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BORRADOR CENTRO DE CULTURA ALIMENTARIA DE TETUAN

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Academic year: 2021

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BORRADOR CENTRO DE CULTURA ALIMENTARIA DE

TETUAN

OBJETIVO

Una de las finalidades básicas que deben tener los municipios, es asegurar que las necesidades básicas de la población se encuentran cubiertas, por lo que el objeto de este servicio será contribuir a la cobertura de las necesidades de alimentación a aquellas vecinas y vecinos del Distrito de Tetuán

Se concibe como una prestación temporal para facilitar comidas a personas adultas en riesgo de exclusión social, mediante el consumo en el centro o la recogida para consumo en los domicilios, con periodicidad determinada y desde un modelo de organización participada.

Dicho servicio complementará las actuaciones que se llevan a cabo por los Servicios Sociales del Distrito, lo que permitirá ofrecer una atención social más integral, mediante estrategias de capacitación para la adquisición de habilidades personales y sociales que faciliten una mayor autonomía y participación social.

CARACTERÍSTICAS DE LA POBLACIÓN ATENDIDA.

Personas adultas entre 18 y 65 años residentes en el distrito de Tetuán, en situación de riesgo y/o exclusión social, que previa valoración en los centros de servicios sociales necesite acceder a un recurso que permita solventar las necesidades básicas de alimentación, y que presentan algunas de las siguientes características:

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valorar situaciones excepcionales con la aprobación del Departamento de Servicios Sociales.

- Dificultades de integración social (inmigrantes, minorías étnicas, etc.)

- Situaciones de ausencia de red familiar y/o social.

Serán requisitos de obligado cumplimiento:

- Mantener las reglas de adecuada relación con el resto de participantes y profesionales

- No presentar patrones de comportamientos violentos o agresivos. - Estar en situación de necesidad en cuanto alimentación.

- Adquirir el compromiso de seguimiento de normas de funcionamiento interno del centro mediante la firma del consentimiento informado.

- Disponer de un nivel mínimo de autonomía personal y competencia social que le permita afrontar las demandas que supone la convivencia en el centro.

Selección de las personas beneficiarias del servicio:

- Se atenderán las solicitudes a través de derivación de los Centros de Servicios Sociales del Distrito de Tetuán.

- En un supuesto de urgencia, podrán ser atendidos por un plazo máximo de una semana, hasta la confirmación desde Centro de Servicios Sociales del Distrito de Tetuán correspondiente.

CALENDARIO Y HORARIO.

El Centro prestará sus servicios ininterrumpidamente, todos los días del año, excepto el 25 de diciembre (Navidad) y el 1 de enero (Año Nuevo) que permanecerá cerrado.

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SERVICIOS Y CAPACIDAD ASISTENCIAL

SERVICIO DE ALIMENTACIÓN

El servicio de alimentación se podrá prestar bajo dos modalidades:

a. Servicio de comedor

El Centro dispondrá de un servicio de comedor: comidas. La capacidad del servicio de comedor es de 50 personas divididas en dos turnos de 25 personas.

Primer turno de comidas: de 13.00 -14.00h Segundo turno de comidas de 14.00 – 15.00h

b. Servicio de catering

Se preparan 25 raciones diarias. Se entregarán raciones alimenticias para todos los días de la semana, estableciéndose un límite máximo individual de 1 comida por persona y día.

Para los días 1 de enero y 25 de diciembre se entregaran raciones de catering a todas las personas que utilizan el servicio de alimentación. La entrega se realizará el día anterior.

La alimentación de las personas beneficiarias deberá cumplir con los siguientes propósitos:

− Ser completa y equilibrada con el aporte calórico adecuado. − Ser variada.

La comida debe incluir un primer plato, un segundo plato, una fruta en condiciones de maduración óptimas para su consumo, un lácteo y una ración de pan.

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• dieta normal.

• dietas especiales: diabética, para celíacos o sin lactosa.

• dieta adaptable (dentro de esta categoría se incluyen aquellas alergias, no atendibles en las subcategorías anteriores, siempre que sean autorizadas previamente por el Ayuntamiento, en función de las disponibilidades técnicas). • dieta religiosa.

Si es necesaria una dieta especial o adaptable, las personas que utilicen este servicio aportarán informe médico justificativo en el que se indicará en todo caso si tiene alguna intolerancia alimentaria o necesita dieta especial.

