Aspectos Generales
Jurídicos
1.- Autoridades y disposiciones legales
Las Figuras jurídicas que participan en la actividad aseguradora: Asegurador Asegurado Agente o intermediario Reaseguradores Ajustador Autoridades reguladoras
Las autoridades reguladoras del sector son:
Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
Interpreta, aplica y resuelve en materia administrativa Comision Nacional de Segusos y Fianzas.
Supervisa, vigila y sanciona la operación de los sectores asegurador y afianzador.
Comision Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios financieros.
Promueve, asesora, protege y defiende a los usuarios de los servicios financieros
Comisión Nacional de Arbitraje Médico. Resuelve los conflictos entre los usuarios y los prestadores de servicios médicos.
Leyes y Reglamentos aplicables al sector asegurador:
Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros Ley sobre el Contrato del Seguro.
Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas Reglamentos del seguro de Grupo.
Reglas de Operación para los Seguros de Pensiones Reglas de Operación del Seguro de Salud.
Leyes complementarias Código civil federal. Código de comercio
Ley General de sociedades mercantiles
Ley de protección y defensa del usuario de servicios financieros Ley de navegación y comercio marítimo
Ley de vías generales de comunicación 2.- Aseguradora y Mutualista
Las entidades que llevan a cabo la actividad aseguradora son las aseguradoras y mutualidades, tienen funciones similares y objetivos diferentes.
Aseguradora Mutualista
Capital mínimo de operación por operación
Participación equitativa en gastos y pagos
Genera utilidad No hay lucro o utilidad Sociedad anónima de capital fijo o
variable
Sociedad mutualista 2 o más accionistas Mínimo de 300 socios Especializada o multilinea Especializada o multilinea
3.- Operaciones y Ramos
Operación activa de seguros. Es el acuerdo entre aseguradora y asegurado de resarcir un daño a cambio del pago de una prima.
Operaciones y ramos de seguros son las modalidades de seguros relativas a riesgos de características semejantes, en base a la cual se dan las autorizaciones por parte de la SHCP.
Las autorizaciones son:
Especializadas: Vida, Daños o Pensiones, Multilínea (ya autorizadas) Intransferibles Exclusivamente reaseguros Exclusivamente reafianzamiento Operaciones Ramos Vida Muerte prematura Beneficios adicionales
Planes de pensiones o supervivencia Seguros de pensiones Accidentes y Enfermedades Accidentes personales Gastos Médicos Salud Daños
Responsabilidad civil y riesgos profesionales Marítimos y transportes Incendio Agrícola y de animales Automóviles Crédito Crédito a la vivienda Garantía financiera Diversos
Terremoto y otros riesgos catastróficos
1.-Vida
Existencia. Riesgos que afectan al asegurado. Muerte prematura. Beneficios adicionales. Basados en salud o accidentes personales Planes de pensiones o supervivencia. Jubilación o retiro
Seguros de pensiones. Derivados de leyes de seguridad social. Pago de rentas periódicas
2.- Accidentes y enfermedades
Accidentes personales. Lesión o incapacidad del asegurado a consecuencia de un accidente.
Gastos médicos. Cubre gastos médicos, hospitalarios, medicamentos y demás necesario para restablecer la salud del asegurado
Salud. Prestación de servicios para prevenir o restaurar la salud del asegurado.
3.- Daños
Responsabilidad civil y riesgos profesionales. Pago de daños causados por el asegurado a un tercero.
Marítimo y transporte. Indemnización por daños a muebles y semovientes objetos de traslado. Pérdidas o daños de cascos de embarcaciones y aeronaves.
Incendio. Pago por daños y pérdidas ocasionadas por incendio o explosión Agrícola y de animales. Indemnización o resarcimiento de inversiones por
perdida o daños ocurridos a provechos esperados de la tierra o animales Automóviles. Pago de daños, perdida o daños y perjuicios causados a
terceros.
Crédito. Pago de una parte proporcional de la perdida por insolvencia de clientes deudores
Crédito a la vivienda. Pago por incumplimiento de los deudores de créditos de vivienda otorgados por intermediarios financieros.
Garantía financiera. pago por incumplimiento de los emisores de valores, títulos de créditos, documentos de oferta pública.
Diversos. Pago de daños y perjuicios por cualquier otra eventualidad.
Terremoto y otros riesgos catastróficos. Daños y perjuicios ocasionados por eventos de periodicidad y severidad no predecibles
Especiales. Que declare la SHCP. Contraseguro, coaseguro y reaseguro. 4.- Agente de seguros
Intermediación. Artículo 1 y 2 RASF.
Es la actividad que realiza el agente de seguros y consiste básicamente en:
Intercambio de propuestas y aceptaciones entre la aseguradora y el asegurado.
Asesoramiento para la celebración del contrato de seguros
Conservación, modificación, renovación y cancelación del contrato de seguros
Agente se seguros. Art. 23 LGISMS
Persona física o moral autorizada por la CNSF para realizar actividades de intermediación en la contratación de seguros
Tipos de agentes.
