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ACTUALIZACIÓN DE LA CONTABILIDAD DE LA EMPRESA "ALSA VIVEROS, S. DE P.R. DE R.L."

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Academic year: 2020

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Proyecto

Actualización de la Contabilidad de la Empresa

“Alsa Viveros S. de P.R. de R.L.”

Luisa Sánchez Durán

Contador Público

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I. JUSTIFICACIÓN

Todas las personas sean físicas o morales están obligadas legalmente a contar con sus registros contables y sobre todo en programas especializados, así como, tener evidencia de cada ejercicio, ya sea en formato electrónico o en físico, además de realizar la presentación de cada una de las declaraciones para cumplir con sus obligaciones fiscales.

La Contabilidad es la disciplina que enseña las normas y los procedimientos para ordenar, analizar y registrar las operaciones practicadas por las unidades económicas constituidas por un solo individuo o bajo la forma de sociedades civiles o mercantiles (bancos, industrias, comercios; e instituciones de beneficencia, etc.).(ELÍAS, 1999)

Por ello, con el desarrollo de este proyecto se dará solución al problema de incumplimiento de las obligaciones de la empresa “Alsa Viveros S de PR de RL”

ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria) y así evitar los requerimientos fiscales y por consecuencias las sanciones por incumplimiento. De igual importancia es tener en tiempo y forma la información contable, de este modo nos permite preparar y determinar eficazmente y de manera concluyente todos los estados contables, teniendo acceso real y directo a los resultados financieros de nuestras actividades comerciales en un plazo de tiempo definido. Dando como consecuencia la obtención de información fundamental para la toma de decisiones oportunas.

Así mismo con la realización de este proyecto la sociedad se ve beneficiada, ya que con el pago de impuestos que generan cada una de las personas y empresas se logran tener los recursos suficientes para que el Estado brinde los bienes y servicios públicos que necesita el país.

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Página | 3 país, ya que gracias a ellos se puede invertir en aspectos prioritarios como la educación, la salud, la impartición de justicia y la seguridad, el combate a la pobreza y el impulso de sectores económicos que son fundamentales para el país. El no pagar impuestos impide al gobierno destinar recursos suficientes para cubrir las necesidades de nuestra sociedad, por lo que es fundamental que cumplamos con esta obligación.

Al mismo tiempo que la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos establece que:

Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Finalmente al realizar la residencia profesional como parte de mi formación académica me permite aplicar cada uno de los conocimientos adquiridos durante toda la carrera en la empresa Alsa Viveros S de PR de RL, aportando a la solución

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II. OBJETIVOS

Objetivo general

Actualizar la información contable y fiscal de la empresa Alsa Viveros S. de P.R. de R.L., para el cumplimiento con las obligaciones fiscales y por ende con las

autoridades fiscales, es decir, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para poder evitar los requerimientos fiscales y por consecuencia las sanciones por incumplimiento.

Objetivos específicos

• Llevar a cabo la actualización de los registros contables, que permita la toma de decisiones.

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III. PROBLEMÁTICA

A la fecha en la empresa su principal problemática es, no contar con la Contabilidad desde la creación de la organización y como consecuencia el incumplimiento de las obligaciones fiscales.

Entre otras problemáticas originadas por:

1) Falta de comprobantes fiscales.

2) La ausencia de los Estados de Cuenta de las cuentas de bancos. 3) No se encontró respaldo de algunos de las cheques expedidos.

4) En el talón de la chequera no se indica a quien van destinados la mayoría de los cheques.

5) En los comprobantes fiscales no se realiza la verificación de la información y por ello existen errores en los mismos. Como ejemplo: no indicar el método de pago, por lo tanto se incumple en una disposición fiscal.

Conforme a los cambios legales, la factura debe contener ciertos requisitos para que el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) cumpla con lo establecido y sea deducible, en su caso.

De acuerdo con las disposiciones emitidas por el SAT los requisitos que deben cumplir las facturas son:

I. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida.

II. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.

III. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.

IV. Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.

V. Sello digital del contribuyente que lo expide.

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Página | 6 VII. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.

VIII. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.

IX. Valor unitario consignado en número.

X. Importe total señalado en número o en letra,

XI. Señalamiento expreso cuando la prestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.

XII. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.

XIII. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria.

XIV. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

Además debe contener los siguientes datos:

a) Fecha y hora de certificación.

