Cód. 2014-14005
I. Principado de Asturias
O
tras
D
ispOsiciOnes
•
Consejería de eConomía y empleo
instituto de desarrollo eConómiCo del prinCipado de asturias (idepa)
ResoluCión de 31 de julio de 2014, del instituto de Desarrollo económico del Principado de Asturias, por la que se aprueba la novena convocatoria de 2014 de becas de formación en comercio exterior del iDePA para titulados universitarios.
antecedentes de hecho
la ley del principado de asturias 2/2002, de 12 de abril del instituto de desarrollo económico del principado de Asturias, en adelante IDEPA, establece como fines de esta entidad el desarrollo económico equilibrado del Principado de Asturias, así como la promoción, creación y consolidación de un tejido industrial y empresarial diversificado, moder -no y competitivo, como marco idóneo generador del incremento y la consolidación del empleo en nuestra Comunidad autónoma.
Para conseguir que las empresas asturianas incrementen y consoliden su presencia en los mercados exteriores, así como para conseguir difundir la cultura de la internacionalización, resulta necesaria la consolidación de un capital huma-no que permita el desarrollo de los procesos de internacionalización de las empresas.
Concretamente el objetivo fundamental de las becas de formación en comercio exterior del IDEPA consiste en la es -pecialización de jóvenes titulados universitarios en el ámbito del comercio internacional. en este sentido, el principado de asturias, a través del idepa ha venido convocando dichas becas para la selección de titulados universitarios con la finalidad de realizar prácticas de comercio exterior en organismos de promoción internacional.
En atención a todo lo expuesto, desde el IDEPA, se pretende convocar un año más las citadas becas, dirigidas a titu -lados universitarios, que permitan completar su capacitación en materia de promoción internacional y comercio exterior, lo que sin duda favorecerá la internacionalización de las empresas asturianas.
Fundamentos de derecho
Vista la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la citada Ley General de Subvenciones y el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, el artículo 7 de la ley del principado de asturias 2/2002, de 12 de abril, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, que establece que esta entidad en el ejercicio de sus funciones y para el cumplimiento de sus fines podrá conceder subvenciones y el artículo 19 del Decreto 23/2003, de 27 de marzo, por el que se aprueban los estatutos de organización y funcionamiento del Instituto de Desarrollo Eco -nómico, que establece que le corresponde a su Presidente aprobar las convocatorias públicas de ayudas, así como la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de régimen jurídico de la administración del principado de asturias.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, mencionados y que son de aplicación, r e s u e l v o
Primero.—aprobación.
Aprobar la Convocatoria para la concesión de becas de formación en Comercio Exterior para titulados superiores, para el ejercicio 2014.
segundo.—objeto.
la presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de becas por el idepa, en régimen de concurrencia competitiva, para la capacitación de titulados universitarios en el ámbito de la promoción internacional y en el comercio exterior.
El total de 8 becas convocadas se dividirá en dos grupos en función del idioma exigido, de manera que se convocarán 6 becas para las se requerirá tener conocimientos de nivel avanzado de inglés y 2 becas para las que se requerirá tener conocimientos de nivel avanzado de francés.
El período formativo se desarrollará en una de las oficinas integradas en la Red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el extranjero. Las actividades específicas que desarrolle el becario en éste período, serán definidas por la oficina de destino, pudiendo tratar sobre campos como:
— realización de estudios y notas de mercado
— Preparación de respuestas a consultas comerciales de empresas españolas y del país de destino — Colaboración en la realización de actividades de promoción
Cód. 2014-14005
— Colaboración en la preparación, apoyo y seguimiento de misiones comerciales
— Documentación económica y comercial sobre el país de destino y su área de influencia Tercero.—Cuantía, dotación económica, destinos y duración de las becas.
La cuantía total máxima autorizada para financiar la presente convocatoria de becas es de doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €), cuantía que ya ha sido autorizada con cargo al presupuesto del IDEPA, con fecha 25 de julio de 2014.
