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Instructivo de Operación para el Servicio de Promoción y Fomento de la Salud del Sistema de Guarderías

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Academic year: 2021

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Instructivo de Operación para el Servicio de Promoción y Fomento de la Salud del Sistema de Guarderías

Página 2 de 21 Clave: 3220-005-003

1. Introducción

Con base en el Programa Institucional de Actualización Normativa, la Coordinación de Guarderías elaboró el presente instructivo de operación, con el objeto de precisar al personal responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud de las guarderías del sistema, las instrucciones de operación y técnicas que deberá aplicar y realizar para el cuidado y vigilancia de la salud de la población infantil, con la finalidad de proporcionar una atención de calidad.

El contenido está dirigido a guiar y reforzar el actuar profesional del responsable de éste servicio para brindar al niño atención oportuna en cada caso, ya que integra los aspectos relacionados con: el control de inmunizaciones, control del peso y talla, seguimiento a los niños con alteración de peso, detección de signos y síntomas de enfermedad, atención de casos de urgencia, atención de casos con padecimientos transmisibles, atención de niños con discapacidad, ministración de medicamentos, promoción de la lactancia materna, actividades administrativas inherentes al servicio y acciones de apoyo al Programa Institucional PREVENIMSS, lo que permitirá coadyuvar al desarrollo integral del niño.

2. Objetivos

2.1 Proporcionar al responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud los instrumentos necesarios para el óptimo cuidado, vigilancia y control de la salud de la población infantil asistente a la guardería.

2.1.1 Orientar al responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud, con respecto a las disposiciones de las normas oficiales mexicanas, que tienen relación con la atención de la salud del niño.

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3. Instrucciones de operación

3.1 Instrucciones específicas para el control de inmunizaciones

3.1.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.1.1.1 Vigile permanentemente que todos los niños inscritos en la guardería tengan el esquema de inmunizaciones completo de acuerdo con la edad, con lo establecido en la NOM-031-SSA2-1999, y lo determinado por el IMSS en la “Guía del esquema básico de vacunación” (anexo1) del presente instructivo.

3.1.1.2 Obtenga del sistema la última semana de cada mes o elabore de forma manual, la “Relación de niños que les corresponde aplicación de vacuna” 3220-009-013 (anexo 2) y colóquela en el vestíbulo para conocimiento del asegurado.

3.1.1.3 Solicite y reciba del asegurado la Cartilla Nacional de Vacunación.

3.1.1.4 Registre de forma manual o electrónica las fechas de las vacunas aplicadas al niño, en el “Control de inmunizaciones” 3220-009-014 (anexo 3) incluido en el historial del niño y entregue al asegurado la Cartilla Nacional de Vacunación una vez actualizado éste. 3.1.1.5 Oriente al asegurado cuando le falten vacunas al niño, para que acuda a la unidad de medicina familiar que le corresponde y éstas le sean aplicadas para preservar la salud. 3.1.1.6 Verifique a través de la Cartilla Nacional de Vacunación que al niño le hayan sido aplicadas las vacunas faltantes, y actualice de forma manual o electrónica los datos del “Control de inmunizaciones” 3220-009-014 (anexo 3) del historial del niño y entregue al asegurado, la Cartilla Nacional de Vacunación.

3.1.1.7 Oriente al asegurado para que cada vez que apliquen al niño una nueva dosis de vacuna, presente en la guardería la Cartilla Nacional de Vacunación y actualice los datos de la Cartilla de salud y citas médicas.

3.1.1.8 Solicite al asegurado el comprobante expedido por la unidad de medicina familiar correspondiente o por la unidad médica auxiliar, en caso de que alguna vacuna no se le aplique al niño por falta de biológico, y anexe el comprobante al “Control de inmunizaciones” 3220-009-014 (anexo 3) del historial del niño.

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3.1.1.10 Elabore de forma manual o electrónica la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) y entregue al asegurado, cuando alguna vacuna no se le haya aplicado al niño por indicaciones del médico particular, para que acuda al servicio de medicina preventiva de la unidad de medicina familiar correspondiente y el médico indique lo que procede,sin que esto sea causa de suspensión del servicio.

3.1.1.11 Registre los datos del niño al que se le elabora la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) en el formato “Información al usuario de la atención a los niños”, incluido en el “Instructivo de operación para la aplicación de actividades asistenciales en el sistema de guarderías” del servicio de Pedagogía y solicite al asegurado firme de recibido. 3.1.1.12 Solicite y reciba del asegurado la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) con las indicaciones del médico y en caso de que éste haya determinado que por alteración en la salud del niño la vacuna no se le debe aplicar en ese momento, registre la fecha contenida en la “Solicitud de valoración médica” en el espacio correspondiente de la vacuna que le falta al niño del “Control de inmunizaciones" 3220-009-014 (anexo 3) y archive en el expediente del niño la “Solicitud de valoración médica”.

3.1.1.13 Dé seguimiento hasta que le apliquen al niño las vacunas de acuerdo a la edad, con base a lo determinado en NOM-031-SSA2, 1999.

3.1.1.14 Acate las indicaciones recibidas de la directora de la guardería con relación a los lineamientos emitidos por la coordinación delegacional de Salud Pública cuando se realicen campañas de vacunación en la guardería.

3.1.1.15 Solicite al asegurado la Cartilla Nacional de Vacunación del niño, cuando se realicen campañas de vacunación en la guardería, así como la autorización por escrito para la aplicación de algún biológico.

3.1.1.16 Revise que el niño que se reincorpore a la guardería por haber estado dado de baja temporal, tenga el esquema de inmunizaciones completo de acuerdo con la edad con base en lo establecido en la NOM-031-SSA2-1999, y actualice el “Control de inmunizaciones” 3220-009-014 (anexo 3) incluido en el historial del niño.

3.1.1.17 Obtenga mensualmente del sistema o elabore de forma manual el “Indicador del control del esquema de inmunizaciones” así como la “Gráfica de control del indicador del esquema de inmunizaciones” incluidos en el “Catálogo de indicadores” del servicio de administración.

Nota: Sistema de Guarderías.- se entiende como el conjunto de unidades del IMSS que se rigen por las

reglas o principios relacionados entre sí que forman un todo encaminado a uno o varios objetivos comunes que regulan las acciones de las guarderías.

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3.2 Instrucciones específicas para el control de peso y talla

3.2.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.2.1.1 Obtenga del sistema o elabore de forma manual la última semana de cada mes, el formato “Relación mensual para la medición de peso y talla” 3220-009-018 (anexo 5) de acuerdo con la fecha de nacimiento del niño; con base en la periodicidad establecida en el numeral 3.2.1.3 y colóquela en el vestíbulo para conocimiento del asegurado.

3.2.1.2 Realice la primera medición del peso y talla de los niños de ingreso y reingreso, el primer día hábil que éstos asistan a la guardería, de acuerdo con las indicaciones y la “Técnica para la medición del peso y talla” (anexo 6).

3.2.1.3 Realice la medición del peso y talla de acuerdo con la siguiente periodicidad:

- Mensualmente a los menores de 43 días a 12 meses de edad y en aquellos que presentan alteración de peso.

- Trimestralmente a los niños de 13 a 24 meses.

- Semestralmente a los niños de 25 meses en adelante.

