RESUMEN
Por los conocimientos adquiridos en las materias de nuestra carrera, en especial en la asignatura de Contabilidad IV, se decidió realizar el presente trabajo de investigación en una entidad pública. La Ilustre Municipalidad de Cuenca nos abrió las puertas para llevar a cabo el desarrollo de esta tesis. El rubro de Cuentas por Cobrar, es de vital importancia dentro de cualquier institución, por esta razón se decidió que el presente trabajo se plasme en el tema “ANÁLISIS DE LA CARTERA VENCIDA ORIGINADA POR LOS IMPUESTOS QUE RECAUDA LA I. MUNICIPALIDA DE CUENCA DURANTE EL PERÍODO 2007-2009”.
Para su desarrollo se han tomado en consideración varios aspectos, entre ellos, el comportamiento y la tendencia de las Cuentas por Cobrar por Impuestos, las causas que provocan la incobrabilidad de la cartera vencida, la gestión de cobro del Departamento de Tesorería y la opinión de la ciudadanía, en base al análisis de estos parámetros se proponen estrategias y mecanismos para una óptima recuperación de la misma y como consecuencia la reducción del Índice de Cartera Vencida.
Este trabajo abriga el deseo de constituirse en una herramienta de apoyo para la I. Municipalidad como para cada estudiante, y persona que pueda leerla y analizarla.
PALABRAS CLAVES
Impuestos, Índice de Cartera Vencida, Manual de Funciones, Institución, Contribuyentes, Puntos de Pago, Emisiones, Recaudaciones.
ABSTRACT
By the know-how acquired in the matters of our career, especially in the subject of Accounting IV, was decided to carry out the investigation work present in a public company. The Illustrious City Hall of Cuenca opened us the doors to carry out the development of is thesis. The area of Accounts receivable, is of vital importance inside any institution, by this reason was decided that the present I work be expressed in the theme "ANALYSIS OF THE ACCOUNTS RECEIVABLE DUE ORIGINATED BY THE TAXES THAT COLLECTS THE I. CITY HALL OF CUENCA DURING THE PERIOD 2007-2009"
For their development have been taken in various consideration aspects, among them, the behavior and the tendency of the Accounts receivable for Taxes, the causes that cause the no collectables of the accounts receivable that are due, the management of collection of the Department of Treasury and the opinion of the citizens, in base to the analysis of these parameters strategies they are proposed and mechanism for an optimum recovery of the same one and as consequence the reduction of the Index of Accounts Receivable Due. This work hopes to be constituted in a tool of support for the I. City Hall as for each student, and the person that can read it and analyze it.
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN 12
CAPÍTULO I 14
ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y DIAGNÓSTICO DE LA ILUSTRE
MUNICIPALIDAD DE CUENCA 14 1.1 Antecedentes Históricos 14 1.1.1 Sistema Legal 15 1.1.2 Objetivos de la Institución 16 1.1.3 Funciones de la Institución 17 1.1.4 Misión 17 1.1.5 Visión 18 1.1.6 Políticas 18 1.1.7 Estructura Orgánica 18 1.1.8 Estrategias 22 1.2 Componentes Teóricos 23
1.2.1 Definición de Cartera, Cartera Vencida, Cuentas por Cobrar,
Cartera Litigiosa y Clasificación Dentro del Sector Público 23 1.2.2 Identificación de los Ingresos con los cuales se financia la
Entidad 25
1.2.3 Concepto de Impuestos 26
1.2.4 Clasificación de los Impuestos que Recauda la Municipalidad 26 1.2.5 Impuesto Sobre la Renta, Utilidades y
Ganancias de Capital 27
1.2.5.1 Impuesto a la Utilidad por la Venta de Inmuebles Urbanos 27
1.2.6 Impuesto Sobre la Propiedad 28
1.2.6.1 Impuesto a los Predios Urbanos 28 1.2.6.2 Impuesto a los Predios Rústicos 30 1.2.6.3 Impuesto al Rodaje de Vehículos Motorizados de Transporte
Terrestre 33
1.2.6.4 Impuesto de Alcabalas 35
1.2.7 Impuesto al Consumo de Bienes y Servicios 40 1.2.7.1 Impuesto a los Espectáculos Públicos 41
1.2.8 Impuestos Diversos 44
1.2.8.1 Impuesto de Patentes Comerciantes 44
CAPÍTULO II 49
DETERMINACIÓN DE LAS CAUSAS DE INCOBRABILIDAD DE LA
CARTERA VENCIDA 49
2.1 Manejo y Actualización de la Base de Datos de los
Contribuyentes 49
2.2 Evolución de la Cuentas por Cobrar por
Impuestos en el Período 2007-2009 49
Comportamiento del Impuesto a la Utilidad en la Venta de Inmuebles 51 Comportamiento del Impuesto a los Predios Urbanos 55 Comportamiento del Impuesto a los Predios Rústicos 59 Comportamiento del Impuesto al Rodaje de Vehículos 62 Comportamiento del Impuesto de Alcabalas 66 Comportamiento del Impuesto a los Activos Totales 69 Comportamiento del Impuesto a los Espectáculos Públicos 72 Comportamiento del Impuesto de Patentes Comerciantes 76 2.3 Índice de Cartera Vencida en el Período 2007 – 2009 79 2.4 Análisis Horizontal y Vertical de las Emisiones, Recaudaciones y Saldo Pendiente de Cobro de los Diferentes Impuestos en el
Período 2007-2009 81
CAPÍTULO III 94
ANÁLISIS Y VERIFICACIÓN DEL GRADO DE EFICACIA DE LA
GESTIÓN DE COBRANZA 94
3.1 Niveles de Recaudación Anual de las Cuentas por Cobrar
Impuestos 94
3.2 Sistema de Recaudación 95
3.2.1 Emisión de los Títulos de Crédito 95 3.2.2 Recaudación de los Títulos de Crédito 96 3.2.3 Base Legal para la Ejecución de Juicios de Coactiva 102
3.3 Gestión de Cobranza 104
3.3.1 Comportamiento de las Cuentas por Cobrar de Años
Anteriores por Impuestos 106
3.3.2 Indicadores de Gestión 106
CAPÍTULO IV 109
PLANTEAMIENTO DE ESTRATEGIAS PARA LA RECUPERACIÓN
DE LA CARTERA VENCIDA 109
4.1 Diferentes Mecanismos para la Recuperación de la Cartera
Vencida Originada por los Impuestos 109
4.1.1 Implementar un Manual de Funciones 109 4.1.2 Capacitación y Motivación al Personal que Labora en el
Departamento de Tesorería 110
4.1.3 Evaluación al Personal 112
4.1.4 Actualización de la Base de Datos 113 4.1.5 Seguimiento a los Contribuyentes Notificados y Seguimiento
de los Juicios de Coactiva 115
4.1.6 Aplicación de Indicadores de Gestión 115 4.1.7 Hacer Efectivas las Garantías Recibidas por el Impuesto a los
Espectáculos Públicos 117
4.2 Otros Mecanismos 117
4.2.1.1 Incrementar la Publicidad a través de los Diferentes
Medios de comunicación 133
4.2.1.2 Implementación de Nuevos Puntos de Pago y Firma de
Convenios con Otras Instituciones 134
4.2.1.3 Ampliar los Horarios de Atención al Público 135 4.2.1.4 Realizar un Seguimiento a los Locales Comerciales 135 4.2.1.5 Catastrar los Predios Ubicados en la Zona Rural 135 4.2.1.6 Implementar una Sanción más Fuerte 136 4.2.1.7 Crear un Número de Información del Valor a Cancelar 136 4.2.1.8 Estar al Día en los Pagos para solicitar Obras de Mejora 136
CAPÍTULO V 137 CONCLUSIONES Y REMENDACIONES 137 5.1 Conclusiones 137 5.2 Recomendaciones 140 BIBLIOGRAFÍA 144 ANEXOS 145
UNIVERSIDAD DE CUENCA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA DE CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA
“ANÁLISIS DE CARTERA VENCIDA ORIGINADA POR LOS IMPUESTOS QUE RECAUDA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CUENCA DURANTE EL
PERÍODO 2007-2009”
TESIS PREVIA A LA OBTENCIÓN DEL
TÍTULODECONTADORA-AUDITORA
AUTORAS: LILIAN SEGOVIA P.