Personas físicas Independientes. operan por contratos mercantiles. Cedula
Personas físicas Vinculadas a instituciones por relación de trabajo
Personas morales. Sociedades anónimas para realizar actividades de intermediación. Oficio
Requisitos para autorización de agente. Art. 10 RASF
Mayor de edad
Extranjero probar calidad migratoria
No tener impedimentos del artículo 13 del RASF Estudios nivel preparatoria
Acreditar capacidad técnica ante la CNSF. Examen
Trámites para trabajadores y apoderados. ART. 11 RASF
Para personas físicas vinculadas a Aseguradoras por trabajo La autorización la solicita la aseguradora. Credencial aseguradora
Para apoderados la autorización se solicita por conducto de los agentes personas morales. Cedula
Requisitos agentes personas morales. Art. 12 RASF
Ser sociedad anónima
Denominación seguida de agente de seguros o agente de fianzas o agentes de seguros y fianzas
Capital mínimo íntegramente pagado
Escritura constitutiva y modificaciones aprobadas por la CNSF
Contar con apoderados autorizados por la CNSF en las operaciones y ramos autorizados a la sociedad
Restricciones para operar como agente o apoderado. ART. 13 RASF
No reunir los requisitos del articulo 10
Tener condena por delito patrimonial o contra la salud
Estar sujeto a concurso mercantil, suspensión de pagos o quiebra Servidores públicos. Excepto que realicen actividades de agentes
Funcionarios y empleados de instituciones de crédito, instituciones y sociedades mutualistas de seguros, fianzas, casas de bolsa, etc.
Interventores y liquidadores
Representantes legales de reafianzadoras y reaseguradoras
Administradores, comisarios o empleados de empresas fiadas, obligador solidarios o beneficiarios de pólizas de fianza
Ajustadores de seguros
Estar sancionadas con revocación para realizar actividades de intermediación Estar vetadas, hayan sido removidas o sancionadas con cancelación
Quien pueda influir o ejercer coacción para la contratación de seguros o fianzas
Cedula de autorización para actuar como agente. Art. 14 RASF
Nombre completo
Por cuenta propia o mediante relación de trabajo
Apoderados el nombre de la persona moral que representan Operación, ramo y subramos autorizados
Fecha de expedición Fotografía
Vigencia
La autorización de agente persona moral se hará constar en oficio que contendrá: Denominación o razón social
Fecha de expedición Vigencia
Operaciones, ramos y subramos autorizados
La autorización para intermediar seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social:
Nombre de la aseguradora para la que trabajan Agente persona física o apoderado
No se autorizara más de una aseguradora
En caso de extravío o robo, se deberá solicitar la expedición de un duplicado en un plazo no mayor de 30 DIAS NATURALES
Tipos de autorizaciones
Provisional.- se expide en una sola ocasión con vigencia de 18 meses a solicitud de la aseguradora
Definitiva. Cedula con vigencia de 3 años para personas físicas y apoderados. Se podrá refrendar por periodos iguales los últimos 60 días naturales de su vigencia
Indefinida. Para personas morales. Oficio de autorización
Las Autorizaciones definitivas se expedirán por categorías que autorizaran la intermediación en operaciones o ramos específicos.
Categoría A. Riesgos individuales y familiares de seguros de personas y daños.
Vida individual
Sistemas y mercados financieros mexicanos Gastos médicos mayores individual
Accidentes personales individual Salud
Automóviles Casa habitación
Embarcaciones menores de placer
Grupo y colectivo de vida
Grupo y colectivo de accidentes personales Grupo y colectivo gastos médicos mayores Incendio
Transporte de mercancías
Diversos: misceláneos y ramos técnicos Responsabilidad civil
Terremoto y otros riesgos catastróficos Categoría C. Riesgos empresariales
Grandes riesgos de incendio Casco buques
Casco aviones Reaseguro
Categoría D. Agrícola y animales Categoría E. Crédito
Categoría G. Especiales
Categoría H-. Seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad.
Póliza de responsabilidad civil. Los agentes deberán contratar y mantener vigente un seguro de responsabilidad civil por errores u omisiones por el monto términos y condiciones los establece la CNSF
5.- Prohibiciones para la comercialización del seguro. Art. 3 LGISMS
Se prohíbe la operación activa se seguros a toda persona física o moral a las señaladas en el artículo 1º de la LGISMS
Se prohíbe contratar con aseguradoras extranjeras Seguros de personas si asegurado vive en México
Seguros para naves, aeronaves y vehículos de matrícula mexicano Seguros de créditos sujetos a legislación mexicana
Responsabilidad civil para eventos en territorio nacional
Seguros sobre bienes que se transporten de México al extranjero y viceversa
Excepciones a lo anterior
Aseguradoras autorizadas y reguladas por la SHCP
Ninguna empresa nacional pueda realizar determinada operación de seguros y será con una autorización específica.