3.2.1.4 Registre de forma manual o electrónica los datos obtenidos de la medición del peso y la talla del niño, en los formatos “Control de peso y talla” 3220-009-019 (anexo 7) “Gráfica de peso(kg) por edad” (anexo 8) y “Gráfica de talla(cm) por edad” (anexo 9) “Gráfica de peso(kg) por talla(cm)” (anexo 10) del historial del niño, de acuerdo con lo siguiente:

- Utilice las “Tablas de referencia” (anexo 11) para valorar peso/edad en niños y niñas menores de seis años, NOM-031-SSA2-1999.

- Tome como base el peso del niño al nacer registrado en la “Solicitud de examen médico de admisión”, incluido en el historial del niño.

- Considere al niño con peso normal cuando el rango se ubique ±1 desviación estándar, con base en los indicadores de peso por edad, talla en relación con la edad y peso con relación a la talla.

- Considere al niño con alteración de peso cuando presente entre -1 a -1.99 y hasta -3 desviaciones estándar o entre +1 a +1.99 y hasta +3 desviaciones estándar, con relación a los indicadores de peso por edad, talla en relación con la edad y peso con relación a la talla.

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3.2.1.5 Realice la medición del peso y talla de acuerdo a las instrucciones del numeral 3.2.1.4 y con base en la “Técnica para la medición del peso y talla” (anexo 6) del niño que no se presentó en la fecha establecida, considerando los siguientes días de margen para realizar esta actividad:

- 5 días, para menores de 12 meses. - 10 días, para menores de 24 meses.

- 15 días, para mayores de 25 meses. En caso de que el niño no se haya presentado en este lapso, prográmelo nuevamente para el siguiente mes.

3.2.1.6 Registre de forma manual o electrónica al concluir esta actividad, los resultados obtenidos de cada niño en la “Relación mensual para la medición de peso y talla” 3220-009-018 (anexo 5) que se encuentra ubicada en el vestíbulo y oriente al asegurado para que actualice con este dato la “Cartilla de salud y citas médicas”.

3.2.1.7 Obtenga mensualmente del sistema o elabore de forma manual el “Indicador control de peso y talla” así como la “Gráfica de control del indicador” incluidos en el “Catálogo de indicadores” del servicio de Administración.

3.3 Instrucciones específicas para el seguimiento de niños con alteración de peso 3.3.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.3.1.1 Elabore semanalmente de forma manual o electrónica con base en los resultados obtenidos de la medición del peso y la talla, la “Relación de niños con alteración de peso” 3220-009-030 (anexo 12) y entregue copia a los responsables de los servicios de Alimentación y Pedagogía, para que realicen las acciones correspondientes, descritas en el “Instructivo de operación para el servicio de alimentación del sistema de guarderías” y en la “Guía técnica del servicio de Pedagogía”.

3.3.1.2 Envíe al niño a revisión médica a la unidad de medicina familiar correspondiente o unidad médica auxiliar cuando el crecimiento y estado nutricional se encuentren entre: - -1 a -1.99 y hasta -3 desviaciones estándar.

- +1 a +1.99 y hasta +3 desviaciones estándar.

3.3.1.3 Elabore de forma manual o electrónica la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) cuando el niño presente alteración de peso, con base en las indicadores de peso por edad, talla con relación a la edad y peso con relación a la talla, según sea el caso y entregue al asegurado para que acuda con el niño a la unidad de medicina familiar que le corresponde o a la unidad médica auxiliar y el médico indique las acciones a seguir de acuerdo con lo establecido en la NOM-031-SSA2-1999.

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3.3.1.4 Informe a los responsables de los servicios de Alimentación y Pedagogía para que realicen las acciones que procedan para cada caso, descritas en el “Instructivo de operación para el servicio de alimentación del sistema de guarderías” y en la “Guía técnica del servicio de Pedagogía”.

3.3.1.5 Solicite y reciba del asegurado la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) con el diagnóstico e indicaciones del médico, informe el resultado de la valoración médica a los responsables de los servicios de Alimentación y Pedagogía y vigile se cumplan las indicaciones médicas; archive en el expediente del niño la “Solicitud de valoración médica”.

3.3.1.6 Actualice de forma manual o electrónica, el rubro “Control de peso y talla” 3220-009-019 (anexo 7) del historial del niño, realice seguimiento mensual de los niños que presentan alteración de peso hasta la recuperación del peso ideal o hasta que el médico así lo determine, tomando en cuenta los antecedentes familiares del niño.

3.4. Instrucciones específicas para la detección de signos y síntomas de enfermedad 3.4.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.4.1.1 Identifique entre los niños asistentes a la guardería, aquellos que presenten signos y síntomas de enfermedad a través de:

- Observación directa de los niños durante la recepción. - Información verbal o vía telefónica del asegurado.

- Información verbal o escrita del personal de las diferentes salas.

- Recorridos diarios por las salas de atención y diferentes áreas de la guardería.

- Revisión permanente de los “Reportes de incidencias diarias en sala de atención” de todas las salas, incluido en el “Instructivo de operación para la aplicación de actividades asistenciales en el sistema de guarderías” del servicio de Pedagogía.

3.4.1.2 Verifique permanentemente el estado de salud de los niños de reciente ingreso durante la estancia en la guardería, con especial énfasis el de los menores de 12 meses. 3.4.1.3 Detecte durante la realización del filtro sanitario o a través de los reportes del personal, al niño que presente evidencia de lesión física o maltrato infantil, notifique de inmediato a la directora de la guardería y llévelo a la unidad de medicina familiar de apoyo o unidad médica auxiliar, con “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) para que sea valorado por el médico del IMSS.

3.4.1.4 Revise al niño que así lo requiera, invariablemente en el servicio de Promoción y Fomento de la Salud.

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3.4.1.5 Revise en cada recorrido por las salas de atención el formato “Reporte de incidencias diarias en sala de atención” incluido en el “Instructivo de operación para la aplicación de actividades asistenciales en el sistema de guarderías” del servicio de Pedagogía y firme de enterada, a fin de tener la certeza de que los niños están bien atendidos y no presentan alteración en su estado de salud.

3.4.1.6 Valore en caso de existir reportes, la situación de salud del niño y tome de inmediato las medidas que correspondan, con base en las indicaciones de la “Guía técnica de primeros auxilios”.

3.4.1.7 Atienda de inmediato al niño y decida las acciones a seguir de acuerdo a la situación presentada, considerando las indicaciones de la “Guía técnica de primeros auxilios” e informe a la directora de la guardería.

3.4.1.8 Vigile durante el tiempo que sea necesario, en el servicio de Promoción y Fomento de la Salud, al niño que haya sido reportado por el personal de las salas de atención por presentar alteración en su estado de salud.

3.4.1.9 Traslade al niño a la sala que le corresponde una vez que se asegure que no amerita atención individualizada.

3.4.1.10 Elabore de forma manual o electrónica la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) si el estado de salud del niño así lo requiere, para que el asegurado acuda a la unidad de medicina familiar que le corresponde o a la unidad médica auxiliar y el médico emita el diagnóstico y tratamiento en su caso.

3.4.1.11 Entregue al asegurado la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) y solicite que firme de recibido en el formato “Información al usuario de la atención a los niños” incluido en el “Instructivo de operación para la aplicación de actividades asistenciales en el sistema de guarderías” del servicio de Pedagogía.

