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1. FINALIDAD 2. OBJETIVO. 3. ÁMBITO DE APLICACiÓN 4. BASE LEGAL 5. DISPOSICIONES GENERALES

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DIRECTIVA SANITARIA N°

-MINSAIDIGEMID V.01.

DIRECTIVA SANITARIA PARA lA PRESENTACiÓN DE lOS ESTUDIOS Y

OTROS DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN lA EFICACIA Y SEGURIDAD

DE lOS PRODUCTOS COMPRENDIDOS EN El NUMERAL 3 DEL

ARTicULO 10° DE lA lEY N° 29459.

1. FINALIDAD

ContnbUlr a mejorar la eficacia y segundad de los medicamentos comprendidos en el numeral 3, comprendidos en el A1iculo 10" de ia Ley N' 20459, Ley de los Productos Farmacéuticos. Dispositivos Médicos y P:oduclos Sanitarios, en el acceso y uso que de elles hace la poalación e'l genera!

2. OBJETIVO

Es:ablecer y definir criterios léc1icos para la presentación de los estudios y documentos que sustenten la eficacia y seguncad de los medicamentos comprendidos en e, numera! 3 del Articulo 10" de la Ley N" 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y ProdJctos Sanitarios. en el tramite de Registro Sanitario.

3. ÁMBITO DE APLICACiÓN

La presente Directiva Sanitaria es de observancia obligatoria por las personas raturaies o jurid,cas ios administrados qJe presentar estJdios y otros documentos de eficacia y segJrlaad para la inscripción ec el reglst~o sanltano de medicamentos comprendidos en el numeral 3 del Articulo 10' de la Ley N° 29459 Y de ,a D"ección General de Medicamentos. Insumas y Drogas (DIGEMID) como Au:orídad Nacional de Productos F'armacéuticos. Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM)

4. BASE LEGAL

4.1. Ley W 26842, Ley Genera! de Salua

4.2, Ley W 29459. Ley de los Productos Farmac"'Jticos Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios

4.3. Decreto SJpremo N' 023-2005-SA. Aprueba Reglaf1'ento de Organización y Funciones de! Ministerio de Salud.

4.4. Decreto Sup-emo N' 028-2ll10-SA. Regulan algunos alcances de los A~;culos 10" y 1,' de la Ley N' 294559 Ley de Productos FarmacéJticos Dispositivos Médicos y productos sanitarios.

4.5, Decre:o Supremo N" 017-2006-SA. Aprueba Reglamento de Ensayos C,inicos en el Perú y su modificatOria aprobada por Decreto Suoremo N° 006·2007·SA.

5. DISPOSICIONES GENERALES

5.1. Definiciones Operativas:

Para efectos de la presente Directiva Sar.itaria, se adoptarar las siguie.'tes def,niciones operativas:

5.11. Estudios Clinicos: Se denom'nan estudiOS clinicos a ¡os ensayos clinicos definidos como toda investigació~ que se efectGa er seres humanos. para

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DIRECTIVA SANITARIA PARA LA PRESENTACiÓN DE LOS ESTUDIOS Y OTROS DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN LA EFICACIA Y SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS COMPRENDIDOS EN EL NUMERAL 3DEL ARTíCULO 10' DE LA LEY N'

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determinar o confirmar los efectos clinicos. farmacol6gicos, y/o demás efectos farmacodinamicos. detectar las reacciones adversas, estudiar la absorci6n, distribuci6n, metabo:ismo y eliminación de uno o varios productos en investigación, con el fin de determinar su eficacia y/o su seguridad

5.1.2. Estudios Preclinicos: Investigaci6n con animales para establecer SI un medicamento puede ser usado por humanos. Se reaHzan antes de los estudios en humanos.

5.1.3. Informe de estudio clinico: Descripción escrita de un estudio realizado en seres humanos. en el que la descripc;6n clínica y estadistíca. presentaciones y análisis estan totalmente integrados en un solo Informe.

5.1 A. Conferencia Internacional de Armonización" (ICH): La Conferencia Internacional de Requerimientos Técnicos para eí Registro de Medicamentos de Uso Humano es una InlGiativa conjunta que envuelve a las Autoridades Reguladoras y la Industria basada en investigación, que esta focalizada en los requerimientos técnicos para nuevos medicamentos. Miembros fundadores son la "US Food and Drug Administrarion (US FDA)" la "Eurcpean Medicines Agency (EMA)" y Jap6n; asi como los representantes de la Industria farmacéutica de estos paises. Miembros obsenvadores son Canadá (Health Canada), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y EFTA (Asociación de Libre Comercio de Europa).

5.1.5. Nivel de Efectos Adversos No Esperados (NOAEL): Es definido como el más alto nivel de dosis que no produce un Significativo incremento en los efectos adversos en comparación con el grupo control.

5.1.6. Bíomateriales humanos: Son todas las proteinas. células, tejidos y materiales conexos de origen humano que se utilizan in vivo o ex vivo para evaluar las propiedades farmacociné;icas de las sustancias medicamentosas.

5.1.7. Criterio de valoración (Endpoint): Manera c6mo se va medir el objetivo del estudio o c6mo se va cuantificar una intervención determinada.

5.1.8. Medicamentos comprendidos en el numeral 1, Productos cuyos prinCipias activos o las asociaCiones que se encuentran en el Petitorío Nacional Único de

Medicamentos Esenciaies .

5.1.9. Medicamentos comprendidos en el numeral 2.. Son los productos cuyos principiOS activos o ias asocíaciones no se encuentran en el PetiTOrio Nacional Único de Medicamentos Esenciales y que se encuentran registrados en los paises de alía vigilancia sanitaria. También se incluir;;n en este numeral los productos que se reinscriban, cuyos pr:nciplos activos o asociac ones están registrados en el Perú en el numeral 3, a partlf de ;a vigencia de la Ley N°

29~59.

51.10 Medicamentos comprendidos en el numeral 3. Productos cuyos principios activos no se encuentran conslderaoos en los numerales 1 y 2.

5.2. Los estudiOS y documentos que se adíunten a toda solicitud de Registro Sanitario de los productos comprendidos en el numera: 3 del A:tlculo 10° de la Ley N' 2g~59. Ley de los Productos FarmacéutiCOS, Dispositivos Médicos y Productos Sanitaríos. deben presentarse según lo indicado en la presente Directiva, siguiendo las onemaciones pUblicadas por la Conferencia Internacional de Armonizacion (ICH).

5.3. Se debe incluír toda información pertinente para :a evaiJaCl6n del medicamento corcespondiente, tanto favorable como desfavorable, todos los datos pertinentes acerca de los ensayos preclinicos o clínicos incompletos o abandonados relativos al medicamento ylo ensayos completos relacionados con indicaciones terapéuticas no cubiertas por la solicitud.

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5.4, Los datos de los estudiOS clínicos presentados para la evaluación de una solicitud de Registro Sanitario deber es;ar enmarcados en las ouenas prácticas clínicas y pnncipios éticos, con arreglo a la normativa vigente sobre ensayos clíniCOS en el Perú.