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IV. DESCRIPCIÓNDE LAS ACTIVIDADES

DESARROLLADAS

A) ANTECEDENTES

La empresa Alsa Viveros S. de P.R. de R.L. (Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada)fue fundada el26 de Febrero de 2015 cuyo Giro Comercial es la siembra, cultivo y cosecha de otros cultivos en invernaderos y viveros, así como de flores también en invernadero, mismo que pertenece al Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras PF y PM. Con domicilio fiscal en Primera privada de Pereyra #136, Colonia Villa Carlo en la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima.

Las sociedades de producción rural tienen por objeto coordinar actividades

económicas productivas, de asistencia mutua, comercialización u otras no prohibidas por la ley, para dar satisfacción a necesidades individuales o colectivas.

La empresa Alsa Viveros S. de P.R. de R.L. está constituida por:

Consejo de Accionistas

Nombre No. Acciones

Juan Octavio Águila Montes 48

María Luisa Muciño López 16

Luisa Sánchez Durán 1

Andrés Sagrero Botello 15

Adilberto Pimentel Rosales 1

Ma. Lourdes Durán López 1

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Página | 8 Consejo de Administración

María Luisa Muciño López Presidente

Andrés Sagrero Botello Secretario

Luisa Sánchez Durán Tesorero

Consejo de Vigilancia

José Moreno Bravo Presidente

Evelia Villavicencio Lugo Secretario

Felipa Yuriana Lagunes Ceja Vocal

Este tipo de sociedades se constituyen con un mínimo de dos socios que pueden ser personas físicas o morales, es decir: dos o más productores rurales, ejidos o ejidatarios, colonos, comuneros, o pequeños propietarios.(UNION, 2017)Este tipo

de sociedades son reguladas por la Ley Agraria.

Cuyos principales objetivos son:

1) Fortalecer, organizar y proyectar a los socios productores rurales (ejidatarios, campesinos, jornaleros, pequeños propietarios, profesionalitas, colonos, amas de casa y sus respectivas familias), con el fin de elevar su nivel de vida y participar en el desarrollo integral en la Región, Estado y República Mexicana;

2) Realizar, desarrollar y concretizar actividades que generen y fortalezcan el bienestar social, la aprobación de procesos productivos y la comercialización por parte de los socios y productores rurales;

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Página | 9 vivero, en el campo, en infraestructuras deportivas, culturales, recreativas y de esparcimiento.

4) Producción, transformación, industrialización, distribución y comercializar los productos del campo, plantas de ornato en todas sus variedades y especies, céspedes, plantas florales y todos sus derivados.

5) Diseño, venta e instalación de sistemas de riego en proyectos y apoyos de gobierno Estatal y Federal, aplicación e instalación de geomembranas y todo tipo de tubo en sistemas de riego, ollas, bordos y criaderos acuícolas en todas sus variedades, naturales y artificiales.

6) Compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de todo tipo de maquinaria para la construcción de viveros.

B) FUNDAMIENTO TEÓRICO

Según (ELÍAS, 1999) la Contabilidad es la disciplina que enseña las normas y

los procedimientos para ordenar, analizar y registrar las operaciones practicadas

por las unidades económicas constituidas por un solo individuo o bajo la forma de

sociedades civiles o mercantiles (bancos, industrias, comercios; e instituciones de

beneficencia, etc.)

Elías Flores establece que los Fines fundamentales de la Contabilidad son los siguientes:

• Establecer un control riguroso sobre cada uno de los recursos y las obligaciones del negocio.

• Registrar, en forma clara y precisa, todas las operaciones efectuadas por la empresa durante el ejercicio fiscal. .

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Página | 10 • Servir como comprobante y fuente de información, ante terceras personas; de todos aquellos actos de carácter jurídico en que la contabilidad puede tener fuerza probatoria conforme a lo establecido por la ley.

De acuerdo a las disposiciones actuales el envío de la contabilidad electrónica es de carácter obligatorio, mediante el uso de la plataforma del SAT a través del Buzón Tributario para todas las Personas Físicas y Morales, por ello se explicará cada uno de los términos necesarios para tener mejor entendimiento de todo lo que conlleva.

(SAT, s.f.)Menciona que: La contabilidad electrónica es el envío de archivos en formato XML de las transacciones registradas en medios electrónicos que realiza una empresa o una persona y envía a través del Buzón Tributario.

Ahora, la información contable se convierte en archivos con formato electrónico XML que se depositan en el Buzón Tributario del SAT.

