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PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO EL CARRIZO INDUSTRIAL

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(1)

PLAN PARCIAL DE

DESARROLLO

URBANO

“EL CARRIZO

INDUSTRIAL”

TALA, JALISCO.

DOCUMENTO TECNICO MAYO DE 2014

(2)

CONTENIDO:

I. ANTECEDENTES

DATOS GENERALES DEL PROYECTO.

II. MARCO LEGAL

Jurídico Planeación

III. DISPOSICIONES GENERALES

IV. DE LAS POLITICAS Y OBJETIVOS DEL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO.

V. ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO

VI. OBEJTIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS VII. LOCALIZACION

AREA DE ESTUDIO

VIII. ANALISIS Y SINTESIS DE LOS ELEMENTOS CONDICIONANTES PARA LA URBANIZACION

IX NORMAS Y CRITERIOS TECNICOS APLICABLES

COMPATIBILIDAD DE USOS DE SUELO CRITERIOS DE INGENIERIA URBANA

X MEMORIAS DESCRIPTIVAS DEL PROYECTO

XI. ESTRUCTURA URBANA

XII OBRAS MINIMAS DE URBANIZACION XIII. ANEXO GRAFICO

Clave D-1 Plano de área de estudio y área de aplicación Clave D-2 Plano de Síntesis medio físico natural.

Clave D-2a Plano de Síntesis medio físico natural a.

Clave D-3 Plano de Estructura Urbana y Tenencia del suelo. Clave E-1 Plano de Clasificación de Áreas

Clave E-2 Plano de Zonificación Secundaria Clave E-2a Plano de Zonificación especifica Clave E-3 Plano de Estructura Urbana. Clave E-4 Plano de Criterios de Ingeniería XIV. TRANSITORIOA

XV. ANEXO DOCUMENTACION LEGA

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I. ANTECEDENTES:

TITULO DE PROPIEDAD N°000000009781

QUE SE EXPIDE POR INSTRUCCIONES DEL C. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; CON FUNDAMENTOS EN LOS ARTICULOS 27 FRACCION VII DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 81, 82 Y DEMAS RELATIVOS DE LA LEY AGRARIA, ASI COMO EN EL REGLAMENTO IINTERIOR DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL; QUE AMPARA LA PARCELA N° 851Z1P4/4 DEL EJIDO TALA MUNICIPIO DE TALA ESTADO DE JALISCO CON UNA SUPERFICIE DE 7-51-69.34 SIETE HECTAREAS, CINCUENTA Y UN AREAS Y

NUEVE PUNTO TREINTA Y CUATROS CENTIAREAS.

QUE CUENTA CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS:

NOROESTE 202.82 MTS. CON PARCELA 846

SURESTE 301.52 MTS. CON PARCELA 857 Y 68.52 MTS. CON BRECHA SUROESTE 202.88 MTS CON BRECHA

NOROESTE 182.75 MTS CON PARCELA 850 Y 188.56 MTS CON PARCELA 845.

PLANO INTERNO INSCRITO BAJO CLAVE UNICA CATASTRAL F13D64J001A8 A FAVOR DE VARGAS HERNANDEZ LUIS, NACIDO EL 21/JUNIO/1939 EN TALA, JALISCO. ESTADO CIVIL SOLTERO DE OCUPACION AGRICULTOR CON DOMICILIO EN JESUS

CARRANZA #54, TALA, JAL. DE CONFORMIDAD CON ACTA DE ASAMBLEA DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2004. EN CONSECUENCIA SE CANCELA LA INSCRIPCION

QUE OBRA EN EL FOLIO 14FD00081242, EN DONDE CONSTA LA EXPEDICION DEL CORRESPONDIENTE CERTIFCADO PARCELARIO.

GUADALAJARA, JAL. A 16 MAYO DE 2013

El Sr. Luis Vargas Hernández otorga un poder para que el C. Guillermo Watanabe Villaseñor tramite ante el Honorable Ayuntamiento de Tala Jalisco el cambio de Uso de suelo esto es, de suelo Agrícola y área de transición a Uso Industria media con una reserva Urbana a Corto plazo. Y para que se APRUEBE que se modifique el trazo de la vialidad Regional que colinda con su Predio.

PROMOVENTE DEL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO:

PROMOVENTE: Watanabe Villaseñor Guillermo EDAD: 32

SEXO: H

DOMICILIO: C. Paseo Vista del Valle N 8. Col Puerta del Valle 45136, Zapopan Jalisco. CON IDENTIFICACION FOLIO: 0000119319177

AÑO DE REGISTRO: 1999

CLAVE DE ELECTOR: WTVLGL80072914H300 CURP: WAVG800729HJCTLL06

ESTADO: 14 MUNICIPIO: 120 LOCALIDAD: 001 SECCION: 3065 EMISION: 2013 VIGENCIA HASTA: 2023 NUMERO DE IFE: 3065087120095

WAVG800729KX4

Registro Federal de Contribuyentes GUILLERMO WATANABE

VILLASEÑOR

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idCIF: 14050953770

RFC: WAVG800729KX4

CURP: WAVG800729HJCTLL06 Apellido Paterno: WATANABE Apellido Materno: VILLASEÑOR Nombre: GUILLERMO

Fecha inicio de operaciones: 22 DE MAYO DE 2000

Fecha de último cambio de estado: 27 DE DICIEMBRE DE 2013 Tipo de Vialidad: CALLE Vialidad: TOLTECAS

Núm. Exterior: 3275 Núm. Int:

Entre calle: AZTECAS y calle: LACANDONES Colonia: MONRAZ Municipio: GUADALAJARA

Localidad: OTRA NO ESPECIFICADA EN EL CATALOGO Entidad Federativa: JALISCO Tel. Fijo Lada: 33 Número: 18170323

C.P.:44670

Correo Electrónico: [email protected]

Mexicano, Casado por bienes Separados. De profesión Empresario.

Interesado en generar fuentes de empleo a través de la promoción de proyectos para Industria ligera y media en terrenos con clasificación y zonificación de Uso de Suelo Industria todos conforme a la planeación del centro de Población, legislación vigente y aprobación del H. Ayuntamiento Constitucional.

En este sentido el presente PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO “EL CARRIZO

INDUSTRIAL”, pretende contribuir a desarrollar en forma legal y ordenada espacios de USO

INDUSTRIAL para promover el emplazamiento de industrias que generen fuentes de empleo.

DATOS GENERALES DEL PROYECTO:

I.I Enunciado del Plan: PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO “EL CARRIZO

INDUSTRIAL”.

I.I.2 Tipo de acción Urbanística a desarrollar: PRIVADA I.I.3 Uso Propuesto: INDUSTRIA MEDIA.

I.I.4 Giro específico: FABRICA DE SALSAS.

I.I.5 Localización: El predio donde se aplica el presente Plan, se ubica en el extremo

norponiente del centro de población de Tala, Jalisco.

I.I.6 Superficie:

I.I.6.I Superficie del terreno: 07-51-69.340 Has. Superficie total: 07-51-69.340 Has. I.I.6.2 Áreas de Restricción: NO EXISTEN. I.I.6.3 Superficie neta: 07-51-69.340 Has.

I.I.7 Propiedad: VARGAS HERNANDEZ LUIS.

I.I.8 Promovente: GUILLERMO WATANABE VILLASEÑOR.

I.I.9 Perito Responsable de la elaboración del presente Documento: Arq. ANA VERONICA VEGA PADILLA. Cédula profesional 3145459. D.R.O. DGDUTALA0025-14 del H.

(5)

II.