La entidad adjudicataria deberá cumplir con las normas de seguridad alimentaria que le sean de aplicación y en particular con las siguientes: el Reglamento (CE) nº 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (DOUE 25-6-2004), el Real Decreto 3484/2004, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE 12-1-2001), el Real Decreto 202/2000, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos (BOE 25-2-2000) y el Decreto 10/2001, por el que se establecen las normas relativas a la formación de los manipuladores de alimentos, autorización, control y supervisión de los centros y programas de formación de la Comunidad de Madrid (BOCM 7-2-2001).

SERVICIO DE CAPACITACIÓN Y CONVIVENCIA

El Centro facilitará el uso del espacio, con la presencia de profesional cualificado, para la realización de actividades encaminadas a la adquisición de hábitos saludables, espacios de convivencia en torno a la alimentación, actividades informativas o formativas en torno a la alimentación, o cualquier otra actividad vinculada al objeto del Centro.

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METODOLOGÍA, ÁREAS Y NIVELES DE INTERVENCIÓN

Es necesario que la metodología vaya encaminada a promover el desarrollo de itinerarios de inserción que favorezcan las condiciones para una vida personal autónoma y participativa, evitando las posibles cronificaciones en la red pública asistencial.

Todas las actividades tendrán un carácter globalizador, que conecte las capacidades y características de las personas con sus necesidades e intereses.

Las actividades se llevarán a cabo de modo dinámico y participativo, teniendo siempre una orientación social y respondiendo a intereses y motivaciones de los participantes, de manera que resulten atractivas y favorezcan la interiorización de valores positivos.

Las áreas de intervención serán:

Competencia y desarrollo personal. Hábitos saludables

Participación en la comunidad. Ocio y Tiempo libre.

Los contenidos de la intervención a realizar deberán contemplar INTERVENCIÓN INDIVIDUAL.

A través de un acceso individualizado, se llegaran a los compromisos necesarios con los participantes en el proyecto, cara a conseguir los objetivos propuestos.

INTERVENCIÓN GRUPAL.

La intervención individual se complementara con una intervención grupal que posibilite la adquisición de hábitos saludables y sobre todo la reflexión sobre las posibles soluciones a emprender por parte de los solicitantes.

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INTERVENCIÓN COMUNITARIA.

Desarrollo de actividades durante toda la duración del contrato: dinamizadoras del entorno social, incorporación a los espacios de coordinación interprofesional del distrito, trabajo en red. Buscando la promoción de la participación de la comunidad en su entorno. Se fomentará la colaboración y participación en las actividades comunitarias que se realicen en el Centro Comunitario del Distrito.

MEDIOS A APORTAR POR LA ENTIDAD ADJUDICATARIA

PERSONAL

Para la determinación del precio del contrato, y por tanto establecer los precios unitarios en este concepto se toma como referencia lo regulado en el Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención social 2015-2017, de 22 de junio de 2015. El citado Convenio prevé una jornada laboral de 1750 horas anuales. En el coste del personal se han incluido además del salario bruto del trabajador, los complementos de experiencia profesional y de trabajo en sábados, domingos y festivos, la seguridad social a cargo de la empresa. Además, al/la coordinador/a se les ha añadido el complemento de coordinación de grupos de trabajo. Los salarios y complementos son los fijados en el citado Convenio actualizados para 2016 en un 1,5%, de acuerdo con lo señalado en el III Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2015, 2016 y 2017.

Para los profesionales con jornada anual de 1750 horas de prestación del servicio de cada profesional, la entidad adjudicataria podrá disponer de un máximo de 4 horas mensuales para la coordinación y supervisión del equipo de intervención. Así mismo, del total anual de 1750 horas, podrá disponer de un máximo de 20 horas anuales para la formación de los profesionales en aquellas materias directamente relacionadas con el desempeño de sus funciones.

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La entidad adjudicataria y su personal mantendrán las reuniones de coordinación y seguimiento que les sean marcadas por los Técnicos de Servicios Sociales.

El adjudicatario deberá mantener durante toda la vigencia del contrato el personal necesario para atender las obligaciones derivadas del mismo, y que, como mínimo será el siguiente:

• Un/a coordinador/a titulado en alguna de las siguientes ramas: Psicología, Educación Social o Trabajo Social. A media jornada y con disponibilidad durante todo el horario de apertura del centro, distribuirá su horario según necesidades. Garantizará la respuesta inmediata a las incidencias graves. Canalizarán las relaciones entre el Ayuntamiento de Madrid (Departamento de Servicios Sociales) y el personal prestador del servicio.

