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Bases legales de la promoción 50 Aniversario

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Academic year: 2021

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Bases legales de la promoción 50 Aniversario

La entidad financiera Caja Rural Castilla-La Mancha Sociedad Cooperativa de Crédito (en adelante “Caja Rural CLM” o “la Entidad”) celebrará, con motivo de su 50 Aniversario, varios sorteos en el marco de la Promoción: 50 Aniversario Caja Rural Caja Rural Castilla-La Mancha”; sorteos que se regularán a través de las bases que a continuación y seguidamente se detallan:

PRIMERA.- Duración de la Promoción 50 Aniversario Caja Rural CLM:

Esta promoción entrará en vigor el día 1 de marzo de 2015 y se mantendrá vigente hasta el día 31 de diciembre de 2015.

SEGUNDA.- Condiciones de participación:

Podrán participar en los sorteos de esta Promoción, las personas físicas, mayores de edad, con residencia fiscal en territorio nacional, que en el momento de la celebración del sorteo sean clientes de Caja Rural CLM, estén al día en sus obligaciones con la misma y cumplan los dos siguientes requisitos:

Requisito 1.- Nueva contratación o incremento de saldo. La contratación o en su defecto el incremento de saldo solicitado (siempre que el producto/servicio en concreto lo permita), en al menos un producto/servicio perteneciente a alguno de los grupos de productos y servicios y en las condiciones que a continuación se detallan, todo ello dentro del periodo de participación correspondiente:

Nuevas contrataciones o incremento de saldo de los siguientes productos y bajo los siguientes criterios:

Grupo 1 Financiación: Nueva contratación o ampliación de saldo superior a 10.000€ con respecto al saldo de préstamos y créditos que mantenía el cliente al inicio del periodo de participación.

Grupo 2 Nómina o pensión: Nueva apertura de cuenta o cambio de tarifa a cualquiera de las siguientes tarifas vendibles, siempre que suponga una nueva domiciliación de nómina, pensión o cuota de autónomo dentro del periodo de participación:

-Cuenta nómina -Cuenta pensión -Cuenta funciona

-Cuenta autónomos

Grupo 3 Ahorro: Incremento de saldo en imposiciones a plazo fijo, cuentas o libretas a la vista o seguros de ahorro “Inverplus” o “Flexiahorro”, que suponga un incremento de saldo superior a 10.000€, tomando como referencia el saldo global que el cliente mantenía en estos productos al inicio del periodo de participación.

Grupo 4 Inversión: Incremento de Saldo en Fondos de inversión superior a 10.000€ en relación al saldo que mantenía el cliente al inicio del periodo de participación.

Grupo 5 Planes de Pensiones/PPA: Incremento de saldo en planes de pensiones o PPA superior a 3.000€ respecto al saldo global que el cliente mantenía en estos productos al inicio del periodo de participación.

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Grupo 6 Tarjetas: Nueva contratación de una tarjeta de crédito, débito o TPV que suponga un incremento del número de acuerdos de tarjetas o TPV respecto al inicio del periodo de participación.

Grupo 7 Seguros patrimoniales: Contratación de un seguro de cualquiera de los siguientes ramos: hogar, comercio, industria, comunidades, incendio, responsabilidad civil, transporte o avería de maquinaria que suponga un incremento con respecto al número de pólizas que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación.

Grupo 8 Seguros auto: Contratación de un seguro de auto que suponga un incremento con respecto del número de pólizas de este grupo que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación.

Grupo 9 Seguros de vida: Contratación de un seguro de vida riesgo que suponga un incremento de pólizas de este grupo con respecto al número de pólizas que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación.

Grupo 10 Seguros personales: Contratación de un seguro de cualquiera de los siguientes ramos: accidentes o ILT, o salud, o protección de pagos, que suponga un incremento del número de pólizas de cualquiera de estos ramos con respecto al número de pólizas que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación.

Grupo 11 Seguros de decesos: Contratación de un seguro de decesos que suponga un incremento del número de pólizas de decesos con respecto al número de pólizas que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación

Grupo 12 Seguros agrarios: Contratación de un seguro de los ramos agrícola o ganadero, que suponga un incremento del número de pólizas de seguros agrarios con respecto al número de pólizas que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación.