Esta facilidad permite a los contribuyentes llevar puntualmente su contabilidad de manera sencilla, a través del uso de las nuevas tecnologías.

La contabilidad electrónica consiste en:

La preparación del Catálogo de cuentas. El Catálogo de cuentas es el

índice en que se detallan en forma ordenada todos los números y nombres de las cuentas de activo, pasivo, capital, ingresos, costos, gastos y cuentas de orden, aplicables en la contabilidad de una entidad económica.

Facilitar y satisfacer la necesidad de registro diario de las operaciones de una empresa.

Permitir que sus registros contables sean consistentes.

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La entrega mensual de la Balanza de Comprobación. La Balanza de

comprobación es un documento contable que enlista los saldos y movimientos de todas las cuentas de activo, pasivo, capital, resultados y cuentas de orden. Se prepara con el objetivo de mostrar la afectación en las distintas cuentas.

Una vez que las empresas entregan su Catálogo de cuentas, cada mes deben dar a conocer los datos de sus registros a través de una Balanza de comprobación.

Permite establecer un resumen básico de los Estados Financieros. La función de la Balanza de Comprobación es verificar que los

saldos deudores de las cuentas sumen exactamente lo mismo que los saldos acreedores, de modo que se produzca el balance o equilibrio contable.

En caso de requerirse, la entrega de información de pólizas y

auxiliares.

Las pólizas son documentos internos donde se registran las operaciones desarrolladas por un ente económico y toda la información necesaria para su identificación.

En las pólizas deben vincularse todos los comprobantes que respalden la operación efectuada y que justifiquen las cantidades a cargo o de abono a las cuentas correspondientes.

Los registros de las pólizas se realizan progresivamente, con el objetivo de localizar la información con mayor facilidad.

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Página | 12 Esto sucede cuando el contribuyente:

Sea auditado.

Se soliciten devoluciones o compensaciones de los saldos a favor de los impuestos

El registro contable, por lo tanto, da cuenta del ingreso o de la salida

de dinero del patrimonio de una corporación. Cada nuevo registro contable implica

un movimiento de recursos que se registra en él debe (la salida) o en el haber(el

ingreso).(JULIÁN & ANA, 2015)

(GARCÍA GUILLERMO, 2014) Señala que: “la factura es el documento que

acredita legalmente una operación de compraventa de bienes y servicios. Pero,

además, y en base a distintos preceptos normativos, cumple con los objetivos, a

saber:

• Justificar la operación realizada.

• Ser el medio de repercusión del IVA.

“La factura es el documento que emite el proveedor al cliente, por el que se justifica legalmente una operación de compraventa y a través del cual se repercute el IVA.”

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Página | 13 Para el llenado de dichas facturas, debido a que uno de los requisitos importantes a la hora del llenado de la misma es el método de pago, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público nos dice cuántas y cuáles son cada una de las formas de pago y sus respectivas claves, como sigue:

Clave Concepto Clave Concepto

01 Efectivo 17 Compensación

02 Cheque 23 Novación

03 Transferencia 24 Confusión

04 Tarjeta Crédito 25 Remisión deuda

05 Monederos Electrónico 26 Prescripción o caducidad

06 Dinero Electrónico 27 A satisfacción del

acreedor

08 Vales de despensa 28 Tarjeta débito

12 Dación de pago 29 Tarjeta servicio

13 Pago por subrogación 30 Aplicación anticipos

14 Pago por consignación

99 Por definir

15 Condonación

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Página | 14 Por otra parte, en cuanto al Método de pago, se podrá registrar la clave que corresponda, según el catálogo “c_MetodoPago” publicado; dependiendo si el pago se realiza en una sola exhibición o en parcialidades:

Catálogo de Método de Pago-CFDI

Clave Descripción

PUE Pago en una sola exhibición

PPD Pago en parcialidades o diferido

También en las Leyes se fundamentan los derechos y obligaciones de los contribuyentes en cuestión fiscal. Cabe mencionar que solo se destacarán los artículos, las secciones e incisos que son relevantes para el desarrollo del proyecto de la empresa Alsa Viveros S. de P.R. de R.L.

Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)

Artículo 1. Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera

que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

Artículo 14. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, conforme a las bases que señala la ley.

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Página | 15 Tratándose del segundo ejercicio fiscal, el primer pago provisional comprenderá el primero, el segundo y el tercer mes del ejercicio, y se considerará el coeficiente de utilidad fiscal del primer ejercicio, aun cuando no hubiera sido de doce meses.

