Apoyo contable en el área de impuesto vehicular de la Gobernación del Meta
Texto completo
(2) 2 APOYO CONTABLE EN EL ÁREA DE IMPUESTO VEHICULAR DE LA GOBERNACIÓN DEL META. MODALIDAD DE GRADO – PRÁCTICA SOCIAL, EMPRESARIAL Y SOLIDARIA. ANGELICA ALEXANDRA GUAVITA DAZA ID: 427450. Informe de trabajo de grado como requisito previo para optar al título de Contador Público. Asesor de la Práctica ADRIANA JINETH AULLÓN CIFUENTES Magister en Tecnologías de la Información y la Comunicación en Educación. UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES PROGRAMA DE CONTADURÍA PÚBLICA VILLAVICENCIO, META 2018.
(3) 3. AUTORIDADES ACADÉMICAS UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIBA Directivos Nacionales. Dra. Maritza Rondón Rangel Rectora. Directivos Sede Villavicencio. Dr. CESAR AUGUSTO PEREZ LONDOÑO Director Sede Villavicencio. Dra. DORA NAVARRO QUINTERO Decano Facultad de Ciencias Económicas Administrativas y Contables. Dra. EDNA RUTH AYALA MILLAN Jefe de programa Contaduría Pública. Dra. ADRIANA JINETH AULLÓN CIFUENTES Asesor de la Práctica y Metodológica. Villavicencio.
(4) 4. DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD. Angélica Alexandra Guavita Daza. DECLARO QUE:. El presente trabajo de grado titulado “Apoyo Contable en el Área de Impuesto Vehicular de la Gobernación del Meta” ha sido desarrollado con base a una pasantía desarrollada en la Gobernación del Meta, se ha elaborado respetando derechos intelectuales de terceros, conforme las citas que constan al interior del documento y la presentación de sus respectivas referencias.. Por tanto, este trabajo es de mi autoría, y en virtud de esta declaración, me responsabilizo de la información presentada en este documento y declaro que la Facultad de Ciencias económicas, Administrativas y Contables de la Universidad Cooperativa de Colombia verifica el cumplimiento de las condiciones mínimas requeridas científicamente y de manejo ético”.
(5) 5 Tabla de contenido Resumen Informativo ................................................................................................................ 12 Introducción .............................................................................................................................. 14 1.. 2.. Identificación ..................................................................................................................... 15 1.1.. Título .......................................................................................................................... 15. 1.2.. Línea de Investigación ................................................................................................ 15. Problema ............................................................................................................................ 16 2.1.. Planteamiento del Problema ........................................................................................ 16. Pregunta. ............................................................................................................................ 17 2.2.. Justificación ................................................................................................................ 17. 2.3.. Objetivos .................................................................................................................... 18. Objetivo General. ............................................................................................................... 18 Objetivos Específicos. ........................................................................................................ 18 2.4. 3.. Metodología ................................................................................................................ 19. Marco referencial ............................................................................................................... 24 3.1.. Marco institucional ..................................................................................................... 24. 3.2.. Marco teórico .............................................................................................................. 25. 3.3.. Marco conceptual ........................................................................................................ 27. 3.4.. Marco geográfico ........................................................................................................ 28. 3.5.. Marco Legal................................................................................................................ 29.
(6) 6 4.. Resultados.......................................................................................................................... 31 4.1.. Resultado del primer objetivo...................................................................................... 31. 4.2.. Resultado del segundo objetivo ................................................................................... 36. 4.3.. Resultado del tercer objetivo. ...................................................................................... 40. 4.4.. Aportes de la práctica a la Gobernación del Meta ........................................................ 41. 5.. Conclusiones ...................................................................................................................... 42. 6.. Recomendaciones. ............................................................................................................. 43. Referencias ............................................................................................................................... 44 Anexos ...................................................................................................................................... 46 Anexo A.Copia convenio con la empresa. .............................................................................. 47 Anexo B. Copia de informe 1 del director de práctica. ........................................................... 54 Anexo C. Copia de informe 2 del director de práctica. ........................................................... 56 Anexo D. Copia de informe avance del pasante. .................................................................... 59 Anexo E. Copia plantilla asistencia a la práctica. ................................................................... 63 Anexo F. Copia registró visita 1 del profesor a la práctica. ..................................................... 65 Anexo G. Copia registró visita 2 del profesor a la práctica. .................................................... 67 Anexo H. Copia de propuesta. ............................................................................................... 69 Anexo I. Acta de inicio de la práctica..................................................................................... 83 Anexo J. Soporte asistencia o seguimiento de las asesorías. ................................................... 84 Anexo K. Evaluación del convenio. ....................................................................................... 85.
(7) 7 Anexo L. Oficio de aval de la entidad. ................................................................................... 88 Anexo M. Acta final de la práctica. ....................................................................................... 89 Anexo N. Socialización de la práctica. .................................................................................. 91 Anexo O. Oficio Aval del Director de la Práctica. .................................................................. 93.
(8) 8 Lista de Ilustraciones. Ilustración 1. Factores del recaudo del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta. .......... 20 Ilustración 2. Extracto bancario Banco de Occidente sobre el recaudo de enero 2018 del Impuesto Vehicular del Dpto. del Meta. .................................................................................... 22 Ilustración 3. Informe SisCar sobre el recaudo de enero 2018 del Impuesto Vehicular del Dpto. del Meta. ................................................................................................................................... 23 Ilustración 4. Ubicación del Edificio de la Gobernación del Meta. ............................................ 28 Ilustración 5. Estructura del Edificio de la Gobernación del Meta. ........................................... 29 Ilustración 6. Revisión Extracto bancario Banco de Occidente sobre el recaudo de enero 2018 del Impuesto Vehicular del Dpto. del Meta. ............................................................................... 36 Ilustración 7. Revisión informe SisCar sobre el recaudo de enero 2018 del Impuesto Vehicular del Dpto. del Meta. .................................................................................................................... 37 Ilustración 8. Pagos recaudados con inconsistencias en la liquidación y parametrización del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta. ....................................................................... 37 Ilustración 9. Pagos recaudados encontrados en el Extracto Bancario del Banco de Bogotá, pero no en el Sistema SisCar. .................................................................................................... 39 Ilustración 10. Pagos recaudados encontrados en el Sistema SisCar, pero no en el extracto bancario del Banco de Bogotá................................................................................................... 39 Ilustración 11. Visitas por parte de la Asesora Doc. Adriana Aullón en el área de Impuesto Vehicular. ................................................................................................................................. 91 Ilustración 12. Equipo de trabajo del Área de Impuesto Vehicular de la Gobernación del Meta. ................................................................................................................................................. 91.
(9) 9 Ilustración 13. Sustentación de la Práctica Empresarial, Social y Solidaria como Opción de Grado. ...................................................................................................................................... 92 Ilustración 14. Practicantes de la Gobernación del Meta, Tutores y Jurados. ........................... 92.
