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¿Son los tratados bilaterales de inversión un mecanismo necesario para atraer inversión extranjera directa?

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Academic year: 2020

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(1)¿SON LOS TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN UN MECANISMO NECESARIO PARA ATRAER INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA?*. Artículo de Reflexión. Carlos Miguel Rodríguez Gallón**. ___________ * Artículo de investigación producto de las actividades relativas a la Maestría de Derecho Privado y la clase de Derecho de las Multinacionales de la Universidad de Los Andes. ** Abogado especialista en Derecho de los Negocios Internacionales de la Universidad de los Andes con estudios complementarios en Administración de Empresas, actualmente en ejercicio profesional como abogado consultor de las áreas de derecho corporativo y negociación internacional. Conocimientos específicos en comercio exterior, contratos comerciales y financieros, derecho comercial, régimen corporativo y contratación pública administrativa. Experiencia en el sector privado como abogado consultor del área de derecho comercial y corporativo con énfasis en negocios e inversiones internacionales, y en el sector público en materia de contrataciones estatales e investigaciones sobre diseño, implementación e impacto de políticas públicas. Contacto: [email protected].

(2) 2. RESUMEN. Los Tratados Bilaterales de Inversión encuentran como una de sus más importantes justificaciones teóricas, la creencia generalizada de que el número de éstos instrumentos suscritos aumenta de manera directa y proporcional la cantidad de Inversión Extranjera Directa de la cual es receptora un país. El presente trabajo buscar cuestionar si los agentes privados de inversión y los Estados deberían asumir que el eventual -e incierto- incremento en los niveles de Inversión Extranjera Directa por la suscripción de Tratados Bilaterales de Inversión, realmente justifica sus costos asociados de suscripción, y en consecuencia dejar planteada la posibilidad de promocionar otros Acuerdos Internacionales de Inversión que podrían justificar en mejor medida dichos costos de suscripción.. Palabras clave autor: Tratados Bilaterales de Inversión, inversión extranjera, acuerdos internacionales de inversión, tratados comerciales..

(3) 3. ABSTRACT. “One of the most important theoretical justifications of the Bilateral Investment Treaties is the general belief that the execution of these instruments has a direct and proportional increase in the Foreign Direct Investment which the countries are receiving. The purpose of this article is to question whether private investment agents and States should assume that the possible -and uncertain- increase of the levels of Foreign Direct Investment justify the associated costs of the Bilateral Investment Treaties, and to present as a possibility the promotion of other International Investment Agreements that may justify such costs in a better way”.. SUMARIO. INTRODUCCIÓN. - I. RELACIÓN ENTRE LOS TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN Y LA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA. II. INFLUENCIA DE LOS TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN EN LOS NIVELES DE RIESGO POLÍTICO DE LOS PAÍSES. III. INFLUENCIA DE LOS TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN SOBRE LAS DECISIONES TOMADAS POR LOS AGENTES PRIVADOS DE INVERSIÓN. IV. COSTOS ASOCIADOS A LA SUSCRIPCIÓN DE TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN. V. ACUERDOS DE COMERCIO E INVERSIÓN PREFERENCIAL: UNA OPCIÓN PARA CONSIDERAR. COMO. SUSTITUTO A LOS TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN. VI. CONCLUSIONES. - BIBLIOGRAFÍA..

(4) 4. INTRODUCCION Una de las grandes preocupaciones de los países en vía de desarrollo actualmente ha sido la búsqueda de mecanismos legales idóneos para atraer Inversión Extranjera Directa (IED o FDI, por su sigla en inglés) con el objetivo de que ésta impulse el desarrollo económico local1. Así, uno de los métodos utilizados de manera creciente en las últimas décadas para lograr dicho fin ha sido la suscripción de Tratados Bilaterales de Inversión (FDI o BITs, por su sigla en inglés) entre los países, bajo la convicción de que estos instrumentos vuelven atractivo al país frente a las multinacionales que deseen realizar IED, y lo cual justifica de alguna manera la disminución de soberanía estatal que implica la suscripción de dichos TBIs 2. La eficacia de los TBIs para lograr el incremento de la IED ha sido estudiada y desarrollada en múltiples ocasiones y bajo ópticas distintas, dando resultados tan diversos como contradictorios. Así, hay estudios que han obtenido una relación positiva entre la suscripción de TBIs y el incremento de IED 3, mientras que hay otros mucho mas escépticos que no han encontrado impacto alguno4 e incluso. 1 Si bien el análisis de la relación entre IED y crecimiento económico de los países no es objeto de la presente discusión, considero que aunque en muchos casos esta relación puede ser directamente proporcional, debe analizarse de manera particular, ya que no es así para todos los casos ni en todas las industrias. De cualquier forma, tal supuesto es indudablemente el punto de partida de muchos legisladores y agentes de políticas públicas de los países, quienes buscan de manera incasable, y muchas veces errada, atraer IED como “salvación” económica para sus Estados. 2 “[The States] invest time and other scarce resources to negotiate, conclude, sign and ratify BITs. Such treaties represent a non-trivial interference with the host countries’ sovereignty as they provide protections to foreign investors that are enforceable via binding investor-to-state dispute settlement”, NEUMAYER, Eric & SPESS, Laura. “Do bilateral investment treaties increase foreign direct investment to developing countries?” London, LSE Research Online, 2005. Available at: http://eprints.lse.ac.uk/archive/00000627, Pag. 3. 3 “What we do know is that BITs fulfill their purpose and those developing countries that have signed more BITs with major capital exporting developed countries are likely to have received more FDI in return” ibíd., Pág. 28. 4. “BITs Are probably not been the primary cause - and perhaps not even a partial cause - of the massive increase in foreign investment to the developingworld that began in the 1990s”, YACKEE, Jason Webb, Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment - Some Hints from Alternative Evidence Virginia Journal of International Law, Vol. 51, Issue 2 (Winter 2011), pp. 397 - 442. Pag. 401..

(5) 5. que han hallado una relación negativa entre dichas variables por los costos que genera para los países la suscripción de TBIs 5. No obstante lo anterior, si bien el presente artículo tiene como propósito principal analizar la relación entre TBIs e IED, la óptica utilizada no pretende partir de un análisis cuantitativo de dicha relación, ni tampoco pretende centrar el análisis al efecto que generan los TBIs en los Estados, sino que tomará como punto de partida el interrogante de si uno los aspectos que los Agentes Privados de Inversión (API) -entre estos las multinacionales- dan preponderancia al momento de establecer los niveles de riesgo político, y así tomar sus decisiones de inversión extranjera, es la suscripción de Tratados Bilaterales de Inversión por parte del país receptor de la inversión. Hemos encontrado que muchos de los estudios realizados hasta este punto, que harán parte integral del presente texto, responden a si los TBIs promueven realmente la IED, y en ese caso, si el incremento asociado de la IED justifica los costos que asumen los Estados con la suscripción de los TBIs. Sin embargo, no pocos estudios han dejado de lado la perspectiva de los API, que no es menos importante, e incluso a nuestro parecer podría ser más determinante para indicar la eficacia de los TBIs con respecto a los niveles de IED. En consecuencia, el presente texto tiene como objetivo central analizar a partir de las investigaciones que se han realizado sobre el particular, si los API, y entre ellos las multinacionales, realmente toman en cuenta los TBIs suscritos por los Estados para calificar el riesgo político de los países y en consecuencia para decidir el lugar en el cual situar su IED, o si por el contrario, la situación legal de los países, 5 “The relevance of these findings is heightened not only by the proliferation of such treaties, but by recent high profile legal cases. These cases show that the rights given to foreign investors may not only exceed those enjoyed by domestic investors, but expose policymakers to potentially large-scale liabilities and curtail the feasibility of different reform options”, HALLWARD-DRIEMEIER, Mary, Do BilateralInvestment Treaties Attract Foreign Direct Investment? Only a Bit . .. and They Could Bite, 19 (World Bank, Dev. Research Grp., Policy Research Working Paper No. WPS 3121, 2003). Available at http://tinyurl.com/3akk3af..