MARCO LEGAL

a.-Marco Jurídico:

Considerando:

Primero: Que por mandato del artículo 27, tercer párrafo, artículo 73, fracción XXIX-C, y

artículo 115 fracciones II, III, V y VI de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, que se reitera en el artículo 80 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, es atribución y responsabilidad de los Ayuntamientos formular, aprobar y administrar

la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, para cumplir los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; facultades que se reglamentan en las disposiciones de los artículos 9 y 35 de la

Ley General de Asentamientos Humanos; en el artículo 37 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal; y en particular por las disposiciones contenidas en el Código Urbano para el Estado de Jalisco.

Segundo: El H. Ayuntamiento de Tala, Jal., en apego a lo dispuesto por los artículos 120,

121, 122, 123, 124 y 125 del Código Urbano para el Estado de Jalisco, autoriza la zonificación específica y las determinaciones precisando los usos destinos y reservas de áreas y predios para una área del Centro de Población Tala, que permita regular y controlar el desarrollo urbano, aplicando las prioridades, criterios técnicos, directrices y políticas de inversión pública, a través del Plan Parcial de Desarrollo Urbano “ EL CARRIZO

INDUSTRIAL”Municipio de Tala Jalisco.

Tercero: Que el Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO INDUSTRIAL” es

congruente con las acciones previstas en el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de Centro de Población Tala Jal. Aprobado por el H. Ayuntamiento de Tala con fundamento en el artículo 10, fracción I, III, y IV del Código Urbano para el Estado de Jalisco el día __ del mes de

___año 2014.

Cuarto: Que a efecto de promover un ordenamiento integral del centro de población Tala,

que garantice la preservación de las áreas no urbanizables por sus características físicas, hidrológicas, recursos naturales y productividad agrícola, en congruencia con las actividades en los asentamientos humanos, Que observando las disposiciones del artículo 123, fracciones II, III y IV, del Código Urbano para el Estado de Jalisco, se verificó la consulta pública del proyecto del Plan Parcial de Desarrollo Urbano “ EL CARRIZO INDUSTRIAL”,integrándose al mismo las observaciones, peticiones y recomendaciones consideradas procedentes,

Quinto: Que mediante el decreto No. 22273/LVIII/08, publicado el 27 de Septiembre de 2008,

en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, se expide el Código Urbano para el Estado de Jalisco, entrando en vigor el 01 de Enero de 2009.

En sus artículos 78 fracción III inciso b), 120º, 121, 122, 123, 124 y 129, se precisa la denominación “Plan Parcial de Desarrollo Urbano” a los planes parciales que se expidan con el objeto de normar las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento previstos en los programas y planes de desarrollo urbano aplicables al centro de población.

Para dar cumplimiento al mandato del párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en el artículo 115 fracciones II,

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III, V y VI de la misma ley que indica las atribuciones que otorga al Municipio y su Ayuntamiento en materia de Asentamientos Humanos, lo cual se ratifica en el artículo 80º de la Constitución Política para el Estado de Jalisco; conforme al Artículo 37 de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y en particular en materia de ordenamiento y regulación de los centros de población, en ejercicio de las facultades definidas en los artículos 9 y 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos y en los artículos 10, 11 y 123 del Código Urbano para el Estado de Jalisco; en sesión de fecha ____ de ________ 2014, el Ayuntamiento de Tala expide el:

Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO INDUSTRIAL”

Municipio de Tala del Estado de Jalisco

TITULO III

Disposiciones Generales

Artículo 1.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO INDUSTRIAL”, define:

I. Las normas de control del aprovechamiento o utilización del suelo en las áreas y predios

que lo integran y delimitan; y

II. Las normas aplicables a la acción urbanística, a fin de regular y controlar las acciones de

conservación, mejoramiento y crecimiento que se proyecten y realicen en el mismo.

Artículo 2.- Las normas de ordenamiento y regulación que se integran en el Plan Parcial de

Desarrollo Urbano “EL CARRIZO INDUSTRIAL”, son de orden público e interés social. Se expiden para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Código Urbano para el Estado de Jalisco

Artículo 3.- Para los efectos del presente Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO

INDUSTRIAL”, se entiende por:

I. Ayuntamiento: El Ayuntamiento Constitucional de Tala Jalisco. II. Municipio: El Municipio de Tala Jalisco;

III. Presidente: El Presidente Municipal de Tala Jalisco.

IV. Secretaría: La Secretaría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco;

V. Dependencia Municipal: La dependencia o dependencias técnicas y

administrativas señaladas por el Ayuntamiento conforme al Reglamento de la Administración Pública Municipal, competentes para elaborar, evaluar y revisar los planes y programas de desarrollo urbano municipales; para autorizar, acordar, expedir y certificar los actos administrativos en materia de urbanización y edificación; así como para realizar las notificaciones, verificaciones, inspecciones y cualquier acto procedimental y ejecutivo en dicha materia.

VI. Ley General: La Ley General de Asentamientos Humanos; VII. Código: El Código Urbano para el Estado de Jalisco;

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VIII. Ley de Gobierno: La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal

del Estado de Jalisco;

IX. Reglamento o Reglamento Municipal: El Reglamento Estatal de

Zonificación del Estado de Jalisco.

X. Programa: El Programa Municipal de Desarrollo Urbano;

XI. Zona o Distrito Urbano: La unidad territorial del Plan de Desarrollo Urbano

“EL CARRIZO INDUSTRIAL” comprendida dentro del municipio de Tala Jal.

XII. Plan Parcial: El Plan Parcial de Desarrollo Urbano “ EL CARRIZO

INDUSTRIAL”,

XIII. Documento del Plan Parcial: El conjunto de documentos y lineamientos que

integran la información, conclusiones, recomendaciones y propuestas, relativas a los elementos del medio físico natural y transformado, así como los aspectos socioeconómicos y jurídicos, que constituyen las bases reales de la planeación, programación, ordenamiento y regulación para el desarrollo ecológico y urbanístico del área de estudio, objeto del presente Plan Parcial;

XIV. Anexo gráfico: el conjunto de planos impresos y/o en archivos digitalizados,

que forman parte de este Plan Parcial;

XV. Plano de Zonificación E-2: plano impreso que integra el anexo gráfico del

presente Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO INDUSTRIAL”

XVI. Desarrollo Urbano: El proceso de planeación y regulación de la fundación,

conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población;

XVII. Desarrollo Urbano Sustentable: Política pública que implica elaborar

indicadores de sustentabilidad para el ecosistema urbano, a partir del ordenamiento ecológico territorial; con énfasis en la fisonomía cultural de la población y el potencial social de cada región, desarrollando programas de convención ambiental urbana, crecimiento ordenado y fundación de centros de población o asentamientos humanos;

XVIII. Urbanización: es el proceso técnico para lograr a través de la acción material

y de manera ordenada, la adecuación de los espacios que el ser humano y su comunidad requieren para su asentamiento.

XIX. Conservación: Conjunto de acciones tendientes a mantener el equilibrio

productivo de los ecosistemas y preservar el buen estado de la infraestructura, equipamiento, vivienda y servicios urbanos de los centros de población, incluyendo sus valores históricos y culturales.

XX. Mejoramiento: La acción dirigida a reordenar y renovar las zonas

deterioradas o de incipiente desarrollo del territorio estatal o de un centro de población; así como la regularización de los asentamientos humanos;

XXI. Crecimiento: la planeación, regulación o acciones específicas, tendientes a

ordenar la expansión física de los centros de población;

XXII. Renovación urbana: La transformación o mejoramiento de las áreas de los

centros de población, mediante la ejecución de obras materiales para el saneamiento y reposición de sus elementos de dominio público, pudiendo implicar un cambio en las relaciones de propiedad y tenencia del suelo, así como la modificación de usos y destinos de predios o fincas;

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XXIII. Reutilización de espacios: es el cambio o modificación de la modalidad de

usos, así como en las matrices de utilización de suelo en los espacios ya edificados, cuya condicionalidad de funcionamiento esta normado por una reglamentación especial.