La cuantía total autorizada corresponde a las dotaciones brutas de las becas, que se indican más adelante, más la seguridad social a cargo del idepa y un importe para gastos de desplazamiento en la zona derivados de la realización de las actividades de formación de los becarios, que deberán ser previamente autorizados.
Las becas objeto de esta convocatoria tendrán como destino las Oficinas Económicas y Comerciales de España en el extranjero que figuran en el cuadro siguiente, con las dotaciones brutas anuales que aparecen en el mismo.
Destino Idioma Importe bruto anual
argel francés 30.000,00 €
Casablanca francés 22.000,00 €
santiago de Chile inglés 23.000,00 € México DF inglés 24.000,00 €
dubai inglés 30.000,00 €
panamá inglés 23.000,00 €
sao paulo inglés 28.000,00 €
Chicago inglés 30.000,00 €
De estas dotaciones brutas se detraerán la correspondiente retención fiscal y la cuota por cotización a la Seguridad Social aplicables según la legislación vigente.
El período de duración de las becas será de un máximo 12 meses, y la incorporación de los becarios a las Oficinas Económicas y Comerciales se producirá en el primer trimestre del año 2015.
Cuarto.—régimen regulador.
el régimen regulador de la concesión de estas subvenciones es el establecido en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y el reglamento de la ley General de subvenciones aprobado por el real decreto 887/2006, de 21 de julio, el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Sub -venciones, y las bases reguladoras aprobadas por resolución de 24 de julio de 2014, de la Consejería de economía y Empleo, para la concesión de becas de Formación en Comercio Exterior del IDEPA (BOPA n.º 180, de 4 de agosto de 2014).
Quinto.—plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de becas de Comercio Exterior en el presente ejercicio 2014, será desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de la presente resolución, hasta el 15/09/2014 incluido.
sexto.—Requisitos de los candidatos.
Los candidatos deberán reunir los requisitos indicados en la Base Reguladora segunda y además deberán: a) Haber nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1984.
b) Tener conocimientos de inglés de nivel avanzado, si optan a las 6 becas que requieren conocimientos de inglés, o bien conocimientos de francés avanzado si optan a las 2 becas que requieren conocimiento de francés. En am -bos casos se requiere un nivel B2 o superior según el marco común europeo de referencia para las lenguas. c) aportar un ordenador portátil para el desarrollo de la beca cuyas características hardware mínimas son las
siguientes:
• Procesador de 64 bits (x86) • 4 GB de memoria del sistema
• Disco duro de 120 Gb Serial ATA a 7200 r.p.m.
• DVD+/-RW SATA SuperMulti Doble Capa con LightScribe • Conexión de red Gigabit Ethernet (10/100/1000 NIC) integrada • Tecnologías inalámbricas: LAN 802.11a/b/g/N
• Puertos E/S externos: — Puertos USB 2.0 — 1 x RJ-45 • Teclado Touchpad
séptimo.—Contenido de las solicitudes.
la solicitud de beca a esta convocatoria estará compuesta por el formulario de solicitud normalizado y la documen-tación que se describe en este apartado.
Cód. 2014-14005
En el formulario de solicitud, cada solicitante deberá indicar si opta a las becas que requieren conocimientos avanza -dos de inglés, a las que requieran conocimientos avanza-dos de francés o a ambas.
1. Formulario de solicitud.
El formulario de solicitud normalizado deberá presentarse debidamente firmado por el solicitante o persona autoriza -da y totalmente cumplimentado.