ANDREA UGUÑA N.
DIRECTORA: ECON. LIGIA GUTIERREZ ÁLVAREZ
CUENCA-ECUADOR
DEDICATORIA
El presente trabajo lo dedico…..
A Dios por llevarme a su lado cada día brindándome paz, fortaleza y alegría.
A mi esposo y a mis hijos quienes incondicionalmente siempre estuvieron a mi lado, con su amor, alegría, entendimiento y apoyo me dieron la fuerza suficiente para lograr mi objetivo, mil gracias, de mi parte recibirán todo lo que me brindaron, pero con creces.
A mis padres y a mis hermanos que siempre estuvieron para alentarme y apoyarme, gracias por confiar en mí.
A mi amiga y compañera de tesis, por todos los momentos compartidos de amistad y trabajo, sin su apoyo muchas de estas páginas estuvieran vacías.
A todos mis compañeros de clases por la oportunidad de compartir el tiempo de estudio, por brindarme su amistad y permitirme vivir esta experiencia tan bonita junto a todos ustedes. A todos ustedes “Muchas Gracias” y cuenten conmigo siempre!
DEDICATORIA
Este trabajo lo dedico a Dios, por haberme dado la oportunidad de vivir, me ha brindado salud, bienestar, sabiduría y amor.
Porque en todos los momentos especiales estuvo conmigo, por su esfuerzo, dedicación y comprensión para usted madrecita querida.
Por su cariño y ejemplo a mi querido padre.
A mis dos grandes amores que llenan de felicidad mi vida Patricio e Ismaelito.
A mis hermanos: Jaime, Mayra y Priscila, a mi sobrina por sus consejos y apoyo.
Y a mi amiga y compañera de tesis por todo lo compartido juntas, gracias.
AGRADECIMIENTO
Por la preparación académica brindada, agradecemos a los docentes de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Cuenca, pues fueron ellos quienes supieron transmitir sus conocimientos para terminar exitosamente nuestra carrera.
De manera especial a la Econ. Ligia Gutiérrez Álvarez, quien con su profesionalismo y cariño de maestra supo dirigir el presente trabajo de investigación en calidad de Directora de Tesis. De igual manera nuestro agradecimiento a la Ilustre Municipalidad de Cuenca, a todo el personal que labora en ella y en especial al Ing. Marcelo Alarcón, Contador General, por habernos abierto las puertas y proporcionado la información necesaria para la realización de este trabajo.
Finalmente gracias a todas las personas que de una u otra manera aportaron con un granito de arena para cumplir con nuestro propósito.
RESPONSABILIDAD
Todas las opiniones vertidas en este trabajo de investigación son de exclusiva responsabilidad de las autoras.
Lilian Segovia
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se analizará la Cartera Vencida originada por los diferentes impuestos que recauda la I. Municipalidad de Cuenca, con la finalidad de determinar las causas que la ocasionan, esto permitirá a los directivos de la Institución tener una visión clara de cómo se está llevando a cabo la gestión de cobro.
El estudio se basa en la información tomada de los años 2007, 2008 y 2009, con el propósito de realizar un análisis comparativo entre un año y otro, y poder notar cómo ha ido evolucionando el rubro de las cuentas por cobrar de impuestos durante este período.
Nuestra tesis consta de cinco capítulos, los mismos que describimos brevemente a continuación:
El Capítulo I, hace referencia a los antecedentes históricos de la Municipalidad de Cuenca así como a los aspectos legales, estructura orgánica y políticas que rigen a esta Institución, también se realiza una descripción teórica de cada uno de los impuestos que recauda la Entidad.
En el Capítulo II, se realiza un análisis del comportamiento de las emisiones, recaudaciones y saldo pendiente de cobro de cada uno de los impuestos. Se determina el Índice de Cartera Vencida y mediante la aplicación del Análisis Horizontal y Vertical conoceremos la tendencia que han tenido cada uno de los tributos durante el período 2007-2009, finalmente para cerrar éste capítulo en base al análisis realizado se establecen las causas que ocasionan la incobrabilidad de los impuestos.
En el Capítulo III, el estudio se basa en el sistema de recaudación que mantiene la Entidad, partiendo del proceso que tiene un título de crédito desde su emisión hasta su posible recaudación, se habla sobre la gestión de cobranza mediante el análisis de las Cuentas por Cobrar de Años Anteriores por concepto de Impuestos y se mencionan los mecanismos que aplica el Departamento de Tesorería para la recaudación de los tributos.
En el Capítulo IV, en base al análisis efectuado en los capítulos anteriores y tomando en consideración los resultados de las encuestas realizadas a la ciudadanía, se proponen estrategias y mecanismos para mejorar la gestión de cobro y disminuir el Índice de Cartera Vencida por Impuestos.
Finalmente, en el Capítulo V, que resulta de todo este trabajo de investigación se plasman las conclusiones y las recomendaciones que aportarán para la toma de decisiones correctas con respecto al mejoramiento de la gestión de cobranza y como consecuencia la reducción del Índice de Morosidad por los Impuestos que recauda la muy I. Municipalidad de Cuenca.
CAPÍTULO I
ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y DIAGNÓSTICO DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CUENCA
1.1 ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Según “El Libro de Cuenca”, la I. Municipalidad de Cuenca, se constituyó el 18 de abril de 1557 y desde esta fecha, durante la época colonial, estuvieron al frente de la Institución Alcaldes y Regidores que la gobernaron en paz y armonía durante largo tiempo.
El primer Alcalde de la ciudad fue el Sr. Gonzalo de las Peñas, quien fue nombrado por el Capitán Gil Ramírez Dávalos, acto que se llevó a cabo luego de la fundación de Cuenca que fue el 12 de Abril de 1557.
El primer Alcalde por elección popular fue el Dr. Luis Moreno Mora, quien ganó las elecciones en noviembre de 1945. A partir de este momento, esta dignidad ha sido ejercida por varios ciudadanos quienes han comprometido su trabajo y acción en beneficio de la comunidad que los eligió libre y democráticamente. Durante la Época Republicana se alternaron en el Concejo centenares de ciudadanos quienes se desempeñaron como Presidentes del Concejo Municipal de Cuenca, conjuntamente con centenares de concejales quienes servían a la ciudad honoríficamente. Hoy la nueva Ley autoriza el pago de honorarios a los concejales y concejeros de la provincia.
Recorriendo las páginas de la historia, vemos que los pueblos hispanoamericanos, desde la época de sus fundaciones contaban con sus propios “cabildos”, hoy denominados “municipios”, quienes constituían la cabeza y los instrumentos de la convivencia y el desarrollo social. Los cabildos encarnaban la realidad local y en todos los problemas los pueblos acudían a ellos en busca de respaldo.
Fue en los cabildos en donde los ciudadanos aprendieron a usar el derecho, se ejercitaron en el manejo jurídico del cual pasaron como es natural, al ejercicio político.
En diciembre de 1945, el Concejo Municipal se preocupó por establecer los símbolos de su gobierno y así creó las Insignias de la Alcaldía: las Llaves de la Ciudad y el Bastón de Mando, mediante la correspondiente ordenanza dictada en abril de 1946. Esos símbolos junto con el Estandarte de la Ciudad, han sido desde entonces la viva representación del Gobierno Cantonal en manos del Alcalde.
