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Informe 92/2014 de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

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Informe 92/2014 de las

subvenciones y de los

contratos de la

Comunidad Autónoma

de las Islas Baleares

correspondiente al

ejercicio 2012

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

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I.  INTRODUCCIÓN ... 9  1. PRESENTACIÓN ... 9  2. MARCO NORMATIVO ... 11  3. OBJETIVOS ... 14  4. ALCANCE Y METODOLOGÍA ... 16  A.  ÁMBITO SUBJETIVO ... 16  B.  ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN ... 20  C.  METODOLOGÍA ... 22 

D.  CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LAS MUESTRAS ... 22 

5. INFORMACIÓN REMITIDA Y LIMITACIONES ... 25 

LIMITACIONES A LA FISCALIZACIÓN ... 25 

6. TRÁMITE DE ALEGACIONES ... 27 

II.  SUBVENCIONES Y CONVENIOS ... 28 

1. SUBVENCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES ... 28 

A.  CONSIDERACIONES GENERALES ... 28 

B.  INCIDENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS ... 29 

C.  VICEPRESIDENCIA ECONÓMICA, DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL Y DE EMPLEO ... 30 

D.  CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO ... 34 

E.  SERVICIO DE EMPLEO DE LAS ISLAS BALEARES (SOIB) ... 41 

F.  SUBVENCIONES DE CONCESIÓN DIRECTA ... 47 

RECOMENDACIONES ... 66 

2. SUBVENCIONES ENTIDADES DEPENDIENTES ... 67 

A.  CONSIDERACIONES GENERALES ... 67 

B.  INCIDENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS ... 68 

C.  AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE LAS ISLAS BALEARES ... 68 

RECOMENDACIONES ... 81 

3. CONVENIOS ... 81 

A.  CONSIDERACIONES GENERALES ... 81 

B.  INCIDENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS ... 82 

C.  CONVENIOS SUSCRITOS ENTRE EL SERVICIO DE SALUD DE LAS ISLAS BALEARES Y LA AGRUPACIÓN EMPRESARIAL DE VIAJES DE BALEARES (AVIBA) ... 82 

4. SEGUIMIENTO DE LA JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES SELECCIONADAS DE LOS EJERCICIOS ANTERIORES 2010 Y 2011 ... 89 

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

1. ADMINISTRACIÓN GENERAL CAIB ... 92 

A.  CONSIDERACIONES GENERALES ... 92 

B.  INCIDENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS ... 95 

C.  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES ... 96 

D.  VICEPRESIDENCIA ECONÓMICA, DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL Y DE EMPLEO ... 104 

E.  CONSEJERÍA DE SALUD, FAMILIA Y BIENESTAR SOCIAL ... 112 

F.  ENCOMIENDAS DE GESTIÓN ... 118 

RECOMENDACIONES ... 121 

2. SERVICIO DE SALUD DE LAS ISLAS BALEARES ... 122 

A.  CONSIDERACIONES GENERALES ... 122 

B.  INCIDENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS ... 124 

C.  SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO DE SALUD DE LAS ISLAS BALEARES ... 125 

D.  HOSPITAL UNIVERSITARIO SON ESPASES ... 133 

E.  GERENCIA DEL ÁREA DE SALUD DE EIVISSA Y FORMENTERA ... 139 

RECOMENDACIONES ... 144 

3. ENTIDADES DEPENDIENTES ... 145 

A.  CONSIDERACIONES GENERALES ... 145 

B.  INCIDENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS ... 146 

C.  AGENCIA BALEAR DEL AGUA Y LA CALIDAD AMBIENTAL (ABAQUA) ... 147 

D.  SERVICIOS FERROVIARIOS DE MALLORCA (SFM) ... 153 

E.  PUERTOS DE LAS ISLAS BALEARES (PORTSIB) ... 158 

F.  CONSORCIO DE TRANSPORTES DE MALLORCA (CTM) ... 163 

G. TELEVISIÓN DE LAS ISLAS BALEARES, SA ... 168 

H.  FUNDACIÓN HOSPITAL COMARCAL DE INCA ... 172 

I.  FUNDACIÓN HOSPITAL MANACOR (FHM) ... 178 

J.  FUNDACIÓN HOSPITAL SON LLÀTZER ... 182 

K.  FUNDACIÓN BANCO DE SANGRE Y TEJIDOS DE LAS ISLAS BALEARES ... 187 

RECOMENDACIONES ... 191 

4. SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE CONTRATOS Y ENCOMIENDAS DE GESTIÓN SELECCIONADOS DE LOS EJERCICIOS 2008, 2009, 2010 Y 2011 ... 192 

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

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SIGLAS Y ABREVIATURAS

ABAQUA Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental

ACIIB Agencia de Cooperación Internacional de las Islas Baleares AEAT Agencia Estatal de la Administración Tributaria

AE Administración del Estado

AGE Administración General del Estado

AMADIP Asociación Mallorquina para Personas con Discapacidad Intelectual

APROP Consorcio Protección y Acogida de las Personas Discapacitadas Psíquicas Profundas de las Islas Baleares

ARIS Áreas de rehabilitación integral ARUS Áreas de renovación urbana Art. Artículo

ASPAS Asociación de Padres de Personas con Discapacidad Auditiva ATB Agencia de Turismo de las Islas Baleares

ATIB Agencia Tributaria de las Islas Baleares AVIBA Agrupación de Agencias de Viaje de Baleares BDS Base de datos de subvenciones

BITEL, SA Baleares Innovación Telemática, SA BOE Boletín Oficial del Estado

BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares CA Comunidades autónomas

CAIB Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

CAEB Confederación de Asociaciones Empresariales de Baleares CBE Fundación Balear de Innovación y Tecnología

CC Código Civil

COFIU Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias CPD Centro proceso de datos

CPV Vocabulario común contratos públicos (Common Procurement Vocabulary)

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CSMDIB Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares

CTM Consorcio de Transportes de Mallorca DA Disposición adicional

DABA Documento de datos básicos DG Dirección General

DGIDT Dirección General de Innovación y Desarrollo Tecnológico DOUE Diario Oficial de la Unión Europea

DT Disposición transitoria

EDAR Estación depuradora aguas residuales EEES Espacio Europeo de Educación Superior

EPRTVIB Ente Público de Radio Televisión de las Islas Baleares FEDER Fondo Estructural de Desarrollo Económico Regional FHI Fundación Hospital Comarcal de Inca

FHM Fundación Hospital de Manacor FHSL Fundación Hospital Son Llàtzer IAE Impuesto de actividades económicas

IBABSA Instituto de Biología Animal de las Islas Baleares, SA

IBISEC Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales

IB-JOVE Instituto Balear de la Juventud

IBSALUT Servicio de Salud de las Islas Baleares

ICAC Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas IDAM Instalaciones desalinización agua marina

IDI Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares IGAE Intervención General de la Administración del Estado IGCAIB Intervención General de la CAIB

IMAS Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales IPC Índice de precios al consumo

IVA Impuesto sobre el valor añadido JCC Junta Consultiva de Contratación

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

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LCSP Ley de Contratos del Sector Público LGP Ley General Presupuestaria