Cuando en el último ejercicio de doce meses no resulte coeficiente de utilidad conforme a lo dispuesto en esta fracción, se aplicará el correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se tenga dicho coeficiente, sin que ese ejercicio sea anterior en más de cinco años a aquél por el que se deban efectuar los pagos provisionales.

II. La utilidad fiscal para el pago provisional se determinará multiplicando el coeficiente de utilidad que corresponda conforme a la fracción anterior, por los ingresos nominales correspondientes al periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que se refiere el pago.

III. Los pagos provisionales serán las cantidades que resulten de aplicar la tasa establecida en el artículo 9 de esta Ley, sobre la utilidad fiscal que se determine en los términos de la fracción que antecede, pudiendo acreditarse contra el impuesto a pagar los pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad.

Los ingresos nominales a que se refiere este artículo serán los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable.

En el Capítulo II de la misma Ley nos menciona las siguientes deducciones

autorizadas para las personas morales:

I. Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio.

II. El costo de lo vendido.

III. Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.

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V. Los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o por enajenación de bienes distintos a los que se refiere la fracción II de este artículo.

VI. Las cuotas a cargo de los patrones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo.

VII. Los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno.

VIII. El ajuste anual por inflación que resulte deducible en los términos del artículo 44 de esta Ley.

IX. Los anticipos y los rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros.

X. Las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, y de primas de antigüedad constituidas en los términos de esta Ley.

Las deducciones anteriores tienen que tener ciertos requisitos para que se puedan efectuar como deducibles.

Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente.

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Página | 17 denominados monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria.

III. Tratándose de la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el pago deberá efectuarse en la forma señalada en el párrafo anterior, aun cuando la contraprestación de dichas adquisiciones no excedan de $2,000.00.

IV. Los pagos que se efectúen mediante cheque nominativo, deberán contener la clave en el registro federal de contribuyentes de quien lo expide, así como en el anverso del mismo la expresión "para abono en cuenta del beneficiario".

V. Estar debidamente registradas en contabilidad y que sean restadas una sola vez.

VI. Que cuando los pagos cuya deducción se pretenda realizar se hagan a contribuyentes que causen el impuesto al valor agregado, dicho impuesto se traslade en forma expresa y por separado en el comprobante fiscal correspondiente.

Dentro de la LISR se encuentra el Capítulo VIII que va dirigido a las personas físicas y morales con Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras.

Artículo 74. Deberán cumplir con sus obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta conforme al régimen establecido en el presente Capítulo, los siguientes contribuyentes:

I. Las personas morales de derecho agrario que se dediquen

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II. Las personas morales que se dediquen exclusivamente a actividades pesqueras, así como las sociedades cooperativas de producción que se dediquen exclusivamente a dichas actividades.

III. Las personas físicas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.

Se consideran contribuyentes dedicados exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, aquéllos cuyos ingresos por dichas actividades representan cuando menos el 90% de sus ingresos totales, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos o activos fijos y terrenos, de su propiedad que hubiesen estado afectos a su actividad.

Con respecto a las obligaciones de las personas morales el Capítulo IX señala que los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:

I. Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley, y efectuar los registros en la misma.

II. Expedir los comprobantes fiscales por las actividades que realicen. III. Expedir los comprobantes fiscales en los que asienten el monto de los

pagos efectuados.

IV. Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias a la fecha en que termine el ejercicio, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias respectivas.

V. Presentar declaración en la que se determine el resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable del mismo y el monto del impuesto correspondiente, ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine dicho ejercicio.

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Página | 19 señale el Servicio de Administración Tributaria mediante disposiciones de carácter general.

VII. Llevar un registro de las operaciones que efectúen con títulos valor emitidos en serie.

VIII. Obtener y conservar la documentación comprobatoria.

Ley del Impuesto del Valor Agregado (LIVA)

De igual modo que la información de la LISR se mencionará las disposiciones que abarquen las operaciones que realizó las empres Alsa Vivero S. de P.R. de R.L. con la Ley del IVA.

Se trata de un impuesto indirecto, en virtud de que los contribuyentes del mismo no lo pagan directamente, sino que lo trasladan o cobran a una tercera persona, hasta llegar al consumidor final.

