Lima, 21 de agosto 2019
Eduardo Vega Luna
Director del Instituto de Ética y Desarrollo Universidad Antonio Ruiz de Montoya
La Reforma del Sistema de Justicia y el
fortalecimiento de la lucha contra la corrupción
Sala Penal Especial de la Corte Suprema para Altos Funcionarios
Primer Aniversario de la puesta en vigencia a dedicacion exclusiva
1.
Los problemas del sistema de justicia
2.
Las acciones realizadas por el Dr. Prado
3.
La Propuesta de la Comisión Consultiva para la
reforma de la Justicia
4.
La reforma del sistema de justicia
5.
El Consejo Nacional de la Magistratura y La JNJ
6.
La lucha contra la corrupción.
•
Avances. Procesos a altos funcionarios
•
Retos pendientes
3
Comisión para la reforma de la Justicia
14 Julio 2018
7 de julio
2018
Qué puso en evidencia
los CNM Audios?
El grave problema de la corrupción en el sistema de Justicia
Un antiguo problema en la justicia: corrupción y tráfico de influencias.
La existencia de redes articuladas de corrupción al interior de las
instituciones del sistema de justicia,
Presencia de intereses políticos y económicos y la falta de una real
autonomía e independencia.
Escaso interés por un servicio de justicia de cara al ciudadano y a las
personas más vulnerables.
Percepción ciudadana:
Justicia lenta,
deshumanizada,
corrupta,
formalista
que genera que las personas que
acuden a ella se sientan doblemente
victimizadas.
El grave problema de la corrupción
en el sistema de Justicia
¿Cuáles son los factores que
explican la presencia y/o ausencia
del fenómeno de la corrupción en el
sistema de Justicia?
Jan-Michael Simon, Corrupción del Sectorde Justicia Penal.
Max Planck Institut. Bogotá, 15 de octubre2019
FACTORES EXÓGENOS
Extensión de la corrupción en la sociedad;
Tolerancia social hacia la corrupción;
Confianza social en instituciones del Estado, combinada con la confianza social de
forma general y la importancia de relaciones familiares en la sociedad y la
informalidad en las relaciones sociales;
Conocimiento de la población de sus derechos y de cómo funciona el sector de
justicia;
Participación de la sociedad civil en el seguimiento del sector de justicia;
Asistencia de personas funcionarias del sector de justicia a las mismas escuelas,
universidades, asociaciones y círculos con personas del poder político y
económico;
Relaciones de parentesco y/o “compadrazgo” con personas del poder político y
económico y/o con personas que ejercen la abogacía;
Presencia de grupos criminales organizados;
Composición del poder político (heterogéneo/homogéneo, fragmentado/unido,
etc.);
Desempeño de las agencias anti-corrupción del Estado.
10 variables
La principal amenaza a la independencia y autonomía del sistema de
justicia (PJ, MP y CNM) viene de algunos de sus propios integrantes.
La reforma del sistema de justicia no puede estar únicamente en
manos del propio sistema de justicia. Se requiere la participación de
sociedad civil, expertos y académicos.
La necesidad de reconocer que toda reforma debe abordar como
tema central la
corrupción.
No solo es un tema de modernización,
lentitud, falta de personal, informatización, despacho judicial.
Ser un proceso que pueda medirse en el corto, mediano y largo
plazo.
Tres ideas que deben orientar
Medidas adoptadas por el Dr. Víctor Prado (Julio – diciembre 2018
.16 de julio
Estado de Emergencia del PJ 26 julio
Plan de Medidas Urgentes: 3 áreas
• Transformaciones orgánicas,
• Lucha contra la corrupción y
• Modificaciones a legislación procesal. “Lo que hemos visto en el Callao se repite en varios distritos judiciales. Son alrededor de 14, pero, por razones tácticas y de
reserva, no puedo anunciar cuáles son“.
9 MEDIDAS CONCRETAS
PROPUESTAS POR LA
COMISIÓN DE REFORMA DEL
SISTEMA DE JUSTICIA
Comisión Consultiva para la Reforma del Sistema de Justicia
Proponer medidas urgentes y concretas para reformar el Sistema de Justicia a fin de aportar a la construcción de una justicia eficaz, oportuna, transparente, eficiente e incorruptible
Proponer un mecanismo de coordinación y articulación de los diversos actores del sistema de justicia, que garantice la
Antecedentes y documentos tomados en cuenta
2001: Informe de la Comisión de Estudio de las Bases de la Reforma Constitucional.2002: La Comisión de Constitución presentó al Pleno del Congreso propuestas de reforma constitucional de los órganos integrantes del sistema de justicia.
