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La Reforma del Sistema de Justicia y el fortalecimiento de la lucha contra la corrupción

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(1)

Lima, 21 de agosto 2019

Eduardo Vega Luna

Director del Instituto de Ética y Desarrollo Universidad Antonio Ruiz de Montoya

La Reforma del Sistema de Justicia y el

fortalecimiento de la lucha contra la corrupción

Sala Penal Especial de la Corte Suprema para Altos Funcionarios

Primer Aniversario de la puesta en vigencia a dedicacion exclusiva

(2)

1.

Los problemas del sistema de justicia

2.

Las acciones realizadas por el Dr. Prado

3.

La Propuesta de la Comisión Consultiva para la

reforma de la Justicia

4.

La reforma del sistema de justicia

5.

El Consejo Nacional de la Magistratura y La JNJ

6.

La lucha contra la corrupción.

Avances. Procesos a altos funcionarios

Retos pendientes

(3)

3

Comisión para la reforma de la Justicia

14 Julio 2018

7 de julio

2018

(4)

Qué puso en evidencia

los CNM Audios?

(5)

El grave problema de la corrupción en el sistema de Justicia

Un antiguo problema en la justicia: corrupción y tráfico de influencias.

La existencia de redes articuladas de corrupción al interior de las

instituciones del sistema de justicia,

Presencia de intereses políticos y económicos y la falta de una real

autonomía e independencia.

Escaso interés por un servicio de justicia de cara al ciudadano y a las

personas más vulnerables.

(6)

Percepción ciudadana:

Justicia lenta,

deshumanizada,

corrupta,

formalista

que genera que las personas que

acuden a ella se sientan doblemente

victimizadas.

El grave problema de la corrupción

en el sistema de Justicia

(7)

¿Cuáles son los factores que

explican la presencia y/o ausencia

del fenómeno de la corrupción en el

sistema de Justicia?

Jan-Michael Simon, Corrupción del Sectorde Justicia Penal.

Max Planck Institut. Bogotá, 15 de octubre2019

(8)
(9)

FACTORES EXÓGENOS

Extensión de la corrupción en la sociedad;

Tolerancia social hacia la corrupción;

Confianza social en instituciones del Estado, combinada con la confianza social de

forma general y la importancia de relaciones familiares en la sociedad y la

informalidad en las relaciones sociales;

Conocimiento de la población de sus derechos y de cómo funciona el sector de

justicia;

Participación de la sociedad civil en el seguimiento del sector de justicia;

Asistencia de personas funcionarias del sector de justicia a las mismas escuelas,

universidades, asociaciones y círculos con personas del poder político y

económico;

Relaciones de parentesco y/o “compadrazgo” con personas del poder político y

económico y/o con personas que ejercen la abogacía;

Presencia de grupos criminales organizados;

Composición del poder político (heterogéneo/homogéneo, fragmentado/unido,

etc.);

Desempeño de las agencias anti-corrupción del Estado.

10 variables

(10)

La principal amenaza a la independencia y autonomía del sistema de

justicia (PJ, MP y CNM) viene de algunos de sus propios integrantes.

La reforma del sistema de justicia no puede estar únicamente en

manos del propio sistema de justicia. Se requiere la participación de

sociedad civil, expertos y académicos.

La necesidad de reconocer que toda reforma debe abordar como

tema central la

corrupción.

No solo es un tema de modernización,

lentitud, falta de personal, informatización, despacho judicial.

Ser un proceso que pueda medirse en el corto, mediano y largo

plazo.

Tres ideas que deben orientar

(11)

Medidas adoptadas por el Dr. Víctor Prado (Julio – diciembre 2018

.

16 de julio

Estado de Emergencia del PJ 26 julio

Plan de Medidas Urgentes: 3 áreas

• Transformaciones orgánicas,

• Lucha contra la corrupción y

• Modificaciones a legislación procesal. “Lo que hemos visto en el Callao se repite en varios distritos judiciales. Son alrededor de 14, pero, por razones tácticas y de

reserva, no puedo anunciar cuáles son“.

(12)

9 MEDIDAS CONCRETAS

PROPUESTAS POR LA

COMISIÓN DE REFORMA DEL

SISTEMA DE JUSTICIA

Comisión Consultiva para la Reforma del Sistema de Justicia

Proponer medidas urgentes y concretas para reformar el Sistema de Justicia a fin de aportar a la construcción de una justicia eficaz, oportuna, transparente, eficiente e incorruptible

Proponer un mecanismo de coordinación y articulación de los diversos actores del sistema de justicia, que garantice la

(13)

Antecedentes y documentos tomados en cuenta

2001: Informe de la Comisión de Estudio de las Bases de la Reforma Constitucional.

2002: La Comisión de Constitución presentó al Pleno del Congreso propuestas de reforma constitucional de los órganos integrantes del sistema de justicia.

