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*Nombre oficial del trámite o servicio. Nombre de la modalidad (si existe) Fundamento Jurídico que da origen al trámite: Tipo de trámite o servicio

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Anexo “Solicitud de registro, actualización, modificación y/o cancelación de la información de

los trámites en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios”

Sección Campo

Datos Generales del trámite

Homoclave SEMARNAT 03-003-C

*Nombre oficial del trámite o servicio

Autorización de aprovechamiento de recursos forestales maderables en terrenos forestales o preferentemente forestales

*Nombre ciudadano del trámite Aprovechamiento de recursos forestales maderables

Nombre de la modalidad (si existe)

Aprovechamiento de recursos forestales maderables en ejidos y comunidades agrarias

Fundamento Jurídico que da origen al trámite:

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2003-02-25

Fecha de entrada en vigor 2003-05-23

Artículo 73

Descripción del trámite

Tipo de trámite o servicio Autorizaciones, certificados, concesiones, informes, registros y avisos

* ¿En qué casos se debe presentar el trámite?

Cuando se pretenda realizar el aprovechamiento de recursos forestales maderables en ejidos y comunidades agrarias.

* ¿Quién puede solicitar el

trámite? Interesado, Representante legal

* Descripción Ciudadana

Permite que los dueños y poseedores aprovechen de manera sustentable los recursos forestales maderables, obteniendo beneficios económicos y servicios directos e indirectos con la protección del ambiente.

¿Qué efectos tendría la eliminación de éste trámite?

No se tendría control sobre el aprovechamiento de los recursos forestales maderables, lo cual ocasionaría la degradación del ecosistema forestal. Además de que no se cumpliría con el objetivo de protección al ambiente, pues se incurriría en la realización de actividades sin contar con medidas preventivas y de mitigación para el equilibrio ecológico.

Sinónimos * Sinónimos (palabras clave de búsqueda):

Permiso para aprovechamiento de árboles Permiso para explotación de árboles

Personas relacionadas con el trámite (Funcionario público responsable)

* Nombre(s) Augusto

* Apellido paterno Mirafuentes

* Apellido materno Espinosa

* Cargo Director General de Gestión Forestal y de Suelos

(2)

2

* Teléfono (55) 5484-3505 Teléfono adicional Canales de atención *Nivel de digitalización 100% Digitalizado No

* Canales de atención (medios

de presentación del trámite) Presencial

Fundamento jurídico de canales de atención:

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento ACUERDO

Nombre del ordenamiento

ACUERDO por el que se dan a conocer los formatos de los trámites a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en las materias que se indican.

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2015-12-15

Fecha de entrada en vigor 2015-12-18

Artículo Tercero Párrafo Segundo

* Enlace o link al sitio en línea

Enumera las acciones que el usuario tiene que hacer para realizar el trámite:

En los Espacios de Contacto Ciudadano (ECC) distribuidos en las 31 delegaciones estatales y en su caso en la Ciudad de México con un horario de atención de lunes a viernes de 9:30 a 15:00 horas en la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos ubicada en Avenida Progreso No. 3. Colonia del Carmen. Coyoacán. Código Postal 04100. Ciudad de México.

Plazo máximo

Plazo máximo: 30días hábiles

Fundamento jurídico del plazo de respuesta:

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2003-02-25

Fecha de entrada en vigor 2003-05-23

Artículo 81, 84

Plazo de prevención

*Plazo de prevención: 10días hábiles

Fundamento jurídico del plazo de prevención:

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento

Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA) Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación

(3)

3

1994-08-04

Fecha de entrada en vigor 1995-06-01

Otro

Artículo 17-A

Plazo real *Plazo real 49días hábiles

Tipo de resolución *Tipo de resolución AUTORIZACIÓN

Criterios de resolución Criterio de resolución del trámite

Es obligatorio que para la autorización, la SEMARNAT deberá evaluar la factibilidad de las obras o actividades propuestas en el programa de manejo forestal sobre los recursos forestales sujetos a aprovechamiento, así como en los ecosistemas forestales de que se trate, considerando el conjunto de elementos que los conforman y no únicamente los recursos sujetos a aprovechamiento (Art. 80 párrafo segundo de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

Es necesario que el programa de manejo forestal sea congruente y consistente con el estudio regional forestal de la Unidad de Manejo Forestal de la que forme parte el predio o predios de que se trate, cuando ésta exista.

Es indispensable que no se comprometa la biodiversidad de la zona y la regeneración y capacidad productiva de los terrenos en cuestión.

Es indispensable que no se trate de las áreas de protección a que se refiere la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Es obligatorio que no exista falsedad en la información

proporcionada por los promoventes, respecto de cualquier elemento de los programas de manejo correspondientes.

Es obligatorio que cuando se presenten conflictos agrarios, de límites o de sobreposición de predios, se negará la autorización en las áreas en conflicto.