Requisito 2.- Inscripción en los sorteos. El cliente debe cumplimentar y firmar el documento de participación, disponible a partir del día 1 de marzo de 2015, en la red de oficinas y agencias financieras de Caja Rural CLM. La firma del documento de participación debe realizarse dentro del periodo de participación de cada sorteo.

Con la firma de la papeleta el cliente estará aceptando las bases para participar en la promoción y autorizando a Caja Rural Castilla-La Mancha a la utilización de sus datos de carácter personal para tal finalidad, así como la de calcular el número de participaciones que tendrá para el próximo sorteo en el que participe.

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TERCERA.- Forma de Participación:

El cliente que cumpla los dos requisitos anteriores, accederá al sorteo correspondiente al periodo de participación en el que haya realizado la nueva contratación o el incremento del saldo (requisito 1), todo ello conforme al cuadro siguiente:

FECHA COMPROBACIÓN VINCULACIÓN PERIODO PARTICIPACIÓN FECHA SORTEOS 31 ENERO de 2015 1 MARZO-15 ABRIL de 2015 20 ABRIL de 2015 30 MARZO de 2015 16 ABRIL- 31 MAYO de 2015 8 JUNIO de 2015 30 ABRIL de 2015 1 JUNIO-15 JULIO de 2015 28 JULIO de 2015 30 JUNIO de 2015 16 JULIO-31 AGOSTO de 2015 16 SEPTIEMBRE de 2015 31 JULIO de 2015 1 SEPTIEMBRE-31 OCTUBRE de 2015 5 NOVIEMBRE de 2015 30 SEPTIEMBRE de 2015 1 NOVIEMBRE-31 DICIEMBRE de 2015 7 ENERO de 2016

Los clientes accederán al sorteo con el número de participaciones que les correspondan (1 participación por cada 10 puntos), en función del número de puntos obtenidos por vinculación calculados en la fecha de comprobación de la vinculación, de los puntos obtenidos por antigüedad, de los puntos obtenidos por nueva contratación y por alta del servicio “infomail” realizados dentro del periodo de participación.

Puntos totales:

Puntos nueva contratación + Puntos por vinculación + puntos por antigüedad

+Puntos alta Infomail

1 Participación= 10 puntos

3.1 Nueva contratación

La contratación o en su defecto el incremento de saldo solicitado (siempre que el producto/servicio en concreto lo permita), en al menos un producto/servicio perteneciente a alguno de los grupos de productos y servicios y en las condiciones que a continuación se detallan, dentro del periodo de participación: Por cada nueva contratación de al menos uno de los productos recogidos en cualquiera de los grupos que a continuación se detallan, dentro del periodo de participación se otorgarán 10 puntos (1 participación). En caso de que dentro del mismo periodo de participación, se contrate más de un producto del mismo grupo, solo se otorgarán 10 puntos por dicho grupo, independientemente del número de productos contratados de ese grupo.

En caso de que un producto tenga varios titulares, como puede ocurrir en una cuenta a la vista, solo se otorgarán puntos por nueva contratación al primer titular.

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Grupo 1 Financiación: Nueva contratación o ampliación de saldo superior a 10.000€ con respecto al saldo de préstamos y créditos que mantenía el cliente al inicio del periodo de participación.

Grupo 2 Nómina o pensión: Nueva apertura de cuenta o cambio de tarifa a cualquiera de las siguientes tarifas vendibles, siempre que suponga una nueva domiciliación de nómina, pensión o cuota de autónomo dentro del periodo de participación:

-Cuenta nómina -Cuenta pensión -Cuenta funciona

-Cuenta autónomos

Grupo 3 Ahorro: Incremento de saldo en imposiciones a plazo fijo, cuentas o libretas a la vista o seguros de ahorro “Inverplus” o “Flexiahorro”, que suponga un incremento de saldo superior a 10.000€, tomando como referencia el saldo global que el cliente mantenía en estos productos al inicio del periodo de participación.