Este impuesto lo deben pagar cuando se realicen actos o actividades gravados por la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Es decir, si vendes bienes, prestas servicios independientes, otorgas el uso o goce temporal de bienes o realizas importaciones de bienes o de servicios, pagarás el IVA aplicando la tasa general de 16%.

Artículo 10.- Están obligados al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

I. Enajenen bienes.

II. Presten servicios independientes.

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Página | 20 El contribuyente trasladará dicho impuesto, en forma expresa y por separado, a las personas que adquieran los bienes, los usen o gocen temporalmente, o reciban los servicios.

El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta Ley, la tasa del 16%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.

El contribuyente pagará en las oficinas autorizadas la diferencia entre el impuesto a su cargo y el que le hubieran trasladado o el que él hubiese pagado en la importación de bienes o servicios, siempre que sean acreditables en los términos de esta Ley. En su caso, el contribuyente disminuirá del impuesto a su cargo, el impuesto que se le hubiere retenido.

Artículo 1o.-B.- Para los efectos de esta Ley se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe, o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones.

Si se pagó mediante cheque, se considera que el valor de la operación, así como el impuesto al valor agregado trasladado correspondiente, fue efectivamente pagado en la fecha de cobro del mismo o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.

Con respecto a las compras que se realizaron por la empresa la mayoría fueron plantas para la enajenación de las mismas, por ello a la tasa de IVA que se aplicará es el 0% como se muestra en la siguiente información establecida en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

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Página | 21 I. La enajenación de:

a) Animales y vegetales que no estén industrializados, salvo el hule, perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar.

b) Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación a excepción de algunos casos.

c) Hielo y agua no gaseosa ni compuesta, excepto cuando en este último caso, su presentación sea en envases menores de diez litros.

d) Ixtle, palma y lechuguilla.

e) Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas, siempre que estén destinados para ser utilizados en la agricultura o ganadería.

f) Invernaderos hidropónicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controladas o para proteger los cultivos de elementos naturales, así como equipos de irrigación.

g) Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80%, siempre que su enajenación no se efectúe en ventas al menudeo con el público en general.

II. La prestación de servicios independientes:

a) Los prestados directamente a los agricultores y ganaderos, siempre que sean destinados para actividades agropecuarias.

b) Los prestados en invernaderos hidropónicos.

Los actos o actividades a los que se les aplica la tasa del 0%, producirán los mismos efectos legales que aquellos por los que se deba pagar el impuesto conforme a esta Ley.

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Página | 22 Para los efectos del párrafo anterior, se entiende por impuesto acreditable el impuesto al valor agregado que haya sido trasladado al contribuyente y el propio impuesto que él hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, en el mes de que se trate.

Artículo 5o.- Para que sea acreditable el impuesto al valor agregado deberán reunirse los siguientes requisitos:

I. Que el impuesto al valor agregado corresponda a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta Ley o a las que se les aplique la tasa de 0%. Para los efectos de esta Ley.

II. Que el impuesto al valor agregado haya sido trasladado expresamente al contribuyente y que conste por separado en los comprobantes fiscales.

III. Que el impuesto al valor agregado trasladado al contribuyente haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate;

IV. Que tratándose del impuesto al valor agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo.

10.-ADe esta Ley, dicha retención se entere en los términos y plazos establecidos en la misma. El impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención.

C) ARCHIVO DE LAS FACTURAS EXISTENTES

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Página | 23 Una vez que se logró localizar las facturas se hizo la revisión correspondiente de los datos fiscales de la empresa para verificar que se cumpliera con las normativas que se establecen tanto en las leyes como de las autoridades autorizadas.

Algunas de las facturas no cumplen con diversos requisitos de los que se muestran en seguida:

I. La razón social completa.

II. El Registro Federal del Contribuyente correcto. III. El domicilio fiscal de la empresa.

IV. El producto que se está comprando.

V. Exprese su debido impuesto con respecto a lo establecido en la ley. VI. Con la clave del forma de pago correspondiente:

Clave Concepto Clave Concepto

01 Efectivo 17 Compensación

02 Cheque 23 Novación

03 Transferencia 24 Confusión

04 Tarjeta Crédito 25 Remisión deuda

05 Monederos Electrónico 26 Prescripción o caducidad 06 Dinero Electrónico 27 A satisfacción del acreedor

08 Vales de despensa 28 Tarjeta débito

12 Dación de pago 29 Tarjeta servicio

13 Pago por subrogación 30 Aplicación anticipos 14 Pago por consignación

99 Por definir

15 Condonación

VII. Y por último, el método de pago que corresponda:

Catálogo de Método de Pago-CFDI

Clave Descripción

PUE Pago en una sola exhibición

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D) RECOPILACIÓN DE LOS CHEQUES FALTANTES

Una de las problemáticas de la empresa Alsa Viveros S. de P.R. de R.L. era la falta de comprobante de algunos cheques, así como, se desconocía el nombre del beneficiario a quién fueron expedidos.