2. documentación del solicitante.
a) Copia del/de los certificado/s de empadronamiento que acredite/n la residencia habitual en cualquiera de los municipios del Principado de Asturias al menos durante los dos años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
b) Copia del título universitario o, en su defecto, copia del resguardo de solicitud del mismo, y en su caso, la ho-mologación correspondiente.
c) Currículum vítae.
d) Una fotografía de tamaño carnet con el nombre y apellidos al dorso. e) Titulación que acredite el conocimiento de un segundo idioma (opcional).
f) Otra documentación que el solicitante considere de interés para la valoración de su candidatura y que no se hubiera reflejado en el formulario de solicitud (opcional).
los formularios de solicitud estarán a disposición de los interesados en las dependencias del idepa. se podrá obtener asimismo a través de internet en la dirección www.idepa.es y en www.asturias.es. también será válida una adaptación informática con idéntica estructura, paginación y contenido a la del modelo normalizado que se adjunta a la presente convocatoria en su anexo I.
a los efectos de lo previsto en el apartado 3 de la disposición adicional 18 de la ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con lo esta -blecido en el artículo 35.f) del mismo cuerpo legal y lo previsto en el artículo 6.2.b de la ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, la presentación de la solicitud por parte del beneficiario conllevará, la autorización al órgano gestor para recabar la correspondiente información a fin de verificar el requisito relativo a la identidad y fecha de nacimiento del solicitante.
el solicitante podrá denegar al idepa el consentimiento para recabar la información mencionada en el párrafo ante-rior. en este caso, el solicitante deberá aportar junto con el formulario de solicitud los documentos acreditativos de su identidad y fecha de nacimiento (ej. DNI). Su no aportación será causa para requerirle los mismos de acuerdo con lo previsto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
si de la comprobación efectuada resultase alguna discordancia con los datos facilitados por el interesado, el idepa estará facultado para realizar las actuaciones pertinentes para aclararla.
octavo.—presentación de solicitudes.
los interesados deberán dirigir su solicitud de beca a la presidencia del idepa y podrán presentar la solicitud de sub-vención vía presencial o vía electrónica:
1. vía presencial.
Deberá ser presentado el formulario de solicitud completo, según modelo normalizado, firmado por el solicitante o persona por él autorizada, y acompañado de la documentación mencionada en el apartado anterior.
Podrá presentarse en el registro del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, Parque Tecnológico de Asturias, 33428-Llanera, o por cualquiera de los medios previstos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, del 13 de enero. si en uso de este derecho, el formulario de solicitud es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que sea fechado y sellado por personal de Correos, antes de que se proceda a su certificación.
2. vía electrónica.
Deberá ser presentado el formulario de solicitud completo, según modelo normalizado, anexando la documentación mencionada en el apartado anterior y firmado electrónicamente por el solicitante o persona por él autorizada.
la presentación se realizará a través del registro telemático del idepa en la dirección www.idepa.es.
Para que sea válida la presentación de la solicitud por persona distinta del solicitante deberán aportarse los siguientes documentos:
— Documento original firmado por el solicitante en el que autoriza expresamente la presentación de la solicitud a la persona autorizada.
— Copia del dni del solicitante.
— Copia del dni de la persona autorizada para presentar la solicitud.
la presentación de la solicitud por el candidato implica el conocimiento y aceptación plena y sin reservas de las bases reguladoras y de la presente convocatoria.
Cód. 2014-14005
noveno.—subsanación y mejora de la solicitud.
1. Recibida la solicitud de beca en el IDEPA, el órgano competente para instruir el expediente comprobará y veri -ficará que se halla debidamente cumplimentada y documentada de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras y la presente convocatoria.
2. Una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes, el IDEPA publicará las listas provisionales de admitidos, rechazados y pendientes de subsanación, que se podrán consultar en el tablón de anuncios del IDEPA (Parque tecnológico de asturias Cp 33428, llanera) y en la dirección www.idepa.es.
3. Si una solicitud apareciera como pendiente de subsanación, el interesado dispondrá de un plazo máximo e im -prorrogable de diez días hábiles para presentar los documentos exigidos, con apercibimiento de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en su petición.
4. Una vez trascurridos los diez días, tras examinar las solicitudes presentadas y en su caso subsanadas, se hará pública en el tablón de anuncios del IDEPA y en la dirección www.idepa.es la lista definitiva de aquéllas que re -sulten admitidas y excluidas para realizar las pruebas del proceso de selección. Asimismo, se publicará el lugar, fecha y hora de inicio de dichas pruebas.
Décimo.—instrucción y evaluación.