(6) 6. y en especial los TBIs suscritos por estos son un asunto accesorio, no definitivo, en los niveles de riesgo político de los países y en el procedimiento de toma de decisiones de los API para seleccionar los lugares idóneos en donde canalizar su inversión en el extranjero. Dada la segunda opción será entonces necesario verificar si existen otros Acuerdos Internacionales de Inversión (AII o IIA, por sus siglas en inglés) que a pesar de tener costos muy similares a los TBIs, como por ejemplo cláusula de arbitramento, podrían justificar en mejor medida dichos costos a través de beneficios adicionales, al propiciar un incremento de la IED de manera conjunta y sostenida a favor de una región, no solo de los países. Debido a la amplitud del estudio sobre la relación entre los Tratados Bilaterales de Inversión y la Inversión Extranjera Directa, el presente documento ha omitido necesariamente varias discusiones importantes para poderse enfocar en las dos disyuntivas, que a nuestro parecer, son las primeras que deberían ser resueltas para delimitar la relación entre TBIs e IED, a saber: (i) ¿Son los Tratados Bilaterales de Inversión generadores naturales de Inversión Extranjera Directa de los países?, y (ii) ¿Los posibles beneficios en materia de IED derivados de los Tratados Bilaterales de Inversión justifican sus costos asociados de suscripción?. En aras de estructurar la metodología de investigación, se tomarán como punto de partida algunos de los análisis más relevantes que pretenden demostrar la relación entre los TBIs y la IED, los cuales si bien en ciertos casos arrojan como resultado una relación positiva entre el aumento de la IED de manera paralela al aumento en la suscripción de TBIs, no son lo suficientemente concluyentes para demostrar que el aumento de la IED se haya dado precisamente por la suscripción de dichos TBIs y no por otros factores, como por ejemplo, por la reducción del riesgo político que implica el fortalecimiento de las instituciones del Estado, y en especial de la democracia y los sistemas judiciales..

(7) 7. Posteriormente se analizarán los estudios enfocados en la eficacia que tienen los TBIs para reducir el riesgo político, variables que como veremos incentiva la IED. Uno de los estudios más recientes sobre el particular 6 parte de un método de investigación empírica donde se recopilaron conceptos de entidades privadas calificadoras de riesgo político, entidades aseguradoras que toman en cuenta la calificación del riesgo político y gerentes legales de algunas multinacionales establecidas en E.E.U.U., y se demostró que los TBIs no influencian, o al menos no de manera decisiva, a los API ni a quienes toman decisiones de inversión en las multinacionales, ya que no reducen el riesgo político asociado a las instituciones estatales débiles, y por ende no son sustitutos ideales de dicho riesgo político ni generadores naturales de IED7. Paso seguido, a partir de las características transversales a la mayoría de TBIs se identificarán sus costos asociados de suscripción, para ponderar en un análisis costo-beneficio, si la firma de TBIs justifica aquellos costos asociados de suscripción de cara al potencial incremento de la IED, que como se hallará no es regular, consistente, ni garantizado únicamente por los TBIs, por lo que no pareciera que los TBIs recompensan, en retorno, sus costos asociados de suscripción a través de un incremento exponencial de la IED. Una vez identificados los costos inherentes a la suscripción de TBIs se propondrá, como posibilidad para incrementar la IED y para generar un mayor balance entre los beneficios y costos de suscripción, enfocar los esfuerzos estatales en otros Acuerdos Internacionales de Inversión, distintos de los TBIs, que generan mayores beneficios regionales y un incremento más eficiente en la percepción de 6. Ver YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)” Ob. Cit. 7. “The results of these three lines of inquiry provide evidence that BITs do not meaningfully influence FDI decisions. BITs are not strongly correlated with political risk rankings, and providers of political risk insurance only inconsistently take BITs into account when making underwriting decisions. Indeed, the majority of providers surveyed do not view BITs as relevant to their underwriting decisions. Finally, general counsel report relatively low corporate familiarity with, or appreciation of, BITs as risk-reducing devices” Ibíd..

(8) 8. estabilidad de las instituciones estatales. Así a pesar de que la mayoría de AIIs tengan costos asociados de suscripción muy similares a los TBIs -por ejemplo en materia de soberanía-, aparentemente hay algunos que reducen el riesgo político de manera más eficiente y consistente, lo cual nos lleva a pensar que también pueden ser más efectivos para generar un balance positivo para los Estados en la relación costo-beneficio. Lo anterior analizado de cara a un estudio realizado por las Naciones Unidas sobre los AII en el 2009, en donde si bien su resultado no fue tan desalentador para los TBIs como otras investigaciones que presentaremos, si arrojó como conclusión un rezago importante en la eficacia que brindan los TBIs para promover IED con respecto a otros tipos de AII tales como los Acuerdos de Comercio e Inversión Preferencial (ACIP)8 . Concluyendo el presente texto se planteará un posible motivo que explique porqué si bien existen AII que cumplen de manera más eficiente el objetivo de incrementar la IED, los países continúan realizado tantos esfuerzos e invirtiendo sendos recursos en la suscripción de TBIs, a pesar de sus costos asociados y del aparente bajo retorno de beneficios que éstos implican.. 8. “The impact of IIAs on FDI has been measured in a series of econometric and other studies, published between 1998 and 2008. While these studies often arrive at different conclusions, and their findings are subject to important qualifications, several concur that IIAs can influence a company’s decision where to invest. Several studies also concur that this impact is generally stronger (in terms of increased FDI inflows) in the case of free trade agreements, regional integration agreements or economic cooperation agreements than in the case of BITs. This is because PTIAs – more broadly – improve the economic determinants of FDI, as opposed to BITs, whose influence is limited to the policy determinants of FDI”. UNITED NATIONS, “The Role of International Investment Agreements in Attracting Foreign Direct Investment to Developing Countries”, UNCTAD Series on International Investment Policies for Development, United Nations Publication, 2009..

(9) 9. I. RELACIÓN ENTRE LOS TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN Y LA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA. Los regímenes legales del derecho internacional económico han venido modificando su tendencia multilateral a una bilateral, debido a la dificultad de promover esquemas globales de gobernabilidad y de conciliar las posiciones e intereses de distintos países en acuerdos multilaterales 9. Dado lo anterior, han cobrado relevancia los Tratados Bilaterales de Inversión en materia de Inversión Extranjera Directa, con el fin de generar confianza a los inversionistas extranjeros para que tengan certeza de sus derechos como inversionistas y para que, en caso de conflicto con el Estado receptor de la inversión, puedan acudir a un Tribunal de Arbitramento ad hoc o CIADI en vez de a la jurisdicción local del Estado receptor10. Lo anterior bajo el argumento, a nuestro parecer un poco pretensioso, de asegurar que los derechos y procedimientos legales sean transparentes y neutrales frente a ambas partes, y donde el Estado en un eventual conflicto no pueda ejercer influencias en la decisión final de los tribunales competentes 11. Para iniciar con el desarrollo del capítulo cabe destacar que entre los años de 1970 al 2000 la IED global de los países en desarrollo se incrementó exponencialmente junto con la cantidad de TBIs suscritos por estos 12 , lo cual. 9. Ver al respecto: REICH, Arie, “Bilateralism Versus Multilateralism in International Economic Law: Applying the Principle of Subsidiarity”, U. Toronto, Law Journal 263, 2010. 10. “Virtually all modem BITs now contain state consents to investor-initiated arbitration, and the predictable result has been an explosion in BIT-based disputes” Ob. Cit. YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)”P.p. 403 11. “(...) A second thread is a deep distrust of government often seen as prone to populist pressures, with a weak commitment to contract enforcement, eager to please the masses and beholden to irrational goals. Arbitrators are said to serve as an objective safety valve, impartial, objective, and independent.They ensure that private property is shielded from state interference and impose compensation when investor rights are violated. This function shares similarities with national courts, ensuring that governments do not take property without adequate compensation. There is little scope for governments genuinely striving for the public good, however imperfectly”.WAIBEL, Michael, KAUSHAL, Asha, LIS CHUNG, kyo-Hwa y BALCHIN, Claire, “The Backlash Against Investment Arbitration”, 2010, available at: http:// www.kluwerarbitration.com.biblioteca.uniandes.edu.co:8080/print.aspx?ids=KLI-KA-201011002-n. 12. Dato tomado de: Ob. Cit. YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)” Pp 402..