Al asegurado
Nombre completo. Autorización. Número y vigencia de cedula. Domicilio. Denominación de la persona moral que representan
De manera amplia y detallada el alcance real del contrato. Forma de conservarlo y de cancelarlo
Que carece de facultades para aceptar riesgos. Suscribir o modificar pólizas Cobrar primas solo contra recibo oficial expedido por la aseguradora
Que en la solicitud señale todos los hechos importantes para apreciación del riesgo
A la aseguradora
Información autentica relativa al riesgo, que conozcan, para fijar las condiciones y primas adecuadas
Los hechos importantes para la apreciación del riesgo 7.- Infracciones y Sanciones legales
Las sanciones administrativas por infracciones serán impuestas por la CNSF, previa declaración del interesado en un plazo de 10 días.
Se aplican de forma independiente, considerando la importancia de la infracción y las condiciones del infractor
1. Amonestación escrita 2. Multa
3. Suspensión 4. Inhabilitación 5. Revocación
Amonestación escrita. Art. 28 RASF
Cuando omitan informar a sus clientes sus datos personales, datos de cedula y carencia de facultades para aceptar riesgos y modificar pólizas
Cuando por primera ocasión omitan informar a la comisión y asegurados: establecimiento, cambio de ubicación o clausura de oficinas
Por tres amonestaciones en un periodo de 365 días, se impondrá suspensión de 30 a 60 días naturales
Multa.- Art. 29 RASF
Serán impuestas previa audiencia de los interesados En base al SMGDF
Las hace efectivas las SHCP Pagarse en 15 días hábiles
Reincidencia se puede castigar hasta por el doble
100 a 8000 Ofrecer algo diferente a la póliza 1000 a 5000 Propaganda sin autorización 1000 a 8000 Proporcionar datos falsos 500 a 2500 Operar sin autorización
Suspensión.- Art. 30 RASF
Previa audiencia y considerando los elementos aportado, suspenderá a los agentes por un periodo de 30 días naturales a 2 años
Declaren falsamente en la solicitud de autorización o refrendo de cedula Requieran a solicitante o beneficiarios prestaciones no legales
Omitan informar al cliente datos de su seguro y agente Actúen en perjuicio de los solicitantes
Proporciones datos falsos sobre los solicitantes Inhabilitación.- Art. 33 RASF
Por infracciones previstas en la fracción II del artículo 139 bis de la LGSMS serán inhabilitados para intermediar con las personas que aparezcan
relacionadas en un día de la base de prospección que distribuya el IMSS De dos a cinco días de los listados
para agentes de pensiones 5 días naturales Revocación personas Físicas. Art. 31 RASF
Dejar de entregar primas. Por primera vez de 30 a 60 días Celebren contratos con instituciones no autorizadas
Tengan impedimentos que marca el art. 13 RASF Entre en concurso mercantil o quiebra
Actúe como agente estando suspendido
Cometa 5 infracciones de las señaladas en el art. 139 bis de la LGISMS Revocación personas Morales. Art. 32 RASF
Dejar de entregar primas. Por primera vez de 30 a 60 días Celebren contratos con instituciones no autorizadas
Tengan impedimentos que marca el art. 13 RASF
Entren en disolución, liquidación, concurso mercantil o quiebra Actúe como agente estando suspendido
Tres de sus apoderados hayan sido revocados de sus autorización en un periodo de 300 días naturales
Cancelación de la cedula.- Art. 37 RASF
Se procederá a la cancelación cuando la autorización se extinga por motivo: Revocación
Muerte Renuncia
Terminación de relación laboral
Ser declarado en estado de interdicción Fusión
Art. 41 LGISMS
Solo se pagaran comisiones sobre primas efectivamente pagadas, durante el tiempo que estén en vigor las pólizas
Art. 42 LGISMS
El agente podrá cobrar primas contra recibos oficiales expedidos por la aseguradora Art. 24 RASF
Los agentes podrán cobrar primas contra recibo oficial de la aseguradora y deberán ingresarlos en un plazo de 10 días hábiles, y entregar recibos y pólizas en 3 días hábiles
Cambio de ubicación.- se deberá informar a la aseguradora. La CNSF y asegurados con 10 días de anticipación
Cesión de derechos.- los agentes y causahabientes podrán ceder los derechos de su cartera de pólizas con conocimiento de las instituciones.
Las instituciones tendrán derecho de preferencia a ejercerse en un plazo de 15 días hábiles
9.- Contrato de adhesión y no adhesión Adhesión.
Unilateral
Las condiciones las fija la aseguradora Registrados ante la CNSF
El asegurado al aceptarlo se adhiere al contrato
Debe estar en idioma español en caracteres legibles a simple vista No adhesión.
Bilateral
Las condiciones las acuerdan las partes
No debe oponerse a las disposiciones legales aplicables No debe lesionar los derechos de la asegurada y asegurado
10.- Contrato de seguro Contrato de seguros.
Convenio por el cual la aseguradora se obliga por el pago de una prima, a resarcir un daño en caso de se realice la eventualidad prevista.
Para que el contrato de seguros sea efectivo debe existir un interés asegurable, que es el interés económico de que no se produzca el siniestro.
