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SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS
Administración: Excma. Diputación Provincial de Salamanca.
Domicilio: Felipe Espino, 1. Teléf.-Fax 923 29 31 35. [email protected] D.L.: S. 1-1958.
ADVERTENCIA EDITORIAL. Todas las inserciones en el Boletín Ofi
-cial de la provincia de Salamanca se regirán por lo establecido en el Regla-mento de Gestión del Boletín Ofi cial de la provincia de Salamanca (B.O.P. n.º 89 de 13 de mayo de 2010) y por la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación de los servicios del Boletín Ofi cial de la provincia de Salamanca (B.O.P. n.º 20, de 11 de febrero de 2010).
PRESENTACIÓN DE ORIGINALES.- Los usuarios del Boletín Ofi cial
de la provincia están obligados a presentar los originales tanto en copia impresa como en formato digital (preferiblemente realizados en cualquier programa de tratamiento de texto o en formato PDF abierto). Ambos origi-nales deben ser copia exacta en los contenidos.
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Administración Central.
– M
INISTERIOPARALAT
RANSICIÓNE
COLÓGICAYELR
ETOD
EMOGRÁFICO.
Confederación Hidrográfi ca del Duero. O.A. Comisaría de Aguas.
Anuncio-Información pública. REF.: OC/OZP 2654/20 SA (O-169/2020). Solicitud de autorización para ejecu-ción de obras de entubamiento del regato de Cantimporras a su paso por el sector “Peña Alta” del PGOU de Salamanca, en el término municipal de Salamanca.
CVE: BOP-SA-20200902-001
Administración Local.
–
A
YUNTAMIENTOS.Agallas.
Edicto Cuenta General. Expuesta al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2019.
CVE: BOP-SA-20200902-002
Agallas.
Edicto. Aprobado un Plan Económico–Financiero, el cual estará a disposición de los interesados en las ofi cinas de esta Entidad.
CVE: BOP-SA-20200902-003
Agallas.
Edicto. Aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2020.
CVE: BOP-SA-20200902-004
Cabrillas.
Edicto. Aprobado por el Pleno de la Corporación, un Plan Económico-Financiero.
CVE: BOP-SA-20200902-005
Cabrillas.
Edicto. Aprobado inicialmente el expediente de modifi cación de créditos nº 7 de 2020, en la modalidad de crédito extraordinario fi nanciado con bajas de crédito.
CVE: BOP-SA-20200902-006
Castellanos de Moriscos.
Ayudas económicas para sufragar el gasto del IBI en el ejercicio 2020 relativos a la vivienda habitual de per-sonas y familias de Castellanos de Moriscos. BDNS(Identif.):521972.
CVE: BOP-SA-20200902-007
Castellanos de Moriscos.
Ayudas para la adquisición de libros y material escolar para el curso 2020/2021. BDNS(Identif.):521973.
CVE: BOP-SA-20200902-008
Espeja.
Anuncio. Expuesta al público la Cuenta General, correspondiente al ejercicio 2019.
CVE: BOP-SA-20200902-009
Guijuelo.
Anuncio de aprobación defi nitiva de ampliación de Plantilla y Catálogo de Puestos de Trabajo 2020.
CVE: BOP-SA-20200902-010
Herguijuela de Ciudad Rodrigo.
Edicto Cuenta General 2019.
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Edicto. Elección Juez de Paz Sustituto.
CVE: BOP-SA-20200902-013
Palacios del Arzobispo.
Anuncio. Expuesta al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio presupuestario del año 2019.
CVE: BOP-SA-20200902-014
Santiago de la Puebla.
Anuncio de aprobación inicial. Expediente de modifi cación de créditos n. º 2/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de trasferencia de créditos, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.
CVE: BOP-SA-20200902-015
Administración de Justicia.
– JUZGADOS DE LO SOCIAL. De Salamanca núm. 1. MON Monitorio 0000191/2020. CVE: BOP-SA-20200902-016 De Valladolid núm. 2. PO Procedimiento Ordinario 0000637/2019. CVE: BOP-SA-20200902-017 – JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN. De Salamanca núm. 2.LEV Juicio sobre Delitos Leves 0000107/2020.