LGS Ley General de Subvenciones

LPGCAIB Ley de Presupuestos Generales de la CAIB LPGE Ley de Presupuestos Generales del Estado

LRJPAC Ley Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

LSCIB Ley de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares MIBSAU Multimedia de las Islas Baleares, SA

n.d. No disponible n.p. No corresponde

OP Documento contable reconocimiento obligación PARCBIT ParcBit Desarrollo, SA

PCAP Pliegos de cláusulas administrativas particulares PORTSIB Puertos de las Islas Baleares

PPT Pliegos de prescripciones técnicas

RD Real Decreto

RDL Real Decreto-ley

RGLCAP Reglamento General de la Ley de Contratos de la Administración Pública

RLGS Reglamento Ley General de Subvenciones RRHH Recursos humanos

RRISCIB Reglamento de Régimen Interior de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares

SA Sociedad anónima

SC Servicios centrales (IBSALUT) SAU Sociedad anónima unipersonal

SCIB Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares SCL Sociedad cooperativa limitada

s.d. Sin datos o sin información

SFM Servicios Ferroviarios de Mallorca SLU Sociedad limitada unipersonal

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SOCIB Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Sistema de Observación Costera de las Islas Baleares SOIB Servicio de Empleo de las Islas Baleares

TAMIB Fundación Tribunal de Arbitraje y Mediación

TRAIN Documento para la remisión de información a la Sindicatura de Cuentas

TRAGSA Empresa de Transformación Agraria, SA

TRAGSATEC Empresa de Tecnologías y Servicios Agrarios, SA

TRLCSP Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDLEG 3/2011)

TRLF Texto refundido de la Ley de Finanzas de la CAIB TRLS Texto refundido de la Ley de Subvenciones de la CAIB

TURISTEC Tecnologías de la Información y la Comunicación aplicadas al Turismo de las Islas Baleares

TVIB, SA Televisión de las Islas Baleares, SA UIB Universidad de las Islas Baleares

UNAC Unión de Asociaciones, Centros y Federaciones de Asistencia a Personas con Discapacidad de Baleares

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Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

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I. INTRODUCCIÓN

1.

PRESENTACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, y los artículos 1 y 2.1.a de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de Ia Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares (SCIB), corresponde a esta Institución la fiscalización externa de la actividad económica, financiera y contable del sector público de las Islas Baleares, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Tribunal de Cuentas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 136 y 153.d de la Constitución Española y la Ley Orgánica que lo regula.

El artículo 12 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la SCIB determina que los resultados de las actuaciones fiscalizadoras se deben exponer mediante informes o memorias, elaborados y aprobados según lo previsto en el Reglamento de Régimen Interior de la SCIB (BOIB núm. 78, de 21 de mayo de 2005), elevados al Parlamento de las Islas Baleares y publicados, posteriormente, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Además el artículo 27 del Reglamento determina que los informes de fiscalización pueden ser de carácter general o específico, haciendo referencia los primeros al examen y a la comprobación de las cuentas de rendición periódica obligatoria de las entidades del sector público de las Islas Baleares — cuyo ámbito temporal comprende un ejercicio económico— mientras que los segundos deben hacer referencia a los resultados de actuaciones de fiscalización concretas sobre entidades, períodos, cuentas, operaciones, actividades o servicios determinados.

Según los artículos 2.2.a y 7.d de la Ley 4/2004, de 2 de abril, corresponde a la SCIB la fiscalización de las subvenciones y las demás ayudas de contenido económico concedidas por los sujetos integrantes del sector público de las Islas Baleares a cualquier persona física o jurídica, así como la fiscalización de los contratos, cualquiera que sea su carácter, formalizados por los diferentes sujetos incluidos en su ámbito de actuación.

Por este motivo, en cumplimiento de las funciones atribuidas, la SCIB ha elaborado anualmente el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma el cual dedicaba, hasta este momento, un apartado específico al análisis de la actividad subvencionadora, la contratación y las encomiendas de gestión de la CAIB y de sus entidades dependientes.

No obstante, el Programa de Actuaciones de la Sindicatura para el año 2013, aprobado por el Consejo de día 21 de diciembre de 2012, prevé que el Informe de la Cuenta General de la CAIB correspondiente al ejercicio 2012 se limite a la

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

fiscalización de la Cuenta General, sin incluir los apartados de subvenciones, contratos y encomiendas de gestión, que serán objeto de un informe de carácter específico.

Se entiende que, de esta manera, quedará más clara la separación entre el ámbito del Informe de la Cuenta General —exigible legalmente— y la fiscalización de las subvenciones, de los contratos y de las encomiendas de gestión, que pueden ser objeto de un informe específico, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del RRISCIB.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 del RRISCIB el Síndico del Área debe fijar el plan de trabajo a seguir para la elaboración del Informe. Es necesario comentar que la totalidad de los trabajos preliminares y de campo, así como la redacción del Informe han sido realizados por el equipo de auditores del Área de Auditoría de la Comunidad Autónoma, con el apoyo de la Jefa del Servicio Jurídico de la Sindicatura de Cuentas y con la colaboración de los servicios administrativos de la institución.

Visto lo expuesto anteriormente y haciendo uso de las competencias que tiene atribuidas la SCIB de acuerdo con la Ley 4/2004, de 2 de abril, se emite el presente Informe de las Subvenciones y los Contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012.

Agradecimientos:

Es necesario agradecer la colaboración prestada por el personal de las unidades de contratación y tramitación de subvenciones de las diferentes Consejerías, los organismos autónomos y las entidades dependientes de la CAIB que forman parte del ámbito subjetivo de este Informe.

Aclaraciones:

Las tablas y los gráficos que aparecen en el Informe son elaboración propia de los auditores del Área de Auditoría de la Administración de la CAIB, salvo que se indique lo contrario.

Las unidades monetarias de las cifras que aparecen en el Informe se expresan en miles de euros, salvo que se indique lo contrario.

Internamente, se han trabajado las cifras en euros y en céntimos de euro. Por tanto, los datos que aparecen en el Informe son los originales reconvertidos a miles de euros utilizando el formato de visualización de cero decimales, aunque conservando la totalidad de las cifras. Se hace constar la cifra 0 cuando el importe es inferior a 500 euros, mientras que cuando la cuantía es 0 aparece el signo -. La coherencia interna es absoluta, sin embargo, en algunos casos, se pueden producir algunas diferencias debidas al formato de visualización de los datos.

En el caso de los contratos y de las encomiendas de gestión, los importes se entienden IVA incluido, salvo que se indique lo contrario.

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

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Las incidencias descritas en el Informe figuran en letra cursiva para facilitar su identificación.

Además, las recomendaciones figuran en letra cursiva y negrita.

2. MARCO NORMATIVO

En el marco de las normas y los principios generales que dictan la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, y la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de aprobación del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares está sujeta directamente a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, de aprobación del Texto refundido de la Ley de Finanzas de la CAIB, a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado y de la Comunidad Autónoma vigentes, a la normativa específica, estatal y autonómica, en materia de subvenciones, contratos y encomiendas de gestión, y a los decretos y órdenes de desarrollo que le sean de aplicación.