(10) 10. podría llevar a pensar, de manera muy intuitiva, que el incremento de la IED es directamente proporcional al incremento de los TBIs globalmente suscritos, y en consecuencia, que a mayor cantidad de TBIs firmados entre países se generaría una mayor IED. Con base en la anterior impresión, una parte de la doctrina ha concluido que los TBIs aumentan la IED debido a que generan más confianza a los API, y en especial a las multinacionales que deciden invertir su capital en un país 13, sin embargo no consideramos que la solución sea tan intuitiva como se quisiera, y de hecho existen muchas otras posiciones doctrinales sobre si la relación entre los TBIs y la IED es positiva o negativa, si los primeros son realmente una causa determinante para el incremento del segundo, o si por el contrario los TBIs son instrumentos que no cumplen de manera tan precisa su objetivo de incrementar la IED. Lo anterior debido a que en el análisis costo-beneficio, los TBIs pueden terminar no siendo instrumentos tan eficientes para lograr sus objetivos, como lo serían por ejemplo, los Acuerdos de Comercio e Inversión Preferencial, o el fortalecimiento interno de las instituciones estatales -en especial las de administración de justicia-. Por nuestra parte, el presente texto adopta y desarrolla la posición de que si bien los TBIs pueden generar una relativa certeza internacional en las intenciones estatales de garantizar seguridad a inversiones extranjeras 14, dichos instrumentos no son sustitutos, perfectos o imperfectos, de las instituciones legales débiles de. 13. “BITs and DTTs should theoretically increase FDI flows into the capital importing countries as they provide foreign investors with secured investment protection in the host states” CHALAMISH, Efraim, Do Treaties Matter? On Effectiveness And International Economic Law, Michigan Journal of International Law, Vol 32, Pp 325., Book Review: SAUVANT Karl P. and SACHS, Lisa E. “The Effect of Treaties on Foreign Direct Investment: Bilateral Investment Treaties, Double Taxation Treaties, and Investment Flows”, Oxford: Oxford University Press, 2009. Pp. 327 14. “BITs give an individual country the ability to make credible promises to potential foreing investors” GUZMAN, Andrew T., “Why LDCs Sign Treaties That Hurt Them: Explaining the Popularity of Bilateral Investment Treaties”, University of California - Berkeley, Virginia Journal of International Law, Vol. 38, 1998. Pp. 639.

(11) 11. un país 15, y por lo tanto no subsanan por sí mismos la falta de seguridad jurídica de los países frente a los inversionistas extranjeros, pero aún así generan en todos los casos altos costos asociados de suscripción 16. De hecho, si bien la posición extrema de la denominada doctrina Calvo17. ha sido relativamente. superada en las nuevas generaciones de TBIs, consideramos que aún quedan muchos costos de suscripción por superar y que para ello existen otros AII que podrían ser más útiles y beneficiosos regionalmente que los TBIs. Al respecto cobra relevancia la publicación denominada “Bilateral Investment Treaties in the mid-1990s” de la Conferencia de Comercio y Desarrollo de la Organización de las Naciones Unidas (UNCTAD, por sus siglas en inglés) en donde los investigadores encontraron que la relación entre TBIs e IED era estadísticamente débil al analizar la magnitud de su efecto, y concluyeron que los TBIs pueden tener como única expectativa un “incremento marginal”18 de la IED. Dado lo anterior cabe resaltar que existen casos en donde los TBIs, a pesar de que no han generado los beneficios en que se fundamentan, es decir, no han generado IED, o esta no ha sido una inversión deseable, si han tenido costos asociados de suscripción, tal y como ha sucedido en Argentina los últimos años,. 15. “Those countries with weak domestic institutions, including protection of property, have not gotten significant additional benefits; a BIT has not acted as a substitute for broader domestic reform” HALLWARD-DRIEMEIER, Mary, Do Bilateral Investment Treaties Attract Foreign Direct Investment? Only a Bit . .. and They Could Bite, 19 World Bank, Dev. Research Grp., Policy Research Working Paper No. WPS 3121, 2003. Available at http:// tinyurl.com/3akk3af. 16. “In a growing number of cases, investors are using BITs to bring highly ambitious and politically explosive claims that seek to push international investment law far beyond its customary origins.” Ob. Cit. YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)”P.p. 404 17. “Esta doctrina toma su nombre del jurista argentino Carlos Calvo y sugiere que los extranjeros sólo tienen los derechos y privilegios que disfrutan los nacionales y pueden, por tanto, buscar la ejecución de dichos derechos sólo ante las cortes locales. Carlos Calvo, Le droit international théorique et pratique, précéde d'un exposé historique des progrès de la science du droit des gens (guillaumin, Paris, 1885)”. Tomado de MÁRQUEZ ESCOBAR, Carlos Pablo y VILLEGAS CARRASQUILLA, Lorenzo, “Regulación e inversión extranjera: los tratados de promoción recíproca de inversiones y el estándar de trato justo y equitativo”, Revista Colombiana de Derecho Internacional, vol. 15., 2009, P.p. 169. 18. UNITED NATIONS, “Bilateral investment treaties in the mid-1990s.”, United Nations Conference on Trade And Development (UNCTAD), United Nations Sales No. E.98.11.D.8.,1998. Pp. 105-22.

(12) 12. según afirma Vilma Ibarra, Presidenta de la Comisión de Legislación General de Argentina: “Está comprobado que a raíz de la firma de estos tratados, donde se resigna soberanía, no se han incrementado proporcionalmente las inversiones. Pero además, y principalmente, el estado argentino tiene hoy juicios en el CIADI por más de $ 16.000 millones de dólares en concepto de arreglos de diferendos en los cuales han intervenido dichos tribunales por la jurisdicción que establecen estos tratados. Por ello, resulta necesario que el Poder Ejecutivo proceda a la denuncia, anulación o derogación de esos tratados, conforme la mejor opción para la Argentina, en los términos, plazos y modos que mejor defiendan nuestros intereses y soberanía. Es necesario evitar que estos TBI continúen vigentes porque afectan los intereses nacionales y perjudican nuestra economía”19 Por su parte, Sara L. Feldstein de Cárdenas al referirse a la relación entre TBIs e IED ha recordado el caso de Brasil, quien “no mantiene tratados bilaterales sobre inversiones y tampoco es parte de los sistemas multilaterales de solución de controversias, como el CIADI, entre otros. A pesar de este aspecto, el país recibió significativas inversiones a lo largo de la última década. Esto parece indicar que estos mecanismos no fueron componentes necesarios para la atracción de inversiones en el pasado”. De hecho la Sra. Feldstein va más allá y concluye que “si lo que se aspira es que la presencia de los inversionistas constituya un aporte efectivo para la República Argentina, habrá que: (…) superar el error de pensar que depende de los tratados bilaterales la llegada de inversiones extranjeras, sino que basta garantizar a los justiciables, inclusive a los inversionistas, la resolución. 19. IBARRA, Vilma, “Tratados Bilaterales de Inversión: Es necesario terminar con esta remora de los años 90”, Buenos Aires – Argentina, 2009, en http://www.vilmaibarra.com.ar/?p=309.