(10) 10 Lista de tablas. Tabla 1. Marco Normativo aplicable al Impuesto Vehicular del Departamento del Meta. ......... 20 Tabla 2.Resumen detallado Marco Normativo aplicable al Impuesto Vehicular del Departamento del Meta. ............................................................................................................ 31.
(11) 11 Lista de anexos. Anexo A.Copia convenio con la empresa. ................................................................................. 47 Anexo B. Copia de informe 1 del director de práctica. ............................................................... 54 Anexo C. Copia de informe 2 del director de práctica. ............................................................... 56 Anexo D. Copia de informe avance del pasante. ........................................................................ 59 Anexo E. Copia plantilla asistencia a la práctica. ....................................................................... 63 Anexo F. Copia registró visita 1 del profesor a la práctica. ........................................................ 65 Anexo G. Copia registró visita 2 del profesor a la práctica......................................................... 67 Anexo H. Copia de propuesta. ................................................................................................... 69 Anexo I. Acta de inicio de la práctica. ....................................................................................... 83 Anexo J. Soporte asistencia o seguimiento de las asesorías. ....................................................... 84 Anexo K. Evaluación del convenio............................................................................................ 85 Anexo L. Oficio de aval de la entidad. ....................................................................................... 88 Anexo M. Acta final de la práctica. .......................................................................................... 89 Anexo N. Socialización de la práctica. ..................................................................................... 91 Anexo O. Oficio Aval del Director de la Práctica. ..................................................................... 93.
(12) 12 Resumen Informativo. El presente trabajo de grado titulado “Apoyo Contable en el Área de Impuesto Vehicular de la Gobernación del Meta” desarrollado en la modalidad de práctica empresarial, social y solidaria, ocupando el cargo equivalente al de Auxiliar Contable con el objetivo general de apoyar el proceso de conciliación del recaudo del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta. La práctica social, empresarial y solidaria se encuentra tipificada en el Capítulo III del Acuerdo 219 del 27 de octubre de 2014, “por la cual se reglamentan las Modalidades de Trabajo de Grado como requisito para optar a títulos académicos en los programas de Pregrado de la Universidad Cooperativa de Colombia”, donde se describen las diferentes modalidades de grado avaluadas por la Universidad Cooperativa de Colombia. La Gobernación del Meta es una empresa del sector público en la cual una de sus funciones es la recaudación del Impuesto de Vehículos Automotores del Departamento del Meta; tributo aplicado a los propietarios o poseedores de vehículos inscritos en cualquiera de los municipios de dicho Departamento. El trabajo fue realizado en su totalidad en la oficina Mezaninne – Impuesto Vehicular, en desarrollo del convenio N° 10-2016-028 “Convenio de pasantías celebrado entre la Universidad Cooperativa de Colombia y Gobernación del Meta”, la práctica se realizó desde el día 22 de Agosto del año 2018 hasta el día 01 de Noviembre del mismo año, a través de una jornada de 7 horas diarias de lunes a viernes, completando un total de 322 horas, logrando lo exigido para el desarrollo de la Práctica profesional..
(13) 13 En las prácticas empresariales realizadas en la Gobernación del Meta, se evidencio un problema respecto a los pagos recaudados por concepto de Impuesto Vehicular; ya que se han encontrado pagos sin identificar y diferencias en los valores que han pagado los contribuyentes. Se desarrollaron algunas actividades como la inducción en el área de Impuesto Vehicular de la Gobernación del Meta, siguiendo de la identificación del marco normativo de este tributo, la Conciliación del Banco de Occidente Vs. Sistema SisCar (Desde 01-enero-2018), posteriormente se realizó el detalle pagos no encontrados en el Sistema SisCar o en el Extracto Bancario, el detalle de errores en liquidaciones y parametrización que se informaron a Datasoft y por último el primer informe contable del recaudo del Impuesto Vehicular (Enero). Las actividades realizadas durante el periodo de la práctica fueron propicias para poder desarrollar los objetivos propuestos en la práctica que eran los requeridos por la Gobernación del Meta y aprender la labor que atañe al ejercicio profesional como Contador Público al ser egresado. De esta forma se logró contribuir a las necesidades de la entidad en la cual se desarrolló la pasantía.. Palabras claves: Impuesto, Conciliación, Liquidación, Recaudo, Vehículo..
(14) 14 Introducción. En el presente informe se da a conocer la experiencia durante el desarrollo de la práctica profesional llevada a cabo en la Gobernación del Meta. Está compuesto por los siguientes apartes: Capítulo I. Da inicio a la identificación del proyecto; título del proyecto y la línea de investigación. Capítulo II. Que contiene la descripción del problema, la sistematización del problema, la formulación del problema, la justificación, los objetivos y la metodología desarrollada. Capítulo III. Donde se detalla los conceptos básicos a tener presente para el desarrollo de la práctica como lo es el Marco referencial, que incluye la fundamentación teórica o marco teórico del tema de la práctica, Marco institucional de la entidad, la fundamentación legal; leyes, normas, reglamentos, conceptos fundamentales para poder desarrollar el trabajo de grado, marco geográfico. Capítulo IV. Se presentan los resultados de los objetivos propuestos en la práctica y que detalla las actividades que permitieron su logro, al igual que las diferentes lecciones aprendidas durante la práctica, permitiendo tener una visión más clara del mundo laboral y de las áreas de desempeño de los Contadores públicos. Capítulo V: Conclusiones y recomendaciones..
(15) 15 1. Identificación. 1.1.Título Apoyo Contable en el Área de Impuesto Vehicular de la Gobernación del Meta. 1.2.Línea de Investigación Control y aseguramiento..
(16) 16 2. Problema. 2.1.Planteamiento del Problema El Impuesto sobre vehículos automotores en el Departamento del Meta, se estableció con la Ordenanza No. 466 de 2001; por la cual se expide el Estatuto de Rentas Tributarias del Departamento del Meta, donde se establece que este impuesto sustituye los Impuestos de Timbre Nacional sobre vehículos automotores, y de circulación y tránsito; donde el hecho generador se constituye por la propiedad o posesión de los vehículos gravados. En la Gerencia de rentas han existido errores que están pendientes de conciliarse, debido a que solo se liquidaban los impuestos de los vehículos que los propietarios llegaban a registrar, además de que eran pocos, muchos no pagaban, ya que no se aplicaban sanciones. Sin embargo, en el año 2002 se implementa el primer programa y se evidencia que hay liquidaciones de años anteriores sin pagar, siendo difícil establecer el monto exacto, se realiza una estimación que superaba el billón de pesos, motivo por el cual es necesario realizar un saneamiento contable con el que se depuren los saldos que sean incobrables. Buscando optimizar el recaudo, en enero del 2018 se implementa un nuevo programa para la liquidación y conciliación del Impuesto Vehicular, el cual está en etapa de parametrización; es en esta etapa en donde uno de los objetivos y resultados de la práctica ha sido el apoyo en analizar las inconsistencias de la información de lo cobrado por concepto de impuesto vehicular en las liquidaciones del sistema SisCar y el recaudo que se refleja en las conciliaciones bancarias de las dos cuentas aliadas, Banco de Bogotá y Banco de Occidente, y comparar con lo recibido y el debido cobrar, ya que adicionalmente se han encontrado pagos sin identificar y diferencias en los valores que han pagado los contribuyentes, ante lo cual se viene.