5.5. Para la presentación de las viSiones generales resúmenes e informes preclinicos y cliricos deben tomarse en cuenta las guias dellCH, aSI como las de la 'US Food and Drug Administraban (US FDA)" y/o la 'European Medicines Agency (EMA)"

6, DISPOSICIONES ESPECiFICAS

Las personas naturaies o juridlcas que solicitan la inscripción O reinscrlpclón de lOS medicamentos debe-ar presen;ar se·gún el case:

6,1. ORGANIZACiÓN DE LOS ESTUDIOS Y DOCUMENTOS: Los estudiOS y documentos deben organizarse de la siguiente manera:

índíce general 11 Introducción III Sección preclínica

a. Análisis gene-al; O. Resu'l1er;

c. Informes de estudios preclínicos c.1. índice c.2. Informes de estudios 0.2.1 De Farmacología: • Farrnaccdinámica primaria: • Farmacodinamica secundana; • Farmacología de segundad, • Interacciones farmacodinámicas, c.2.2. De Farmacoclnetica

• Método~ ar,aliticos e :nformes de validación; • Absorción;

• 8istrioución;

• Metabolismo: • Excreción:

• Interacciones farmacoclnéticas (no clínicas), • Otros estudios de farmacocinética;

c.2.3. De Tox:cologia

• Toxicload por dosis única: • Toxicidad por oasis repetioa;

• Genotoxlc:dad.

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• Tcxicidad e" la repmauccién y el desarrollo • Tolerancia local;

• Otros estudios sobre toxÍCIdad (s son disponibles) d. Referencas b:bhograficas.

IV Secció." clinlca

a. AnálisIs general b. Resurlen

e Informes de estudios clinicos. c.1 indice

c.2 Listado en forma de tabla de todos los estudios clíniCOS c.3. Informes de los estudios clinicos

c.3.1. Informes ce estudlcs biofarrlacéuticos • I"formes de estudios de biodlsponibilidad

• Informes de estudios comparativos de oioeisponibiJidad y bloequivalenCla

• Ioformes de estudios de correlación in Vltro - in vivo; • Informes de métodos bioanalltíces yaraliticos

03.2. Informes de estudios sobre farrlacccinética mediante b omateriales humanosl

• Informes de estudios de flJación con proteínas de: plasrlal

- 11formes de estud,os sobre metabolismo hepático e interacción;

• Informes de estlitJioS mediante

o:ros

b:o-,nateriales

hu;nan05.

c.3.3. Inforrles ae estudios de farrnacoclné!lcá hurna181

-Informes de estudios de farrlacocinétíca y tolerancia inicia: er sUjetos sa"os;

• I"ferrles de estudios de farmacocinética

y

tolerancia

iniCial en pacientes;

• Informes de estudios de farrlacccir·étlca de factores

,r¡trinsecos;

• Informes de estud:os de farrl8cocirética

ae

factores extrínsecos;

• Informes de estudios de farrl8COcinética en la población

e 3 4 Informes de estudios de farmacodinárlica hUrlanal • Informes de estudios ce farmacodinarllca y

farmacocinélicai farmacodinarllca en sujetos sanos; • Informes de estudios de farmacodlnámica y

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c3.5 Informes de estudios sobre eficacia y seguridad

o Informes de estudios clinicos controlados relativos a la

indicación declarada;

o Informes de estudios clinicos no controlados.

o Informes de análiSIS de datos procedentes de diversos

estudios. Incluido cualquier meta-análisis. análisis comparativo (bridglng analyses) y análisis integrado formal;

o Otros Informes de estudio.

c.3.6. Informes de experiencia posterior a la comercializaCión d. Referencias bibliográficas.

6.2. DEL CONTENIDO, PRINCIPIOS Y REQUISITOS BÁSICOS DE LOS ESTUDIOS Y DOCUMENTOS

Los estudios y documentos deben tener la siguiente estructura:

A) Introducción

Debe Indicarse la clase farmacológica. el mecanismo de acción y la(s) indicación(es) propuesta(s) del medicamento para el que se solicita el Registro Sanitario.

B) Sección preclinica a. Analisis general

Debe InclUir la interpretación de los datos. la relevancia clinlca de los hallazgos. relación con los aspectos de calidad del medicamento y las implicancias de los hallazgos preclinicos para el uso seguro del medicamento.

Debe eXistir una valoraCión Integrada y critica de la evaluación farmacológica. farmacocinética y toxicológica del 'medicamento en animaies/in

vitro.

Debe

inclUirse-la d!scusión y justificación eje la estrategia de los estudios preclínicos.

Debe incluirse una evaluación de ¡as impurezas y productos de degradación presentes en" el principio 8ctivo 'yen el producto, así como de sus potenciales efectos farmacológicos y toxicológicos. Si un medicamento incluye un excipiente

nuevo, se debe presentar una evaluación de la información acerca de su

seguridad.

El contenido del análisis general de la parte preclinica debe figurar en el siguiente orden:

o Resumen de la estrategia de la evaluación preclinica o Aspectos farmacológicos

o Aspectos farmacoclnéticos o Aspectos toxicológicos

o Análisis general integrado y conclusiones

o Lista de referencias bibliográficas

/Don

90Z. La evaluación de los estudios toxicológicos tendra un orden lógico. de tal manera

que todos los datos relevantes aclaren un cierto efecto/fenómeno. La extrapolación de los datos de animales a humanos debe tener en consideraCión:

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• Especies de animales usadas; • Numeras de animales usados; • Vi as de administración empleadas: • Dosificaciones usadas;

• Duración del tratamiento o del estudio;

• Exposición sistémica a niveles de efectos adversos no observados (NOAEL) y a dosis tóxica, relacionados con la exposición en humanos a la maxima dosis recomendada. Se recomienda un resumen con tablas y figuras o graflcos;

• Los efectos de la sustancia activa observada en estudios preclinicos relacionados a lo esperado u observado en humanos.

Deben discutirse las implicaciones de los hallazgos preclinicos para el uso segura en humanos, considerando los resultados toxicológicos, farmacocinéticos y farmacológicos.

b. Resumen de la sección preclinica

El propósito de los resumenes preclinicos escritos y tabulados es proveer un resumen lo suficientemente detallado, ordenado y comprensivo de los datos preclinicos

Con respecto a los resumenes tabulados, se deben tomar en cuenta las tablas y graticas contenidas en las guias dellCH (por ejemplo la Guia M4S(R2)').

Los resultados de los estudios de farmacologia, farmacocinética y toxicologia realizados en animales/in vitra figuraran en el orden siguiente:

• Resumen escrito de farmacologia: Incluye un breve resumen inicial integrando todos los estudios farmacológicos, resumen de la farmacodjnamia, farmacologia de seguridad, de interacciones; discusión y conclusiones;

• Resumen tabulado de farmacologia;

• Resumen escrito de farmacocinética: Incluye un breve resumen inicia: integrando todos los estudios de farmacocinética, resumen de absorción, distribución, metabolismo, excreción, interacciones: discusión y conclusiones;

• Resumen tabulado de farmacocinética;

• Resumen escrito de toxlcologia: Incluye resumen Inicial integrando todos los estudios de toxlcologia. resumen de toxicidad de dosis unlca, resumen de toxicidad de dosis repetida, resumen de genotoxicidad, resumen de carcinogenicidad, resumen de toxicidad reproductiva, otros estudios de toxicidad, discusión y conclusiones;

• Resumen tabulado de toxicologia.

Cuando existan multiples estudias del mismo tipO que necesitan ser resumidos dentro de las secciones farmacocinética y toxicológica. deben ser ordenadas por "especies en experimentación", via de administración y duración (el de menor

I International Conference of Harmomsation. The Common Technical Document for ¡he Registration of PharmaceUlicals for Human use: Safety- M4$ (R2). Nonclinical Overview and Non Clinical Summaries of Module 2.

