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Sistema Peruano de Información Jurídica

Sábado, 02 de febrero de 2013

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Autorizan viaje a Alemania del Ministro de Agricultura y encargan su Despacho a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

RESOLUCION SUPREMA Nº 031-2013-PCM Lima, 1 de febrero de 2013

VISTO:

El Oficio Nº 17-2013-MINCETUR/DM, de fecha 16 de enero de 2013, del Ministro de Comercio Exterior y Turismo, la Nota de Envío Nº 7564-13-SEGMA, de fecha 24 de enero de 2013, de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y el Oficio Nº 24-2013-PROMPERU/DPE, de fecha 30 de enero de 2013, del Director de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 17-2013-MINCETUR/DM, de fecha 16 de enero de 2013, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, comunica al señor Milton von Hesse, Ministro de Agricultura, que el Perú ha sido designado como País Invitado de Honor en la próxima versión de la Feria Fruit Logística, así como comunica la realización de la EXPO Perú - Alemania 2013, las mismas que se realizarán simultáneamente del 06 al 08 de febrero de 2013, en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania;

Que, mediante el Oficio Nº 24-2013-PROMPERU/DPE, de fecha 30 de enero de 2013, dirigido a la Secretaria General del Ministerio de Agricultura, el Director de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, comunica que los eventos Fruit Logística y EXPO Perú - Alemania 2013, se llevarán a cabo del 05 al 08 de febrero de 2013, en atención al Programa de los mismos;

Que, el objetivo de la participación del Ministro de Agricultura, entre otros, consiste en participar en las reuniones con altos funcionarios públicos y privados, para abordar temas relacionados sobre la entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio (TLC), suscrito entre la República del Perú y la Unión Europea, cooperación e intercambio de experiencias en producción orgánica, cooperación técnica para el mejoramiento de capacidades en temas relacionados a calidad y estandarización de productos, entre los asuntos de mayor importancia;

Que, teniendo en cuenta el interés institucional en participar de los referidos eventos, a efectos de sumar esfuerzos con otros sectores nacionales para lograr una exitosa participación del país, lo cual refleja el dinamismo alcanzado a nivel mundial en el campo de las exportaciones y las inversiones, resulta procedente autorizar el viaje del señor Milton Martín von Hesse La Serna, Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura, a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania;

Que, los gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 013: Ministerio de Agricultura;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG y la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Milton Martín von Hesse La Serna, Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura, a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, del 04 al 07 de febrero de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

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Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle:

Milton Martín von Hesse La Serna

Pasajes (incluye TUUA) US$ 4,000.00

Viáticos US$ 1,040.00

TOTAL US$ 5,040.00

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Artículo 4.- Encargar el Despacho del Ministro de Agricultura a la señora Carolina Trivelli Ávila, Ministra de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, a partir del 04 de febrero de 2013 y mientras dure la ausencia del titular.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR

Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura

Autorizan viaje a Alemania del Ministro de Comercio Exterior y Turismo y encargan su Despacho a la Ministra de la Producción

RESOLUCION SUPREMA Nº 032-2013-PCM Lima, 1 de febrero de 2013

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR viene desarrollando actividades de promoción en diversos países a través del evento EXPOPERÚ, con la finalidad de fomentar las exportaciones no tradicionales, difundir nuestra oferta exportable, impulsar la solución de los obstáculos al comercio existentes, atraer la inversión extranjera, consolidar la presencia del Perú (empresas, productos y servicios) en los mercados priorizados y promover la imagen del Perú;

Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT, viajará a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, para participar en el evento EXPO PERU, que se llevará a cabo del 5 al 7 de febrero de 2013; evento que comprende actividades tales como: un foro de comercio e inversiones, la exhibición de productos de exportación en la Feria Fruit Logística, donde el Perú es el País Invitado, la promoción de destinos turísticos, así como la realización de una rueda de prensa, entrevistas con prensa especializada en turismo, comercio e inversiones y reuniones de trabajo con autoridades alemanas públicas y privadas;

Que, por lo expuesto, es necesario otorgar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la autorización de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia;

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De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, del 3 al 7 de febrero de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes : US$ 4 565,37

Viáticos : US$ 1 040,00

Artículo 3.- Encargar a la señorita GLADYS MÓNICA TRIVEÑO CHAN JAN, Ministra de la Producción, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 3 de febrero de 2013 y en tanto dure la ausencia del titular.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR

Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

AGRICULTURA

Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-AG

DECRETO SUPREMO Nº 003-2013-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Principio de participación de la población y cultura del agua, previsto en el numeral 3 del Artículo III de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, el Estado crea mecanismos para la participación de los usuarios en la gestión de los recursos hídricos, entre otros, y fomenta el fortalecimiento institucional y el desarrollo técnico de las organizaciones de usuarios de agua;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-AG, se aprobó el Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua, el cual tiene como objeto regular el funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua previstas en la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, estableciendo sus formas de organización, estructura y funciones; así como el proceso de elecciones de sus consejos directivos, respetándose su autonomía como asociaciones civiles;

Que, la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú, ha solicitado la ampliación de los plazos establecidos en la Primera y Tercera Disposiciones Complementarias Transitorias del citado Reglamento, para