(17) 17 adelantando la elaboración de reportes que son remitidos por la Gerencia de renta a DataSoft, quien es el proveedor de software, con el fin de dar solución a esta problemática. Por tal dentro de la Gobernación del departamento del Meta, Gerencia de Rentas, Área de Impuesto Vehicular, se evidenció la falta de personal para desarrollar actividades propias de esta área, generando así acumulación del trabajo. Al interior de esta dependencia surge la pregunta, que se formula en el posterior enunciado: Pregunta. ¿Qué información contable requiere la Gobernación del Meta sobre el recaudo del Impuesto Vehicular para su proceso de fiscalización?. 2.2.Justificación La práctica social, empresarial y solidaria es una de los requisitos para poder obtener el título de Contador Público. En el Acuerdo 219 del 27 de octubre de 2014, “por la cual se reglamentan las Modalidades de Trabajo de Grado como requisito para optar a títulos académicos en los programas de Pregrado de la Universidad Cooperativa de Colombia”, establece la mencionada opción de grado y a su vez se describen las demás modalidades de grado aprobadas por la Universidad Cooperativa de Colombia. La realización de esta práctica es de gran importancia no solo porque es un requisito para obtener el título de Contador Público, sino también porque en estas prácticas se desarrollan habilidades más propias y oportunas, que enriquecen nuestros conocimientos y a través de estas experiencias aprendemos a desenvolvernos en un ambiente laboral, profesional y social. Además, como practicante contribuí con los conocimientos obtenidos durante la carrera de estudio, apoyando ordenadamente al cumplimiento de las actividades asignadas por dicha dependencia..
(18) 18 De acuerdo al planteamiento de la pregunta, es de vital importancia que la información contable sobre el recaudo del Impuesto Vehicular sea clara, precisa y confiable, puesto que se han presentado inconsistencias que se intentan solucionar con la implementación del Sistema Vehicular SisCar, el cual por encontrarse en etapa de implementación debe ser evaluado respecto de su progreso mensual y corregir las inconsistencias surgidas en forma oportuna. Se ejerce el apoyo en el área, realizando el proceso de conciliación de los pagos recaudos encontrados en la cuenta Banco de Occidente y en el Sistema SisCar, detallando las distintas inconsistencias surgidas con el fin de realizar los respectivos informes contables. Logrando así garantizar los objetivos propuestos por la entidad, con una labor precisa y pertinente.. 2.3.Objetivos. Objetivo General. Apoyar el proceso de conciliación del recaudo del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta. Objetivos Específicos. 1. Identificar el marco normativo aplicable al Impuesto Vehicular del Departamento del Meta. 2. Detallar el proceso de conciliación aplicable al recaudo del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta. 3. Señalar los beneficios y consecuencias de la gestión de recaudo del Impuesto Vehicular con base en el Sistema Vehicular SisCar del Departamento del Meta..
(19) 19 2.4.Metodología El trabajo se desarrolló con base en el modelo práctico formativo y metodológico, entendido como lo plantea (UNIVERSIDAD DE LA RIOJA, 2018): Las prácticas externas son actividades que realiza el estudiante en empresas, instituciones u otro tipo de organizaciones con el objetivo de enriquecer, complementar su formación universitaria y proporcionarle un conocimiento más profundo acerca de las competencias que necesitará una vez se haya graduado. Las prácticas se diseñan para que los estudiantes que participan en ellas adquieran una experiencia profesional en situaciones y condiciones reales, aplicando los conocimientos, competencias y actitudes que se adquieren en los procesos de formación a lo largo de la titulación. (p. 01) Además se llevó a cabo el método deductivo, entendido tal y como lo plantea (Carvajal, 2013) como: “un método de investigación que utiliza la deducción o sea el encadenamiento lógico de proposiciones para llegar a una conclusión” (p. 01). Y es que la deducción siendo un método investigación clave, es uno de los principales métodos de razonamiento para llegar a una conclusión, es decir; que la deducción es toda conclusión a la que se llegó después de un dar certeza y razonamiento a una serie de afirmaciones. Las fases de trabajo se desarrollaron dentro del área de Impuesto Vehicular, perteneciente a la Gerencia de Rentas del Departamento del Meta. Cada una de las actividades realizadas fueron supervisadas por la Jefe de Impuesto Vehicular, doctora Diana María Plazas Reyes, y la Contadora Rudy Xiomara Hurtado Reyes, las cuales estuvieron atentas a las actividades que desarrollaba y así cumplir el objetivo de la institución..
(20) 20 A su vez en la práctica se recolecto información cuantitativa y cualitativa la cual se analizó con el fin de apoyar en la presentación de los informes contables mensuales del recaudo del Impuesto Vehicular categorizando sus 3 factores. Ilustración 1. Factores del recaudo del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta.. El 80% del Los derechos recaudo del de Transito Impuesto equivalentes a Vehicular $30.600. para el Departamento del Meta. El 20% del recaudo del Impuesto Vehicular para el Municipio en que se declare el vehículo.. Fuente: Elaboración propia con base en información de la Ordenanza No. 466 de 2001. Para esto se identificó y analizo detalladamente el marco normativo aplicable al Impuesto Vehicular del Departamento del Meta y demás normativa que modifique, complemente o reglamente el impuesto sobre Vehículo Automotor. Tabla 1. Marco Normativo aplicable al Impuesto Vehicular del Departamento del Meta.. Marco Normativo aplicable al Impuesto Vehicular del Departamento del Meta Marco. Autoridad. Propósito. Ley 488 de 1998. El Congreso de Colombia.. Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se.
(21) 21 dictan otras disposiciones fiscales de las Entidades Territoriales. Decreto 2654 de 1998. El Presidente de la República de Colombia.. Por medio del cual se reglamenta el Impuesto de Vehículos Automotores de que trata el Capítulo VI de la Ley 488 del 24 de diciembre de 1998.. Ley 1819 de 2016. El Congreso de Colombia.. Por medio de la cual se adopta una Reforma Tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones.. Ordenanza 466 de 2001. La Asamblea Departamental del Meta.. Por la cual se expide el Estatuto de Rentas Tributarias del Departamento de Meta.. Ordenanza 569 de 2005. La Asamblea Departamental del Meta.. Por medio de la cual se amplían el plazo para el pago de impuestos sobre vehículos automotores y se dictan otras disposiciones.. Ordenanza 594 de 2006. La Asamblea Departamental del Meta.. Por el cual se modifica el artículo segundo de la ordenanza No. 569 del 27 de enero de 2005 y se establecen incentivos para matricular vehículos automotores en el Departamento del Meta.. Y demás normativa que modifique, complemente o reglamente el Impuesto sobre Vehículo Automotor.. Fuente: Elaboración propia con base en información del área de Contabilidad Impuesto Vehicular..