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duración primero). El orden por especies es e' sigUiente ralón, rata, hamsler, airo 'aedor, coneJo, Derro. primate no humano, otros mamíferos no roecores. no mamiferas El orden por via de administración es el sigUiente: vía destinada para uso humano. oral, Intravenosa, Intramuscular. Intrapentaneal subcutánea, inhalatoria, tópica, otra.

e, Informes de los estudios preclínicos

Si en el curso de la investigación y desarrollo del medicamento, se prOducen modificaciones en el proceso de manufactura, debe Incluirse un análisis de la cOf"1parab,lioad de :a formulación definitiva con la empleaaa en los estudiOS y de la reievancia de este hecho para los resultados pceclinicos Se repetirán los estudioS que sean necesarios en fJnción de la magn'tJd del cambio.

Los oiseros experimentales precHnicos deben aJustarse a las guias aceptadas por el ICH, la US FDA

o

ia EMA'

c.1. Estudios de Farmacología

Los estudios in viVO como In vitre que se presenten deben haber sido realizados con técnicas reconocidas y valiaadas; las técnicas experlmentaies novedosas deaen describirse de manera suficientemente pormenorizada a fin que puedan reproducirse. Los 'esultados se exp'esan en términos cuantitativos, uti::zando, por ejemplo, curvas dosis-efecto y tiempo-efecto etc Se establecerán comparaciones con los datos correspondientes a un prinCipio o principios activos con una acción terapéutica análoga

El soliCitante debe irCluir los resultados de los posibles efectos farmacodinámlcos no deseados del principio activo en las funciones fisiológicas. Tales Investigaciones deben haber sido realizadas en exposiciones correspondientes al rango terapéutico y por encima ael rr.ismo. Debe mformarse cuando se presente modJicac:ón de las respuestas por la adrr.instraciÓn reiterada del prinCipio active.

c.2. Estudios de Farmacocmétir:a

Debe incluir lOS estuclos de la absorción distribución. metaooiismo (bio:ransformaclón)

y

excreClon del pnncíp'o activo

y

sus rretabolitos

Los estudios farmacocinéticos deben permitIr !a comparación y la extrapolación entre animales y seres humanos.

e.3. Estudios de Toxicología

Los estudios toxicológicos ceben evidenCiar la toxicidad potencial del producto y los efectos peligrosos o no deseables que pudieran producirse en seres humanos en las condiciones de uso propJestas, valorándose estos efectos en función del proceso patológiCO de que se trate.

Se deaen inclUir los estucios toxcologlcos y farmacocinélicos de un eXCipiente que se utilice por primera vez en el ámbito farmacé,Jtlco.

CJando se dé la posibilidad de Jna degradación significativa durante el almacenamiento del medicamento, debe Informarse la tOXicología de los productos de la degracación.

c.3.1 ToxiCidad por dosis :mica

_.~._---2 EMA: Ew::::cean Med d;¡es Ag€f'::::'

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Los estudios de toxicIdad por dOSIS única deben lígurar por especies y vla de administracian. Se incluirán los resultados de estos estudios realizados en dos especies de mamíferos de cepa conocida. una de ellas no roedor. c.3.2. Toxicidad oe dOSIS repetida

Los estudios de toxicidad por administración repetida tienen por objeto revelar las alteraclores funcionales

yio

¡¡MIOma-patológicas subsiguientes

a

la adrr.inlstración repetida del princIpIo activo o de la comblnaclón de plindp.os activos y establecer de qué modo se relacionar dldras alteraciones con la posología.

El tiempo de duraclan m 'nlma de ,os estudios de toxicidad de dOSIS repetida debe estar de acuerdo a la siguiente tanla'

····-....·-.. ---.---,­

DURACIÓN DEL Roedores No roedores

1

TRATAMIENTO

PROPUESTO ,

--._---~...._---~....----~----~

, Hasta dos semanas

....

1 mes _ " 7 "_ _--'1-'rn"',es

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FiJente Guía ¡eH M3 (R2)

0.3.3 Estudos de Genotoxloidad

El objeto del estudiO de' potenCial mutagénlco y clastogénlco es revelar las alteraciones que puede causar una sustancia en el material genético de las perscr;as.

Estos estudios se presentan elf todos los nu&vos productos. Los estudies de genotoxicldad deben presentarse de acuerdo a lo señatad(nm las gu:as delICH. .

c.3.4. Estudios de Carclnogénes's

Estos est~dlos se presentan para toaos los medicamentos cuya utilización c;;nlca se prevea para un penodo prolongaco, ya sea de manera continuada, o reiterada e intermitente. Estos estudiOS deben presentarse para los medicamentos que presen:an un potencial carcinogenétlco, por ejemplo tomando como referenCia ur producto de la misma clase farrracológlca o estructura, o a raiz de pruebas obtenidas er estudios de toxicidad por adm1istracian contlCuada.

No son necesarios los estudios para componentes Inequívocamente genotóxlcos. SI se pretende administrar un medicamento de este tipo, de manera cranlca a seres numanos. debe presentarse un estudio para detectar efectos tumorigémcos precoces o la JustificaCión de su no inclusión

En el caso de productos que presenten resultados posij;vos en los ensayos de genotoxlclcad y/o en los estudios colos de carclnogenlcldaa, se pueoe prescindir de los estudios de carclnogenicidad a largo piazo y asumir que el producto posee potencial carcinogén:co

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Se presentarán resultaaos de dos especies (rata y ratón) con un número minlmo de

50

animales en cada sexo para todos los grupos.

c.35. Estudios de ToxIcidad ec la repro~ucclón y el desarrollo

Se deben incluir estudios sobre la repercusión en a función reproductora masculina

y

femenina. sobre los efectos tóxicos

y

teratógenos en todas las fases de desarrollo desde la concepción a la madurez sexual, asi como los efectos latentes, cuanco el medicamento ha sido administrado a ia hembra durante el embarazo. Debe jLsWicarse de manera adecuada la omisión de tales pruebas

Los estudiOS de toxicidad embrionara y fetal se presentarán en dOS especies de mamiferos, una de las cuales no debe ser un roedor. los estudios pennatales y pastnatales Se llevarán a cabo con al menos una especie Si se sane que el metabolismo de un medicamento er determinada especie es similar a la del hombre. es recomendable incluir esa especie. También es recomendable que una de ,as espec es sea la misma que la de los estudios de tOXicidad por administracióo de dOSIS repetida

c.36. Estudios de Tolerarcia local

El objetiVO de los estudios de tOierareia loca! es dete'mioar si los medicamentos (tarta los principios activos como los excipientes) se toleran en los lugares del cuerpo que pueden entrar en contacto con el .Medicamento como consecuencia de su administración durante el uso climco. El procedimiento del estudio debe ser tal que todo efecto mecánico de la administraCión, o las acciones puramerte fisiccqu'Micas del producto, puedan distinguirse de los efectos toxicológicos

°

farmacodinámicos. Deben presentarse las pruebas sobre toleranCia 10caJ realizadas con el preparado desarrollado para su uso humano, utilizando el vehicuio y/o los exc'pi!Ontes utilizados en e' grupo de :ra¡arnento O grupos de control. Las caracteristicas de lOS estudiOS de lolerpncla loca: (elección de la especie. duracIón. frecue-nclB, v¡a de admmIstración 'j dosificaCión)

oependen del problema a Investigarse y las condlc:ones propuestas de

administrac~ón en 'a utmzac!()';~ clínica, .