Al momento la Alcaldía se encuentra presidida por el Dr. Paúl Granda López quien fue electo el 26 de abril del 2009. El Alcalde trabaja a tiempo completo y percibe un sueldo mensual que está en relación con la dignidad del cargo.
1.1.1 SISTEMA LEGAL
De acuerdo a la Ordenanza del Presupuesto General para el Ejercicio Financiero del año 2009, la I. Municipalidad de Cuenca, se encuentra basada y normada por las siguientes disposiciones legales:
La Constitución de la República del Ecuador, la cual consagra la plena
autonomía municipal, al establecer que los gobiernos seccionales autónomos serán ejercidos por los consejos provinciales, los concejos municipales, las juntas parroquiales y los organismos que determine la ley. Los gobiernos provincial y cantonal gozarán de plena autonomía y, en uso de su facultad legislativa podrán dictar ordenanzas, crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales de mejoras.
La Ley Orgánica de Régimen Municipal, determina los derechos, deberes y
obligaciones a los cuales las municipalidades deben sujetarse para el cumplimiento de los propósitos para los cuales fueron creados y para conseguir el bienestar material de la colectividad que se encuentra bajo su jurisdicción.
Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y más Leyes Relativas a la Administración Pública que competen a la Municipalidad, (Ley de
Presupuesto del Sector Público, Ley de Contratación Pública, Ley de Regulación Económica y Control del Gasto Público, Técnicas de Presupuesto, Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos, entre otras).
Al gobierno local, le corresponde dinamizar los espacios de convergencia de ideas, propósitos, iniciativas, esfuerzos y responsabilidades de los diversos actores sociales, para la definición de objetivos, estrategias y metas en la ejecución de los planes operativos, a fin de que sin supremacías ni sumisiones se logre el bien común y se consigan resultados tangibles que contribuyan al logro de una vida mejor para los ciudadanos y ciudadanas.
A los gobiernos seccionales les corresponde decidir localmente la manera de implementar las políticas nacionales, así como conducir la planificación y ejecución de planes, programas y proyectos para el desarrollo de su base territorial. La principal responsabilidad de los gobiernos locales es administrar los bienes públicos priorizando el mejor interés de la colectividad de su jurisdicción territorial.
1.1.2 OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN
De acuerdo al Presupuesto para el Ejercicio Financiero del año 2009 y la Ley Orgánica de Régimen Municipal, la I. Municipalidad de Cuenca, tiene como principales objetivos los siguientes:
Procurar el bienestar material de la colectividad y contribuir al fomento y protección de los intereses locales.
Planificar e impulsar el desarrollo físico del cantón y sus áreas urbanas y rurales.
Prestar servicios y efectuar las obras necesarias encaminadas a propiciar una convivencia racional entre los diferentes sectores de la colectividad.
Acrecentar el espíritu de nacionalidad, civismo y la confraternidad de los ciudadanos, para lograr el creciente progreso y la indisoluble unidad de la nación.
Satisfacer las necesidades colectivas del vecindario, especialmente las derivadas de la convivencia urbana cuya atención no compete a otros organismos gubernativos.
Promover el desarrollo económico, social, medio ambiental y cultural dentro de su jurisdicción.
1.1.3 FUNCIONES DE LA INSTITUCIÓN
De acuerdo al Presupuesto para el Ejercicio Financiero del año 2009 para la consecución de sus objetivos, la Municipalidad desarrollará las siguientes funciones:
Control de la moralidad y buenas costumbres a través del servicio de justicia policía y vigilancia;
Control sanitario del servicio de alimentos a la comunidad;
Recolección y disposición final de desechos sólidos.
Servicios de administración del camal y plaza de ganado.
Administración de mercados y ferias libres;
Servicios de cementerio.
Dotación de sistemas de agua potable y alcantarillado, telefonía y otros servicios de comunicación de tránsito y transporte.
Servicios a la transportación.
Desarrollar proyectos de urbanización y vivienda y controlar el uso del suelo cantonal para implantar proyectos.
Construcción, mantenimiento, aseo, embellecimiento, y reglamentación de caminos, calles, parques, plazas y demás espacios públicos;
Control de construcciones en el área urbana.
Planificar, dirigir y supervisar la ejecución de proyectos de desarrollo social.
Mejoramiento del nivel educativo.
Control del patrimonio cultural e histórico del cantón.
Apoyo a programas de desarrollo comunitario.
Desarrollar programas para mejorar la salud y prevenir las enfermedades.
1.1.4 MISIÓN
Ejecutar programas y proyectos que respondan a las demandas sociales de conformidad con el plan operativo anual en el cual se sintetiza la aplicación de los planes estratégicos de largo y mediano plazo, en su accionar genera, promueve y da empleo a un importante número de habitantes.
1.1.5 VISIÓN
Cuenca será una comunidad socialmente equitativa, descentralizada, solidaria y participativa, que se posicionará competitivamente en el escenario nacional e internacional; promoverá en libertad la calidad de vida de sus habitantes y preservará su ambiente e identidad como Patrimonio Cultural de la Humanidad.
1.1.6 POLÍTICAS
La I. Municipalidad de Cuenca para lograr sus objetivos se basa en las siguientes políticas:
Planificar el desarrollo cantonal teniendo en cuenta las orientaciones emanadas de los planes nacionales y regionales de desarrollo económico y social que adopte el Estado.
Coordinar actividades con organismos locales que construyen y brindan servicios similares.
Aplicar las leyes, reglamentos y dictar las ordenanzas para asegurar recursos y aumentar la recaudación de las diferentes rentas municipales.
Controlar presupuestariamente ingresos y egresos en forma programática.
Adoptar políticas fijadas por el I. Concejo Cantonal.
La Municipalidad dará importancia prioritaria a la conclusión de las obras que vienen ejecutándose en los diferentes programas como son: pavimentación urbana, equipamientos comunitarios, mantenimiento vial, etc.
1.1.7 ESTRUCTURA ORGÁNICA
La organización de la Municipalidad de Cuenca, según la Ordenanza y su correspondiente Reglamento Estructural y Funcional expedido el 30 de marzo del 2004, se encuentra conformada por los siguientes niveles:
Nivel Legislativo
Nivel Ejecutivo
Nivel de Apoyo
Nivel Operativo
Coordinación de Empresas Municipales
Nivel Legislativo: este Nivel está constituido por las Comisiones Permanentes,
el Concejo Cantonal y las Comisiones especiales. El Concejo Cantonal es el órgano legislativo encargado de proponer, aprobar y modificar leyes y ordenanzas dentro del Cantón Cuenca, está integrado por 16 miembros: El Alcalde y 15 concejales elegidos democráticamente a través del voto ciudadano. Tienen deberes y atribuciones según lo determina la Ley Orgánica de Régimen Municipal y la Constitución Política de la República, como por ejemplo dictar acuerdos y resoluciones de conformidad con sus competencias, determinar las políticas a seguirse y fijar las metas de la municipalidad, conocer los planes, programas y proyectos de desarrollo cantonal presentado por el alcalde para aprobarlos o reformarlos, etc.
Nivel Ejecutivo: constan en este nivel la Secretaría General y la Alcaldía. Está
representado por el Sr. Alcalde de la ciudad como el máximo personero de la entidad. Según la Ley Orgánica de Régimen Municipal, actualizada al mes de septiembre del 2009, en su Art. 68 nos dice:
“El alcalde será funcionario remunerado, ejercerá sus funciones a tiempo completo y tendrá un período de cuatro años, pudiendo ser reelegido de manera indefinida”
Este funcionario tiene deberes y atribuciones como menciona también dicha Ley en sus artículos 72, 73, 74 y 75.