(22) 22 Donde por último se realizaron las conciliaciones bancarias del recaudo del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta; se conciliaron una de las dos cuentas bancarias para la recaudación; Cuenta Banco de Occidente en relación con los pagos del Sistema Vehicular SisCar del Departamento del Meta.. Ilustración 2. Extracto bancario Banco de Occidente sobre el recaudo de enero 2018 del Impuesto Vehicular del Dpto. del Meta.. Fuente: Elaboración propia con base en información del área de Contabilidad Impuesto Vehicular.. Para la realización de este análisis de las transacciones del recaudo del impuesto vehicular del Departamento del Meta, el sistema SisCar permitió la exportación de la información en tablas en Excel, las cuales facilitaron conciliar los saldos del sistema vs. Los extractos bancarios..
(23) 23 Ilustración 3. Informe SisCar sobre el recaudo de enero 2018 del Impuesto Vehicular del Dpto. del Meta.. Fuente: Elaboración propia con base en información del área de Contabilidad Impuesto Vehicular.. En la medida en que se desarrolló la práctica se identificó los beneficios y consecuencias que ha tenido la Implementación del Sistema Vehicular SisCar en el recaudo del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta y cómo influyo el hecho de contar con información útil (relevante, confiable, comparable, comprensible y de alta calidad) en la generación de los informes contables que mensualmente se deben presentar a la gerencia de Rentas..
(24) 24 3. Marco referencial. Para el buen desarrollo de las diferentes actividades durante la práctica fue necesario profundizar en algunos conocimientos adquiridos en el transcurso del estudio del programa y adquirir unos nuevos, dando como resultado el siguiente marco teórico o referencial que permitió un mejor acoplamiento con los procesos de la Gobernación del Meta.. 3.1.Marco institucional Gobernación del Meta. Misión El Departamento del Meta a partir de su modernización institucional y en el marco de sus competencias constitucionales y legales, atenderá de manera prioritaria las demandas que efectúe su población, con el fin de eliminar diferencias y cerrar brechas a partir de acuerdos, alianzas y convenios que permitan elevar la calidad de vida, dinamizar el desarrollo económico del departamento con la participación de todos los actores, de acuerdo las políticas contenidas en el plan de desarrollo económico y social. (GOBERNACIÓN DEL META, 2017, pág. 1). Secretaria de Hacienda. La Oficina de Apoyo a la Jurisdicción Cobro Coactivo de la Secretaría de Hacienda del Departamento del Meta, se sirve citar a las siguientes personas para notificar mandamiento de pago por deuda de impuesto de vehículo automotor, en la Carrera 33 #.
(25) 25 38 – 45 Centro, Piso 3º Edificio de la Gobernación del Meta, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 1437 de 2011. (GOBERNACIÓN DEL META, 2018, pág. 1). 3.2.Marco teórico La facultad que tienen los entes territoriales para cobrar el Impuesto Vehicular se encuentra establecida en la Ley 488 del 24 de diciembre de 1998; en los artículos 138,139 y 140 se especifica: quien debe crear el impuesto, los beneficiarios de la renta generada y el hecho generador del impuesto. (GOBERNACIÓN DEL META, s.f.) La mencionada ley establece que el titular del impuesto vehicular es el propietario o poseedor del vehículo la liquidación de este tributo comprende el periodo del 1° de enero al 31 de Diciembre de cada año; para los vehículos nuevos se causa en la fecha de solicitud de la inscripción en cualquier organismo de tránsito, esta feche debe ser la de la factura de venta o la de solicitud de internación. Sin embargo, los departamentos tienen el derecho de fijar fechas límites para el pago de este. Propietario del vehículo. Es la persona natural o jurídica que ante el registro municipal automotor aparece como dueño o titular del bien. (LLANOS, 2005) Poseedor del vehículo. Aquella persona que dispone y tiene bajo su dominio el vehículo así no aparezca inscrito ante el registro municipal automotor como propietario del mismo. (LLANOS, 2005) Los vehículos que se encuentran gravados son: automotores nuevos, usados y los que se internen temporalmente en el territorio nacional. Es importante destacar que los Vehículos.
(26) 26 oficiales pagan impuesto vehicular según el Artículo 141 de la Ley 488 de 1998 que no los excluyó del pago del tributo, en esta Ley, también estableció taxativamente que automotores no están gravados con el impuesto sobre vehículos y en ninguno de los literales excluyó a los vehículos propiedad de los municipios y/o entidades Gubernamentales. (GOBERNACIÓN DEL META, s.f.) Para los vehículos de transporte público de pasajeros y de carga, es responsabilidad de los Concejos Municipales y/o Distritales fijar el cobro de las tarifas del impuesto de circulación y tránsito de estos automotores. Estos son algunos de los casos en que se exceptúa en pago de Impuestos: . Los tractores de trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola.. . Los tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y construcción similar de construcción de vías públicas.. . Vehículos y maquinaria de uso industrial que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.. . Los vehículos de transporte público de pasajeros y carga. (GOBERNACIÓN DEL META, s.f.). Para liquidar este impuesto se realiza teniendo en cuenta la base gravable (avalúo), además se aplica la tarifa estipulada por el Ministerio de Hacienda, que para la vigencia 2018 reglamentó los siguientes rangos de avalúos: Hasta $45.272.000 1.5%, desde $45.272.000 hasta $101.860.000 2.5% y más de $101.860.000 el 3.5%, para motos de más 125 c.c. 1.5%; por tal el resultado de esta operación es el valor del impuesto a declarar y cancelar..
(27) 27 Base gravable. Está constituida por el valor comercial del vehículo, establecido anualmente mediante resolución que expide el Ministerio de Transporte en noviembre del año inmediatamente anterior al gravable. (LLANOS, 2005) Para los vehículos nuevos, la base gravable está constituida por el valor total registrado en la factura de venta sin IVA; cuando son importados directamente por el usuario propietario o poseedor se tendrá en cuenta el valor total registrado en la declaración de importación. Los responsables pagaran el impuesto correspondiente simultáneamente con la presentación de la declaración en la entidad financiera debidamente autorizada. El plazo para presentar la declaración y pagar el impuesto se inicia el 1 de enero y vence el 30 de abril del mismo año gravable. (MarcadorDePosición1).. 3.3.Marco conceptual Contribuyente. Responsable del impuesto que figura como propietario del vehículo automotor en la licencia de tránsito. (GOBERNACIÓN DEL META, 2016, pág. 3) Fiscalización. Es el procedimiento mediante el cual la Administración Departamental en ejercicio de sus funciones, recauda las rentas y tienen jurisdicción coactiva para hacer efectivas las obligaciones exigibles a su favor. (GOBERNACIÓN DEL META, 2016, pág. 3) Inexacto. Las inexactitudes se generan cuando el contribuyente paga el impuesto sobre vehículos pero lo paga errado, normalmente esta cancela de manera imprecisa el valor del impuesto. Ejemplo: con un avaluó menor al determinado por el Ministerio de Transporte, con un cilindraje menor, con una carrocería diferente, entre otros. (GOBERNACIÓN DEL META, 2016, pág. 3).