1. Para llevar a cabo el proceso de selección se formará una Comisión de Evaluación, que valorará las solicitudes admitidas, los resultados de las diferentes pruebas que integran el proceso de selección, y formulará la perti -nente propuesta de resolución, efectuada conforme a los criterios establecidos en las bases y en la presente convocatoria.
2. la Comisión de evaluación estará compuesta por los siguientes miembros: presidencia:
— La persona titular de la Dirección General del IDEPA o persona en quien delegue. vocales:
— la persona titular de la dirección territorial de Comercio o de la delegación del iCeX de asturias o persona en quien delegue.
— La persona titular de la Dirección General de ASTUREX o persona en quien delegue.
— dos representantes del idepa, designados al efecto por la dirección General de esta entidad. secretaría:
— persona del idepa, con formación técnico jurídica, designada al efecto por la dirección General de esta entidad.
La presidencia de la Comisión podrá recabar la colaboración de expertos externos cuya asistencia técnica se considere necesaria o de interés para la realización de las pruebas y la posterior evaluación de los candidatos, que asistirán a las reuniones con voz pero sin voto.
Le corresponde a la Comisión de Evaluación fijar las pautas de actuación y aclarar cuantas dudas se susciten acerca de la interpretación de las bases y de presente convocatoria.
la relación nominal de los miembros de la Comisión de evaluación se publicará en el tablón de anuncios de idepa al inicio del proceso de selección. esta información también estará disponible en la dirección www.idepa.es
Decimoprimero.—proceso de selección y criterios de valoración.
Los candidatos deberán identificarse para la realización de todas las pruebas del proceso de selección mediante el DNI, pasaporte o permiso de conducir, en vigor. Los candidatos que no presenten ninguno de estos documentos queda -rán excluidos del proceso.
Las pruebas que compondrán el proceso de selección, así como los criterios de valoración y la puntuación de las mis -mas, serán las que se indican a continuación:
Primera parte:
— prueba 1: test psicotécnico.
prueba obligatoria de carácter eliminatorio. Consistirá en una serie de ejercicios de habilidad numérica, capaci-dad lógica y comprensión verbal del castellano. Se calificará de 0 a 100 puntos y será necesario que el candidato obtenga un mínimo de 50 puntos. Tendrá una ponderación de un 35% en la nota final de esta primera parte. — prueba 2: test de personalidad.
prueba obligatoria de carácter no eliminatorio. Consistirá en la realización de una o varias baterías de test de madurez, motivación e iniciativa y que servirán de apoyo en la entrevista. Esta prueba no es puntuable. — prueba 3: idioma escrito.
El candidato deberá superar una prueba de inglés y/o de francés según el requerimiento de idioma de la beca que haya solicitado. Estas pruebas de idioma escrito serán obligatorias y de carácter eliminatorio.
Las pruebas de idioma escrito consistirán en una serie de preguntas y/o redacciones en el idioma requerido. El nivel requerido para superar cada prueba, será el equivalente al nivel B2 o superior según el marco común europeo de referencia para las lenguas.
Cód. 2014-14005
Se calificarán de 0 a 100 puntos, siendo la puntuación mínima exigida de 50 puntos. Tendrán una ponderación de un 40% en la nota final de esta primera parte.
— prueba 4: entrevista.
Sólo pasarán a la entrevista un máximo de 32 candidatos, que se seleccionarán en función de los resultados obtenidos en las pruebas anteriores:
• Para las becas con requerimiento de idioma inglés, se seleccionarán los 24 candidatos que hayan obtenido en las pruebas anteriores mayor puntuación para la nota final de esta parte de acuerdo con las pondera -ciones arriba señaladas.
• Para las becas con requerimiento de idioma francés, se seleccionarán los 8 candidatos que hayan obtenido en las pruebas anteriores mayor puntuación para la nota final de esta parte de acuerdo con las pondera -ciones arriba señaladas.