3.4.1.12 Registre de forma manual o electrónica en el formato “Registro de padecimientos” 3220-009-031 (anexo 13) los signos y síntomas de enfermedad presentados por el niño durante la estancia en la guardería, así como las acciones realizadas.

3.4.1.13 Solicite y reciba del asegurado la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) con el diagnóstico emitido por el médico y actualice el rubro “Registro de incidencias médicas previas y durante la estancia en la guardería” contenido en el historial del niño, archive la “Solicitud de valoración médica” en el expediente del niño.

3.4.1.14 Realice filtro sanitario al niño que se reincorpore a la guardería después de haberse ausentado de la guardería por las siguientes causas:

- Haber presentado alteración en su estado de salud. - Por haber sufrido algún accidente

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- Por haber presentado algún padecimiento transmisible. - Por baja temporal.

3.4.1.15 Registre de forma manual o electrónica en el “Reporte de vigilancia epidemiológica de guarderías” 3220-009-032 (anexo14) los casos de padecimientos transmisibles presentados por los niños durante el mes, con base al diagnóstico emitido por el médico y registrado en la “Solicitud de valoración médica”.

3.4.1.16 Elabore de forma manual o electrónica, la última semana de cada mes el “Reporte de vigilancia epidemiológica de guarderías” 3220-009-032 (anexo 14) y la “Gráfica del reporte de vigilancia epidemiológica de guarderías” 3220-009-033 (anexo 15) con base a los datos del reporte antes citado.

3.4.1.17 Recabe firma de la directora de la guardería en los formatos “Reporte y Gráfica de vigilancia epidemiológica de guarderías” (anexos 14 y 15) y entrégueselos, para que los envíe al responsable de la vigilancia epidemiológica de la unidad de medicina familiar de apoyo asignada a la guardería.

3.4.1.18 Obtenga del sistema mensualmente o elabore de forma manual, los “Indicadores de incidencia de niños con padecimientos e incidencia de solicitudes de valoración médica”, así como la “Gráfica de control de indicador” de cada uno de los indicadores antes citados, incluidos en el “Catálogo de indicadores del servicio de Administración”.

3.5 Instrucciones específicas para la atención de casos de urgencia

3.5.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.5.1.1 Reciba del personal de las salas de atención, los reportes de alteración del estado de salud del niño, identifique si requiere atención médica de urgencia e informe de inmediato a la directora de la guardería.

3.5.1.2 Aplique al niño de inmediato los primeros auxilios cuando se presente en la guardería algún caso de urgencia, considerando las indicaciones de la “Guía técnica de primeros auxilios”.

3.5.1.3 Trasládese de inmediato con el niño al servicio de urgencias de la unidad de medicina familiar de apoyo o a la unidad médica auxiliar e informe al médico la situación de salud que presenta el niño.

3.5.1.4 Informe al médico del servicio de urgencias de la unidad de medicina familiar de apoyo a la guardería o de unidad médica auxiliar, la situación de salud que presenta el niño.

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3.5.1.5 , Permanezca acompañando al niño hasta que la directora de la guardería o jefe de servicio designado se presente en la unidad médica o unidad médica auxiliar con la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) y la copia del historial del niño, entregue al médico la “Solicitud de valoración médica” así como la copia del historial del niño en caso de ser requerida por el médico tratante.

3.5.1.6 Regrese a la guardería con el niño cuando el médico indique que éste no requiere permanecer en observación, en caso contrario, deje al niño acompañado de la directora o jefe de servicio designado y retorne a la guardería.

3.5.1.7 Registre de forma manual o electrónica en el formato “Registro de padecimientos” 3220-009-031 (anexo 13) los signos y síntomas presentados por el niño, así como las acciones realizadas.

3.5.1.8 Informe al asegurado en su caso, el diagnóstico y las indicaciones a seguir; así como el tratamiento prescrito por el médico.

3.5.1.9 Reciba de la directora de la guardería o del jefe de servicio que permaneció con el niño en la unidad de medicina familiar de apoyo o unidad médica auxiliar, la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) debidamente requisitada; actualice el formato “Registro de padecimientos” y archive la “Solicitud de valoración médica” en el expediente del niño.

3.5.1.10 Dé seguimiento de la evolución de la salud del niño que recibió atención médica de urgencia, hasta su reincorporación a la guardería.

3.5.1.11 Colabore con la directora en el requisitado de los datos del “Informe de accidentes de niños en guardería” 3220-009-034 (anexo 16) o del “Informe de incidentes graves de niños en guardería” 3220-009-035 (anexo 17) según sea el caso.

3.5.1.12 Capture de forma manual o electrónica en el “Registro de incidencias médicas previas y durante la estancia en la guardería” contenido en el historial del niño, el diagnóstico y el tratamiento prescrito por el médico de la unidad de medicina familiar o unidad médica auxiliar del IMSS que valoró al niño.

3.5.2 Instrucciones específicas para la directora o jefe de servicio designado para la atención de casos de urgencia

3.5.2.1 Elabore de forma manual o electrónica la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) y obtenga del sistema una copia del historial del niño, cuando se presente algún caso de urgencia en la guardería, trasládese a la unidad de medicina familiar de apoyo o a la unidad médica auxiliar a la que fue llevado el niño y entregue ambos documentos a la responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud de la guardería.

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3.5.2.2 Notifique en todos los casos, vía telefónica al asegurado o persona autorizada la situación de salud que presenta el niño y el lugar al que fue trasladado; solicite la presencia de asegurado o persona autorizada sólo en caso de que el médico lo indique.

3.5.2.3 Permanezca acompañando al niño en el servicio de urgencias de la unidad de medicina familiar de apoyo o de la unidad médica auxiliar, hasta que se presente el asegurado en caso de haber requerido su presencia, de no ser así continúe con el niño hasta que el médico lo dé de alta.

3.5.2.4 Reciba del médico del servicio de urgencias de la unidad de medicina familiar de apoyo o de la unidad médica auxiliar, las indicaciones a seguir así como la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) con el diagnóstico y el tratamiento correspondiente.

3.5.2.5 Regrese a la guardería con el niño e informe a la responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud las indicaciones médicas y entréguele la “Solicitud de Valoración Médica” 3220-009-015 (anexo 4) para que actualice de forma manual o electrónica el historial del niño, así como el registro de padecimientos y archive en el expediente del niño la solicitud.

3.5.2.6 Informe al asegurado cuando por indicaciones del médico, el niño requiera permanecer en observación o ser referido a otro nivel de atención médica y entréguele la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) para que sea requisitada por el médico que atienda al niño, y posteriormente la regrese a la responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud de la guardería.

3.5.3 Instrucciones específicas para la directora, con relación a la atención de casos de urgencia

3.5.3.1 Notifique de inmediato vía telefónica al jefe(a) del Departamento de Guarderías y a las instancias Institucionales correspondientes, cuando en la guardería se presente algún accidente o incidente grave con los niños inscritos.

3.5.3.2 Elabore con la colaboración de la responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud, el “Informe de accidentes de niños en guardería” 3220-009-034 (anexo 16) o el “Informe de incidentes graves de niños en guardería” 3220-009-035 (anexo 17) según sea el caso.

3.5.3.3 Recabe firma del jefe(a) del Departamento de Guarderías, en el “Informe de accidentes de niños en guardería” 3220-009-034 (anexo 16) o en el “Informe de incidentes graves de niños en guardería” 3220-009-035 (anexo 17) según sea el caso, y envíe el original de éste a la Coordinación de Guarderías.