XXIV. Destinos: Los fines públicos a que se prevea dedicar determinadas zonas o

predios de un centro de población.

XXV. Usos: Los fines particulares a que podrán dedicarse determinadas zonas,

áreas y predios de un centro de población; en conjunción con los destinos determinan la utilización del suelo;

XXVI. Reservas: Las áreas constituidas con predios rústicos de un centro de

población, que serán utilizadas para su crecimiento.

XXVII. Determinaciones: Las determinaciones de usos, destinos y reservas, que

son los actos de derecho público que corresponde autorizar a los ayuntamientos, conforme a lo dispuesto en los planes y programas de desarrollo urbano, a fin de establecer zonas, clasificar las áreas y predios de un centro de población y precisar los usos permitidos, prohibidos y condicionados, así como sus normas de utilización, a las cuales se sujetarán el aprovechamiento público, privado y social de los mismos;

XXVIII. Acción Urbanística: La urbanización del suelo; los cambios de uso, las

fusiones, subdivisiones y fraccionamientos de áreas y predios para el asentamiento humano; el desarrollo de conjuntos urbanos o habitacionales; la rehabilitación de fincas y zonas urbanas; así como la introducción, conservación o mejoramiento de las redes públicas de infraestructura y la edificación del equipamiento urbano;

XXIX. Suelo urbanizable: aquel cuyas características lo hacen susceptible de

aprovechamiento en el crecimiento o reutilización del suelo del Centro de Población, sin detrimento del equilibrio ecológico, por lo que se señalará para establecer las correspondientes reservas urbanas o áreas de renovación urbana.

XXX. Suelo no-urbanizable: Aquel cuyas características de valor ambiental,

paisajístico, cultural, científico, régimen de dominio público, o riesgos que representa, no es susceptible de aprovechamiento en la fundación o crecimiento de los asentamientos humanos;

XXXI. Suelo urbanizado: aquel donde habiéndose ejecutado las obras de

urbanización cuenta con su incorporación o reincorporación municipal.

XXXII. Equipamiento urbano: El conjunto de inmuebles, construcciones,

instalaciones y mobiliario, utilizados para prestar a la población los servicios urbanos y desarrollar las actividades económicas. Considerando su cobertura se clasificarán en regional, central, distrital, barrial y vecinal.

XXXIII. Obras de infraestructura básica: Las redes generales que permiten

suministrar en las distintas unidades territoriales y áreas que integran el centro de población, los servicios públicos de vialidad primaria municipal, agua potable, alcantarillado, drenaje, energéticos y telecomunicaciones;

XXXIV. Subdivisión: La partición de un predio en dos o más fracciones, para su

utilización independiente;

XXXV. Relotificación: El cambio en la distribución o dimensiones de los lotes en un

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XXXVI. Zonificación: la determinación de las áreas que integran y delimitan un

centro de población, sus aprovechamientos predominantes y las reservas, usos y destinos, así como la delimitación de las áreas de conservación, mejoramiento y crecimiento del mismo;

XXXVII. Zonificación Secundaria: es la determinación o utilización particular del

suelo y sus aprovechamientos de áreas y predios comprendidos en el subdistrito urbano objeto de ordenamiento y regulación de este Plan Parcial, complementándose con sus respectivas normas de control especificadas en las matrices de utilización del suelo;

XXXVIII. Zona: El predio o conjunto de predios que se tipifica, clasifica y delimita en

función de la similitud o compatibilidad de las actividades a desempeñar, con una utilización del suelo predominante;

XXXIX. Zona mixta: Mezcla de los diferentes usos y actividades que pueden coexistir

desarrollando funciones complementarias o compatibles y se generan a través de la zonificación;

XL. Zona con características especiales: Son todas las zonas que por sus

disposiciones generales de utilización del suelo o por su reglamentación específica, difiere de las que establece el Reglamento;

XLI. Reglamentación específica: Es la reglamentación que se establece en el

plan parcial para una zona con características especiales, esto en función de las particularidades de la zona según sus características;

XLII. Uso o destino predominante: El o los usos o destinos que caracterizan de

una manera principal una zona, siendo plenamente permitida su ubicación en la zona señalada;

XLIII. Uso o destino compatible: El o los usos que desarrollan funciones que

pueden coexistir con los usos predominantes de la zona, siendo también plenamente permitida su ubicación en la zona señalada;

XLIV. Uso o destino condicionado: El o los usos que desarrollan funciones

complementarias dentro de una zona estando sujetos para su aprobación o permanencia, al cumplimiento de determinadas condiciones establecidas previamente o bien a la presentación de un estudio detallado que demuestre que no causan impactos negativos al entorno;

XLV. Densidad de la edificación: el conjunto de características físicas referentes

al volumen, tamaño y conformación exterior, que debe reunir la edificación en un lote determinado, para un uso permitido. La reglamentación de la densidad de la edificación, determina el máximo aprovechamiento que se puede dar en un lote sin afectar las condiciones de la zona donde se encuentra ubicado;

XLVI. Superficie edificable: el área de un lote o predio que puede ser ocupada por

la edificación y corresponde a la proyección horizontal de la misma, excluyendo los salientes de los techos, cuando son permitidos. Por lo general, la superficie edificable coincide con el área de desplante;

XLVII. Matriz de Utilización del Suelo: es el resumen de las normas técnicas para

el ordenamiento y diseño de la ciudad, establecidas en los planes parciales, determinando el aprovechamiento de fincas y predios urbanos, y que aparecen en Plano de Zonificación E-2, y que contiene en el orden siguiente, de izquierda a derecha y de arriba a abajo la siguiente información:

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1. Uso del suelo: los fines particulares a que podrán dedicarse determinadas zonas o predios de un centro de población; expresando además su densidad o intensidad.

2. Superficie mínima de lote: se indica como una superficie mínima de mil doscientos metros cuadrados.

3. Superficie máxima de lote: no se especifica.

4. Frente mínimo de lote: se indica un frente mínimo de veinte metros lineales. 5. Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS): 0.7

6. Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS): 10.50 metros cúbicos. 7. Altura máxima de edificación: el resultado del C.O.S y C.U.S

8. Cajones de estacionamiento por m² o unidad: es el número obligatorio de cajones de estacionamiento por m² o unidad según el uso asignado, de acuerdo al cuadro n. º 48 del Reglamento Estatal de Zonificación.

9. Frente jardinado: veinte por ciento. 10. Servidumbres o restricciones:

a) F = Frontal; la superficie a destinarse sea de cinco metros lineales, únicamente cuando colinden con zona o uso habitacional.

b) P = Posterior; la superficie a destinarse sea de doce metros lineales, únicamente cuando colinden con zona o uso habitacional

c) L = Lateral; no se especifica en el cuadro.

11. Modo o forma de edificación: se describe como VARÍA.

Las demás definiciones indicadas en los artículos 6º del Código Urbano y 3º, del

Reglamento Estatal de Zonificación, así como las incorporadas en los cuerpos de dichos ordenamientos.

Artículo 4.- El Plan Parcial del que forman parte integral el Plano de Zonificación E-2 y

archivos de datos, contiene la expresión de los resultados de los estudios técnicos del medio físico natural, del medio físico transformado y del medio económico social, relativos a la planeación, programación, ordenamiento y regulación para el desarrollo ecológico, urbano y la conservación patrimonial, dentro de su área de aplicación, mismos que constituyen los instrumentos para proveer soluciones viables a la problemática de los asentamientos humanos, actividades productivas y acciones de conservación y mejoramiento del medio ambiente, así como para la consecución de los objetivos que se determinan en el mismo Plan Parcial.