(28) 28 Omisos. Son considerados como omisos las personas físicas o naturales que no pagan el impuesto vehicular en las fechas establecidas por la administración. (GOBERNACIÓN DEL META, 2016, pág. 3) Tablas de avalúos. Son los precios que determina el Ministerio de Transporte para automotores públicos y privados y que sirve como base para establecer el valor sobre el cual el propietario de un vehículo va a pagar ante las autoridades respectivas sus impuestos. (GOBERNACIÓN DEL META, 2016, pág. 4) Acuerdo de pago. Son arreglos de voluntades que permiten a los ciudadanos obtener plazo para el pago de sus obligaciones. (GOBERNACIÓN DEL META, 2016, pág. 3). 3.4.Marco geográfico El proyecto de grado se realiza en el edifico de la Gobernación del Meta; ubicado en la Carrera 33 N° 38-45 Plaza Libertadores - Centro, en el Municipio de Villavicencio, Colombia. Ilustración 4. Ubicación del Edificio de la Gobernación del Meta.. Fuente: Tomada de Google Maps..
(29) 29. Ilustración 5. Estructura del Edificio de la Gobernación del Meta.. Fuente: Tomada de http://www.selco.com.co/proyecto_detalle.php?ID_proyecto=8. 3.5. Marco Legal Ley 488 de 1998. Por la cual se expiden normas en materia Tributaria y se dictan otras disposiciones fiscales de las Entidades Territoriales. Decreto 2654 de 1998. Por medio del cual se reglamenta el Impuesto de Vehículos Automotores de que trata el Capítulo VI Ley 488 Del 24 de diciembre de 1998. Ley 1819 de 2016. Por medio de la cual se adopta una Reforma Tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones. Ordenanza 466 de 2001. Por la cual se expide el Estatuto de Rentas Tributarias del Departamento de Meta..
(30) 30 Ordenanza 569 de 2005. Por medio de la cual se amplían el plazo para el pago de impuestos sobre vehículos automotores y se dictan otras disposiciones. Ordenanza 594 de 2006. Por el cual se modifica el artículo segundo de la ordenanza No. 569 de 2005 y se establecen incentivos para matricular vehículos automotores en el Departamento del Meta. Y demás normativa que modifique, complemente o reglamente el impuesto sobre Vehículo Automotor..
(31) 31 4. Resultados. De conformidad con el objetivo general de la práctica que correspondió al de apoyar el proceso de conciliación del recaudo del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta, se presenta a continuación el desarrollo de los objetivos específicos propuestos y las actividades que permitieron cumplir con el compromiso de la pasantía.. 4.1.Resultado del primer objetivo Identificar el marco normativo aplicable al Impuesto Vehicular del Departamento del Meta. Para el logro de éste objetivo se realizó una lectura detallada, donde se analizó el marco normativo aplicable al Impuesto Vehicular del Departamento del Meta y demás normativa que modifique, complemente o reglamente este impuesto; se concluyó la siguiente información aplicable a este tributo.. Tabla 2.Resumen detallado Marco Normativo aplicable al Impuesto Vehicular del Departamento del Meta.. Marco Art. La Ley 488 138 de 1998. La Ley 488 139 de 1998. Titulo. Descripción. Creación del Impuesto Sobre Vehículos Automotores.. Crea el impuesto sobre vehículo automotor el cual sustituirá a los impuestos de timbre nacional sobre vehículos automotores, cuya renta se cede, de circulación y tránsito y el unificado de vehículos del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y se regirá por las normas de la presente ley. Corresponderá a los municipios, distritos, departamentos y el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, en las condiciones y términos establecidos en la presente ley..
(32) 32 El decreto 5 2654 de 1998 La Ley 488 140 de 1998. Beneficiarios De Las Rentas Del Impuesto. Hecho Generador.. La Ley 488 141 de 1998 Ley 1819 341 de 2016. La Ley 488 142 de 1998 El decreto 2 2654 de 1998. La Ley 488 143 de 1998. Son beneficiarios de las rentas recaudadas, incluidos los intereses y sanciones, los departamentos en cuya jurisdicción se encuentre matriculado el vehículo gravado, y los municipios a los que corresponda la dirección informada en la declaración. Constituye hecho generador del impuesto, la propiedad o posesión de los vehículos gravados. Los vehículos automotores nuevos, usados y los que se internen temporalmente al territorio nacional.. Vehículos Gravados.. PARÁGRAFO 3°. A partir del registro de la aprehensión, abandono o decomiso de automotores y maquinaria que sea efectuada por la DIAN, o de cualquier autoridad pública competente para ello, en el RUT, no se causarán impuestos ni gravámenes de ninguna clase sobre los mismos.. Sujeto Pasivo.. Es el propietario o poseedor de los vehículos gravados.. Declaración y pago del impuesto.. Los propietarios o poseedores de los vehículos automotores gravados, incluidas las motocicletas de más de 125 c.c. de cilindrada, deberán declarar y pagar el impuesto anualmente ante el departamento, según la jurisdicción donde se encuentre matriculado el respectivo vehículo. Como administradores del impuesto, determinarán los plazos y las entidades financieras, ubicadas dentro de su jurisdicción, para la presentación y pago de la declaración del impuesto.. Base Gravable.. Está constituida por el valor comercial de los vehículos gravados, establecido anualmente mediante resolución expedida en el mes de noviembre del año inmediatamente anterior al gravable, por el Ministerio de Transporte. Para los vehículos que entran en circulación por primera vez, está constituida por el valor total registrado en la factura de venta, o cuando son importados directamente, por el valor total registrado en la declaración de importación.. La Ley 488 144 de 1998. Causación.. La Ley 488 145 de 1998. Tarifas.. Se causa el 1° de enero de cada año. Para los vehículos automotores nuevos, se causa en la fecha de solicitud de la inscripción en el registro automotor. Para vehículos particulares hasta $45.272.000 1.5%, desde $45.272.000 hasta $101.860.000 2.5% y más de $101.860.000 el 3.5%, para motos de más 125 c.c. 1.5%. Los valores serán reajustados anualmente por el Gobierno Nacional. Cuando entre en circulación por primera vez, se liquidará en proporción al número de meses que reste del respectivo año gravable..