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3.5.3.4 Dé seguimiento a la evolución de la salud del niño que recibió atención médica de urgencia hasta su reincorporación a la guardería o al desarrollo de los acontecimientos que se deriven en caso de que se trate de un incidente grave hasta la conclusión del mismo.

3.6 Instrucciones específicas para la atención de casos de padecimientos transmisibles

3.6.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.6.1.1 Detecte en los niños asistentes cualquier evidencia o sospecha de algún padecimiento transmisible a través de:

- Observación directa durante los recorridos diarios por las diferentes áreas de atención de la guardería.

- Detección de signos y síntomas de enfermedad.

- Reportes del personal de las diferentes salas de atención. - Información del asegurado.

3.6.1.2 Informe a la directora de la guardería toda evidencia o sospecha de padecimiento transmisible de los niños asistentes.

3.6.1.3 Elabore de forma manual o electrónica la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) del niño que fue detectado con evidencia o sospecha de padecimiento transmisible.

3.6.1.4 Entregue al asegurado la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) para la atención médica del niño y en su caso control epidemiológico, y solicite firme de recibido en el formato “Información al usuario de la atención a los niños”, incluido en el “Instructivo de operación para la aplicación de actividades asistenciales en el sistema de guarderías”.

3.6.1.5 Registre de forma manual o electrónica en el formato “Registro de padecimientos” 3220-009-031 (anexo 13) los signos y síntomas de enfermedad presentados por el niño, así como las acciones realizadas.

3.6.1.6 Solicite o reciba del asegurado la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) con el diagnóstico del padecimiento transmisible y actualice el rubro “Registro de incidencias médicas previas y durante la estancia en la guardería” contenido en el historial del niño y archive la “Solicitud de valoración médica” en el expediente del niño.

3.6.1.7 Informe a la directora de la guardería al recibir del asegurado la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) la confirmación de casos de padecimientos transmisibles en la población infantil.

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3.6.1.8 Informe de inmediato vía telefónica al responsable de la vigilancia epidemiológica de la unidad de medicina familiar de apoyo a la guardería o unidad médica auxiliar, toda evidencia o sospecha de padecimiento transmisible en el niño de acuerdo con lo indicado en “Norma que establece las disposiciones para la coordinación, entre las guarderías y las unidades de medicina familiar a fin de proporcionar a los niños usuarios atención médica, acciones de prevención, control y vigilancia epidemiológica”.

3.6.1.9 Registre de forma manual o electrónica en el formato “Reporte de vigilancia epidemiológica de guarderías” 3220-009-032 (anexo14) el padecimiento diagnosticado por el médico.

3.6.1.10 Actualice de forma manual o electrónica en el rubro “Registro de incidencias médicas previas y durante la estancia en la guardería” contenido en el historial del niño, el diagnóstico emitido por el médico que valoró al niño.

3.6.1.11 Elabore mensualmente de forma manual o electrónica el “Indicador incidencia de niños con padecimientos transmisibles” así como la “Gráfica de control del indicador” incluidos en el “Catálogo de indicadores” del servicio de Administración.

3.6.1.12 Realice diariamente de forma manual o electrónica el registro de la situación de higiene y seguridad que presenta la guardería, en el formato “Control y seguimiento del saneamiento ambiental” 3220-009-065 incluido en el “Procedimiento de seguridad e higiene en la guardería” del servicio de Administración.

3.6.1.13 Realice recorrido por las diferentes áreas de la guardería, con el responsable de la vigilancia epidemiológica designado por la unidad de medicina familiar que brinda apoyo a ésta o unidad médica auxiliar, en caso de presentarse en la población infantil algún padecimiento transmisible o situación epidemiológica y solicítele firme el formato “Control y seguimiento del saneamiento ambiental”.

3.6.1.14 Reciba del responsable de la vigilancia epidemiológica de la unidad de medicina familiar de apoyo, la evidencia documental de las acciones de control epidemiológico a realizar por el personal de la guardería, de acuerdo con lo determinado en la “Norma que establece las disposiciones para la coordinación, entre las guarderías y las unidades de medicina familiar o unidad médica auxiliar a fin de proporcionar a los niños usuarios atención médica, acciones de prevención, control y vigilancia epidemiológica”.

3.6.1.15 Coordine y verifique que el personal de la guardería cumpla con las medidas dictadas por el responsable de la vigilancia epidemiológica de la unidad de medicina familiar de apoyo o unidad médica auxiliar, con relación a la presencia de casos de padecimientos transmisibles en los niños asistentes.

3.6.1.16 Asesore y vigile que el personal responsable de la atención del niño, realice las actividades higiénicas a los niños, con base en las indicaciones de la “Guía técnica del servicio de pedagogía”.

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3.6.1.17 Envíe al laboratorio para la realización de los exámenes microbiológicos sólo en caso de que el responsable de la vigilancia epidemiológica de la unidad de medicina familiar de apoyo o unidad médica auxiliar lo determine, muestras de:

- Alimentos. - Utensilios.

- Mobiliario o del personal.

3.6.1.18 Elabore de forma manual o electrónica los formatos “Informe de exámenes microbiológicos practicados a los alimentos, mobiliario y utensilios de la guardería” (3220-009-036) (anexo 18) o el “Informe de exámenes microbiológicos practicados al personal de guardería” 3220-009-037 (anexo 19) según lo haya indicado el responsable de la vigilancia epidemiológica de la unidad de medicina familiar de apoyo a la guardería o unidad médica de auxiliar.

3.6.1.19 Reciba de la unidad de medicina familiar de apoyo a la guardería o unidad médica auxiliar los resultados de los exámenes microbiológicos practicados en el laboratorio, con las indicaciones del responsable de la vigilancia epidemiológica en los formatos “Informe de exámenes microbiológicos practicados a los alimentos, mobiliario y utensilios de la guardería” 3220-009-036 (anexo 18) o en el “Informe de exámenes microbiológicos practicados al personal de guardería” 3220-009-037 (anexo 19) según sea el caso.

3.6.1.20 Elabore de forma manual o electrónica el formato “Solicitud de tratamiento al núcleo familiar del trabajador(a) de guardería” 3220-009-038 (anexo 20) con resultados positivos de exámenes microbiológicos practicados y envíelo con el médico epidemiólogo de la unidad de medicina familiar de adscripción para que reciba, en su caso, el tratamiento correspondiente.

3.6.1.21 Reciba del trabajador, la “Solicitud de tratamiento al núcleo familiar” 3220-009-038 (anexo 20) con el resultado y alta del control epidemiológico realizado por el médico epidemiólogo de la unidad de medicina familiar de adscripción y archive en el expediente del trabajador.

3.6.1.22 Realice seguimiento al control microbiológico de alimentos, mobiliario, utensilios o del personal, según sea el caso, con base en las indicaciones del responsable de la vigilancia epidemiológica.

3.6.1.23 Verifique que todo el personal de la guardería cumpla con las reglas de higiene establecidas en la NOM-093-SSA1-1994.

3.6.1.24 Elabore la última semana de cada mes, de forma manual o electrónica, los formatos de “Reporte de vigilancia epidemiológica de guarderías” 3220-009-032 (anexo 14) y la “Gráfica de vigilancia epidemiológica de guarderías” 3220-009-033 (anexo 15).