2002: Acuerdo Nacional: Política de Estado N° 28: “Estado eficiente, transparente y descentralizado”, que tiene por objetivo garantizar la “Plena vigencia de la Constitución y de los derechos humanos y

acceso a la justicia e independencia judicial.

2003 -2004: CERIAJUS. El esfuerzo más importante de reforma de la Justicia.

2004: Grupo Impulsor del Acuerdo Nacional por la Justicia, presentó el Informe Final “Políticas de

Estado para el cambio estructural en el Poder Judicial”.

2006: Informe Defensorial N° 109, “Propuestas básicas de la Defensoría del Pueblo para la reforma de

la justicia en el Perú.

(14)

Medidas concretas

1. Reforma constitucional del Consejo Nacional de la Magistratura

2. Creación de Autoridad Nacional de Control en Poder Judicial y Ministerio Público

3. Transparencia y rendición de cuentas en el sistema de justicia

4. Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia

5. Sistema de Justicia especializado en violencia contra la Mujer

6. Descarga procesal: en los procesos de pensiones a cargo de la ONP

7. Descarga procesal del Ministerio Público en procesos contenciosos administrativos

8. Creación de la Fiscalía Suprema Anticorrupción

(15)

La Reforma del

Consejo Nacional de la

Magistrautura

(16)

- Desnaturalizado la forma de representación

- Cuestionamientos a la forma en que se han llevado a cabo las

elecciones de los representantes de los colegios profesionales y de

las universidades públicas y privadas.

- Cuestionamientos a la labor que ha desarrollado el CNM en el

nombramiento, ratificación y sanción de los magistrados.

- Tráfico de influencias, intercambio de favores y otras formas de

corrupción.

- Los consejeros han utilizado sus puestos para negociar

nombramientos, evaluaciones, favores políticos y actos irregulares

(17)

Autor Nro. de Proyecto Fecha

Poder Ejecutivo 1720-2017-PE 28.07.17

Poder Judicial 2902-2017-PJ 14.05.18

Congreso. Fuerza Popular

3046-2017-CR 1902-2017-CR

19.06.18 18.09.17

Congreso. Peruanos por el Cambio 955-2016-CR 14.02.17

Congreso. APRA 1786-2017-CR 15.08.17

Congreso. Nuevo Perú 1930-2017-CR 03.10.17

Congreso. Alianza para el Progreso 1895-2017-CR 14.09.17

Congreso. Frente Amplio 1847-2017-CR 07.09.17

9 Proyectos de Ley para reformar el CNM

(18)

PE Propuesta reforma Constitucional del CNM

Artículo 155.- Los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura son elegidos por concurso público de méritos por una Comisión Especial conformada por el Presidente del Poder Judicial, quien la presidirá, el Fiscal de la Nación, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo y el Contralor General de la República.

La Comisión Especial deberá instalarse seis meses antes del vencimiento del mandato de los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura convocada por el Pdte. Del Poder Judicial.

La elección de los consejeros será realizada a través de un procedimiento regulado legalmente, con el apoyo técnico del órgano rector para los recursos humanos del Estado a cargo del servicio civil y la carrera pública. El procedimiento de selección brindará garantías de máxima publicidad y transparencia y promoverá la vigilancia ciudadana.

Los miembros titulares del Consejo Nacional de la Magistratura son cinco y serán elegidos conjuntamente con tres suplentes, por un período de cinco años. La elección de los garantizará una participación equilibrada de consejeros hombres y mujeres.

(19)

Poder Ejecutivo Artículo propuesto CNM

Artículo 156

.- Para ser miembro del Consejo Nacional de la

Magistratura se requiere ser peruano de nacimiento, abogado

con más de 30 años de ejercicio profesional,

con una

intachable

trayectoria

personal,

profesional,

democrática, de integridad y respeto a los derechos

humanos.

Asimismo, haber ejercido con solvencia cargos públicos o privados y no

tener antecedentes penales ni judiciales. Adicionalmente, el procedimiento

garantizará que los postulantes seleccionados no incurran en supuestos que

constituyan conflicto de interés.

(20)

1.

Eliminar el sistema de representación en la elección de los consejeros.

2.

Elección por un concurso público de méritos de 5 miembros. Participación equilibrada

de hombres y mujeres.

3.

Nuevo perfil: Abogados con 30 años de ejercicio. Probada trayectoria democrática,

solvencia académica y de integridad.

4.

Elección a cargo de una Comisión Especial integrada por titulares de OAutónomos.

5.

Apoyo técnico de

SERVIR

.

6.

Garantizar un proceso transparente, público y con vigilancia ciudadana, así como un

adecuado escrutinio de dichos requisitos para elegir a los miembros del CNM.

7.

Nuevo CNM

: Puede revisar los nombramientos y ratificaciones cuando haya indicios

de graves irregularidades.