Para poder resolver este problema, se hizo la revisión de una carpeta llamada escáner donde se recopilan todas las copias que se sacan, con el objeto de tener un respaldo de todos los archivos necesarios. Sin embargo, no se recuperaron todos los cheques faltantes pero si la mayoría de ellos.

Y por último, a la hora de identificar el nombre a quién fueron expedidos los cheques que faltaban no se lograba saber, ya que cuando se elaboraron no se hizo el llenado correcto y se dejó en blanco la talonera de la chequera, por lo que se desconocía el nombre del beneficiario, el monto por el que se había expedido la fecha.

La otra opción fue revisar los estados de cuenta emitidos por la institución bancaria, para que con el número de los cheques, localizar y conocer el monto y fecha. Ahora solo hacía falta el nombre del beneficiario y para ello se entrevistó al encargado de la chequera.

Finalmente, se consiguió todo, con respecto a los comprobantes de pago dando así, continuidad a la realización del proyecto.

E) ESTADOS DE CUENTA

La inexistencia de los Estados de Cuenta Bancarios fue otras de las problemáticas identificadas, aunque la solución de esta resultó fácil.

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F) REGISTRO DE LA CONTABILIDAD

Ya resueltas las problemáticas anteriores, se logró proceder con el objetivo principal de este proyecto; es decir, el registro de contabilidad de la organización Alsa Viveros S. de P.R. de R.L., con la finalidad de que, cada uno de los accionistas, cuenten con la información en tiempo y forma y les sea de utilidad para la toma de decisiones, así como, den cumplimiento con sus obligaciones ante las autoridades correspondientes.

Primeramente se verificó que todos los movimientos existentes en los Estados de Cuenta se encontraran archivados en su respectivo mes, una vez que se finalizó este proceso, en cada uno de los meses, se continuó con el registro de todas las operaciones de la empresa en el programa Contpaq¡ de Contabilidad.

G) ENVÍO DE LAS DECLARACIONES

Una vez finalizado el registro de la contabilidad, se enviaron cada una de las declaraciones que estaban pendientes de su presentación en las plataformas correspondientes.

En este caso, la empresa tenía las siguientes declaraciones pendientes;

Declaración Provisional

Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)

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V. RESULTADOS

La empresa Alsa Viveros S. de P.R. de R.L. tiene seis socios y por ello se hizo el siguiente registro contable de las acciones con las que cuenta cada socio y son parte de su patrimonio, como se muestra en la siguiente póliza de Diario:

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Página | 27 En el mes de Febrero del 2017 solo se registraron tres movimientos en el Estado de Cuenta, los cuales fueron destinados para la construcción de un andén para el vivero, generando el siguiente movimiento contable:

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Página | 29 En cuanto a la acreditación del IVA, unas de las hojas auxiliares que se utilizaron para el llenado de las Declaraciones Informativas de Operaciones con Terceros (DIOT), ya que se puede apreciar el monto del IVA, que se pagó a cada uno de los proveedores.

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Página | 30 Con la finalidad de conocer si esta correcto dicho informe, se verifica la información contra la póliza de la cuenta del IVA acreditable del mes. Como se puede apreciar, el monto del IVA de un informe y otro es igual; por lo

tanto son correctos.

Y por último, se anexa el saldo del Estado de Posición Financiera o Balance

General al 31 de Octubre del 2017.

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VI. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Al inicio del proyecto se plantearon objetivos de los cuales se cumplieron en su totalidad, debido a que me dieron la facilidad de solicitar información sobre las dudasque fueron surgiendo, durante el desarrollo de este proyecto y por consecuencia se lograra finalizar satisfactoriamente.

El objetivo general del proyecto fue la Actualización de la Contabilidad de empresa Alsa Viveros S. de P.R. de R.L., cabe mencionar que durante la realización de la residenciase presentaron diversas complicaciones, mismas que se fueron solventando a satisfacción, logrando tener un respaldo de todas las operaciones en cada uno de los meses, así como comprobantes de pago y sus respectivos Estados de Cuenta.