Artículo 5.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO INDUSTRIAL”, forma parte

del Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Tala Jal. Mismo que a su vez, forma parte integral del documento del Programa Municipal de Desarrollo Urbano.

Artículo 6.- El área de aplicación del Plan Parcial, constituye su ámbito territorial para regular

el aprovechamiento de las áreas y predios en base al Artículo 129º del Código Urbano para el Estado de Jalisco y comprende:

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I.- Las áreas que integran el Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO INDUSTRIAL”

II.- Las unidades territoriales que integran la estructura urbana así como sus aprovechamientos que tienen una relación directa con el asentamiento humano, en función de sus características naturales y usos en actividades productivas.

Artículo 7. El área de aplicación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO

INDUSTRIAL”, tiene como límites los vértices que se describen a continuación:

El área de aplicación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO INDUSTRIAL”, su límite es el polígono que forman los siguientes vértices:

“EL CARRIZO INDUSTRIAL”

Al nor-poniente partiendo del vértice A localizado en las coordenadas UTM Mercator ME: 632,069.562 MN: 2’283,991.439 con rumbo oriente con una distancia de 371.24 metros para localizar el vértice B localizado en las coordenadas UTM Mercator ME: 632,418.736 MN: 2´284,117.519 de ahí con rumbo sur-oriente una distancia 202.82 metros para encontrar el vértice C localizado en las coordenadas UTM Mercator ME 632,485.032 MN: 2’283,925.882 de ahí con rumbo hacia el poniente con una distancia de 370.04 metros para encontrar el vértice D, localizado en las coordenadas UTM Mercator ME: 632,137.076 MN: 2’283,800.164 metros para encontrar el vértice A con una distancia de 202.88 metros cerrando así el límite del área de Aplicación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano “ EL CARRIZO INDUSTRIAL”.

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El área de aplicación se determina y precisa en el plano D-1 del anexo gráfico.

TITULO lV.-

De las Políticas y Objetivos del Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO INDUSTRIAL”

Centro de Población Tala Estado de Jalisco

Artículo 8. El Plan Parcial de desarrollo urbano tiene por objeto:

I. Precisar la zonificación de las áreas que lo integran y delimitan en el centro de población;

II. Regular las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento previstas en los programas y planes de desarrollo urbano;

III. Determinar los usos y destinos que se generen por efecto de las acciones urbanísticas;

IV. Precisar las normas de utilización de los predios y fincas en su área de aplicación; V. Regular en forma específica la urbanización y la edificación, en relación con las

modalidades de acción urbanística;

VI. Determinar las obligaciones a cargo de los titulares de predios y fincas, derivadas de las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento, y

VII. El establecimiento de indicadores a fin de dar seguimiento y evaluar la aplicación y cumplimiento de los objetivos del plan.

V. ESTRATEGIA DE DESARROLLO URBANO

V.1. Estrategia General.

De acuerdo a la posición que guarda el centro de población de Tala en el programa Estatal de Desarrollo Urbano y la disposición de áreas aptas para el crecimiento urbano y abastecimiento de agua suficiente, se debe aprovechar su localización y su estructura de comunicaciones, impulsando la localización de industrias y la captación de migrantes, al tiempo que se fomenta la consolidación de la estructura interna y la densificación urbanas, para mejorar gradualmente la calidad de la estructura, composición, imagen y ambiente urbanos, y se promueve el desarrollo del comercio y servicios para consolidar a la localidad como centro abastecedor de servicios de su área de influencia.

Para ello se debe aplicar una estrategia de Impulso, promoviéndose la dotación de infraestructura, equipamiento, vivienda y servicios, aprovechando racionalmente los recursos naturales y poniendo especial cuidado en la conservación del medio ambiente. Para lo cual se debe establecer una reserva industrial y dotarlo del equipamiento necesario para que cumpla las funciones de centro de Servicios Básicos, a la vez que se ordenan selectivamente la localización de las actividades no compatibles con el uso habitacional.

Con base a lo anterior y considerando las alternativas de desarrollo urbano analizadas en el apartado anterior, así como el que la infraestructura de Tala permitiría atender a una población superior al crecimiento esperado, y el que la propiedad en la periferia del área urbana actual es mayoritariamente privada, se

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establece como la alternativa de Desarrollo Urbano a seguir la denominada opción C, que establece la siguiente estrategia general:

Para esto se proponen los siguientes criterios:

1. Ordenar los usos del suelo del área central, con el fin de evitar el establecimiento de usos incompatibles con la vivienda.

2. Ordenar la vialidad interna de la localidad acorde a los requerimientos de transporte urbano y foráneo de la población.

3. La continuidad de la traza urbana actual la cual presenta confusión en su traza y capacidad de flujo vehicular.

4. Establecer corredores urbanos donde se establezcan usos mixtos, mismos que refuercen la ubicación de los centros barriales y los que la población reconozca como centros de encuentro.

5. Proteger a toda costa los elementos de valor ecológico como son el bosque de la Primavera, los cauces de los arroyos existentes, así como las áreas de uso agrícola de alto potencial en la zona.

6. Proteger la imagen de la zona central, principalmente entorno a los monumentos coloniales y artísticos existentes, mediante la reglamentación de imagen visual, elementos constructivos y anuncios.

El fundamento jurídico del Plan Parcial de Desarrollo Urbano “EL CARRIZO INDUSTRIAL”, parte de los lineamientos establecidos en los distintos niveles de gobierno: Federal, Estatal y Municipal que se refieren a los asentamientos humanos, para dar cumplimiento al párrafo tercero del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que se dictaran “Las medidas necesarias para ordenar los Asentamientos Humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; ... Conforme lo señalan la Ley General de Asentamientos Humanos y El Código Urbano del Estado de Jalisco.

Asimismo el Artículo 115 fracción V, de nuestra carta magna, establece y define la facultad de los municipios para formular, aprobar y administrar la zonificación y los planes de desarrollo urbano municipales; participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; controlar y vigilar la utilización del suelo en su jurisdicción territorial; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones, y participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas, de conformidad con el artículo 27 de la Constitución; precepto que se ratifica en el artículo 38 de la Constitución Política del Estado de Jalisco.

La Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 73, fracción XXIX-C y 115 fracciones II, III, V y VI; establece la concurrencia de los tres niveles de gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de ordenación y regulación de los Asentamientos Humanos.

A fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Carta Magna, el Congreso de la Unión expidió la Ley General de Asentamientos Humanos aprobada el 9 de Julio de 1993, y publicada en el Diario Oficial de le Federación el día 21 de Julio de 1993, así como sus adiciones públicas; fijan las normas básicas para planear los centros de población y definen los principios para determinar las áreas y predios urbanos y sus correspondientes usos y destinos, así como las reservas para el futuro crecimiento que integran su zonificación. La cual en su título primero establece en materia de desarrollo urbano la ordenación y

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regulación de los centros de población.

La presente ley se expide con el objeto de definir las normas que permitan dictar las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos en el Estado de Jalisco y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, conforme a los fines señalados en el párrafo tercero del Artículo 27 y las fracciones V y VI del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En su Artículo 12, señala las atribuciones que los Ayuntamientos tendrán en los términos de la Ley, y son “Formular, aprobar, administrar, ejecutar, evaluar y revisar el Programa Municipal de Desarrollo Urbano, los planes de desarrollo urbano de centros de población y los planes parciales de urbanización que de ellos derive”, “Expedir el dictamen de trazos, usos y destinos específicos, referidos a la zonificación del centro de población, área y zona donde se localice el predio, a efecto de certificar las normas de control de urbanización y edificación, con fundamentos para la elaboración de los planes parciales de desarrollo urbano, los proyectos definitivos de urbanización o los proyectos de edificación, según corresponda a propuestas de obra”; entre otros.