Grupo 4 Inversión: Incremento de Saldo en Fondos de inversión superior a 10.000€ en relación al saldo que mantenía el cliente al inicio del periodo de participación.

Grupo 5 Planes de Pensiones/PPA: Incremento de saldo en planes de pensiones o PPA superior a 3.000€ respecto al saldo global que el cliente mantenía en estos productos al inicio del periodo de participación.

Grupo 6 Tarjetas: Nueva contratación de una tarjeta de crédito, débito o TPV que suponga un incremento del número de acuerdos de tarjetas o TPV respecto al inicio del periodo de participación.

Grupo 7 Seguros patrimoniales: Contratación de un seguro de cualquiera de los siguientes ramos: hogar, comercio, industria, comunidades, incendio, responsabilidad civil, transporte o avería de maquinaria que suponga un incremento con respecto al número de pólizas que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación.

Grupo 8 Seguros auto: Contratación de un seguro de auto que suponga un incremento con respecto del número de pólizas de este grupo que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación.

Grupo 9 Seguros de vida: Contratación de un seguro de vida riesgo que suponga un incremento de pólizas de este grupo con respecto al número de pólizas que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación.

Grupo 10 Seguros personales: Contratación de un seguro de cualquiera de los siguientes ramos: accidentes o ILT, o salud, o protección de pagos, que suponga un incremento del número de pólizas de cualquiera de estos ramos con respecto al número de pólizas que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación.

Grupo 11 Seguros de decesos: Contratación de un seguro de decesos que suponga un incremento del número de pólizas de decesos con respecto al número de pólizas que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación

Grupo 12 Seguros agrarios: Contratación de un seguro de los ramos agrícola o ganadero, que suponga un incremento del número de pólizas de seguros agrarios con respecto al número de pólizas que el cliente mantenía al inicio del periodo de participación.

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3.2- Puntos por Vinculación:

Puntos por vinculación:

(

(Puntos por productos) + (Puntos por transaccional)

)

x

(

Factor corrección último contrato1

)

Los puntos por vinculación sólo se sumarán una vez en cada periodo de participación, independientemente del número de nuevas contrataciones.

Puntos por productos

En caso de que un producto tenga varios titulares, como puede ocurrir en una cuenta a la vista, solo se otorgarán puntos por vinculación al primer titular.

En caso de que un cliente tenga más de un producto en un mismo grupo, únicamente suma como un único producto, independientemente del número de productos contratados de ese mismo grupo (Ejemplo 3 hipotecas suman 40 puntos)

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Puntos por volumen transaccional

Factor corrección último contrato

3.3 Puntos por antigüedad

Caja Rural CLM otorgará a los clientes participantes los siguientes puntos:

- Con una antigüedad de entre 1 a 5 años como cliente de la entidad: 10 puntos (1 participación) - Con una antigüedad de entre 6 a 10 años como cliente de la entidad: 20 puntos (2 participaciones) - Con una antigüedad de entre 11 a 15 años como cliente de la entidad: 30 puntos (3 participaciones) - Con una antigüedad de entre 16 a 20 años como cliente de la entidad: 40 puntos (4 participaciones) -Con una antigüedad superior a los 20 años como cliente de la entidad: 50 puntos (5 participaciones). Como máximo se otorgarán 50 puntos por antigüedad.

Los puntos por antigüedad sólo se sumarán una vez en cada periodo de participación, independientemente del número de nuevas contrataciones.

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3.4 Puntos por alta en “Infomail”

Siempre que se haya cumplido previamente el requisito de nueva contratación, si el cliente se da de alta en el servicio “Infomail” para recibir de forma gratuita toda su correspondencia en el correo electrónico, dentro de alguno de los periodos de participación, se le otorgarán adicionalmente 10 puntos (1 participación).

El alta del servicio “infomail” solo se podrá realizar una vez durante toda la duración de la promoción, debiendo mantenerse activado durante toda la promoción.