Además es necesario mencionar la Directiva 2004/18/CE, del Parlamento y del Consejo, de 31 de marzo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministros y de servicios, y de la Directiva 2004/17/CE, del Parlamento y del Consejo, de 31 de marzo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación en los sectores del agua, energía, transportes y servicios postales.

En cuanto a la normativa específica de aplicación en materia de subvenciones, contratos y encomiendas de gestión a los órganos integrantes de la Administración de la CAIB, las entidades autónomas y de derecho público que de ellas dependen, viendo el ámbito temporal aplicable a la presente fiscalización, es la siguiente:

En materia de subvenciones: Normativa estatal:

− Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS). − Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de aprobación del Reglamento de

la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (RLS). Normativa autonómica:

− Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, de aprobación del Texto refundido de la Ley de Subvenciones de las Islas Baleares (TRLS).

− Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la Buena Administración y del Buen Gobierno de las Islas Baleares.

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− Decreto 38/2009, de 26 de junio, de Desarrollo del Régimen Jurídico de la Base de Datos de Subvenciones y Ayudas Públicas de la CAIB.

− Las órdenes de bases reguladoras aplicables a cada una de las materias subvencionadas y las resoluciones de convocatorias de subvenciones. Normativa presupuestaria:

− Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

− Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

− Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.

− Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la CAIB para el año 2012.

− Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, de aprobación del Texto refundido de la Ley de Finanzas de la CAIB

− Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las Leyes de Presupuestos Generales de la CAIB.

La disposición final séptima de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la CAIB para el año 2012, modifica el artículo 7 "Salvedades a los principios de publicidad y concurrencia" del Texto refundido de la Ley de Subvenciones de las Islas Baleares y añade un nuevo artículo, el 14 bis. Este nuevo artículo regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones y establece en el punto 2 que, para la concesión de subvenciones del artículo 7.1.c del Texto refundido, el Gobierno debe aprobar, mediante un decreto, las normas reguladoras de la concesión de la subvención.

El artículo 14 bis ha quedado derogado mediante la disposición derogatoria única de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la CAIB para el ejercicio 2013, siendo, por lo tanto, de aplicación únicamente al ejercicio 2012.

En cuanto a la actividad de fomento de los consorcios y de las fundaciones sometidos al ordenamiento autonómico, es de aplicación el artículo 20 de la LGS y los artículos 2, 4, 5, 6.2, 7, 9, 10 y 34 del TRLS, así como el Título V del TRLS, con excepción del articulo 62.2, como determina la disposición adicional primera del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

Se ha tenido en cuenta al objeto del presente Informe, el Plan Estratégico de Subvenciones de las consejerías y de las entidades de derecho público de que dependen para el ejercicio 2012, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de mayo de 2011 y publicado en el BOIB núm. 70, de 17 de mayo de 2012.

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

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En materia de convenios Normativa estatal:

− Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. − Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de aprobación del

Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (artículos 4.1.c y 4.1.d).

Normativa autonómica:

− Ley 3/2003, de 2 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

En materia de contratos y encomiendas de gestión Normativa estatal:

− Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de aprobación del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). − Orden EHA/3479/2011, de 19 de diciembre, de publicación de los límites

de los diferentes tipos de contratos a efectos de la contratación del sector público a partir del 1 de enero de 2012.

− Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

− Ley 34/2010, de 5 de agosto, que modifica la LCSP y la Ley 31/2007, para adaptarlas a la normativa comunitaria

− Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP). − Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre Procedimientos en los sectores del

agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

− Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, que desarrolla parcialmente la LCSP.

− Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, de aprobación del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (derogado parcialmente mediante el RD 817/2009, de 8 de mayo)

− Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, de desarrollo del Régimen Jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima, y de sus filiales (TRAGSA)

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

Normativa autonómica:

− Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

− Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la Buena Administración y del Buen Gobierno de las Islas Baleares.

− Decreto 147/2000, de 10 de noviembre, sobre Contratación de la CAIB, modificado mediante el Decreto 39/2004, de 23 de abril.

La normativa presupuestaria que resulta de aplicación es la misma que rige en materia de subvenciones.

3.

OBJETIVOS

Para la fiscalización de las subvenciones, los contratos y las encomiendas de gestión se ha establecido como objetivo general, en las Directrices técnicas de fiscalización, comprobar el cumplimiento, por parte de las entidades fiscalizadas, de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, siendo la fiscalización realizada de cumplimiento de la legalidad.

Con relación a las subvenciones, el artículo 7.f de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas le atribuye, en el ejercicio de su función fiscalizadora, el examen, la comprobación y la fiscalización de las cuentas y documentos relativos a cualquier ayuda de contenido económico concedida por los sujetos incluidos en su ámbito de actuación, incluidas las exenciones y bonificaciones fiscales.

Es por este motivo que el Informe se dirige a la obtención de una razonable seguridad de que los actos administrativos referentes a las convocatorias, a las concesiones, a la formalización y a la justificación, y a los aspectos contables y financieros de las subvenciones analizadas se han realizado de acuerdo con la normativa aplicable en cada caso.

Como objetivos principales, se han planteado los siguientes:

− Constatar la utilidad pública y social de las actividades de fomento realizadas mediante la concesión de subvenciones.

− Comprobar si la actividad subvencionadora se ajusta a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, y si los procedimientos para la concesión de subvenciones se ajustan a la normativa vigente.

− Comprobar la justificación correcta de los gastos susceptibles de subvención.

− Determinar si las ayudas otorgadas se han aplicado a las finalidades para las que fueron concedidas.

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

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En el Informe constan las observaciones por anomalías detectadas en el decurso del trabajo, así como las recomendaciones y las medidas a emprender para mejorar la actividad de fomento de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Además, se exponen de forma separada, las principales incidencias de los expedientes fiscalizados para cada uno de los órganos gestores, sin embargo, antes del análisis concreto de los expedientes fiscalizados, constan las incidencias más significativas de la actividad de fomento de la CAIB relativas al ejercicio 2012, y se distinguen dos grandes bloques: Administración General de la CAIB y entidades dependientes, con las limitaciones especificadas en el Informe.

Además, se ha verificado que la naturaleza de los convenios de colaboración, especialmente para garantizar la consecución de objetivos compartidos, no responde al interés patrimonial de ninguna de las partes, y que su beneficiario sea la colectividad.

En cuanto a la fiscalización de los contratos y de las encomiendas de gestión objeto de este Informe, el artículo 7 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, menciona como una de sus atribuciones, la fiscalización de los contratos, de cualquier carácter, adjudicados por los diferentes sujetos incluidos en su ámbito de actuación.

Los objetivos fijados en las Directrices técnicas de fiscalización del Informe de las subvenciones y de los contratos de la CAIB correspondiente al ejercicio 2012 se dirigen a determinar si la contratación se ajusta a la normativa específica aplicable, a los principios rectores en materia de contratación, así como a la normativa y a los principios generales de ejecución del gasto público (legalidad, eficiencia, eficacia y economía).

En particular, se trata de examinar para cada uno de los contratos seleccionados:

− La justificación de la existencia de una necesidad de interés público y del presupuesto de licitación correspondiente.

− La justificación del procedimiento y de la forma de adjudicación.