El Reglamento Estatal de Zonificación para el Estado de Jalisco, publicado en el periódico oficial “EL ESTADO DE JALISCO” el 27 de Octubre del año 2001; el Reglamento que ahora se expide consta de Siete Títulos con 427 Artículos:

El Título Primero, “De la zonificación urbana”, se divide en 17 capítulos. El Título Segundo, “Normas de diseño arquitectónico”, contiene 12 capítulos. El Título Tercero, “Normas para el libre acceso para personas con discapacidad”. El Título Cuarto, “Normas de ingeniería urbana”, se establecen tres capítulos. El Título Quinto, “Normas de vialidad”, consta de siete capítulos.

El Título Sexto contiene un capítulo referido a las transferencias de derecho de desarrollo. Por último el Titulo Séptimo, “Organización de la función pericial”.

El Reglamento tiene por objeto establecer el conjunto de normas técnicas y procedimientos, para formular la planeación y regulación del ordenamiento territorial en el Estado de Jalisco, señalando el contenido de los planes y programas de desarrollo urbano, considerando para esto la integración regional, a partir de un sistema de ciudades y la estructura urbana de los diferentes centros de población, que se organizan en un sistema de unidades territoriales. Para tales efectos se establecen:

I. La estructura territorial y Urbana; II. La clasificación de las áreas y predios;

III. Los tipos de zonas en función de los usos y destinos permitidos en ellas; IV. La clasificación de los usos y destinos en función del impacto ambiental; V. Las normas de control de usos del suelo; entre otros.

Todo con el fin de ordenar y regular un área específica, los Planes Parciales de Desarrollo Urbano precisarán la zonificación y determinarán:

a) “...La demarcación de las áreas o predios comprendidos y las características, condiciones y zonas circundantes del espacio urbano...”; y

b) “...Precisará los efectos de las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento que se propongan autorizar en los mismos, respecto de los usos y destinos de los

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predios comprendidos en el programa, así como los requeridos para la utilización de los predios de la reserva que se proponen desarrollar...”.

b.-) Marco de Planeación

Los Programas Parciales de Desarrollo Urbano se circunscriben dentro de los programas derivados, contenidos en el sistema estatal de planeación, el cual se integra de la siguiente manera:

I. Básicos:

a) El Programa Estatal de Desarrollo Urbano b) Los programas municipales de desarrollo urbano

c) Los programas de ordenación de las zonas conurbadas y demás, y d) Los Programas de Desarrollo Urbano de los Centros de Población.

II. Derivados:

a) Los Programas Parciales de Desarrollo Urbano; b) Los programas sectoriales de desarrollo urbano, y c) Los programas regionales de ordenamiento territorial.

A su vez este sistema estatal, está integrado a un sistema de planeación democrática, que empieza con el Plan Nacional de Desarrollo, del cual se derivan el Programa Nacional de Desarrollo Urbano y los demás planes integrales y sectoriales de la materia.

Plan Nacional de Desarrollo 20013-2018

DEMOCRATIZAR LA PRODUCTIVIDAD SIGNIFICA QUE LAS OPORTUNIDADES Y EL DESARROLLO LLEGUEN A TODAS LAS

REGIONES, A TODOS LOS SECTORES Y A TODOS LOS GRUPOS DE LA POBLACIÓN. 4. El desarrollo nacional le corresponde a todos los mexicanos

Una responsabilidad compartida

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 considera que la tarea del desarrollo y el crecimiento de México les corresponden a todos los actores, todos los sectores y todas las personas de nuestro país. El papel fundamental del gobierno debe ser el de rector del desarrollo nacional (en atención a su facultad constitucional) y, sobre todo, facilitador de la actividad productiva de nuestro país.

Los mexicanos debemos entender el presente Plan Nacional de Desarrollo no como única vía para el desarrollo, sino como la ruta que la presente Administración se ha trazado para contribuir de manera más eficaz a que todos juntos podamos alcanzar nuestro máximo potencial.

El Gobierno de la República se ha planteado a través de las cinco Metas Nacionales y las tres Estrategias Transversales descritas, ser más efectivo en crear una verdadera sociedad de derechos donde cada quien pueda escribir su propia historia de éxito.

Una planeación del desarrollo medible

Por primera ocasión, el Plan Nacional de Desarrollo establece una serie de indicadores para que la ciudadanía pueda dar seguimiento al desempeño del gobierno. Los indicadores que se presentan fueron pensados también como una herramienta para que las dependencias de la Administración Pública Federal puedan monitorear el cumplimiento de las Metas Nacionales

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que nos hemos planteado.

Los indicadores buscan englobar los temas contenidos en las Metas Nacionales y, en la medida de lo posible, ser una fuente objetiva para la medición del desempeño del gobierno. No obstante, también se instruye a las dependencias de gobierno en el presente Plan, que establezcan indicadores específicos dentro de los programas que emanen de este documento. La evaluación del desempeño debe ser una constante de todo gobierno abierto y eficaz.

Una planeación del desarrollo democrática e incluyente

Nuestro marco legal establece la obligación de realizar una planeación democrática donde tenga lugar la participación amplia de los mexicanos, para recoger las aspiraciones y demandas de la sociedad e incorporarlas al Plan Nacional de Desarrollo. Con esto en mente, se estableció un amplio proceso de consultas con motivo del Plan Nacional de Desarrollo. En primer lugar, se puso a disposición de la ciudadanía la página de Internet pnd.gob.mx, para la recepción de propuestas en archivos digitales y a través de la cual se realizaron encuestas interactivas. De manera paralela, se abrieron ventanillas de recepción física de propuestas en toda la República Mexicana. Adicionalmente, se llevaron a cabo 397 acciones de consulta, incluyendo la realización de 5 Foros Nacionales con 31 páneles de discusión, 7 Foros Especiales con 40 páneles de discusión, 32 Foros Estatales con 160 páneles de discusión y 122 Mesas Sectoriales con especialistas y diversos grupos de interés. A través de estos medios hubo en total 228,949 participaciones: 129,299 personas respondieron la encuesta interactiva, los Foros y Mesas Sectoriales contaron con 61,779 asistentes y se recibieron 37,871 propuestas físicas y electrónicas. Los diferentes insumos del proceso de consultas contribuyeron al diseño de metas, objetivos, estrategias y líneas de acción del presente Plan Nacional de Desarrollo. Para mayor detalle, en el Anexo al presente Plan se presenta el proceso de consultas llevado a cabo, y se muestra un resumen estadístico con los principales resultados de la participación ciudadana.

A lo largo del Plan Nacional de Desarrollo se incorporaron comentarios, críticas, inquietudes y diversas propuestas expresadas por la ciudadanía durante el proceso de consultas, en forma de diagnósticos, objetivos, estrategias y líneas de acción. Asimismo, se incluyeron citas textuales de comentarios de diversos actores de la sociedad que sirven de ejemplo del sentir de los mexicanos.

Con profundo agradecimiento, reconocemos a todos los que de una u otra manera participaron y aportaron sus ideas a este Plan Nacional de Desarrollo. Al escuchar a mujeres y hombres pertenecientes a diferentes grupos sociales, a jóvenes, a personas con discapacidad, a organizaciones civiles, a comunidades indígenas, a instituciones académicas, a grupos empresariales y a representantes de los tres órdenes de gobierno, entre tantos otros colaboradores que aportaron su esfuerzo para la construcción de este Plan, entendemos que todos tenemos mucho en común: un profundo amor por nuestro país, por nuestra historia común y un ímpetu por mover a México.