En el caso de que algún candidato estuviera en los dos grupos anteriores, la relación de candidatos que accede a la entrevista se completaría hasta llegar a los 32 incorporando a los siguientes con mayor puntuación de las becas con requerimiento de idioma francés.
la entrevista es una prueba obligatoria de carácter eliminatorio. en ella se valorará la madurez, motivación e iniciativa del candidato. Esta prueba se calificará de 0 a 100 puntos y será necesario un mínimo de 50 puntos para no ser excluido del proceso de selección. La ponderación de esta prueba en la nota final de la primera parte será del 25%.
La puntuación final de la primera parte del proceso de selección resultará de la suma de las puntuaciones obtenidas en las pruebas que la componen, de acuerdo con las ponderaciones arriba señaladas.
El paso a la segunda parte estará limitado a un total de 16 candidatos: los 12 que hayan obtenido mayor puntuación en la primera parte del proceso para las becas con requerimiento de idioma inglés y los 4 que hayan obtenido mayor puntuación en la primera parte del proceso para las becas con requerimiento de francés.
En el caso de que algún candidato estuviera en los dos grupos anteriores, la relación de candidatos que accede a la segunda parte se completaría hasta llegar a los 16 incorporando a los siguientes con mayor puntuación de las becas con requerimiento de idioma francés.
Publicada la puntación final de la primera parte, los 16 candidatos seleccionados dispondrán de dos días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la lista para aceptar o rechazar su continuidad en el proceso. en el caso de que alguno de los candidatos rechazase continuar, se propondrá el paso a la segunda parte al siguiente can -didato por orden de puntuación de la lista que corresponda.
Concluida esta etapa de aceptación o rechazo se publicarán las listas definitivas de los candidatos que pasan a la segunda parte, así como la fecha de celebración de las siguientes pruebas.
segunda parte.
— Prueba 1: Curso de Comercio Exterior.
Consiste en la realización de un Curso de Comercio Exterior. Esta prueba es obligatoria y de carácter elimina -torio. el curso se realizará en formato telemático y tendrá una duración mínima de 100 horas. los candidatos harán exámenes sobre cada una de las materias del curso. La puntuación mínima exigida para superar el curso será de 50 puntos sobre 100. Esta prueba tendrá una ponderación del 80% en la nota final.
— prueba 2: idioma oral.
Prueba obligatoria de carácter eliminatorio que consistirá en una conversación con el examinador en el idioma elegido. El nivel requerido para superar la prueba oral, al igual que en la escrita, será el equivalente al nivel B2 o superior según el marco común europeo de referencia para las lenguas. Esta prueba se calificará de 0 a 100 puntos y será necesario que el candidato obtenga un mínimo de 50 puntos. La ponderación de esta prueba en la nota final será del 15%.
se valorarán conocimientos adicionales de un segundo idioma relacionado directamente con los destinos de las becas. el segundo idioma se valorará en base a la documentación presentada por los candidatos en el momento de la solici-tud. La valoración será de hasta un máximo de 5 puntos en la nota total de la segunda parte según la siguiente tabla:
• Certificado nivel A2 o nivel básico de la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente: 2 puntos. • Certificado nivel B1 o nivel intermedio de la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente: 3 puntos. • Certificado B2 o superior, o nivel avanzado de la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente: 5 puntos.
La puntuación final de la segunda parte del proceso de selección resultará de la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos pruebas que la componen, de acuerdo con las ponderaciones arriba señaladas, más los puntos obtenidos por acreditación de conocimientos del segundo idioma.
Las notas de la segunda parte del proceso, que tendrán los efectos de nota final del proceso de selección, serán publicadas diferenciándose entre los candidatos que concurren a las becas con idioma inglés y los que concurren a las becas de francés.
la Comisión de evaluación, una vez concluidas las pruebas del proceso de selección, publicará la propuesta de adjudica-ción de las becas y asignaadjudica-ción de destinos de las mismas, así como una lista provisional de suplentes, teniendo en cuenta:
• La nota final obtenida por los candidatos en el proceso de selección.