Los estudios en animales pueden swst'tuirse por pruebas validadas in

vítro.

siempre que los resultados de las prueoas sean de calidad y utilidad anaiogas para los fines de la evaluaCión de la seguridad.

Er e' caso de las s0stanclas qulmicas aplicadas a la piel (por ejemplo, dérmicas, rectales, vaginales) se p,esentarán estudios sobre el potencial de sensibilización corno mlnimo en uno de los sistemas de prueba actualmente dlspon,bles (ensayo con cobayas o ensayo de ganglio lirfático local).

e) SecCión clínica

a.

Análisis general

Se debe proveer una discusión e interpretación ae los halrazgos Juma coe otra información relevante (por ejemplo datos pertinentes de estudiQs en animales y aspectos de calidad que puedan tener implicanclas clinicas)

Se ofrecerá un análisis de las conc:uslc~es crnlcas. las limitaciones importantes, la evaluación de los nesgos y beneficios a parf r de las ccncluslo~es de los

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estudios clínicos. aSlnismo debe interpretarse de qué modo las conclusiones relativas a la eficacia y a la seguridad Justif:can la dOSIS propuesta y las indicaciones.

Se expondrán los oroblemas relativos a la eficacia o la seguridad que se hayan encontrado en los estudios clíniCOS. cómo fueron evaluados y resueltos. ASlmisfl'o se expondran ios problemas pendientes de resolución, Junto con los planes oara resolve rlos.

Contenido

• Racionalidad de lOS estudios ciínicos: En esla sección se debe 'dentificar la clase farmacológica. deSCribir la Indicación propuesta; asimisno se deben Incluir los estudiOS clínicos realizados y en curso. También se deoen Inc:uir las observaciones de otras Autoridades Regulatorlas con respecto a la misma aplicación

• Análisis general de la parte Blofarmacéutlca Se debe presentar un análisis crítico de cualqUier asunto importante relacionado a la blodlsDonlbllidad que pudiera afectar la eficacia ylo seguridad del medicamento

• Análisis General de la Farmacologia clinica: Se debe presen:ar un analisls crítico de la farrnacocinética. farmacodir:árnica y datos in vitro relacionados, El análislS debe considerar todos los datos relevantes y una exolicación de cómo los datos sustentan las conclUSiones mostradas. Se debe poner énfasis en resultados inus"ales y problemas potenciales o aspectos que faltan estudiar.

• Analisls General de Eficacia: Se debe presentar un análisis critico de los datos climcos pertinentes a la eficacia del producto en la DOblación prop"esta (tamblen se pueden discutir algunas diferencias que pueden encontrarse entre la población estudiada

y

la que se espera reCiba el medicamento propuesto). El anallsls debe conSiderar todos los datos relevantes sea positivo o negativo, y debe explicar el cómo los datos sustentan la Indicación propJesta (diseños de estudio. selección de paCientes, aspectos 'esta:::ís~¡cos. duración de estudios y I'endpoints" adecuados,. er¡tre o~r-:)s) y la :nformación del inserto. Se deben idertificar aquellos esiudios que se consioeren relevantes para la evaluación de la eficaCia i dar razones por las cuales otros estudios apwentemente bien contrOlados y adecuaaos no han sido Gonsijerados relevantes. Se debe señalar los estudiOS terminados prematuramente. considerando el impacto de los mismos.

• A,~álisis Gereral de Seguridad: Se debe rea:izar un análiSIS critiCO de los datos de segundad. señalando cómo los resultados sustentan y Justifican la :nformaclón de Inser10 propuesto. Se deben describir '.as reacciones adversas de medicamentos de la misma clase farmacológica Se deben discutir los eventos adversos senos (Incluyendo re/acón causal y su comparac:ór con el tratamiento y control). los eventos no serios y frecuentes Se debe dar sustento de la aplicabilidad a nuestra región y pa:s de los datos generados en otras regiones. hasta donde sea necesario. El análisis y el resumen de seguridad de esta sección deDen ser la base para Identificar temas de seguridad para la elaboración de un sistema de seguimiento de proolemas de segundad identificados (esoeclalmente eventos adversos seriOS). problerJ1as de seguridaD esperados (eventos adversos no presentados pero que se podrían presentar más adelante debido a su clase farmacoióglca o por la poca frecueccla de un determinado evento). y oe proolerJ1as de segunoad en poblaciones y condiciones no estudiadas {por ejemplo nllíos. gestantes.

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paCientes que reCiben otros medicamentos entre otros) Se debe plantear un sistema de seguimiento de los problemas anteriormente mencionados • Conclusiones sobre nesgas y beneficIos Se deben integrar loaas las

co"clusiones alcanzadas relacionadas a aspectos blofarmacéutlcos, de farmacoiogia clínica, eficacia y segundad de los productos y proveer una aproximación general de los beneficios y riesgos de su uso en :a práct,ea cliníca. Esta sección también debe considerar los riesgos y beneficios del medicamento de tal manera que comparen los beneficios con las alternativas de tratamiento disponible; y debe clanficarse el lugar esperado de este producto entre ros tratamientos disponibles para la indicaCión propuesta.

• Referencias bibliográficas

b. Resumen de la parte clínica

Se deben presentar resúmenes clíniCOS escntos y taDulados lo suficientemente detallados. orde~ados y comprensIvos de 'os datos clinicos.

Los resúmenes tabulados deben tomar como base las tablas y graficas contenidas en las guias de: ICH (por eJem"lo la Guia M4E (R1)').

E! resumen debe tener el orden sigUiente

• Resumen de los estudios blofarmacéuticos;

• Resumen de los estudios clínicos de farmacologia: Se debe describir la farmacocinélica y far'l1acodinámlca asi COrT'O estudios In vitro Se deben descnoir los aspectos criticos de diseño y ana lisis de datos:

• Resumen socre eficacia clínica Se debe describir el programa de estucios controlados y otros estudiOS pertinentes para la aplicación, empezando con un breve resumen del diseño de los estudiOS que evaluaron eficacia (estudios dosis-respuesta. eficacia comparativa, eficacia de 18r92 duraCión,

y

estudio de eficacia en poblaCiones determinadas) Se debe Inc,uir

también resúmenes de res_litados y análiSIS, los cuaies

sera

n de d8S tipos'

comparación de resultados de estudiOS indivduales y análiSIS de da:os combinados de varios estudiOS. ASlmlsr~o, se Incluirá el análiSIS de la información que sea relevante para sus~entar la dosíficación recomendada. Las tablas de esta sección (sugeridas en los documentos del leH anteriormente rrenclonaaos) deberán "rovee' resultados e ¡nformaclón importante de los estud:os;

• Resumen sobre seguridad cPnica: Se deben descfibir datos relevantes de seguridad en la poblaCión a la cual se mtenta dar el producto Los dates de segundad (relae onados y/o no relacionados) pl;eden se' considerados a 3 n'veles la extensión de la exposiCión (dosis, dLración, 'lúmero de pacientes y tipo de pacientes;, los eventos adversos y alteraCiones de laboratoric más comunes, así como los eventos adversos se:lOS, incluyendo muertes. Se debe señarar información de seguridad en grupos especiales que hayan Sido estudiados, así como mformación "OS! comercialización en caso el producto haya sido comercializado anteriormente, Las taDlas deberán mostrar InformaCión Importante de los estudios clinicos, eventos adversos serios/no senos y pacientes que se

. Interrat,onal Conference of Harmo~¡sation. ~he Commor; Technlc<il Documem for the Reg¡str¿¡:¡o~ of Pharmaceuticals fOf Human Use. Efficacy -M4E(R1) Cl¡nica· Ovennew and Clínica! Surnmary of Module 2

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DIRECTIVA SANITARIA N' ·MINSAJDIGEMID V.01.

