
15%
20%
$37,45 $41,20 $43,45 $45,69
$320,00 $332,75 $350,90 $369,05
$256,00 $266,20 $280,72 $295,24
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Expediente N° 1279310/08
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 dias del Mes de Mayo de 2012 comparecen ante mi, Lie. Marcos AMBRUSO las siguientes personas: En representacion de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA, el Sr. Gustavo GRANERO en su caracter de Secretario General junto a los Sres. Jose INSAURRALDE, Alberto CARRERAS y la Sera. Pamela DEMARTIN por una parte y por la otra el Dr. Luis Alberto DIAZ en representacion de la ASOCIACION DE DIARIOS DEL INTERIOR.
Abierto el acto por el funcionario actuante, en uso de la palabra las partes proceden a ratificar el acuerdo alcanzado, informando que los miembros paritarios se encuentran conslgnados en las presentes actuaciones y que se ha cumplimentado lo atinente al cupo femenino. En funcion de lo expuesto, solicitan la homologhacion del acuerdo alcanzado.
Sin mas, se da por finalizada la audiencia firmando las partes ante mi, que certifico.
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