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la adecuación del estatuto de las organizaciones de usuarios existentes y el proceso eleccionario de sus consejos directivos para el periodo 2013 - 2015;

Que, la Autoridad Nacional del Agua, ha evaluado el pedido indicado en el considerando precedente, y propone la modificación del Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua;

Que, con la finalidad de optimizar la participación activa de los usuarios de agua en la gestión multisectorial de los recursos hídricos, resulta necesario efectuar modificaciones al Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua, orientadas a regular el proceso de adecuación de sus estatutos, el proceso eleccionario para la renovación de sus juntas directivas y el fortalecimiento de su autonomía como asociaciones civiles; y,

En uso de la atribución conferida por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, de conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos;

DECRETA:

Artículo 1.- Modificación de los artículos 10, 49 y de la Primera, Tercera, Cuarta y Quinta Disposiciones Complementarias Transitorias del Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua

1.1 Modifíquese el numeral 10.3 del artículo 10, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos:

“Artículo 10.- Personería jurídica de las organizaciones de usuarios de agua (…)

10.3 Para el otorgamiento de la constancia a que se refiere el numeral anterior, la Administración Local de Agua respectiva, bajo responsabilidad, deberá verificar los documentos presentados, realizar las constataciones de campo necesarias, y que en el mismo sector o sub sector hidráulico donde se pretende constituir la organización de usuarios, no exista constituida otra organización de la misma naturaleza”.

1.2 Modifíquese el numeral 49.4 del artículo 49, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos:

“Artículo 49.- Impugnaciones del Acto Electoral (…)

49.4 De declararse infundada la impugnación se devuelve todo lo actuado al Comité Electoral para que proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 50 del presente Reglamento.

(…)”.

1.3 Modifíquese el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria, la misma que quedará redactada en los siguientes términos:

“Primera.- Adecuación de las organizaciones de usuarios de agua

Las organizaciones de usuarios de agua, creadas con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento, deberán adecuar su estatuto y ámbitos de actuación a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG y el presente Reglamento, en el plazo de seis (06) meses, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Reglamento que se cumplen el 30 de junio de 2013.

(…)”.

1.4 Modifíquese la Tercera Disposición Complementaria Transitoria, la misma que quedará redactada en los siguientes términos:

“Tercera.- Elecciones de consejos directivos de las organizaciones de usuarios de agua

3.1 La elección de los consejos directivos de los comités, comisiones y juntas de usuarios para el periodo 2014 - 2016, se realizará de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Título V del presente Reglamento y en los plazos máximos siguientes:

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a. Para la elección del consejo directivo de los comités de usuarios, hasta el domingo 20 de octubre del año 2013.

b. Para la elección del consejo directivo de las comisiones de usuarios, hasta el domingo 15 de setiembre del año 2013.

c. Para la elección del consejo directivo de las juntas de usuarios, hasta el domingo 20 de octubre del año 2013.

3.2 Prorrogar, por esta única vez, hasta el 30 de noviembre del año 2013, el mandato de las actuales juntas directivas de las organizaciones de usuarios de agua. Las organizaciones de usuarios que se encuentren inscritas en los Registros Públicos deberán solicitar la inscripción de la prórroga en virtud del presente dispositivo.

3.3 Establézcase que el mandato de los consejos directivos electos de las organizaciones de usuarios para el periodo 2014 - 2016, se iniciará el 01 de diciembre del año 2013 y concluirá el 31 de diciembre del año 2016”.

1.5 Modifíquese el primer y tercer párrafos de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria, la misma que quedará redactada en los siguientes términos:

“Cuarta.- Elecciones en caso de no adecuación en el plazo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria

Las organizaciones de usuarios de agua que no se adecuaron en el plazo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria, llevarán a cabo su proceso de elecciones para el periodo de elecciones 2014 - 2016, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Título V del presente Reglamento y en los plazos establecidos en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria.

(…)

El consejo directivo electo tendrá a su cargo la responsabilidad de adecuar el estatuto de la organización de usuarios de agua, durante el plazo de vigencia de su mandato, conforme a lo establecido en el numeral 3.3 de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria”.

1.6 Modifíquese la Quinta Disposición Complementaria Transitoria, la misma que quedará redactada en los siguientes términos:

“Quinta.- Organizaciones de usuarios de agua irregulares

5.1. Las organizaciones de usuarios de agua que no llevaron a cabo su proceso eleccionario en los plazos previstos en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria, serán consideradas como organizaciones de usuarios de agua irregulares.

5.2 En el supuesto señalado en el numeral 5.1 precedente, serán de aplicación las disposiciones previstas en el numeral 24.3 del artículo 24 y en el numeral 29.2 del artículo 29 del presente Reglamento.

5.3 La Autoridad Nacional del Agua dictará mediante Resolución Jefatural, las disposiciones necesarias para garantizar la operación, mantenimiento, desarrollo de la infraestructura hidráulica y distribución del agua, a cargo de las organizaciones de usuarios de agua que devinieron en irregulares, en tanto se elija al nuevo consejo directivo de la organización”.