Programa Nacional de Desarrollo Urbano

Consolidar un modelo de desarrollo urbano que genere bienestar para los ciudadanos, garantizando la sustentabilidad social, económica y ambiental.

El crecimiento desordenado de las ciudades mexicanas plantea retos importantes para mantener y mejorar la calidad de vida de sus habitantes. En el contexto de un patrón de crecimiento desordenado y caótico, las ciudades presentan potencialidades para dinamizar la economía y productividad del país. La razón de dependencia demográfica para el Sistema Urbano Nacional (SUN)13 es de 26.9, lo que indica que a nivel SUN existe una mayor cantidad de personas en edad productiva, y que la satisfacción de las necesidades de

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vivienda, trabajo, recreación, educación, etc. de la población económicamente productiva, dependerá directamente de la gestión de los recursos de las ciudades. Este "bono demográfico"14 representa también una oportunidad para consolidar la productividad del país, dado que en el conjunto de 93 ciudades con más de 100 mil habitantes se genera más de 88% de la Producción Bruta Total de la nación15.

Satisfacer las necesidades de las nuevas generaciones que habiten las ciudades no será una tarea sencilla. Las ciudades mexicanas enfrentan retos importantes en temas como pobreza urbana, la ruptura del tejido comunitario y familiar, la segregación, violencia y delincuencia.

El 40% de los hogares ubicados en ciudades mexicanas perciben mayor grado de inseguridad en la ciudad en la que habita con respecto al 2012. Lo anterior se ve reflejado en la percepción de inseguridad al transitar por la ciudad que reporta la mayoría de los ciudadanos encuestados. Ambas percepciones son más extendidas en el Valle de México16.

La percepción de inseguridad permea la opinión acera de las intervenciones que la ciudadanía considera prioritarias para la consolidación de un entorno urbano agradable, 30% de los hogares en las ciudades mexicanas considera que la obra más urgente a realizar en su colonia está relacionada con vigilancia, seguridad y/o policías. Esta percepción se agudiza en el Valle de México17.

La inseguridad y la ruptura del tejido comunitario y familiar han generado problemas de violencia y deterioro del sentido de pertenencia en las ciudades. El poco compromiso de los habitantes de las ciudades se ve reflejado en la abrumadora mayoría de hogares que declaran a nivel nacional no tomar parte de algún grupo, asociación u organización de vecinos (90% a nivel nacional). La convivencia familiar también se ha visto deteriorada: el 59 % de los encuestados señalan que a la semana destinan en promedio hasta 3 horas diarias a convivir con su familia.

Un factor que resulta relevante para fomentar la convivencia y el arraigo comunitario es la existencia de espacios públicos adecuados y accesibles a toda la ciudadanía. Respecto a estos equipamientos un conjunto importante de la población en áreas urbanas considera que las áreas verdes y los espacios para hacer deporte disponibles en sus colonias no son suficientes para las personas que habitan allí18 y que las condiciones de los existentes son regulares o malas.

Adicionalmente la población urbana tiene una percepción generalizada de que no existe la posibilidad de acceder a actividades culturales y recreativas debido a que no hay lugares cercanos donde puedan realizar dichas actividades. A este respecto, 42% de los encuestados en zonas urbanas considera que en su colonia no existen lugares para tomar cursos (danza, talleres, etc.) y 54.9% considera que no hay cines, teatros y museos.

Las percepciones ya descritas se reflejan en la falta de vida comunitaria a nivel nacional el 41% de los encuestados señala que la periodicidad con la que asiste al espacio público de su colonia es mensual19.

La sustentabilidad social de las ciudades debe reforzarse mediante la construcción de relaciones significativas entre las personas y los lugares que habitan. La existencia de ciudades competitivas, prósperas, justas, seguras y sustentables depende de la acción articulada de sus ciudadanos, y de las autoridades que las gestionan.

En este sentido, resulta relevante la creación de instancias de coordinación entre distintos órdenes de gobierno. La expansión de las ciudades sobrepasó los límites geopolíticos, generando necesidades de coordinación para el desarrollo de las ciudades.

El marco legal que vincula las atribuciones y obligaciones de los gobiernos locales con el ámbito territorial al que atienden, se ha visto rebasado por la dinámica de las zonas

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metropolitanas y conurbadas en las que distintos gobiernos locales confluyen en el momento de definir acciones de política para una misma área urbana.

Entre 2000 y 2010 el número de zonas metropolitanas aumentó de 55 a 59 y su población creció 23.8%, al pasar de 51.5 a 63.8 millones.20 Para 2020 y 2030 se proyecta que la población que habita en zonas metropolitanas llegue a 72.4 y 78 millones, respectivamente21. Actualmente en nuestro país existen 59 zonas metropolitanas que abarcan 367 municipios. En promedio cada zona metropolitana está integrada por 6.4 municipios, la zona metropolitana que más municipios abarca es la del Valle de México con 76 municipios22.

La carencia de un marco legal adecuado para la gestión de las zonas conurbadas y metrópolis ha provocado acciones desarticuladas e incluso contradictorias en temas como: planeación urbana; dotación de equipamiento, homologación de normativa administrativa, hacendaria y de inversión; movilidad, y prevención y atención de riesgos. La escasa coordinación entre gobiernos municipales en combinación con el plazo tan corto de gestión con el que cuentan, la falta de capacitación y continuidad de sus cuadros administrativos, así como la carencia de herramientas técnicas de planeación, incentiva la politización de la toma de decisiones y promueve la existencia proyectos sin visión de largo plazo ni planificación del territorio y de las ciudades.

EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN EN ZONAS METROPOLITANAS DE MÉXICO

(Millones de personas, % de población en zonas metropolitanas)

Fuente: SEDESOL, CONAPO e INEGI (2012). Delimitación de las zonas metropolitanas de

México.

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La desarticulación del desarrollo urbano y la dinámica económica, y social de la población que habita en las ciudades ha generado que esta última desarrolle hábitos de consumo, movilidad, vivienda y esparcimiento no sustentables. Los contaminantes atmosféricos provenientes de automóviles -principal medio de movilidad promovido en el actual modelo de desarrollo urbano- son una de las causas de enfermedades respiratorias crónicas23.

El principal reto que enfrentan las ciudades y metrópolis en los próximos años es hacer frente al aumento y concentración de la población urbana, que pasará de 80.4 millones en 2010 a 103.3 en 203024. Lo anterior implica planear y gestionar ciudades con la capacidad de asentar de manera segura, sustentable, responsable y eficiente a las nuevas y actuales generaciones, a través de la oferta de soluciones adecuadas de vivienda, cobertura de servicios, impulso a las actividades económicas, promoción de la vida comunitaria y alternativas adecuadas de movilidad.

Si prevalece el patrón territorial actual en las ciudades mexicanas, esta concentración provocará incrementos en las distancias y los trayectos, así mismo crecerán las externalidades negativas o costos sociales por el imperativo de mayor conectividad espacial, afectando el medio ambiente y agudizando la inequidad y la desigualdad socio-económica.

Las ciudades mexicanas requieren el impulso a nuevos instrumentos de planeación que promuevan la cooperación entre distintos órdenes de gobierno y la participación de la sociedad civil. La población que habita las ciudades hoy más que nunca cuenta con una amplia conciencia acerca de la importancia de realizar acciones en favor de la sustentabilidad ambiental.