− La adecuación del procedimiento de licitación a los principios rectores de la contratación pública y de la ejecución del gasto público, como son los de publicidad, libre concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, principio de riesgo y ventura del contratista, el principio de precio cierto y adecuado al de mercado, el principio de legalidad, eficiencia, eficacia y economía.

− La coherencia de la formalización documental del contrato con las actuaciones anteriores del expediente.

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

− La coherencia de la ejecución del contrato con las mismas estipulaciones del contrato.

Se exponen, de forma separada, las principales incidencias de los expedientes fiscalizados para cada uno de los órganos de contratación, sin embargo, antes del análisis concreto de los expedientes, se detallan las incidencias más significativas de la contratación pública, se distinguen tres grandes bloques: Administración General de la CAIB, IBSALUT y entidades dependientes, con las limitaciones al alcance que se manifiestan en este Informe.

4. ALCANCE Y METODOLOGÍA

A. ÁMBITO SUBJETIVO

El ámbito subjetivo del presente Informe de fiscalización comprende: − La Administración General de la Comunidad Autónoma

− El Servicio de Salud de las Islas Baleares y entidades públicas dependientes:

• GESMA, Gestión Sanitaria de Mallorca • Fundación Hospital Comarcal de Inca • Fundación Hospital Manacor

• Fundación Hospital Son Llàtzer − La Agencia Tributaria de las Islas Baleares − Las entidades públicas empresariales:

• Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI)

• Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental (ABAQUA) • Agencia de Turismo de las Islas Baleares (ATB)

• Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM) • Instituto Balear de la Naturaleza (IBANAT)

• Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares (IDI) • Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y

Culturales (IBISEC)

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

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• Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA)

• Puertos de las Islas Baleares • Espacios de Naturaleza Balear

• Agencia de Emigración y Cooperación de las IB (antes Agencia de Cooperación Internacional de las Islas Baleares (ACIIB) • Consorcio de Transportes de Mallorca (CTM)

• Instituto Balear de la Juventud (IB-Jove) − Las sociedades mercantiles dependientes:

• Servicios de Mejora Agraria, SA (SEMILLA) • CAIB Patrimonio, SA

• Servicios de Información Territorial de las Islas Baleares, SAU (SITIBSA)

• Instituto de Biología Animal de Baleares, SA (IBABSA) • Televisión de las Islas Baleares, SA (TVIB, SA)

• Radio de las Islas Baleares, SA

• Gestión de Emergencias de las Islas Baleares, SAU (GEIBSA) • Multimedia de las Islas Baleares, SAU

• Palacio de Congresos de Palma, SA • Parc Bit Desarrollo, SA

• Baleares Innovación Telemática, SA (BITEL) • Tranvía de la Bahía de Palma, SA

− Las fundaciones dependientes:

• Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares (CSMDIB)

• Fundación Instituto Socioeducativo s'Estel

• Fundación para el Deporte Balear (antes Fundación para el Apoyo y la Promoción del Deporte Balear)

• Fundación Baleares en el Exterior • Fundación Robert Graves

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• Fundación para la Escuela Superior de Arte Dramático de las Islas Baleares (ESADIB)

• Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Islas Baleares

• Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares • Fundación de Investigación Sanitaria de las Islas Baleares

Ramon Llull

• Fundación Santuario de Lluc

• Fundación Balear de Innovación y Tecnología (F. Bit)

• Fundación Islas Baleares para la Innovación Tecnológica (IBIT) • Fundación para el Desarrollo Sostenible de las Islas Baleares • Fundación Mateu Orfila para la Investigación de las Islas

Baleares

• Fundación Balear de la Memoria Democrática − Los consorcios dependientes:

• Centro Baleares Europa (CBE)

• Consorcio Escuela de Hostelería de las Islas Baleares

• Consorcio para la Recuperación de la Fauna de las Islas Baleares (COFIB)

• Instituto Estudios Baleáricos (antes Consorcio para el Fomento del Uso de la Lengua Catalana -COFUC-)

• Consorcio Joc Hípic de Mallorca

• Consorcio Agencia de Calidad Universitaria de las Islas Baleares (AQUIB)

• Consorcio del Museo Joaquim Torrents Lladó • Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares • Consorcio Pla D-Llucmajor

• Consorcio Parque de las Estaciones • Consorcio Formentera Desarrollo

• Consorcio de Recursos Socio sanitarios y Asistenciales de las IB

• Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias (COFIU)

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

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• Consorcio Velódromo Palma Arena

• Consorcio para el Desarrollo de Actuaciones de Mejora y Construcción de Infraestructuras en el Territorio de la Entidad Local Menor de Palmanyola

• Consorcio para el Fomento del Deporte de Marratxí

• Consorcio para la Rehabilitación del Patrimonio del Municipio de Es Castell

• Consorcio para la Mejora de las Infraestructuras Turísticas y el Fomento de la Desestacionalización de la Oferta Turística de la Isla de Mallorca (Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos) • Consorcio de Aguas de las Islas Baleares

• Consorcio Escuela Balear del Deporte (EBE) • Consorcio la Gola- Pollença

• Consorcio para la Gestión de la Obra de Rehabilitación y del Espacio Patio de Sa Lluna

En materia de subvenciones, a las entidades autónomas y a las entidades de derecho público que dependen de la CAIB, se les aplica la misma normativa que a la Administración General de la CAIB (artículo 3.1 TRLS); mientras que los consorcios sometidos al ordenamiento autonómico y las fundaciones deben ajustar su actividad de fomento, en todo caso, a lo dispuesto en el artículo 20 LGS, y los artículos 2, 4, 5, 6.2, 7, 9, 10 y 34 y el Título V del TRLS (disposición adicional primera TRLS).

En materia de contratación, el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de aprobación del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, distingue en el ámbito subjetivo, a los efectos de esta Ley, entre las entidades que tienen configuración de administración pública, de poder adjudicador y el resto de entes, organismos y entidades del sector público que no tienen carácter de poder adjudicador. Así, los organismos autónomos y los consorcios integrantes del sector público de la CAIB tienen carácter de administración pública mientras que las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicas y las fundaciones del sector público tienen el carácter de poder adjudicador.

Además del TRLCSP debe tenerse en cuenta la Ley 31/2007, de 30 de octubre, de Contratos en los sectores del agua, la energía, el transporte y los servicios postales, en aquellos casos en que resulta de aplicación.

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

B. ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN

El alcance temporal de la fiscalización se circunscribe al ejercicio 2012, sin embargo, se ha sacado una muestra tanto de las subvenciones como de los contratos fiscalizados en ejercicios anteriores, correspondientes a los ejercicios 2010 y 2011, en materia de subvenciones, y de 2008 a 2011, en materia de contratos, a efectos de analizar las actuaciones llevadas a cabo durante el año 2012.

En materia de subvenciones, el trabajo realizado ha sido el siguiente:

− Analizar de forma global la actividad subvencionadora de la Administración General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, así como de sus entidades dependientes.

− Determinar el importe total de la actividad subvencionadora por entes, las obligaciones reconocidas en el ejercicio 2012 y el número de beneficiarios, de acuerdo con la información remitida.

− Seleccionar una muestra de los órganos concedentes y de las líneas de subvenciones otorgadas, de acuerdo con lo establecido en las Directrices técnicas de fiscalización.

