Año: 02 No. 11 Ciudad Típica de Metepec, a 30 de enero de 2017
ACUERDO DEL DIRECTOR GENERAL DEL
ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO
PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y
SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE METEPEC
(OPDAPAS), POR EL QUE DELEGA AL TITULAR
DE LA SUBDIRECCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN
LAS FACULTADES DE AUTORIDAD FISCAL.
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ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES
GABRIEL OLVERA HERNÁNDEZ, Director General Del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Metepec (OPDAPAS del Municipio de Metepec), con fundamento en lo dispuesto por el artículo 16 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; Acuerdo de Cabildo número 004/2016 de fecha primero de enero del año dos mil dieciséis; numeral 8 relativo a las funciones de la Dirección General, establecidas en el Manual de Organización publicada en la Gaceta Municipal de Metepec con fecha 11 de julio de 2016; Acuerdo 732/2016, inciso H) de fecha siete de enero del año dos mil dieciséis, aprobada en la Centésima Octogésima Primera Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo del Organismo Público Descentralizado Para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Metepec, y
CONSIDERANDO
I.- Que el artículo 16 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, dispone que son autoridades fiscales, el Gobernador, los ayuntamientos, los presidentes, síndicos y tesoreros municipales, así como los servidores públicos de las dependencias o unidades administrativas y de los organismos públicos descentralizados, que en términos de las disposiciones legales y reglamentarias tengan atribuciones de esta naturaleza. Así como, que el artículo 11, fracción XI del Reglamento Interior del Organismo, publicado en la Gaceta Municipal de Metepec con fecha 14 de octubre de 2015, también dispone que el Director General del Organismo, tendrá la atribución de Ejercer los actos de Autoridad Fiscal que le corresponden al Organismo, en su calidad de Organismo Municipal Fiscal Autónomo, por sí o mediante delegación expresa y por escrito, en los términos de la normatividad que fije el Consejo Directivo y las leyes.
II.- Que los artículos 37, 38 y demás relativos y aplicables a la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios; 39, fracción I, inciso a) del Bando Municipal de Metepec, son los fundamentos legales del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Metepec, para ejercer actos de autoridad.
III.- Que para efecto de hacer cumplir el Código Financiero del Estado de México y Municipios; la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios; el Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios; el Código
Administrativos del Estado de México y demás disposiciones jurídicas aplicables, es procedente delegar, entre otras facultades, las de Autoridad Fiscal al Titular de la Subdirección de Comercialización del OPDAPAS del Municipio de Metepec;
por lo que, en uso de mis facultades legales emito el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- SE DELEGA, al Titular de la Subdirección de Comercialización del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Metepec (OPDAPAS del Municipio de Metepec), las FACULTADES DE AUTORIDAD FISCAL, teniendo entre otras facultades y/o atribuciones reconocidas en las diversas disposiciones jurídico-administrativas, las del cobro de derechos por concepto de: suministro de agua potable; drenaje; alcantarillado y recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento o manejo y conducción y recolección de aguas residuales; así como la instrumentación del procedimiento administrativo de ejecución (PAE), por la falta de pago en tiempo y forma, tanto de los derechos correspondientes, como de las sanciones por responsabilidades administrativas disciplinarias y/o resarcitorias.
SEGUNDO.- Emitir y notificar por escrito los adeudos omitidos por parte de los usuarios morosos, por la falta de pago de dos o más períodos, respecto de los derechos de agua potable, drenaje, alcantarillado, recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento o manejo y conducción.
TERCERO.- En el supuesto de que los usuarios hagan caso omiso a la notificación de adeudo correspondiente, deberá emitir órdenes de restricción del servicio de agua potable a los usuarios morosos y supervisar que éstas se ejecuten materialmente, en términos de lo que establece el artículo 159 párrafo segundo de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, que en su parte conducente establece lo siguiente:
Párrafo segundo.-
en un 75%, por la falta de pago de dos o más periodos debidamente notificados o por incurrir en alguno de los supuestos del artículo 155 de esta Ley, procediendo el restablecimiento del servicio una vez que hayan sido cubiertos los créditos fiscales a cargo del usuario, subsanadas las irregularidades y cubiertos los gastos originados por motivo de la restricción, con independencia de otra u otras responsabilidades en que pudier
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CUARTO.-Dicho Titular de la Subdirección de Comercialización,deberá mantenerme informado de la forma y resultados en que ejerza todos y cada uno de los actos que contiene el presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
Primero.-Se ordena enviar a la Secretaría del Ayuntamiento de Metepec, para el efecto de que sea publicado en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento de Metepec, en observancia a lo establecido por el artículo 108 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Segundo.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento de Metepec.
La presente se realiza con base en los artículos 1.27, 1.32, 1.33 y 1.34 del Código de Reglamentación Municipal del H. Ayuntamiento de Metepec, publicada en la Gaceta Municipal de Metepec con fecha diez de agosto del año dos mil dieciséis, a solicitud de GABRIEL OLVERA HERNÁNDEZ, Director General del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Metepec (OPDAPAS del Municipio de Metepec), mediante el oficio número OPDAPAS/DG/UJ/143/2017.
Metepec Pueblo Mágico, México, a 23 de enero del año dos mil diecisiete.
GABRIEL OLVERA HERNÁNDEZ DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO
(RÚBRICA)
La publicación se realiza con base en los artículos 1.27, 1.32, 1.33 y 1.34 del Libro Primero, Título Quinto, Capítulo Único del Código De Reglamentación Municipal de Metepec, Estado De México, a solicitud del C. Gabriel Olvera Hernández, Director General del OPDAPAS de Metepec, Estado de México mediante oficio:
OPDAPAS/DG/UJ/143/2017.
Se pública en la Ciudad Típica de Metepec, Estado de México, a los treinta días del mes de enero de dos mil diecisiete.
David López Cárdenas Presidente Municipal Constitucional
Teresa Salgado Varona Síndico Municipal Omar Jair Garduño Montalvo
Primer Regidor Genoveva Flores Rodríguez
Segunda Regidora Ricardo Cortés Márquez
Tercer Regidor
Ana Luz Negrete Velázquez Cuarta Regidora Ernesto Nemer Monroy
Quinto Regidor
Aurora María Zimbrón Ovando Sexta Regidora
Miguel Alonso Terrón Villicaña Séptimo Regidor
Rosendo Galeana Soberanis Octavo Regidor María Elisa Quijada Badillo
Novena Regidora
Arturo Tonatiuh Romero Malagón Décimo Regidor
Gildardo Quiroz Salcedo Décimo Primer Regidor Pablo Cajero Vázquez Décimo Segundo Regidor
Rosario Gómez Colín Décima Tercera Regidora Alejandro Abad Lara Terrón