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EL PROBLEMA CAPÍTULO I

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Academic year: 2022

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CAPÍTULO I

EL PROBLEMA

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CAPÍTULO I EL PROBLEMA

1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en 1999, se suprime la tradicional división tripartita de los Poderes Públicos en el Estado venezolano, naciendo con la Asamblea Nacional Constituyente de dicho año, dos nuevos poderes autónomos, el Moral y el Electoral, creándose a los efectos de éste último, el Consejo Nacional Electoral como ente rector en lo administrativo, y la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, como única instancia de la jurisdicción contencioso electoral.

Con el nacimiento de éste Poder Electoral, se le adjudica al Consejo Nacional Electoral todo lo concerniente a la organización y celebración de los procesos electorales en Venezuela, incluyendo, claro está, las elecciones de los candidatos de elección popular, así como el conocimiento en sede administrativa de las impugnaciones efectuadas luego de electos los candidatos, con la interposición del recurso jerárquico.

No obstante, se encuentra atribuida a la Sala Electoral del máximo tribunal de la República, la jurisdicción contencioso electoral y la tramitación

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del recurso contencioso interpuesto por aquellos que posean, de conformidad con las leyes al respecto, la legitimación activa del mismo.

El recurso contencioso electoral posee como propósito ulterior el pronunciamiento del órgano jurisdiccional, a los fines de obtener una decisión favorable, que impugne total o parcialmente los comicios celebrados en algún circuito electoral de la República.

Por otra parte, el Derecho venezolano se ha encargado de legislar en materia adjetiva, procedimientos especiales y secundarios, que acompañan a la causa principal, bien sea ésta en jurisdicción ordinaria o especial, tendientes a asegurar el cumplimiento cabal y efectivo del fallo dictado, una vez culminados todos los estadios procesales, luego de que se haya activado el aparato jurisdiccional del Estado, éstas son las medidas cautelares.

De ésta forma, las medidas cautelares que pueden solicitarse una vez exista en el proceso pendente litem, es decir, luego del auto de admisión por parte del tribunal, difieren de forma sustancial en éste proceso tan especial y novísimo, puesto que pueden ser parte del petitum que conforma el escrito libelar una vez interpuesto el mismo, es decir, que no se necesitaría ni auto de admisión, ni que se trabase la litis para que el tribunal competente, en éste caso la Sala Electoral, decretase y acordase la o las medidas cautelares solicitadas.

En base a las ideas antes expuestas, se interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar de efectos de suspensión del acto contra los candidatos del circuito electoral

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del estado Amazonas, electos en las elecciones parlamentarias del pasado seis de diciembre de 2015, se buscaba la impugnación de los mismos, por manifestar quien recurrió del acto de proclamación emitido por el Consejo Nacional Electoral, el fraude electoral acaecido en dicho circuito, que colocaba en tela de juicio la soberanía del pueblo amazonense.

Por lo tanto, el órgano rector de la jurisdicción contencioso electoral acordó la admisión de las referidas medidas cautelares, basado en requisitos de procedibilidad que no se obtuvieron de forma legal, dicha medida suspendía los efectos del acto administrativo del proceso electoral, ordenando la desincorporación inmediata de los diputados del pueblo de Amazonas, y por ende, quedando éste circuito electoral sin representación alguna ante el Parlamento Nacional, considerando que éstos candidatos fueron electos en un proceso democrático y transparente, consagrado por la Constitución Nacional, al establecer a Venezuela como un Estado social, democrático, de Derecho y de justicia.

Aunado a lo anterior, emite la Sala Electoral otro fallo en fecha 11 de enero del año en curso, pronunciándose sobre la admisión de terceros interesados en el proceso contencioso electoral de impugnación antes referido, ratificando su decisión anterior en cuanto a la medida cautelar mencionada, y declarando nulos de ipso iure los actos celebrados por la Asamblea Nacional con la incorporación de los candidatos sobre los que pesaba la medida, pues éstos fueron juramentados por la Junta Directiva del órgano legislativo.

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En vista de las evidencias anteriores, se considera que la Sala Electoral del máximo tribunal de la República, decidió sobre un asunto perteneciente de forma exclusiva y excluyente al control constitucional, puesto que los actos que se declararon nulos dictados por los parlamentarios, fueron aquellos atribuidos a los primeros por ejecución directa de la Constitución Nacional, por lo tanto no pertenecía a la regulación contencioso administrativa ni contencioso electoral, únicamente al dictamen que pudiese ser emitido luego de previa consulta, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Es por ello, que en ésta investigación se propone analizar la impugnación de los actos de los organismos electorales en sede administrativa, es decir, ante el Consejo Nacional Electoral, para posterior a ello entrar al exámen de las fases o etapas del proceso contencioso electoral tramitado y sustanciado ante la Sala Electoral del máximo tribunal; además, del análisis de las medidas cautelares que aperturan incidencias en el contencioso electoral, pues responden directamente a lo suscitado en las pasadas elecciones parlamentarias.

Asimismo, se analiza de forma pormenorizada las decisiones de los fallos del órgano rector de la jurisdicción contencioso electoral, referidos a la impugnación de los candidatos electos del circuito electoral del estado Amazonas, a los fines de dirimir las controversias suscitadas en el Estado venezolano, en cuanto a la legitimidad o no de los candidatos electos por la soberanía popular, así como también el correcto actuar de la Sala Electoral

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del Tribunal Supremo de Justicia, en función a su doctrina pacífica y reiterada, sin que ello generare un menoscabo a los derechos de los interesados y más aún, otra fractura a la democracia venezolana.

2. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN 2.1 OBJETIVO GENERAL

Analizar el proceso contencioso electoral y las incidencias cautelares en la legislación venezolana.

2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

- Analizar la impugnación de los actos de los organismos electorales en sede administrativa, contenidos en la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

- Analizar el proceso contencioso electoral previsto en la Ley Orgánica de Procesos Electorales y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

­ Analizar las medidas cautelares que aperturan incidencias en el proceso contencioso electoral, previstas en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

­ Analizar las sentencias de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, referidas al recurso contencioso electoral y a las solicitudes cautelares interpuestos contra los candidatos electos del circuito electoral del estado Amazonas.

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3. JUSTIFICACIÓN

La presente investigación reviste gran importancia dentro del campo del derecho contencioso administrativo, específicamente de sus procedimientos especiales, vinculados con las actuaciones en función administrativa de otros Poderes Públicos, tal como lo es el Poder Electoral; teniendo como propósito general, el analizar el proceso contencioso electoral y las incidencias cautelares en la legislación venezolana, ello resulta de vital importancia en la actualidad, en vista de los numerosos procesos electorales que se han suscitado en el territorio venezolano a partir de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, con la creación del novísimo Poder Electoral.

Asimismo, dicha investigación presenta un aporte a la sociedad venezolana, debido a que analiza las decisiones del órgano rector de la jurisdicción contencioso electoral, es decir, la Sala Electoral del máximo tribunal de la República, específicamente los fallos relacionados con los diputados electos en el circuito electoral del estado Amazonas, en las elecciones parlamentarias de diciembre del pasado año, y la impugnación realizada a los mismos por la organización con fines políticos Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), informando de ésta manera al pueblo venezolano sobre el estado del proceso contencioso electoral que pone en tela de juicio la soberanía del pueblo amazonense.

De la misma manera, ofrece la referida investigación una relevante contribución a las ciencias del Derecho, puesto que proporcionará grandes

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aportes teóricos en cuanto a las fases o etapas del proceso contencioso electoral, el análisis de las medidas cautelares tan especialísimas que aperturan incidencias en éste procedimiento, e incluso un exámen pormenorizado de las decisiones de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, las cuales sustentan éste trabajo, en virtud de la ausencia de doctrinarios especializados en generar conocimientos en ésta área del Derecho.

Por último, sirve de aporte a futuras investigaciones, ofreciendo herramientas técnicas y metodológicas para los ulteriores investigadores que seleccionen la elaboración de su trabajo especial de grado en el área del proceso contencioso electoral, incidencias cautelares que en él surjan, e incluso el análisis pormenorizado de la jurisdicción contencioso electoral, atribuida por la Constitución y la Ley al Tribunal Supremo de Justicia venezolano.

4. DELIMITACIÓN

La delimitación temporal de la investigación, corresponde al tiempo estipulado para su realización. Al efecto, el presente trabajo se desarrollará en el período comprendido entre el mes de enero 2016 y el mes de diciembre 2016, en la Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín, en la ciudad de Maracaibo del estado Zulia, pretendiendo que sus resultados tengan aplicación en el territorio nacional.

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En cuanto al contenido de la investigación, se circunscribe en el área del derecho contencioso administrativo, específicamente en sus procedimientos contenciosos especiales, dentro de los que destaca el contencioso electoral, concretamente en lo relacionado a las incidencias cautelares que surgen en éste procedimiento y a las sentencias de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, referidas a la impugnación interpuesta contra los candidatos electos, en las pasadas elecciones parlamentarias de diciembre de 2015, correspondientes al circuito electoral del estado Amazonas.

De igual forma, la investigación fue fundamentada en textos de doctrinarios tales como Leal (2013), Henriquez (1998), y Calamandrei (1984), así como también en bases legales como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), la Ley Orgánica del Poder Electoral (2002), la Ley Orgánica de Procesos Electorales (2009), la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (2010), la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (1981), la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo (2009) y el Código de Procedimiento Civil (1987), las cuales tienen vigencia y aplicación en todo el territorio de la República.

Por último, en cuanto al segundo plan socialista de desarrollo económico y social de la Nación, de 2013 a 2019, Plan de la Patria, puede decirse que la presente investigación se encuentra subsumida dentro del objetivo histórico número dos, “Continuar construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI, en Venezuela, como alternativa al sistema destructivo y salvaje del capitalismo y con ello asegurar "la mayor suma de felicidad posible, la mayor suma de seguridad social y la mayor suma de estabilidad política" para

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nuestro pueblo”; así como dentro del objetivo nacional número 2.3, es decir,

“Consolidar y expandir el poder popular y la democracia socialista”.

El objetivo estratégico número 2.3.1, denominado, “Promover la construcción del Estado Social de Derecho y de Justicia a través de la consolidación y expansión del poder popular organizado”, se encuentra vinculado con el presente trabajo de investigación, puesto que el respeto a la democracia del pueblo soberano, en este caso específico del amazonense, es fundamental para poder consolidar al Estado venezolano.

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