(15)

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3.6.1.25 Recabe firma de la directora de la guardería en los formatos “Reporte y Gráfica de vigilancia epidemiológica de guarderías” (anexos 14 y 15) y entrégueselos para que los envíe al responsable de la vigilancia epidemiológica de la unidad de medicina familiar de apoyo asignada a la guardería.

3.7 Instrucciones específicas para la ministración de medicamentos

3.7.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.7.1.1 Oriente a los asegurados durante la plática de ingreso, que en todos los casos el tratamiento médico deberá iniciarse en casa, e infórmeles que en la guardería no se reciben ni aplican inyecciones.

3.7.1.2 Reciba del asegurado durante la recepción de los niños, las recetas médicas y los medicamentos que avalan la ministración de éstos (alopáticos u homeopáticos), así como las fórmulas lácteas especiales o la sustitución de algún alimento, de ser el caso.

3.7.1.3 Verifique que la receta médica contenga todos los datos siguientes: - Nombre completo del niño.

- Fecha de prescripción del medicamento. - Nombre y dosis del medicamento.

- Duración del tratamiento.

- Frecuencia de ministración del medicamento. - Vía de ministración del medicamento.

- Nombre, matrícula y firma del médico, o cédula profesional en caso de ser de médico particular.

Nota: No deberá de faltar la firma del médico tratante en la receta médica, aún cuando ésta sea expedida de

forma electrónica, de acuerdo con lo establecido en el “Sistema de información de medicina familiar. Manual del usuario para el médico familiar”.

3.7.1.4 Solicite la presencia de la responsable del servicio de Alimentación para que reciba del asegurado la leche materna o las fórmulas lácteas especiales según sea el caso, para ministrar a los niños durante la estancia en la guardería.

3.7.1.5 Informe a los responsables de los servicios de Alimentación y Pedagogía las indicaciones dictadas por el médico para los niños(as) que recibirán alimentación especial, para que realicen las acciones que correspondan de acuerdo con lo indicado en el “Instructivo de operación del servicio de alimentación del sistema de guarderías” y en la Guía técnica del servicio de pedagogía.

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3.7.1.6 Elabore de forma manual o electrónica la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) en caso de que se le haya prescrito al niño fórmula láctea especial o suspensión de algún alimento por intolerancia y rebase los seis meses a fin de corroborar sí ésta persiste.

3.7.1.7 Coloque en cada uno de los medicamentos recibidos para ministrar a los niños durante la estancia en la guardería, membrete con los siguientes datos:

- Nombre completo y sin abreviaturas del niño.

- Siglas de la sala de atención en la que se encuentra inscrito el niño. - Vía de ministración.

- Frecuencia de ministración del medicamento. - Duración del tratamiento.

- Nombre y dosis del medicamento.

- Fecha de inicio y término del tratamiento. - Horario de ministración.

- Firma de la responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud, que membrete el medicamento.

Nota: La fecha de inicio del tratamiento se considerará a partir de que se ministre al niño la primera dosis del

medicamento.

3.7.1.8 Agrupe los medicamentos de acuerdo al horario que corresponda ministrar (4, 6 u 8 horas) a los niños durante su estancia en la guardería y colóquelos en el lugar destinado para este fin.

3.7.1.9 Archive la receta médica en el expediente del niño, hasta que concluya el término del tratamiento indicado al niño por el médico tratante y entréguela al asegurado.

3.7.1.10 Verifique previo a la ministración de medicamentos: que el equipo esté limpio, seco y en buenas condiciones, que los medicamentos a ministrar al niño estén etiquetados con todos los datos completos, si no lo están, etiquételos de acuerdo con las indicaciones del médico tratante.

3.7.1.11 Prepare la charola con el equipo, el material necesario y los medicamentos a ministrar.

3.7.1.12 Trasládese con el equipo, el material y los medicamentos al lugar en el que se encuentra el niño (sala de atención o sala de usos múltiples) según sea el caso.

3.7.1.13 Identifique al niño al que le va a ministrar el medicamento o solicite el apoyo del personal del servicio de pedagogía que se encuentra al cuidado de éste.

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3.7.1.14 Explíquele al niño con palabras sencillas de acuerdo con su edad, la importancia de tomar el medicamento, así como la forma de ingerirlo.

3.7.1.15 Ministre la dosis exacta del o los medicamentos indicados al niño por el médico tratante con la frecuencia descrita en la receta correspondiente (4, 6 u 8 horas), considerando el tiempo que el niño permanecerá en la guardería y de acuerdo al horario de servicio de ésta, con base en la “Técnica para la ministración de medicamentos” (anexo21). 3.7.1.16 Ministre el hierro y la vitamina A, a los niños durante su estancia en la guardería, en caso de que el médico tratante así lo determine, con base en el Programa Institucional PREVENIMSS, acatando lo descrito en los numerales 3.7.1.2, 3.7.1.3, 3.7.1.6, 3.7.1.7 y 3.7.1.8, de las instrucciones especificas para la ministración de medicamentos, y actualice el rubro correspondiente del historial del niño.

3.7.1.17 Registre en el formato “Control diario de medicamentos” 3220-009-039 (anexo 22) los medicamentos ministrados a los niños durante la estancia en la guardería.

3.7.1.18 Lave inmediatamente el equipo y deseche en su caso el material utilizado, al concluir la ministración de medicamentos a los niños.

3.7.1.19 Entregue al asegurado durante la despedida del niño los medicamentos para que continúe el tratamiento en casa.

3.8 Instrucciones específicas para la atención de niños con discapacidad

3.8.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.8.1.1 Registre de forma manual o electrónica previo al ingreso del niño, los rubros correspondientes a los antecedentes de salud de la madre, del niño, la familia y niñas y niños con discapacidad del historial del niño, incluidos en el “Procedimiento para el ingreso del niño a guardería” del servicio de Administración.

3.8.1.2 Oriente al asegurado con hijos que presentan alguna discapacidad, especialmente aquellos casos en el que el médico tratante haya determinado que deberán portar y usar prótesis, órtesis o ayudas funcionales durante la estancia en la guardería, para que esté pendiente de llevarlos consigo diariamente.

Nota: Entendiéndose por prótesis, órtesis o ayudas funcionales como aquellos dispositivos destinados a

sustituir o complementar una función, un órgano o un tejido del cuerpo humano, artículo 262, fracción II, de la Ley General de Salud.

(18)

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3.8.1.3 Oriente al personal del servicio de pedagogía sobre el manejo de los niños con discapacidad cuando éstos ingresen a la guardería, de acuerdo con lo establecido en la NOM-167-SSA1-1997, y a las indicaciones consideradas en la “Guía técnica de atención a niños con discapacidad”.

3.8.1.4 Oriente al personal del servicio de Pedagogía sobre la importancia de que el niño que presenta alguna discapacidad porte y use durante la estancia en la guardería por indicaciones del médico tratante prótesis, órtesis o ayudas funcionales.

3.8.1.5 Verifique que el personal del servicio de Pedagogía, cumpla con las indicaciones médicas y terapéuticas emitidas para la atención de los niños con discapacidad.

3.8.1.6 Elabore mensualmente de forma manual o electrónica, “Relación de niños con discapacidad que les corresponde seguimiento de continuidad en el programa de rehabilitación” 3220-009-040 (anexo 23).

