PROPUESTA DE FUNCIONAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LA PISCIFACTORIA RINCÓN DE UÑA Y DE LA ESCUELA REGIONAL DE PESCA FLUVIAL, AÑO 2010.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES CAPITULO I DESCRIPCION DEL SERVICIO
Artículo 1: Características
Artículo 2: Descripción del servicio Artículo 3: Presupuesto
CAPITULO II: NORMAS PARA LA REALIZACION DEL SERVICIO Artículo 4: Ensayos
Artículo 5: Medición y valoración Artículo 6: Plazo de garantía
CAPITULO III: CONDICIONES GENERALES Artículo 7: Organización Temporal y plazos
Artículo 8: Contradicciones y omisiones Artículo 9: Disposiciones aplicables Artículo 10: Certificaciones
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES ---
CAPITULO I DESCRIPCION DEL SERVICIO
ARTICULO 1: CARACTERISTICAS
El servicio a prestar consistirá en la realización de determinados trabajos relacionados con el funcionamiento normal de la piscifactoría de Uña, y otros relacionados con la gestión de la pesca en la Provincia de Cuenca, así como la reparación de infraestructuras y control de vertidos de aguas, y el mantenimiento de la Escuela Regional de Pesca Fluvial
Aunque el tipo de trabajo a realizar será determinado en cada momento por la Dirección Técnica y el encargado de la piscifactoría, las actividades más frecuentes a realizar son las que se describen a continuación:
DICIEMBRE, ENERO Y FEBRERO
- Fases de clasificación de reproductores, desove, limpieza de huevos y pilas de alevinaje. - Extracción de ejemplares muertos.
- Labores de extracción de huevos de poblaciones salvajes. - Poda.
- Repoblaciones piscícolas.
- Mantenimiento y limpieza de la Escuela de Pesca e instalaciones de la piscifactoría. MARZO, ABRIL, MAYO Y JUNIO
- Máxima intensidad en repoblaciones de todas las edades. - Clasificación de alevines por tamaño.
- Extracción de alevines muertos.
- Limpieza de pilas y estanques exteriores debido al aumento de carga orgánica en el agua y proliferación de algas en las rejillas. Se realiza también nocturno.
- Aumento del trabajo de distribución del alimento. - Limpieza de presas y canales de vegetación acuática.
- Aumento de los trabajos de jardinería y mantenimiento de obra civil.
- Mantenimiento y limpieza de la Escuela de Pesca e instalaciones de la piscifactoría. JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE
- Momento de máxima ejecución de trabajos de jardinería y mantenimiento de obra civil. - Limpieza de estanques exteriores.
- Intensidad media de repoblaciones.
- Auxilio en trabajos de mantenimiento y limpieza de la Escuela Regional de Pesca Fluvial e instalaciones de la piscifactoría.
- Auxilio en trabajos de inventariación de cotos y aguas libres. OCTUBRE, NOVIEMBRE
- Máxima intensidad en trabajos de limpieza rejillas, siendo necesaria la realización de limpiezas nocturnas.
- Preparación de estanques de reproductores y limpieza de desinfección del laboratorio de incubación.
- Trabajos previos de clasificación de reproductores. - Trabajos de mantenimiento y jardinería.
- Participación en trabajos de inventariación piscícola en tramos fluviales de la provincia. - Mantenimiento y limpieza de la Escuela de Pesca e instalaciones de la piscifactoría.
ARTICULO 2: DESCRIPCION DEL SERVICIO A PRESTAR
El servicio a prestar en la realización de los trabajos descritos anteriormente u otros relacionados el funcionamiento de la piscifactoría o relacionados con la pesca en la provincia de Cuenca, respetando en cualquier caso las siguientes condiciones.
- La Dirección Técnica determinará al principio de cada mes las necesidades de personal y material. Dichas necesidades se determinarán en número de jornales diurnos por día y número de horas nocturnas por día, así como las obras a realizar. De cualquier modo el número mínimo de jornales diarios será de 2.
- Los jornales diurnos (ocho horas) se determinarán igualmente con indicación de las horas necesarias dentro de la franja horaria que va desde las 6 AM hasta las 10 PM.
- Las horas nocturnas necesarias se determinarán dentro de la franja horaria que va desde las 10 PM hasta las 6 AM.
- Los trabajos a realizar serán los descritos anteriormente u otros posibles determinados por la Dirección del Servicio, siempre que se ajusten a la categoría profesional que se precisa. - La empresa adjudicataria deberá proporcionar el equipo de protección personal necesario
para desarrollar adecuadamente las labores encomendadas.
- La empresa adjudicataria deberá disponer de un medio de contacto telefónico y deberá poder movilizar medios humanos en caso de que exista alguna catástrofe o alguna necesidad puntual en relación con el objeto del servicio.