DIRECTIVA SANITARIA PARA LA PRESENTACiÓN DE LOS ESTUDIOS Y OTROS DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN LA EFICACIA Y SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS COMPRENDIDOS EN EL NUMERAL 3DEL ARTícULO 10' DE LA LEY N'

29459.

retiraror del estudio (explicando las razones del retiro); estas tablas seguirán las -ecomendaciones del leH

• Refe-encias bibliográficas. • S:nopsis de cada estcdio

c.

Informes de estudios clinicos

Deben permitir fo-marse una op'níón suficien;emente fundada y clentificamente valida acerca de si el producto responde a los criterios previstos para la concesión dei Registro Sanitaflo por este motivo deben presentarse los resultados de los estudios clinicos que se hayan real'zado. tanto favorables como desfavorables Los datos sobre cada estudio clinico deben estar suficientemente detallados para permitir un íuicio objetivo. y contendrár:

1. El protocolo, Incluyendo la justificación. objetivos análisis estadístico. metodología del estudiO. enfermedad y/o cordición del sujeto en investigación y particularidades del medicamento;

2. La :ista de investigadores. indicando nombres

y

anelhdos. domic'lio, cargo. litúlos y responsabilidades. Se debe señalar el lugar donde se ;evo a cabo el estudio;

3 El Informe final firmado por el investigador Y. para ensayos muticéntricos. firmado por todos los investigadores o por el investigador responsable de la coord'cacicn

Se resumirá, las observaciones clínicas de cada estudio. mdicando 1. E' nj",ero de sJjetos tratados. distribuidos por sexo;

2. La selección y dis:ribución por edad de los grupos de pacientes que son objeto de investigación y las pruebas comparativas;

3. El número de pacientes que hayan sidc retirados prematuramente de los estudiOS. así coeno los molivos:

4. Cuando sean ensayos clínicos cont'olados. indicar si el grupo control

- no ha sidCt so~etid:) a tratalTíentc,

- ha recibido un.placebo:

- ha recibido otro medicamento de efecto conocido, - ha recibido un tratamiento no medicamentoso;

5. La frecuencia de los eventos adversos observados (relacionados y no relacionados, serios y no serios).

o. Todas las preciSiones sobre los pacientes que presenten una especial sersibi:ldad (ancianos niños. mujeres embarazadas o en periodo de menstruación) o cuyo estado fisiológico o patológico exija una especial consideración:

7. Parametros o criterios para evaluar la eficacia, así como los resultados referentes a estos parámetros;

8 Una evall-ación estadlstica de los resultados. de acuerdo a' diseño de los estudios y las variables ,mp:,cadas.

Adenas. el investigador debe sera lar sus observaCiones sobre:

...".-,

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DIRECTIVA SANITARIA N' ·MINSAiDIGEMID VOl,

DIRECTIVA SANITARIA PARA lA PRESENTACiÓN DE LOS ESTUDIOS Y OTROS DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN LA EFICACIA Y SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS COMPRENDIDOS EN EL NUMERAL 3 DEL ARTicULO 10' DE LA LEY N'

29459,

L Todo indicio de habltl<ación, aOlcción o dificultad en pacientes que dejan de tomar el medicam€ow;

2 Las InteracCiones observadas con otros medicamentos administrados sim ultsnea'Tlente:

3, Los cnteroos por ios cuales se exciuyeron a determinados pacientes de los ensayos;

4 Toda muerte que se haya oroducido durante el e~sayo o durante e periodo de seg uirnie~to

Los dates relativos a una nueva cornblnacion de principios activos deben ser idénticos a los que se exiger para medicame:llos nuevos, y deben Justificarse la seguridad y eficacia de la cornbinaclÓn.

Se debe Justificar cualquier ausencia de dalaS, SI se producen resultados Imprevistos a ,o largo oe los estudios, deben realizarse y documentarse estudios preclinrcos, toxicológicos y :armacológlcos adicionales

Si el rredicamento está destinado a ser admlristrado de forma proiongada, debe" suministrarse datos sobre toda moo'fcación oe la acción farmacológ.ca tras una administración reiterada, asi come sobre la determinación de una dosificación a largo plazo

La estructura y contenido de los reportes oe los estl<dios clíniCOS deben seguir las recomendaciones de la le H

c.1, Informes de estudios biofarmacéuticos

Deben señalarse cuando corresponda, informes de estudios de blodísponlbilldad, biodisponibilidad comparativa, bloeqUlvalencía. correlación in vitro· in vivo y rrétodos bioanalitlcos y analíticos

c,2. Informes de estudios sobre farmacocinética mediante biomateriales humanos

Se entregaran informes de estudiéis'

de

f¡;ación cqn ,proteinas' ce~ plasf!1a.

estudios de rretabolismo heoáti:o' e ín:era:ción de sustanc:as acti9as y estudiOS que utilicen otros biomatenaíes numanos

e.3, Informes de estudios de farmacocinética humana

Se describlrsn las caracteristicas farmacocinéticas sigUientes absorCión (velocidad y magnitud), dist"lbuclón, metabolismo y excreclór.

Deben describirse los aspectos significativos desde el punto de vista clínico, incluyendo la implicación de los datos CinétiCOS para el régimen de dosificac'ón, especialmente para los pacientes de nesgo, y las diferencias entre el hombre y las especies arlmales utliÍzadas en los estudiOS preclínlcos. Cuando el medicamento vaya a administrarse de forma habitual, simultáneamente con otros medicamentos deben propo"clonarse datos sobre los estudiOS de administración conjunta realizados para demostrar pOSibles mcdlficaclo1es de la acción farmacológica Se Investigarán las interacciones farmacocinétícas entre los principios activos y otros rnedicamentos O sustancias

cA. Informes de estudios de farmacodinamia humana

Debe demostrarse la acció,n farmacoolnámlca correlacionada con la eficaCia. incluyendO:

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DIRECTIVA SANITARIA W -MINSAlDIGEMID V,Ot

DIRECTIVA SANITARIA PARA lA PRESENTACiÓN DE lOS ESTUDIOS Y OTROS DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN lA EFICACIA Y SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS COMPRENDIDOS EN El NUMERAL 3 DEL ARTicULO 10' DE LA LEY N'

29459,

- la relación dosIs-respuesta y su curso temporal,

- la justificación de la posologia y las condiciones de administración, - cuando sea pOSible, el mecanismo de aCClon,

Se describirá la acción farmacodlnámica no relacionada con la eficacia.