La conformación de ciudades compactas refuerza el tejido urbano y la cohesión social en tanto sus habitantes pueden disponer de más tiempo para compartir en familia y con la comunidad, en espacios públicos de mejor calidad. Un modelo con estas características también contribuye a la prevención del delito y a la generación de alternativas para reducir los asentamientos en zonas de riesgo, por medio de acciones materiales de servicios públicos y vivienda.

Gestión del suelo.

El suelo es el recurso más valioso y escaso de la ciudad, por lo que es indispensable gestionarlo en beneficio de la sociedad.

La política de vivienda aplicada en años recientes, así como la provisión de servicios de forma reactiva para conectar zonas periféricas con la mancha urbana tuvieron importantes consecuencias en el mercado de suelo, por un lado, el suelo intraurbano, servido, incrementó su precio, haciendo prohibitivo para aquellos sectores de menos recursos, adquirir vivienda al interior de las ciudades; al mismo tiempo se promovió la especulación de suelo intraurbano debido a la carencia de instrumentos para aprovechar las plusvalía generada por las inversiones gubernamentales en favor de las ciudades.

En el periodo 2000-2012 se incorporaron 159,612 hectáreas de suelo para vivienda25, cifra que superó las necesidades reales de dicho periodo. Sin embargo, la mayor parte de este suelo ha sido transferido a desarrolladores inmobiliarios, sin que se considere en la mayoría de los casos la posibilidad de contar con una reserva de suelo para otros usos urbanos, por ejemplo: vivienda social, espacios públicos, entre otros.

La incorporación de suelo ubicado en propiedad social al desarrollo urbano presenta avances limitados, particularmente vía "dominio pleno" -figura contemplada en la Ley Agraria- y a través de la intervención intergubernamental que ha permitido obtener mejores resultados.

En los últimos años, el suelo en las ciudades ha perdido su función social y se ha mercantilizado en extremo26, lo anterior ha provocado la incorporación de suelo al desarrollo

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urbano por la vía informal. Los sectores de menores ingresos al carecer de una oferta de suelo regular y accesible han recurrido a la apropiación ilegal de espacios periféricos vacantes. Esta situación acentúa el crecimiento extensivo y las problemáticas generadas por la expansión desordenada de las ciudades. Los asentamientos irregulares se ubican en zonas lejanas, inadecuadas para el desarrollo urbano y de difícil acceso para la adecuada provisión de equipamiento y servicios. Se estima que existen en el país 5 millones de lotes habitacionales en esta condición27 y que a nivel nacional se fracciona un promedio de 90 mil lotes al año involucrando aproximadamente a 360 mil habitantes28.

Desde su creación en 1974, la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (Corett) ha escriturado cerca de 2.7 millones de lotes a favor de sus ocupantes; sin embargo, el ritmo de su acción regularizadora ha disminuido al punto que en 2012 escrituró menos de 16 mil propiedades, cuando en 1998 fueron 119 mil; es decir, 750% menos. No obstante el suelo una vez regularizado se encarece llegando a equipararse en precios a los que se pueden observar en un mercado formal.

Estudios realizados por la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), para identificar la disponibilidad de suelo vacante en las ciudades muestran que en las 129 ciudades mayores a 50 mil habitantes que comprenden el SUN, en 2010 existían 493,817 hectáreas de suelo susceptible de incorporarse al desarrollo urbano, de las cuales 86,408 hectáreas son intraurbanas. De acuerdo a los programas de desarrollo urbano local, 207,074 tienen uso habitacional, de estas, 41,351 son intraurbanas y 165,723 se localizan en el primer contorno de crecimiento de los centros de población29.

El suelo vacante identificado tiene potencial para albergar 7.1 millones de viviendas, cifra por encima de los requerimientos de vivienda que se estiman para la presente administración. Asimismo, podría cubrir el 65% de las necesidades de suelo para vivienda y desarrollo urbano al 2030(1). Sin embargo, gran parte del mismo tiene un alto precio y por ello no es accesible para la construcción de vivienda de interés social. Otra fuente de suelo disponible son los derechos de vía. En la mayoría de las ciudades en México existe infraestructura cuyos derechos de vía no son respetados; el aprovechamiento del terreno disponible en estos espacios podría utilizarse en favor de las ciudades para la creación de infraestructura urbana.

La ocupación de los vacíos intraurbanos de las ciudades y metrópolis, representa una oportunidad para generar un desarrollo urbano denso, ordenado y sustentable, aunque actualmente los gobiernos locales tienen pocos recursos para aprovechar este potencial.

Por un lado, el marco jurídico en el que se sustenta la regulación del suelo no ofrece claridad sobre los derechos y deberes de la propiedad inmobiliaria, por lo que no promueve la reducción de la especulación. La normativa únicamente regula usos del suelo, con obligaciones inadecuadas y limitadas en materia de cesiones, obras, servicios y contribuciones de los agentes inmobiliarios Los gobiernos locales no cuentan con un instrumento que les permita asegurar la función social de la propiedad en una gestión urbana moderna, ni socializar los costos y beneficios del desarrollo urbano.

En cuanto a los recursos financieros, la principal fuente de financiamiento de los gobiernos locales es el impuesto predial, aunque la efectividad de los gobiernos locales para recaudarlo deja mucho que desear- los municipios mexicanos recaudan vía el impuesto predial lo equivale a 0.1% del PIB, en tanto que en los países de la OCDE se recauda en promedio 10 veces más (1% del PIB), y Estados Unidos 30 veces más (3% del PIB)(2). Los municipios mexicanos son altamente dependientes de este impuesto; estos recursos cubren un conjunto muy diverso de necesidades a nivel local, por lo que realizar inversiones significativas en proyectos de desarrollo urbano y aprovechamiento de suelo vacante resulta prácticamente imposible.

(21)

plusvalía que generan las inversiones y acciones de los gobiernos federal, estatal y local deben crearse instrumentos novedosos que promuevan la socialización de los costos y beneficios del desarrollo urbano. Se requiere establecer políticas integradas para ordenar e impulsar los mercados inmobiliarios; definir zonificaciones, identificar los baldíos al interior de las ciudades, promover el uso óptimo del territorio; así como aplicar políticas fiscales equitativas y garantizar el suelo apto necesario para la construcción de vivienda, infraestructura, equipamientos públicos y áreas verdes.

Movilidad urbana

Hasta la publicación del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, ningún Plan gubernamental había considerado a la movilidad sustentable dentro de sus objetivos. La inexistencia de una política de movilidad urbana sustentable integral, en los tres órdenes de gobierno se refleja en la desarticulación de acciones realizadas por los gobiernos locales y las políticas locales de desarrollo urbano.

La movilidad urbana sustentable no es un tema menor en las ciudades, las distancias que millones de ciudadanos deben recorre día a día son percibidas como barreras para los flujos de personas y bienes, muestra de ello es que al menos el 30% de la población urbana percibe que su casa se encuentra lejos o muy lejos de su trabajo(3).

La aplicación de una política de vivienda inadecuada y la estructura de las ciudades ha alejado paulatinamente las zonas residenciales, industriales y comerciales, provocando la dispersión de la población y dificultando su acceso a oportunidades laborales comerciales y de esparcimiento. De manera paralela se ha descuidado la provisión de infraestructura peatonal y ciclista; así como la oferta de transporte público de calidad, seguro y vinculado a criterios de densidad y de desarrollo urbano.