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I. Administración Central
MINISTERIOPARALA TRANSICIÓNECOLÓGICAY ELRETO DEMOGRÁFICO Confederación Hidrográfi ca del Duero. O.A.
Comisaría de Aguas Anuncio - Información pública. REF.: OC/OZP 2654/20 SA (O-169/2020).
Con fecha 23 de junio de 2020, ha tenido entrada en esta Confederación Hidrográfica del Duero la petición formulada por el Ayuntamiento de Salamanca (P3727600C), solicitando auto-rización para ejecución de obras de entubamiento del regato de Cantimporras a su paso por el sector “Peña Alta” del PGOU de Salamanca, en el término municipal de Salamanca.
Las obras se encuentran recogidas en los siguientes documentos técnicos “Proyecto de construcción de la plataforma intermodal ferroviaria del puerto seco de Salamanca”, “Proyecto de urbanización del sector “Peña Alta” del P.G.O.U. de Salamanca” y “Justificación de la cober-tura del cauce del regato Cantimporras en Salamanca”, suscritos por el Ingeniero de Caminos D. Francisco Ledesma García con fecha agosto 2013, octubre 2019 y junio 2020 respectivamente, incluyendo las siguientes actuaciones:
− Plataforma intermodal ferroviaria, conectada con la línea convencional del FF.CC. Sala-manca - Fuentes de Oñoro entre los PP.KK. 9+046,67 y 9+092,09, mediante desvío tipo C (DS-C-54-318-0,09-CR-I) con la junta de contra- agujas situadas en el P.K. 9+0092. Dado que la longitud total de este tipo de desvíos es de 38,32 m, todo el desvío se encontrará situado en recta, siendo accionado con motores eléctricos y equipado con calefactores de aguja. Para su ejecución serán necesarias las siguientes estructuras: o Entubado de arroyos, ya que la zona está atravesada fundamentalmente por el
re-gato y el arroyo de Cantimporras. Se pretende la entubación del arroyo de Cantim-porras al sureste de la plataforma, mediante tubería de 1800 mm a lo largo de 46 m de longitud, y del regato Cantimporras mediante marco doble de 1,8 x 3,0 m en los primeros 80 m (como consecuencia de las restricciones de altura) y marco doble de 2,0 x 2,0 m en los siguientes 690 m.
o Muros de contención de tierras en la plataforma intermodal, necesarios al sureste de la misma para poder salvar el curso de una vía pecuaria que discurre por la zona. o Paso inferior de la vía mango bajo la carretera N-620 para poder dotar a la
platafor-ma de la platafor-maniobrabilidad necesaria.
− Obras de urbanización de las calles de acceso a la Plataforma Intermodal incluidas den-tro del sector Peña Alta del P.G.O.U de Salamanca, que incluyen:
o Red viaria y jardinería.
o Abastecimiento de agua y red de distribución. o Red de alcantarillado de residuales.
o Red de alcantarillado de pluviales. o Energía eléctrica.
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o Obras complementarias: cerramiento de las instalaciones y caseta para instalacio-nes de seguridad y comunicacioinstalacio-nes.
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 y 53 del Regla-mento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por R.D. 849/1986 de 11 de abril, a fin de que en el plazo de UN (1) MES, contado/s a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, ante esta Confederación Hidrográfica del Duero, C/ Muro, 5 Valladolid, donde se hallan de manifiesto la documentación técnica del expediente de referencia OC/OZP 2654/20 SA (O-169/2020), o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. num. 236, 2 de octubre de 2015).
LA JEFA DE SECCIÓN DE G. DEL D.P.H. Firmado electrónicamente
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I V. Administración Local
AYUNTAMIENTOSAgallas Edicto Cuenta General.
En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 212, del Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2019, por un plazo de quince días, duran-te los cuales y ocho más, quienes se estimen induran-teresados, podrán presentar las reclamaciones, reparos y observaciones que tengan por convenientes.
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Agallas Edicto
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 19 de junio de 2020, ha aproba-do, un Plan Económico–Financiero, el cual estará a disposición de los interesados en las ofici-nas de esta Entidad, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 26c del Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.