La demostración de efectos farmacod'námlcos en seres humanos no bastaré por si misma para establecer conclusiones en cuanto a un posible efecte terapéutico,

Cuando el medicamento vaya a administrarse simultáneamente con otros medicamentos, deben proporcionarse datos sobre los estudios de administración conjunta realizados para demostrar posibles modificaciones de la acción farmaCOlógica ASimismo se investigarán las InteraCciones farmacodinár1icas en:re los principios act'vos y otras medicamentos o sustancias

c_5. Informes de estudios sobre eficacia y seguridad

c.5.1 Informes de estudios clinícos controíadas relativos a la indicación declarada

Se presentarán ensayos elinlcos controlados, aleatorlzados. y según corresponda conroarados con un placebo y/o Jn medicamento conocido, cuyo valor terapéutico esté bien establecido: cua:quler otro diseño deoe justificarse,

Se deben informar las medidas tomadas para evitar sesgos. incluyendo métodos de alealonzación y métodos de cegamiento.

E:

protocolo del ensayo debe incluir una deSCripción pormenOrizada de los métodos estadlstlcos. numero de pacientes, nivel de slgn:ficación y poder del estudio.

c.5.2. Informes de estudios cHncos no controlados, informes de análisis de datos obtenidos en diversos estudios

y

otros ¡nformes de estudios clínicos, Debe presentarse cualqUier aIro estudiO que se haya realizado. como ¡¡¡formes de estudios c[¡nícos no cc'ntroiados, informes de análisis de datos obtenidos en diversos estl;d,os de análisis Interino de esludlos pertinentes a las Indicaciones proouestas y estudios en curso

c.o,

Informes de experiencia posterior

a la

comercialización

SI el medicamento ya está autOrizado en otros paises, debe proporcionarse InformaCión sobre reacCiones adversas al medicamento en cuestión

y

a medicamentos que contengan los mismos prinCipiOS activos, y de ser posible en relación con la tasa de utillzaclon.

d. Referencias bibliográficas

Las referencias bibliográficas deben señalarse. de acuerdo con la edición actualizada de Unlform ReqUlrements for Manuscnpts Submitted to Biomedical Journals, Internatlonal Comm!tee of Medical Journal Ed!tors (ICMJE) Se remitirá copia de las referencias más Importantes.

V,MOongo L

/

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DIRECTIVA SANITARIA PARA LA PRESENTACiÓN DE LOS ESTUDIOS Y OTROS DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN LA EFICACIA YSEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS COMPRENDIDOS EN EL NUMERAL3 DEL ARTICULO 10' DE LA LEY N'

29459.

7. RESPONSABILIDADES 7.1. NIVEL NACIONAL

E Ministerio de Salud a través de la DIGEMD como ANM es responsable de la difusión de la presente Directiva Sanitaria hasta el nivel regional. ASimismo. es responsable de supervisar su cGmollmlento.

7.2. NIVEL REGIONAL

Las Autoridades Regionales de Salud a través ce las AJtoridades de ProdJctos Farmacéuticos DispOSitivos Médicos y Productos Saritarios a nivel regional son responsables de la difusión y cumplimiento en sus respectivas jurisdicciones

7.3. NIVEL LOCAL

Los administrados que presentan estudios de elicacia y segvidad para la inscripción en el registro sanitario de medicamentos de calegorla 3, son responsables de aplicar lo dispuesto en la presente Directiva Sanitaria.

8. ANEXOS

ANEXO 1. Pautas para la presentacíón de estudos de eficacia y seguridad en la ínscnpción en el registro sanitario de medicamentos de comprendidos en el numeral 3 del ArtiCulo 10' de la Ley N' 29459.

9. BIBLlOGRAFIA

') US Food and D'ug Adm;nistratíon GUldance lo' Industry and Revíew Stal!. Labeling for Human Prescrip:lon Drug and Blological Products-Determining Established Pharmacologlc Class fo' Use in ¡he Hígh,llghts of Presc'lbíng In~ormation. Good Revíew Practlce Disponible en:

b..tlQ;!/www.lda.90v/downloadsíDruqs/GuídanceC;ompllanceReau. ato ry I.n'ormatíon/G uída nceslUCM 186607.pdf Fecha de Visita: octubre 20' O

2) Internaticnar-Cchference Of Harmonisaiion. The Common Te:::hnica: Docurne'1t tor the

Registraríon of PharmaceJticals for Human use: Safety- M4S(R21. Nonclinical Ove'vlew and t'<on CI'nicai Sum'naries of Module 2 Organization of Module 4 2002. Disponible, en'

http.l/www.lch org!flleadmln!PJblic Web S'te!ICH ProductsíCTD/M4 R2 Saf¡;ty/M4 S R2 pdl Fecha de Visita octubre 2010.

3) Internatlonal Conference of Harmonisation. Guidance on Nonclrnical Safety Studies for the Conduct 01 Human Clínlcal Trlals ano Marketing Authorízaton for Pharmace'Jticals M3(R2). Disponib'e en:

http.i/www.ích.orq/flleadmlnIPublíc Web SitellCH ProcuctslGuidelineslSafetv/M3 R2/ Step41M3 R2 Gudelíne.pdf, Fecha de Vísita octubre 201:;.

4) Internacional Conference

o'

Harmontsallon. Guidance on Geno:oxícity Testing and Data lrlerprelalton lor Pharmaceutícals Intended for Human Use S2 (R1). Disporib:e en:

htÍjl.J/www.l~h.orqlfileadminíPubllc Web Site/ICH ProductslGcldel!nes/SafetylS2 R11 Step2/S2 R1 Guídelíne,QQf Fecha de Visita: octubre 2010

5) In:ernational Confecence 01 Harmonisatlon. The Common Technical Docu-rent for the Reglstration of Parmaceuticais 'oc Human Use. Efficacy - M4E(R1). Cltnical Overvlew arld Cílntcal Summary 01 Module 2. Module 5: Clinical Study Repores 2002. Disponible en:

V¡:Jcr~c Z,

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DIRECTIVA SANITARIA N" ·MINSAlDIGEMID V.01.

DIRECTIVA SANITARIA PARA LA PRESENTACiÓN DE LOS ESTUDIOS Y OTROS DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN LA EFICACIA Y SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS COMPRENDIDOS EN EL NUMERAL 3 DEL ARTICULO 10' DE LA LEY N'

29459.

~ttplíwww;ch.orq!lileadmin!Publ¡c Web SíteilCH Producls!CTD!M4 R 1 Efflcacy/M 4E ..~~pdfFecha de Visita: octubre 2010.

5) I nterrat,onal Conlerence 01 Harmonlsation Statistlcal Principies for Clinicaí Trials E9. 20C8" D:sponible en:

h!tp//www ích. orgífileadm1n/Public Web Site/ICH ProductsIGuídelinesiEffícacY/E:9ISte o4/E9 Guíde.ír,e pd l Fecha de Visita octubre 2010.

7) Intemational Conlerence 01 Harmonlsatior. Struc!U'e and Conten! el Clin'ca! Study Report E3. 1995 Disponible en.

h:tp:Ilwww.lchorq/fileadmíniPublic Web síte/IC H Products!Guídelines/Ef'icacy/ E3iSte p4IE3 G(jidelme.pdl Fecha de viSita. octubre 2010.

8) Ministerío de Salud. Reglamento de Ensayos Clinicos (aprobado poe Decreto Supreme N" 017-2C06-SA y modificado por Decreto Supremo N° 006-2007-SA).