− Examinar la documentación justificativa de la aplicación de las subvenciones mencionadas para determinar si la actividad de fomento del ente fiscalizado se ajusta a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, así como si los procedimientos que se han seguido para la concesión y la justificación de subvenciones se ajustan a la normativa vigente.

− Hacer el seguimiento subvenciones revisadas en ejercicios anteriores que no estuvieran justificadas o que, habiéndose justificado, el órgano concedente no hubiese revisado y aprobado la justificación en el momento de su fiscalización por la SCIB.

En el tratamiento y la exposición de los resultados obtenidos, se ha seguido el orden de la clasificación orgánica que establece la Ley de Presupuestos Generales de la CAIB para el ejercicio 2012, se distinguen, por una parte las subvenciones otorgadas por las diferentes secciones presupuestarias y, por otra, las subvenciones otorgadas o gestionadas por el resto de entidades públicas integrantes del sector público instrumental de la CAIB.

Finalmente, se han analizado los convenios más representativos que se han formalizado durante el ejercicio 2012, excluidos los convenios instrumentales correspondientes a subvenciones concedidas que figuran en la base de datos de subvenciones (BDS).

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

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En cuanto a los contratos y las encomiendas de gestión, el ámbito temporal y el alcance de la fiscalización están delimitados por la contratación formalizada y por las encomiendas de gestión del ejercicio 2012, así como por una muestra de contratos fiscalizados en ejercicios anteriores, a efectos de realizar el seguimiento de la ejecución.

El análisis de los contratos se ha llevado a cabo en función de su topología y de los procedimientos de adjudicación. Así, la fiscalización abarca las fases de preparación, adjudicación y perfección, así como, en su caso, ejecución, modificación y extinción de los contratos.

Viendo las significativas diferencias que se producen entre los diferentes entes que forman parte del sector público autonómico, para la selección de la muestra de los contratos a fiscalizar correspondientes al ejercicio 2012 se han adoptado criterios cuantitativos pero también cualitativos, con el fin de garantizar la representatividad de la muestra.

A partir de la información rendida, el trabajo realizado ha sido el siguiente:

− Determinar el importe total de los contratos formalizados durante el ejercicio 2012, se distingue por tipología de entes, y las correspondientes imputaciones presupuestarias.

− Determinar si el ente fiscalizado se ajusta a los principios rectores de la contratación pública (publicidad, libre concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación) y los principios rectores de la ejecución del gasto público (legalidad, eficiencia, eficacia y economía). − Seleccionar, una vez recibida la información referente a los contratos y a

las encomiendas de gestión formalizados el 2012, la muestra de órganos de contratación que deben ser objeto de fiscalización, así como la muestra de los expedientes que correspondan, en función del importe y el procedimiento de adjudicación.

− Analizar las fases por las que pasa el expediente de contratación, verificando el cumplimiento de la legalidad: actuaciones preparatorias, fases de selección, adjudicación y formalización, y ejecución del contrato.

− Efectuar la revisión de una muestra referida a la ejecución de contratos seleccionados en ejercicios anteriores que, en el momento de efectuar la fiscalización, no estaban finalizados. Este seguimiento ha comprendido la revisión de las modificaciones, de los complementarios y de las prórrogas que se han producido durante el ejercicio 2012, hasta llegar a la liquidación de los contratos.

Con referencia al tratamiento y la exposición de los resultados obtenidos se ha seguido la clasificación orgánica del sector público autonómico que establece la Ley de Presupuestos Generales de la CAIB para el ejercicio 2012, se distingue

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

entre la contratación formalizada por las diferentes consejerías y los organismos autónomos, el IBSALUT y el resto de entidades integrantes del sector público instrumental de la CAIB.

C. METODOLOGÍA

La metodología que se ha seguido para la elaboración de este Informe de fiscalización es la generalmente aceptada en la realización de trabajos de auditoría del sector público.

La fiscalización, tal y como se ha expuesto anteriormente, incluye el análisis de la actividad subvencionadora, el análisis de la actividad contractual y las encomiendas de gestión de la CAIB durante el ejercicio 2012 (además del seguimiento de expedientes de subvenciones y de contratos iniciados en ejercicios anteriores), con las siguientes actuaciones :

− Examen global de la actividad subvencionadora, importes, convocatorias aprobadas y verificación del desarrollo de todas las fases del procedimiento. Las pruebas realizadas, de cumplimiento y sustantivas, han sido aquellas que, de forma selectiva, se han considerado necesarias para obtener evidencia suficiente de las incidencias más significativas con relación al cumplimiento del principio de legalidad de los expedientes analizados. Es necesario recordar que la información que ha sido objeto de tratamiento es la contenida en las relaciones de ayudas, subvenciones y medidas de apoyo, tal y como han sido remitidas por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

− Examen global de los convenios formalizados, importes, imputación presupuestaria, así como verificación de la idoneidad del objeto y de los sujetos que intervienen.

− Examen global de los contratos y encomiendas de gestión efectuados, importes globales de los contratos y encomiendas de gestión formalizados, imputación presupuestaria y procedimientos de contratación, así como verificación del desarrollo de todas las fases del procedimiento de contratación hasta la ejecución.

Estas actuaciones se han llevado a cabo en las dependencias de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares y en la sede de las entidades fiscalizadas, donde se ha desplazado, en función de las necesidades del trabajo de campo, el equipo auditor del Área de Auditoria de la Comunidad Autónoma.

D. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LAS MUESTRAS

Viendo lo que determinan, por una parte, el Programa de Actuaciones de la Sindicatura de Cuentas para el año 2013 —aprobado por el Consejo de la Sindicatura día 21 de diciembre de 2012—, y, por otra, las Directrices técnicas de fiscalización del Informe de subvenciones y contratos, el Área de la SCIB elabora un memorando con el objetivo de establecer los criterios de selección

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

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de las muestras de expedientes de subvenciones, contratos y encomiendas de gestión que serán objeto de fiscalización.

Los criterios que se han tenido en cuenta son principalmente de carácter cuantitativo y, básicamente, son dos: en primer lugar, el mayor volumen de obligaciones reconocidas a 31 de diciembre de 2012, en el caso de las subvenciones; y, en segundo lugar, el importe formalizado el año 2012, en el caso de los contratos y encomiendas de gestión.

En materia de subvenciones:

De acuerdo con el criterio “mayor volumen de obligaciones reconocidas a 31 de diciembre de 2012” los expedientes de subvenciones con convocatoria otorgadas por la Administración General de la CAIB que se han fiscalizado, a efectos de este Informe, corresponden a la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo; a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio; y al Servicio de Empleo de las Islas Baleares (SOIB). En cuanto a las subvenciones sin convocatoria, excluyendo las otorgadas a administraciones territoriales y entidades dependientes, se han analizado una subvención nominativa de la Consejería de Presidencia, una de la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo, una de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, y una de la Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social; y siete subvenciones de concesión directa de las Consejerías de Presidencia, de Turismo y Deportes, de Educación, Cultura y Universidades, de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, y de Salud, Familia y Bienestar Social.