3.8.1.7 Elabore mensualmente de forma manual o electrónica la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) de los niños con discapacidad atendidos en la guardería que deben presentar la constancia semestral de continuidad en el programa de rehabilitación, de acuerdo con lo establecido en la NOM-167-SSA1-1997, para que el asegurado acuda con el niño a la unidad de medicina familiar que le corresponde.

3.8.1.8 Entregue al asegurado la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) para que el médico especialista en medicina física y rehabilitación, le expida la constancia correspondiente y solicite firme de recibido en el formato “Información al usuario de la atención a los niños” incluido en el “Instructivo de operación para la aplicación de actividades asistenciales en el sistema de guarderías” del servicio de Pedagogía.

3.8.1.9 Registre de forma manual o electrónica en el formato “Registro de padecimientos” 3220-009-031 (anexo 16) la entrega de la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) y dé seguimiento.

3.8.1.10 Solicite y reciba del asegurado la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) debidamente requisitada por el médico así como la constancia respectiva y archive ambos en el expediente del niño.

3.8.1.11 Coordínese con el servicio de Administración para obtener información oportuna sobre las altas y bajas que se generen cada mes de los niños con discapacidad.

3.8.1.12 Actualice permanentemente de forma manual o electrónica, en el “Informe de atención a niñas y niños con discapacidad el número de niños atendidos en la guardería de acuerdo al grado y tipo de discapacidad, incluido en el historial del niño.

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3.8.1.13 Elabore trimestralmente de forma manual o electrónica el “Informe de atención a niñas y niños con discapacidad” 3220-009-041 (anexo 24) recabe firma de la directora y entregue a ésta última, para el trámite correspondiente.

3.8.1.14 Cumpla y participe en las actividades establecidas en el Programa Institucional sobre discapacidad y su prevención, inherentes al ámbito de guarderías.

3.9 Instrucciones específicas para la promoción de la lactancia materna

3.9.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.9.1.1 Oriente durante la plática de ingreso, a las madres con hijos menores de un año sobre los beneficios que aporta la leche materna para la salud del niño, con base en lo establecido en la NOM-SSA2-043-2002.

3.9.1.2 Identifique a las madres con hijos menores de un año, que deseen continuar proporcionando la lactancia materna directa a su hijo o decidan que en la guardería se les proporcione la lactancia materna indirecta.

3.9.1.3 Oriente a las madres con hijos menores de un año sobre las “Reglas de higiene y técnicas para la lactancia materna directa o indirecta” especificadas en el (anexo 25) de este instructivo.

3.9.1.4 Coordínese con los servicios de Alimentación y Pedagogía, para que se realicen las acciones correspondientes descritas en el “Instructivo de operación del servicio de alimentación del sistema de guarderías” y en la “Guía técnica del servicio de pedagogía”, para brindar apoyo a las madres que deseen proporcionar la lactancia materna directa o indirecta en la guardería.

3.9.1.5 Verifique durante los diferentes tiempos de ministración de alimentos que a los niños menores de nueve meses, se les deje reposar sentados en silla porta bebé durante 60 minutos y los de diez a doce meses en silla alta, posterior a la ingesta de alimentos, con base en las indicaciones de la “Guía técnica del servicio de pedagogía.

3.10 Instrucciones específicas para la realización de las actividades administrativas inherentes al servicio

3.10.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.10.1.1 Cumpla con las actividades administrativas inherentes a su categoría entre las que se encuentran la elaboración de:

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- Indicadores (control de esquema de inmunizaciones, control de peso y talla, incidencia de niños con padecimientos, incidencia de solicitudes de valoración médica, incidencia de niños con padecimientos transmisibles).

- Inventario físico (instrumental médico y material de curación), con la periodicidad establecida en el “Procedimiento para el abastecimiento de los recursos materiales en guardería” del servicio de administración.

- Filtro sanitario.

- Pláticas a madres de ingreso y al personal.

- Acciones de promoción y educación para la salud.

- Requisitado de formatos y elaboración de informes, entre otros.

3.11 Instrucciones específicas de apoyo al Programa Institucional PREVENIMSS 3.11.1 Instrucciones de operación para el responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud

3.11.1.2 Promueva entre los asegurados las siguientes acciones derivadas del Programa Institucional PREVENIMSS:

- Que todos los niños que ingresen o reingresen a la guardería hayan recibido la “Cartilla de salud y citas médicas” y la “Guía para el cuidado de la salud”. En caso de que aún no cuenten con ella, oriente al asegurado para que la solicite en la unidad de medicina familiar que le corresponde. La falta de dicha cartilla no será causa de suspensión.

- Que el asegurado con hijos de dos meses de edad que nacieron con peso menor de 2.5 kilogramos, acudan a la unidad de medicina familiar o unidad médica auxiliar y reciban la dosis de hierro que les corresponde.

- Que el asegurado con hijos de cuatro meses de edad que nacieron con peso normal, acudan a la unidad de medicina familiar o unidad médica auxiliar y reciban la dosis de hierro que les corresponde.

- Que el asegurado con hijos de seis meses de edad, especialmente aquellos que viven en localidades de alto riesgo por sus condiciones sociales y de salud, acudan durante las semanas nacionales de salud, al servicio de medicina preventiva de la unidad de medicina familiar o unidad médica auxiliar y el médico les informe si a sus hijos se le debe ministrar vitamina A.

- Que el asegurado lleve a su hijo al servicio dental de la unidad de medicina familiar correspondiente o a la unidad médica auxiliar, cuando su hijo cumpla tres años de edad y le realicen al niño la aplicación tópica de flúor una vez al año.

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3.11.1.2 Realice a todos los niños de cuatro años de edad inscritos en la guardería, la detección de trastornos de la agudeza visual con base a la “Técnica para la detección de defectos de agudeza visual” descrita en el (anexo 26) con el apoyo del personal asignado a la sala de atención de los niños de la edad citada.

3.11.1.3 Registre el resultado de la detección de trastornos de la agudeza visual, en el historial del niño e informe al asegurado, con especial énfasis cuando el niño haya presentado algún trastorno visual, para que acuda a la unidad de medicina familiar correspondiente o a la unidad médica auxiliar y el médico determine lo que proceda.

3.11.1.4 Registre en el historial del niño las acciones realizadas con el niño derivadas del Programa Institucional PREVENIMSS.

(22)

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Anexo 1

(23)
(24)
(25)

Página 1 de 3 Clave: 3220-005-003

Anexo 2

(26)

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INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL

Coordinación de Guarderías

Guardería: Mes:

Delegación:

Localidad: Región:

Número

progresivo Nombre y apellidos del niño(a) atención Sala de Biológico que corresponde de acuerdo a la edad aplicación Fecha de

3220-009-013(FS)

Elaboró Vo.Bo.