(13) 13. de las disputas dentro de un sistema de justicia que les brinde certidumbre, seguridad jurídica (...)” 20 De igual manera, las preocupaciones sobre los costos asociados a los TBIs, y en especial aquellos derivados de la cláusula de arbitramento -transversal a la mayoría de TBIs-, se han extendido a Australia, Suramérica y la Comunidad Europea, tal y como lo resalta M. Sornarajah: The (...) “situation in Europe where the European Commission has frozen the making of any new investment treaties by individual member states and taken the view that there must be a common policy followed by the European Union on issues of foreign investment signals the end of treaties that had been negotiated by the different European states. Some of them, particularly those, which had suffered adverse consequences of investment arbitration, had earlierannounced reconsideration of their policies relating to the usefulness of investment treaties. (...) A glaring example of withdrawal from the treaty system is that of Brazil, which saw spectacular development without any bilateral investment treaties. (...)”.21 Así mismo, unos años atrás Australia había anunciado su decisión de no pactar cláusulas arbitrales en sus futuros tratados debido, entre otras razones, a que dicha cláusula ponía a los inversionistas extranjeros en una posición de superioridad sobre los inversionistas locales.. 20. FELDSTEIN de CÁRDENAS, Sara Lidia, “Arbitraje e Inversiones Extranjeras”, publicado en “El derecho privado ante la internacionalidad, la integración y la globalización”, Centro Argentino de Estudios Internacionales, Programa Derecho Internacional, Buenos Aires – Argentina, 2005. Pp- 17 y 24 21. SORNARAJAH, Muthucumaraswamy,”The International Law on Foreign Investment”, Cambridge University Press, 2nd edition, 2004, P.p. 227 - 228..

(14) 14. Igualmente, y por diferentes razones, Bolivia, Ecuador22 y Venezuela han iniciado campañas contra el el Centro internacional de arreglo de diferencias relativas a inversiones -CIADI- para renegociar los tratados, desconocer los fallos y finalmente denunciar la convención del CIADI en 2007, 2009 y 2012 respectivamente. Los anteriores son algunos ejemplos prácticos que demuestran que los TBIs no deben considerarse como un instrumento beneficioso por naturaleza para todos los casos, así mismo y como hemos venido exponiendo, tampoco deben ser considerados como un generador natural de IED ni como un mecanismo necesario para atraerla, y en los casos en que la atraen, tampoco debe suponerse que dicha inversión justifica, en todos los eventos, los costos asociados de suscripción de los Tratados Bilaterales de Inversión. De hecho, Zachary Elkins, Andrew Guzman y Beth Simmons, han desarrollado desde el año 2010 la idea de que los países en conjunto resultan más perjudicados que beneficiados de la especie de “race to the bottom” que desencadena la “carrera” por atraer IED a través de TBIs absolutamente proteccionistas para el inversionista, pero peligrosamente restrictivos materia soberanía estatal, y con unos altos costos asociados de suscripción para los Estados. “On a broad level, inherent contradictions characterize the BIT revolution over the last few decades. Underlying the surge in BITs is a belief that protection of investor interests will invariably, without further 22 “For. the purposes of promoting, attracting and protecting foreign investment, Ecuador signed the International Convention on Settlement of Investment Disputes between States and Nationals of other States (the ICSID Convention) on 3 March 986, which became fully in effect on 9 April 00.3 Likewise, Ecuador has executed 8 bilateral investment treaties (BITs) that include ICSID or UNCITRAL arbitration clauses. At present, 0 BITs are in effect. Ecuador is a party to the World Trade Organization and more than once it has applied state-to-state arbitration as set forth in WTO treaties”. ROBALINO ORELLANA, Javier y RODRIGO JIJÓN, Letort - “The Arbitration Review of the Americas 2010”, Global Arbitration Review en asociación con Pérez, Bustamante & Ponce, 2010.P.p. 47-48.

(15) 15. state intervention, lead to the public good. This is tied to the proposition that BITs increase or facilitate foreign investment in all cases, a premise called into question by Zachary Elkins, Andrew Guzman, and Beth Simmons. Their statistical analyses reveal a tenuous relationship between foreign direct investment flows and BITs. The central reason is that the pool of money that investors are willing to invest in developing countries is limited. States compete for this scarce pool by offering ever more attractive conditions to foreign investors, engaging in an arms race. Host states would likely be better off if they could collectively commit not to undertake this race to the bottom”23. Por su parte, Mary Hallward-Driemeier ha encontrado en una de sus investigaciones empíricas que existe muy poca evidencia de que los TBIs hayan estimulado inversión extranjera directa, de hecho en su estudio se afirma que: “Analyzing twenty years of bilateral FDI flows from the OECD to developing countries finds little evidence that BITs have stimulated additional investment. Those countries with weak domestic institutions, including protection of property, have not gotten significant additional benefits; a BIT has not acted as a substitute for broader domestic reform. Rather, those countries that are reforming and already have reasonably strong domestic institutions are most likely to gain from ratifying a treaty. That BITs act as more of a complement than a substitute for domestic institutions means that those that are benefiting from them are arguably the least in need of a BIT to signal the quality of their property rights”24 .. 23. Ob. Cit. WAIBEL, Michael, KAUSHAL, Asha, LIS CHUNG, kyo-Hwa y BALCHIN, Claire, “The Backlash Against Investment Arbitration”, 2010, 24. Ob. Cit. HALLWARD-DRIEMEIER, Mary, Do Bilateral Investment Treaties Attract Foreign Direct Investment? Only a Bit . .. and They Could Bite (…). Pp. 22.

(16) 16. Por otro lado, la variable que si ha generado disminución de riesgo político e incremento de la IED en los países, más allá de los TBIs, ha sido precisamente el fortalecimiento de sus instituciones estatales, en especial de la democracia25 y de la seguridad jurídica que se brinda a los inversionistas desde el Estado mismo, más allá de sus tratados con otros Estados, situación que por ejemplo, llevó a Brasil a tener altos flujos de IED aún sin suscribir algún tipo de TBIs con otros países. Dado lo anterior, para que los TBIs puedan generar IED, deben estar acompañados de políticas públicas que generen confianza a los inversionistas sobre la seguridad de su inversión, la imparcialidad y eficiencia del sistema judicial en la solución de conflictos relacionados con las inversiones, y especialmente con los derechos de propiedad 26. En consecuencia, ni los TBIs se pueden considerar como un catalizador autosuficiente para generar IED 27, ni tampoco se podrá dar por sentado que sustituyan la deficiencia de las instituciones estatales. De lo único que se puede estar seguros es que la suscripción de TBIs genera altos costos asociados, para los países mientras que el incremento de la IED es incierto y depende de otras variables distintas al tratado mismo.. 25. “Relatively consistent evidence shows that political democracy positively affects risk ratings, a finding in line with past research on democracy and foreign investment: The Polity variable is significant and positive in four of the six models (the ICRG and IRIS models), suggesting that greater levels of democracy are associated with less perceived political risk” Ob. Cit. YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)”P.p. 421 26. “The correlation between BITs and the quality of domestic institutions is critical as governments face a variety of policy choices with respect to attracting FDI to their economies”. Ob. Cit, CHALAMISH, Efraim, “Do Treaties Matter ?” (…). Pp. 331 27. “Is this development sufficient to conclude that BITs have actually promoted FDI into developing countries? The answer is not straightforward because, as indicated before, there are, in addition to BITs, many determinants of FDI inflows into countries economic policy determinants or business facilitation”. UNITED NATIONS, “The Role of International Investment Agreements in Attracting Foreign Direct Investment to Developing Countries”, UNCTAD Series on International Investment Policies for Development, United Nations Publication, 2009. Pp. 31..