En cuanto a las subvenciones concedidas por entidades dependientes, el criterio adoptado por la SCIB ha sido el de fiscalizar la entidad con el mayor volumen de subvenciones otorgadas en el año 2012, de acuerdo con la información disponible en el momento de elaborar el Informe. En este caso, se trata de la Agencia de Emigración y Cooperación Internacional de las Islas Baleares (ACIIB), con un volumen total de 5.176 miles de euros.

Finalmente, y como complemento del análisis de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2012, también se realiza un seguimiento de la justificación de subvenciones seleccionadas en informes de ejercicios anteriores (2010 y 2011) y que, cuando se realizó el trabajo de fiscalización, o bien no había finalizado el plazo de presentación de solicitudes, o bien la justificación quedaba pendiente de revisión y aprobación por parte del órgano otorgante. Esta revisión incluye siete subvenciones directas, cuyo detalle se presenta en el apartado correspondiente de este Informe.

En materia de convenios:

A partir de la información rendida por los órganos gestores, se establecen unos umbrales de materialidad a partir de los que se considera que los importes de los convenios que se han formalizado durante el ejercicio 2012 son o no

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

significativos. Se han excluido los convenios de ingresos, los convenios con otras administraciones públicas y los convenios instrumentales correspondientes a subvenciones concedidas que figuran en la BDS.

Vistos estos criterios, en el Informe se analizan los convenios suscritos entre el IBSALUT y la Agrupación de Agencias de Viajes de Baleares (AVIBA), así como sus prórrogas.

En materia de contratos y encomiendas de gestión:

En cuanto a la Administración General, se han seleccionado las tres consejerías y los organismos autónomos con un mayor volumen de contratación, que son: la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y Empleo (junto con la Sección 31), y la Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social. Además, se ha analizado la prórroga de los contratos de transporte escolar de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.

En el caso del Servicio de Salud de las Islas Baleares, se han seleccionado los contratos y encomiendas de gestión de los tres centros gestores con mayor volumen de contratación, que son: Servicios Centrales, Hospital de Son Espases, y Gerencia de Eivissa y Formentera.

En cuanto a los contratos menores, tanto en la Administración General de la CAIB como en el Servicio de Salud, se han seleccionado veinte contratos entre aquellos que, a priori, pueden tener incidencias por fraccionamiento; los de importe muy próximo al umbral para considerarse contratos; y otros que tienen relación con otros contratos o subvenciones analizados en este ejercicio. El resto hasta llegar a veinte, en su caso, se seleccionan al azar.

En cuanto a los contratos del sector instrumental de la CAIB, de la relación de entidades que cumplen los requisitos exigidos como entidades dependientes, y con la información disponible en el momento de elaborar este Informe, se han seleccionado, de acuerdo principalmente con el criterio cuantitativo de volumen de contratación y según la información disponible, las entidades siguientes: Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental (ABAQUA), Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM), Puertos de las Islas Baleares (PortsIB), Consorcio de Transportes de Mallorca (CTM), Televisión de las Islas Baleares, SA, Fundación Hospital Comarcal de Inca, Fundación Hospital de Manacor, Fundación Hospital Son Llàtzer, y Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares.

Igualmente que en el caso de las subvenciones, se ha realizado el seguimiento de la ejecución de contratos y encomiendas de gestión de ejercicios anteriores (2008, 2009, 2010 y 2011). Este seguimiento incluye dieciocho expedientes, cuyo detalle aparece en el apartado correspondiente.

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5. INFORMACIÓN REMITIDA Y LIMITACIONES

Para la realización de este Informe, la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ha remitido la relación de subvenciones otorgadas por las secciones presupuestarias, así como las bases reguladoras, convocatorias y datos presupuestarios correspondientes al ejercicio 2012. Igualmente, las entidades dependientes han rendido la información referente a subvenciones, ayudas, medidas de apoyo y, en general, cualquier disposición dineraria sin contraprestación que han concedido durante el ejercicio 2012.

También se ha partido de las relaciones certificadas de contratos y encomiendas de gestión remitidas a la Sindicatura por la Administración General de la CAIB, el IBSALUT y la ATIB, de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 del TRLCSP.

Se ha solicitado a las entidades del sector público instrumental que certifiquen la relación de los contratos formalizados durante el año 2012 de importe igual o superior a 150 miles de euros.

Los modelos DABA y TRAIN son la base que determina el universo sobre el que se selecciona la muestra de subvenciones y contratos de las entidades dependientes de la CAIB que serán objeto de fiscalización por la Sindicatura de Cuentas.

La SCIB ha desarrollado, por primera vez en el año 2013, una aplicación para la rendición telemática de los modelos DABA y TRAIN, lo que ha supuesto, en algunos casos, la recepción tardía de la información proveniente de las entidades dependientes.

A fecha de cierre del Informe provisional (12 de agosto de 2013), no todas las entidades han rendido la información requerida.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, a continuación se detallan las limitaciones a la fiscalización objeto del Informe.

LIMITACIONES A LA FISCALIZACIÓN

Las relaciones de expedientes que han sido remitidas por el Servicio de Salud de las lslas Baleares mediante la Intervención General adolecen de carencias y deficiencias, sin embargo se ha reiterado la petición de documentación requerida en diversas ocasiones, este motivo ha imposibilitado el tratamiento de la información para realizar un análisis completo y comprensivo de toda la actividad contractual de esta entidad.

En cuanto a la Fundación Hospital Son Llàtzer, existen expedientes fiscalizados en que los datos remitidos no coinciden con los importes adjudicados que constan en el TRAIN, sin que conste la justificación de la diferencia, y sin que se pueda garantizar su integridad, lo que dificulta significativamente la fiscalización.

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

Con relación a las entidades dependientes, la información remitida adolece de algunas limitaciones por falta de homogeneidad y porque no se ha rendido, en su totalidad, en el plazo fijado por la Sindicatura. La relación de entidades que no han suministrado la información requerida es la siguiente:

Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares (IDI)

Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales (IBISEC) Instituto Balear de la Juventud (IB-Jove)

Instituto de Biología Animal de Baleares, SA (IBABSA)

Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares (CSMDIB), solamente ha remitido el DABA

Fundación Instituto Socioeducativo s'Estel Fundación Robert Graves

Fundación para el Deporte Balear Fundación Santuario de Lluc

Fundación Balear de Innovación y Tecnología (F. Bit) Consorcio Escuela de Hostelería de las Islas Baleares Consorcio Juego Hípico de Mallorca1

Consorcio del Museo Joaquim Torrents Lladó

Consorcio para la Mejora de las Infraestructuras Turísticas y el Fomento de la Desestacionalización de la Oferta Turística de la Isla de Mallorca (Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos)

Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares. Consorcio Escuela Balear del Deporte

Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias(COFIU) Consorcio para el Fomento del Deporte de Marratxí

Estas limitaciones impiden afirmar que la información que consta en el informe sea completa y comprensiva de toda la actividad de fomento y contractual de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares durante el ejercicio fiscalizado.

1

A pesar de la alegación presentada, el Consorcio no se liquidará hasta el 2013. Por tanto, a efectos de 2012, debería rendir la información requerida.