Nivel Asesor: el nivel asesor estará constituido por la Secretaría General de
Planificación; Asesoría Jurídica, Justicia y Policía; Unidad de Seguimiento y Evaluación de Programas y Proyectos; Auditoría Interna; y, las demás que determine el I. Concejo Cantonal o el Alcalde. Las actividades que desempeñan cada uno de los departamentos que conforman este nivel se encuentran plasmadas en el Reglamento de Estructura Funcional de la I. Municipalidad.
Nivel de Apoyo: está constituido por la Unidad de Relaciones
Internacionales y Protocolo, Unidad de Comunicación Social, Unidad de Informática y procesamiento de Datos, Dirección de Fiscalización, Dirección de Recursos Humanos y Secretaría de las Comisiones.
Nivel Operativo: está integrado por las Direcciones de Obras Públicas,
Avalúos Catastros, Desarrollo Social, Educación y Cultura, Control Municipal, Comisión de Gestión Ambiental, Dirección Municipal de Tránsito, Dirección Administrativa y Dirección Financiera.
Coordinación de Empresas Municipales: este nivel está conformado por
las diferentes empresas que forman parte de la Municipalidad como son: Empresa de Telecomunicaciones, Agua Potable y Alcantarillado (ETAPA), Empresa Municipal de Aseo de Cuenca (EMAC), Empresa Municipal de Servicios de Terminales de Transporte Terrestre y Estacionamiento Tarifado (EMTET), Empresa Municipal de Urbanización y Vivienda (EMUVI), Empresa Municipal de Servicios de Cementerio, Sala de Velaciones y Exequias de la Ciudad de Cuenca (EMUCE), Empresa Municipal de Servicios de Rastro y Plazas de Ganado de Cuenca (EMURPLAG), Fundación de la Mujer y el Niño, Fundación Turismo, Guardia Ciudadana y C. Salud y C. Seguridad. Lo indicado se puede apreciar en el Organigrama de la Entidad que se indica a continuación:
1.1.8 ESTRATEGIAS
Para la ejecución de sus actividades la Ilustre Municipalidad de Cuenca ha desarrollado un Plan Estratégico hasta el año 2020, en el cual se plasma los objetivos y lineamientos estratégicos que guiados por la visión, permitirán, la identificación, formulación, y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo local.
Los principales planes, programas y proyectos de desarrollo local que se señalan en dicho plan, se basan en cinco ejes:
Eje Estratégico Económico: cuyo objetivo estratégico es propender a que la
economía local cuente con un sector productivo, dinámico y competitivo, que actué articuladamente entre sí y con otros sectores para generar empleo y promover el desarrollo integral.
Eje Estratégico Ambiental: su objetivo estratégico es lograr que Cuenca sea
una ciudad con óptimas condiciones ambientales, que facilite las actividades productivas y sociales sustentables y sostenibles, que proteja su biodiversidad y paisaje a fin de mejorar la calidad de vida de su población.
Eje Estratégico Territorial: el objetivo estratégico de este eje es potenciar a
Cuenca como centro regional de desarrollo socio-económico, mejorando la integración y la calidad de infraestructura, propendiendo a una equitativa distribución territorial de sus equipamientos y servicios, desconcentrando y descentralizando las actividades productivas y administrativas, preservando los recursos naturales y fortaleciendo la condición de Patrimonio Cultural de la Humanidad.
Eje Estratégico Social y Cultural: su objetivo estratégico es propender a que
el desarrollo social de Cuenca se sustente en políticas y sistemas descentralizados de educación, cultura, salud, seguridad y bienestar social, con una activa participación ciudadana que promueva el mejoramiento de la calidad de vida, el ejercicio pleno de los deberes y derechos ciudadanos y la gobernabilidad democrática y solidaria, con igualdad de oportunidades.
Eje Estratégico Político: su objetivo estratégico es construir un modelo
político sustentado en una educación que privilegie el ejercicio democrático a través de la participación, el respeto de los derechos humanos, el cimiento y modernización de sus instituciones, y la consolidación de los procesos de descentralización y desconcentración para la formulación e implementación de planes, programas y proyectos de desarrollo local.
1.2 COMPONENTES TEÓRICOS
En el desarrollo de este trabajo se utilizarán términos que es necesario conocer sus conceptos.
1.2.1 DEFINICIÓN DE CARTERA, CARTERA VENCIDA, CUENTAS POR COBRAR, CARTERA LITIGIOSA Y CLASIFICACIÓN DENTRO DEL SECTOR PÚBLICO
CARTERA: la cartera constituye el conjunto de deudas pendientes de cobro
que tiene una empresa, las cuales deben ser recuperadas en el menor tiempo posible.
CARTERA VENCIDA: es la parte del activo constituida por los documentos y
en general por todos los créditos que no han sido pagados a la fecha de su vencimiento.
CUENTAS POR COBRAR: son derechos legítimamente adquiridos por la
empresa que, llegado el momento de ejecutar o ejercer ese derecho, recibirá a cambio efectivo o cualquier otra clase de bienes y servicios.
Las cuentas por cobrar son activos relativamente líquidos, que generalmente se convierten en efectivo en un período de 30 a 60 días. Por consiguiente, las cuentas por cobrar de los clientes están clasificadas como activos corrientes y aparecen en el balance general inmediatamente después del efectivo y de las inversiones a corto plazo, título o valores negociables
CARTERA LITIGIOSA: activo derivado de operaciones de crédito, integrado
por deudores que han sido notificados de una demanda en su contra por incumplimiento de contrato.
CLASIFICACIÓN DENTRO DEL SECTOR PÚBLICO: para clasificar las
diferentes cuentas dentro del Sector Público, se utilizará obligatoriamente el catálogo de cuentas, que es un sistema integrado, ordenado y clasificado de cuentas que se utilizan en los entes públicos, consta de tres partes: un código, una nomenclatura y la descripción.
El catálogo de cuentas estará estructurado en términos de conformar una base de datos, ordenada de acuerdo con la naturaleza de los Activos, Pasivos y el Patrimonio.
La estructura del catálogo reconocerá una relación jerárquica de lo general a lo particular.
A más de los niveles de desagregación que se exponen a continuación, desde el nivel 1 al 4 existirán auxiliares que permitirán la identificación individualizada de las carteras de deudores, acreedores y rubros componentes de las cuentas.
NIVELES DE DESAGREGACIÓN CONCEPTOS CODIFICACIÓN TÍTULO 9 GRUPO 99 SUBGRUPO 999 CUENTAS NIVEL 1 999 99 CUENTAS NIVEL 2 999 99 99 CUENTAS NIVEL 3 999 99 99 999 CUENTAS NIVEL 4 999 99 99 999 99
Para elaborar los catálogos institucionales, hasta los niveles que requiera la gestión interna y de control, será obligatorio estructurarlos sobre la base de las cuentas de nivel 1 y 2 que constan en el Catálogo General de Cuentas vigente. Por ninguna circunstancia se podrán crear cuentas adicionales sin la autorización previa del Ministerio de Finanzas. El funcionario de la institución pública podrá eliminar cuentas de acuerdo a las necesidades, pero no podrá crear cuentas a no ser del nivel de auxiliares.
El Catálogo General de Cuentas estará asociado al Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector Público.
El Clasificador de Ingresos y Gastos Presupuestarios se constituye el instrumento mediante el cual se clasifican las partidas, se considera el origen para los ingresos y el destino para las partidas de gastos.