Responsable del Servicio de Directora de la Guardería

Promoción y Fomento de la Salud RELACIÓN DE NIÑOS(AS) QUE

LES CORRESPONDE APLICACIÓN DE VACUNA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

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INSTRUCTIVO DE LLENADO

No. Dato Anotar

1 Guardería Número asignado a la guardería

2 Mes El correspondiente al elaborar la “Relación de niños(as) que les corresponde aplicación de vacuna” 3220-009-013 (anexo 2)

3 Delegación Número y nombre de la delegación del IMSS a la que corresponde la guardería

4 Localidad Nombre completo y sin abreviaturas, donde está ubicada la unidad operativa

5 Región Nombre completo y sin abreviaturas, donde está ubicada la delegación y la unidad operativa

6 Número progresivo Número que corresponda en forma continua 7 Nombre y apellidos

del niño(a) Nombre completo y sin abreviaturas del niño(a) 8 Sala de atención Siglas de la sala en la que se encuentra inscrito

el niño(a) 9 Biológico que

corresponde de acuerdo a la edad

Denominación de la vacuna que le corresponde aplicar al niño(a), con base a la fecha programada en la Cartilla Nacional de Vacunación

10 Fecha de aplicación Día, mes y año registrado en la Cartilla Nacional de Vacunación

11 Elaboró Nombre completo y firma de la responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud 12 Vo.Bo. Nombre completo y firma de la directora de la

(28)

Página 1 de 3 Clave: 3220-005-003

Anexo 3

(29)
(30)

Página 3 de 3 Clave: 3220-005-003

INSTRUCTIVO DE LLENADO

No. Dato Anotar

1 Nombre del

niño(a) Nombre completo y sin abreviaturas del niño(a) 2 Fecha de

nacimiento Día, mes y año de nacimiento del niño(a) 3 Fecha de ingreso Día, mes y año de ingreso a la guardería

4 Guardería Número asignado a la guardería

5 Edad de aplicación Capturar en el “Control de inmunizaciones” 3220-009-014 (anexo 3) día, mes y año en que se le aplicó la dosis de vacuna al niño(a), así como la fecha de la próxima dosis programada

6 Semanas nacionales

de salud Fecha de aplicación del biológico de acuerdo a las semanas nacionales de salud 7 Otros Fecha en que se aplicó al niño(a) el biológico, por indicaciones del médico tratante y que no este dentro del esquema básico de vacunación

8 Observaciones Motivos o aspectos relevantes que generaron la falta de aplicación de alguna vacuna (por ejemplo: cuando exista alguna indicación del médico epidemiólogo o médico tratante)

(31)

Página 1 de 6 Clave: 3220-005-003

Anexo 4

(32)
(33)
(34)

Página 4 de 6 Clave: 3220-005-003

INSTRUCTIVO DE LLENADO

No. Dato Anotar

(anverso)

1 Guardería Número asignado a la guardería

2 Fecha Día, mes y año en que la guardería elaboró el formato “Solicitud valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4)

3 Director de unidad de medicina familiar No.

Número asignado a la unidad de medicina familiar que le corresponde al asegurado

4 El día de hoy el

niño(a) Nombre completo y sin abreviaturas del niño(a) 5 CURP del niño(a) Cédula única de registro de población del niño(a) 6 No. de seguridad

social El asignado al asegurado

7 Presentó Signos y síntomas de enfermedad que manifiesta el niño(a)

8 Otras causas Este espacio será llenado sólo cuando el niño(a) presente: alteración en el peso, falta de aplicación de alguna vacuna, suspensión de algún alimento, seguimiento semestral de continuidad en el programa de rehabilitación, reingreso, entre otros

9 Directora de la

guardería Nombre completo y firma de la directora 10 Sello de la

guardería El correspondiente a la guardería 11 Unidad de medicina

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Página 5 de 6 Clave: 3220-005-003

No. Dato Anotar

12 Fecha Día, mes y año en que la unidad de medicina familiar le realizó al niño(a) la valoración médica

13 Edad Número de días, meses o años cumplidos del niño(a)

14 Sexo Femenino

Masculino

15 Peso Datos obtenidos del niño(a)

16 Talla Los datos obtenidos del niño(a)

17 Diagnóstico Resultado del hallazgo del examen médico practicado al niño(a), considerando los padecimientos descritos al reverso de la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4)

18 Apto para guardería Una (x) en el recuadro que corresponda 19 Amerita suspensión

temporal Una (x) en el recuadro que corresponda, así como el número de días que considere necesarios suspender al niño(a)

20 Amerita nuevo

examen Una (x) en el recuadro que corresponda 21 Amerita suspensión

definitiva Una (x) en el recuadro que corresponda 22 Amerita

ínter consulta Una (x) en el recuadro que corresponda 23 Especialidad El servicio al que se derive al niño(a)

24 Datos del médico Nombre completo, número de matrícula y firma del médico que practicó la valoración médica al niño(a)

(36)

Página 6 de 6 Clave: 3220-005-003

No. Dato Anotar

25 Sello de la U.M.F. El de la unidad médica correspondiente (reverso) 26 Padecimientos que determinan la permanencia o suspensión del niño(a) en la guardería

En el espacio número 17 de la “Solicitud de valoración médica” 3220-009-015 (anexo 4) el padecimiento encontrado en el niño(a) al efectuar la revisión médica

(37)

Página 1 de 3 Clave: 3220-005-003

Anexo 5

(38)

Página 2 de 3 Clave: 3220-005-003

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL Coordinación de Guarderías

Guardería: Mes:

Delegación:

Localidad: Región:

Número Nombre y apellidos Sala de obtenidos Datos Fecha de

progresivo del niño(a) atención Peso Talla realización

3220-009-018(FS)

Elaboró Vo.Bo.

Responsable del Servicio de

Promoción y Fomento de la Salud Directora de la Guardería

RELACIÓN MENSUAL PARA LA MEDICIÓN DE PESO Y TALLA 1 2 3 4 5 12 13 6 7 8 9 10 11

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Página 3 de 3 Clave: 3220-005-003

INSTRUCTIVO DE LLENADO

No. Dato Anotar

1 Guardería Número asignado a la guardería

2 Mes En que la guardería elaboró la “Relación mensual para la medición de peso y talla” 3220-009-018 (anexo 5)

3 Delegación Número y nombre de la delegación del IMSS a la que corresponde la guardería

4 Localidad Nombre completo y sin abreviaturas, donde está ubicada la unidad operativa

5 Región Nombre completo y sin abreviaturas, donde está ubicada la delegación y la unidad operativa

6 Número

progresivo El que corresponde en forma continua 7 Nombre y apellidos

del niño Nombre completo y sin abreviaturas del niño

8 Sala de atención Siglas de la sala en la que se encuentra inscrito el niño

9 Peso Resultado obtenido de cada niño

10 Talla Resultado obtenido de cada niño

11 Fecha de

realización Día, mes y año en que se realiza la medición del peso y talla de cada niño 12 Elaboró Nombre completo y firma de la responsable del

servicio de Promoción y Fomento de la Salud

13 Vo.Bo. Nombre completo y firma de la directora de la guardería

(40)

Página 1 de 6 Clave: 3220-005-003

Anexo 6

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Página 2 de 6 Clave: 3220-005-003

Pasos a considerar para la medición del peso y talla del niño(a) A quiénes y cuando se les realiza:

- El primer día hábil que asista el niño a la guardería por ingreso o reingreso de acuerdo a la siguiente periodicidad: - Mensualmente a los menores de 43

días a un año y aquellos que presenten alteración de peso.

- Trimestralmente a los niños de 13 a 24 meses.

- Semestralmente a los niños de 25 meses en adelante.

Cómo se realiza:

- Prepare el material y equipo necesario: sábanas limpias, papel kraft, cinta métrica (en su caso), entre otros.

- Calibre las básculas pesa bebé y la báscula con estadímetro.