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

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6. TRÁMITE DE ALEGACIONES

El resultado de las actuaciones practicadas se comunicó al Presidente de la Comunidad Autónoma, para que se pudieran formular las alegaciones y presentar los documentos y los justificantes que se consideraran adecuados, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 del Reglamento de Régimen Interior de la SCIB.

Las alegaciones han sido analizadas y evaluadas, y se ha suprimido o modificado del texto del Informe cuando su contenido ha sido aceptado por la Sindicatura. Cuando no se ha alterado el Informe ni se ha emitido opinión sobre el contenido de las alegaciones, es que éstas, o son explicaciones que confirman los hechos y las valoraciones expuestas, o no se han justificado de forma adecuada los criterios o las afirmaciones mantenidas en la alegación, o se trata de supuestos en que se manifiesta la voluntad de subsanar la deficiencia en el futuro.

A fecha 24 de octubre de 2013, el Consejo de la Sindicatura aprobó el Informe provisional de las Subvenciones y de los Contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012 y acordó remitirlo al cuentadante para que, en el plazo de un mes, formulase las alegaciones y presentara los documentos pertinentes con relación a la fiscalización realizada. A fecha 28 de octubre de 2013, el mencionado Informe fue remitido para alegaciones. La Consejería de Hacienda y Presupuestos presentó alegaciones el 28 de noviembre de 2013.

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

II. SUBVENCIONES

Y

CONVENIOS

1. SUBVENCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN

GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE LAS ISLAS BALEARES

A. CONSIDERACIONES GENERALES

La actividad subvencionadora de la Administración de la CAIB y de los organismos autónomos del año 2012, según la información remitida por los responsables de la tramitación de las subvenciones de cada sección presupuestaria, es la siguiente:

CAIB 2012. SUBVENCIONES (IMPORTE EN MILES DE EUROS)

CLASIFICACIÓN ORGÁNICA

SUBV. CON CONVOCATORIA SUBV. CONCESIÓN DIRECTA SUBVENCIONES TOTAL LÍNEAS BENEF. OBLIG. REC. BENEF. OBLIG. REC. BENEF. OBLIG. REC.

11 Presidencia 2 2 3 24 1.293 26 1.297

12 Turismo y Deportes 3 839 1.054 1 170 840 1.224 13 Educación, Cultura y Universidades 13 767 3.238 7 620 774 3.858 14 Vicepresidencia Económica, de Prom.

Empr. y de Empleo 21 1.241 7.064 12 1.200 1.253 8.264 15 Agricultura, Medio Ambiente y Territorio 3 1.087 5.174 12 964 1.099 6.139 16 Administraciones Públicas 8 31 1.546 9 301 40 1.847 18 Salud, Familia y Bienestar Social - - - 24 2.042 24 2.042 76 Servicio de Empleo de las IB 17 284 13.325 116 850 400 14.175 78 Escuela Balear de Adm. Pública 2 68 31 - - 68 31

TOTAL 69 4.319 31.436 205 7.441 4.524 38.876

El orden de las secciones presupuestarias que aparece en el cuadro anterior corresponde a la estructura orgánica establecida en la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la CAIB para el año 2012.

Son objeto de análisis en este Informe:

− Tres líneas de subvenciones con convocatoria, correspondientes a la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo, a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, y a la entidad autónoma Servicio de Empleo de las Islas Baleares;

− Once subvenciones de concesión directa, de las cuales cuatro son subvenciones nominativas, de la Consejería de Presidencia, de Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, y de la Consejería de Salud, Familia y Bienestar; y siete son sin convocatoria, correspondientes a las consejerías de Presidencia, de Turismo y

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Deportes, de Educación, Cultura y Universidades, de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, y de Salud, Familia y Bienestar Social.

B. INCIDENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS

Viendo el alcance y las limitaciones del Informe definidos en sus apartados I.4 y I.5, y con relación a las tres líneas de subvenciones con convocatoria y a las once subvenciones de concesión sin convocatoria revisadas correspondientes a la Administración General, se detallan a continuación las incidencias más significativas del cumplimiento de legalidad:

1. El procedimiento establecido en el apartado sexto del anexo I de la convocatoria aprobada mediante la Resolución de 23 de noviembre de 2011 del Consejero de Educación, Cultura y Universidades y Presidente del Servicio de Empleo de las Islas Baleares, mediante la que se convocan subvenciones para poner en práctica programas experimentales en materia de empleo, no establece como se calculará objetivamente el importe de cada una de las subvenciones, de acuerdo con el presupuesto solicitado, el presupuesto asignado y la evaluación técnica efectuada (art. 15 TRLS).

2. En cinco de los siete expedientes analizados relativos a la concesión de subvenciones directas sin convocatoria (núm. 5, 6, 7, 9 y 10) no quedan suficientemente justificadas, en las respectivas memorias, las razones de interés público y humanitarias que justifiquen la excepción de los principios de publicidad y concurrencia previstos en el artículo 7.1.c del TRLS.

3. No se ha podido comprobar, en el expediente de concesión directa núm. 7, si el importe de las ayudas, junto con otros ingresos o ayudas concedidas, ha superado de manera individual o conjunta el coste de la actividad subvencionada.2

4. La Administración no tiene registrado el gasto de ejercicios futuros como consecuencia de las calificaciones provisionales derivadas de la línea de ayudas para favorecer el acceso a la vivienda.

5. Todas las subvenciones directas presentan incidencias en sus justificaciones, salvo la núm. 1, sin embargo en esta última el plazo para presentar las justificaciones finaliza el 30 de diciembre de 2013.

6. Los plazos de pago de las subvenciones se incumplen en la mayoría de los casos.

A continuación, se exponen los resultados de la fiscalización, en los que se detallan todas las incidencias de las subvenciones analizadas.

2

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C. VICEPRESIDENCIA ECONÓMICA, DE PROMOCIÓN

EMPRESARIAL Y DE EMPLEO

La línea y los expedientes analizados se reflejan en el siguiente cuadro:3

CAIB 2012. AYUDAS DESTINADAS A MANTENER EL PUESTO DE TRABAJO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO MEDIANTE

LA FINANCIACIÓN PARCIAL DE SUS COSTES SALARIALES (IMPORTE EN MILES DE EUROS)

DEFICIENCIAS

NORMATIVA 1

EXPEDIENTES:

Núm. exp. Beneficiario Importe Deficiencias

1 Gelim Baleares, SA (mayo, junio y julio 2012) 21 4 y 6 2 AMADIP (diciembre 2011) 86 4 y 6 3 Aspas Café (enero, febrero y marzo 2012) 7 4 y 6 4 Estel Nou (enero, febrero y marzo 2012) 25 4 y 6 5 Fundosa Galenas, SAU (enero, febrero y marzo 2012) 3 4 y 6 6 Gabinet Balear (enero, febrero y marzo 2012) 29 4 y 6 7 Isla Centinela, SLU (diciembre 2011 y prorrata paga extra) 32 4 y 6 8 Sifu Baleares, SL (noviembre y diciembre 2011) 30 4 y 6 9 Zertifica Comunicaciones, SL (diciembre 2011) 24 4 y 6 10 Lligall (mayo y junio 2012) 14 4 y 6

Importe expedientes Vicepresidencia Económica, de

Promoción Empresarial y de Empleo 271

CAIB 2012. CÓDIGO Y DESCRIPCIÓN DE DEFICIENCIAS CÓDIGO DESCRIPCIÓN

EXPEDIENTE

1 Deficiencias en las bases reguladoras

2 Deficiencias en los informes y en las resoluciones de convocatorias 3 Deficiencias en la documentación y en las actuaciones previas a la

concesión

4 Deficiencias en el procedimiento de concesión 5 Deficiencias en la justificación de la subvención 6 Deficiencias en los pagos

a. NORMATIVA

1. Bases reguladoras

Orden del Consejero de Trabajo y Formación, de 4 de mayo de 2005, mediante la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de trabajo y formación (BOIB núm. 73, de 12 de mayo),

3

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

31

modificada mediante la Orden de la Consejera de Trabajo y Formación, de 16 de julio de 2008 (BOIB núm. 104, de 26 de julio de 2008).