(17) 17. Así, somos de la posición de que en los casos en que los TBIs generen beneficios, estos deben considerarse como complementarios a las instituciones estatales y además que no se debe continuar suponiendo que los TBIs generan IED por sí mismos, sino que por el contrario, la fortaleza de las instituciones estatales es lo que garantiza IED, mientras que los TBIs son un complemento a dicha fortaleza que tiene por finalidad demostrar un compromiso internacional de seguridad a la inversión, más no subsanar los defectos de dicha inseguridad jurídica en el país. Al respecto, Neumayer y Spess han obtenido como resultado de una investigación económica sobre el particular que “there is some limited evidence that BITs function as substitutes for institutional quality, as in a few estimations the interaction term between the accumulated number of BIT variable and institutional quality is negative and statistically significant”28 . Así mismo, basada en estos resultados Jason Webb Yackee ha considerado que los TBIs no sustituyen la fortaleza de las instituciones requerida para atraer IED, más sin embargo, pueden ser un complemento en el proceso de fortalecimiento de dichas instituciones: “this relationship may be conditional on the strength of domestic political institutions in the host state. Host states with domestic institutions that are ineffective at protecting the property rights of foreign investors may be more likely to see a significant impact on FDI upon signing a BIT.”29 Así, paradójicamente aquellos países más desarrollados, con instituciones estatales más fuertes y que necesitan menos de la IED con respecto a los países menos desarrollados, son aquellos que pueden aprovechar en mayor medida los beneficios complementarios de los TBIs, esto en contraposición a aquellos países en vía de desarrollo, que por sus instituciones estatales débiles, deberán. 28. Ob. Cit. NEUMAYER, Eric & SPESS, Laura. “Do bilateral investment treaties increase foreign direct investment to developing countries?”, Pp. 27 29. Ob. Cit. YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)”P.p. 408.

(18) 18. fortalecerlas antes de beneficiarse de los TBIs en igualdad de condiciones y en igual medida que los países desarrollados. La anterior preocupación ha sido resaltada por Efraim Chalamish quien plantea que “the marginal impact of BITs is greater in countries with better economic environments and effective legal regimes so that the least risky and most developed of the developing countries gain much more from signing additional BITs than more risky countries”30. Lo anterior corroborado empíricamente por Salacuse y Sullivan en su estudio conjunto sobre la efectividad de los TBIs, quienes a propósito del desarrollo económico de Estados Unidos han sustentado de manera consistente la idea de que los “U.S. BITs are more likely to induce FDI inflows than those concluded by other OECD countries, and that a host country with a U.S. BIT is more likely to increase its overall FDI (from all OECD countries) than a country without a U.S. BIT, holding other factors equal”31 Ahora bien, bajo la misma línea de análisis y a propósito de la desigualdad arriba mencionada en los eventuales beneficios de los TBIs entre países desarrollados y aquellos en vía de desarrollo, Andrew Guzmán ha presentado un estudio donde concluye que aún si los TBIs generan algún crecimiento de la IED en los países en vía de desarrollo, dicho incremento no se vería justificado tras un análisis de costo–beneficio, debido a que suscribir TBIs es ineficiente, no solo por aquellos costos de suscripción inherentes a los TBIs que tiene cada país, sino porque como grupo los países en vía de desarrollo compiten por la IED y cada ganador tendría asociado un país perdedor en una especie de trade-off, situación que en últimas reduce el crecimiento económico de la región en vía de desarrollo.. 30 31. Ob. Cit, CHALAMISH, Efraim, “Do Treaties Matter ?” (…). Pp. 332. SALACUSE, Jeswald W. & SULLIVAN, Nicholas P., “Do BITs Really Work?: An Evaluation of Bilateral Investment Treaties and Their Grand Bargain, in The Effect of Treaties”, Harvard International Law Journal 46(1), 2004..

(19) 19. “Although BITs improve the efficiency of foreign investment, they may not increase the welfare of developing countries. BITs give an individual country the ability to make credible promises to potential foreing investors. As a result, the country is more attractive to foreing investors and will receive a larger volumen of investment than it would without the ability to make such promises. The increase in investment, however, is likely to come in large part at the expense of other developing countries. Developing countries as a group, therefore, will enjoy gains from an increase in total investment that is relatively modest. It is probable that this gain will be outweighed by the loss those countries will suffer as they bid against one another to atract investment. Developing countries would be better off if, rather than competing against one another to attract investment, they could require potential investors to commit their investments to a particular country without a binding investor-host agreement. (…)”32. Ahora bien, si la suscripción de TBIs es ineficiente por los motivos arriba presentados para los países en vía de desarrollo, quienes irónicamente son aquellos que más necesitan IED, y si el fortalecimiento de las instituciones estatales genera de entrada y por sí mismo IED como ha sido expuesto anteriormente, la pregunta que surge naturalmente sería: ¿para qué son necesarios los TBIs después de haberse fortalecido las instituciones internas y la democracia de un país?, ¿Son acaso los beneficios complementarios, no sustitutos, de los TBIs suficientes para asumir los costos asociados de suscripción y superar la ineficiencias de los países en vía de desarrollo?. La respuesta a ambas preguntas continuará siendo objeto de debate, pero en este punto pareciera ser negativa. 32. GUZMAN, Andrew T., “Why LDCs Sign Treaties That Hurt Them: Explaining the Popularity of Bilateral Investment Treaties” (…) Pp. 688.

(20) 20. Así, podría pensarse que debido a que los TBIs generan diversos costos asociados de suscripción -como por ejemplo la disminución en materia de soberanía estatal-, y a que como veremos, existen otros mecanismos para incentivar la IED que son más idóneos al no tener los costos inherentes de los TBIs -tales como el fortalecimiento de las instituciones internas-, entonces cabe concluir en este punto que las políticas públicas de los países deberían centrarse en fortalecer instituciones antes que en suscribir TBIs para incentivar la IED, ahorrándose así los costos asociados a la suscripción de dichos instrumentos y promoviendo, en vez de acuerdos bilaterales, algunos acuerdos multilaterales tales como los Acuerdos de Comercio e Inversión Preferencial que incentivan un crecimiento para la región y no solamente para los países. II. INFLUENCIA DE LOS TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN EN LOS NIVELES DE RIESGO POLÍTICO DE LOS PAÍSES. Ahora bien, teniendo en mente que los TBIs no son generadores naturales de IED, sino que la política subyacente a la atracción de inversión extrajera es aquella que fortalezca las instituciones estatales, cobra absoluta relevancia analizar la otra cara de la moneda, viendo la influencia que los TBIs ejercen sobre las calificaciones de riesgo político de los países, y en consecuencia, la importancia que las multinacionales otorgan a estos tratados cuando se encuentran tomando la decisión de invertir en un país del extranjero. En primer lugar, tras el análisis de las investigaciones antes mencionadas y que estudian la relación entre TBIs e IED, cabe resaltar un problema metodológico que se ha identificado con la mayoría de estudios realizados hasta este momento, el cual se debe a que en muchos casos no se ha tomado en cuenta la importancia de los TBIs frente a las multinacionales. Lo anterior debido a que no siempre se.

