• No se han encontrado resultados

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº PRODUCE/DOPIF

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº PRODUCE/DOPIF"

Copied!
6
0
0

Texto completo

(1)

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web: "https://edocumentostramite.produce.gob.pe/verificar/" e ingresar clave: WYOWM0SY

Ministerio de la Producción Calle Uno Oeste N° 060 – Urbanización Córpac – San Isidro – Lima T. (511) 616 2222 produce.gob.pe

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 00020-2021-PRODUCE/DOPIF

14/01/2021

VISTO: El Registro Nº 00093436-2020 del 18 de diciembre de 2020, a través del cual la empresa GRUPO LEO E.I.R.L. (en adelante, el administrado), con RUC Nº 20449489153 y con domicilio legal en Mza. E Lote 26, Zona Auxiliar del Parque Industrial, distrito de Ciudad Nueva, provincia de Tacna, departamento de Tacna , solicitó la modificación de los datos contenidos en la Asignación del Código de Identificación Mundial del Fabricante (Código WMI) de vehículos de transporte terrestre, otorgada mediante la Resolución Directoral Nº 355-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/ DOP IF, para ampliar marcas y/o modelos dentro de la categoría de vehículos de transporte terrestre autorizada; el Informe Nº 00000037-2021-P RODUCE/DOP IF -wsanchez; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo N° 014-2020-PRODUCE, se aprobó el Reglamento para la asignación del Código de Identificación Mundial del Fabricante (WMI) de Vehículos de Transport e Terrestre (en adelante, Reglamento del WMI), aplicable a los fabricantes de los vehículos de transport e terrestre comprendidos en el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo N° 058-2003-MTC y sus modificatorias;

Que, el artículo 21 del Reglamento del WMI, señala que la Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizado (en adelante, la DOPIF) modifica el contenido de la asignación del Código WMI a solicitud de parte, para ampliar o eliminar, marcas y/o modelos autorizados originalmente, incluso la categoría de los vehículos; la cual indica que los administrados pueden solicitar que se modifique el contenido de la Asignación del Código WMI a efectos de permitir que la planta de fabricación desarrolle mayores o menores categorías y/o modelos de vehículos, para lo cual debe acompañar a su solicitud de modificación una copia de los certificados de conformidad, acorde al numeral 21.2 del artículo 21 del referido Reglamento;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, en el cual el inciso a) del artículo 100 señala las funciones de la DOPIF, entre otras, modificar el contenido del Código de Identificación Mundial de l Fabricante, por lo que este Despacho es competente para atender la solicitud presentada por el Administrado;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 355-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/ DOP IF del 15 de octubre de 2019, la DOPIF asignó al administrado el Código de Identificación Mundial del Fabricante (WMI) de vehículos de transporte terrestre, quedando consignados cinco (5) tipos de vehículo de transporte terrestre de la categoría O, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 11 y 12 del Decreto Supremo N° 023-2016-PRODUCE.

(2)

Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web: "https://edocumentostramite.produce.gob.pe/verificar/" e ingresar clave: WYOWM0SY

Ministerio de la Producción Calle Uno Oeste N° 060 – Urbanización Córpac – San Isidro – Lima T. (511) 616 2222 produce.gob.pe Que, asimismo, con dicha Resolución se autorizó la planta ubicada en ubicada en Mza. E Lote 26, Zona Auxiliar del Parque Industrial, distrito de Ciudad Nueva, provincia de Tacna, departamento de Tacna, para la fabricación de vehículos de transporte terrestre de tipo remolques y semirremolques de la categoría O.

Que, como producto de la evaluación realizada a la solicitud presentada por el administrado, mediante Registro Nº 00093436-2020, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 21 del Reglamento del WMI, conforme lo establece el Informe Nº 00000037-2021-PRODUCE/DOPIF-wsanchez, motivo por el cual corresponde atender la Modificación del contenido de la Asignación del Código de Identificación Mundial del Fabricante de Vehículos de Transporte Terrest re otorgada mediante la Resolución Directoral Nº 355-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPA R/DOP IF, a fin de incluir ocho (8) nuevos tipos de vehículos de transporte terrestre autorizados;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento para la asignación del Código de Identificación Mundial del Fabricante (WMI) de Vehículos de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2020-PRODUCE, y el artículo 100 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo № 002-2017-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo N° 009-2017-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1°. - Modificar el contenido de la Asignación del Código de Identificación Mundial del Fabricante (WMI) de Vehículos de Transporte Terrestre, otorgado a la empresa GRUPO LEO E.I.R.L., incorporando ocho (8) tipos de vehículos de transporte terrestre en la planta ubicada en Mza. E Lote 26, Zona Auxiliar del Parque Industrial, distrito de Ciudad Nueva, provincia de Tacna, departamento de Tacna, lo cual se detalla en el Anexo de la presente Resolución.