En este sentido, 39% de la población en localidades urbanas señala como algunos de los principales problemas con el transporte público la falta de unidades o que pasan poco (15%), la tardanza del servicio para pasar (14%), delincuencia, inseguridad o robos (8%), y unidades en mal estado o sucias (8%), entre otros. Aunado a la problemática que perciben los ciudadanos respecto al transporte público y a las deficiencias en la planificación de medios de transporte masivos, se encuentra el hecho de que no se han establecido las condiciones para la realización de viajes en medios sustentables como caminar o utilizar la bicicleta. El 14% de la población en localidades urbanas declara no salir a caminar y 50% señala que nunca utiliza la bicicleta para desplazarse a alguna de sus actividades.

La población percibe que los recursos necesarios para utilizar medios sustentables para realizar sus traslados se encuentran en malas condiciones, por ejemplo 67% de los encuestados califican entre regular y pésimo el estado de las banquetas, 22% manifiesta descontento con la falta de alumbrado, en tanto que 15% manifiesta descontento con el hecho de que su calle no está pavimentada o que existen baches.

Las condiciones anteriores han incentivando el uso intensivo del automóvil (4), los kilómetros-vehículo recorridos (KVR) en el país prácticamente se triplicaron al pasar de 106 a 339 millones (5). Los efectos de estas dinámicas se perciben en la contaminación del aire (6), generación de gases de efecto invernadero (7) (GEI) y accidentes(8) que reducen la calidad de vida de los habitantes de las ciudades, así como la sustentabilidad de las mismas y la salud pública.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), 34 millones de personas en zonas urbanas están expuestas a contaminantes del aire que causan enfermedades, baja productividad e inclusive pueden ocasionar la muerte, y que son generados en buena medida por los automotores, responsables de 20% de las emisiones de GEI(9).

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selectas de México, 2009 (Millones de pesos) ZONA CONTAMINACIÓN LOCAL CAMBIO CLIMÁTICO ACCIDENTES VIALES

CONGESTIÓN RUIDO TOTAL %

DEL PIB Valle de México 14,396 6,718 10,332 82,163 8,320 121,930 4.6% Monterrey 2,282 1,065 5,843 11,485 1,319 21,994 2.8% Guadalajara 2,795 1,304 4,970 10,635 1,615 21,319 4.7% Puebla - Tlaxcala 996 465 1,317 1,894 575 5,247 1.8% León 506 236 1,250 321 293 2,606 1.6% TOTAL 20,975 9,787 23,712 106,498 12,123 173,05 4.0%

Fuente: Medina Ramírez, S. (2012). La importancia de reducción del uso del automóvil en

México. Tendencias de motorización, del uso del automóvil y se sus impacto, p. 37.

La inexistencia de políticas de movilidad sustentable dentro de la agenda gubernamental también se ve reflejada en la carencia de marcos legales, capacidades técnicas y financiamiento adecuados para la incorporación e integración del tema a los planes y proyectos de desarrollo urbano a nivel local. Las escasas capacidades técnicas y financieras en las instituciones públicas a nivel local no contribuyen a la correcta planeación y gestión de la movilidad sustentable en las ciudades (10), un ejemplo de ello es la cantidad de los recursos de origen federal que los municipios destinan a políticas que fomentan el uso del automóvil; estos recursos lejos de contribuir a la mejora de la calidad de vida en las ciudades han contribuido a promover el uso del automóvil individual. Un estudio reciente para 10 zonas metropolitanas (11) encontró que, en promedio, 77% de las inversiones en el rubro de movilidad se han destinado a la construcción de infraestructura vial(12). La política de subsidio a la gasolina también genera distorsiones en la decisión de uso del automóvil, además de un fuerte impacto en las finanzas públicas: al mes de noviembre de 2013, el subsidio federal a las gasolinas y diésel alcanzó 99.9 mil millones de pesos(13) .

Con relación a los transportes, destacan los esfuerzos de varias ciudades en la renovación de la flota de transporte, el uso de combustibles alternos y mejorados, así como la restructuración del transporte urbano y la creación de sistemas integrados de transporte público como el Sistema de Bus Rapid Transit (BRT) implementados en: la Ciudad de México "Metrobús", en Chihuahua "Vive bus, "Optibus" en León, Guanajuato; "Macrobús" en Guadalajara y "ACABus" en Acapulco, Guerreo. A pesar de ello, se prevé que a mediano plazo predominarán redes viales deficientemente diseñadas, sin un padrón definido, congestionadas y/o subutilizadas, así como desvinculadas entre sí.

Otro ejemplo es el Fondo Nacional de Infraestructura (FONADIN) que ha apoyado 66 proyectos, con una inversión total de 188,587 millones de pesos, de los cuales, 10,915 millones se han destinado para implementar nueve proyectos de transporte público masivo. No todos estos sistemas han finalizado su etapa de implementación; esto sugiere que, además de las cuestiones de financiamiento para infraestructura y estudios de factibilidad, las políticas encaminadas a mejorar la movilidad urbana sustentable, por ejemplo los sistemas de

Bus Rapid Transit (BRT) requieren de un acompañamiento federal integral, que asegure una

buena capacidad institucional y de gestión en los gobiernos estatales y municipales a fin de que dichos sistemas logren superar los retos de su puesta en marcha(14) y promuevan la

(23)

reducción de gases efecto invernadero del sector transporte(15) .

Cuando los transportes conforman sistemas integrados en red y su diseño se realiza conjuntamente con la planeación de los usos del suelo, se facilita el acceso de la población a prácticamente todas las áreas de la ciudad y se permite una mejor distribución territorial de las funciones sociales y económicas; es decir, se fomentan ciudades más ordenadas y bajas en carbono, que crecen de acuerdo a las capacidades de transportar a las personas y los bienes, y no de manera "espontánea" como ocurre todavía en las ciudades y metrópolis mexicanas.

PROYECTOS QUE APOYA EL PROTRAM (16)

VERTIENTE CONCEPTO

Inversión en Proyectos Créditos o recursos a fondo perdido para elaborar estudios Apoyos para la inversión

en Proyectos

Aportaciones Recuperables y No Recuperables, según lo requiera el proyecto

Apoyos para financiar inversión en equipos de transporte masivo, sus talleres y depósitos a través de deuda subordinada, capital o garantías, según lo requiera el proyecto

Proyectos de transporte masivo

Inversión en infraestructura con sus instalaciones fijas

Derecho de vía

Obra Pública o concesionada de las vías férreas o carriles exclusivos Paradores, estaciones y terminales

Electrificación, sistemas de señales, comunicaciones y control Equipo de transporte Trenes, tranvías o autobuses de alta capacidad y convencionales Talleres y depósitos de vehículos

Sistemas de boletos de prepago Obra pública inducida y expropiaciones

Fuente: FONADIN. Fondo Nacional de Infraestructura (2012) en: http://www.fonadin.gob.mx/wb/fni/programa_de_transporte_urbano

Para impulsar con éxito una política nacional que propicie un entorno adecuado para una vida digna, es indispensable la construcción de ciudades que garanticen el derecho a un medio ambiente sano y viajes urbanos bajo condiciones de seguridad y equidad. En este sentido resulta indispensable llevar a cabo un trabajo intersectorial que, con instrumentos de gestión modernos, transforme los hábitos de desplazamiento e incentive el uso eficiente del espacio público a través de la implementación de proyectos de oferta y gestión de la demanda, así como obras de infraestructura que reduzcan la dependencia del uso del automóvil y atraigan a sus usuarios a realizar acciones en favor de la sustentabilidad ambiental.

Plan Estatal de Desarrollo de Jalisco

El Plan Estatal de Desarrollo establece, una política de Desarrollo Regional Equilibrado y Sustentable, estableciendo objetivos en:

Adecuar la distribución territorial del estado a los recursos regionales para propiciar un desarrollo Regional Equilibrado y Sustentable.

Mejorar la calidad de la vida urbana a partir de la gestión municipal y de la participación comunitaria.

Referencias

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