Artículo 2.- Incorporación de la Cuarta y Quinta Disposiciones Complementarias Finales al Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua

Incorpórese al Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua, la Cuarta y Quinta Disposiciones Complementarias Finales, las mismas que quedarán redactadas en los siguientes términos:

“Cuarta.- Actividades de la junta de usuarios durante la inscripción registral del consejo directivo electo

En tanto se encuentre en trámite la inscripción registral del consejo directivo electo a que se refiere el numeral 53.4 del artículo 53 del presente Reglamento, el consejo directivo electo de la junta de usuarios, tendrá a su cargo la operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica y distribución del agua, desde la fecha en que asume el mandato”.

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“Quinta.- Vocalías en el consejo directivo de las juntas de usuarios

Con la finalidad de garantizar la participación de todos los usuarios de agua que la integran, en el estatuto de las juntas de usuarios se podrá establecer la incorporación de vocalías adicionales a las establecidas en el literal b) artículo 21 del presente Reglamento”.

Artículo 3.- Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de febrero del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República MILTON VON HESSE LA SERNA

Ministro de Agricultura

Autorizan viaje a Bolivia de funcionario del SENASA, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 002-2013-AG

Lima, 1 de febrero de 2013 VISTO:

La Carta SG-X/D.1.10/791-2012, de fecha 17 de diciembre de 2012, del Coordinador del Programa Calidad y Sanidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina, los Oficios Nºs. 0016 y 0020-2013-AG-SENASA, de fechas 17 y 22 de enero de 2013, respectivamente, ambos del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, y la Nota de Envío Nº 7902-13 de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Carta SG-X/D.1.10/791-2012, de fecha 17 de diciembre de 2012, dirigida al Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, el Coordinador del Programa Calidad y Sanidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina, convoca a la Reunión Presencial del Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria (COTASA) - Plaguicidas, la misma que se llevará a cabo del 04 al 08 de febrero de 2013, en la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, según lo acordado en la Reunión del CXLIX COTASA - Plaguicidas;

Que, el objetivo del referido evento consiste, entre otros, en revisar la propuesta peruana sobre la modificación de la Decisión 436 y sus modificatorias, revisar las propuestas técnicas del periodo de reingreso, así como revisar las propuestas sobre agrupación de cultivos con fines de homologación de ensayos de eficacia;

Que, por Carta-0002-2013-AG-SENASA, de fecha 10 de enero de 2013, el Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, comunica al Coordinador del Programa Calidad y Sanidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina, que a la mencionada reunión presencial del COTASA, asistirá el ingeniero Carlos Caballero Solís, Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria;

Que, los gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160:

Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo indicado en el Memorándum Nº 0009-2013-AG-SENASA de fecha 16 de enero de 2013, emitido por el Director General de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA;

Que, siendo de interés para el país la participación del representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, resulta procedente autorizar el viaje del citado funcionario, por cuanto se abordarán diversos temas materia de la Reunión Presencial del COTASA, entre ellos, revisar la propuesta peruana sobre la modificación de la Decisión 436 y sus modificatorias;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su

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Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización de Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG y la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Carlos Benjamín Caballero Solís, Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 03 al 09 de febrero de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (incluye TUUA) US$ 1,145.98

Viáticos US$ 1,200.00

Total US$ 2,345.98

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR

Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura

Designan miembro de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango - Tumbes, Capítulo Perú

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0033-2013-AG Lima, 1 de febrero de 2013

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0500-2010-AG de fecha 16 de agosto de 2010, se constituyó la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes, capítulo Perú;

Que, es necesario cubrir una vacante de miembro, de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes, capítulo Perú;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;

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SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor Gustavo Adolfo Canales Kriljenko, en el cargo de miembro de la Unidad de Coordinación Binacional del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes, capítulo Perú, constituida por Resolución Ministerial Nº 0500-2010-AG.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura

Designan Director General de la Oficina General de Administración del INIA RESOLUCION JEFATURAL Nº 00019-2012-INIA

Lima, 31 de enero de 2013 CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Jefatural Nº00348-2011-INIA, de fecha 08 de noviembre de 2011, se designó, al Ing. Rodolfo Morales Accame como Director General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA;

Que, el cargo de Director General de la Oficina General de Administración del INIA, se encuentra considerado como “cargo de confianza” a que se refiere los artículos 43 y 44 del Decreto Supremo Nº003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, dispositivo legal aplicable al personal de este Instituto Nacional, por mandato del Decreto Legislativo Nº1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria;

Que, la Jefatura del INIA ha decidido aceptar la renuncia presentada por el Ing. Rodolfo Morales Accame al cargo de Director General de la Oficina de Administración, dándole las gracias por los servicios prestados a la institución, y designar al nuevo titular de dicho cargo;

De conformidad con el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 027-2008-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar, la renuncia del Ing. Rodolfo Morales Accame al cargo de Director General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, dándole las gracias por los servicios prestados a la Institución.

Artículo 2.- Designar, al señor Angel Luis Villarán Gonzáles en el cargo de Director General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, cargo considerado como de confianza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

J. ARTURO FLOREZ MARTÍNEZ Jefe

Instituto Nacional de Innovación Agraria

Fe de Erratas

ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 002-2013-AG

Fe de Erratas del Reglamento del Fondo de Promoción del Riego en la Sierra - MI RIEGO, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2013-AG, y publicados el día 26 de enero de 2013.