Las bases reguladoras fueron objeto de revisión en el Informe de la SCIB núm. 70/2012, de la Cuenta General de la CAIB correspondiente al año 2010 donde figuran detalladas las incidencias que se reproducen.

En la aprobación de la Orden del Consejero de Trabajo y Formación de 4 de mayo de 2005 constan la documentación y los informes preceptivos establecidos por la normativa. No obstante, el informe de la Secretaría General no describe suficientemente la valoración de las alegaciones presentadas. Las bases reguladoras han sido publicadas con la fórmula "habiendo escuchado al Consejo Consultivo". En el expediente no consta el dictamen del Consejo

Consultivo.

En la aprobación de la Orden de la Consejera de Trabajo y Formación de 16 de julio de 2008 también constan la documentación y los informes preceptivos establecidos por la normativa, y figura la fórmula "habiendo solicitado dictamen al Consejo Consultivo", ya que este dictamen se emitió fuera del plazo de 20 días previsto en el artículo 17.1 de la Ley 5/1993, de 15 junio, del Consejo Consultivo de las Islas Baleares. El dictamen concluyó que el proyecto de orden de modificación de las bases reguladoras se tramitó conforme a derecho.

Las actividades subvencionadas por la Consejería comprenden un total de treinta y ocho objetos subvencionables de ámbitos diferentes, por lo que se produce una generalización que impide que las bases reguladoras cumplan adecuadamente el mandato de certidumbre y concreción que debe presidir esta regulación, y que es especialmente trascendental con relación al objeto y a los destinatarios de las subvenciones.

Contrariamente al contenido mínimo que la Ley 5/2002 exige en las órdenes de bases reguladoras de las subvenciones, esta Orden remite a la convocatoria la regulación de los siguientes aspectos:

− La compatibilidad o incompatibilidad de las subvenciones con otras ayudas.

− Los criterios objetivos que rigen la concesión de la subvención. − Las reglas generales para determinar el importe de la subvención. − Las reglas generales sobre plazos y prórrogas.

− Las condiciones de solvencia de las personas jurídicas que actúan como entidades colaboradoras.

Además, las bases reguladoras no han sido adaptadas a la normativa vigente en el momento de aprobar la convocatoria.

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012

2. Convocatoria

Resolución del Vicepresidente Económico, de Promoción Empresarial y de Empleo de 18 de mayo de 2012, de aprobación de la convocatoria para conceder ayudas destinadas a mantener los puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo mediante la financiación parcial de sus costes salariales (BOIB núm. 74, de 24 de mayo de 2012).

La Resolución de la convocatoria de la subvención analizada ha cumplido con el procedimiento para su elaboración, y dispone de informe de la Dirección General de Presupuestos, certificado de existencia de crédito, informe jurídico e informe de fiscalización previa favorable.

Según el artículo 3 de la Resolución de la convocatoria, el crédito inicialmente asignado es de 1.000 miles de euros. Mediante Resolución del Vicepresidente Económico, de Promoción Empresarial y de Empleo de 10 de agosto de 2012, se amplió el crédito inicial hasta un total de 2.624 miles de euros, con la autorización previa del Consejo de Gobierno. Además, mediante Resolución del Vicepresidente Económico, de Promoción Empresarial y de Empleo de 19 de noviembre de 2012, se realizó una segunda ampliación del crédito asignado a la convocatoria hasta un total de 3.324 miles de euros.

La selección de los beneficiarios se realiza mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva. Por tanto, las solicitudes se han analizado y resuelto según el orden de presentación y con el límite del presupuesto destinado a la convocatoria, que ha sido suficiente para hacer frente a todas las solicitudes.

Esta subvención está recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2012, aprobado por el Consejo de Gobierno a fecha 11 de mayo de 2012 de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 del TRLS, y consta el informe de la Consejería de evaluación del Programa de Actuaciones ejecutado con la finalidad de analizar los resultados obtenidos, la utilidad pública o social y la procedencia de mantenerlo o suprimirlo, de acuerdo con el artículo 46 del TRLS.

b. EXPEDIENTES

Consideraciones generales

Las subvenciones se conceden a los centros especiales de empleo que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria.

El importe de la subvención es del 50% del salario mínimo interprofesional de los trabajadores con discapacidad contratados a jornada completa, o la parte proporcional si los contratos son a tiempo parcial. Para los meses de noviembre y diciembre de 2011, el importe de la subvención es del 75% del salario mínimo

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Informe de las subvenciones y de los contratos de la Comunidad

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interprofesional de los trabajadores con discapacidad intelectual superior al 33% o con discapacidad física o sensorial superior al 65%.

El importe de la subvención se calcula a partir de las nóminas aportadas por la persona interesada junto con la solicitud.

Expedientes analizados

3. Documentación y actuaciones previas a la concesión

En todos los expedientes analizados consta la solicitud de la subvención de acuerdo con el modelo oficial, registrado en el plazo previsto, junto con la documentación específica y los requisitos indicados en la convocatoria.

En el momento de presentación de las solicitudes, y de acuerdo con la convocatoria, la actividad subvencionada ya se había realizado. Así, entre la documentación que se adjunta ya se incluye la justificación de los gastos subvencionables.

En todos los expedientes revisados constan los certificados para acreditar que los beneficiarios se encuentran al corriente de las obligaciones con la Hacienda del Estado y la Autonómica así como con la Seguridad Social.

Todos los expedientes disponen del informe técnico favorable, en el cual se comprueba el cumplimiento de los requisitos y se determina el importe de la subvención.

Constan los informes de fiscalización previa limitada, en los casos en que ésta es preceptiva.

4. Procedimiento de concesión

En todos los expedientes fiscalizados consta una Resolución del Vicepresidente Económico, de Promoción Empresarial y de Empleo, que aprueba la concesión de la subvención, autoriza y dispone el gasto por el importe concedido, reconoce la obligación y propone el pago de la subvención.

En los expedientes núm. 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, la Resolución de concesión ha

sido dictada fuera de plazo, con un retraso de dos meses respecto de lo que indica el punto décimo de la convocatoria.

En todos los expedientes la Resolución de concesión se notifica al

beneficiario fuera del plazo, con un retraso de 10 días respecto de lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de RJPAC.

5. Justificación

En todos los casos, la justificación de la subvención se ha realizado de acuerdo con la normativa reguladora.4

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Referencias

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