Es obligatorio que no se contravenga lo establecido en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, su Reglamento, las Normas Oficiales Mexicanas o en las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Montos

Monto de los derechos, productos y aprovechamientos aplicables

Especies maderables de clima templado y frio: I. hasta 500 metros cúbicos: exento $0

Especies maderables de clima árido y semiárido: I. hasta 500 metros cúbicos: exento. $0

* especies maderables de clima templado y frío: II. de más de 500 metros cúbicos hasta 1,000 metros cúbicos: $ 4,977.01 * especies maderables de clima templado y frío: III. de más de 1,000 metros cúbicos hasta 5,000 metros cúbicos: $ 6,801.91 * especies maderables de clima templado y frío: IV. de más de 5,000 metros cúbicos en adelante: $ 8,709.78

* especies maderables de clima árido y semiárido: II. de más de 500 metros cúbicos hasta 1,500 metros cúbicos: $ 3,147.31 * especies maderables de clima árido y semiárido: III. de más de 1,500 metros cúbicos hasta 3,000 metros cúbicos: $ 4,248.86 * especies maderables de clima árido y semiárido: IV. de más de 3,000 metros cúbicos: $ 5,507.80

Fundamento jurídico de montos:

Ámbito del ordenamiento Federal

(4)

4

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento Ley Federal de Derechos

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2016-12-23

Fecha de entrada en vigor 2017-01-01

Otro

ARTÍCULO 194-K FRACCIÓN II

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento Ley Federal de Derechos

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2016-12-23

Fecha de entrada en vigor 2017-01-01

Otro

ARTÍCULO 194-K FRACCIÓN III

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento Ley Federal de Derechos

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2016-12-23

Fecha de entrada en vigor 2017-01-01

Otro

ARTÍCULO 194-K FRACCIÓN IV

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento Ley Federal de Derechos

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2016-12-23

Fecha de entrada en vigor 2017-01-01

Otro

ARTÍCULO 194-L FRACCIÓN II

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento Ley Federal de Derechos

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2016-12-23

(5)

5

Fecha de entrada en vigor 2017-01-01

Otro

ARTÍCULO 194-L FRACCIÓN III

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento Ley Federal de Derechos

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2016-12-23

Fecha de entrada en vigor 2017-01-01

Otro

ARTÍCULO 194-L FRACCIÓN IV

Comentarios generales

* Consultas frecuentes del

ciudadano En relación con el pago de derechos

* Volumen de consultas

anuales (frecuencia) 243

* Quejas frecuentes del

ciudadano Sobre los tiempos de respuesta

* Volumen de molestias o

quejas anuales 12

* Comentarios respecto al

trámite Aplica para Ejidos y Comunidades Agrarias

* Notas adicionales del trámite

Este trámite pertenece al Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS)

Nombre oficial del trámite

Autorización de aprovechamiento de recursos forestales maderables en terrenos forestales o preferentemente forestales

Modalidad

Aprovechamiento de recursos forestales maderables en ejidos y comunidades agrarias

Responsable del trámite para quejas o consultas

Augusto Mirafuentes Espinosa

Director General de Gestión Forestal y de Suelos [email protected]

5484-3505

Unidad administrativa responsable del trámite

Nombre de la oficina:

(6)

6

Avenida Progreso 3 Edificio 3, Col. Del Carmen Coyoacán, C.P 04100, Ciudad de México

Teléfonos de atención: 55 5484-3500 Ext: 15505 Horario Atención

De Lunes a Viernes, de 9:00 a 18:00 horas

* Más información

¿Para qué nivel de programa de manejo forestal se puede utilizar información de predios contiguos?

Para el caso del nivel simplificado, se podrá utilizar información de predios contiguos con característica ecológicas similares para complementar el inventario del predio (Art. 37 penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable). ¿Qué debe hacer el interesado, cuándo la información requerida para los programas de manejo avanzados, intermedios y simplificados, se contenga en los estudios regionales o zonales de las Unidades de Manejo Forestales?

Bastará que los interesados los presenten o hagan referencia a éstos cuando ya se hayan presentado a la Secretaría (Art. 37 último párrafo del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

¿Qué pasa con los originales y copias certificadas de instrumentos jurídicos y actas de asamblea presentados por los interesados para su cotejo?

Los originales o copias certificadas de instrumentos jurídicos y actas de asamblea que la SEMARNAT haya requerido, una vez cotejados quedarán a disposición del interesado (Art. 4 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

¿Cuáles son las unidades de medida de las materias primas forestales, productos y subproductos?

Las mediciones de las materias primas forestales, sus productos y subproductos, deberán hacerse con el Sistema General de Unidades de Medida. En caso de madera en rollo o en escuadría se deberá realizar a su dimensión total (Art. 5 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

¿Dónde se debe hacer mención de las opiniones y observaciones técnicas emitidas por los Consejos Estatales?

La SEMARNAT hará mención de las opiniones y observaciones técnicas de los Consejos Estatales en las resoluciones que emita respecto de las solicitudes de aprovechamiento o, en su caso, señalará expresamente que éstas no fueron emitidas dentro del término establecido en el artículo 75 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (Art. 23 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

¿Cuántas veces pueden refrendarse las autorizaciones de aprovechamiento de recursos forestales?

