P P P L L L A A A N N N D D D E E E A A A C C C T T T I I I V V V I I I D D D A A A D D D E E E S S S 2 2 2 0 0 0 0 0 0 9 9 9
I IN I N N S ST S T TI I IT T TU U U T TO T O O D D DE E E N N N E EU E U U R R R O OC O C C I IR I R RU U U G GÍ G Í ÍA A A D D D R R R . . . A A A L LF L F FO O ON N N S SO S O O A A A S S S E EN E N N J J J O O O
A A A N N N E E E X X X O O O N N N ° ° ° 2 2 2
G G G L LO L O OS S S A AR A R RI I IO O O D D DE E E T T TÉ É É R R R M M M I I I N NO N O O S S S
Y Y Y A A AB B BR R R E E E V V V I I I A A A T TU T U UR R R A AS A S S
GLOSARIO DE TÉRMINOS
ACREDITACIÓN1: Acreditación es el primer peldaño en la gestión de la calidad, cuya instalación debe ser gradual y permanente en el tiempo. Para desplegar la gestión a la cual apuntamos debemos tener en cuenta algunos factores críticos: Instalación de una política de calidad institucional, que sea una definición explicita de los lineamientos medulares de la institución, incorporados a su Misión y Visión, la cual en consecuencia lleve a un cambio cultural, Priorización de los temas de calidad sobre otros, de manera de reorganizar las estructuras institucionales, derivando recursos humanos y económicos para el desarrollo del plan a ejecutar, La Dirección de la institución debe liderar la instalación de una cultura de calidad basada en el mejoramiento de los procesos, Involucrar a todos los funcionarios del establecimiento “La calidad no es responsabilidad de los jefes, ES DE TODOS “, Formación de una estructura de calidad formal con resolución de horas y funciones.
Además de las cuatro intervenciones mencionadas, los hospitales vigilan otras intervenciones, generalmente clasificadas como cirugías complejas que constituyen “indicadores condicionales”. Estos indicadores se consideran relevantes debido a que la infección constituye la complicación de mayor riesgo en términos de morbilidad, mortalidad, discapacidad y costo.
ARSENAL DISPOSITIVOS MÉDICOS: Documento que contiene la nómina de dispositivos médicos del Instituto de Neurocirugía.
ARSENAL FARMACOLOGICO: Documento que contiene la nómina de productos farmacéuticos y/o medicamentos del Instituto de Neurocirugía. Asimismo, el sistema incorpora incentivos de prestigio que generan competencia entre las entidades para ofrecer mejores servicios, lo cual redundará directamente en beneficio de los usuarios, quienes se manifestaran más satisfechos en aquellas instituciones que presenten más altos estándares de calidad.
AUTOGESTION EN RED: Se entiende al modelo, instalado por la Ley 19.937, que entrega autonomía administrativa a los establecimientos, que acreditan para tal calidad, a la vez que potencia la red asistencial.
A diferencia de modelos de “autonomía hospitalaria” que busca prestadores que con máxima flexibilidad de los factores de producción, sean autónomos en sus decisiones asistenciales para competir en el mercado de prestadores. Este modelo opta por disminuir la autonomía de los establecimientos en el orden de las decisiones sanitarias, aumenta las competencias para una administración autónoma y amplia los espacios de cooperación tras objetivos sanitarios comunes que determina la autoridad2.
AUTORIZACIÓN SANITARIA3: Permiso administrativo que otorga la autoridad sanitaria regional que permite el funcionamiento de un establecimiento de salud verificando si cumple los requisitos básicos de organización, infraestructura y equipamiento que permitan otorgar una atención segura.
CENTRO DE COSTOS: Unidad hospitalaria que genera gastos en procesos intermedios, los que deben ser cargados a uno o varios centros de responsabilidad. Por lo tanto, cada centro de responsabilidad puede guardar relación con varios centros de costos (por ejemplo en el caso del INCA, centro de responsabilidad
“Áreas Asistenciales Ambulatorias” consta de centro de costos policlínico y urgencia). Cada centro de costos, puede identificar uno o más productos, sus costos totales y medios.
1 Manual de Acreditación Sanitaria. MINSAL.
2 Serie de Cuadernos, Manual Administrativo N°9, Modelo de Gestión de Establecimientos Hospitalarios, Subsecretaría de Redes Asistenciales, Ministerio de Salud.
3 Artículo 7 y 129 del Código Sanitario. Normas de AS del Decreto n° 161-82- MINSAL “Reglamento de hospitales y clínicas”.