EJEMPLO DE CLASIFICACIÓN DE LAS CUENTAS UTILIZANDO EL CATÁLOGO GENERAL DE CUENTAS
CONCEPTOS CÓDIGO NOMENCLATURA
TÍTULO 1 ACTIVOS
GRUPO 11 OPERACIONALES
SUBGRUPO 113 CUENTAS POR COBRAR
CUENTAS NIVEL 1 113.11 CUENTAS POR COBRAR/ IMPUESTOS
CUENTAS NIVEL 2 113.11.01 CUENTAS POR COBRAR/ IMPUESTOS/SOBRE
LA PROPIEDAD
CUENTAS NIVEL 3 113.11.01.001 CUENTAS POR COBRAR/IMPUESTOS/SOBRE
LA PROPIEDAD/PREDIO URBANO
CUENTAS NIVEL 4 113.11.01.001.01
CUENTAS POR COBRAR/IMPUESTOS/SOBRE LA PROPIEDAD/PREDIO URBANO/SR. JUAN PEREZ
1.2.2 IDENTIFICACIÓN DE LOS INGRESOS CON LOS CUALES SE FINANCIA LA INSTITUCIÓN
Los ingresos con los cuales la I. Municipalidad se financia para el cumplimiento de sus objetivos son los siguientes:
1. Ingresos Corrientes 2. Ingresos de Capital
3. Ingresos de Financiamiento
Los Impuestos que recauda la Municipalidad, tema de nuestro trabajo de investigación se ubican dentro del grupo de ingresos corrientes.
1.2.3 CONCEPTO DE IMPUESTOS
Los impuestos son gravámenes creados por la ley u ordenanza, cuyo fruto está destinado a cubrir los gastos generales del Estado o financiar los servicios municipales sin que el contribuyente reciba una contraprestación directa, cuanto sí un beneficio indeterminado y general para todos los habitantes del país o de la región.
Los impuestos forman parte de los Ingresos tributarios de la Municipalidad. Estos son de carácter general y particular. Son generales los que se han creado para todos los municipios de la república o pueden ser aplicados por todos ellos. Son particulares los que se han creado solo en beneficio de uno o más municipios.
1.2.4 CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS QUE RECAUDA LA MUNICIPALIDAD
Los impuestos que recauda la I. Municipalidad para generar ingresos son los siguientes:
Impuesto sobre la Renta, Utilidades y Ganancias de Capital
A la Utilidad en la Venta de Inmuebles
Impuesto sobre la Propiedad
A los Predios Urbanos
A los Predios Rústicos
Al Rodaje de Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre
De Alcabalas
A los Activos Totales
Impuesto al Consumo de bienes y Servicios
A los Espectáculos Públicos
Impuestos Diversos
1.2.5 IMPUESTO SOBRE LA RENTA, UTILIDADES Y GANANCIAS DE CAPITAL
Concepto: de acuerdo al Clasificador Presupuestario de Ingresos y gastos del
Sector Público, este impuesto grava a la renta global o presunta tanto de las personas naturales como jurídicas; a las utilidades de las empresas; y, a las ganancias de capital obtenidas por la venta de predios o por premios en los juegos de azar.
Objeto del impuesto: la renta global o presunta de las personas naturales y
jurídicas, las utilidades de las empresas y las ganancias de capital obtenidas por la venta de predios o por premios en los juegos de azar.
Clasificación del impuesto: según el Clasificador Presupuestario de Ingresos
y Gastos del Sector Público, dentro de éste impuesto tenemos: Impuesto a la Renta Global, A la Utilidad por la Venta de Predios Urbanos, A la Utilidad por la Venta de Predios Rurales, A los Juegos de Azar, A Otras Rentas, Utilidades y Beneficios del Capital, de los cuales a la I. Municipalidad de Cuenca le corresponde recaudar:
A la Utilidad por la Venta de Inmuebles Urbanos
1.2.5.1 Impuesto a la Utilidad por la Venta de Inmuebles Urbanos
Concepto: impuesto que las personas naturales o jurídicas deben pagar por la
utilidad generada en la venta de predios que se encuentran ubicados dentro de las zonas definidas como urbanas en la forma establecida por la ley.
Sujeto activo: la Municipalidad
Sujeto pasivo: los propietarios de predios que al venderlos obtengan una
utilidad imponible y por consiguiente real, el mismo que será aplicado según la tabla establecida en la Ley Orgánica de Régimen Municipal.
Monto del impuesto: la Ley Orgánica de Régimen Municipal en su Art.368
establece el impuesto del diez por ciento sobre las utilidades que provengan de la venta de inmuebles urbanos.
Cálculo del impuesto: para el cálculo del este impuesto, las municipalidades
deducirán de las utilidades los valores pagados por concepto de contribuciones especiales y de mejoras.
1.2.6 IMPUESTO SOBRE LA PROPIEDAD
Concepto: son impuestos que gravan la propiedad tanto de bienes muebles
como inmuebles.
Clasificación: de acuerdo al Plan de Cuentas que maneja la Ilustre
Municipalidad de Cuenca, dentro de este Impuesto se encuentran los siguientes:
A los Predios Urbanos
A los Predios Rústicos
Al Rodaje de Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre
De Alcabalas
A los Activos Totales
1.2.6.1 Impuesto a los Predios Urbanos
Concepto: es un impuesto que tanto las personas naturales como jurídicas
deben cancelar por la propiedad de predios ubicados dentro de los límites de las zonas urbanas. Los límites de las zonas urbanas para efectos de este impuesto serán determinados por el concejo.
Objeto del impuesto: son objeto del Impuesto a los Predios Urbanos y sus
adicionales todas las propiedades inmuebles ubicadas dentro de los límites urbanos de la cabecera cantonal y de las demás zonas urbanas del Cantón determinadas de conformidad con la Ley.
Se entiende por adicionales los valores que vienen desglosados en la respectiva carta de pago, estos son: Impuesto Adicional Bomberos/Urbano, Mantenimiento de Sistema/Emisión e Intereses y Recargos en caso de existir.
Sujeto pasivo: los sujetos pasivos en calidad de contribuyentes son las
personas naturales o jurídicas propietarias de los predios urbanos, cualquiera sea su naturaleza. En los casos de condominio se consideran como pertenecientes a un solo dueño, salvo que se comunique a la respectiva Municipalidad el nombre de los condóminos y la participación que a cada uno corresponda.
Pago del impuesto: este impuesto debe pagarse en el curso del año
respectivo, sin necesidad de que la tesorería notifique esta obligación al contribuyente. Los pagos podrán efectuarse desde el primero de enero de cada año y el vencimiento será el 31 de diciembre.
Los pagos realizados durante los seis primeros meses del año recibirán el descuento establecido en la Ley Orgánica de Régimen Municipal, es decir, los primeros 15 días el 10%, la segunda quincena el 9% y así hasta llegar a junio con el 1% de descuento, el mismo será automático y se lo detallará al pie de la planilla respectiva, en tanto que los contribuyentes que cancelen en el segundo semestre, deberán hacerlo con el recargo del 10% anual.
Exenciones del impuesto: están exentas del pago de este impuesto las
siguientes propiedades
Los predios que no tengan un valor equivalente a 25 remuneraciones mensuales básicas mínimas unificadas del trabajador en general.
Los predios de propiedad del Estado y demás entidades del sector público.
Los templos de todo culto religioso, los conventos y las casas parroquiales, las propiedades urbanas de las misiones religiosas, establecidas o que se establecieren en la Región Amazónica Ecuatoriana siempre que estén situadas en el asiento misional.
Los predios que pertenecen a las instituciones de beneficencia o asistencia social o de educación, de carácter particular, siempre que sean personas jurídicas y los edificios y sus rentas estén destinados exclusivamente a estas funciones. Si no hubiere destino total, la exención será proporcional a la parte afectada a dicha finalidad.
Las propiedades que pertenecen a naciones extranjeras o a organismos internacionales de función pública.
Los predios que hayan sido declarados de utilidad pública por el concejo municipal y que tengan juicios de expropiación.
Formación del catastro y valor catastral imponible de varios predios de un propietario: cuando un propietario posea varios predios avaluados
separadamente en una misma jurisdicción municipal, para formar el catastro y establecer el valor catastral imponible, se sumarán los valores imponibles de los distintos predios.