Bilateral Hay obligaciones y derechos para las partes
Oneroso Costo económico. Pago de primas e indemnizaciones Aleatorio Cubre eventos que pueden ocurrir o no
principal Su validez no depende de otros contratos consensual Consentimiento de las partes
Buena fe Las partes confían en lo que se establece en el contrato De adhesión Condiciones establecidas por la aseguradora
Condicional Dependen de un acontecimiento futuro e incierto
Elementos del contrato de seguros
Asegurador Asume las consecuencias al realizase el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura
Asegurado Está expuesto al riesgo en si mismo o sus bienes Contratante Paga las primas , gastos de expedición e impuestos Beneficiario Titular de los derechos de la póliza
Causahabiente A quien se transmiten los derechos de otra persona
Perfeccionamiento del contrato
El contrato se perfecciona cuando el asegurado tiene conocimiento de la aceptación de la oferta por parte de la aseguradora. No esta sujeta a la entrega de la póliza
Prescripción.- si no se exige el cumplimiento el contrato de seguros prescribe a los 2 años a partir de que hay conocimiento del derecho a favor
Anulación.- Las causas pueden ser:
Falta de capacidad de alguna de las partes Ilegalidad en alguna de las partes
Vicios en la celebración del contrato
Rescisión.- Las causas pueden ser: Omisión o inexacta declaración Agravación del riesgo
Dolo o mala fe
Cancelación.-Art. 45 LCS.- Cuando al momento de la contratación: El riesgo hubiera desaparecido
El siniestro se hubiera realizado
El asegurado deberá comunicar la agravación del riesgo dentro de las 24 horas siguientes de que las conozca
11.- Póliza
Es el documento que representa el contrato de seguro, contiene los derechos y obligaciones del asegurado y la aseguradora
La póliza, adicciones y reformas se expiden para fines de prueba y se hará constar por escrito.
Solo la prueba confesional será admitida para probar la existencia del contrato, así como el hecho de conocimiento de aceptación.
La póliza debe estar escrita en idioma español en caracteres legibles a simple vista para una persona de visión normal
Tipos de pólizas
Daños y gastos médicos. Nominativas, a la orden o al portador Vida. Nominativas y a la orden
Elementos de la póliza
Nombre y domicilio de los contratantes Firma de la aseguradora
Designación de la cosa asegurada Vigencia
Suma asegurada o monto de indemnización Importe de la prima
Demás cláusulas de acuerdo a las disposiciones legales
12.- Ley de protección y defensa al usuario de servicios financieros CONDUSEF
Promueve, asesora, protege y defiende a los usuarios de los servicios financieros. Concilia los intereses de los usuarios y las instituciones financieras
Facultades
Atender y resolver consultas de los usuarios
Dar servicio de orientación jurídica y asesoría legal a los usuarios Resolver las reclamaciones de los usuarios
Actuar como árbitro en los conflictos entre usuarios e instituciones financieras Imponer sanciones
Reclamaciones
Las reclamaciones notoriamente improcedentes serán rechazadas.
1.- Presentación
La reclamación puede presentarse de forma. Personal
Escrita
En un término máximo de 2 años a partir de que se suscite el hecho que le dio origen, con los siguientes requisitos
Nombre y domicilio del reclamante
Nombre y domicilio de representante legal Descripción del servicio que se reclama
Relación de hechos que motivan la reclamación
Nombre de la institución financiera a la que se reclama Documentación que ampare la contratación del servicio
Cuando la información que proporciona el usuario sea insuficiente para identificar la institución financiera, la CONDUSEF podrá solicitarla a la SHCP, CNSF, CNBV Y CONSAR en un plazo de 10 días hábiles
2.-Aviso a la institución financiera
La CONDUSEF avisará a la institución financiera 5 días hábiles después de recibirla. Anexando:
Elementos aportados por el usuario Señalando fecha de audiencia
Si no asiste la institución se hará acreedora a una sanción
3.-Conciliación de las partes
Se agotara el proceso conciliatorio conforme a lo siguiente:
Audiencia de conciliación de las partes en 20 días hábiles a partir de que se reciba la reclamación
La institución financiera presentara un informe por escrito antes de la audiencia de conciliación, de no hacerlo se dará por presentado y no será causa para diferir la audiencia
3.-Resolución
El compromiso de las partes se hace contar en un acta.
En caso de que la institución rechace el arbitraje la CONDUSEF emitirá un dictamen técnico que entregara al usuario y a la institución ordenando se registre la reserva para obligaciones pendientes por cumplir sin exceder la suma asegurada
En caso de rechazar el arbitraje de amigable composición se dejaran a salvo sus derechos para hacerlos valer ante el tribunal correspondiente
4.- Procedimiento de arbitraje
1.-Nombramiento de un árbitro
Ciudadano en pleno uso de sus derechos
Título y cedula profesional en derecho o equivalente 3 años de práctica legal en asuntos financieros Residencia en el país de 1 año
Reconocimiento profesional y honorabilidad
No ser accionista, consejero, comisario o empleado de instituciones financieras
2.-Asignación de plazos y base
Presentación de la demanda 9 días hábiles
Si las partes no están de acuerdo dentro los 6 días hábiles siguientes a la celebración del convenio
La respuesta a la demanda se dará en los tiempos que hayan acordado las partes sin exceder 9 días hábiles
A falta de acuerdo no podrá exceder los 6 días hábiles siguientes a la notificación
Juicio a periodo de prueba de 15 días hábiles. 5 para presentación de pruebas y 10 para desahogo
Para alegatos se otorgaran 8 días comunes
60 días para la emisión del laudo por parte de árbitro o tribunal 2.-Laudo
Decisión dictada por árbitros de derecho en amigable composición. Tiene fuerza ejecutiva, de cosa juzgada, por lo que puede solicitarse su ejecución ante un juez.