9) International Confereoce of Harmonisation. General Consíderat,ons for Clínical Tnals Ea. DisDoníble en'

hItpl/www,len,orglfileadmin/Public Web Site/ICH Prcdu cts/GuldelinesfEfficacylE81Ste p4iE8 Guid!Cilne~QQ.f Fecha de viSita: octubre 2010.

10) Inremalional Conference 01 Harmonisation. Craice of Control Group and Re;ated ISSJ8S in Ciinical Tnals E10. Disponible en:

httpl/www.ich, org!fileadmínlPubiic VVeb SneflC H Products!GuldelineslEfficaev/E 1 OIS: ep4/E10 Guidelíne.pdl Fecha de VISita: octubre 2010

'1) Internal,onaí Conlerence 0 Harmonisation Sa:ety Pharmacoiogy Studíes for Human

'

PharmaCeulicals S7A. Disponible

en:

btto:llwww.:ch.orq!lileadmlniPublíc Web Si:eIICH ProduelslGuidelines/Safe;VIS7 A!Sle p4/SiA GUldeline.pol Fecha de viSita octubre 2010.

'2) International Conference 01 Harmorlsalion Pharmacovigilance Planning E2E. Disponible en'

rltp:liwww ich,orq/fileadminlPublic Web. SlteílCf-' Products!Guldelinesi,!:fficacy/E2EíS¡ ep4!E2E GLidelineodí Fecha de viSita: octubre 2010.

13) European Commisslon. Directíva 2C03i63íCE de la Comislon. de 25 de Junio de 2003, que modifica la Directiva 2001!831CE de: Parlamento Europeo v del Consejo por la que se establece un código comunitarío sobre medicaocentos para uso hum8~o. ¡Jispomb:e en: nttp:iiec.europa.eu/hea!th/liles/eJ!9raiexívol-1Idir 2003 531dlr 2003 63 eS.Ddl Fecna de visita octubre 2010

14) European Commlss!on. Directiva 2001!83/CE del Parlame"to Europeo y del ConsejO de 6 de nov'eOlbre de 2001 por la que se establece un CÓdigo comunitario sobre r1edicaOlentos para uso t-.umano. Oíspon'ole en:

http·llecelJfopa.eLjnealthllilesleudral~.xNol-1/dír 2001 8.3 con$2009/200' 83 oon52009 eS.pdf

Fecha de vísita octubre 20'0.

151 Internatíona: Commitee 01 Medlcal Journal Edltors. Uniform Requírerlents for Manuscrípts Submitted lo Biomedlcal Journals. Writlng and Editing lo' Biorledlcal Publicatíon. Disponible en nttp:i/www.icm¡e.org/urm lull.pdf Fecha de Visita: octubre 2010.

16) Us Food and Drug Admlnistration. Revlewer GUldance Conducting a Clinical Safety Review 01 a New Product App',cat,on and Preparing a Repart on the Revlew. Good Review Practice. Feoruary 2005 D:sponible en:

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DIRECTIVA SANITARIA N° -MINSAlDlGEMID V.01.

DIRECTIVA SANITARIA PARA LA PRESENTACiÓN DE lOS ESTUDIOS YOTROS DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN lA EFICACIA Y SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS COMPRENDIDOS EN EL NUMERAL 3 DEL ARTicULO 10' DE lA lEY N'

29459.

httol/www.fda.gov/OHRMSIDOCKETS/98fr/05d-0057-adIODO: .odf Fecha de visita:

oct~bre 2010

17) World Health Oegan',zatlon. Guidar.ce note to Appllcants on the compllation al the WHO Publlc Assessment Report (WHOPAR) 2009 Disponible en:

h!iQ.llapps.whointiorequaIIWHOPARMIHOPARGuíDE/WHOPAR Guid "'''DI v2-4.Ddf Fecha de visita: octubre 2010.

18) US Food a~d Drug Admlnlstratlon Code of Federal Reguiatlons Tille 21 314.50 (5) Y (6).2010. Disponible en

http.llwww.aecessdala.fda.oovlscripts!cdrhlc'doeslefefr/C F R Sea re h.. efm ?fr= 314.50 Fecha de visita octubre 2010

(20)

3

DIRECTIVA SANITARIA N° -MINSAlDIGEMID V,Ol.

DIRECTIVA SANITARIA PARA LA PRESENTACiÓN DE LOS ESTUDIOS Y OTROS DOCUMENTOS QUE SUSTENTEN LA EFICACIA Y SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS COMPRENDIDOS EN EL NUMERAL 3 DEL ARTicULO 10' DE LA LEY N'

29459,

ANEXO 1

Pautas para la presentación de estudios de eficacia y seguridad en la inscripción en el registro sanitario de medicamentos de comprendidos en el numeral 3 del Artículo

10'

de la Ley W 29459

1. Número de Ejemplares: Deben presentarse un ejemplar'

2. Idíoma: Se presentarán en Idioma origina: y cuando éste no sea el españo!, se deberé adJcntar una tradUCCión simple con la indicación y suscripción de quien realice ia traducción debidamente identificado

Formato de presentación

a) Iden!;f cación de las carpetas o volúmenes: En e; lomo de las carpetas o en un lugar v:sible de fas tapas deberá aparecer la identificación del contenido del expeciente. la que deoe inclclr como minimo ei nombre del producto y su concentración, forma

fa~macéutica. tipo de documentación que incluye y su relación co~ el ~úmero total de carpetas o volúmenes de la misma, Elemplo XXXX 400 Mg. cápSL:las. informe de Estudios Cinicos Volumen 1 de 2

b) Ide1tificac,én de cada pa1:e del expediente: Cada parle ce la documentación del expediente debe estar claramente Identificada (Índice General Introducción. Sección Preclinlca, Sección Clinlca). Pueden presentarse en carpetas independientes o en una misma con los separadores correspondientes,

el Anexos: Los anexos deben citarse en e contenido de la dOCuMentación de la cual

fo~man parte y en el indlce.

d; Organizac:on del eon:enido: Debe aparecer un indice General con los números de los VOIOMenes o ca~petas y las páginas en las que se encuentran cada uno de íOS aeapi!es que incluye. Cada volumen debe a su vez ;nciuir un indiee de lOS aspectos que

ccntier,e Cada pagina debe estar nume~ada de forma conseCutiva, a excepción de los anexes que pueden presentar una numeraci!nindependrente .

e) Solicilllli, Se utilizará

el fo~mmQ

que

p~'-~

talefeclo publica la'DlGEMlD en su

(21)

DECENIO D'::.l.A$ PFRSONAS CON DISCAP/"C10AJ EN E~ PEoR, "Arre ae :;0 Ct:¡¡$t:licoclo~ EccntlrTllcb 'i So:,O) de' PU:'"

EXPOSICION DE MOTIVOS

SUSTENTO TECNICO - LEGAL

Mediante la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos

y

Productos Samtanos, publicada el 26 de noviembre del año 2009, se definen

y

establecer los principios, normas, criterios y exigencias básicas sobre los productos farmacéuticos, dispositivos médicos

y

productos sanitarios de uso en seres humanos, en concordancia con la Política Nacional de Salud y la Politica Nacional de Medicamentos,

El Artículo 30 numerales 1 y 2 de la citada Ley, señala que los pnncipios de eficacia y seguridad, están sustentados en ios estudios preclínlcos

y

clínicos, Asimismo, la Ley señala que, para 'a inscripción en el registro sanitario de los productos comprendidos en el numeral 3 de' Artículo 100

, que contienen nuevas entidades químicas, el interesado debe

presentar los estudios y otros documentos que sustenten la eficacia y seguridad del mismo, Esta disposición es concordante con las regulaciones internacionales, especialmente de países de alta vigilancia sanitaria.