Base legal: Ley Orgánica de Régimen Municipal Art. 312 al 330, Ordenanza
aprobada por el I. Concejo Cantonal el 29 de diciembre de 2009. R.O. de diciembre de 2009.
1.2.6.2 Impuesto a los Predios Rústicos
Concepto: impuesto que las personas naturales o jurídicas deben pagar por la
propiedad de predios ubicados fuera del perímetro urbano incluyendo los adicionales respectivos.
Se entiende por adicionales los valores que vienen desglosados en la respectiva carta de pago, estos son: Impuesto Adicional Bomberos/Rústico, Mantenimiento de Sistema/Emisión e Intereses y Recargos en caso de existir.
Objeto del impuesto: las propiedades situadas fuera de los límites de las
zonas urbanas, los cuales serán determinados por el concejo previo informe de una comisión especial designada por el mismo.
Sujeto activo: el sujeto activo de este impuesto constituye la I. Municipalidad
de Cuenca.
Sujeto pasivo: los sujetos pasivos en calidad de contribuyentes son las
personas naturales o jurídicas propietarias de los predios rurales.
Factores para el avalúo de la propiedad rural: los predios rurales serán
las edificaciones y valor de la reposición previstos en la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Para la valoración de los inmuebles rurales se estimarán los gastos e inversiones realizadas por los contribuyentes para la dotación de servicios básicos, construcción de accesos y vías de comunicación y mantenimiento de espacios verdes y de cultivo.
Establecimiento del Valor Imponible: para establecer el valor imponible, se
sumarán los valores de los predios que posea un propietario en un mismo cantón y la tarifa se aplicará al valor acumulado, previas las deducciones a que tenga derecho el contribuyente.
Exenciones: están exentos del pago de este impuesto:
Las propiedades cuyo valor no exceda de quince remuneraciones mensuales básicas mínimas unificadas del trabajador en general.
Los del Estado y más entidades del sector público.
Los de instituciones de asistencia social o de educación particular, siempre que tengan personería jurídica y las utilidades obtenidas se destinen en dichos fines sociales y no beneficien a personas o empresas privadas.
Los de gobiernos u organismos extranjeros que no constituyan empresas de carácter particular y en este segundo caso no persigan fines de lucro.
Las tierras ocupadas por los pueblos indígenas, negros o afroecuatorianos.
El valor del ganado mejorante previa calificación del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
El valor de los bosques artificiales o naturales que ocupen terrenos de vocación forestal.
Las tierras pertenecientes a las misiones religiosas establecidas en la Región Amazónica Ecuatoriana.
La parte del avalúo que corresponde al valor de las tierras puestas en cultivo dentro de bosques o zonas no colonizadas previa autorización del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
El valor de las habitaciones para trabajadores, las escuelas, los hospitales y demás construcciones destinadas a mejorar la condiciones de la clase trabajadora.
El valor de las inversiones en obras que tengan por objeto conservar o incrementar la productividad de las tierras protegiéndolas de la erosión, inundaciones o de otros factores adversos.
El valor de las obras y construcciones destinadas a la experimentación agrícola, previo informe al Ministerio de Agricultura y Ganadería.
El valor de los establos, corrales, tendales, edificios de vivienda y otros necesarios para la administración del predio.
Las instalaciones industriales ubicadas en el predio para procesamiento de los productos agropecuarios provenientes del mismo.
Las plantaciones perennes, tales como frutales, palo de balsa, barbasco, cascarilla, caucho y otras consignadas en la lista que elaborará el Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Las superficies dedicadas a pastizales artificiales permanentes gozarán de una rebaja del veinte por ciento sobre el impuesto predial rústico.
Pago del impuesto: este impuesto debe pagarse en el curso del año
respectivo, sin necesidad de que la tesorería notifique esta obligación al contribuyente. Los pagos podrán efectuarse desde el primero de enero de cada año y el vencimiento será el 31 de diciembre.
Los pagos realizados durante los seis primeros meses del año recibirán el descuento establecido en la Ley Orgánica de Régimen Municipal, es decir, los primeros 15 días el 10%, la segunda quincena el 9% y así hasta llegar a junio con el 1% de descuento, el mismo será automático y se lo detallará al pie de la planilla respectiva, en tanto que los contribuyentes que cancelen en el segundo semestre, deberán hacerlo con el recargo del 10% anual.
Base Legal: Ley Orgánica de Régimen Municipal Art. 331 al 343, Ordenanza
aprobada por el I. Concejo Cantonal el 29 de diciembre de 2009. RO diciembre de 2009.
1.2.6.3 Impuesto al Rodaje de Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre
Concepto: es el impuesto anual que debe pagar el propietario de un vehículo
motorizado de transporte terrestre sea este de uso particular o público.
Objeto del Impuesto: todos los vehículos motorizados de transporte terrestre
que se encuentren registrados en el Servicio de Rentas Internas, en la Jefatura de Tránsito correspondiente y en la Comisión de Tránsito del Guayas.
Sujeto activo: I. Municipalidad de Cuenca.
Sujeto pasivo: es todo propietario de vehículos motorizados de transporte
terrestre, pudiendo ser este una persona natural o jurídica.
Base legal: Ley Orgánica de Régimen Municipal Art. 355 al 359
Hecho generador: toda persona natural o jurídica, pública o privada que
posea vehículos y que resida en el cantón Cuenca.
Vehículos Exentos: están exentos de este impuesto los vehículos que se
encuentren al servicio:
a) De los Presidentes de las Funciones Legislativa, Ejecutiva y Judicial. b) De los Miembros del Cuerpo Diplomático y Consular.
c) De Organismos Internacionales. d) Del Cardenal, Arzobispo;
e) De la Cruz Roja Ecuatoriana, como ambulancias y otros con igual finalidad
f) De los Cuerpos de bomberos, como autobombas, coches, escala y otros vehículos especiales contra incendios. Los vehículos de transito no deberán el impuesto.
Cálculo del Impuesto: la base imponible de este impuesto es el avalúo de los
vehículos que se encuentren registrados en el Servicio de Rentas Internas, en la Jefatura Provincial de Tránsito correspondiente y en la Comisión de Tránsito del Guayas.
Este avalúo, para automotores nuevos corresponde al precio de venta al público informado por los comercializadores y, para vehículos de años anteriores, del precio informado se deducirá una depreciación anual del 20% sin que el valor residual sea inferior al 10%.
Este impuesto utiliza una tabla progresiva que toma como referencia el avalúo vehicular. Para el caso de vehículos nuevos, los adquiridos en el primer trimestre del año pagarán el 100% del impuesto, mientras que los adquiridos a partir de abril pagarán el impuesto por los meses que falten hasta el fin del año, incluido el mes de compra. Los vehículos usados deberán pagar el 100% del impuesto.
Para la determinación del Impuesto se aplicará la siguiente tabla:
BASE IMPONIBLE TARIFA Desde US $ Hasta US $ US $ 0 1.000 0 1.001 4.000 5 4.001 8.000 10 8.001 12.000 15 12.001 16.000 20 16.001 20.000 25 20.001 30.000 30 30.001 40.000 50 40.001 En adelante 70
Forma de Pago: este impuesto debe ser pagado por los propietarios de
vehículos motorizados de transporte terrestre en forma anual, se lo podrá pagar sin intereses, desde el 2 de enero hasta el 31 de julio. Si el pago se lo realiza fuera de este período ordinario, se deberá cancelar conjuntamente con el impuesto, intereses por cada mes o fracción de mes de retraso.
Cuando se adquiera un vehículo cuyo anterior propietario no haya cancelado dicho impuesto, el comprador será responsable por el pago de las obligaciones pendientes.
Los propietarios de vehículos nuevos deberán pagar el impuesto antes de que el concesionario le entregue el mismo.