Cód. 2014-14005
todas las comunicaciones de la Comisión de evaluación, como las listas con los resultados de cada una de las pruebas que forman parte del proceso de selección, las listas provisionales y definitivas de candidatos que acceden a la segunda parte, la propuesta de adjudicación de las becas y asignación de destinos de las mismas, así como cuantos actos con-sidere necesario dictar la Comisión de evaluación, se publicarán en el tablón de anuncios del idepa y en la dirección www.idepa.es
Decimosegundo.—aceptación de la beca.
la aceptación de la beca deberá realizarse en el período de 2 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la propuesta de adjudicación de las becas y asignación de destinos, mediante la presentación de un do-cumento escrito, firmado por el beneficiario de la beca, en el que se compromete a aceptar y cumplir las obligaciones establecidas en las correspondientes bases, en la presente convocatoria y en la resolución de concesión de la beca, así como en el resto de normativa que resulte de aplicación.
El documento de aceptación debería ir acompañando de:
1. original del título universitario, o en su defecto, original del resguardo de solicitud del mismo y en su caso, la homologación correspondiente.
2. Certificado médico extendido en el impreso editado por el Consejo General del Colegios Oficiales de Médicos de España que acredite de forma literal “No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones de la beca”.
3. Declaración de renuncia expresa a cualquier beca o ayuda que el beneficiario estuviese disfrutando o que hu -biese solicitado.
4. Original de la titulación que acredite el conocimiento del segundo idioma.
5. Original del/de los certificado/s de empadronamiento que acredite/n la residencia habitual en cualquiera de los municipios del Principado de Asturias al menos durante los dos años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
La no remisión en el plazo señalado de los documentos requeridos, se considerará una renuncia a la beca, por lo que ésta se concederá al candidato de lista definitiva de suplentes que corresponda según el orden de puntuación obtenido.
transcurrido el plazo para aceptar o rechazar la beca, la Comisión de evaluación se reunirá para el estudio de cual-quier incidencia habida en ese plazo y elevará a la Presidencia del IDEPA la lista definitiva de candidatos y destinos, así como una lista definitiva de suplentes, que se publicarán en el tablón de anuncios y en la dirección www.idepa.es
Decimotercero.—resolución.
1. la resolución de adjudicación de la presente convocatoria las becas, será dictada por la presidencia del insti-tuto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha límite fijada en la presente convocatoria para la presentación de solicitudes. si transcurrido dicho plazo no se hubiese dictado resolución, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud, por silencio administrativo.
2. La Resolución, en un acto único, se pronunciará sobre la totalidad de las solicitudes presentadas en la presente convocatoria, estableciendo la relación de candidatos seleccionados como becarios, con indicación del destino e importe asignado a cada uno de ellos, así como, y siempre que sea posible, una relación de suplentes, que siguiendo el orden de puntuación obtenida, sustituirán a los titulares en el caso de que alguno de éstos renun -ciara a la beca adjudicada.
3. la resolución será publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, surtiendo los efectos propios de la notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 59, apartado 6, párrafo b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi -nistrativo Común, pudiendo asimismo consultar el texto íntegro en la dirección www.idepa.es.
4. atendiendo a la propuesta de concesión de la Comisión de evaluación, la presidencia del idepa podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas.
5. asimismo, la presidencia del idepa también se reserva el derecho a cancelar alguna de las becas convocadas en el caso de ausencia de candidatos con la capacitación requerida o por otras circunstancias no previstas en las bases reguladoras.
6. Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer, por los interesados, recurso con -tencioso-administrativo ante la sala de lo Con-tencioso-administrativo del tribunal superior de justicia del prin-cipado de asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de la previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la ley del principado de asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la administración, y en el artículo 116 de la ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en caso de que se interponga éste.
llanera, 31 de julio de 2014.—el presidente del instituto de desarrollo económico del principado de asturias.—Cód. 2014-14005.