(33) 33 La Ley 488 146 de 1998 340 La Ley 1819 de 2016.. Liquidación del impuesto.. Podrá ser liquidado anualmente por el respectivo sujeto activo. Cuando el sujeto pasivo no esté de acuerdo con la información allí consignada deberá presentar declaración privada y pagar el tributo en los plazos que establezca la entidad territorial.. La Ley 488 147 de 1998. Administración y El recaudo, fiscalización, liquidación oficial, discusión, cobro y Control. devolución del impuesto sobre vehículos automotores, es de competencia del departamento o distrito en cuya jurisdicción se deba pagar el impuesto.. La Ley 488 150 de 1998 107 La Ley 633 de 2000. Del total recaudado por concepto de impuesto, sanciones e intereses, en su jurisdicción, al departamento le corresponde el ochenta por ciento (80%). El veinte por ciento (20%) corresponde a los municipios a que corresponda la dirección informada en la declaración.. Distribución Del Recaudo.. El decreto 6 2654 de 1998 El decreto 3 2654 de 1998 La Ley 488 141 de 1998. La Ley 354 1819 de 2016 Ley 1111 69 de 2006 58 Ley 1430 de 2010 La ley 1575 30 de 2012. Serán distribuidas directamente por la institución financiera con la cual el departamento haya celebrado el convenio de recaudo, dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de recaudo. Suscripción de Convenios. Vehículos No Gravados.. Determinación Oficial De Los Tributos Territoriales Por El Sistema De Facturación. Beneficios Tributarios Cuerpo De Bomberos.. Para de la declaración y pago del impuesto, los departamentos suscribirán convenios con entidades financieras, con cobertura nacional, vigiladas por la Superintendencia Bancaria. Las bicicletas, motonetas, y motocicletas con motor hasta de 125 c.c. de cilindrada; Los tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola; Los tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas; Vehículos y maquinaria de uso industrial que por sus características no estén destinados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público; Los vehículos de transporte público de pasajeros y de carga. Sin perjuicio de la utilización del sistema de declaración, para la determinación oficial del impuesto predial unificado, del impuesto sobre vehículos automotores y el de circulación y tránsito, las entidades territoriales podrán establecer sistemas de facturación que constituyan determinación oficial del tributo y presten mérito ejecutivo.. A iniciativa del respectivo Alcalde, los Concejos Municipales y Distritales podrán establecer tarifas especiales o exonerar de gravámenes e impuestos distritales o municipales a los inmuebles destinados a dependencias, talleres y lugares de entrenamiento de los.
(34) 34 Cuerpos de Bomberos. Esos mismos predios no serán sujetos de impuestos o gravámenes por parte de la Nación. La Ley 769 40 de 2002. Cancelación De Matricula.. La licencia de tránsito de un vehículo se cancelará a solicitud de su titular por destrucción total del vehículo, pérdida definitiva, exportación o reexportación, hurto o desaparición documentada sin que se conozca el paradero final del vehículo, previa comprobación del hecho por parte de la autoridad competente.. Ordenanza 569 de 2005. Plazos Para El Pago Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor.. Por medio de la cual se amplía el plazo para el pago de impuestos sobre vehículos automotores y se dictan otras disposiciones indica en su artículo primero que el plazo para pagar y declarar el impuesto sobre vehículo automotor es hasta el último día hábil de mes de julio.. Ordenanza 3 569 de 2005 4. Descuentos Para El Pago Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor.. El primer plazo para declarar y pagar el impuesto es a más tardar el último día hábil de febrero del mismo año y tendrá un descuento del 15% de valor del recaudo que le corresponde al Departamento del Meta (80%), el segundo plazo es entre el 1° al 31° de marzo del mismo año y tendrá un descuento del 10% y el tercer plazo es entre el 1° al 30° de abril del mismo año y tendrá un descuento del 5%.. 2. Incentivos para matricular vehículos automotores en el Dpto. del Meta.. Un descuento del 50% del impuesto sobre vehículo automotor correspondiente al año siguiente a aquellos vehículos matriculados nuevos o trasladados por primera vez en las sedes del Instituto Departamental de Tránsito y Transporte.. 850. Devolución. 5. Ordenanza 569 de 2005 Ordenanza 594 de 2006 Estatuto Tributario Nacional. Estatuto Tributario Nacional. Los contribuyentes o responsables que liquiden saldos a favor en sus declaraciones tributarias podrán solicitar su devolución.. 854. La solicitud de devolución de impuestos deberá presentarse a más tardar dos años después de la fecha de vencimiento del término para declarar.. 855. Deberá devolver los saldos a favor dentro de los cincuenta (50) días siguientes a la fecha de la solicitud de devolución presentada oportunamente y en debida forma.. 815. Compensación.. Los contribuyentes o responsables que liquiden saldos a favor en sus declaraciones tributarias podrán: a) Imputarlos dentro de su liquidación privada del mismo impuesto, correspondiente al siguiente período gravable. b) Solicitar su compensación con deudas por concepto de impuestos, anticipos, retenciones, intereses y sanciones que figuren a su cargo..
(35) 35 Estatuto Tributario Nacional. 702. Liquidación De Revisión.. La Administración de Impuestos podrá modificar, por una sola vez, las liquidaciones privadas de los contribuyentes, responsables o agentes retenedores, mediante liquidación de revisión.. Estatuto Tributario Nacional. 715. Liquidación Oficial de Aforo.. El incumplimiento de la obligación de presentar las declaraciones tributarias, serán remplazados por la Administración de Impuestos, para que lo hagan en el término perentorio de un (1) mes, advirtiéndoseles de las consecuencias legales en caso de persistir su omisión. El contribuyente que presente la declaración con posterioridad al emplazamiento, deberá liquidar y pagar la sanción por extemporaneidad.. 716. Vencido el emplazamiento sin que se hubiere presentado la declaración respectiva, la Administración de Impuestos procederá a aplicar la sanción por no declarar prevista en el artículo 643.. 717 Agotado el procedimiento previsto en los artículos 643, 715 y 716, la Administración podrá, dentro de los cinco (5) años siguientes al vencimiento del plazo señalado para declarar, determinar mediante una liquidación de aforo, la obligación tributaria al contribuyente que no haya declarado. Estatuto Tributario Nacional. 764. Liquidación provisional.. La Administración Tributaria podrá proferir Liquidación Provisional con el propósito de determinar y liquidar las siguientes obligaciones: a)Impuestos, gravámenes, contribuciones, sobretasas, anticipos y retenciones que hayan sido declarados de manera inexacta o que no hayan sido declarados por el contribuyente, agente de retención o declarante, junto con las correspondientes sanciones que se deriven por la inexactitud u omisión, según el caso; b) Sanciones omitidas o indebidamente liquidadas en las declaraciones tributarias; c) Sanciones por el incumplimiento de las obligaciones formales.. Estatuto Tributario Nacional. 639. Reducción de sanciones.. El valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas será equivalente a la suma de 10 UVT.. Fuente: Elaboración propia con base en información del área de Contabilidad Impuesto Vehicular.. Al realizar este resumen del marco normativo se comprendió e interpreto en la información recolectada de los pagos recaudados con el fin de utilizarla en el proceso de conciliación..