CUARTA.- Exclusiones:

No podrán participar en los sorteos las personas que cumpliendo los Requisitos de la Base Segunda, reúnan alguna de las siguientes circunstancias:

-Ser empleado del grupo económico Caja Rural CLM, agente financiero o miembro titular o suplente de los órganos sociales de Caja Rural CLM.

-Que a fecha de celebración del sorteo, en el que participe, mantengan con la Entidad cualquier tipo de deuda vencida, líquida y exigible, salvo que a la fecha de la entrega del premio tengan regularizada la situación en su totalidad.

-Que el día de celebración del sorteo correspondiente, no cumpla alguno de los requisitos necesarios para participar recogidos en estas Bases.

-Que haya resultado premiada anteriormente en alguno de los sorteos de esta promoción. -El señor notario ante el cual se depositan estas bases.

QUINTA.- Premios:

Se sorteará los siguientes 11 premios en cada uno de los sorteos, con un total de 66 premios repartidos: 1 coche Nissan MIcra valorado aproximadamente en 9.500€.

5 Ipad Air valorado cada uno aproximadamente en 526,35€ 5 Iphone 6 valorado cada uno aproximadamente en 744,15€

Si por causas de fuerza mayor derivados de los trámites de adquisición o suministro, en el momento de la entrega de los premios no pudieran ser entregados los modelos detallados en el párrafo anterior, éstos serán sustituidos por productos de similares características.

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SEXTA.- Procedimiento del sorteo y asignación de premios:

Para cada sorteo, Caja Rural CLM remitirá ante el Sr. Notario en soporte informático, la relación de todos los participantes en el mismo, así como el número de participaciones de cada uno de ellos.

El Sr. Notario será el responsable de la realización de todos y cada uno de los sorteos de esta promoción, comunicando a Caja Rural CLM, el ganador de los diferentes premios detallados en el punto anterior, así como diez suplentes para cada tipo de regalo para supuestos de renuncia del ganador o detección por parte de la entidad de circunstancias que impidiesen al ganador recibir el premio, recayendo el premio en el suplente nº 1 y así seguidamente hasta el suplente nº 10.

En el supuesto de que ninguno de los ganadores ni de los suplentes cumpliera los requisitos necesarios para recibir el premio del sorteo, Caja Rural CLM solicitará al Sr. Notario la repetición del sorteo en un plazo de 7 días hábiles –quedando por tanto excluidos en su cómputo los sábados, domingos y festivos-. Caja Rural CLM comprobará el cumplimiento de los requisitos en el día o los días inmediatamente siguientes al sorteo, notificando al Notario si los ganadores cumplen los requisitos recogidos en estas bases.

SÉPTIMA.- Comunicación al premiado y formalización de la entrega:

Caja Rural CLM comunicará a los ganadores de los sorteos, el premio obtenido. Para ello en el momento de cumplimentación del documento de participación recabará número de teléfono y e-mail del cliente. Si en un plazo de 7 días hábiles.- –quedando por tanto excluidos en su cómputo los sábados, domingos y festivos- desde la celebración del sorteo, Caja Rural CLM no consiguiera localizar al ganador, el premio se le asignará al suplente nº 1 y así seguidamente hasta el suplente nº 10.

En el supuesto de que Caja Rural CLM no localizara a ninguno de los ganadores ni de los suplentes, solicitará al Sr. Notario la repetición del sorteo en un plazo de 15 días hábiles, desde la citada comunicación –quedando por tanto excluidos en su cómputo los sábados, domingos y festivos-.

El premiado dispondrá de un plazo de 7 días hábiles, –quedando por tanto excluidos en su cómputo los sábados, domingos y festivos-, desde la confirmación de la obtención del premio para ponerse en contacto con su oficina/agencia financiera y manifestar por escrito la aceptación del premio obtenido, momento en el cual se le informará de la fecha de entrega del mismo.

OCTAVA.-Sustitución de los premios:

Los premios de los sorteos de la presente promoción, en ningún caso podrá ser objeto de cambio, compensación o transmisión a un tercero a petición del ganador.