- Retire la ropa al niño (sólo déjele la ropa interior).

- Realice la medición de acuerdo a la técnica indicada en este documento para cada edad.

- Registre los datos en los formatos establecidos.

Quién y dónde lo realiza:

La responsable del servicio de Promoción y Fomento de la Salud, dentro del área destinada a este servicio.

No realice la medición de

peso al niño después de que éste haya consumido alimentos

En todo momento platique con el niño y déle confianza.

Evite corrientes de aire cerrando puertas y ventanas

Cuando el niño presente alteración de peso, elabore manualmente o obtenga del sistema “Solicitud de valoración médica” y solicite al asegurado lo lleve a la unidad de medicina familiar correspondiente o a la unidad médica auxiliar, para que el médico indique las acciones a realizar por el personal en la guardería, e informa a los servicios de Alimentación y Pedagogía.

Al concluir esta actividad registre los resultados obtenidos de cada niño, en la “Relación mensual para la medición de peso y talla”, y colóquela en el vestíbulo para conocimiento del asegurado.

(42)

Página 3 de 6 Clave: 3220-005-003

Técnica para la medición del peso del niño(a) menor de un año

- Utilice la báscula pesa bebé.

- Coloque la báscula en una superficie plana y sobre ésta papel o tela delgada para evitar que la espalda del niño(a) toque lo frío.

- Calibre la báscula de la siguiente forma: coloque el indicador en ceros, pese un objeto conocido cuyo peso sea de dos kilos, para asegurarse que la báscula este bien nivelada.

- Retire al niño(a) la ropa dejándole sólo la camiseta y el pañal (si éste se encuentra mojado o sucio, cámbielo).

- Coloque al niño(a) acostado boca arriba sobre la báscula, protéjalo sujetándolo suavemente con su mano sobre el estómago de éste sin tocarlo.

- Realice la toma de la lectura, cuando la báscula este sin movimiento de frente a la escala de medición.

- Pase al niño(a) a la mesa o mueble con infantómetro para realizarle la medición de la talla.

- Registre de forma manual o electrónica, el resultado obtenido de la medición del peso, en kilos y gramos en los formatos de ”Control de peso y talla” y en la “Gráfica” correspondiente.

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Técnica para la medición de la talla del niño(a) menor de un año

- Verifique que el infantómetro o cinta métrica se encuentra fija a la pared o en la parte lateral de la mesa o mueble.

- Cubra el colchón con una sábana limpia.

- Acueste al niño(a) boca arriba, coloque cuidadosamente la cabeza, donde se encuentra el número cero de la cinta métrica o infantómetro. - Asegúrese que el niño tenga las

rodillas estiradas, la espalda recta y la vista al frente.

- Realice la toma de la lectura de frente a la escala de medición.

- Registre de forma manual o electrónica el resultado obtenido de la medición de la talla, en centímetros en los formatos “Control de peso y talla” y en la “Gráfica” correspondiente.

- Vista al niño(a) y llévelo a su sala.

(44)

Página 5 de 6 Clave: 3220-005-003

Técnica para la medición del peso y talla del niño(a) mayor de un año

- Utilice la báscula con estadímetro.

- Coloque la báscula en una superficie fija y sobre ésta papel kratf o tela delgada para evitar que los pies del niño toquen lo frío.

- Calibre la báscula de la siguiente forma: coloque el indicador en ceros, pese un objeto conocido cuyo peso sea de dos kilos, para asegurarse que la báscula este bien nivelada.

- Retire al niño(a): la ropa, zapatos y objetos pesados, dejándole sólo la camiseta y calzón, elimine de la cabeza objetos y peinados que alteren la medición.

- Pida al niño(a) que se suba a la báscula o súbalo, asegúrese de que éste tenga las rodillas estiradas, la espalda recta y la vista al frente.

- Realice la toma de la lectura del peso y la talla, cuando la báscula este sin movimiento de frente a la escala de medición.

- Registre de forma manual o electrónica, los resultados obtenidos en kilogramos y centímetros según sea el caso, en los formatos ”Control de peso y talla” y en la “Gráfica” correspondiente.

- Vista o ayude a vestir al niño(a) y llévelo a su sala.

(45)

Página 6 de 6 Clave: 3220-005-003

Técnica para la medición del peso y talla del niño(a) con discapacidad

En el caso de niños(as) con discapacidad, que no puedan mantenerse en pie por sí solos, además de las primeras cuatro instrucciones señaladas en el rubro anterior, realice lo siguiente:

- Ayude al niño(a) a sentarse sobre la báscula, cuidando que sus pies no queden fuera de ésta.

- Realice la toma de la lectura del peso frente a la escala de medición.

- Mida a estos niños(as) acostándolos boca arriba en la mesa o mueble, coloque cuidadosamente la cabeza donde se encuentra el número cero de la cinta métrica o infantómetro.

- Asegúrese que el niño(a) tenga las rodillas estiradas, la espalda recta y la vista al frente.

- Realice la toma de la lectura de la talla frente a la escala de medición.

- Registre de forma manual o electrónica, los resultados obtenidos en kilogramos y centímetros según sea el caso, en los formatos ”Control de peso y talla” y en la “Gráfica” correspondiente.

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Página 1 de 3 Clave: 3220-005-003

Anexo 7

(47)

Página 2 de 3 Clave: 3220-005-003

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL Coordinación de Guarderías

Nombre del niño(a): Fecha de nacimiento: Peso al nacer: Fecha de ingreso: Guardería:

Fecha Edad Peso Talla Observaciones Acciones a realizar *

3220-009-019(FS) * Derivar a la UMF/coordinar acciones con el servicio de Alimentación/diagnóstico del médico

CONTROL DE PESO Y TALLA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11

(48)

Página 3 de 3 Clave: 3220-005-003

INSTRUCTIVO DE LLENADO

No. Dato Anotar

1 Nombre del

niño(a) Nombre completo y sin abreviaturas del niño(a) 2 Fecha de

nacimiento Día, mes y año de nacimiento del niño(a)

3 Peso al nacer Kilogramos que pesó el niño(a), dato registrado en la “Solicitud de examen médico de admisión” incluido en el historial del niño

4 Fecha de

ingreso Día, mes y año de ingreso a la guardería

5 Guardería Número asignado a la guardería

6 Fecha En el formato “Control de peso y talla” 3220-009-019 (anexo 7) día, mes y año en que se realizó al niño(a) la medición de peso y la talla, así como la próxima fecha programada

7 Edad Número de días, meses o años cumplidos del niño(a)

8 Peso De forma manual o electrónica el dato obtenido de la medición de cada niño(a)

9 Talla De forma manual o electrónica el dato obtenido de la medición de cada niño(a)

10 Observaciones Causas por las que no se realizó al niño(a), la medición de peso y talla

11 Acciones a

(49)

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Anexo 8

(50)

Página 2 de 6 Clave: 3220-005-003 2.0 4.0 6.0 8.0 10.0 12.0 14.0 16.0 18.0 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 Edad en meses P es o e n k ilo g ra m o s Obesidad Sobrepeso Normal Desnutrición Leve Desnutrición Moderada Desnutrición Grave

Peso (kg) por Edad Niños 0 a 23 meses

Coordinación de Guarderías

Observaciones:

5

6

Nombre del niño: Fecha de ingreso: Peso al nacer: Fecha de nacimiento:

1

3 4

2

Referencias

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