El laudo y su resoluciones solo admitirán como medio de defensa el juicio de amparo
4.- Medidas de apremio Multas
Auxilio de la fuerza pública
Remate de valores invertidos. En caso de aseguradoras, mutualistas y afianzadoras
13.- Prevención y detección de operaciones de procedencia ilícita Lavado de dinero.
Actividades realizadas por personas físicas o morales para encubrir la procedencia de recursos introduciéndolos en el sistema financiero para efectuar operaciones que permitan darles apariencia de legitimidad y utilizarlos libremente.
La LGISMS faculta a la SHCP para que dicte disposiciones generales para detectar y prevenir actos de operaciones ilícitas. Art. 140 LGISMS
La SHCP delega en la CNSF la investigación de estos delitos Etapas del lavado de dinero
Colocación.- Colocar dinero en instrumentos que puedan esconderlo, banco, inversión, negocio, seguro
Distribución.- Diversificación de los instrumentos para evitar su rastreo. Integración.- Se reúnen los fondos para utilizarlos en operaciones legales Tipos de operaciones ilícitas
Relevantes.- Igual o superior a al equivalente a 10,000.00 dólares
Inusuales.- Dudosa en razón del monto, frecuencia tipo y naturaleza de la operación que no concuerden con los antecedentes o actividades del cliente
Interna preocupante.- actos desarrollados en la actividad de empleados, funcionarios, agentes o promotores
Aspectos Generales
Técnicos
1.-Concepto y clasificación del riesgo
Riesgo.- acontecimiento incierto que al ocurrir traerá como consecuencia desequilibrio económico
Clasificación del riesgo:
En su forma más general el riesgo se divide en 2 tipos
1.- Naturaleza de la pérdida
Puro.- Involucra solo la probabilidad o posibilidad de pérdida
Especulativo.- se puede obtener mayores, menores o ninguna ganancia 2.- Naturaleza de la pérdida
Particular o personal. Afecta a una persona o muy pocos
catastrófico.- Acontecimiento extraordinario, de naturaleza anormal, elevada intensidad y cuantía de daños, afecta a muchas personas
2.-Características del riesgo
1. Incierto o aleatorio. Existe la duda de pueda o no suceder, si haya certeza de su existencia desaparece su aleatoriedad
1. Posible. Debe poder suceder
2. Concreto u objetivo. Puede ser analizado y valorado de forma cualitativa y cuantitativa
3. Licito. No debe ir en contra de la ley 4. Fortuito. Ajeno a la voluntad humana
5. Contenido económico. Produce necesidad económica 3.- Riesgos asegurables
1.- Riesgos que afectan a las personas
Los riesgos que afectan a las personas y que pueden ser cubiertos en un contrato de seguro son:
Muerte prematura. Natural o accidental
Incapacidad o invalidez. Por enfermedad o accidente que le permita trabajar para obtener ingresos
Vejez sin recursos económicos. Jubilación o retiro sin solvencia económica 2.- Riesgos que afectan a los bienes
Los riesgos que afectan a los bienes y que pueden ser cubiertos por un seguro son. Fenómeno de la naturaleza. Destrucción de bienes por huracán,
Actos derivados de hechos sociales. Daños a bienes ocasionados por participantes de una huelga, motín o actos vandálicos
3.- Riesgos que afectan a terceras personas
Son responsabilidades que emana de la ley por acciones que afectan a terceras personas
4.- Riesgos consecuenciales
Derivados de daños directos a bienes. Las consecuencias que trae un daño directo
4.- Actitudes humanas frente al riesgo
Las actitudes del individuo para salvaguardarse a sí mismo y sus bienes son: 1. Eliminarlo. Erradicar las causas que puedan causar el daño
2. Disminuirlo. Reducir los factores que puedan agravar la perdida 3. Prevenirlo. Minimizar la posibilidad de que el riesgo ocurra 4. Distribuirlo. Dividir el riesgo
5. Retenerlo o asumirlo. No hace nada y sume el pago de los daños
6. Transferirlo. Traspasar las consecuencias a otra entidad a través de un convenio o contrato
5.- Formas de compartir el riesgo entre asegurado y aseguradora
Deducible. Cantidad o porcentaje cuyo importe deberá superarse para que proceda una reclamación
Coaseguro. Participación de 2 o más aseguradoras en un mismo riesgo a través de contratos directos con el asegurado
Franquicia. Cantidad que debe superarse para que proceda la indemnización de la perdida
Contraseguro. Reintegro de primas o cuotas cubierta cuando se cumplan ciertas condiciones
Reaseguro . comparte un porcentaje del riesgo con la aseguradora principal. No hay contrato directo con el asegurado
6.- Bases técnicas para costo del seguro
Las bases técnicas son todos aquellos conceptos y elementos que se utilizan para el cálculo actuarial que determina las primas y recargos
Homogeneidad. El grupo asegurable dese ser homogéneo y suficientemente grande para que el riesgo sea sustancialmente igual
Dispersión. Distribuir entre un grupo grande la posible perdida financiera que no puede soportar un solo individuo
Incertidumbre. Que exista la duda de que pueda o no suceder. Al haber certeza de su existencia real pierde el principio de aleatoriedad
Factor que influye en el costo del seguro y se mide por:
Frecuencia global promedio. Promedio de siniestros ocurridos durante 1 año.