Las autorizaciones para el aprovechamiento de los recursos forestales tendrán una vigencia correspondiente al ciclo de corta, pudiendo refrendarse, cuantas veces sea necesario para lograr los objetivos del programa de manejo respectivo y hasta el término de la vigencia del mismo (Art. 60 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

¿Se pueden realizar aprovechamientos forestales comerciales maderables y no maderables?

Cuando en un mismo terreno se pretendan realizar

aprovechamientos comerciales de recursos forestales maderables y no maderables, los interesados podrán optar por solicitar las

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autorizaciones correspondientes en forma conjunta o separada ante la Secretaría. Los dos tipos de aprovechamiento (Art. 97 párrafo segundo de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable). ¿En caso de programa de manejo forestal simplificado, cuando se trate de conjunto de predios que no rebasen en total las 250 hectáreas, cuánta superficie deberá contener cada predio?

Las solicitudes de aprovechamiento forestal hechas por conjuntos de predios que en su conjunto tengan una superficie mayor a las 20 Ha. y menores o iguales a 250 Ha (cada predio que conforme el conjunto de predios deberá tener una superficie menor o igual a las 20 Ha.). ¿Cuál es el contenido del programa de manejo forestal simplificado? 1. Ciclo de corta y el turno

2. Estudio dasométrico, que deberá contener la descripción de la metodología del inventario cuya confiabilidad mínima deberá ser del noventa y cinco por ciento y un error de muestreo máximo del diez por ciento, las existencias volumétricas, densidades promedio, incrementos, edad y turno de aprovechamiento y diámetro de corta; ciclo de corta y densidades residuales. Esta información deberá presentarse en totales, por unidad mínima de manejo y por especie, anexando la memoria de cálculo.

3. Posibilidad anual y descripción del procedimiento para su obtención, plan de cortas por unidad mínima de manejo y tratamientos silvícolas a aplicar y la propuesta de distribución de productos

4. Descripción y en su caso, la planeación de la infraestructura necesaria para la ejecución del programa de manejo forestal y el transporte de las materias primas forestales

5. Los compromisos de reforestación cuando no se presente la regeneración natural;

6. Método para la identificación del arbolado por aprovechar, el cual deberá ser personalizado, indeleble y notable a simple vista. 7. Nombre, denominación o razón social e inscripción en el Registro del prestador de servicios técnicos forestales que haya formulado el programa y, en su caso, del responsable de dirigir su ejecución y evaluación, y

8. Planos en los que se indiquen áreas de corta, clasificación de superficies, infraestructura y diseño de muestreo.

¿Cuál es el contenido del programa de manejo forestal simplificado, cuando se trate de conjunto de predios que no rebasen en total las 250 hectáreas?

1. Ciclo de corta y el turno;

2. Análisis de la respuesta del recurso a los tratamientos aplicados anteriormente, con datos dasométricos comparativos;

3. Estudio dasométrico, que deberá contener la descripción de la metodología del inventario en el predio, cuya confiabilidad mínima deberá ser del noventa y cinco por ciento y un error de muestreo máximo del diez por ciento; las existencias volumétricas, densidades promedio, incrementos, edad y turno de aprovechamiento y diámetro de corta, así como las densidades residuales. Esta información deberá presentarse en totales, por unidad mínima de manejo y por especie, anexando la memoria de cálculo;

4. Posibilidad anual y descripción del procedimiento para su obtención, plan de cortas por unidad mínima de manejo, tratamientos silvícolas a aplicar y la propuesta de distribución de productos;

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8

5. Descripción y, en su caso, la planeación de la infraestructura necesaria para la ejecución del programa de manejo forestal y el transporte de las materias primas forestales;

6. Los compromisos de reforestación cuando no se presente la regeneración natural;

7. Medidas necesarias para prevenir, controlar y combatir incendios, plagas y enfermedades forestales, así como el calendario para su ejecución;

8. Descripción y programación de las medidas de prevención y mitigación de los impactos ambientales durante las distintas etapas de manejo, así como las que se deberán realizar aun cuando el predio se encuentre en receso o termine la vigencia de la autorización. Cuando existan especies de flora y fauna silvestres en riesgo, se especificarán las medidas de conservación y protección de su hábitat. Cuando exista autorización favorable en materia de impacto ambiental para el aprovechamiento solicitado, se exceptuará la presentación de lo indicado en el presente inciso;

9. Las acciones encaminadas para la rehabilitación de las áreas de restauración y su programación;

10. Método para la identificación del arbolado por aprovechar, el cual deberá ser personalizado, indeleble y notable a simple vista; 11. Nombre, denominación o razón social y datos de inscripción en el Registro del prestador de servicios técnicos forestales que haya formulado el programa y, en su caso, del responsable de dirigir su ejecución y evaluación, y

12. Planos en los que se indiquen áreas de corta, clasificación de superficies, infraestructura y diseño de muestreo.

¿Cuál es el contenido del programa de manejo forestal simplificado, cuando se tenga por objeto la remoción de arbolado muerto por contingencias como plagas, enfermedades, incendios o fenómenos meteorológicos?