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I V. Administración Local
AYUNTAMIENTOSAgallas Edicto
El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 21 de febrero de 2020, ha aproba-do, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2020.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta Entidad, durante las horas de oficina y por plazo de 15 días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por los motivos que se indican en el punto 2° del citado último artículo, ante el Pleno de esta Corporación.
En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclama-ciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del predicho R.D.L. , el Presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.
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Cabrillas Edicto
Aprobado por el Pleno de la Corporación , en sesión celebrada el 4 de 6 de 2020, un Plan económico-financiero ,en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23.4 de la Ley 2/2012, de 27 de abril Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se hace pública la aprobación del mismo para su general conocimiento , el cual estará a disposición de los intere-sados en las oficinas municipales.
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I V. Administración Local
AYUNTAMIENTOSCabrillas Edicto
El Pleno de esta Corporación en sesión extraordinaria celebrada el 6 de agosto de 2020 aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos nº 7 de 2020 , en la modalidad de crédito extraordinario financiado con bajas de crédito .
Y en cumplimiento de lo dispuesto en art. 169.1 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales , se somete el expediente a exposición pública por plazo de quince días hábiles, siguientes a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia , durante el cual los interesados pueden examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas en las dependencias municipales.
En el supuesto de que durante dicho plazo no se produjeran reclamaciones, según lo pre-visto en el art.169 del citado R.D.L. ,el expediente se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.
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Castellanos de Moriscos
Ayudas económicas para sufragar el gasto del IBI en el ejercicio 2020 relativos a la vivienda habitual de personas y familias de Castellanos de Moriscos.
BDNS(Identif.):521972.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.info-subvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/521972)
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA
Extracto de la Resolución de Alcaldía de fecha 29/08/2020 por la que se convocan ayudas económicas para sufragar el gasto del Impuesto de Bienes Inmuebles en el Ejercicio 2020 re-lativos a la vivienda habitual de personas y familias de Castellanos de Moriscos (Salamanca).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap. minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero.- Beneficiarios y requisitos
Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en las presentes bases, los solicitan-tes que cumplan los siguiensolicitan-tes requisitos:
Que el solicitante sea el propietario, copropietario o usufructuario de la vivienda objeto de la ayuda.
En el supuesto de que el solicitante sea copropietario, cada uno deberá tramitar una solicitud y solo le será abonada la parte de la subvención que le corresponda en función de su porcentaje de participación como copropietario, salvo que se adjunte autorización del o los copropietarios en la que conste que el solicitante puede tramitar y cobrar la subvención en nombre de todos.
Que el recibo del IBI a subvencionar se corresponda con el de la residencia habitual de los solicitantes (lugar de empadronamiento).
Estar empadronado en el Municipio con al menos 3 meses de antigüedad.
Estar al corriente de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de la vivienda objeto de la ayuda.
Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal, la Agen-cia Tributaria y la Seguridad SoAgen-cial.
Segundo. Objeto
Las presentes bases tienen por objeto convocar en régimen de concesión directa, ayudas para hacer frente a los gastos derivados del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles
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diente a la propiedad de la vivienda habitual, exclusivamente para uso residencial, en el ejercicio 2020, destinadas a las personas y familias que cumplan con lo establecido en las mismas.
Tercero. Cuantía de la ayuda.
Se establece que la cuantía por subvencionar será una cuantía variable que se corresponde-rá con el 25% de la cuota del IBI del año solicitado.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
1.- Las solicitudes se formalizarán, conforme al Anexo I y se acompañará de la documenta-ción indicada en el artículo 4 de las presentes bases.
2.- La información para la obtención de las ayudas reguladas en la presente convocatoria estará disponible en la web municipal del Ayuntamiento de Castellanos de Moriscos , y en su sede electrónica.
3.- Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cas-tellanos de Moriscos a la que se acceda a través de la siguiente dirección: https://castella-nosdemoriscos.sedelectronica.es/info.0 o bien en el registro de entrada del Ayuntamiento de Castellanos de Moriscos.