Severidad relativa promedio. Costo promedio de siniestros ocurridos en 1 año.
2.-Estadística
Registro ordenado de datos, hechos y circunstancias por un tiempo determinado y un universo definido para conocer su comportamiento de modo global
3.-Probabilidad
Posibilidad de que ocurra un acontecimiento. Indica el número de veces que es probable ocurra un hecho. Se utiliza para anticipar los posibles siniestros en un grupo de personas o bienes
4.-Ley de los grandes números
Constituye la base de las predicciones para el seguro. Determina el grado de posibilidad de que se produzcan determinados acontecimientos
4.- Tabla de mortalidad
Refleja la experiencia probable de muerte de una población a una edad determinada.
Se basa en experiencias anteriores
Indica el número de fallecimientos esperados por edad
Calcula el número de fallecimientos en grupos determinados, edad, hombres, mujeres fumadores, etc.
5.- Tasa de mortalidad
Muerte por cada mil, resulta de dividir el número de personas que fallecen entre el número de supervivientes en un periodo de tiempo a una edad específica por mil.
Tasa de mortalidad = Número de fallecimientos
Número de vivos
X 1000
7.- PRIMA
Es la aportación económica que paga el contratante o asegurado a la aseguradora por la cobertura de un riesgo especificado en el contrato de seguro
La prima se calcula en función de: Características del riesgo
Probabilidad de que ocurra el siniestro Monto de la perdida
Tipos de prima
1.- Prima pura de riesgo
Se obtiene en función de la probabilidad de que ocurra un siniestro y el monto de la perdida que tendría el asegurado.
2.- Prima nivelada o constante
Permanece invariable durante la vigencia del seguro
3.- Prima creciente
Sufre un aumento sucesivo en su importe a medida que pasa el tiempo
4.- Prima decreciente
Sufre un disminución sucesiva en su importe a medida que pasa el tiempo
5.- Prima anual
Es aquella que cubre12 mese
6.- Prima de tarifa
Es la que aplica la aseguradora a un riesgo determinado y para una cobertura completa. Se integra por:
Prima pura de riesgo Gastos de adquisición Gastos de administración Utilidad
7.- Prima fraccionada
Se calcula en periodos anuales y se liquida en pagos periódicos de seis tres y un mes.
Esta forma de pago implica un recargo por pago fraccionado, que obedece a: Perdida de intereses sobre la prima no pagada
Gastos adicionales de cobranza Costo de movimientos contables
8.- Prima devengada
Corresponde proporcionalmente a un periodo de riesgo ya corrido.
Porcentaje de prima que se cobra cuando se cancela un seguro antes de su vencimiento anual
9.- Prima única
Pago en una sola exhibición las primas de toda la vigencia del contrato
10.- Prima total
Es la suma de las primas de: Cobertura básica Coberturas adicionales Recargos
A la tarifa normal se le agregan recargos o extra primas por factores subnormales que aumentan el grado de riesgo:
Ocupaciones peligrosas Mala salud
Hábitos inadecuados Deportes peligros
También se le agrega un recargo por pago fraccionado debido a: Perdida de intereses sobre la prima no pagada
Gastos adicionales de cobranza Costo de movimientos contables Descuentos
Se aplican descuentos por circunstancias favorables, se reduce la edad de cálculo por los siguientes factores.
Preferente. Por una excelente salud, no fumar y practicar deporte de forma regular
Mujer. Debido a que las expectativas de vida de la mujer es mayor No fumador.
7.-Reservas técnicas
Representan los fondos combinados de todas las pólizas retenidas por la compañía, las cuales junto con las futuras primase intereses son suficientes para cubrir todas las obligaciones futuras. Tienen como finalidad garantizar la solvencia de la aseguradora para liquidar los compromisos contraídos en sus contratos
Las reservas que debe constituir una aseguradora son: 1.- Reservas para riesgo en curso
Se constituyen para hacer frente a los riesgos que permanecen en vigor. Su finalidad es hacer frente a las obligaciones futuras
2.- Reservas para obligaciones pendientes de cumplir
Se constituyen para hacer frente a los siniestros ocurridos en un periodo o ejercicio contable anterior que se encuentran en trámite de pago.
8.-Reservas matemáticas
Surge de la los excedentes pagados durante los primeros años de vigencia de la póliza por la aplicación de la prima nivelada
9-Dividendos
Son los rendimientos que se obtienen por : Excedente en rendimientos
Ahorro en gastos
Los dividendos se pueden otorgar a partir del tercer año y el asegurado los puede utilizar en alguna de estas opciones:
Aplicarlo para el pago de primas Dejarlo en deposito
Retirarlo anualmente Seguro prorrogado Seguro saldado 10.- Siniestro
Es la manifestación del riesgo asegurado, la realización del riesgo previsto en el contrato.