1. Análisis de la respuesta del recurso a los tratamientos aplicados anteriormente, con datos dasométricos comparativos;

2. Estudio dasométrico, que deberá contener la descripción de la metodología del inventario en el predio, cuya confiabilidad mínima deberá ser del noventa y cinco por ciento y un error de muestreo máximo del diez por ciento; las existencias volumétricas, densidades promedio, incrementos, edad y turno de aprovechamiento y diámetro de corta, así como las densidades residuales. Esta información deberá presentarse en totales, por unidad mínima de manejo y por especie, anexando la memoria de cálculo. El estudio dasométrico deberá enfocarse a la evaluación y cuantificación del arbolado a extraer.

3. Posibilidad anual y descripción del procedimiento para su obtención, plan de cortas por unidad mínima de manejo, tratamientos silvícolas a aplicar y la propuesta de distribución de productos;

4. Descripción y, en su caso, la planeación de la infraestructura necesaria para la ejecución del programa de manejo forestal y el transporte de las materias primas forestales;

5. Los compromisos de reforestación cuando no se presente la regeneración natural;

6. Medidas necesarias para prevenir, controlar y combatir incendios, plagas y enfermedades forestales, así como el calendario para su ejecución;

7. Descripción y programación de las medidas de prevención y mitigación de los impactos ambientales durante las distintas etapas

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de manejo, así como las que se deberán realizar aun cuando el predio se encuentre en receso o termine la vigencia de la autorización. Cuando existan especies de flora y fauna silvestres en riesgo, se especificarán las medidas de conservación y protección de su hábitat. Cuando exista autorización favorable en materia de impacto ambiental para el aprovechamiento solicitado, se exceptuará la presentación de lo indicado en el presente inciso;

8. Las acciones encaminadas para la rehabilitación de las áreas de restauración y su programación;

9. Método para la identificación del arbolado por aprovechar, el cual deberá ser personalizado, indeleble y notable a simple vista; 10. Nombre, denominación o razón social y datos de inscripción en el Registro del prestador de servicios técnicos forestales que haya formulado el programa y, en su caso, del responsable de dirigir su ejecución y evaluación, y

11. Planos en los que se indiquen áreas de corta, clasificación de superficies, infraestructura y diseño de muestreo.

¿Cuál es el contenido del programa de manejo forestal simplificado, cuando se tenga por objeto la extracción de arbolado por una sola vez para proyectos de recreación o de investigación?

1. Ciclo de corta y el turno;

2. Estudio dasométrico, que deberá contener la descripción de la metodología del inventario cuya confiabilidad mínima deberá ser del noventa y cinco por ciento y un error de muestreo máximo del diez por ciento, las existencias volumétricas, densidades promedio, incrementos, edad y turno de aprovechamiento y diámetro de corta; ciclo de corta y densidades residuales. Esta información deberá presentarse en totales, por unidad mínima de manejo y por especie, anexando la memoria de cálculo;

3. Posibilidad anual y descripción del procedimiento para su obtención, plan de cortas por unidad mínima de manejo y tratamientos silvícolas a aplicar y la propuesta de distribución de productos;

4. Descripción y en su caso, la planeación de la infraestructura necesaria para la ejecución del programa de manejo forestal y el transporte de las materias primas forestales;

5. Los compromisos de reforestación cuando no se presente la regeneración natural;

6. Método para la identificación del arbolado por aprovechar, el cual deberá ser personalizado, indeleble y notable a simple vista. 7. Nombre, denominación o razón social e inscripción en el Registro del prestador de servicios técnicos forestales que haya formulado el programa y, en su caso, del responsable de dirigir su ejecución y evaluación, y

8. Planos en los que se indiquen áreas de corta, clasificación de superficies, infraestructura y diseño de muestreo.

¿Cuál es el contenido del programa de manejo simplificado, cuando se tenga por objeto la poda?

1. Ciclo de corta y el turno;

2. Posibilidad anual y descripción del procedimiento para su obtención, plan de cortas por unidad mínima de manejo y tratamientos silvícolas a aplicar y la propuesta de distribución de productos;

3. Descripción y en su caso, la planeación de la infraestructura necesaria para la ejecución del programa de manejo forestal y el transporte de las materias primas forestales;

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10

4. Los compromisos de reforestación cuando no se presente la regeneración natural;

5. Método para la identificación del arbolado por aprovechar, el cual deberá ser personalizado, indeleble y notable a simple vista. 6. Nombre, denominación o razón social e inscripción en el Registro del prestador de servicios técnicos forestales que haya formulado el programa y, en su caso, del responsable de dirigir su ejecución y evaluación, y

7. Planos en los que se indiquen áreas de corta, clasificación de superficies, infraestructura y diseño de muestreo.

¿Cuál es el contenido del programa de manejo forestal intermedio? 1. Objetivos generales y específicos;

