TEMA 13
Principios fundamentales de la
bioética
Definición de bioética: El estudio
sistemático de las dimensiones
morales (incluyendo la visión moral,
las decisiones, las conductas y las
políticas) de las ciencias de la vida y
del cuidado de la salud, usando una
variedad de metodologías éticas en
un contexto interdisciplinario.
Principios fundamentales de la
bioética
Otras definiciones:
La bioética es la
rama de la ética que aspira a proveer los
principios orientadores de la conducta
humana en el campo biomédico.
Estudio disciplinar de los problemas
derivados de los avances biológicos con
especial atención a su dimensión moral
Por qué surge la bioética?
Los grandes avances científico-tecnológicos
El desarrollo de los sistemas sanitarios
Los cambios culturales
Las nuevas posibilidades que surgen en el
mantenimiento de la vida con medios
tecnológicos
La conciencia de autonomía de las
personas…
El informe Belmont (1978)
Sentó las bases de uno de los paradigmas
bioéticos de mayor influencia y éxito: el
principalismo. Dicho informe estableció los
4 principios fundamentales de la
bioética: no maleficencia, justicia,
beneficencia y autonomía.
(Al inicio 3 principios: respeto a las
personas, justicia y beneficencia)
Principio de no maleficencia
Obliga a no hacer el daño de forma
intencionada; a evitar el mal.
Obliga a rechazar influencias o presiones
para utilizar nuestros conocimientos con el
fin de perjudicar o dañar a las personas
También nos insta a no participar en
cualquier forma de tortura y métodos que
permitan someter a sesiones de sufrimiento
a cualquier ser humano
Principio de beneficencia
Obliga a hacer el bien; no sólo a no hacer el mal, sin actitudes paternalistas, sino
considerando al paciente como sujeto activo.
Por lo tanto, el bien no es el que el profesional crea, sino la idea de bien de esa persona o
grupo.
A partir de ahí, llevar a cabo las intervenciones oportunas para colaborar en su consecución
Principio de justicia
Se trata de la justicia distributiva.
Es de obligado cumplimiento que todos los ciudadanos tengan el mismo acceso a las necesidades básicas de salud.
Es nuestra responsabilidad denunciar aquellas situaciones en las que dicho acceso sea desigual o se vea impedido por motivos de discriminación, sexo, edad, condición social, etc.
Principio de autonomía
Capacidad que tenemos, en principio, todas
las personas, para tomar decisiones y, por
tanto, tenemos derecho a participar y a
decidir en cuestiones relativas a nuestro
proceso de salud.
Los profesionales de enfermería tenemos la
obligación de proporcionar una información
clara y suficiente al paciente antes de llevar a
cabo cualquier intervención. Si no está
capacitado, informaremos a sus
representantes.
De este principio parte el desarrollo de la
teoría del consentimiento informado.
Código Deontológico de la
Enfermería Española
Del griego dei: lo obligatorio, lo justo, lo adecuado
Conjunto de obligaciones o deberes exigibles a todo profesional.
Mínimos imprescindibles a cumplir con el fin de alcanzar los objetivos por los cuales una
profesión es reconocida como tal.
Su incumplimiento conlleva sanciones
disciplinarias establecidas por los colegios profesionales
Código Deontológico de la
Enfermería Española
ÁREAS DE RESPONSABILIDAD
Prevención de las enfermedades
Mantenimiento de la salud
Atención
Rehabilitación e integración social del enfermo
Educación para la salud
Formación
Administración
DILEMAS ÉTICOS: ABORTO
Muerte del feto voluntariamente originada, bien destruyéndolo en el seno materno, bien
expulsándolo prematuramente del vientre de la madre.
El aborto en España es legal, y se rige por la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y
reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo
Se fijan los 16 años como la mayoría de edad para abortar. Las embarazadas menores de edad tendrán que informar al menos a uno de sus representantes legales
ABORTO
Esta ley garantiza la interrupción
voluntaria del embarazo siempre y cuando
se realice por un médico especialista, ya
sea en un centro sanitario público o uno
privado acreditado.
Hasta las 14 semanas de embarazo,
todas las mujeres mayores de 16 años
pueden elegir abortar.
Aborto: consideraciones
El embarazo se podrá interrumpir hasta
la semana 22 si existe riesgo para la vida o salud de la embarazada, que existan graves anomalías en el feto o se detecten anomalías incompatibles con la vida.
Los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tienen el derecho a ejercer
la objeción de conciencia. En este caso el
personal sanitario debe notificarlo por escrito anticipadamente para garantizar a la mujer el ejercicio de la prestación por otro facultativo.
Eutanasia
Significa “buena muerte” (del griego eu
“bien, bueno” y thanatos “muerte”)
Acortamiento voluntario de la vida de
quien sufre una enfermedad incurable
para poner fin a sus sufrimientos.
Solicitud de una “buena muerte”: solicitud
de ayuda para dejar de sufrir.
Tipos de eutanasia
Activa, directa o positiva: Consiste en causar la muerte
de una persona mediante una acción con el fin de abreviarle sufrimiento.
Quien obra, lo hace con la intención de poner fin a la vida.
Pasiva: consiste en causar la muerte mediante el cese o la
supresión de los medios extraordinarios a un paciente cuya situación es irreversiblemente fatal
Indirecta o larvada: consiste en la eliminación o mitigación
del sufrimiento mediante el empleo de analgésicos,
narcóticos, etc. en dosis tales que puede ir acompañado de un acortamiento de la vida
Cumplir con el deber de aliviar el dolor del paciente aunque la utilización de los fármacos que puedan calmarlo tengan como efecto una aceleración del proceso de muerte.
Eutanasia voluntaria:
es la que supone que el enfermo quiere poner fin a su vida.