REGLAMENTO DEL FONDO DE PROMOCIÓN DEL RIEGO EN LA SIERRA - MI RIEGO

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DICE:

“Artículo 6.- Procedimiento para la selección de proyectos (...)

6.4 La Secretaría Técnica, presentará al Comité Técnico los proyectos evaluados para su consideración conforme a lo señalado en el artículo 6, inciso d), del presente reglamento”.

(...)

DEBE DECIR:

“Artículo 6.- Procedimiento para la selección de proyectos (...)

6.4 La Secretaría Técnica, presentará al Comité Técnico los proyectos evaluados para su consideración, conforme a lo señalado en el artículo 5, inciso d), del Decreto Supremo que aprueba el presente Reglamento”.

(...)

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Alemania, en comisión de servicios RESOLUCION MINISTERIAL Nº 010-2013-MINCETUR-DM

Lima, 17 de enero de 2013 CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR viene desarrollando actividades de promoción en diversos países a través del evento EXPOPERÚ, con la finalidad de fomentar las exportaciones no tradicionales, difundir nuestra oferta exportable, impulsar la solución de los obstáculos al comercio existentes, atraer la inversión extranjera, consolidar la presencia del Perú (empresas, productos y servicios) en los mercados priorizados y promover la imagen del Perú;

Que, del 5 al 7 de febrero de 2013, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR llevará a cabo el evento “EXPOPERÚ” en las ciudades de Berlín y Hamburgo, República Federal de Alemania;

Que, en dicho evento participará el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y una delegación de funcionarios públicos, directivos de gremios empresariales peruanos y más de 25 empresas exportadoras; con un programa que comprende la realización de un Foro de Comercio e Inversiones, una exhibición de productos de exportación en la Feria Fruit Logística, donde el Perú es el País Invitado, además de la promoción de destinos turísticos; así como ruedas de prensa y entrevistas con prensa especializada en turismo, comercio e inversiones y reuniones de trabajo con autoridades públicas y privadas alemanas;

Que, en tal razón, se considera conveniente autorizar el viaje del señor Daniel Espinosa Seguín, Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, de la señora Gabriela Rosa Gutierrez Hemala y de la señorita Liana Encinas Cáceres, Asesoras del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial y de la señorita Mariana Esther Vega Gaggero, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participen en el evento antes mencionado coordinando las actividades a realizarse y prestando apoyo técnico al Titular del Sector;

Que, es necesario encargar las funciones de la Dirección Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, en tanto dure la ausencia del titular;

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Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales y de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje a las ciudades de Berlín y Hamburgo, República Federal de Alemania, del 3 al 8 de febrero de 2013, del señor Daniel José Espinosa Seguín, Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, de la señora Gabriela Rosa Gutierrez Hemala y de la señorita Liana Encinas Cáceres, Asesoras del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial y de la señorita Mariana Esther Vega Gaggero, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en la EXPOPERU ALEMANIA, a realizarse en dicha ciudad.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (US$ 2 693,30 x 4 personas) : US $ 10 773,20 Viáticos (US$ 260,00 x 5 días x 4 personas) : US$ 5 200,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución Ministerial, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- Encargar a la señora María Victoria Elmore Vega, Directora Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, las funciones de la Dirección Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, a partir del 3 de febrero de 2013, y en tanto dure la ausencia del titular.

Artículo 5.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

Autorizan ejecución de gastos por concepto de pasajes y viáticos que irrogue viaje a Alemania de Congresista de la República, para participar en la EXPOPERÚ ALEMANIA

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 012-2013-MINCETUR-DM Lima, 18 de enero de 2013

Visto, el Oficio Nº545-2012-2013-OM/CR, del Oficial Mayor (e) del Congreso de la República.

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, viene llevando a cabo actividades de promoción a través del evento EXPOPERÚ, que tiene por finalidad difundir los destinos turísticos peruanos y nuestra oferta exportable, fomentar las exportaciones no tradicionales, impulsar la solución de obstáculos al comercio existentes, atraer la inversión extranjera y consolidar la presencia del Perú (a través de empresas, productos y servicios) en los mercados priorizados;

Que, del 5 al 7 de febrero de 2013, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR llevará a cabo el evento “EXPOPERÚ” en las ciudades de Berlín y Hamburgo, República Federal de Alemania;

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Que, en dicho evento participará el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y una delegación de funcionarios públicos, directivos de gremios empresariales peruanos y más de 25 empresas exportadoras; con un programa que comprende la realización de un Foro de Comercio e Inversiones, una exhibición de productos de exportación en la Feria Fruit Logística, donde el Perú es el País Invitado, además de la promoción de destinos turísticos; así como ruedas de prensa y entrevistas con prensa especializada en turismo, comercio e inversiones y reuniones de trabajo con autoridades públicas y privadas alemanas;

Que, el Congreso de la República ha propuesto la asistencia a dicho evento de la señora Gladys Natalie Condori Jahuira, Congresista de la República y Secretaria de la Comisión de Comercio Exterior y Turismo, con el objetivo de colaborar con los fines específicos de la EXPOPERU ALEMANIA, fomentando la promoción del comercio, las inversiones y el desarrollo del turismo;