2. Ciclo de corta y el turno;

3. Análisis de la respuesta del recurso a los tratamientos aplicados anteriormente, con datos dasométricos comparativos;

4. Estudio dasométrico, que deberá contener la descripción de la metodología del inventario en el predio, cuya confiabilidad mínima deberá ser del noventa y cinco por ciento y un error de muestreo máximo del diez por ciento; las existencias volumétricas, densidades promedio, incrementos, edad y turno de aprovechamiento y diámetro de corta, así como las densidades residuales. Esta información deberá presentarse en totales, por unidad mínima de manejo y por especie, anexando la memoria de cálculo;

5. Justificación del sistema silvícola, que incluya los tratamientos complementarios;

6. Posibilidad anual y descripción del procedimiento para su obtención, plan de cortas por unidad mínima de manejo, tratamientos silvícolas a aplicar y la propuesta de distribución de productos;

7. Descripción y, en su caso, la planeación de la infraestructura necesaria para la ejecución del programa de manejo forestal y el transporte de las materias primas forestales;

8. Los compromisos de reforestación cuando no se presente la regeneración natural;

9. Medidas necesarias para prevenir, controlar y combatir incendios, plagas y enfermedades forestales, así como el calendario para su ejecución;

10. Descripción y programación de las medidas de prevención y mitigación de los impactos ambientales durante las distintas etapas de manejo, así como las que se deberán realizar aun cuando el predio se encuentre en receso o termine la vigencia de la autorización. Cuando existan especies de flora y fauna silvestres en riesgo, se especificarán las medidas de conservación y protección de su hábitat. Cuando exista autorización favorable en materia de impacto ambiental para el aprovechamiento solicitado, se exceptuará la presentación de lo indicado en el presente inciso;

11. Las acciones encaminadas para la rehabilitación de las áreas de restauración y su programación;

12. Método para la identificación del arbolado por aprovechar, el cual deberá ser personalizado, indeleble y notable a simple vista; 13. Nombre, denominación o razón social y datos de inscripción en el Registro del prestador de servicios técnicos forestales que haya formulado el programa y, en su caso, del responsable de dirigir su ejecución y evaluación, y

14. Planos en los que se indiquen áreas de corta, clasificación de superficies, infraestructura y diseño de muestreo.

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1. Objetivos generales y específicos; 2. Ciclo de corta y el turno;

3. Análisis de la respuesta del recurso a los tratamientos aplicados anteriormente, con datos dasométricos comparativos;

4. Clasificación y cuantificación de las superficies del predio o conjuntos de predios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del presente Reglamento;

5. Diagnóstico general de las características físicas y biológicas de las superficies, que deberá incluir clima, suelo, topografía,

hidrología, tipos y estructura de la vegetación y especies dominantes de flora y fauna silvestres;

6. Estudio dasométrico, que deberá contener la descripción de la metodología del inventario en el predio, cuya confiabilidad mínima deberá ser del noventa y cinco por ciento y un error de muestreo máximo del diez por ciento; las existencias volumétricas, densidades promedio, incrementos, edad y turno de aprovechamiento y diámetro de corta, así como las densidades residuales. Esta información deberá presentarse en totales, por unidad mínima de manejo y por especie, anexando la memoria de cálculo;

7. Justificación del sistema silvícola, que incluya los tratamientos complementarios;

8. Posibilidad anual y descripción del procedimiento para su obtención, plan de cortas por unidad mínima de manejo, tratamientos silvícolas a aplicar y la propuesta de distribución de productos;

9. Descripción y, en su caso, la planeación de la infraestructura necesaria para la ejecución del programa de manejo forestal y el transporte de las materias primas forestales;

10. Los compromisos de reforestación cuando no se presente la regeneración natural;

11. Medidas necesarias para prevenir, controlar y combatir incendios, plagas y enfermedades forestales, así como el calendario para su ejecución;

12. Descripción y programación de las medidas de prevención y mitigación de los impactos ambientales durante las distintas etapas de manejo, así como las que se deberán realizar aun cuando el predio se encuentre en receso o termine la vigencia de la autorización. Cuando existan especies de flora y fauna silvestres en riesgo, se especificarán las medidas de conservación y protección de su hábitat. Cuando exista autorización favorable en materia de impacto ambiental para el aprovechamiento solicitado, se exceptuará la presentación de lo indicado en el presente inciso;

13. Las acciones encaminadas para la rehabilitación de las áreas de restauración y su programación;

14. Método para la identificación del arbolado por aprovechar, el cual deberá ser personalizado, indeleble y notable a simple vista; 15. Nombre, denominación o razón social y datos de inscripción en el Registro del prestador de servicios técnicos forestales que haya formulado el programa y, en su caso, del responsable de dirigir su ejecución y evaluación, y

16. Planos en los que se indiquen áreas de corta, clasificación de superficies, infraestructura y diseño de muestreo. (Artículos 37 Fracciones I, II y III, 38 y 39 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable)

¿Qué pasa con los datos recabados de la solicitud?