(21) 21. identifica si los API, y en especial las multinacionales, ven utilidad en dichos tratados al momento de tomar sus decisiones de inversión; de hecho la mayoría de los estudios son estadísticos y giran en torno a si existe o no aumento de la IED una vez los países han suscrito TBIs, olvidando incluir la perspectiva de los API que están directamente implicados en el proceso, razón por la cual el presente trabajo incluiría algunos estudios que precisamente se han centrado en la posición de los API para determinar la eficacia de los TBIs con respecto a la IED de los países. “A final theoretical problem with existing studies is the failure to incorporate any sort of reasonably realistic theory of the investor decision-making process. Investors are portrayed as intensely worried about the limited kinds of political risk against which BITs might offer adequate protections, as hyper-rational in their willingness and ability to find out about BITs prior to deciding whether to invest, and as generally according the presence or absence of a treaty decisive importance in their investment decisions. In fact, the best qualitative studies of investment decision making suggest that the process is often idiosyncratic and less than rational, and that investors care about many things besides, or in addition to, the kinds of risks against which BITs might protect”33 Para analizar el tema he considerado pertinente exponer y analizar, entre otros, un estudio empírico34 realizado en los años de 2010 a 2011 en donde se recopilaron conceptos de (i) consultores externos que califican los niveles de riesgo político,. 33. Ob. Cit. YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)” Pp. 414 34. “I examine (…) three alternative sources of evidence of an impact of BITs on foreign investment decisions. First, I will examine whether BITs are correlated with more favorable political risk ratings by for- profit risk-rating agencies. I will then turn to the effect of BITs on political risk insurance, and finally, I will discuss investor awareness and appreciation of BITs” Ibíd. Pp. 414.

(22) 22. (ii) entidades aseguradoras que toman en cuenta la calificación del riesgo político35 y (iii) gerentes legales de algunas multinacionales establecidas en E.E.U.U. que realizan IED. Tras lo anterior se demostró que los TBIs no influencian, o al menos no de manera decisiva, a quienes toman decisiones de inversión dentro de las multinacionales, ni están relacionados con los niveles de riesgo político de los países 36. Al respecto el estudio ha demostrado que los “ BITs are not strongly correlated with political risk rankings, and providers of political risk insurance only inconsistently take BITs into account when making underwriting decisions. Indeed, the majority of providers surveyed do not view BITs as relevant to their underwriting decisions. Finally, general counsel report relatively low corporate familiarity with, or appreciation of, BITs as risk-reducing devices”37. El anterior es un argumento que adicionalmente soporta el hecho antes mencionado de que los TBIs no son sustitutos, perfectos o imperfectos, a la debilidad de las instituciones estatales al momento de atraer IED. De hecho, en la medida en que los TBIs no reducen los niveles de riesgo político es evidente que en muchos casos no están generando por sí mismos el ambiente propicio para atraer IED ni justificando los costos asociados de su suscripción, argumentos a través de los cuales muchos agentes encargados de realizar políticas públicas justifican los TBIs hoy en día 38.. 35. “If investment treaties are important elements in the foreign investment decision-making process because they protect against the risk of adverse political actions (like expropriation), it might be expected that companies whose line of business is to gauge such risks will incorporate the presence or absence of treaties into their evaluations”. Ibíd. Pp. 399 36. Al respecto ver PERRY, Amanda, “Legal Systems as a Determinant of FDI: Lessons from Sri Lanka”, Kluwer Law International, The Hague, 2001. 37. Ob. Cit. YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)” Pp. 400 38. “The central premise of investment treaties is that states that agree to the disciplines and rigors of international investment law will enjoy benefits that offset the various costs. In exchange for giving up what might be called "policy space," or some measure of regulatory autonomy, host states expect, or hope, to receive increased flows of investment”. Ibíd. Pp. 398.

(23) 23. Así, el estudio mencionado presenta una postura muy interesante de la relación entre los TBIs y la IED, basando sus resultados en las consideraciones de los API que toman decisiones sobre la IED de los países. De esta manera el estudio llega a la conclusión de que las consideraciones legales de los países juegan un papel minoritario para las multinacionales en sus relaciones de negocio, y por lo tanto la suscripción de TBIs es un aspecto marginal para los API al momento de identificar los países que serán objeto de IED: “More generally, a long line of law and society research suggests that legal considerations (and BITs and BIT-based arbitration are certainly law-related) often play a surprisingly minor role in the organization and implementation of business affairs. Those two strands of research qualitative studies of the investment decision-making process, and lawand-society research on the intersection of law and business - imply that we should not expect to see that BITs have massive, or perhaps any, impact on foreign investment” 39. En consonancia con el papel minoritario de la Ley en los negocios se encuentra Stewart Macaulay, quien tras un estudio sobre el particular ha encontrado que "contract planning and contract law, at best, stand at the margin of important longterm continuing business relations. Business people often do not plan, exhibit great care in drafting contracts, pay much attention to those that lawyers carefully draft, or honor a legal approach to business relationships."40 Ahora bien, para exponer el argumento aquí presentado se desarrollarán dos componentes de la interacción entre TBIs e IED, a partir del estudio entre 2010 y 2011 arriba mencionado: el primero de ellos es la relación entre TBIs y los niveles. 39. Ibíd. Pp. 415. 40. MAUCALY, Stewart, “An empirical view of contract”, Wisconsin Law Review 465, 1985. Pp. 467.

(24) 24. de riesgo político de los países, y el segundo es el conocimiento y apreciación de los TBIs por parte de los inversionistas en su proceso de toma de decisiones. El primer componente ha sido analizado a su vez desde dos enfoques, el primero desde la perspectiva de consultores externos que califican los niveles de riesgo político, y el segundo desde la posición de las entidades aseguradoras que asesoran a los inversionistas sobre el riesgo de sus inversiones, y toman como una de sus variables la calificación del riesgo político. Primer Enfoque Sobre el primer enfoque el autor del estudio analiza dos calificadoras de riesgo muy reconocidas de clientes corporativos que miden los niveles de riesgo político en que se encuentran los países, denominadas Grupo PRS y BERI S.A. Cabe aclarar que el análisis del estudio ha sido delimitado solo a algunos riesgos políticos ya que hay nexos de causalidad con el riesgo político que no ameritan ser estudiados de cara a los TBIs, tales como el riesgo de guerra, insurgencia u otros riesgos de tipo político que no tendrían, en principio, una causalidad directa con los TBIs 41. Para la primera consultora el estudio se enfocó en el perfil de inversión analizado por el punto veinte de la Guía Internacional de Riesgo Estatal (ICRG, por sus siglas en inglés), que mide la posibilidad de que se presenten tres posibles contingencias con los Estados: (i) Rompimiento del contrato y expropiación (ii) Interferencia en la repatriación de utilidades y (iii) Riesgo de demora en pagos. Sobre la segunda consultora el estudio se enfocó en la evaluación de la actitud de 41. “I use the ICRG and BERI sub-indices because the organizations' aggregate political risk indices include a number of risk-related factors that are not directly related to the legal protections that BITs provide. In other words, I am examining the impact of BITs on political risk narrowly, as there is no theoretical reason to expect BITs to be associated causally with variables like political instability, risk of war or insurgency, or other factors that might form part of a more general definition of "political risk." Ob. Cit. YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)” Pp. 416.