Que, el MINCETUR considera conveniente que la referida Congresista participe en la EXPOPERU ALEMANIA como parte de la delegación de la Entidad, coadyuvando al logro de los objetivos institucionales, por lo que los gastos por concepto de pasajes y viáticos que genere dicha participación, serán asumidos con cargo a los recursos presupuestarios del MINCETUR;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR y la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la ejecución de los gastos por los conceptos de pasajes y viáticos que irrogue el viaje a las ciudades de Berlín y Hamburgo, República Federal de Alemania, del 3 al 8 de febrero de 2013, de la señora Gladys Natalie Condori Jahuira, Congresista de la República, con el objeto de que participe en la EXPOPERU ALEMANIA, de acuerdo al detalle siguiente:

Pasajes : US $ 3 491,80

Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US $ 1 300,00

Artículo 2.- Los gastos que se deriven del cumplimiento del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, serán realizados con cargo a los recursos presupuestarios autorizados para el Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Condori Jahuira presentará al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

DEFENSA

Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en diversas provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín, durante Estado de Emergencia a que se

refiere el D.S. Nº 010-2013-PCM RESOLUCION SUPREMA Nº 036-2013-DE- Lima, 1 de febrero de 2013

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 010-2013-PCM del 25 de enero de 2013, resuelve prorrogar por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 30 de enero de 2013, el Estado de Emergencia en las provincias

(12)

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de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica;

en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención, del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas, de la provincia de Concepción y, en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca, de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín;

Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, durante el Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1095 de 1 de setiembre de 2010, se estableció el marco legal que regula los principios, formas, condiciones y límites para el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en cumplimiento de su función constitucional, mediante el empleo de su potencialidad y capacidad coercitiva para la protección de la sociedad, en defensa del Estado de Derecho y a fin de asegurar la paz y el orden interno en el territorio nacional;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención, del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas, de la provincia de Concepción y, en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca, de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín.

La Policía Nacional del Perú contribuirá al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos indicados en el párrafo anterior.

Artículo 2.- La intervención de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO

Ministro de Defensa

WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior

Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia declarado en el distrito de Echarate, provincia de La Convención, departamento del Cusco

RESOLUCION SUPREMA Nº 037-2013-DE- Lima, 1 de febrero de 2013

CONSIDERANDO:

Que, en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 011-2013-PCM de fecha 25 de enero de 2013, se resuelve prorrogar por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 5 de febrero de 2013, el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convención, en el departamento del Cusco;

(13)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, durante el Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1095 de 1 de setiembre de 2010, se estableció el marco legal que regula los principios, formas, condiciones y límites para el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en cumplimiento de su función constitucional, mediante el empleo de su potencialidad y capacidad coercitiva para la protección de la sociedad, en defensa del Estado de Derecho y a fin de asegurar la paz y el orden interno en el territorio nacional;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convención en el departamento del Cusco.

La Policía Nacional del Perú contribuirá al logro de dicho objetivo.

Artículo 2.- La intervención de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO

Ministro de Defensa

WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior

Crean vacante de Agregado de Defensa Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América

RESOLUCION SUPREMA Nº 038-2013-DE- Lima, 1 de febrero de 2013

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 005 CGE/Z/2013 del 29 de enero de 2013, el Ejército del Perú solicita crear la vacante de Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, que será desempeñado por un Oficial Superior del Ejército en el período 2013 - 2015 y cuyo presupuesto será asumido por el Ejército del Perú;

Que, el artículo 3 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2006-DE-SG, de fecha 13 de diciembre de 2006, determina la naturaleza de la función del personal militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, el cual, brinda un servicio de naturaleza pública relacionado a los aspectos de Seguridad y Defensa, en las diversas Misiones Diplomáticas y Representaciones Permanentes ante Organismos Internacionales de las cuales el Perú forma parte; sujetándose a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables;

Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4 del Reglamento precitado, los Agregados son de Defensa;

excepcionalmente, cuando lo justifique la naturaleza de las relaciones existentes y de la gestión a desempeñar, los Oficiales podrán ser nombrados como Agregado Militar, Naval o Aéreo;

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Que, los Agregados de Defensa Adjuntos coadyuvan al ejercicio de las funciones del Agregado de Defensa, tal como lo establece el literal b) del artículo 4 citado en el párrafo precedente;

Que, ambos cargos son desempeñados por Personal Superior de las Fuerzas Armadas, los cuales son acreditados a una Misión Diplomática o Representación Permanente ante un Organismo Internacional;

Que, el literal a) del artículo 8 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, establece que el Ministro de Defensa aprobará el número de vacantes y la propuesta de cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática; en ese sentido, la propuesta tendrá en consideración la dependencia técnica, logística y relaciones existentes entre las Instituciones Armadas con los diferentes países y Organismos Internacionales;

Que, el literal b) del referido artículo 8, señala que los cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática, se establecerán mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa;

Que, mediante el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado con el Decreto Supremo Nº 028-2006 del 13 de diciembre de 2006, se establece en su artículo 8, el proceso de la selección de los Oficiales para ocupar los cargos de Agregados de Defensa, Agregados de Defensa Adjuntos y Auxiliares de Agregadurías, los mismos que deberán ser cubiertos por personal de los Institutos Armados en los países que por interés institucional hayan sido creados, estando a requerimiento de los mismos, la creación de nuevos cargos;