4.- La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes normas regula-doras y la declaración de la veracidad de toda la información que se presente.
5.- El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Salamanca.
6.- De conformidad con el artículo 28.2 de la LPAC, la Administración actuante podrá con-sultar o recabar los docu mentos que ya se encuentren en su poder o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, salvo que el inte resado se opusiera a ello. En este sentido, se consultará a través de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, los documentos necesarios que a continuación se citan para la resolución del procedimiento.
Los interesados podrán ejercer su derecho de oposición a la consulta de sus datos perso-nales, en ese caso deberá comunicarlo junto a la documentación correspondiente, pudiendo ser declarado desistido de su solicitud si no la aporta.
7.- Si la solicitud no estuviera debidamente cumplimentada o no reuniera los requisitos es-tablecidos, se le requerirá al solicitante para que, en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles subsane la falta, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la LPAC.
La no presentación de la documentación indicada en la clausula cuarta para la determina-ción del orden de las solicitudes, no será requerida para su subsanacion al interesado, conside-rando que el interesado declina de su intención de ser valorado para ocupar un lugar preferente en la determinación del orden de las solicitudes.
8.- En cualquier momento se podrá requerir la documentación original o complementaria que con sidere necesaria para acreditar mejor el exacto cumplimiento de las condiciones exigi-das en las normas reguladoras de estas subvenciones.
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Quinto. Otros datos.
Para la concesión de estas ayudas será requisito imprescindible acompañar a la solicitud: Solicitud conforme al modelo adjunto en las presentes bases
Justificante de pago del Impuesto de Bienes Inmuebles del año. Certificado de empadronamiento
Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria y con la Seguridad social.
A los efectos de determinar el orden de las solicitudes, en el caso de que el número de soli-citudes y el importe subvencionado sea superior al importe de la partida presupuestaria dotada, deberá presentarse la siguiente documentación:
Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los miembros computa-bles de la unidad familiar. Y en el caso de unidades familiares que obtengan ingresos propios y/o no hayan presentado declaración del IRPF, certificado de no estar obligado a su presentación, acompañado de la fotocopia del Libro de Familia.
Fotocopia de las tarjeta de inscripción de desempleado de todos los miembros mayores de 16 años, e incluidos estos, si no se encuentran cursando acción formativa alguna, acompañado de la fotocopia del Libro de Familia, salvo mutualidades.
Copia compulsada de la tarjeta sanitaria. En el caso de mutualidades, deberán presentar las tarjetas correspondientes.
La no presentación de la documentación indicada para la determinación del orden de las so-licitudes, no será requerida para su subsanación al interesado, considerando que el interesado declina de su intención de ser valorado para ocupar un lugar preferente en la determinación del orden de las solicitudes.
La Determinación de la renta familiar y de la renta per cápita de la unidad familiar.
La renta familiar a los efectos de esta convocatoria se obtendrá por agregación de las rentas del último ejercicio presentado de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar, para la determinación de la renta se sumara la base imponible general con la base imponible del ahorro. En el caso de unidades familiares o miembros computables que obtengan ingresos propios y/o no hayan presentado declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físi-cas, se procederá de forma equivalente, y a las imputaciones integras se les restaran los gastos y deducciones del trabajo.
Se entiende como renta per cápita de la unidad familiar, el resultado de dividir la renta de la unidad familiar entre el número de miembros que la componen.
CASTELLANOS DE MORISCOS 2020-08-29
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I V. Administración Local
AYUNTAMIENTOSCastellanos de Moriscos
Ayudas para la adquisición de libros y material escolar para el curso 2020/2021. BDNS(Identif.):521973.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.info-subvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/521973)
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA
Extracto de la Resolución de Alcaldía de fecha 29/08/2020 por la que se convocan ayudas para financiar la adquisición de libros de texto y material escolar, dirigidas al alumnado empa-dronado en Castellanos de Moriscos, que curse educación infantil, educación primaria y secun-daria para el curso 2020/2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap. minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero.- Beneficiarios y requisitos
Podrán ser beneficiarios; el padre, la madre o el tutor legal de los alumnos que cursen educa-ción infantil, educaeduca-ción primaria o educaeduca-ción secundaria, que cumplan los siguientes requisitos: Que al menos uno de los padres/tutor esté empadronado en el Municipio con al menos 3 meses de antigüedad.