Artículo 2°. - Notificar la presente Resolución Directoral a la empresa GRUPO LEO E.I.R.L. Artículo 3°. - La empresa GRUPO LEO E.I.R.L. está obligada a cumplir con las obligaciones e impedimentos establecidos en los artículos 13 y 19 del Reglamento para la Asignación del Código de Identificación Mundial del Fabricante (WMI) de Vehículos de Transporte Terrestre, aprobado con Decreto Supremo N° 014-2020-PRODUCE, sin perjuicio del cumplimiento de otras normas sectoriales o municipales aplicables.

Artículo 4°. - La empresa GRUPO LEO E.I.R.L., está obligada a presentar a la DOPIF un report e trimestral con la relación de unidades a las cuales les ha generado el VIN en base al código WMI, en virtud de lo establecido en el literal b) del artículo 19 del Decreto Supremo N° 014-2020-PRODU CE , cuyos formatos podrán ser descargados en el siguiente enlace:

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1276465/Descargar%20formato.pdf

Artículo 5°.- Publíquese la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).

Regístrese y comuníquese

MARIELA PACHECO AUSEJO Directora

Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados

Firmado digitalmente por PACHECO AUSEJO Mariela FAU 20504794637 hard

Entidad: Ministerio de la Producción Motivo: Autor del documento Fecha: 2021/01/14 17:09:43-0500

(3)

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

Página 1 de 1

Ministerio de la Producción | Calle Uno Oeste Nº 060 - Urbanización Córpac - San Isidro - Lima | T. (511) 616 2222 | www.gob.pe/produce

I

Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados

ANEXO

MODIFICACIÓN DE LOS DATOS CONTENIDOS EN LA ASIGNACIÓN DEL CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN MUNDIAL DEL

FABRICANTE (CÓDIGO WMI) DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE TERRESTRE

GRUPO LEO E.I.R.L.

Domicilio de la planta industrial: Mza. E Lote 26, Zona Auxiliar del Parque Industrial, Distrito: Ciudad Nueva, Provincia: Tacna, Departamento: Tacna

Tipo de Vehículo Categoría Marca Modelo Carrocería Nº de ejes Nº de

ruedas

Conjunto de ejes posteriores

(Nomenclatura) Nº de Certificado

6. SEMIRREMOLQUE O4 FACTORIA LEO JLL PLATAFORMA 3 6 TRIPLE (3RS) CERPESAC Nº 00 05862

7. SEMIRREMOLQUE O4 FACTORIA LEO JLL BARANDA 3 6 TRIPLE (3RS) CERPESAC Nº 00 05863

8. SEMIRREMOLQUE O4 FACTORIA LEO JLL VOLQUETE 3 12 TRIPLE (3RD) CERPESAC Nº 00 05864

9. SEMIRREMOLQUE O4 FACTORIA LEO JLL VOLQUETE 3 6 TRIPLE (3RS) CERPESAC Nº 00 05865

10. SEMIRREMOLQUE O4 FACTORIA LEO JLL GRANELERO 3 12 TRIPLE (3RD) CERPESAC Nº 00 05866

11. SEMIRREMOLQUE O4 FACTORIA LEO JLL GRANELERO 3 6 TRIPLE (3RS) CERPESAC Nº 00 05867

12. SEMIRREMOLQUE O4 FACTORIA LEO JLL CAMA BAJA 3 12 TRIPLE (3RD) CERPESAC Nº 00 05868 13. SEMIRREMOLQUE O4 FACTORIA LEO JLL CAMA BAJA 4 16 SIMPLE (1RD) + TRIPLE (3RD) CERPESAC Nº 00 05869

(4)
(5)
(6)

Referencias

Documento similar

Luis Miguel Utrera Navarrete ha presentado la relación de Bienes y Actividades siguientes para la legislatura de 2015-2019, según constan inscritos en el

La campaña ha consistido en la revisión del etiquetado e instrucciones de uso de todos los ter- mómetros digitales comunicados, así como de la documentación técnica adicional de

You may wish to take a note of your Organisation ID, which, in addition to the organisation name, can be used to search for an organisation you will need to affiliate with when you

Where possible, the EU IG and more specifically the data fields and associated business rules present in Chapter 2 –Data elements for the electronic submission of information

The 'On-boarding of users to Substance, Product, Organisation and Referentials (SPOR) data services' document must be considered the reference guidance, as this document includes the

In medicinal products containing more than one manufactured item (e.g., contraceptive having different strengths and fixed dose combination as part of the same medicinal

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in