Una vez que se ha realizado el siniestro se debe avisar a la aseguradora por escrito en un periodo de 5 días.
La aseguradora deberá pagar la indemnización en 30 días posteriores a la fecha de recepción del aviso del siniestro
Riesgos Individuales de Seguros de Personas
Bases técnicas
El seguro de vida es un instrumento financiero que da continuidad a la vida económica del asegurado.
Pretende proteger a la persona durante su vida de 3 principales riesgos: Muerte prematura
Invalidez por accidente o enfermedad
Sobrevivencia. Vejez sin recursos económicos
El seguro de vida se basa en la probabilidad de fallecimiento de las personas dependiendo de su edad
El costo de los seguros se basa en principios matemáticos que determinan y garantizan los ingresos suficientes para pagar las indemnizaciones y hacer rentable la actividad aseguradora.
Bases actuariales para el cálculo del costo del seguro
Ley de los grandes números. Constituye la base de las predicciones para el seguro. Determina el grado de posibilidad de que se produzcan determinados acontecimientos
Estadística. Permite el cálculo de la probabilidad de siniestro en base al análisis estadístico de datos, hechos y circunstancias
Probabilidad. Posibilidad de que ocurra un hecho determinado. Permite anticipar la tasa de siniestralidad en un grupo de personas.
Matemáticamente se representa:
Número de casos posibles o favorables Número de sucesos totales o
1.- Tabla de mortalidad
Expresa la probabilidad de fallecimiento de una persona.
Son registros estadísticos de los fallecimientos que ocurren cada año dentro de un grupo de personas de edad determinada
Es el instrumento utilizado para determinar el cálculo de primas o
costo del riesgo que asume una aseguradora
De la TABLA de mortalidad se obtiene la
TASA de mortalidad
que es la base
para determinar el costo del seguro.
2.- Tasa de mortalidad
Es la proporción de muerte que aparece en la tabla de mortalidad. Es
la base para determinar el costo del seguro
Tasa de mortalidad =
Número de fallecimientos
Numero de vivos
X 1,000
3.- La prima
Cantidad que paga el asegurado por la cobertura de un riesgo
especificado en el contrato de seguro. Sirve para que la aseguradora
pueda cubrir:
El riesgo previsto
Gastos de adquisición
Gastos de administración
Utilidad esperada
4.- Tipos de prima
1.- Prima pura de riesgo
Se obtiene de la tabla de mortalidad y cubre únicamente el riesgo de muerte.
2.- Prima natural ascendente o creciente
Se calcula año con año a edad alcanzada del asegurado, va creciendo al aumentar la probabilidad de muerte. Se aplica en seguros temporales a un año y que se pueden renovar
3.- Prima decreciente
Sufre una disminución sucesiva en su importe a medida que pasa el tiempo. A mayor edad del asegurado disminuye la probabilidad de indemnización. Se utiliza en programas de ahorro y créditos hipotecarios
4.- Prima nivelada o constante
Permanece invariable durante la vigencia del seguro. Es el resultado de promediar las diferentes primas puras de riesgo a pagar durante los años del seguro. Se usa en contratos de seguros superiores a 10 años como el dotal, ordinario de vida en temporales a partir del año 5
5.- Prima de tarifa
Es la que aplica la aseguradora a un riesgo determinado y para una cobertura completa. Se integra por:
Prima pura de riesgo o prima nivelada
Gastos de adquisición
Gastos de administración
Utilidad
6.- Prima total
Es la suma de las primas de: Cobertura básica Coberturas adicionales Gastos
7.- Prima anual
Es aquella que cubre12 mese
8.- Prima única
Pago en una sola exhibición las primas de toda la vigencia del contrato del seguro
9.- Extraprima
Es un costo adicional que se suma a la prima nivelada, se calcula en base a unos factores que incrementan el riesgo de fallecimiento:
Ocupaciones peligrosas Mala salud
Hábitos inadecuados Deportes peligrosos
10.- Prima fraccionada
Se calcula en periodos anuales y se liquida en pagos periódicos de seis tres y un mes.
Esta forma de pago implica un recargo por pago fraccionado, que obedece a: Perdida de intereses sobre la prima no pagada
Gastos adicionales de cobranza Costo de movimientos contables Descuentos
Se aplican descuentos por circunstancias favorables, se reduce la edad de cálculo por los siguientes factores.
Preferente. Por una excelente salud, no fumar y practicar deporte de forma regular
Mujer. Debido a que las expectativas de vida de la mujer es mayor No fumador.
5.- Reservas técnicas
Es el fondo de dinero que garantiza el capital necesario para que la aseguradora pueda cumplir con las obligaciones futuras contraídos en los contratos
Las reservas que debe constituir una aseguradora son:
1.- Reservas para riesgo en curso
Se constituyen para hacer frente a los riesgos que permanecen en vigor. Su finalidad es hacer frente a las obligaciones futuras. Se conforman por cada operación y ramo
2.- Reservas para obligaciones pendientes de cumplir
Se constituyen para hacer frente a siniestros ya ocurridos. Pueden ser por: Pólizas vencidas
Siniestros ocurridos y no reportados Reparto de utilidades
6.- Reservas matemática
Surge de la los excedentes pagados durante los primeros años de vigencia de la póliza por la aplicación de la prima nivelada, junto con los rendimientos obtenidos por su inversión.