Cód. 2014-14005
FORMULARIO DE SOLICITUD
1/4
Don/Doña dni
Vista la convocatoria pública para 2014 de becas de formación en comercio exterior SOLICITA:
Beca con requerimiento de idioma inglés (6 becas)
Beca con requerimiento de idioma francés (2 becas)
APORTA los documentos que a continuación se indican (marcar con una X): Formulario de solicitud en modelo normalizado
Certificado/s de empadronamiento que certifiquen que el solicitante ha estado empadronado en cualquiera de los municipios del principado de asturias al menos
durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria (copia)
título universitario o, en su defecto, copia del resguardo de solicitud del mismo, y en su caso, la homologación correspondiente (copia)
Currículum vitae
Una fotografía reciente de tamaño carnet con el nombre y apellidos al dorso
Titulación que acredite el conocimiento del segundo idioma (Opcional)
Otra documentación que el solicitante considere de interés para la valoración de su candidatura y que no se hubiera reflejado en el formulario de solicitud (Opcional)
en , a de de 2014
Firma del solicitante o persona autorizada
Cód. 2014-14005
FORMULARIO DE SOLICITUD
2/4 1. DATOS PERSONALES nombre apellidosdni lugar de nacimiento
nacionalidad Fecha de nacimiento edad domicilio a efectos de notificaciones dirección:
C.p.: municipio:
teléfono/s de contacto a efectos de notificaciones móvil: Fijo: e-mail a efectos de notificaciones
municipios de empadronamiento en asturias y fechas
durante los 2 años anteriores a la fecha de publicación
de esta convocatoria
municipio: desde: hasta: municipio: desde: hasta: municipio: desde: hasta:
2. ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
titulaCión universitaria de Grado
superior universidad FeCHa eXpediCión del título
el solicitante AUTORIZA al IDEPA para recabar la información necesaria a fin de verificar los requisitos
relativos a su identidad y fecha de nacimiento
NO AUTORIZAal IDEPA para SOLICITAR la información anteriormente reseñada, en cuyo caso, debe aportar documentos acreditativos al respecto (DNI, Pasaporte o Carnet de conducir vigente)
Cód. 2014-14005
FORMULARIO DE SOLICITUD
3/4 3. DECLARACIÓN RESPONSABLE d./dª , con dni DECLARA:¾ Que son ciertos y completos cuantos datos figuran en la presente solicitud así como toda la
documentación que presenta
¾ Que da su consentimiento para que los datos personales que figuran en el presente documento
puedan integrarse en la base de datos del instituto de desarrollo económico del principado de asturias y ser utilizados por éste para los fines previstos en su ordenamiento jurídico, de conformidad con la dispuesto en la ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal
¾ Que no está incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de la
beca, según lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y cumple los requisitos para acceder a la condición de beneficiario de estas ayudas
¾ Que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social
¾ Estar en posesión de todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria de
becas de formación en comercio exterior del IDEPA, según establece la Resolución de 24 de julio de 2014, publicada en el BOPA de 4 de agosto de 2014 y en la presente convocatoria
¾ Que se compromete a cumplir las condiciones que se especifican en la normativa aplicable, la cual
conoce en su integridad
¾ Que no ha sido beneficiario de una beca de formación en comercio exterior de contenido similar a la
convocada por el idepa
¾ Que se compromete a aportar un ordenador portátil de las características indicadas en la
convocatoria para el desempeño de la beca
Y para que conste, y a efectos de su presentación en el instituto de desarrollo económico del principado de asturias, firmo la presente declaración,
en a de de 2014
Cód. 2014-14005
FORMULARIO DE SOLICITUD
4/4
DOCUMENTO DE AUTORIZACION PARA PRESENTAR LA SOLICITUD
DE BECA POR PERSONA DISTINTA DEL SOLICITANTE
nombre apellidos dni
AUTORIZA expresamente a presentar en su nombre la solicitud para participar en esta convocatoria de
becas de formación en comercio exterior para titulados universitarios del IDEPA, a:
nombre apellidos dni
Con esta autorización deben de aportarse los siguientes documentos: - Fotocopia del d.n.i. del solicitante
- Fotocopia del d.n.i. de la persona autorizada para presentar la solicitud
en , a de de 2014