Los estudios sobre seguridad y eficacia tienen como objetivo valorar el riesgo - beneficio de un medicamento que pretende ser comercializado. En ese sentido, debe contener sufiCiente información y datos que sustenten que el medicamento es eficaz

y

seguro para las indicaCiones propuestas. En el desarrollo de un medicamento hay una lógica (basada en Criterios de eficacia

y

seguridad), por lo cual se realizan estudios en animales antes de los estudios en humanos, los estudios de fase I antes que los de fase 1I y éstos antes que los de fase 111. Todos estos estudiOS producen datos e información importante y necesaria para valorar adecuadamente a un medicamento que pretende ser aprObado.

Los estudios en animales darán información importante acerca de la toxicidad

y

carcinogenicidad (seguridad) y los parámetros a ser monitorizados por ur medicamento durante la fase de desarrollo

y

en la comercialización. Asimismo, aportarán datos necesarios para el cálculo de la dosis inicial en rumanos

Los estudios clínicos (en humanos),

como

los de fase

I

son estudios que permiten evaluar aspectos farmacocinéticos, farmacológicos y de seguridad; los estudios de fase 11 permitirán estimar la dosis adecuada para empezar los estu(jlos de fase 111, además de dar información de seguridad adicional; los estudios de fase III son estudios que pretenden semejar las condiciones en las cuales el medicamento pretende ser usado y da Información importante acerca de la eficacia

y

seguridad del medicamento

Toda solicitud para registro sanitario que requiera como requisito la presentación de estudios de seguridad y eficaCia (medicamentos comprendidos en el numeral 3) del Articulo 100 de la Ley), debe contener, como minimo. estudios preclínicos (farmacológicos,

farmacocinética

y

toxiCidad)

y

estudios clínicos (fase

1,

II

Y

111),

en general toda la información que aporte elementos importantes para valorar la seguridad/eficacia del medicamento.

Por lo expresado anteriormente se hace necesario contar con una Directiva Sanitaria para la presentación de los estudios

y

otros documentos que sustenten la eficacia

y

seguridad de los productos comprendidos en el numeral 3) del Artículo 100 de la Ley N° 29459. la

misma que tiene por objetivo establecer

y

definir los criterios técnicos para la presentación

o,.": 0,"

Od<c::o!a w: 103 - 111

S2!" I~ióro, Lima 27, PerG

(22)

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL f'ERU "ArlO de la Consolidación Económica y Social del Peru"

y organización de los estudios y documentos sobre eficacia y seguridad cuando se solicite el registro sanitario.

ANALlSIS COSTO BENEFICIO

El presente proyecto de Directiva Sanitaria no irrogará gasto alguno al Estado. IMPACTO DE LA NORMA EN LA LEGISLACION

Con la vigencia del presente proyecto de Directiva Sanitaria se aprueba la forma de presentación y organización de los estudios sobre eficacia y seguridad para la inscripción de medicamentos comprendidos en el numeral 3) de la Ley N° 29459. Esto de acuerdo a los criterios técnicos que permitan al solicitante presentar toda la documentación solicitada y a la Autoridad realizar una evaluación más eficiente.

WWVJ ,dir:!em id. mi nsa .gob. pe San Isidro, Lima 27, Pen.i

(23)

D!:::::ENIC DE LAS PERSO~AS CO'J DISCA?ACIDAD SN EL PEi\U "Ai'ló CB i" CQnso:!o¡)(~¿n Econor;H2 \ SO;:,<Jj del f'I!!Y

AYUDA MEMORIA

Mediante la Ley W 29459, Ley de lOS Productos Farmacéuticos, DISPOSitiVOS Médicos y Productos Sanitarios, puolicada el 26 de novler71bre del año 2009, se definen y establecen los principios, normas, criterios y exigencias básicas sobre los Droductos farmacéut'cos, dispositivos méa,cas y productos sanitano's de uso en seres humanos, en concordancia con la Politlca Nacional de Salud y la Politica NaCional de Medicamentos,

Que, el Articulo 10° oe la Ley de íos Productos Farmacéuticos, DispositivoS Médicos y Productos Sanitarios N° 29459 claSifica a los medicamentos para efectos de su Inscripción y reinscrrpción en: 1) Productos cuyos principIOS activos o las asociaCiones se encuentran en el Petltor;o NaCional de Medicamentos Esenciales, 2) Productos cuyos princpios activos o las asociaciones no se encuentran en el Petitorro Naciona: de MedIcamentos Esenciales y se encuentran registrados en paises ce alta vigilancia sa~itafia, Incluyéndose en este numeral 'os productos cuyos principios activos

°

asociac'ones hayan sido registrados en e, Perú en la categorla 3 a partir de la vigencia de 'a Ley; y 3) Productos cuyos principios activos no se encuentran considerados en los numerales 1)

y 2)

El ,"IrlíGulo 1O' de la citada Ley, refiere que, para la InscripCión en el registro sanitario de los productos comprendidos en e' nUIT·eral 3) de a'cho Articulo. adicionalmente, el Interesado debe presentar ios estudiOS y otros documentos que sustentan ia efcacia y segundad del producto, Los estudios sobre segur,dad y eficacia tienen como objetivo valorar ei r,esgo - beneficio de un lTedlcamento que pretende se' comerCializado, En ese sentido. debe contener suficiente información y datos que sustenten que el medicamento es eficaz y seguro para las inocaciones propuestas. En el desa'rollo de un medica'11ento hay una lógica (basada en criterios de eficacia y seguridad). por ,a cual se realizan estudiOS en animales antes de los estudiOS en humanos, lOS estudiOS de 'ase I antes que los de 'ase 11 y éstos a~tes que los de fase 111. Todos es:os estudios producen dalos e Información Importante y necesaria para valo'ar adecuadamente a un n1edicamento que pretende ser aprobado

En general los estuOIos no cilnicos y clínicos, apor:an elen1entos necesarios e importa~tes para valorar la segurrsad y eficacia de los medicaMentos.

Toda soik:itud para regis:ro sanitario que requIera corno requisito la üresentaclón de estudios .de segur dad y eficacia (medicamentos comprendidos en el nUMeral 3) de la Ley N' 29459). debe

conter¡er Gomo mirimo estudios precHnicos (far'T'!3Cológ:cos. farmacoc1nética y toxlcid¿:d) yes:udios clíniCOS (fase 1, 11 Y 111), e" genera, toda :a información que aporte elementos imcorlanteS para valorar '3 segundad ¡eficaCia del medicamento

Por lo expresado an:eriorlTe~te, se hace necesario contar con una Directiva Sanitaria para la presentaci6n de los estudios y otros dOCU'11entos que sustenten la eficaCia y segundad de los produc:os comprenaidos en el nU'11eral 3) del Articuio 10' de la Ley N' 29459, la misma oue tiene po' objetivo es,ablecer y definir los criterios técniCOS para :a presentación

y

o'ganizacion de los estudios y documentos sacre eficaCia y segur:dad cuando se soilcite el registro sanitano.

S,)n 15icrc, L'ma 27" Peru

Referencias

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