República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Mensaje Número:
Referencia: Mensaje: Ley Aprueba el CONSENSO FISCAL suscripto el 27 de diciembre de 2021 por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y representantes de las Provincias
AL HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN:
Tengo el agrado de dirigirme a Su Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración un proyecto de ley tendiente a aprobar el Consenso Fiscal 2021, suscripto el día 27 de diciembre de 2021 por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y representantes de las Provincias, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En primer lugar, cabe señalar que con fecha 23 de mayo de 2016 los señores gobernadores y las señoras gobernadoras de DIECIOCHO (18) Provincias, el Vicejefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el entonces Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda firmaron el Acuerdo Nación - Provincias del 2016, posteriormente ratificado por la Ley N° 27.260 y sus modificaciones.
Asimismo, el 16 de noviembre de 2017 el PODER EJECUTIVO NACIONAL, VEINTIDÓS (22) Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires celebraron el “Consenso Fiscal 2017”, aprobado por la Ley N° 27.429.
En ese proceso, y en virtud de las nuevas circunstancias macroeconómicas imperantes a nivel nacional, se tornó necesario adecuar algunas disposiciones de lo acordado en el Consenso Fiscal 2017 y, con fecha 13 de septiembre de 2018, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, DIECIOCHO (18) Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires firmaron el “Consenso Fiscal 2018”, aprobado por la Ley N° 27.469.
Luego, ante la profundización de la crisis económica iniciada en 2018 frente a la imposibilidad del ESTADO NACIONAL de obtener financiamiento en los mercados internacionales de crédito, las consecuentes y sucesivas devaluaciones, así como también el creciente proceso inflacionario durante el Ejercicio 2019, resultó imprescindible introducir modificaciones a los compromisos asumidos por el ESTADO NACIONAL, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los consensos fiscales suscriptos con anterioridad.
En consecuencia, el 17 de diciembre de 2019, el señor Presidente de la Nación Argentina y las señoras gobernadoras y los señores gobernadores de VEINTIUNA (21) Provincias, así como también el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron el Consenso Fiscal 2019, aprobado por la Ley N° 27.542, Miércoles 12 de Enero de 2022 NO-2022-03697693-APN-SSAP#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
que estableció pautas y compromisos para el Ejercicio Fiscal 2020.
Sin embargo, ese año estuvo signado por la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social declarada por la Ley N° 27.541 hasta el 31 de diciembre de 2020. A su vez, mediante el Decreto N° 260/20 y sus modificatorios se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada Ley N° 27.541 por el plazo de UN (1) año en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con la COVID 19.
Frente al escenario de una crisis sanitaria y social sin precedentes, y con el objetivo de proteger la salud pública, el Decreto N° 297/20 y sus modificaciones estableció para todas las personas que habitaran en el país o se encontraran en él en forma temporaria al momento del dictado del mismo, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO), medida que fuera prorrogada sucesivamente, con las adecuaciones en cada caso, por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20, 520/20, 576/20, 605/20, 641/20, 677/20, 714/20, 754/20, 792/20, 814/20, 875/20, 956/20, 1033/20, 67/21, 125/21 y 168/21.
Posteriormente, a través de sucesivos decretos se establecieron medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, basadas en evidencia científica y en la dinámica epidemiológica, con el fin de mitigar la propagación de la COVID-19 y su impacto sanitario.
Los efectos de la emergencia sanitaria sumados a los de la crisis económica de años anteriores redujeron la actividad económica con el inevitable impacto en los niveles de recaudación impositiva, a la vez que los Gobiernos Nacional y Provinciales necesitaron contar con recursos fiscales para la atención de una creciente demanda social cuya resolución permitiera contener a los sectores más vulnerables de la población.
Este delicado contexto sin precedentes llevó a la necesidad de celebrar el Consenso Fiscal 2020, suscripto el 4 de diciembre de 2020, entre el ESTADO NACIONAL y VEINTIUNA (21) Provincias, que fuera posteriormente aprobado por la Ley N° 27.634 y el cual tuvo como principal objetivo establecer reglas en relación con el endeudamiento responsable de las jurisdicciones para facilitar el acceso a nuevas fuentes de financiamiento, homogeneizar el tratamiento impositivo entre ellas, así como reducir el nivel de litigiosidad entre el ESTADO NACIONAL y las Provincias, teniendo como principal política pública la atención de la salud y la recuperación económica.
Es dable mencionar que el ESTADO NACIONAL, como consecuencia de la persistente propagación de la COVID-19 y el surgimiento de nuevas variantes, decidió prorrogar la Emergencia Sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2021, a través del dictado del Decreto N° 167/21, y luego hasta el 31 de diciembre de 2022 mediante el Decreto N° 867/21.
Ante las dificultades económicas y sociales que aún continúa atravesando nuestro país, el ESTADO NACIONAL y diversas Provincias concertaron, el 27 de diciembre de 2021, la firma del Consenso Fiscal 2021, con el objeto de establecer una serie de acuerdos que se adapten a las necesidades actuales y aseguren la continuidad del proceso de recuperación de la actividad económica que, en la actualidad, se manifiesta en una evolución favorable en la mayoría de los sectores productivos, superándose en varios de ellos los niveles de producción previos a la pandemia.
El referido Consenso Fiscal, cuya aprobación por Ley se pretende, persigue el acuerdo de acciones colectivas que generen las condiciones básicas para el logro de un desarrollo federal equilibrado, a la vez que busca preservar las autonomías y potestades de cada uno de los niveles de gobierno.