Que el alumno/a para el que se solicita la subvención esté empadronado en el municipio con al menos 3 meses de antigüedad.
Estar al corriente al pago de las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
Segundo. Objeto
Las presentes bases tienen por objeto convocar en régimen de concesión directa, ayudas para financiar la adquisición de libros de texto, impresos en papel o en formato digital, así como el material escolar, destinadas al alumnado empadronado en Castellanos de Moriscos, que cur-se educación infantil, educación primaria y cur-secundaria para el curso 2020/2021.
A estos efectos, se consideran libros de texto los materiales impresos o en formato digital que los centros docentes, en desarrollo de los contenidos establecidos en el currículo oficial vigente, hayan seleccionado para ser utilizados por el alumnado en el curso escolar correspon-diente.
Tercero. Cuantía de la ayuda.
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En ningún caso pueda concederse una ayuda por importe superior al gasto en material sub-vencionable acreditado mediante las correspondientes facturas o certificado exigidos.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
1.- Las solicitudes se formalizarán, conforme al Anexo I y se acompañará de la documenta-ción indicada en el artículo 4 de las presentes bases.
Cuando un mismo solicitante, tenga varios hijos que cursen educación infantil, educación primaria y educación secundaria para el curso 2020/2021, podrá formalizar la petición de las ayudas a través de una única solicitud.
En el caso de que exista custodia compartida, se presentará una única solicitud firmada por ambos progenitores y para la determinación de la renta se tendrán en cuanta la de los dos progenitores. En el caso de que exista más de una solicitud por alumno se denegarán todas las solicitudes existentes para ese alumno.
2.- La información para la obtención de las ayudas reguladas en la presente convocatoria estará disponible en la web municipal del Ayuntamiento de Castellanos de Moriscos , y en su sede electrónica.
3.- Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cas-tellanos de Moriscos a la que se acceda a través de la siguiente dirección: https://castella-nosdemoriscos.sedelectronica.es/info.0 o bien en el registro de entrada del Ayuntamiento de Castellanos de Moriscos.
4.- La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes normas regula-doras y la declaración de la veracidad de toda la información que se presente.
5.- El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Salamanca.
6.- De conformidad con el artículo 28.2 de la LPAC, la Administración actuante podrá con-sultar o recabar los docu mentos que ya se encuentren en su poder o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, salvo que el inte resado se opusiera a ello. En este sentido, se consultará a través de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, los documentos necesarios que a continuación se citan para la resolución del procedimiento.
Los interesados podrán ejercer su derecho de oposición a la consulta de sus datos perso-nales, en ese caso deberá comunicarlo junto a la documentación correspondiente, pudiendo ser declarado desistido de su solicitud si no la aporta.
7.- Si la solicitud no estuviera debidamente cumplimentada o no reuniera los requisitos es-tablecidos, se le requerirá al solicitante para que, en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles subsane la falta, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la LPAC.
La no presentación de la documentación indicada en la clausula cuarta para la determina-ción del orden de las solicitudes, no será requerida para su subsanadetermina-ción al interesado,
conside-Pág. 13
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rando que el interesado declina de su intención de ser valorado para ocupar un lugar preferente en la determinación del orden de las solicitudes.
8.- En cualquier momento se podrá requerir la documentación original o complementaria que con sidere necesaria para acreditar mejor el exacto cumplimiento de las condiciones exigi-das en las normas reguladoras de estas subvenciones.
9.- Las solicitudes, una vez completadas y debidamente firmadas por el particular, podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Castellanos de Moriscos durante el plazo establecido en la convocatoria.
Quinto. Otros datos.
Para la concesión de estas ayudas será requisito imprescindible acompañar a la solicitud: Solicitud conforme al modelo adjunto en las presentes bases
Factura justificativa de la adquisición del material subvencionable correspondiente al alum-no para el que se solicita la ayuda o en su caso certificado expedido por el AMPA 10 SEPTIEM-BRE de Castellanos de Moriscos.