Finalmente se consiguió tener la contabilidad actualizada y se cumplió con las obligaciones fiscales de la empresa ante las Autoridades.

Para conseguir lo anterior fue de mucha importancia el trabajo desarrollado de manera adecuada durante la estancia en la empresa, como también la aplicación de los conocimientos adquiridos durante toda la carrera.

Para que la contabilidad de la empresa Alsa Viveros, S. de P.R. de R.L. continúe con el cumplimiento ante las Autoridades se recomienda:

a. Asignar un auxiliar contable;

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VII. COMPETENCIAS DESARROLLADAS Y/O

APLICADAS

A continuación se muestran las competencias desarrolladas durante el desarrollo del proyecto y la estancia en la empresa.

I. Introducción a la Información Financiera

a. Aplicación el proceso contable para la generación de información financiera con apego a las Normas de Información Financiera.

II. Fundamentos a la Investigación

a. Aplicación de los elementos de la investigación documental para elaborar escritos académicos de su entorno profesional.

III. Contabilidad Financiera

a. Aplicación del proceso contable para la generación de información financiera con apego a las Normas de Información Financiera.

b. Identificación las principales partidas que integran el rubro de las cuentas por cobrar de una entidad económica y los registra de acuerdo a la NIF vigente, para llevar una adecuada administración de las mismas.

IV. Taller de Ética

a. Adquirir el compromiso al proponer soluciones a problemas mediante la aplicación de la ética profesional, para contribuir a la mejora de los ámbitos del desempeño humano.

b. Fundamente la práctica ética del ejercicio profesional en la toma de decisiones para la solución de problemas en las instituciones y organizaciones.

V. Comunicación Humana

(37)

Página | 36 VI. Taller de Informática

a. Utilizar e implementar las tecnologías de la información y comunicación para mejorar los procesos administrativos de la empresa.

VII. Contabilidad de Sociedades

a. Identificar y aplicar los elementos contables y legales en la constitución y formas de transformación (fusión, escisión, etc.) de las sociedades de nombre colectivo, sociedad en comandita simple, sociedad en comandita por acciones, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad cooperativa, sociedades y asociaciones civiles, asociaciones en participación y copropiedades. b. Aplicación del proceso contable para la generación de información

financiera con apego a las Normas de Información Financiera.

c. Aplicación del registro de cuentas de orden para presentar las operaciones que no afectan al activo, pasivo y capital.

VIII. Impuestos Personas Morales

a. Conocer, analizar y aplicación las disposiciones generales que establece la Ley del ISR para el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas morales en el ejercicio de su profesión.

IX. Taller de Investigación

a. Consolidar el protocolo para ejecutar la investigación y obtener productos para su exposición, defensa y gestión de su transcendencia.

X. Seminario de Contaduría

a. Diseñar y elaborar la documentación requerida para el registro y constitución legal de una entidad económica.

(38)

Página | 37 c. Diseñar y elaboración de los elementos de la organización contable

para que sirvan de apoyo en la captura en medios electrónicos. d. Implementación de las normas y técnicas para garantizar la

confiabilidad de la información contable, la salvaguarda de los activos y promueve la eficiencia operacional.

XI. Otros Impuestos y Contribuciones

a. Conocer y aplicar las disposiciones generales que establece la ley del IVA

b. Conocer y aplicar las disposiciones generales del derecho fiscal y tributario, así como el Código Fiscal de la Federación para aplicar el marco legal de las obligaciones fiscales, dentro de las organizaciones.

c. Conocer, analizar y aplicar las disposiciones generales que establece la Ley del ISR para el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas morales en el ejercicio de su profesión.

XII. Auditoria para efectos fiscales

a. Verificar la correcta aplicación de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, Ley de Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, Ley del Seguro Social, Ley del Infonavit y sus reglamentos, así como las leyes estatales correspondientes al cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social. b. Aplicar la metodología para elaborar una revisión para efectos

(39)

Página | 38

Bibliografía

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PÚBLICO, S. D. (s.f.). Catalogo de Métodos de Pago.

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http://www.sat.gob.mx/contabilidadelectronica/Paginas/01-1.htm

Servicio de Administración Tributaria. (s.f.). Obtenido de http://www2.sat.gob.mx/sitio_internet/6_880.html

UNION, C. D. (27 de Marzo de 2017). Ley Agraria. Cuidad de México. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/13_270317.pdf

Referencias

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