CENTRO DE RESPONSABILIDAD: Son las unidades de gestión clínica, o unidades funcionales asistenciales, que generan productos intermedios o finales homogéneos, susceptibles de ser medidos, que tienen un solo responsable, que se ajustan al modelo productivo del establecimiento, que identifica su demanda, sus usuarios y las metas productivas que se le han solicitado, así como el presupuesto que cuenta para ello, y que tienen grados de autonomía y flexibilidad para el uso de recursos4.
COMITÉ DE FARMACIA Y TERAPÉUTICA: Organismo técnico-asesor de la Dirección del Hospital, en materias relativas al uso y manejo de medicamentos y dispositivos médicos necesarios para la atención de los pacientes.
COMPRA DE SERVICIOS: Para efectos de este manual debe considerarse como tal, toda vez que el prestador obtenga servicios de un tercero, independientemente de la presencia de contraprestaciones pecuniarias5.
COMPRENSIÓN: Es la capacidad de comprender el paciente que recibe la información.
CONSENTIMIENTO INFORMADO: Es el procedimiento médico formal, cuyo objetivo es aplicar el principio de autonomía del paciente. Debe reunir al menos 3 requisitos que son:
DISPENSACION: Acto farmacéutico de proporcionar uno o más medicamentos a un paciente, generalmente como respuesta a una presentación a una receta elaborada por un profesional autorizado. En este acto, se informa y orienta al paciente sobre el uso adecuado de dicho medicamento. Son elementos importantes de esta orientación, entre otros, el énfasis en el cumplimiento del régimen de dosificación, la influencia de los alimentos, la interacción con otros medicamentos, el reconocimiento de reacciones adversas potenciales y las condiciones de conservación del producto.
DISPOSITIVO MEDICO ó INSUMO CLÍNICO: Cualquier instrumento, aparato, aplicación, material u otro artículo, incluyendo software, usado solo o en combinación, definido por el fabricante para ser usado en seres humanos con el propósito de: Diagnóstico, prevención ,seguimiento, tratamiento o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad, Investigación, reemplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, Regulación de la concepción, y cuya acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función.
EGRESO6. Retiro de los servicios de hospitalización de un paciente que ocupado una cama del hospital.
Puede darse por: Alta Médica, Traslado a otro hospital, Fallecimiento, Retiro voluntario del paciente, Otro.
EMERGENCIA O URGENCIA: condición de salud o cuadro clínico que implique riesgo vital y/o riesgo de secuela funcional grave para una persona, de no mediar atención médica inmediata e impostergable.
EVENTO ADVERSO: situación o acontecimiento inesperado relacionado con la atención sanitaria recibida por un paciente que tiene, o puede tener, consecuencias negativas para el mismo y que no está relacionado con el curso natural de la enfermedad.
GARANTIAS EXPLICITAS EN SALUD (GES): La cobertura GES asegura la Garantía de acceso, calidad, oportunidad y protección financiera de 56 Problemas de Salud, definidas en la Ley 19.966, y el Decreto N°44,
4 Serie de Cuadernos, Manual Administrativo N°9, Modelo de Gestión de Establecimientos Hospitalarios, Subsecretaría de Redes Asistenciales, Ministerio de Salud.
5 Manual de Acreditación de prestadores institucionales, Establecimientos de Atención Abierta, Departamento de Calidad y Seguridad el Paciente, Subsecretaría de Redes Asistenciales, Ministerio de Salud, Agosto 2008.
6 Departamento de Estadística e Informaciones del MINSAL.
que serán otorgadas siempre y cuando sean tratadas en una Red Cerrada de Prestadores del Sistema Público y Privado.
GASTOS DEVENGADOS: Corresponde al reconocimiento y registro de las transacciones en la contabilidad, por conceptos de gastos realizados en un periodo, ya sea en Personal y/o compras de bienes y servicios, a través de facturas de proveedores y que representan el reconocimiento de la obligación contraída (cuentas por pagar) a pesar de que el desembolso (Pago), pueda estar hecho, todo o parte en un periodo posterior.
INDICADORES: Especificación cuantitativa que permite verificar el nivel de logro alcanzado por el proyecto/programa en el cumplimiento de sus objetivos. Es una expresión que establece una relación entre dos o más variables y permite la comparación entre distintos períodos, productos (bienes o servicios) similares o una meta o compromiso7.
INFECCIONES DE HERIDA OPERATORIA (IHO). Las infecciones de la herida operatoria (IHO) pueden observarse en todo tipo de intervenciones quirúrgicas. El riesgo de IHO depende del tipo de cirugía y de factores propios del hospedero. Con el fin de controlar por los factores de riesgo y permitir una mejor comparación entre hospitales, la vigilancia se realiza por intervenciones específicas con el supuesto que los factores del hospedero son similares entre establecimientos: cesárea, hernias inguinales, colecistectomía laparoscópica y por laparotomía entre otras.