La factura o certificado, una por alumno, salvo que el material subvencionable se adquiera en establecimientos diferentes, se expedirá a nombre del padre, madre o tutor solicitante de las ayudas, indicando el curso o enseñanza a la que corresponden el material subvencionable, y únicamente comprenderá el material susceptible de ser subvencionado.
Certificado de empadronamiento de al menos uno de los padres o tutores y del menor que este cursando educación infantil, educación primaria o secundaria para el curso 2019/2020.
Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria y con la Seguridad social.
Fotocopia de las tarjeta de inscripción de desempleado de todos los miembros mayores de 16 años, e incluidos estos, si no se encuentran cursando acción formativa alguna, acompañado de una fotocopia del Libro de Familia.
La no presentación de esta documentación, no será requerida para su subsanación, corres-pondiéndole en caso de no presentar la misma, la cuantía de 75€ por alumno, a la que hace referencia la clausula sexta de las presentes bases.
A los efectos de determinar el orden de las solicitudes, en el caso de que el número de soli-citudes y el importe subvencionado sea superior al importe de la partida presupuestaria dotada, deberá presentarse la siguiente documentación:
Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los miembros computa-bles de la unidad familiar. Y en el caso de unidades familiares que obtengan ingresos propios y/o no hayan presentado declaración del IRPF, certificado de no estar obligado a su presentación, acompañado de la fotocopia del Libro de Familia.
Fotocopia de las tarjeta de inscripción de desempleado de todos los miembros mayores de 16 años, e incluidos estos, si no se encuentran cursando acción formativa alguna, acompañado de la fotocopia del Libro de Familia.
Copia compulsada de la tarjeta sanitaria, acompañado de la fotocopia del Libro de Familia. En el caso de mutualidades, deberán presentarse las tarjetas correspondientes
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orden de las solicitudes.
La Determinación de la renta familiar y de la renta per cápita de la unidad familiar.
La renta familiar a los efectos de esta convocatoria se obtendrá por agregación de las rentas del último ejercicio presentado de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar, para la determinación de la renta se sumara la base imponible general con la base imponible del ahorro. En el caso de unidades familiares o miembros computables que obtengan ingresos propios y/o no hayan presentado declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físi-cas, se procederá de forma equivalente, y a las imputaciones integras se les restaran los gastos y deducciones del trabajo.
Se entiende como renta per cápita de la unidad familiar, el resultado de dividir la renta de la unidad familiar entre el número de miembros que la componen.
CASTELLANOS DE MORISCOS 2020-08-29
VICTORIA MANJON BARRERA ALCALDESA-PRESIDENTA
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I V. Administración Local
AYUNTAMIENTOSEspeja Anuncio
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General del Ayuntamiento de ESPEJA correspondiente al Ejercicio 2019, por un plazo de quince días, a fin de que durante dicho plazo y ocho más, quienes se estimen interesados puedan presentar las reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por con-veniente.
En Espeja, 14 de agosto de 2020.–El Alcalde, Juan Sánchez García. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE.
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Guijuelo
Anuncio de aprobación defi nitiva de ampliación de Plantilla y Catálogo de Puestos de Trabajo 2020.
El Pleno del Ayuntamiento de Guijuelo, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio de 2020, acordó la aprobación inicial de la ampliación de la Plantilla y el Catálogo de Puestos de Trabajo del ejercicio 2020 del Ayuntamiento de Guijuelo, reflejado en el expediente 1463/2019 (APPT-PPTO-I APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO 2020), en cumplimiento de lo dispuesto El artículo 126.3 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigente en materia de Régimen Local.
En base a los artículos 177, 179, y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se sometió el expediente a información pública por el plazo de quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el artículo 170 de dicho texto pudieran examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno de este Ayuntamiento.
Durante dicho plazo no se han producido reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 169 del mencionado Real Decreto Legislativo, considerándose la ampliación de la Plantilla y el Catálogo de Puestos de Trabajo del ejercicio 2020 definitivamente aprobada.