Asimismo, los acuerdos arribados buscan coadyuvar a la articulación tributaria entre todas las jurisdicciones partícipes, de modo que las distintas decisiones se adopten en un marco de estabilidad jurídica, a la vez que aseguren una armonización tributaria. En este sentido, el Consenso delimita una estructura impositiva orientada a la promoción de la inversión, el crecimiento económico y la generación de empleo formal en el sector privado en todas las jurisdicciones del país, condiciones necesarias para reducir en forma gradual y sostenida las diferencias que, en materia de desarrollo económico y social, existen entre las distintas regiones.
Otro de los objetivos del acuerdo suscripto en el año 2021 consiste en la implementación de instrumentos que procuren la redistribución de la carga impositiva de manera tal que tengan mayor incidencia los impuestos patrimoniales y puedan compensarse las eventuales reducciones de la recaudación provenientes de la imposición sobre las actividades productivas y el consumo, a la vez que se posibilite la sustentabilidad de las cuentas públicas evitando desequilibrios financieros que atenten contra la estabilidad global a nivel macroeconómico.
Ello así, el ESTADO NACIONAL y las Provincias signatarias asumen compromisos tendientes a mejorar la gestión de los organismos recaudadores compartiendo la información existente sobre los y las contribuyentes, con la finalidad de lograr la reducción de la evasión y morigerar las prácticas de elusión impositiva, a la vez que posibiliten alcanzar los objetivos que se tracen en materia fiscal. Asimismo, promueven la utilización de las herramientas digitales que permitan la simplificación de los trámites que deben realizar los y las contribuyentes, facilitando de este modo el cumplimiento de las obligaciones impositivas.
En relación con el endeudamiento responsable, los acuerdos arribados por las partes delimitan una estrategia que posibilite el acceso a nuevas fuentes de financiamiento y el desarrollo de nuevos instrumentos para captar crédito en moneda doméstica, a la vez que se mantenga como eje la sostenibilidad de sus deudas.
Además, se busca evitar la utilización del crédito en moneda extranjera por parte de las jurisdicciones provinciales y municipales -con determinadas excepciones- de modo de evitar presiones en la cotización del tipo de cambio en el momento de repago de los servicios en concepto de intereses y amortizaciones y, con ello, contribuir a sortear las recurrentes crisis del sector externo.
En otro orden de ideas, el Consenso Fiscal 2021 restablece pautas referidas a las reglas fiscales establecidas en el marco del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal creado por la Ley N° 25.917 y sus modificaciones, con el objeto de adaptar dichas reglas al contexto actual de expansión económica y a la performance fiscal evidenciada en la actualidad, previendo para el año 2022 un período de transición en el que el crecimiento de los gastos no supere la variación nominal del Producto Interno Bruto, en tanto que se determina que los recursos provenientes del endeudamiento no sean utilizados para financiar gastos corrientes, salvo excepciones. Tales reglas procurarán la producción de los bienes públicos y la asistencia financiera que demanda la sociedad, en especial de aquella parte más vulnerable, en un contexto de sustentabilidad fiscal.
Por su parte, el Consenso Fiscal 2021 prevé que el ESTADO NACIONAL abone en el transcurso del año 2022 los saldos que se hallaren pendientes de cancelación en cumplimiento de la actualización de las Compensaciones previstas en la Cláusula II del Consenso 2017 aprobado por la Ley N° 27.429. Dichas obligaciones eventualmente podrán ser compensadas con las deudas que tengan las jurisdicciones partícipes con el ESTADO NACIONAL.
Finalmente, se destaca que el referido Acuerdo contiene entre sus cláusulas previsiones tendientes a reducir el nivel de litigiosidad entre el ESTADO NACIONAL y las jurisdicciones provinciales, poniendo en suspenso las causas judiciales vinculadas a controversias derivadas del federalismo fiscal y procurando acordar entre las partes una solución integral a los conflictos judiciales suscitados entre ellas.
Por lo expuesto hasta aquí, se solicita a Su Honorabilidad la sanción del proyecto de ley que se acompaña.
Saludo a Su Honorabilidad con mi mayor consideración.
Cecilia GOMEZ MIRADA Subsecretaria
Subsecretaría de Asuntos Parlamentarios Jefatura de Gabinete de Ministros
Martín Guzmán Ministro
Ministerio de Economía
Juan Luis MANZUR Jefe de Gabinete de Ministros Jefatura de Gabinete de Ministros
Alberto Ángel Fernández Presidente
Presidencia de la Nación
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Proyecto de ley Número:
Referencia: Ley: Aprueba el CONSENSO FISCAL suscripto el 27 de diciembre de 2021 por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y representantes de las Provincias
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA NACIÓN ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO,…
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el CONSENSO FISCAL suscripto el 27 de diciembre de 2021 por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y representantes de las Provincias, que como Anexo (CONVE-2021-125961541- APN-SP#MI) forma parte integrante de la presente ley.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Miércoles 12 de Enero de 2022 NO-2022-03697693-APN-SSAP#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Cecilia GOMEZ MIRADA Subsecretaria
Subsecretaría de Asuntos Parlamentarios Jefatura de Gabinete de Ministros
Martín Guzmán Ministro
Ministerio de Economía
Juan Luis MANZUR Jefe de Gabinete de Ministros Jefatura de Gabinete de Ministros
Alberto Ángel Fernández Presidente
Presidencia de la Nación
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2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein Hoja Adicional de Firmas
Convenio firma ológrafa Número:
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Miércoles 12 de Enero de 2022 NO-2022-03697693-APN-SSAP#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Cecilia GOMEZ MIRADA Subsecretaria
Subsecretaría de Asuntos Parlamentarios Jefatura de Gabinete de Ministros