(25) 25. los países frente a los inversionistas que se encuentra en los Riesgos Operacionales BERI, los cuales han sido producto de evaluaciones por un panel de aproximadamente 100 expertos. La lógica subyacente al análisis de estas consultoras es que si los TBIs reducen el riesgo político, entonces tanto el Grupo PRS como BERI deberían tener en cuenta los TBIs que han suscrito los países al momento de analizar los niveles de riesgo político de cada país. Así las cosas, en el momento en que los clientes corporativos, muchos de ellos inversionistas internacionales, soliciten conceptos sobre el riesgo de sus inversiones a las consultores privadas, dichos conceptos -y en consecuencia las decisiones de inversión que tomen los inversionistas- estarán influenciadas, directa o indirectamente, por los TBIs suscritos por los países 42: “If PRS Group and BERI experts take BITs into account, investors may do so as well”43. Analizando directamente el peso que las consultoras estudiadas daban a los TBIs, la investigación arrojó como resultado que la influencia de estos instrumentos es mínima en los niveles de riesgo político de los países 44 y que un cambio en los niveles de riesgo es difícilmente lograble a través de Tratados Bilaterales de Inversión45; de hecho, el estudio demostró que las variables que reducen de manera más notoria los niveles de riesgo político son aquellas relacionadas con la. 42. “If BITs work by reducing political risk (that is, risk of expropriation), then we might expect to see that organizations like the PRS Group or BERI systematically assign more favorable risk ratings to those states that enter into BITs. If foreign investors rely on these ratings when deciding whether and where to invest, then BITs may influence the investment decision-making process indirectly, or at least independently of any specific knowledge or appreciation of BITs by foreign investors themselves”. Ibíd. Pp. 416 43. Ibíd. Pp 416. 44. “The regression analysis provides little evidence that BITs meaningfully influence political risk ratings. (…) BITs are not a significant predictor of either the BERI measure of investment attitude or the IRIS measure of risk of expropriation, with the latter result especially notable, given that BITs are often said to work precisely by reducing the risk of expropriation (See, e.g., Kerner, supra note 63, at 76 ("Bilateral Investment Treaties are designed to reduce the risk of state-led expropriation.")” Ibíd. Pp. 424 45. “Risk ratings are, in other words, relatively "sticky," and that stickiness suggests that host states desiring greater investment should not expect relatively easy policy changes - like the decision to enter into BITs - to influence investor perceptions of risk, at least over the short term”. Ibíd. Pp. 424.

(26) 26. estabilidad de las instituciones estatales, en especial la democracia, sobre lo cual se concluye una relación inversa entre estabilidad democrática y riesgo político de los países frente a las inversiones. Lo anterior no solo implica que los TBIs no son tan relevantes para las calificadoras de riesgo al momento de analizar el riesgo político de un país, sino que corrobora que los costos que los TBIs generan en términos de pérdida de soberanía y costos económicos podrían superar los beneficios que realmente tendrían los TBIs para un país. Segundo Enfoque Ahora bien, sobre el segundo enfoque del riesgo político, es decir, haciendo el análisis desde la posición de las entidades aseguradoras que pueden tomar como una de sus variables la suscripción de TBIs en el cubrimiento de riesgos políticos 46, la investigación no ha mejorado las perspectivas arrojadas inicialmente sobre los Tratados Bilaterales de Inversión. En primer lugar cabe aclarar que la lógica de analizar el comportamiento de las Aseguradoras de Riesgo Político (ARP) parte del siguiente supuesto: si las compañías de seguros, que son profesionales en cubrir y evitar riesgos, toman en cuenta los TBIs al momento de cubrir riesgos políticos, entonces los inversionistas también tendrán incentivos para tenerlos en cuenta al momento de querer disminuir los riesgos políticos de su inversión47. De hecho, si los TBIs influenciaran los niveles de riesgo político frente a las aseguradoras, entonces las pólizas de 46. “political risk insurers provide foreign investors with insurance against certain adverse events, such as uncompensated expropriation by the host state, damage resulting from political violence, and currency inconvertibility” Ob. Cit. YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)” Pp. 422 47. “if insurers take BITs into account when deciding whether and on what terms to issue PRI, that suggests that investors - who, like insurers, have direct financial incentives to gauge political risk before deciding whether to invest - are themselves likely to consider BITs as part of the investment decision-making process”. Ibíd. Pp. 422.

(27) 27. cubrimiento disminuirían su valor de manera proporcional al aumento en la suscripción de TBIs por el país objeto del cubrimiento; dado lo anterior, la IED aumentaría en los países que hayan suscrito mayor número de TBIs, ya que el cubrimiento del riesgo político en dichos países sería más económico para los inversionistas 48. Ahora bien, la metodología de investigación giró en torno a un sondeo realizado con diferentes ARP en donde se les realizaban las siguientes preguntas: “[(i)] was it the firm's standard practice to determine whether the investment project will be covered by a BIT before agreeing to issue the insurance policy? and [(ii)]Does the presence or absence of a BIT influence the premiums that your organization charges investors for expropriation insurance?. Respondents answering ''yes" to the second question were then asked to provide an estimate of the magnitude of any effect on premiums.”49 Los resultados de dichas entrevistas son bastante desalentadores para los TBIs, toda vez que para la primera pregunta el 57.14% de los entrevistados respondió que determinar si una inversión se encontraba cubierta por TBIs no era una práctica común antes de expedir una póliza de seguro a inversiones, y frente a la segunda pregunta el 64.28% respondió que los TBIs no impactan en absoluto el costo de la póliza por seguro de expropiación, siendo este uno de los riesgos políticos más relevantes 50. 48. “if PRI providers take BITs into account when deciding whether to issue insurance, BITs may indirectly promote FDI (regardless of investor knowledge or appreciation of BITs) by making PRI more available and more affordable. 109 An investor who will not invest absent PRI may be more likely to find affordable PRI - and thus to invest - if BITs impact the insurer's underwriting decisions”. Ibíd. Pp. 422 49 50. Ibíd Pp. 423. “For example, a large private provider stated that it "rarely [got] info relating to a BIT until the later stages of any disclosure info." It added that BITs have "no direct influence - country risk factors may be affected a little but usually other factors [are] driving the price . . . [like] aggregate pressure, competition, [and] prices from [public providers]," and that BITs might impact pricing "less than 5%, if anything". Another private provider responded: "In short, BITs don't effect [sic] pricing at all for me. I don't regard the process as being robust enough with enough of a successful track record. Furthermore, if one looks at Latin America at the moment countries seem to unilaterally pull out of international arbitrations, so ultimately we give the structure no credit"”. Ibíd Pp. 424.

(28) 28. Así las cosas, el patrón de respuestas demostró que los TBIs no. influyen de. manera consistente y generalizada en los niveles de riesgo político que toman en cuenta las ARP en el cubrimiento de riesgos, y en esa medida, tampoco disminuyen -por regla general- los costos de las pólizas de seguros frente a riesgos políticos 51 tales como la “expropiación regulatoria”52 . Dado lo anterior es claro que si ni las calificadoras de riesgo, ni las aseguradoras de riesgo político consideran determinantes, o como mínimo muy influyentes, los TBIs al momento de establecer los niveles de riesgo político y de tasar el costo de las pólizas de seguro a las inversiones, entonces dichos tratados no recompensan como deberían todos sus costos asociados. Lo anterior debido a que su suscripción no garantiza la reducción de los riesgos políticos de los países, que es uno de los argumentos más fuertes para encontrar un vínculo de causalidad entre los costos por la suscripción de TBIs y los beneficios por el aumento proporcional de la IED. III. INFLUENCIA DE LOS TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN SOBRE LAS DECISIONES TOMADAS POR LOS AGENTES PRIVADOS DE INVERSIÓN. Ahora bien, partiendo de los argumentos antes desarrollados que han demostrado que los TBIs no son sustitutos -perfectos o imperfectos- de la debilidad de las instituciones estatales, ni reducen el riesgo político asociado a las inversiones extranjeras que tienen en cuenta los inversionistas al momento de tasar el riesgo 51. “(…) the pattern of responses suggests, at a minimum, that BITs only imperfectly and inconsistently affect PRI decisions. For many underwriters, including large private providers motivated primarily by considerations of profit, BITs have no impact on insurance decisions. For others, that impact may be relatively slight. In short, the practices of PRI providers offer little evidence in support of the hypothesis that BITs have substantively meaningful impacts on FDI. If PRI underwriters do not highly value BITs, then it is unlikely that foreign investors value them greatly. And if BITs do not systematically influence PRI availability or premiums, then the treaties are unlikely to promote FDI indirectly by making investments more readily insurable”. Ibíd Pp. 425 - 426 52. “If BITs have an important role to play in reducing risk, it is probably at reducing the risk of so-called "regulatory expropriation" - that is, at protecting companies against adverse regulatory changes that amount to less than a full "taking" of the investment”. Ibíd. Pp. 429.