NOVENA.- Utilización publicitaria del nombre del ganador:

Caja Rural CLM en el momento de otorgar al ganador el premio, recabará su consentimiento expreso con la finalidad de promocionar el sorteo, utilizando para ello su nombre e imagen, con estricta sujeción a las obligaciones que para Caja Rural CLM derivan la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y de la Ley Orgánica 1/1982 de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la propia imagen.

Por ello con la aceptación de las presentes bases AUTORIZO a CAJA RURAL CASTILLA-LA MANCHA, S.C.C a utilizar la imagen que se capte sobre mi persona, en mi condición de ganador del sorteo que con motivo

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de la conmemoración del 50 aniversario de la Entidad para su utilización en cualesquiera soportes publicitarios, por tiempo ilimitado y sin que existan ninguna remuneración, ni visualización previa. En concreto AUTORIZA A CAJA RURAL CASTILLA – LA MANCHA S.C.C. a

(i) la captación, en su caso, por parte de CAJA RURAL CASTILLA – LA MANCHA S.C.C., de la imagen del participante así como la captación y utilización de su nombre, voz y declaraciones; (ii) para su reproducción y fijación audiovisual, fotográfica o en papel, entre otros soportes, y (iii) para su posterior explotación comercial, publicitaria, promocional o informativa por cualesquiera soportes y formatos (incluyendo, de forma ilustrativa pero no limitativa, vídeos publicitarios, vídeos promocionales, spots, making-of, cualesquiera obras o grabaciones audiovisuales, cualesquiera obras o grabaciones sonoras, cualesquiera obras gráficas, fotografías, notas de prensa, artículos, posts, entradas en blogs, página web corporativa de la Entidad, internet, redes sociales, blogs, periódicos, revistas etc.), a los efectos de dar a conocer su condición de ganador de EL SORTEO PROMOCION 50 ANIVERSARIO, iv) la cesión de su imagen a través de soportes publicitarios incluyendo de forma ilustrativa aunque o limitativa vallas publicitarias, folletos, dípticos trípticos y cualquier otro tipo de publicidad estática y/o dinámica utilizada por la Entidad a estos efectos

PROTECCIÓN DE DATOS:

En cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal, le informamos que los datos de carácter personal que nos facilite incluida la imagen, se incluirán en ficheros titularidad de Caja Rural de Castilla la Mancha, S.C.C., con la finalidad de dar a conocer y difundir el resultado de los diversos sorteos que se realicen por la Entidad en el marco de la Promoción del 50 aniversario de la Entidad.

En cualquier caso, podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante comunicación a Caja Rural Castilla – La Mancha, S.C.C. a la dirección: C/ Méjico, 2 45004 de Toledo o en la dirección de correo electrónico [email protected].

Las imágenes captadas no atentarán al honor de su titular y su utilización siempre se realizará conforme a las normas de moralidad y buenas costumbres aceptadas socialmente.

DÉCIMA- Fiscalidad de los premios:

Al premio de la presente promoción le será de aplicación la fiscalidad en vigor en el momento de la aceptación del premio por parte de la persona premiada contenidas en la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto Sobre la Renta de las personas físicas, en virtud del cual corresponderá la realización de la retención o el ingreso a cuenta que se estipula en el referido impuesto al que están sujetos los premios (2015 el 20%-2016 el 19%), siendo repercutido al ganador del premio y teniendo la calificación de ganancia patrimonial que se integrará en la escala general de gravamen.

Todos los impuestos que impliquen la aceptación del premio correrán a cargo de los ganadores. La tramitación del ingreso a cuenta se realizará por la entidad, siendo asumido por el ganador del premio, previo cargo en su cuenta en el momento y en el plazo establecido para aceptar el premio, comprometiéndose el ganador a mantener los fondos necesarios para hacer frente al ingreso a cuenta. Cualesquiera otras cargas fiscales diferentes, correrán a cargo del agraciado, Caja Rural de Castilla la Mancha queda exonerada de cualquier implicación fiscal que pueda afectar a los premiados.

DÉCIMO PRIMERA.- Aceptación de las bases:

Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción, aceptan sus bases y el criterio de Caja Rural CLM en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente promoción.

Referencias

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