Plantilla
CÓDIGO PERSONAL FUNCIONARIO
3 ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
3.2 SUBESCALA SERVVICIOS ESPECIALES
3.2.1 POLICÍA
DENOMINACIÓN GRUPO DOTACIÓN VACANTES
Agente de Policía Local C1 1 1
TOTAL 1 1
Catálogo
Área Escala Subescala Clase Plaza Denominación del puesto
Reg.
Jur. Grupo Nivel Vacante/Cubierto Ocupado /No ocupado Nombramiento Comple-Espec 132 Seguridad y Orden Público Administración
Especial Especiales Servicios Policía Administrativo Policía Local Agente de F C1 18 V N.O C.S 13
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https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/BOP/ BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA D.L.: S 1-1958 CVE: BOP-SA-20200902-010 Notas aclaratorias NOTAS ACLARATORIAS RÉGIMEN JURÍDICO F FUNCIONARIO ESTADO V VACANTE SITUACIÓN N.O NO OCUPADO
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Herguijuela de Ciudad Rodrigo Edicto Cuenta General 2019.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio de 2019, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más, quienes se estimen interesados podrán presentar las reclama-ciones, reparos u observaciones que tangan por convenientes.
En Herguijuela de Ciudad Rodrigo a 24 de agosto de 2020.–El Alcalde, Marceliano Mateos Baz.
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I V. Administración Local
AYUNTAMIENTOSHerguijuela de Ciudad Rodrigo Edicto
El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 13 de febrero de 2020, ha aproba-do, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2020.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta Entidad, durante las horas de oficina y por plazo de 15 días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por los motivos que se indican en el punto 2° del citado último artículo, ante el Pleno de esta Corporación.
En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclama-ciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del predicho R.D.L. , el Presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.
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Linares de Riofrío Edicto
Elección Juez de Paz Sustituto.
D. IGNACIO POLO ESCUDERO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LINA-RES DE RIOFRIO, HAGO SABER:
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz Sustituto de este Municipio, de conformidad con lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la infor-mación que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Linares de Riofrío a veintisiete de agosto de dos mil veinte.–El Alcalde, Ignacio Polo Es-cudero.
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I V. Administración Local
AYUNTAMIENTOSPalacios del Arzobispo Anuncio
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio presupuestario del año 2019, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
En Palacios del Arzobispo a fecha de firma electrónica. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE.
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Santiago de la Puebla Anuncio de aprobación inicial. SUMARIO
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Santiago de la Puebla por el que se aprueba ini-cialmente el expediente de modificación de créditos n. º 2/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de trasferencia de créditos, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.
TEXTO
Aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º2/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de trasferencia de créditos que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, por Acuerdo del Pleno de fecha 24/07/2020, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presen-te anuncio en espresen-te Boletín Oficial de la Provincia.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://santiagode-lapuebla.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aproba-do definitivamente dicho Acueraproba-do.
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V. Administración de Justicia
JUZGADOSDELOSOCIAL De Salamanca núm. 1 MON MONITORIO 0000191/2020 Procedimiento origen: / Sobre ORDINARIODEMANDANTE/S D/ña: JORGE RODRIGUEZ RIVERA ABOGADO/A: JAVIER MARTÍN GARCÍA
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
DEMANDADO/S D/ña: JONATHAN MATEOS MARTÍN, FOGASA FOGASA ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
EDICTO
Dª MARIA LUISA SANCHEZ LORENZO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzga-do de lo Social nº 1 de SALAMANCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento MONITORIO 191/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª JORGE RODRIGUEZ RIVERA contra JONATHAN MATEOS MARTÍN, FOGASA sobre MONITORIO, se ha dictado la siguiente resolución:
REQUERIMIENTO
ÓRGANO JUDICIAL QUE ACUERDA EL REQUERIMIENTO JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de SALAMANCA.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA MONITORIO 0000191/2020
PERSONA A LA QUE SE REQUIERE
JONATHAN MATEOS MARTÍN, con DNI 046783159D y con domicilio en c/ De la Rosa 2, 2º A. CASTELLANOS DE MORISCOS -SALAMANCA
OBJETO DEL REQUERIMIENTO
- Pagar al trabajador la cantidad de 2.910,94 euros PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL REQUERIMIENTO - DIEZ DÍAS
PREVENCIONES LEGALES
1.- Si en el plazo de diez días no paga, ni comparece en este órgano judicial para alegar las razones de la negativa al pago, el/la Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto dando por terminado el proceso monitorio, y dará traslado al demandante para que inste el des-pacho de ejecución bastando para ello la mera solicitud, según lo previsto en el artículo 101 LJS.