(29) 29. de su inversión, se torna entonces fundamental analizar si los inversionistas extranjeros, y especialmente las multinacionales, toman en cuenta los TBIs por cualquier otro motivo al decidir dónde realizar su inversión extranjera. Sobre el particular cabe resaltar que a pesar de la relación aquí analizada entre riesgo político y TBIs con fines de aumentar la IED, hay quienes afirman que incluso existe una baja conciencia por parte de los administradores en analizar los riesgos políticos de una inversión, y de hecho, cuando dichos riesgos se evalúan no hay sistemas de evaluación rigurosa y sistemática que permita identificar las contingencias puntuales que una empresa enfrenta por los riesgos políticos de un país. Al respecto en la investigación de Kobrin sobre el riesgo político en las empresas se encontró que el riesgo político no había sido institucionalizado por los API que toman decisiones sobre IED en los países: “Surveys of managerial assessment and evaluation of the political environment consistently reveal an interesting paradox. With very few exceptions, managers rate political instability (or political risk) as one of the major influences on the foreing investment decision.Yet, again with very few exceptions, the same surveys report the absence of any formal or even rigorous and systematic assessment of political environments and their potential impact upon the firm”53. Sobre lo anterior considero pertinente destacar el hecho de que el estudio mencionado se centra en la perspectiva de los administradores de las empresas, quienes tienen tantas variables sobre la mesa al momento de tomar una decisión, que en muchos casos el riesgo político puede pasar a un segundo plano en el cumplimiento de sus funciones. No obstante lo anterior, no creo que esto sea una justificación para asumir que las empresas no tienen en cuenta -por regla general53. KOBRIN, Stephen J. “Political Risk: A Review and Reconsideration”, Massachusetts Institute of Technology, Journal of International Business Studies, 1979 Pp. 74.

(30) 30. los riesgos políticos, ya que si bien los administradores pueden no tenerlos en cuenta, los gerentes legales si deberían, en principio, estar al tanto de los riesgos políticos subyacentes a las decisiones de inversión de la empresa, y buscar que los administradores le den relevancia cuando dichos riesgos sean mayores a los potenciales beneficios de la inversión. Por lo anterior es importante analizar cómo los encargados de esta labor dentro de las empresas analizan el riesgo político de cara a los TBIs que haya suscrito un país. Así, el estudio de 2010 y 2011 antes presentado ha incluido un cruce de cartas con los gerentes legales 54 de las setenta y cinco multinacionales más grandes establecidas en E.E.U.U. según la revista Fortune, donde se les preguntó acerca de la familiaridad e importancia que tenían los TBIs en su empresa al momento de tomar decisiones de inversión55. Los resultados de dicha investigación son claros en afirmar que si bien los riesgos políticos juegan un papel importante en las organizaciones, existe un muy bajo nivel de conocimiento e integración de los TBIs en las empresas y una actitud reacia de los entrevistados a proteger sus inversiones a través de TBIs, de hecho no se evidenció que los entrevistados creyeran que estos tratados pueden. 54. “(…) there is good reason to expect that GCs are in a good position to gauge the importance of BITs to corporate decisions. In-house counsel increasingly enjoy significant power and prestige within large corporations, and they are frequently called upon to perform legal risk analysis of corporate proposals and decisions. (…) given the highly technical and relatively inaccessible nature of BIT jurisprudence, busy nonlegal senior executives are unlikely to be in a position either to monitor or to evaluate BIT developments.125 If news of BITs comes to the attention of FDI decision makers, it will probably be through an in-house lawyer” Ob. Cit. YACKEE, Jason Webb, “Do Bilateral Investment Treaties Promote Foreign Direct Investment (…)” Pp. 427 55. “Respondents were asked seven questions. The first six were answered on a scale of 1 to 5, where I was labeled "not at all familiar" (or its equivalent, depending on question wording) and 5 was labeled "very familiar" (or its equivalent); these included questions about how regularly companies considered investing in foreign ventures, lawyer and senior executive familiarity with BITs, perceived efficacy of BITs at protecting foreign investments from expropriation and adverse regulatory change, and the importance of BITs to companies' decisions to make foreign investments. The last question, which was in "yes/no/don't know" format, asked whether companies have ever declined to invest in a foreign project because of the absence of a BIT”. Ibíd. Pp. 428.

(31) 31. prevenir los cambios regulatorios adversos para las inversiones o evitar las expropiaciones típicas del riesgo político 56. “Overall, the responses indicate a low level of familiarity with BITs, a pessimistic view of their ability to protect against adverse host state actions, and a low level of influence over FDI decisions. (…) Finally, BITs do not appear to be a great consideration in the "typical" FDI decision, and only four respondents [5.3%] report that their companies have declined an investment opportunity specifically because of the absence of BIT protections”. Adicionalmente, el estudio fue mas allá y demostró que no solo había cierto desdén por el análisis de TBIs para mitigar los riesgos de las inversiones, sino que había una despreocupación generalizada por el sistema legal de los países objeto de la inversión, y que los análisis legales solo se hacían cuando la decisión de realizar IED en un país ya estaba tomada, y no previamente como debería hacerse en una organización que busque mitigar riesgos legales; así, los resultados de la investigación implican que “corporate decision makers do not analyze international law and political risk in a way that the commonly-used microinvestment theory says they should. While scholars might argue that investors should care deeply about BITs when deciding whether and where to invest, the data presented above suggest that many investors and potential investors do not”57. En consonancia con esta posición se encuentra Kelly y Philippatos quienes tras una investigación en 1982 encontraron que la mayoría de las compañías no realizaban estudios legales previos a las decisiones de IED, más aún, hallaron que 56. “Respondents did not view BITs as particularly effective at protections against expropriation (…)The respondents were less impressed with BITs as an effective shield against adverse regulatory change”. Ibíd. Pp. 429 57. Ibíd. Pp. 433 - 434.

(32) 32. "[the] vast majority of companies do not employ the advocated methods to measure overseas risks, [and that] most companies allow for risks by arbitrarily adjusting the required return or payback of a project. (…) [It] is obvious that field implementation of risk analysis most likely leads to suboptimal decisions on FDI and market allocation of productive resources"58. De hecho, se ha encontrado que “law plays a minor role in the decisión to enter a market”59 . Así las cosas, si ni los mismos sistemas legales de los países parecen influir de manera determinante en la mayoría de las decisiones de inversión por parte de los API, mucho menos lo harán los TBIs, que como ha sido expuesto, usualmente no son tomados en cuenta por dichos API. Ahora bien, aún en el caso de que los agentes privados de inversión tomaran en cuenta los tratados de inversión mencionados, se generaría un problema adicional, ya que al no confiar en que estos instrumentos reducen los riesgos políticos, tampoco les brindarían una importancia muy alta al momento de decidir los países a través de los cuales canalizar la IED, por lo que en resumen, sobre este punto del estudio cabe concluir que los TBIs tampoco parecen generar IED a través de una influencia directa en los agentes privados de inversión. IV. COSTOS ASOCIADOS A LA SUSCRIPCIÓN DE TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN. Teniendo en mente que los TBIs no son tan determinantes para generar IED como usualmente se ha dado por hecho, y que por lo tanto, sus beneficios deben tomarse con cautela al momento de hacer un análisis costo-beneficio de un 58. KELLY WICKS, Marie E. and PHILIPPATOS, George C., “Comparative Analysis of the Foreing Investment Evaluation Practices by U.S.–Based Manufacturing Multinational Companies”, Journal of International Business Studies, Vol. 13. No. 3, Winter, 1982. Pp. 19, 24. 59. LOTHIAN, Tamara and KATHARINA, Pistor, “Local Institutions, Foreign Investment and Alternative Strategies of Development: Some Views from Practice”, Columbia Journal of Transnational Law, Vol. 42, Number 1, 2003. Pp. 109..

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