(36) 36 4.2.Resultado del segundo objetivo Detallar el proceso de conciliación aplicable al recaudo del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta. Para el cumplimiento de este objetivo se realizó el proceso de conciliación bancaria, donde se permitió comparar y conciliar los valores registrados por concepto de pagos recaudados del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta, con los valores que el Banco de Occidente suministra por medio del extracto bancario. Mensualmente, el Banco de Occidente envía al Jefe de Impuesto Vehicular un extracto en el que se muestran todos los pagos recaudados en un saldo de la cuenta al último día del respectivo mes. Por lo general, los saldos del extracto bancario nunca coincidían con el saldo que tenía el Sistema SisCar en su base de datos, por lo que era preciso identificar las diferencias y las causas por las que esos valores no coincidían. Ilustración 6. Revisión Extracto bancario Banco de Occidente sobre el recaudo de enero 2018 del Impuesto Vehicular del Dpto. del Meta.. Fuente: Elaboración propia con base en información del área de Contabilidad Impuesto Vehicular..
(37) 37 Ilustración 7. Revisión informe SisCar sobre el recaudo de enero 2018 del Impuesto Vehicular del Dpto. del Meta.. Fuente: Elaboración propia con base en información del área de Contabilidad Impuesto Vehicular.. Así que, al realizar la revisión y comparación de cada uno de los valores registrados en la base de datos, con los valores contenidos en el extracto bancario se determinó lo siguiente que causaba la diferencia. Ilustración 8. Pagos recaudados con inconsistencias en la liquidación y parametrización del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta.. Fuente: Elaboración propia con base en información del área de Contabilidad Impuesto Vehicular..
(38) 38 Los pagos recaudados de 340 placas tenían problemas de liquidación, parametrización y por ende no concordaban en las sumatorias de totales a pagar y saldos a pagar. Algunos de las inconsistencias encontradas fueron las siguientes: Placa HDS 395. Vehículo Mazda, doble cabina, la cual se parametrizo como una ambulancia, por tal al momento de liquidar el impuesto no se tomó la base gravable correcta y el valor a pagar de este vehículo fue menor al que le correspondía. Placa DYP 753. Vehículo mal parametrizado, línea del carro camioneta; no TXL, por tal también afecta al momento de liquidar el impuesto. Placa GUK 210. Caso en el que el contribuyente realizo pagos anteriores donde pago menos, y al volver a realizar el pago no se le debe cobrar Derechos de Transito ($30.600) ya que lo hizo anteriormente, sin embargo, el sistema al registrar este pago descontó de nuevo los derechos de tránsito, y de este total dividió los porcentajes del 80% y del 20%, por tal genero inconsistencia en las sumatorias de los saldos. Placa QFY 543. En este caso la liquidación que realiza el sistema vuelve a escoger la liquidación del año anterior y no la del año vigente.. Estas son algunas de las inconsistencias encontradas en el proceso de conciliación del mes de enero de 2018, revisadas junto con la Contadora Xiomara Hurtado y el Ingeniero Iván Bello; las cuales fueron enviadas a Datasoft para una pronta solución en cuanto a las sumatorias en el sistema..
(39) 39 Ilustración 9. Pagos recaudados encontrados en el Extracto Bancario del Banco de Bogotá, pero no en el Sistema SisCar.. Fuente: Elaboración propia con base en información del área de Contabilidad Impuesto Vehicular.. Se encontraron pagos recaudados por el banco pero que no se encuentra en el Sistema Vehicular SisCar por un valor de $9.739.852; los cuales fueron enviados a Datasoft para conocer de donde provienen estos pagos y como se reflejan en el sistema, si es necesario se informaba al banco para identificar la placa y el propietario correspondiente a estos. Ilustración 10. Pagos recaudados encontrados en el Sistema SisCar, pero no en el extracto bancario del Banco de Bogotá.. Fuente: Elaboración propia con base en información del área de Contabilidad Impuesto Vehicular..
(40) 40 Se encontraron pagos registrados en el Sistema Vehicular SisCar, pero no en el extracto bancario suministrado por el Banco de Bogotá; los cuales fueron enviados a Datasoft para conocer si tienen semejanza con los pagos del extracto no hallados o la razón por la que no se encuentran.. 4.3.Resultado del tercer objetivo. Señalar los beneficios y consecuencias de la gestión de recaudo del Impuesto Vehicular con base en el Sistema Vehicular SisCar del Departamento del Meta. Al realizar el proceso de conciliación, se rectificó si se encontraban los pagos recaudados durante el mes de enero de 2018, al terminar se encontraron algunas inconsistencias en la liquidación y parametrización realizadas por el Sistema Vehicular SisCar, programa que se implementó el 1 de enero de 2018, y por tal presenta algunas fallas. Para la correcta adaptación y que la información sea confiable, comparable y de alta calidad, se enviaron reportes con las distintas fallas encontradas a Datasoft, donde se especifica las inconsistencias halladas para dar una pronta solución. Sin embargo, la implementación de este Software ha sido de gran apoyo en la liquidación del Impuesto de Vehículos Automotores, y en la suministración de información inmediata referente a este, herramienta clave para la toma de decisiones en el área de Impuesto Vehicular y en la Gerencia de Rentas del Departamento del Meta..
(41) 41 4.4.Aportes de la práctica a la Gobernación del Meta. Brindar apoyo en los procesos de conciliación a través de la comparación y conciliación de los valores registrados por concepto de pagos recaudados del Impuesto Vehicular del Departamento del Meta, con los valores que el Banco de Occidente suministra por medio del extracto bancario. Cabe resaltar que el proceso de conciliación se realiza mensualmente y es de gran importancia ya que, por lo general, el saldo del extracto bancario nunca coincide con el saldo que suministra el Sistema SisCar en su base de datos, y es preciso identificar las diferencias y las causas por las que esos valores no coinciden. Verificar la información suministrada por parte del Sistema Vehicular SisCar, que se encuentre correctamente parametrizada y liquidada, con el fin de que sea relevante, confiable, comparable, comprensible y de alta calidad..
(42) 42 5. Conclusiones. Se identificaron las leyes, decretos y ordenanzas aplicables al Impuesto Vehicular del Departamento del Meta, siendo la Ley 488 de 1998, la que establece la facultad que tienen los entes territoriales para recaudar este tributo. Se detallo el proceso de conciliación de los valores registrados por concepto de pagos recaudados del Impuesto vehicular, con los valores que el Banco de Occidente suministra por medio del extracto bancario; función primordial del área de contabilidad, ya que con dicha actividad se conoce cuál es el saldo que los contribuyentes adeudan o tienen a favor, al final de cada mes, de tal forma que la Gerencia de Rentas Departamental, cuente con información útil, clara y confiable. También se analizó el debido cobrar a los contribuyentes en la liquidación del Impuesto Vehicular, y si la distribución de los factores, 80% correspondientes al Departamento del Meta y 20% al municipio en que se declare, además de los derechos de tránsito equivalentes a $30.600 por cada vehículo se efectuaban en forma adecuada. Se señalaron los beneficios y consecuencias del pago oportuno por parte de los contribuyentes, en los informes contables mensuales presentados a la Gerencia de Rentas. Se logró de manera efectiva y oportuna desarrollar las actividades asignadas como practicante, aportar conocimientos adquiridos durante el estudio de la carrera y adquirir nuevas habilidades que permitirán un mejor desarrollo personal y profesional..