• Dos Técnico/a de acogida, aux. de servicios sociales, o titulación similar. Para dar cobertura a un puesto con jornada de 7 horas diarias, que se prestará de lunes a domingo en horario de turnos, de manera que siempre cuente con la presencia diaria de un Técnico/a de acogida, aux. de servicios sociales, o titulación similar. • Dos cocineros/as con titulación correspondiente. Para dar cobertura a un puesto

con jornada de 6 horas diarias, que se prestará de lunes a domingo en horario de turnos, de manera que siempre cuente con la presencia diaria de un/a cocinero/a. • Dos Ayudantes de cocina o camarero/a. Para dar cobertura a un puesto con

jornada 8 horas diarias, que se prestará de lunes a domingo en horario de turnos, de manera que siempre cuente con la presencia diaria la presencia diaria de un ayudante de cocina o camarero/a.

• Dos limpiador/a. Para dar cobertura a un puesto con jornada de 5 horas diarias, que se prestará de lunes a domingo en horario de turnos, de manera que siempre cuente con la presencia diaria de un/a limpiador/a.

No obstante el personal será seleccionado para los puestos de ayudantes de cocina o camarero/a y limpiador/a teniendo en cuenta los siguientes criterios:

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• Parados/as de larga duración (más de dos años) sin prestación. • Jóvenes sin experiencia laboral previa.

• Mayores de 45 años.

En el proceso de selección participará un/a funcionaria/o municipal designada por el Departamento de Servicios Sociales.

LOCAL E INSTALACIONES

El local contará con agua corriente fría y caliente y calefacción.

El dispositivo deberá estar en el distrito de Tetuán, con acceso directo desde la vía pública y con una dimensión suficiente para dar los servicios recogidos. Su ubicación estará próxima al transporte público, con un trayecto que no deberá superar 15 minutos andando.

Cumpliendo toda la normativa vigente en materia de edificación y seguridad. Y contando con todas las autorizaciones administrativas pertinentes.

La entidad adjudicataria pondrá a disposición de los/as profesionales un total de dos (2) teléfonos móviles para facilitar el contacto y comunicación con los Técnicos de Servicios Sociales y poder realizar las gestiones necesarias para las actividades que se programen. Asimismo, pondrá a disposición de los profesionales un equipo informático con conexión a Internet para el desarrollo de su trabajo. Uno de los teléfonos deberá permanecer operativo las 24 horas del día y todos los días del año.

La entidad adjudicataria asumirá los gastos necesarios de transporte de los profesionales en el ejercicio de las tareas encomendadas.

ALIMENTACIÓN

Se estima que deberá adquirir, elaborar y servir un número aproximado de 27.375 comidas anuales, Para lo que deberá contar con instalaciones suficientes para la elaboración de la comida, cumpliendo la normativa vigente.

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OTRAS CONDICIONES TÉCNICAS Y OBLIGACIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

− Será obligatorio para la empresa contratista/adjudicataria que los bienes o servicios objeto del contrato hayan sido producidos o se desarrollen respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo.

− La empresa adjudicataria fomentará la igualdad entre mujeres y hombres, evitando en todo caso el uso del lenguaje e imágenes sexistas.

− En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y corresponsabilidad.

− La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, la integridad y la salud de las personas trabajadoras.

− Asimismo, la empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

− La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.

− La formación e información en materia preventiva de las personas adscritas a la ejecución del contrato.

− El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.

− La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación que corresponda en cada caso, dado que la actuación a realizar en materia de prevención de riesgos laborales dependerá de la

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evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal municipal o a los ciudadanos en general.

− La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato.

− La declaración responsable será exigida y presentada por la empresa adjudicataria al inicio de la ejecución del contrato.

− En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar, cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable.

− Debe tenerse en cuenta la convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal y de diseño universal o diseño para todas las personas, tal y como son definidos estos términos en el TRLGDPD.

PRESUPUESTO ESTIMADO ANUAL (IVA EXCLUIDO)

PROFESIONALES 123.987,05

LOCAL Y SUMINSTROS 19.980,00 ALIMENTACIÓN Y MENAJE 45.100,00

OTROS GASTOS 9.453,35

TOTAL 198.520,40

LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES,

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