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MINISTERIO DE JUSTICIA

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22536 Martes 13 junio 2006 BOE núm. 140

MINISTERIO DE JUSTICIA

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ORDEN JUS/1823/2006, de 29 de mayo, por la que se resuelve concurso de traslado para la provisión de plazas del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Visto el expediente instruido para la provisión en concurso de traslado de las plazas vacantes de los grupos Segundo y Tercero del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como plazas de los mismos grupos, cuyos titulares se encuentran en la situación de servicios especiales, anunciado por Orden JUS/925/2006, de 15 de marzo, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 31 de marzo,

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artícu-los 116 a 118 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, ha resuelto nombrar a los Secretarios que en los Anexos I y II se relacionan para desempeñar las plazas que se indican, por ser los concursantes que reuniendo las condiciones legales ostentan derecho preferente. Asimismo, en el Anexo III figuran las plazas que se declaran desiertas por falta de solicitantes.

Plazo de cese.–Los Secretarios nombrados deberán cesar en sus actuales destinos dentro de los tres días hábiles siguientes a la publi-cación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.

Plazo de toma de posesión.–El plazo de toma de posesión empe-zará a contarse a partir del día siguiente al del cese y será de tres días naturales si el destino no implica cambio de residencia, de ocho días naturales si implica cambio de localidad dentro de la misma Comuni-dad Autónoma, o de veinte días naturales si es consecuencia de reingreso al servicio activo o comporta cambio de Comunidad Autó-noma, con excepción de Canarias, Illes Balears, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el plazo será de un mes.

Cómputo del plazo posesorio.–El período de plazo posesorio es computable a efectos de consolidación de categoría como tiempo de desempeño en el nuevo puesto excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de hijos, una vez transcurrido el primer año.

Exclusiones y causas.–Se excluye del presente concurso a D. Anto-nio José Jiménez Hurtado, D.ª María de los Milagros Herrera Dieguez, D.ª Marta Gutierrez Fidalgo, D.ª Raquel García Martín, D.ª María

Angeles Díaz Callejón, D.ª Margarita Diana Fernández Sánchez, D. Oscar Cabrera Pérez, D.ª Felicidad Barros García, D.ª Ana María Ayala Coll, D.ª María José Antolín Pérez, D.ª Susana López Her-nández, D. Rosendo Cajoto Díaz, D.ª María Begoña Corral Alonso, D.ª María Llanos Sánchez González, D.ª Noelia Sebastián Magda-leno, D.ª Carmen Valero Sánchez, D. Rafael Villalba Bru, D.ª Gema Vico Fernández, D.ª Mercedes Mateo Cabrejas, D. Francisco Javier Ruiz Martín, D.ª Esther María Prieto Trelles, D. Jesús Esteban Pavón García, D. Jose Miguel Orzaez Fernández, D.ª Inmaculada Palma González, doña María del Mar Pardo Arcas, D.ª Susana Moreno Mar-tín, D. Fernando Navas Arroyo, D. Enrique Montañana Castellano, D.ª Vanesa Miratvilles Matamoros D. Alfonso Merino Rebollo, por no haber transcurrido dos años desde la fecha de la resolución por la que se les adjudicó destino definitivo. D. Luis Jiménez Alonso D.ª María del Pilar Martín Rueda, D. Manuel Padilla Rodríguez, D.ª María Avilés Navarro, D. Francisco Javier Izquierdo Carbonero, D.ª María Zapata Muñoz, D.ª María José Mira Caballos, D.ª María Angeles Moreno Ballesteros, D. Fulgencio Pérez Frutos, por no haber trascu-rrido dos años desde la fecha de la resolución por la que se convocó el concurso de traslados en el que obtuvo su último destino definitivo y a D.ª Rosario Mariscal Ruiz por incurrir en una incompatibilidad referida en el artículo 141.5 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzga-dos Centrales de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición ante este Ministe-rio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 29 de mayo de 2006.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/345/2005, de 7 de febrero), el Secretario de Estado de Justicia, Luis López Guerra.

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