Que, la propuesta tendrá en consideración la dependencia técnica, logística y relaciones existentes entre las Instituciones Armadas con los diferentes países, Organismos Internacionales y entidades especializadas;

Que el artículo 9 del mismo Reglamento, prescribe que el nombramiento del personal militar en Misión Diplomática es por un periodo máximo de dos (2) años;

Que, el artículo 14 de la Ley No. 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1143, establece que el Oficial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución y deberá tener por lo menos dos (02) años antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 45 y 46 de la Ley, y tendrán los mismos derechos que el personal diplomático establecidos en la norma que regula la materia;

Que, en atención a las razones expuestas, es necesario aprobar la vacante del nuevo cargo a desempeñar por personal militar del Ejército del Perú en la Misión Diplomática peruana en los Estados Unidos de América a partir del 1 de marzo de 2013 y por un periodo máximo de dos (2) años;

De conformidad con la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas y su modificatoria aprobada con el Decreto Legislativo Nº 1143, el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE-SG de fecha 25 de julio de 2008, la Resolución Suprema Nº 017-2013-DE- de fecha 18 de enero de 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Crear la vacante del nuevo cargo a desempeñar por Personal Superior del Ejército del Perú en la Misión Diplomática del Perú en los Estados Unidos de América, a partir del 01 de marzo de 2013 y por un periodo máximo de dos años, de acuerdo al siguiente detalle:

- Agregado de Defensa Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa.

Regístrese comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO

Ministro de Defensa

(15)

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Nombran en diversos cargos a Oficiales Generales, Almirantes y Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas del Perú, en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores

RESOLUCION SUPREMA Nº 039-2013-DE Lima, 1 de febrero de 2013

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14 de la Ley No. 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1143, establece que el Oficial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución y deberá tener por lo menos dos (02) años antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 45 y 46 de la Ley, y tendrán los mismos derechos que el personal diplomático establecidos en la norma que regula la materia;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 017-2013-DE- de fecha 18 de enero de 2013, se aprobaron los cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática;

Que, mediante Acta de fecha 29 de enero de 2013 y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 8 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Comisión ha recomendado al Ministro de Defensa la relación de Oficiales que deben desempeñarse como Agregados a partir del 01 de marzo de 2013 y por un período máximo de dos (2) años;

Que, el artículo 9 del mencionado Reglamento establece que el Presidente de la República mediante Resolución Suprema debidamente refrendada por el Ministro de Defensa, nombra en Misión Diplomática al personal militar de las Fuerzas Armadas;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas y su modificatoria aprobada con el Decreto Legislativo Nº 1143, el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE-SG de fecha 25 de julio de 2008, la Resolución Suprema Nº 017-2013-DE- de fecha 18 de enero de 2013.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores a los siguientes Oficiales Generales, Almirantes y Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas del Perú a partir del 01 de marzo de 2013 y por un período máximo de dos (2) años, en los cargos que se detallan:

CARGO GRADO

NOMBRES Y APELLIDOS Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo

a la Embajada del Perú en el Estado Coronel FAP

Plurinacional de Bolivia y concurrente Igor Giotvan Orlando Guzmán Sánchez en la República del Paraguay

Agregado de Defensa y Militar a la

Coronel EP

Jorge Arturo Benites Herrera Embajada del Perú en la República

Federativa del Brasil.

Agregado de Defensa Adjunto y

Coronel FAP

Percy Walter Muñoz Bringas Aéreo a la Embajada del Perú en la

República Federativa del Brasil.

Agregado de Defensa y Militar a la

Coronel EP

Domingo Ricardo Bustamante Zúñiga Embajada del Perú en la República

de Chile

Agregado de Defensa Adjunto y

Coronel FAP

Luis Miguel Tueros Mannarelli Aéreo a la Embajada del Perú en la

República de Chile

Agregado de Defensa Adjunto y Capitán de Navío

(16)

Sistema Peruano de Información Jurídica

Naval a la Embajada del Perú en la José Antonio San Martin Gómez República de Chile

Agregado de Defensa y Militar a la

Coronel EP Jorge Luis Rivera Donoso Embajada del Perú en la República

de Colombia

Agregado de Defensa Adjunto y

Coronel FAP

Jaime Gonzalo Chávez Vizcarra Aéreo a la Embajada del Perú en la

República de Colombia

Agregado de Defensa Adjunto y Capitán de Navío

Naval a la Embajada del Perú en la Américo Rolando Sánchez-Cerro

República de Colombia Zuazo

Agregado de Defensa Adjunto y

Coronel EP

Marcos Alipio de la Vega Polanco Militar a la Embajada del Perú en la

República de Corea Agregado de Defensa Adjunto y

Capitán de Navío Germán Alfredo Nieto Patrón Naval a la Embajada del Perú en la

República del Ecuador Agregado de Defensa Adjunto y

Coronel EP

Rubén Jacobo Chucos Torres Militar a la Embajada del Perú en el

Reino de España Agregado de Defensa Adjunto y

General de Brigada EP Rafael Roberto García Panta Militar a la Embajada del Perú en

los Estados Unidos de América Agregado de Defensa Adjunto y

Contralmirante Cristian Eduardo Lindley Ruiz Naval a la Embajada del Perú en

los Estados Unidos de América Agregado Naval Adjunto a la

Capitán de Fragata Joaquín Alberto Pereira Iglesias Embajada del Perú en los Estados