2002: Acuerdo Nacional: Política de Estado N° 28: “Estado eficiente, transparente y descentralizado”, que tiene por objetivo garantizar la “Plena vigencia de la Constitución y de los derechos humanos y
acceso a la justicia e independencia judicial.
2003 -2004: CERIAJUS. El esfuerzo más importante de reforma de la Justicia.
2004: Grupo Impulsor del Acuerdo Nacional por la Justicia, presentó el Informe Final “Políticas de
Estado para el cambio estructural en el Poder Judicial”.
2006: Informe Defensorial N° 109, “Propuestas básicas de la Defensoría del Pueblo para la reforma de
la justicia en el Perú.
Medidas concretas
1. Reforma constitucional del Consejo Nacional de la Magistratura
2. Creación de Autoridad Nacional de Control en Poder Judicial y Ministerio Público
3. Transparencia y rendición de cuentas en el sistema de justicia
4. Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia
5. Sistema de Justicia especializado en violencia contra la Mujer
6. Descarga procesal: en los procesos de pensiones a cargo de la ONP
7. Descarga procesal del Ministerio Público en procesos contenciosos administrativos
8. Creación de la Fiscalía Suprema Anticorrupción
La Reforma del
Consejo Nacional de la
Magistrautura
- Desnaturalizado la forma de representación
- Cuestionamientos a la forma en que se han llevado a cabo las
elecciones de los representantes de los colegios profesionales y de
las universidades públicas y privadas.
- Cuestionamientos a la labor que ha desarrollado el CNM en el
nombramiento, ratificación y sanción de los magistrados.
- Tráfico de influencias, intercambio de favores y otras formas de
corrupción.
- Los consejeros han utilizado sus puestos para negociar
nombramientos, evaluaciones, favores políticos y actos irregulares
Autor Nro. de Proyecto Fecha
Poder Ejecutivo 1720-2017-PE 28.07.17
Poder Judicial 2902-2017-PJ 14.05.18
Congreso. Fuerza Popular
3046-2017-CR 1902-2017-CR
19.06.18 18.09.17
Congreso. Peruanos por el Cambio 955-2016-CR 14.02.17
Congreso. APRA 1786-2017-CR 15.08.17
Congreso. Nuevo Perú 1930-2017-CR 03.10.17
Congreso. Alianza para el Progreso 1895-2017-CR 14.09.17
Congreso. Frente Amplio 1847-2017-CR 07.09.17
9 Proyectos de Ley para reformar el CNM
PE Propuesta reforma Constitucional del CNM
Artículo 155.- Los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura son elegidos por concurso público de méritos por una Comisión Especial conformada por el Presidente del Poder Judicial, quien la presidirá, el Fiscal de la Nación, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo y el Contralor General de la República.
La Comisión Especial deberá instalarse seis meses antes del vencimiento del mandato de los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura convocada por el Pdte. Del Poder Judicial.
La elección de los consejeros será realizada a través de un procedimiento regulado legalmente, con el apoyo técnico del órgano rector para los recursos humanos del Estado a cargo del servicio civil y la carrera pública. El procedimiento de selección brindará garantías de máxima publicidad y transparencia y promoverá la vigilancia ciudadana.
Los miembros titulares del Consejo Nacional de la Magistratura son cinco y serán elegidos conjuntamente con tres suplentes, por un período de cinco años. La elección de los garantizará una participación equilibrada de consejeros hombres y mujeres.
Poder Ejecutivo Artículo propuesto CNM
Artículo 156
.- Para ser miembro del Consejo Nacional de la
Magistratura se requiere ser peruano de nacimiento, abogado
con más de 30 años de ejercicio profesional,
con una
intachable
trayectoria
personal,
profesional,
democrática, de integridad y respeto a los derechos
humanos.
Asimismo, haber ejercido con solvencia cargos públicos o privados y no
tener antecedentes penales ni judiciales. Adicionalmente, el procedimiento
garantizará que los postulantes seleccionados no incurran en supuestos que
constituyan conflicto de interés.
1.
Eliminar el sistema de representación en la elección de los consejeros.
2.
Elección por un concurso público de méritos de 5 miembros. Participación equilibrada
de hombres y mujeres.