Eutanasia no voluntaria:
es la que decide un representante en nombre del enfermo e interpretando su voluntad.
Eutanasia involuntaria:
se actúa prescindiendo de la voluntad del enfermo moribundo o contradiciéndola.
Ortotanasia
Aplicación de los medios adecuados y
proporcionados a la situación final del
paciente que garantizan una muerte
digna, respetando el proceso natural del
morir.
Incluye los términos:
Eutanasia pasiva y
Madurez
Proceso del Morir
TRANSCURSO DE LA VIDA
Tiempo de Vida
Distanasia Eutanasia Ortotanasia
Otros conceptos de interés
Distanasia:
“mala muerte”. Consiste en el
“encarnizamiento terapéutico”, mediante el
cual se aplican al enfermo todo tipo de
acciones terapéuticas con el fin de prolongar
su vida a toda costa, llegando a la muerte en
condiciones inhumanas y antinaturales.
Ortotanasia: dejar morir a su tiempo, sin
emplear medios desproporcionados ni
MUERTE DIGNA
(D. J. Roy)Morir sin el estrépito
frenético de una tecnología
puesta en juego para otorgar
al moribundo algunas horas
suplementarias de vida
MUERTE DIGNA
(D. J. Roy)Morir sin dolores atroces
que monopolicen toda
la energía y la
MUERTE DIGNA
(D. J. Roy)Morir en un entorno digno del
ser humano, y propio de lo
que podría ser vivir su hora
más hermosa
RECHAZO AL TRATAMIENTO
EL PACIENTE TIENE TODO EL DERECHO
A RECHAZAR LA INSTAURACIÓN DE UN
ENCARNIZAMIENTO TERAPÉUTICO
USO
DESPROPORCIONADO
DE MEDIDAS
Encarnizamiento terapéutico:
Distanasia u obstinación terapéutica
Acciones que sólo consiguen la
prolongación de una situación
clínica irreversible mediante el
uso desproporcionado de medios
terapéuticos útiles en los casos
de reversibilidad.
¿Decir o no decir la verdad?
Enfermería no comunica el
diagnóstico, pero….
“El paciente tiene derecho a que se le
dé, en términos comprensibles, a él
y a sus familiares o allegados,
información completa y continuada,
verbal y escrita sobre su proceso,
incluyendo diagnóstico, pronóstico y
alternativas de tratamiento”
El secreto profesional
Es un derecho básico, relacionado con el
derecho a la intimidad de las personas.
“Deber que tienen los miembros de
determinadas profesiones de no descubrir a
terceros los hechos que han conocido en el
ejercicio de su profesión”.
Es una exigencia de la sociedad hacia
determinadas profesiones
El secreto profesional
Es un deber ético, deontológico y jurídico
hacia los pacientes que se corresponde con
el derecho a la intimidad de las personas
Se basa en dos pilares: respeto a la intimidad
de las personas y relación terapéutica de
confianza en la que se asume que se
mantendrá la confidencialidad
Es una variante del secreto pactado o
confiado (antes de conocer la información,
hay un acuerdo más o menos explícito de no
divulgarla)
Objeto del secreto profesional
Dicho secreto incluye:
Lo descubierto en el ejercicio estricto de la profesión
Lo conocido precisamente con motivo de la
relación profesional con el paciente (no solamente los datos relativos a su salud)
Todo aquello que perteneciendo a la intimidad del paciente es conocido por el profesional en el ejercicio de sus funciones, ya sea por las confidencias espontáneas de éste o por la recogida de datos por parte del profesional
Límites del secreto profesional
Legales
Si existe un riesgo para la Salud Pública o
la vida de terceras personas, como en el
caso de las Enfermedades de Declaración
Obligatoria.
Si atendemos a personas que han sido
víctimas de un delito o sospechamos de
ello, tales como agresiones o malos tratos.
Ante la mala praxis.
Límites del secreto profesional
Éticos
Situaciones en las que entran en conflicto
el deber de secreto con los principios de
beneficencia/maleficencia. Se debe
valorar siempre que el perjuicio sea menor
que el beneficio que se pretende
conseguir
Riesgo para la vida del paciente
Riesgo para la salud del paciente
Regulación jurídica
Está regulado en la Declaración de los Derechos Humanos.
En la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea 2000
En la Constitución Española
En el Código Deontológico de la Enfermería Española (art. 19, 20 y 21)
En Ley 41/2002 de autonomía del paciente
En el Estatuto del personal no facultativo de las instituciones sanitarias de la seguridad social
CÓDIGO PENAL (ART. 199)
1. El que revelare secretos ajenos, de los
que tenga conocimiento por razón de su
oficio o sus relaciones laborales, será
castigado con la pena de prisión de uno a
tres años y multa de seis a doce meses.
2. El profesional que, con incumplimiento
de su obligación de sigilo o reserva,
divulgue los secretos de otra persona,
será castigado con la pena de prisión de
uno a cuatro años, multa de doce a
veinticuatro meses e inhabilitación
especial para dicha profesión por tiempo
de dos a seis años.
Regulación disciplinaria
Estatuto del Personal Sanitario no Facultativo de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social:
- Todo el personal está obligado
inexcusablemente a guardar el secreto
profesional de modo absoluto y a todos los niveles.
- Se sanciona como falta grave “el quebranto del
secreto profesional”
- Se sanciona como falta muy grave si el
quebranto ocasiona graves perjuicios a terceros (paciente y/o allegados) o a la Seguridad Social
EVP o similar Demencia Enf. Terminal Tetraplejía RCP Ventilación asistida Fluidoterapia Cirugía mayor Hemodiálisis Nutrición parenteral Cirugía menor Priebas invasivas Antibioterapia Sonda nasogástrica Sonda vesical Pruebas no invasivas Tratamiento sintomático Insulina Transfusión