En caso de que el propietario tenga derecho a una exoneración o rebaja, deberá realizar este trámite, previo al pago del impuesto.
Lugar de pago: el impuesto se lo pagará al momento de la matriculación del
vehículo en las oficinas de recaudación que la Municipalidad disponga para el efecto, se deberá también cancelar el valor correspondiente a los pagos que no hayan sido satisfechos por los dueños anteriores del vehículo. La Jefatura Provincial de Tránsito del Azuay será responsable en el caso que se matricule un vehículo, sin que previamente se haya satisfecho el pago del impuesto municipal.
1.2.6.4 Impuesto de Alcabalas
Concepto: es un impuesto que grava la transferencia de propiedad de bienes
inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio.
Objeto del Impuesto: grava a la realización de los actos y contratos que
contienen las siguientes transacciones:
a) El traspaso de dominio a título oneroso, de bienes raíces, buques, en los casos que la ley lo permita.
b) La constitución o traspaso, usufructo, uso y habitación, relativos a dichos bienes.
c) Las donaciones que se hacen a favor de quienes no fueran legitimarios. d) Las transferencias gratuitas y onerosas que haga el fiduciario a favor de
los beneficiarios en cumplimiento de las finalidades del contrato de fideicomiso mercantil.
Sujetos del Impuesto: el sujeto activo de este impuesto constituye la I.
beneficio en el respectivo contrato, así como los favorecidos en los actos que se realicen en su exclusivo beneficio.
Forma de Cálculo: la base de cálculo del impuesto será el valor contractual, si
este fuera inferior al avaluó de la propiedad que conste en el catastro, regirá este último.
Cuando se trata de constitución de derechos reales, la base será el valor de dichos derechos a la fecha en que se efectúe el acto o contrato respectivo.
1.2.6.5 Impuesto a los Activos Totales
Concepto: es un tributo, que grava los activos totales de las empresas
formalmente constituidas y de las personas obligadas legalmente a llevar contabilidad, independientemente de los rendimientos del negocio o actividad que desarrollen.
Objeto del Impuesto: la realización habitual de actividades comerciales,
industriales y financieras, dentro de la jurisdicción cantonal de Cuenca, ejercidas por las personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho y negocios individuales, nacionales o extranjeras, que estén obligadas a llevar contabilidad de conformidad a lo previsto en la Ley de Régimen Tributario Interno.
Sujeto activo: el sujeto activo de este impuesto constituye la I. Municipalidad
de Cuenca.
Sujeto pasivo: los sujetos pasivos son las personas naturales, jurídicas,
sociedades de hecho y negocios individuales, nacionales o extranjeros, que reúnan lo siguiente:
Que sean domiciliados en la respectiva jurisdicción municipal.
Que ejerzan habitualmente actividades comerciales, industriales y financieras
Que estén obligados a llevar contabilidad de acuerdo con lo que dispone la Ley de Régimen Tributario Interno y su Reglamento. (Número de Reglamento)
Hecho generador: la realización habitual de actividades comerciales,
industriales y financieras.
Forma de Cálculo: la base imponible está constituida por el total del activo al
que se le deducirá las obligaciones de hasta un año plazo y los pasivos contingentes, que constan en el balance general al cierre del ejercicio económico del año inmediato anterior, presentado en el Servicio de Rentas Internas, Superintendencia de Compañías o Superintendencia de Bancos. La tarifa del impuesto sobre los activos totales de conformidad con la Ley de Control Tributario y Financiero es el 1.5 por mil anual sobre los activos totales.
Deducciones: los sujetos pasivos de este impuesto deducirán de sus activos
totales que consten en el Estado de Situación Financiera presentado al Servicio de Rentas Internas y Superintendencias de Compañías o de Bancos:
a) Las obligaciones de hasta un año plazo, esto es el total del pasivo corriente, reflejado en el Estado de Situación Financiera presentado al Servicio de Rentas Internas y Superintendencias de Compañías o de Bancos; y,
b) Pasivo contingente, reflejado en el Estado de Situación Financiera presentado al Servicio de Rentas Internas y Superintendencias de Compañías o de Bancos, según el caso.
Exenciones: están exentos del pago de este impuesto:
a) El Estado, las municipalidades, los consejos provinciales, las entidades de derecho público y las entidades de derecho privado con finalidad social o pública, cuando sus bienes o ingresos se dediquen exclusivamente a dichos fines, y solamente en la parte que se invierta directamente en ellos;
b) Las instituciones o asociaciones de carácter privado, de beneficencia o de educación, las corporaciones y fundaciones sin fines de lucro constituidas legalmente; también están exentas cuando sus bienes o ingresos se destinen exclusivamente a los dichos fines y solamente en la parte que se inviertan directamente en ellos;
c) Las empresas multinacionales y las de economía mixta, en la parte que corresponda a los aportes del sector público de los respectivos Estados. En el caso de las empresas de economía mixta, el porcentaje accionario determinará las partes del activo total sujeto al tributo;
d) Las personas naturales, que se hallen amparadas exclusivamente en la Ley de Fomento Artesanal.
e) Las personas naturales o jurídicas, exclusivamente respecto a los activos totales relacionados directamente con la actividad agropecuaria. Para el efecto se deberá anexar un detalle pormenorizado de los activos destinados a dicha actividad.
f) Las cooperativas de ahorro y crédito.
Para el impuesto sobre el activo total no se reconocen las exoneraciones previstas en leyes especiales, aún cuando sean consideradas de fomento a diversas actividades productivas.
Cada una de las personas e instituciones mencionadas tienen la obligación de presentar la respectiva solicitud a fin de obtener los beneficios señalados, ante el Director Financiero Municipal, con los requisitos establecidos en el Código Tributario.
Pago del Impuesto: el plazo para pagar el 1,5 por mil sobre los activos totales
será hasta 30 días después de la fecha límite establecida para la declaración del impuesto a la renta en el SRI, conforme al siguiente calendario:
Personas obligadas a llevar contabilidad
Personas Jurídicas
Para declarar el Impuesto sobre los Activos Totales se puede proceder de dos maneras:
PROCESO PERSONAL: en primer lugar se deberá adquirir el formulario
respectivo en la Tesorería Municipal, luego llenar este de acuerdo a las instrucciones que se piden en el mismo. El paso tres es presentar la documentación (Formularios debidamente completados, Copias de: RUC, C.I., Declaración del Impuesto a la Renta, Declaraciones y Pagos realizados en otras municipalidades si lo tienen) para realizar la respectiva emisión en las
NOVENO DÍGITO DEL RUC FECHA MÁXIMA
1 23 DE ABRIL 2 27 DE ABRIL 3 27 DE ABRIL 4 29 DE ABRIL 5 03 DE MAYO 6 04 DE MAYO 7 05 DE MAYO 8 07 DE MAYO 9 11 DE MAYO 0 11 DE MAYO
NOVENO DÍGITO DEL RUC FECHA MÁXIMA
1 25 DE MAYO 2 25 DE MAYO 3 27 DE MAYO 4 31 DE MAYO 5 31 DE MAYO 6 02 DE JUNIO 7 04 DE JUNIO 8 07 DE JUNIO 9 08 DE JUNIO 0 10 DE JUNIO
ventanillas de Rentas y Tributación Municipal, ubicadas en la calle Sucre y Benigno Malo o en las Ventanillas ubicadas en Control Municipal de la Av. Solano y Av. 12 de Abril, finalmente Los contribuyentes deberán pagar los títulos emitidos en las ventanillas de la Tesorería Municipal.
PROCESO EN LÍNEA: el contribuyente deberá acercarse a la Oficina de
Rentas y Tributación de la I. Municipalidad para obtener su contraseña y su clave y previamente se firmará un acuerdo de responsabilidad.