INFECCIONES DEL TORRENTE SANGUÍNEO (ITS): Las infecciones del torrente sanguíneo (bacteremias, septicemias) nosocomiales tienen gran cantidad de factores de riesgo conocidos, siendo los principales el uso de catéteres venosos, la inmunosupresión severa y las edades extremas de la vida. El riesgo de ITS asociado a catéteres depende del tipo de catéter, la duración de su uso y aspectos relacionados con la técnica aséptica en su instalación y manipulación. La vigilancia de ITS se concentra en pacientes con catéteres venosos centrales (CVC), catéteres umbilicales (CU), uso de nutrición parenteral total (NPT), catéteres para hemodiálisis y pacientes inmunodeprimidos. Esta vigilancia no incluye otras infecciones respiratorias ni las neumonías que no se asocian a ventilación mecánica.
INFECCIONES DEL TRACTO URINARIO (ITU): El factor de riesgo más importante de adquirir infecciones urinarias hospitalarias es el uso de catéter urinario permanente (CUP), en particular la duración del cateterismo. Más del 90% de las ITU intrahospitalarias están relacionadas con su uso. Por lo anterior la vigilancia de las infecciones del tracto urinario (ITU) se concentra en las que se asocian al uso de CUP en tres tipos de servicios clínicos de adultos: Medicina Interna, Cirugía y las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI).
INFECCIONES GASTROINTESTINALES (IGI): Las infecciones gastrointestinales se vigilaron en dos servicios clínicos pediátricos: Lactantes y Neonatología. Se utilizó el denominador “número de egresos”
dado que se consideró en riesgo a la totalidad de los pacientes.
INFECCIONES RESPIRATORIAS INFERIORES (IRB): Las infecciones respiratorias inferiores constituyen un grupo variado de infecciones que incluyen cuadros clínicos que varían desde neumonías a bronquitis y traqueitis. El sistema vigila sólo las neumonías, específicamente en pacientes en ventilación mecánica (VM), utilizando el denominador “días de ventilación mecánica” y “número de pacientes con ventilación mecánica”.
INFORMACIÓN: Debe ser comprensible y debe incluir el objetivo del tratamiento o del estudio, su procedimiento, los beneficios y riesgos potenciales y la posibilidad de rechazar el tratamiento o estudio una vez iniciado en cualquier momento, sin que ello le pueda perjudicar en otros tratamientos.
7 Curso Formación Para la Elaboración de Planes de Mejora, Chile Calidad, 2006.
Institucionalmente cuando una entidad desarrolla procesos de mejoramiento que apuntan a lograr el cumplimiento de los estándares de acreditación obtienen un Incremento de la probabilidad de que el paciente/cliente sea atendido con el pleno cumplimiento de sus derechos. La selección de neumonías asociadas a ventilación mecánica se basó en su alta mortalidad y en que es una IIH prevenible y que los expuestos son claramente identificados. También se consideró el hecho que el número de pacientes en ventilación mecánica es pequeño, menos del 5% de los pacientes del hospital, que generan más de 50% de las neumonías. Las tasas de neumonía por días de ventilación mecánica y pacientes en ventilación mecánica demuestran que el riesgo es mayor en los adultos que en pacientes pediátricos y neonatológicos (RR = 3,2) (P<0,00001) y no se observa diferencias entre estos dos últimos (P =0,2).
MEDICAMENTO O PRODUCTO FARMACÉUTICO: Toda sustancia natural o sintética o mezcla de ellas, que se destina a la administración al hombre o a los animales con fines de curación, atenuación, tratamiento, prevención y diagnóstico de las enfermedades o sus síntomas.
NOMBRE GENÉRICO: Nombre empleado para distinguir un principio activo no amparado por una marca comercial.
PLAN DE MEJORA: El Plan de Mejora es un instrumento de planificación para intervenir en los procesos a partir de las Oportunidades de Mejora o brechas identificadas en la evaluación8. El supuesto de fondo es que una vez implementado el plan de mejora y evaluados sus resultados, la organización debiera aumentar su puntaje en ese elemento de gestión y con ello, su gestión global. Las continuas evaluaciones de la gestión e implantación de planes de mejora sobre las brechas detectadas constituyen el camino de la mejora continua y la excelencia. Cabe señalar que un plan de mejora puede ir desde el ajuste simple de una práctica, como puede ser la programación de reuniones mensuales, hasta planes complejos que aborden el mejoramiento de un sistema de evaluación de desempeño, por nombrar dos ejemplos. Por lo tanto, no necesariamente representan una inversión para la organización.
RECETA MÉDICA: Es una receta foliada con el membrete del Servicio de Salud Metropolitano Oriente y del Instituto de Neurocirugía, que se entrega bajo firma sólo a los médicos autorizados para prescribir dentro del Instituto.