Es la parte de las primas niveladas ya pagadas por el asegurado que
no ha sido absorbida por el riesgo cubierto
7.- Valores garantizados
Es la forma en que el asegurado puede disponer del fondo de ahorro de la reserva matemática, su monto depende de 3 factores:
Plan contratado Edad del asegurado Años de vigencia del plan
Los valores garantizados se otorgan únicamente: Sobre la cobertura básica de fallecimiento Después de 3 anualidades completas Planes con plazo mayor a 10 años
Los valores garantizados se pueden ejercer de 2 maneras
1.- Efectivo
Préstamo ordinario. El asegurado puede solicitarlo para los fines que desee. Genera intereses
Préstamo automático. Para pago de primas vencidas
Rescate o valor en efectivo. Retiro en una sola exhibición de la reserva generada y se cancela la póliza
1.-Compra de protección
Seguro saldado. Pago de un seguro por EL MISMO PLAZO con una menor suma asegurada
Seguro prorrogado. Pago de un seguro por LA MISMA SUMA con un menor plazo
8.- Dividendos
Son los rendimientos que se obtienen por : Excedente de rendimientos en inversiones Ahorro en gastos
Disminución en la siniestralidad
Los dividendos se pueden otorgar a partir del tercer año y el asegurado los puede utilizar en alguna de estas opciones:
Aplicarlo para el pago de primas Dejarlo en deposito
Retirarlo anualmente
Adquirir un seguro temporal Adquirir seguros adicionales
9.- condiciones generales de la póliza
Dentro de las condiciones generales de la póliza encontramos algunas cláusulas muy importantes que definen el funcionamiento de un seguro de vida.
Contrato
Documento a través del cual la aseguradora se compromete a resarcir el daño si llega a ocurrir el riesgo establecido; y el asegurado a cambio paga una prima por la protección
El contratante está obligado a declarar por escrito todos los hechos importantes que deban ser conocidos para la apreciación del riesgo
Póliza
Es el documento que representa el contrato de seguro, contiene los derechos y obligaciones del asegurado y la aseguradora
La solicitud y la póliza, con sus adicciones y reformas son prueba fehaciente del contrato de seguro
Solo la prueba confesional será admitida para probar la existencia del contrato, así como el hecho de conocimiento de aceptación.
La póliza debe estar escrita en idioma español en caracteres legibles a simple vista para una persona de visión normal
Tipos de pólizas
Daños y gastos médicos. Nominativas, a la orden o al portador Vida. Nominativas y a la orden
Elementos de la póliza
Nombre y domicilio de los contratantes Firma de la aseguradora
Designación de la cosa asegurada Vigencia
Suma asegurada o monto de indemnización Importe de la prima
Demás cláusulas de acuerdo a las disposiciones legales
Modificaciones al contenido de la póliza
Si el contenido de la póliza con concordara con la oferta, el asegurado tiene 30 días para solicitar la rectificación correspondiente
Carencia de Restricciones
El lugar de residencia o cambio, la ocupación, viajes o género del asegurado no afectan las condiciones de la póliza
Indisputabilidad.
La póliza no será disputable después de 2 años de su emisión o rehabilitación por omisión o inexacta declaración contenidas en la solicitud
Cambio de plan.
El plan de seguro contratado puede cambiarse a solicitud del asegurado en cualquier momento siempre y cuando:
Solicitarlo 2 años antes del vencimiento del plazo del seguro Que la póliza este en vigor
El asegurado sea menor a 70 años la prima del nuevo plan sea mayor.
En caso de que las reservas del nuevo plan sean mayores, se deberá cubrir la diferencia.
Prescripción.
las obligaciones de la compañía se extinguen después de 2 años en todas las cobertura, excepto la de fallecimiento que prescribe a los 5 años
Rescisión
La omisión o inexacta declaración son causa de rescisión del contrato, aunque no influya en la realización del siniestro.
Beneficiarios.
El asegurado tiene derecho a designar libremente a los beneficiarios del seguro y podrá revocar la designación mediante notificación por escrito a la aseguradora. Cuando se renuncia a revocar a los beneficiarios se les llama Irrevocables y para cambiarlos se requiere su autorización
Muerte simultanea del asegurado y beneficiario irrevocable. La indemnización la recibirán los herederos del beneficiario irrevocable
Muerte simultanea de asegurado y beneficiarios. La indemnización la recibirá la sucesión legal del asegurado
No hay beneficiario designado. El seguro forma parte de la sucesión del asegurado y se dividirá 50% para cónyuge y 50% para descendientes Si no se especifica porcentaje. La suma asegurada se distribuirá en partes
iguales entre los beneficiarios
La indemnización del seguro NO es embargable cuando los beneficiarios son el cónyuge y los hijos