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En SALAMANCA, a cuatro de junio de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JONATHAN MATEOS MARTIN, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En SALAMANCA, a veintiocho de julio de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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V. Administración de Justicia
JUZGADOSDELOSOCIALDe Valladolid núm. 2
PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000637/2019 Procedimiento origen: / ORDINARIO
DEMANDANTE/S D/ña: OSCAR SANZ ADAN
ABOGADO/A: MIGUEL ANGEL QUINTANILLA CASADO
DEMANDADO/S FOGASA ABOGACIA DEL ESTADO FOGASA, VALLADOLID, RUBEN PAREDES JIMENEZ ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA,
E D I C T O
D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZ-GADO DE LO SOCIAL NÚMERO 002 DE VALLADOLID.
HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D. OSCAR SANZ ADAN contra RUBEN PAREDES JIMENEZ, en PROCEDIMIENTO ORDINARIO 637 /2019 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a RUBEN PAREDES JIMENEZ, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 5/11/2020 a las 13.00 horas, en , para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta cir-cunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procura-dor, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a RUBEN PAREDES JIMENEZ, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.
En VALLADOLID, a veinte de agosto de dos mil veinte. EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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De Salamanca núm. 2
LEV JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000107/2020 Delito/Delito Leve: LESIONES
Denunciante/Querellante: MINISTERIO FISCAL, FUNCIONARIO PRISIONES 21699, FUNCIO-NARIO PRISIONES 88847
Procurador/a: Abogado:
Contra: YOUNES JANATI Procurador/a:
Abogado:
EDICTO
D. CARLOS ANTONIO GARCIA MARTIN, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÒN DE JUSTI-CIA, DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 002 DE SALAMANCA
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio por DELITO LEVE Nº 107/2020 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
SENTENCIA
En la ciudad de Salamanca, a diez de julio del año dos mil veinte.
Visto por el Ilmo. Sr. D. Juan Rollán García, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número 2 de los de Salamanca, en vista oral y pública, el JUICIO SOBRE DELITO LEVE número 107/2020, seguido por DELITOS LEVES DE LESIONES, habiendo comparecido en calidad de parte denunciante los funcionarios de prisiones con carnets profesionales números 21.699 y 88.847, no habiendo comparecido en calidad de parte denunciada JANATI YOUNES, en ignora-do paradero, y con intervención del representante del Ministerio Fiscal.
FALLO
Que debo absolver y absuelvo libremente a JANATI YOUNES de los delitos leves de lesio-nes por los que se ha seguido este Juicio, declarando las costas del presente procedimiento de oficio.
Notifíquese la presente Sentencia a todas las partes, ofendidos y perjudicados, así como, a los efectos del artículo 7.1 del Estatuto de la víctima del delito, a las víctimas que hayan rea-lizado la solicitud a la que se refiere el apartado m) del artículo 5.1 del Estatuto de la víctima del delito, haciéndoles saber que, conforme dispone el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, frente a ella cabe RECURSO DE APELACIÓN del que conocerá la Ilma. Audiencia Pro-vincial de Salamanca, el cual deberá interponerse por escrito ante este Juzgado, exponiendo ordenadamente las alegaciones en que se base la impugnación, en el plazo de CINCO DÍAS desde su notificación.
Así por esta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio literal a los autos, quedando archi-vado el original en el Libro correspondiente, lo pronuncio, mando y firmo.
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https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/BOP/ BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA D.L.: S 1-1958 CVE: BOP-SA-20200902-018
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a JANATI YOUNES, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en SALAMANCA a 13 de agosto de dos mil veinte.