(21)

La Junta Nacional

de Justicia

Referéndum

9 de diciembre

(22)

Reforma Constitucional- Ley 30904

"Artículo 155.- La Junta Nacional de Justicia está conformada por siete miembros titulares seleccionados mediante concurso público de méritos, por un período de cinco años. Está prohibida la reelección. Los suplentes son convocados por estricto orden de mérito obtenido en el concurso. El concurso público de méritos está a cargo de una Comisión Especial, conformada por:

1) El Defensor del Pueblo, quien la preside; 2) El Presidente del Poder Judicial;

3) El Fiscal de la Nación;

4) El Presidente del Tribunal Constitucional; 5) El Contralor General de la República;

6) Un rector elegido en votación por los rectores de las universidades públicas licenciadas con más de cincuenta años de antigüedad; y,

7) Un rector elegido en votación por los rectores de las universidades privadas licenciadas con más de cincuenta años de antigüedad.

….

La selección de los miembros es realizada a través de un procedimiento de acuerdo a ley, para lo cual, la Comisión Especial cuenta con el apoyo de una Secretaría Técnica Especializada. El procedimiento brinda las garantías de probidad, imparcialidad, publicidad y transparencia.

(23)

Reforma Constitucional - Ley 30904

Artículo 156.

- Para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia se requiere

: 1.

Ser peruano de nacimiento.

2. Ser ciudadano en ejercicio.

3. Ser mayor de cuarenta y cinco (45) años, y menor de setenta y cinco (75) años.

4. Ser abogado

:

a. Con experiencia profesional no menor de veinticinco (25) años; o,

b. Haber ejercido la cátedra universitaria por no menos de veinticinco (25) años; o,

c. Haber ejercido la labor de investigador en materia jurídica por lo menos durante quince (15) años

5.

No tener sentencia condenatoria firme por delito doloso.

6.

Tener reconocida trayectoria profesional y solvencia e idoneidad

moral

.

(24)

Que pasó

con el primer concurso

a la Nueva

(25)

Que pasó con el Primer concurso?

El Modelo de examen no fue el adecuado.

Se privilegió conocimientos jurídicos antes que

trayectoria profesional e idoneidad Moral.

No se detectó a tiempo los antecedentes del único

candidato que quedó en la evaluación y que lo

inhabilitaba para ejercer este cargo

(26)

Qué hacer?

Reconocimiento de errores en el procedimiento. Voluntad de cambio y

recuperación de confianza.

Convocatoria a nuevo concurso.

Cambio radical

en el modelo de evaluación de candidatos y Perfil.

Nuevo reglamento. Énfasis en evaluar trayectoria profesional y ética

Transparentar y hacer público los CVs de los candidatos

(27)

Fortalecimiento de la

Lucha contra la

corrupción en el sector

justicia

(28)
(29)

Artículo 2.- Actos de ocultamiento y tenencia

El que adquiere, utiliza, posee, guarda, administra,

custodia,

recibe

, oculta o mantiene en su poder dinero,

bienes, efectos o ganancias, cuyo

origen ilícito conoce o

debía presumir

, será reprimido con pena privativa de la

libertad no menor de ocho ni mayor de quince años y

con ciento veinte a trescientos cincuenta días multa.

(30)

PROCURADURÍA

FISCALIA

PODER JUDICIAL

INPE

32,925

Denuncias por

corrupción

13,447

Investigaciones

por corrupción

3,356

Condenas por Corrupción (2015-2016)

506

Internos por

corrupción

RESUMEN

(31)

ABSUELTO

2017

Alex Kouri, Callao - 5 años

Viñas Dioses, Tumbes - 11 años

Velásquez P., Ucayali - 5 años

Waldo Ríos, Ancash - 5 años

Iván Vásquez, Loreto - 6 años

Klever Meléndez - Pasco – 15 años

José Luis Aguirre, Madre de Dios – 8 años

César Alvarez, Ancash, 8 años CONDENADOS

(32)

El auto que resuelve incorporar al

proceso a la empresa odebrecht

como investigada por el delito de

lavado de activos tras pago de

sobornos en obra pública.

(33)

La sentencia de colaboración eficaz en la que se aprueba el

acuerdo con la empresa donde como tal acepta pagar

solidariamente la reparación civil por el delito de lavado de

activos.

Paralelamente la empresa también firmó otro cuaderno de

colaboración eficaz aceptando el delito de colusión por

acceder a la buena pro de dicha obra pública tras el pago del

soborno.

Será tal vez la única sentencia en la que la empresa ha pagado

una reparación civil por delito de lavado de activos en el Perú.

(34)

Cuantos colaboradores eficaces:

50 personas naturales aspirantes

5 empresas acogidas.

Prisiones preventivas

(35)

Apostemos por un

cambio profundo en

la Justicia

Referencias

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