Unidos de América Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados

Unidos de América y Oficial de Enlace Capitán de Navío

en el Estado Mayor del Comando de Jorge Enrique Andaluz Echevarría la Flota Atlántico de la Marina de los

Estados Unidos de América Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados

Unidos de América y Oficial de Capitán de Fragata Enlace en el Componente Naval del Edward Omar López Cazorla

Comando Sur de la Marina de los Estados Unidos de América Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados

Unidos de América y Oficial de Capitán de Fragata Enlace en la Comandancia de la Arce Chiti Choy Kifox Tercera Flota de la Marina de los

Estados Unidos de América Agregado Militar Adjunto a la

Coronel EP

Marco Antonio Campos Gerónimo Embajada del Perú en los Estados

Unidos de América Agregado Aéreo Adjunto a la

Coronel FAP

Moisés Antonio Barack Castro Embajada del Perú en los Estados

Unidos de América

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Agregado de Defensa y Aéreo a la

Embajada del Perú en la República Mayor General FAP Francesa y concurrente en los Alfonso Javier Artadi Saletti

Países Bajos y Bélgica Agregado de Defensa Adjunto y

Naval a la Embajada del Perú en la Contralmirante República Francesa y concurrente Silvio Javier Alva Villamón

en los Países Bajos y Bélgica

Agregado de Defensa y Naval a la Contralmirante Embajada del Perú en la República Jorge Edgardo Jesús Millones

Italiana Gonzales

Agregado de Defensa a la

Embajada del Perú en la República Capitán de Navío de Panamá y concurrente en la Manuel Martin Velezmoro Eme.

República de El Salvador Agregado de Defensa a la

Coronel EP

Marcos Albert Rodríguez Monge Embajada del Perú en la República

de Sudáfrica

Agregado de Defensa Adjunto y

Capitán de Fragata

Jorge Eduardo Cavero de los Ríos Naval a la Embajada del Perú en la

República de Corea Agregado de Defensa y Naval a

Capitán de Navío Giancarlo Jesús Polar Figari la Embajada del Perú en el Reino

de España

Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en

la República Federativa del Brasil Capitán de Corbeta y Oficial de Enlace en el Estado Anthony Luis Sotomayor Herrera Mayor del Noveno Distrito Naval de

la Marina de Brasil Agregado de Defensa a la

Embajada del Perú en la Capitán de Navío

Mancomunidad de Australia y Víctor Andrés Martin Novoa Puente- concurrente en Nueva Zelandia y la Arnao

República de Singapur Agregado de Defensa Adjunto

a la Embajada del Perú en la Mancomunidad de Australia y

Capitán de Fragata Cesar Gustavo Chávez Parodi Oficial de Enlace en el Centro

de Comando, Control y Fusión e Información de la Marina de

Singapur

Agregado de Defensa a la

Coronel EP

Roberto Manuel Gálvez Castro Embajada del Perú en la República

de Turquía

Artículo 2.- Los mencionados Oficiales deberán viajar al país al cual han sido designados en Misión Diplomática, para asumir el respectivo cargo, una vez recibida la autorización correspondiente del Estado ante el cual será acreditado.

Artículo 3.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú, efectuarán los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006.

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Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se otorgará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término por los dos (2) años autorizados, salvo lo previsto en el Artículo 6 de la presente Resolución.

Artículo 5.- El citado Personal destacado al Ministerio de Relaciones Exteriores pasará revista en las Direcciones y Comandos de Personal de las respectivas Instituciones Armadas, por el período que dure la Misión Diplomática.

Artículo 6.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido.

Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa

Nombran en diversos cargos a Personal Técnico de las Fuerzas Armadas del Perú, en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores

RESOLUCION SUPREMA Nº 040-2013-DE Lima, 1 de febrero de 2013

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución hasta un año (01) antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 42 y 43 del mencionado Decreto Legislativo, y tendrán los mismos derechos que el personal administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecidos en la norma que regula la materia;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 018-2013-DE- de fecha 18 de enero de 2013, se aprobaron los cargos de Auxiliar de Agregaduría vacantes a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior;

Que, mediante Acta de fecha 29 de enero de 2013 y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 8 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Comisión ha presentado al Ministro de Defensa la relación de Técnicos propuestos para desempeñarse como Auxiliar de Agregaduría a partir del 01 de marzo y 01 de agosto de 2013 y por un período máximo de dos (2) años, como se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución;

Que, el artículo 9 del mencionado Reglamento establece que el Presidente de la República mediante Resolución Suprema debidamente refrendada por el Ministro de Defensa, nombra en Misión Diplomática al personal militar de las Fuerzas Armadas;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1144 de fecha 10 de diciembre de 2012, el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE- SG de fecha 25 de julio de 2008, la Resolución Suprema Nº 018-2013-DE- de fecha 18 de enero de 2013.