Los datos personales recabados para la atención de su trámite serán protegidos y serán incorporados y tratados en el Sistema Nacional de

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Trámites de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en el artículo 15 de la Ley Federal de

Procedimiento Administrativo y 4, fracción II, inciso a) del Acuerdo por el que se crea y establecen las bases de funcionamiento del Sistema Nacional de Trámites de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2005. Lo anterior se informa en cumplimiento del Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005.

Procesos económicos

* Subsector económico Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza

* Proceso económico Venta

TIC

* ¿El trámite cuenta con un sistema de gestión del trámite? SI

* Nombre descriptivo del

sistema Sistema Nacional de Gestión Forestal (SNGF)

* Tecnología del sistema JEE / Java – Servidor de aplicaciones open source (JBoss, Tomcant…)

* Grado de adaptación del sistema para envío/recepción de solicitudes electrónicas Medio

* Esfuerzo y complejidad de realizar modificaciones al sistema para recibir y enviar

solicitudes electrónicas Medio

* Criticidad del sistema SI

* Disponibilidad de servicio mediante Webservice SI

* Latitud 19.303497

* Longitud 99.205552

* Peticiones diarias 2

* ¿Es posible iniciar el trámite

por Internet? NO

* ¿Es posible cargar o subir documentos en línea? SI

* ¿Se puede dar seguimiento al trámite por Internet? SI

* ¿La resolución o respuesta es

por Internet? NO

* ¿Utiliza firma electrónica

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13

* ¿Utiliza Clave RUPA? NO

Hechos vitales Hechos vitales

¿El trámite es para una persona y/o una empresa o persona física con actividad empresarial? Empresa o Persona Física con Actividad Empresarial (PFAE) Persona

¿En cuáles de estas circunstancias de vida se podría encontrar el beneficiario del trámite? Adolescencia Adulto Mayor (65 años o más) Grupos en riesgo de discriminación (capacidades especiales, etnias, otros grupos) Mujer

¿En qué momentos se podría encontrar la empresa o PFAE al realizar el trámite? Creación de empresa o AC / Primer año

Categorías Categorías agregadas Medio Ambiente y Energía

Procesos

Selecciona el tipo de trámite o servicio al que corresponda

* Autorizaciones, certificados, concesiones, informes,

registros y avisos Autorizaciones administrativas

* ¿El trámite es de resolución

inmediata? NO

* ¿En qué momento se realiza

el pago? Previo a la resolución

Documentos / Requisitos de entrada al trámite

Documentos agregados (Datos y documentos solicitados)

Agregar requisito (Documento) Otro

Requisitos de entrada

Título que acredite el derecho de propiedad o posesión del terreno o terrenos

Otro requisito (Documento) Otros

Nombre del documento o formato Título que acredite el derecho de propiedad o posesión del terreno o terrenos

Trámite generador del documento (HOMOCLAVE) SEDATU-04-015

Nombre del Emisor del Documento

Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Tipo de institución de origen

Gobierno federal Tipo de documento Otro

Otro

Título que acredite el derecho de propiedad o posesión del terreno o terrenos.

Breve descripción del documento

Documentación legal del ejido o comunidad agraria (también se denomina carpeta básica) que acredita el derecho de propiedad o posesión del terreno o terrenos en donde se pretende realizar el aprovechamiento forestal Presentación Copia Original Número de originales 1 Número de copias 1

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14

Dato utilizado

Nombre y ubicación del predio, Nombre del promovente, Superficie total del predio

Forma de acceso electrónico Otro

Otro

Presentación física del documento ¿Requiere almacenar el dato? SI Protección de datos personales SI Uso adicional en procesos internos Auditorías

Agregar requisito (Documento) Otro

Requisitos de entrada Reglamento interno Otro requisito (Documento)

Otros

Nombre del documento o formato Reglamento interno

Trámite generador del documento (HOMOCLAVE) No aplica

Nombre del Emisor del Documento Externo

Nombre del Otro Emisor del Documento Ejidos y Comunidades Agrarias Tipo de institución de origen Ciudadano

Otro

Ejidos y Comunidades agrarias Tipo de documento

Otro Otro

Reglamento interno

Breve descripción del documento

Es el documento elaborado en asamblea del ejido o comunidad agraria en el cual se definen las obligaciones y formas de

participación en las labores de cultivo, protección y fomento de sus recursos forestales Presentación Copia Número de originales 0 Número de copias 1 Dato utilizado

Nombre del núcleo agrario Forma de acceso electrónico Otro

Otro

Presentación físicamente del documento Uso adicional en procesos internos Auditorías

Agregar requisito (Documento) Otro

Requisitos de entrada Plano georeferenciado Otro requisito (Documento)

(15)

15

Otros

Nombre del documento o formato Plano georeferenciado

Trámite generador del documento (HOMOCLAVE) No aplica

Nombre del Emisor del Documento Externo

Nombre del Otro Emisor del Documento Solicitante

Tipo de institución de origen Ciudadano

Otro

Ejidos y Comunidades agrarias Tipo de documento

Otro Otro

Plano georreferenciado

Breve descripción del documento

Es el plano del ejido o comunidad agraria en el cual se indica la ubicación en coordenadas geográficas o UTM, superficie total y colindancias del predio a una escala mayor o igual 1:50,000 Presentación Original Número de originales 1 Número de copias 1 Dato utilizado