3.
Nuevo perfil: Abogados con 30 años de ejercicio. Probada trayectoria democrática,
solvencia académica y de integridad.
4.
Elección a cargo de una Comisión Especial integrada por titulares de OAutónomos.
5.
Apoyo técnico de
SERVIR
.
6.
Garantizar un proceso transparente, público y con vigilancia ciudadana, así como un
adecuado escrutinio de dichos requisitos para elegir a los miembros del CNM.
7.
Nuevo CNM
: Puede revisar los nombramientos y ratificaciones cuando haya indicios
de graves irregularidades.
La Junta Nacional
de Justicia
Referéndum
9 de diciembre
Reforma Constitucional- Ley 30904
"Artículo 155.- La Junta Nacional de Justicia está conformada por siete miembros titulares seleccionados mediante concurso público de méritos, por un período de cinco años. Está prohibida la reelección. Los suplentes son convocados por estricto orden de mérito obtenido en el concurso. El concurso público de méritos está a cargo de una Comisión Especial, conformada por:
1) El Defensor del Pueblo, quien la preside; 2) El Presidente del Poder Judicial;
3) El Fiscal de la Nación;
4) El Presidente del Tribunal Constitucional; 5) El Contralor General de la República;
6) Un rector elegido en votación por los rectores de las universidades públicas licenciadas con más de cincuenta años de antigüedad; y,
7) Un rector elegido en votación por los rectores de las universidades privadas licenciadas con más de cincuenta años de antigüedad.
….
La selección de los miembros es realizada a través de un procedimiento de acuerdo a ley, para lo cual, la Comisión Especial cuenta con el apoyo de una Secretaría Técnica Especializada. El procedimiento brinda las garantías de probidad, imparcialidad, publicidad y transparencia.
Reforma Constitucional - Ley 30904
Artículo 156.
- Para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia se requiere
: 1.Ser peruano de nacimiento.
2. Ser ciudadano en ejercicio.
3. Ser mayor de cuarenta y cinco (45) años, y menor de setenta y cinco (75) años.
4. Ser abogado
:a. Con experiencia profesional no menor de veinticinco (25) años; o,
b. Haber ejercido la cátedra universitaria por no menos de veinticinco (25) años; o,
c. Haber ejercido la labor de investigador en materia jurídica por lo menos durante quince (15) años
5.
No tener sentencia condenatoria firme por delito doloso.
6.
Tener reconocida trayectoria profesional y solvencia e idoneidad
moral
.
Que pasó
con el primer concurso
a la Nueva
Que pasó con el Primer concurso?
El Modelo de examen no fue el adecuado.
Se privilegió conocimientos jurídicos antes que
trayectoria profesional e idoneidad Moral.
No se detectó a tiempo los antecedentes del único
candidato que quedó en la evaluación y que lo
inhabilitaba para ejercer este cargo
Qué hacer?
Reconocimiento de errores en el procedimiento. Voluntad de cambio y
recuperación de confianza.
Convocatoria a nuevo concurso.
Cambio radical
en el modelo de evaluación de candidatos y Perfil.
Nuevo reglamento. Énfasis en evaluar trayectoria profesional y ética
Transparentar y hacer público los CVs de los candidatos
Fortalecimiento de la
Lucha contra la
corrupción en el sector
justicia
Artículo 2.- Actos de ocultamiento y tenencia
El que adquiere, utiliza, posee, guarda, administra,
custodia,
recibe
, oculta o mantiene en su poder dinero,
bienes, efectos o ganancias, cuyo
origen ilícito conoce o
debía presumir
, será reprimido con pena privativa de la
libertad no menor de ocho ni mayor de quince años y
con ciento veinte a trescientos cincuenta días multa.
PROCURADURÍA
FISCALIA
PODER JUDICIAL
INPE
32,925
Denuncias por
corrupción
13,447
Investigaciones
por corrupción
3,356
Condenas por Corrupción (2015-2016)506
Internos por
corrupción
RESUMEN
ABSUELTO
2017
Alex Kouri, Callao - 5 años
Viñas Dioses, Tumbes - 11 años
Velásquez P., Ucayali - 5 años
Waldo Ríos, Ancash - 5 años
Iván Vásquez, Loreto - 6 años
Klever Meléndez - Pasco – 15 años
José Luis Aguirre, Madre de Dios – 8 años
César Alvarez, Ancash, 8 años CONDENADOS