(43) 43 6. Recomendaciones.. A la Gobernación del Meta seguir realizando el proceso de conciliación de los meses faltantes del 2018 de manera eficaz y eficiente con el fin de verificar que el Sistema SisCar se encuentre adaptado correctamente; además seria clave para la toma de decisiones, que durante la temporada de liquidación y pago del Impuesto vehicular se realicen informes en forma periódica que permitan establecer si el sistema está correctamente parametrizado y apropiadamente distribuidos los factores del recaudo. Como estudiante, a la Universidad Cooperativa de Colombia Sede Villavicencio, continuar gestionando estos convenios entre las entidades públicas, ya que son fuente de riqueza por el conocimiento y experiencia profesional que brinda a los practicantes que optan por la modalidad de práctica social, empresarial y solidaria..
(44) 44 Referencias. Carvajal, L. (2013). LIZARDO CARVAJAL. Recuperado el 2018, de https://www.lizardocarvajal.com/el-metodo-deductivo-de-investigacion/ EL CONGRESO DE COLOMBIA. (24 de Diciembre de 1998). Secretaria del Senado. Recuperado. el. 2018,. de. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0488_1998.html EL CONGRESO DE COLOMBIA. (29 de Diciembre de 2016). DIAN. Recuperado el 2016, de Dirección. de. Impuestos. y. Aduanas. Nacionales:. http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%201819%20DEL%2029%20DE %20DICIEMBRE%20DE%202016.pdf EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA. (29 de Diciembre de 1998). Suin Juriscol. Recuperado el 2018, de Sistema Único de Información Normativa: http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1477074 GOBERNACIÓN DEL META. (2016). Gobernación del Meta. Recuperado el 2018, de https://www.meta.gov.co/web/sites/default/files/adjuntos/P-GF-10-IMPUESTO-SOBREVEHICULOS-AUTOMOTOR-V3.pdf GOBERNACIÓN DEL META. (03 de Marzo de 2017). Gobernación del Meta. Obtenido de http://www.meta.gov.co/web/content/misi%C3%B3n-y-visi%C3%B3n GOBERNACIÓN DEL META. (16 de Mayo de 2018). Gobernación del Meta. Obtenido de https://meta.gov.co/micrositio/16 GOBERNACIÓN DEL META. (s.f.). Gobernación del Meta. Recuperado el 2018, de https://www.meta.gov.co/web/sites/default/files/adjuntos/P-GF-10-IMPUESTO-SOBREVEHICULOS-AUTOMOTOR-V3.pdf LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL META. (31 de Julio de 2001). Gaceta del Meta. Recuperado. el. 2018,. http://190.145.53.116/site/index.php?id=273&eID=dam_frontend_push&docID=935. de.
(45) 45 LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL META. (27 de Enero de 2005). Gobernación del Meta,. Ordenanza. No.. 569. de. 2005.. Recuperado. el. 2018,. de. http://www.meta.gov.co/web/sites/default/files/adjuntos/595-ordenanza-569-de-2005.pdf LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL META. (29 de Abril de 2006). Gobernación del Meta.. Recuperado. el. 2018,. de. http://www.meta.gov.co/web/sites/default/files/adjuntos/596-ordenanza-594-de-2006.pdf LLANOS, M. S. (12 de Febrero de 2005). EL TIEMPO. Recuperado el 2018, de https://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-1627346 UNIVERSIDAD. DE. LA. RIOJA.. (2018).. Unirioja.es.. Recuperado. el. https://www.unirioja.es/servicios/sepe/proyectos_formativos/PF_204G.pdf. 2018,. de.
(46) 46. Anexos.
(47) 47 Anexo A. Copia convenio con la empresa..
(48) 48.
(49) 49.
(50) 50.
(51) 51.
(52) 52.
(53) 53.
(54) 54 Anexo B. Copia de informe 1 del director de práctica..
(55) 55.
(56) 56 Anexo C. Copia de informe 2 del director de práctica..
(57) 57.
(58) 58.
(59) 59 Anexo D. Copia de informe avance del pasante..
(60) 60.
(61) 61.
(62) 62.
(63) 63 Anexo E. Copia plantilla asistencia a la práctica..
(64) 64.
(65) 65 Anexo F. Copia registró visita 1 del profesor a la práctica..
(66) 66.
(67) 67 Anexo G. Copia registró visita 2 del profesor a la práctica..
(68) 68.
(69) 69 Anexo H. Copia de propuesta..
(70) 70.
(71) 71.
(72) 72.
(73) 73.
(74) 74.
(75) 75.
(76) 76.
(77) 77.
(78) 78.
(79) 79.
(80) 80.
(81) 81.
(82) 82.
(83) 83 Anexo I. Acta de inicio de la práctica..
(84) 84 Anexo J. Soporte asistencia o seguimiento de las asesorías..
(85) 85 Anexo K. Evaluación del convenio..
(86) 86.
(87) 87.
(88) 88 Anexo L. Oficio de aval de la entidad..
(89) 89 Anexo M. Acta final de la práctica..
(90) 90.
(91) 91 Anexo N. Socialización de la práctica.. Ilustración 11. Visitas por parte de la Asesora Doc. Adriana Aullón en el área de Impuesto Vehicular.. Ilustración 12. Equipo de trabajo del Área de Impuesto Vehicular de la Gobernación del Meta..
(92) 92 Ilustración 13. Sustentación de la Práctica Empresarial, Social y Solidaria como Opción de Grado.. Ilustración 14. Practicantes de la Gobernación del Meta, Tutores y Jurados..
(93) 93 Anexo O. Oficio Aval del Director de la Práctica..
(94)
Figure
Outline
Documento similar
que hasta que llegue el tiempo en que su regia planta ; | pise el hispano suelo... que hasta que el
Esto viene a corroborar el hecho de que perviva aún hoy en el leonés occidental este diptongo, apesardel gran empuje sufrido porparte de /ue/ que empezó a desplazar a /uo/ a
En junio de 1980, el Departamento de Literatura Española de la Universi- dad de Sevilla, tras consultar con diversos estudiosos del poeta, decidió propo- ner al Claustro de la
Sanz (Universidad Carlos III-IUNE): "El papel de las fuentes de datos en los ranking nacionales de universidades".. Reuniones científicas 75 Los días 12 y 13 de noviembre
(Banco de España) Mancebo, Pascual (U. de Alicante) Marco, Mariluz (U. de València) Marhuenda, Francisco (U. de Alicante) Marhuenda, Joaquín (U. de Alicante) Marquerie,
[r]
SVP, EXECUTIVE CREATIVE DIRECTOR JACK MORTON
Social Media, Email Marketing, Workflows, Smart CTA’s, Video Marketing. Blog, Social Media, SEO, SEM, Mobile Marketing,