Nombre y ubicación del predio, Nombre del promovente, Superficie total del predio, Colindantes

Forma de acceso electrónico Otro

Otro

Presentación física del documento Uso adicional en procesos internos Auditorías

Agregar requisito (Documento) Otro

Requisitos de entrada Programa de manejo forestal Otro requisito (Documento) Otros

Nombre del documento o formato Programa de manejo forestal

Trámite generador del documento (HOMOCLAVE) No aplica

Nombre del Emisor del Documento Externo

Nombre del Otro Emisor del Documento Ejidos y Comunidades Agrarias

Tipo de institución de origen Ciudadano

Otro

Ejidos y Comunidades agrarias Tipo de documento

Otro Otro

(16)

16

Programa de manejo forestal Breve descripción del documento

Es el documento técnico de planeación en el cual se establecen las actividades comprometidas a realizar durante el aprovechamiento forestal maderable Presentación Original Número de originales 1 Número de copias 0 Dato utilizado

Nombre y ubicación del predio, Nombre del solicitante, Superficie total del predio, Superficie propuesta por aprovechar, Volúmenes propuestos por aprovechar, Especies propuestas por aprovechar Forma de acceso electrónico

Otro Otro

Presentación físicamente del documento Protección de datos personales SI Uso adicional en procesos internos Auditorías

Agregar requisito (Documento) Otro

Requisitos de entrada

Manifestación bajo protesta de decir verdad de la situación legal del predio

Otro requisito (Documento) Otros

Nombre del documento o formato

Manifestación bajo protesta de decir verdad de la situación legal del predio

Trámite generador del documento (HOMOCLAVE) No aplica

Nombre del Emisor del Documento Externo

Nombre del Otro Emisor del Documento Promovente

Tipo de institución de origen Otro

Otro

Ejidos y Comunidades Agrarias Tipo de documento

Escrito libre

Breve descripción del documento

Documento mediante el cual manifiestan bajo protesta de decir verdad de la situación legal del predio y, en su caso, sobre la existencia de algún conflicto agrario

Presentación Original Número de originales 1 Número de copias 0 Dato utilizado Nombre del solicitante Forma de acceso electrónico

(17)

17

Otro Otro

Presentación física del documento Uso adicional en procesos internos Auditorías

Agregar requisito (Documento) Pago de derechos

Requisitos de entrada

Comprobante de pago de derechos productos o aprovechamientos Nombre del documento o formato

Comprobante de pago de derechos productos o aprovechamientos Trámite generador del documento (HOMOCLAVE)

No aplica

Nombre del Emisor del Documento Externo

Nombre del Otro Emisor del Documento Institución Bancaria

Tipo de institución de origen Gobierno federal

Tipo de documento Comprobante

Breve descripción del documento

Por la recepción, evaluación y dictamen del programa de manejo forestal. Se deberá presentar en original y copia junto con la hoja de ayuda e5cinco que podrá obtener en la siguiente dirección: www.semarnat.gob.mx Presentación Copia Original Número de originales 1 Número de copias 1 Dato utilizado

Nombre del solicitante, Monto pagado Forma de acceso electrónico

Otro Otro

Presentación física del documento Protección de datos personales SI

Uso adicional en procesos internos Auditorías

Agregar requisito (Documento) Otro

Requisitos de entrada

Autorización de Aprovechamiento de Recursos Forestales Maderables en Terrenos Forestales o Preferentemente Forestales (Formato adjunto)

Otro requisito (Documento) Otros

Nombre del documento o formato

Autorización de Aprovechamiento de Recursos Forestales Maderables en Terrenos Forestales o Preferentemente Forestales (Formato adjunto)

Trámite generador del documento (HOMOCLAVE) No aplica

(18)

18

Nombre del Emisor del Documento

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Tipo de institución de origen

Gobierno federal Tipo de documento Formato

Fecha de publicación del formato 2015-12-15

Url de descarga Descargar Formato

Breve descripción del documento

Es el formato de solicitud en el cual se asientan los datos de información requeridos y al cual se anexan los documentos requeridos para la presentación el trámite

Presentación Copia Original Número de originales 1 Número de copias 1 Dato utilizado

Todos los datos requeridos Forma de acceso electrónico Otro

Otro No Aplica

¿Requiere almacenar el dato? SI Protección de datos personales SI Uso adicional en procesos internos Auditorías

Agregar requisito (Documento) Otro

Requisitos de entrada

Acta de Asamblea de conformidad con la Ley Agraria Otro requisito (Documento)

Otros

Nombre del documento o formato

Acta de Asamblea de conformidad con la Ley Agraria Trámite generador del documento (HOMOCLAVE) No aplica