El primer paso consiste en ingresar al sitio www.cuenca.gov.ec y dar clic en “Cuenca Tributa”, luego el contribuyente debe visualizar el Convenio de Responsabilidad, revisar y aceptar las condiciones de uso, y entregarlo en las oficinas de Rentas y Tributación de la I. Municipalidad para recibir su clave de acceso. El paso tres consiste en la emisión, pues con la clave el usuario contribuyente podrá ingresar a emitir su declaración, finalmente el paso cuatro, es el pago del Título Emitido, el contribuyente podrá cancelar en línea los valores de los títulos de las emisiones efectuadas, siempre y cuando sea cliente de las casas financieras con las cuales la I. Municipalidad mantiene convenios.
La Unidad de Rentas por intermedio de la Dirección Financiera hace conocer a la ciudadanía en general, que también puede realizar el pago de los demás rubros o tributos a través del sitio Web.
1.2.7 IMPUESTO AL CONSUMO DE BIENES Y SERVICIOS
CONCEPTO: impuestos que gravan el consumo de bienes de procedencia
nacional o extranjera y a la prestación de servicios
Clasificación: de acuerdo al Plan de Cuentas que maneja la Ilustre
Municipalidad de Cuenca, dentro de este Impuesto se encuentra:
1.2.7.1 Impuesto a los Espectáculos Públicos
Concepto: el Impuesto a los Espectáculos Públicos, es el que grava la
adquisición de cualquier boleto que origine el derecho a presenciar un espectáculo abierto al público, debiendo ser pagado por el adquiriente del respectivo billete o boleto de entrada en el momento de adquisición, a través del correspondiente agente de recaudación que será el organizador o responsable del evento.
Para la aplicación de este impuesto, se entiende por espectáculo público toda función o exhibición cinematográfica, teatral, taurina, hípica, deportiva, circense y demás espectáculos similares, por los cuales se pague un precio de admisión.
Objeto del Impuesto: este impuesto grava sobre el valor del precio de las
entradas vendidas de los espectáculos públicos legalmente autorizados.
Sujetos del Impuesto: el sujeto activo de este impuesto es la Ilustre
Municipalidad de Cuenca, y el sujeto pasivo son todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que adquieran boletos para los espectáculos públicos.
Responsables o Agentes de Retención: son responsables o agentes de
retención los organizadores de espectáculos públicos, sean éstos, personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, y que actúen como empresarios, propietarios, arrendatarios, representantes, promotores, etc.
Forma de Cálculo del Impuesto: se establece el impuesto único del diez por
ciento sobre el valor del precio de las entradas vendidas de los espectáculos públicos legalmente permitidos; salvo el caso de los eventos deportivos de categoría profesional que pagará el cinco por ciento de este valor.
Forma de Pago: los organizadores de los espectáculos públicos ocasionales
están obligados a entregar el valor retenido en la Tesorería Municipal, máximo hasta 24 horas después de finalizado el evento y de los espectáculos permanentes desde el cuarto día laborable de la semana subsiguiente a la de
la recaudación. Una vez cancelado el valor retenido, la Tesorería les extenderá el correspondiente título de crédito que certifique el pago del impuesto. Para el caso de espectáculos públicos eventuales el promotor procederá a rendir una garantía del 100% del valor presuntivo de los impuestos por el total de los boletos sellados.
Exoneraciones: las Instituciones que tienen exoneración del 100% del pago
de este tributo son: La Casa de la Cultura Ecuatoriana, La Sociedad Filarmónica, La Unión Nacional de Periodistas y el INNFA, siempre que actúen como empresarios directos acreditando debidamente tal condición. Igual exoneración gozarán todas las programaciones artísticas promovidas por Organizaciones de Artistas legalmente constituidas, siempre y cuando actúen únicamente Artistas Nacionales.
Registro y Sanciones: de acuerdo a la Ordenanza que reglamenta la
Determinación, Administración, Control y Recaudación del Impuesto a los Espectáculos Públicos, publicada en el Registro Oficial No. 71 del 29 de julio del 2005, determina lo siguiente:
a) Los propietarios, administradores, representantes de los locales, lugares, o sitios donde se realicen los espectáculos, no podrán cederlos, a ningún título, para que en ellos se realice un espectáculo público sin que previamente se haya obtenido certificación de la Municipalidad.
b) Los empresarios de espectáculos públicos, están obligados a inscribirse en la Dirección Financiera Municipal dentro del mes de enero de cada año, o dentro de los quince días subsiguientes de haberse constituido en empresarios de espectáculos públicos de carácter permanente; mientras que los empresarios eventuales lo harán, por lo menos, diez días antes de la presentación.
c) El empresario pagará el valor de seis dólares por concepto de derecho de inscripción. La Dirección Financiera Municipal, mantendrá actualizado anualmente el Registro de Empresarios de Espectáculos Públicos dentro del catastro de contribuyentes.
d) Para efectos del control tributario, los organizadores de espectáculos públicos, sean éstos, personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, y que actúen como empresarios, propietarios, arrendatarios, representantes, promotores, etc. de espectáculos públicos de manera permanente o eventual, están obligados a usar boletos de admisión con numeración secuencial que serán depositados, de manera obligatoria, en un ánfora al ingreso del espectáculo, estos boletos de admisión estarán compuestos de tres partes: una que quedará en el talonario, otra se depositará en el ánfora y la última la conservará el espectador o asistente. Los boletos deberán contener, los siguientes datos:
a) Nombre de la persona natural o jurídica responsable de la presentación del espectáculo;
b) Tipo de espectáculo;
c) Clase de entrada (palco, tribuna, general, etc.);
d) Función a la que corresponde la entrada (matinée, especial, noche, etc.); e) Valor de la entrada;
f) Fecha del espectáculo; y,
g) Emisión en diferente color, uno para cada clase de entrada.
La Dirección Financiera designará a los empleados que ejercerán el control en los diferentes espectáculos públicos.
Sanciones: el incumplimiento de las disposiciones estipuladas en los literales
a, b y c, se sancionará con una multa del 1 % de lo recaudado por primera vez, y en caso de reincidencia será clausurado el local hasta el cumplimiento de estas disposiciones y pagará una multa del 2% de lo recaudado.
El atraso o falta de pago de los impuestos, así como la falta oportuna en la presentación de las boletas selladas y no utilizadas, será sancionado con una multa del 2% diario sobre el valor retenido, sin perjuicio de ser cobrados por la vía coactiva.
Cuando el retraso indicado, pase de 30 días, la Municipalidad podrá disponer la clausura del local, sanción que no podrá ser levantada sino a la total cancelación de los impuestos adeudados.
1.2.8 IMPUESTOS DIVERSOS
Concepto: impuestos aplicados a diferentes actividades y que por su
naturaleza no se encuentran ubicados en ninguno de los títulos anteriores.
Clasificación: según el Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos del
Sector Público existen diferentes tipos de impuestos considerados como diversos, de los cuales a la I. Municipalidad de Cuenca le corresponde recaudar:
Impuesto de Patentes Comerciantes.
1.2.8.1 Impuesto de Patentes Comerciantes
Concepto: la patente municipal es un tributo que grava el ejercicio de una
actividad económica en forma permanente.
Objeto del Impuesto: este impuesto grava el ejercicio habitual de cualquier
tipo de actividad económica sea esta comercial, industrial, financiera o de servicios.
Sujetos del Impuesto: el sujeto activo de este impuesto es la Ilustre
Municipalidad de Cuenca, y son sujeto pasivos todas las personas naturales y jurídicas, sociedades de hecho y propietarios de negocios individuales, nacionales o extranjeros, domiciliadas en el cantón Cuenca, que habitualmente ejercen actividades comerciales, industriales, financieras y de servicios, que obligatoriamente deberán registrarse en el Catastro de Patentes Municipales.
Obligaciones del Sujeto Pasivo: los sujetos pasivos del impuesto de patentes