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Sistema Peruano de Información Jurídica

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al siguiente Personal Técnico de las Fuerzas Armadas del Perú a partir del 01 de marzo de 2013 y por un período máximo de dos (2) años, en los cargos que se detallan:

CARGO GRADO

NOMBRES Y APELLIDOS Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la

Embajada del Perú en la República Federal Técnico Supervisor 2 SAD de Alemania, concurrente en Polonia y Rafael Neyra Acuña

República Checa

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa

Técnico 2 EP Carlos Aguilar Olivares y Militar a la Embajada del Perú en la

República de Chile

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval

Técnico Primero SAD David Elgegren Aguilar a la Embajada del Perú en la República

de Chile

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa

Técnico Inspector FAP Florencio Capari Ancasi y Aéreo a la Embajada del Perú en la

República de Chile

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa

Técnico 1 EP

José Luis Mendoza Gonzales y Militar a la Embajada del Perú en la

República del Ecuador

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval

Técnico Primero SAD Carlos Alfredo Llanos Sandoval a la Embajada del Perú en la República del

Ecuador

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa

Técnico Inspector FAP Jorge Luis Garrido Cerna y Aéreo a la Embajada del Perú en la

República del Ecuador

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y

Técnico 1 EP Juan Carlos Peña Olórtegui Militar a la Embajada del Perú en el Reino

de España

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa

Técnico 1 EP Ander Cornelio Osorio y Militar a la Embajada del Perú en los

Estados Unidos de América

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval

Técnico Primero SAD Víctor Epifanio Delgado Silva a la Embajada del Perú en la República

Italiana

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a

Técnico 2 EP Tobías Huaringa Rosales la Embajada del Perú en la República

Bolivariana de Venezuela Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y

Aéreo a la Embajada del Perú en los Técnico Inspector FAP Estados Unidos de América y a la Oficina de Benjamín Martin Altamirano

Enlace de Abastecimiento en la Base Aérea Miranda de Wright Patterson, Ohio

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Técnico Jefe EP Embajada del Perú en Turquía Percy Aníbal Avalos Quintanilla

Artículo 2.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al siguiente Personal Técnico de las Fuerzas Armadas del Perú a partir del 01 de agosto de 2013 y por un período máximo de dos (2) años, en los cargos que se detallan:

CARGO GRADO

(20)

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NOMBRES Y APELLIDOS Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval Técnico Primero ECO

a la Embajada del Perú en la República Lizardo Enrique Meza

de Corea Ventocilla

Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Técnico Primero IMA Naval a la Embajada del Perú en el Reino Ricardo Salomón Idrogo

de España Medina

Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Técnico Supervisor 2 TEL Embajada del Perú en Australia, concurrente Mercedes Esmerito Paico

en la República de Singapur Aldana

Artículo 3.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú, efectuarán los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006.

Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se hará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término por los dos (2) años autorizados, salvo lo previsto en el Artículo 5 de la presente Resolución.

Artículo 5.- El citado Personal destacado al Ministerio de Relaciones Exteriores pasará revista en las Direcciones y Comandos de Personal de las respectivas Instituciones Armadas, por el período que dure la Misión Diplomática.

Artículo 6.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido.

Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa

Autorizan viaje a Ecuador de Oficial del Ejército del Perú, en misión de estudios RESOLUCION SUPREMA Nº 041-2013-DE-

Lima, 1 de febrero de 2013 VISTA:

La Hoja de Recomendación Nº 001/ORIE/d.1 del 08 de enero de 2013, de la Oficina de Relaciones Internacionales del Ejército.

CONSIDERANDO:

Que, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Ecuador, hace extensiva la invitación para que UN (01) Oficial del Ejército del Perú, participe como Instructor de Operaciones Psicológicas y Asesor en la Escuela Politécnica del Ejército, con sede en la ciudad de Quito, República del Ecuador del 01 de febrero al 30 de noviembre de 2013;

(21)

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Que, la participación del Personal del Ejército como Instructor de Operaciones Psicológicas y Asesor en la Escuela Politécnica del Ejército del Ecuador, responde a la necesidad de capacitar al Oficial designado en Instituciones Militares Extranjeras, con la finalidad de formar su carácter y liderazgo, adquirir mayores conocimientos y experiencias en el planeamiento de operaciones conjuntas para que desempeñe eficientemente cargos de Comando y Estado Mayor; así como, de Docente en la Escuela de Operaciones Psicológicas y Escuela Superior de Guerra del Ejército, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumidos por nuestro país, con el propósito de conducir operaciones militares, consolidar la paz, contribuir al desarrollo del país e incrementar las medidas de confianza con Instituciones Armadas de otros países;

Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Coronel EP José Luis LETTE SEMINARIO, para que participe en el mencionado Curso como Instructor;

por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú;

Que, para el nombramiento del mencionado Oficial, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, promovido por la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, de conformidad con el Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 5 de junio de 2002;

Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo Artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE-SG, del 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº010-2010-DE, del 20 de noviembre de 2010;

Que, el Artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE-SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG del 26 de enero de 2004 y sus modificaciones;

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE- SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE-SG, del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Coronel EP José Luis LETTE SEMINARIO, identificado con CIP Nº 117537800 y DNI Nº 25576750, para que participe como Instructor de Operaciones Psicológicas y Asesor en la Escuela Politécnica del Ejército, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, en el periodo comprendido del 01 de febrero al 30 de noviembre de 2013.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Quito (REPÚBLICA DEL ECUADOR) -

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