RED ASISTENCIAL: Conjunto de establecimientos asistenciales públicos, establecimientos municipales de atención primaria de salud que forman parte del Servicio de Salud y los demás establecimientos públicos o privados que suscriben convenio con el Servicio de de Salud respectivo, conforme al Artículo 2° de esta Ley9, los cuales deberán colaborar y complementarse entre sí para resolver de manera efectiva las necesidades de salud de la población. La definición citada anteriormente, corresponde a la establecida legalmente. Sin embargo es necesario precisar que para efectos operativos se entiende Red Asistencial Pública como:
Sistema de organizaciones públicas en convenio, que coordinan potencian y complementan en actividades destinadas a la promoción, prevención, tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas con problemas de salud. Los problemas de salud se abordan a través de elementos estructurales (establecimientos), funcionales (mecanismo de interconexión, referencias y contrarreferencias, redes de apoyo familiar y social), y por los equipos de salud. En la red debe haber complementariedad, integración y corresponsabilidad al interior y entre los establecimientos que la componen.
REGIMEN GENERAL DE GARANTÍAS EN SALUD (AUGE): “Instrumento de regulación sanitaria que forma parte integrante del Régimen de Prestaciones de Salud a que se refiere el Artículo 4° de la Ley N°18.469.
Se elabora de acuerdo al Plan Nacional de Salud y a los recursos de que disponga el país y establece las prestaciones de carácter promocional, preventivo, curativo, de rehabilitación y paliativo, y los programas que
8 Curso Formación Para la Elaboración de Planes de Mejora, Chile Calidad, 2006.
9 Ley 19.337 de Autoridad Sanitaria y Gestión, Artículo 16, Febrero de 2004.
el Fondo Nacional de Salud deberá cubrir a sus respectivos beneficiarios, en su modalidad de atención institucional, conforme a lo establecido en la Ley N°18.469”10.
SUBTÍTULO 21: Comprende todos los gastos que, por concepto de remuneraciones, aportes del empleador y otros gastos relativos al personal, realiza el Instituto de Neurocirugía, para el pago del personal en actividad.
SUBTÍTULO 22: Comprende los gastos por adquisiciones de bienes de consumo y servicios no personales, necesarios para el cumplimiento de las funciones y actividades del Instituto de Neurocirugía. Asimismo, incluye los gastos derivados del pago de determinados impuestos, tasas, derechos y otros gravámenes de naturaleza similar, que en cada caso se indican.
Toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su consentimiento para someterse a cualquier tratamiento invasivo de cirugía mayor o compleja, y otros que defina el Ministerio de Salud, salvo que la negativa pueda implicar su muerte y siempre que no exista otro procedimiento alternativo. Para ejercer este derecho los profesionales, tratantes están obligados a proporcionar información completa al respecto, en forma oral y también por escrito, en un formulario que deberá firmar la persona o su representante legal, en caso que decida otorgar o denegar su consentimiento11.
VENTRICULITIS: El diagnóstico de ventriculitos asociado a catéter ventricular se establece ante la presencia de síntomas neurológicos, fiebre, y cambios citoquímicos en el LCR, aún cuándo no exista confirmación microbiológica.
VOLUNTARIEDAD: Los sujetos deben decidir libremente someterse a un tratamiento o participar en un estudio sin que haya persuasión, manipulación ni coerción. El carácter voluntario del consentimiento es vulnerado cuando es solicitado por personas en posición de autoridad o no se ofrece un tiempo suficiente al paciente para reflexionar, consultar o decidir.
10 Ley 19.666 de Régimen General de Garantías en Salud, Artículo N°1.
11 Proyecto de Ley sobre los Deberes y Derechos de las Personas en Salud, Proyecto de Ley, Párrafo 7, Artículo 16. Junio 2001, en trámite Legislativo.
GLOSARIO DE ABREVIATURAS
CVC. Catéter Venoso Central DVE. Derivativa Ventricular Externa.
FBC. Fibrobroncoscopia.
IGI. Infecciones Gastrointestinales.
IHO. Infecciones de Herida Operatoria.
INCA. Instituto de Neurocirugía Dr. Asenjo.
IRB. Infecciones Respiratorias Inferiores.
ITS. Infecciones del Torrente Sanguíneo.
ITU. Infecciones del Tracto Urinario.
LCR. Líquido Céfalo Raquídeo.
PPI. Prestaciones Institucionales.
PPV. Prestaciones Valoradas.
SAM. Sistema de Agendación Médica.
SDO. Subdirección de Operaciones.
SNG. Sonda Nasogastrica.
TET. Tubo Endotracreal.
UCI. Unidad de Cuidados Intensivos.
UTI. Unidad de Tratamiento Intermedio.
VM. Ventilación Mecánica.