Ayuntamiento de Medina de Pomar
Plaza Mayor, 1 - 09500 (Burgos) Tfno. 947190707
Fax 947191554
AREA DE HACIENDA
(2.17) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ENSEÑANZA DE LA ESCUELA
MUNICIPAL DE MUSICA “CARMELO A. BERNAOLA” DEL OO.AA.
ESCUELA DE MUSICA
(B.O.P. Nº 11, de 17 de Diciembre de 2.007, modificada B.O.P. Nº 11, de 17 de Enero de 2.013 y B.O.P. Nº 235, de 12 de Diciembre de 2.013)
ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza
En uso de las facultades contenidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 en relación con los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por la prestación de los servicios de enseñanza de la Escuela Municipal de Música “Carmelo A. Bernaola”, gestionada a través del Organismo Autónomo de mismo nombre, perteneciente al Ayuntamiento de Medina de Pomar.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios de enseñanza que tenga establecidos la Escuela Municipal de Música “Carmelo A. Bernaola” Música “Carmelo A. Bernaola”, como Organismo Autónomo del Ayuntamiento de Medina de Pomar, de conformidad con el artículo 20.4.v) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ARTÍCULO 3. Sujetos Pasivos
Son sujetos pasivos las personas que soliciten la prestación de servicios que integran el hecho imponible.
Ayuntamiento de Medina de Pomar
Plaza Mayor, 1 - 09500 (Burgos) Tfno. 947190707
Fax 947191554
AREA DE HACIENDA
ARTÍCULO 4. Cuota Tributaria
1.-La cuantía de la tasa vendrá determinada con arreglo a las tarifas que a
continuación se señalan para el curso académico de septiembre a junio:
CURSO ASIGNATURA IMPORTE
IMPORTE IMPORTE IMPORTE MENSUAL MENSUAL EMPADRONADOS NO EMPADRONADOS Educación Lenguaje Musical 25,38 € 25,38 € 32,48 € 32,48 € Infantil
Preparatorio Lenguaje Musical 18,27 € 32,48 € 24,36 € 42,63 €
Instrumento 14,21 € 18,27 € 1º G. E. Lenguaje Musical 34,51 € 50,75 € 45,68 € 66,99 € Instrumento 16,24 € 21,32 € 2º G. E. Lenguaje Musical 34,51 € 56,84 € 45,68 € 74,10 € Instrumento 22,33 € 28,42 € 3º G. E. Lenguaje Musical 34,51 € 66,99 € 45,68 € 85,26 € Instrumento 26,39 € 33,50 € Coro 6,09 € 6,09 € 4º G. E. Lenguaje Musical 34,51 € 71,05 € 45,68 € 87,29 € Instrumento 30,45 € 35,53 € Coro / Agrup. 6,09 € 6,09 € Instr. Prueba de Acceso Lenguaje Musical 34,51 € 75,11 € 45,68 € 90,34 € Instrumento 34,51 € 38,57 € Instr. Compl. 16,24 € 91,35 € 18,27 € 108,61 € (Opc.) Grado Medio 1º / 2º G. M. Lenguaje Musical 40,60 € 103,53 € 51,77 € 125,86 € Instrumento 40,60 € 51,77 € Instr. Compl. 16,24 € 16,24 € Coro / Agrup. 6,09 € 6,09 € Instr. Grado Medio 3º / 4º G. M. Instrumento 45,68 € 114,70 € 58,87 € 138,04 € Armonía 25,38 € 30,45 € Mús. De Cámara 25,38 € 32,48 € Instr. Compl. 18,27 € 16,24 € Repentización 25,38 € 140,07 € 32,48 € 170,52 € (Piano)
Grado Medio Instrumento 48,72 € 124,85 € 65,98 € 159,36 €
5º / 6º G. M. Historia de la
25,38 € 30,45 €
Mús.
Mús. De Cámara 25,38 € 32,48 €
Ayuntamiento de Medina de Pomar
Plaza Mayor, 1 - 09500 (Burgos) Tfno. 947190707 Fax 947191554 AREA DE HACIENDA Repentización 25,38 € 32,48 € (Piano) Hobby Instrumento 45,68 € 65,98 € Percusión para alumnos con NEES Media hora semanal 29,44 € Una hora a la semana 48,72 €
2.-La matrícula en cada una de las modalidades será el 80% de una mensualidad.
3.-Por el alquiler de instrumentos se establece una tarifa mensual para alumnos
empadronados y no empadronados de acuerdo con el siguiente detalle:
ALQUILER INSTRUMENTOS EMPADRONADOS NO EMPADRONADOS
Alquiler de instrumentos 1º y 2º curso 5,08 € 8,12 €
Alquiler de instrumentos siguientes cursos 8,12 € 12,18 €
Los alumnos que lleven más de cuatro años con instrumento en la Escuela y no formen parte de la Banda Municipal, deberán devolver el instrumento a la Escuela para que pueda optar a él un nuevo alumno.
4.-Para la aplicación de la tarifa de empadronado o no empadronado, se deberá
presentar certificado o volante de empadronamiento en el que se acredite una antigüedad mínima de seis meses a la fecha de matriculación.
5.-Aquellos alumnos que no estén empadronados y colaboren con la Banda
Municipal de Música o con "Voces Nostrae" se les cobrará el precio de empadronados, como compensación.
6.-A los alumnos que tengan clase en el conservatorio de Bilbao, se les cobrará el
kilometraje.
7.-La devolución del recibo de la tasa supondrá que a los alumnos se les cobrará el
Ayuntamiento de Medina de Pomar
Plaza Mayor, 1 - 09500 (Burgos) Tfno. 947190707
Fax 947191554
AREA DE HACIENDA
8.-La cuota tributaria se actualizará anualmente con el IPC de agosto.
ARTÍCULO 5. Devengo
Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir en el momento del inicio de la prestación de los servicios o de la realización de las actividades.
ARTÍCULO 6. Régimen de Ingreso
Los importes de la matrícula se abonarán en el momento de formalizar esta.
Para el pago de las mensualidades, los interesados deberán efectuar el ingreso o en efectivo en la Escuela Municipal o domiciliar en una Entidad bancaria los recibos. Las cuotas deberán abonarse por el interesado o se cargarán en su cuenta en los 5 últimos días del mes en curso.
ARTÍCULO 7. Normas de Gestión
El alumno que por cualquier motivo desee causar baja a lo largo del curso, está obligado a solicitar la misma a la Administración entre los días 1 y 8 de cada mes. En caso contrario, la baja será efectiva en el mes siguiente a la solicitud.
Se podrá dar de baja de oficio a un alumno para el período mensual siguiente a aquel en que resulte impagada una de las cuotas mensuales y siempre que no se regularice en el mes natural que resulte impagado.
ARTÍCULO 8.Infracciones y Sanciones
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 183 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Ayuntamiento de Medina de Pomar
Plaza Mayor, 1 - 09500 (Burgos) Tfno. 947190707
Fax 947191554
AREA DE HACIENDA
Tributaria, conforme a lo que se establece en el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 16 de noviembre de 2012, entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.