Nombre del Emisor del Documento Externo

Nombre del Otro Emisor del Documento Ejidos y comunidades Agrarias

Tipo de institución de origen Otro

Otro

Ejidos y Comunidades Agrarias Tipo de documento

Otro Otro

Acta de asamblea

Breve descripción del documento

Es el documento que se levanta en la asamblea de ejidos y comunidades agrarias en el cual se otorga el consentimiento para llevar a cabo el aprovechamiento de recursos forestales maderables Presentación

(19)

19

Copia Original Número de originales 1 Número de copias 1 Dato utilizado

Nombre del núcleo agrario Forma de acceso electrónico Otro

Otro

Presentación física del documento Uso adicional en procesos internos Auditorías

Agregar requisito (Documento) Otro

Requisitos de entrada

Documentos que acrediten la personalidad del solicitante Otro requisito (Documento)

Otros

Nombre del documento o formato

Documentos que acrediten la personalidad del solicitante Trámite generador del documento (HOMOCLAVE) No aplica

Nombre del Emisor del Documento Fedatario / Notario

Tipo de institución de origen Gobierno federal

Tipo de documento Otro

Otro

Instrumento jurídico

Breve descripción del documento

Identificación oficial para personas físicas (credencial de elector, cédula profesional, pasaporte entre otros), y para personas morales (acta constitutiva de la empresa, documento de acreditación del representante legal de la empresa entre otros), en caso de terceras personas se debe anexar el instrumento por el que se acredita la representación legal. Presentación Copia Original Número de originales 1 Número de copias 1 Dato utilizado

Nombre del promovente, Institución expedidora, Fecha de expedición

Forma de acceso electrónico Otro

Otro No aplica

¿Requiere almacenar el dato? SI Protección de datos personales SI Uso adicional en procesos internos Auditorías

(20)

20

Observaciones respecto a los documentos

El promovente deberá presentar original o copia certificada y copia simple para cotejo

Fundamento jurídico de datos y documentos solicitados:

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2003-02-25

Fecha de entrada en vigor 2003-05-23

Artículo 74 Fracción II, III, IV, V

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento REGLAMENTO Nombre del ordenamiento

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2005-02-21

Fecha de entrada en vigor 2005-03-23

Artículo 3

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento

Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA) Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 1994-08-04

Fecha de entrada en vigor 1995-06-01

Artículo 15

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento ACUERDO

Nombre del ordenamiento

ACUERDO por el que se dan a conocer los formatos de los trámites a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en las materias que se indican.

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2015-12-15

Fecha de entrada en vigor 2015-12-18

Artículo Segundo

(21)

21

Formato: FF-SEMARNAT-048

Liga para descarga del formato aplicable:

http://www.semarnat.gob.mx/sites/default/files/documentos/docume ntos/tramites/ff/FF-SEMARNAT-048.pdf

Fecha de publicación del

formato en el DOF: 2015-12-15 Documentos agregados :

(documento emitido por la dependencia):

* Observaciones respecto a los documentos

Documentos agregados:

Documentos de salida al

trámite Documentos agregados: Autorización

Cadenas Cadenas agregadas:

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 1

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-047 | SOLICITUD DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO FORESTAL NACIONAL

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 2

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-020-A | Solicitud de Remisiones Forestales para acreditar la legal procedencia de materias primas forestales.

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 3

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-011 | Informe anual sobre la ejecución, desarrollo y cumplimiento del programa de

aprovechamiento forestal.

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 5

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-013 | Autorización para adelantar el plan de corta, alterar el calendario aprobado o modificar el programa de manejo forestal.

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 4

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-014 | Notificación de transmisión de la propiedad o derechos de uso y usufructo sobre terrenos forestales o preferentemente forestales

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 5

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-028 | Aviso de

(22)

22

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 4

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-048 | Aviso de renuncia a los derechos derivados de las autorizaciones o avisos de

aprovechamiento de recursos forestales

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 4

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-054 | Aviso de modificación de datos inscritos en el Registro Forestal Nacional

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 4

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-055 | Solicitud de suspensión de autorización de aprovechamiento forestal

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 4

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-056-A | Solicitud de Refrendo de la autorización de aprovechamiento de recursos forestales maderables al término de un ciclo de corta

Orden en que aparece el trámite Trámite posterior Atributo Obligatorio

Secuencia 4

Homoclave COFEMER SEMARNAT-03-056-B | Solicitud de Refrendo de la autorización de aprovechamiento de recursos forestales maderables al término de un ciclo de corta Interacciones dependencia o

entidad-Ciudadano

* Cantidad de pasos fuera de la dependencia o entidad 4 Oficinas agregadas Oficinas

Tipo de Ficta NEGATIVA

Fundamento jurídico de Ficta

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2003-02-25

Fecha de entrada en vigor 2003-05-23 Artículo 84 Vigencia Años Fundamento jurídico de vigencia

Ámbito del ordenamiento Federal

Tipo de ordenamiento LEY

Nombre del ordenamiento

(23)

23

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación 2003-02-25

Fecha de entrada en vigor 2003-05-23

Artículo 60

Referencias

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