- Por necesidades técnicas, la empresa adjudicataria deberá aportar un responsable de la misma, de forma que ante cualquier eventualidad o problema se pueda contactar rápidamente con él.
- La Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural designará un encargado de la Piscifactoría que se encargará de organizar los trabajos a pie de obra y velar por el cumplimiento de las prescripciones de este Pliego.
- Mensualmente se recogerán muestras del vertido de la piscifactoría y se enviarán para su análisis a Laboratorio inscrito en el Registro Especial de Entidades Colaboradoras de la administración hidráulica, conforme a la Orden MAM/985/2006, de 23 de marzo de 2006. Así mismo se aportará cualquier certificado que sea necesario para el correcto cumplimiento de la autorización del vertido de aguas procedente de la piscifactoría.
ARTÍCULO 3: PRESUPUESTO
El presupuesto total asciende a la cantidad de SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA EUROS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (68.760,74 Euros).
CAPITULO II: NORMAS PARA LA REALIZACION DEL SERVICIO
ARTICULO 4: ENSAYOS Y PRUEBAS
Se establece un periodo de prueba de dos meses, la empresa adjudicataria y los trabajadores están obligados a realizar las experiencias que constituyan el objeto de la prueba, se exceptúa el periodo de prueba en el caso de que la empresa adjudicataria y trabajadores hayan desempeñado con anterioridad las mismas funciones que las descritas en este Pliego de Prescripciones Técnicas.
La Dirección Técnica podrá realizar los ensayos y pruebas que considere oportuno respecto a la buena ejecución de los trabajos, pudiendo ordenar la repetición de los mismos en caso de que sean incorrectamente realizados. En caso de ocurrir pérdidas de producción atribuidas a una mala ejecución de los trabajos, la contrata correrá con los gastos debidos a la pérdida de producción. Todos los ensayos deberán ser ordenados por el Director del Servicio.
ARTICULO 5: MEDICION Y VALORACION
La medición y valoración del servicio se realizará de la siguiente manera: - Trabajos diurnos: Número de jornadas de ocho horas realizadas por mes. - Trabajos nocturnos: Número de horas nocturnas realizadas por mes. - Material: Según factura presentada por la adquisición de material.
- Análisis de muestras de vertido de aguas residuales de la piscifactoría: Según factura presentada por Laboratorio inscrito en el Registro Especial de Entidades Colaboradoras de la administración hidráulica.
La valoración se realizará tomando como base máxima los precios que figuran en el presupuesto. La estimación del salario se hace tomando como base el establecido con régimen general de la Seguridad Social. Las necesidades desglosadas por año es la siguiente:
Tipo de Servicio Número
Nocturno... 100 horas Diurno... 510 jornales Limpieza de la piscifactoría y ERPF……. 270 horas Materiales y análisis de aguas….. ... 12.000 € ARTÍCULO 6: PLAZO DE GARANTIA
CAPITULO III: CONDICIONES GENERALES
ARTICULO 7: ORGANIZACION TEMPORAL Y PLAZOS
La Dirección Técnica determinará antes de finalizar el mes las necesidades de personal para el siguiente. Dichas necesidades se determinarán en número de jornales diurnos por día y número de horas nocturnas por día. Cualquier alteración estipulada en el libro de órdenes deberá ser realizado por el Director de Obra y comunicado al Contratista.
Los plazos que deberán ser respetados en cualquier caso son los siguientes: - Plazo de notificación de necesidades: 5 días antes de empezar el mes. - Plazo de garantía: 1 año.
- Comienzo del servicio: 1 de Enero de 2010 - Fin del servicio: 31 de Diciembre de 2010 ARTICULO 8: CONTRADICCIONES Y OMISIONES
En caso de contradicciones y omisiones en lo especificado en esta propuesta prevalecerá lo expuesto en la Ley de Contratos del Sector Público. Las omisiones de carácter técnico se resolverán atendiendo a lo estipulado en el libro de órdenes realizado por la Dirección de Obra.
ARTICULO 9: DISPOSICIONES APLICABLES El contratista se obliga al cumplimiento de:
- Las leyes vigentes o que pudieran dictarse durante la ejecución de las obras y que afecten a la ejecución de la presente propuesta.
- La legislación de contratos de la Administraciones Públicas, corporaciones locales. - Estatuto de los trabajadores.
- Convenio colectivo Provincial del Sector Agropecuario-Campo de Cuenca. - Las disposiciones especificadas en el proyecto.
- Los pliegos de condiciones que se establezcan para la contratación del servicio. - Obtención de los permisos necesarios para la ejecución del servicio.
ARTICULO 10 : CERTIFICACIONES
Se realizarán certificaciones mensuales en concepto de pagos a cuenta. Cuenca 19 de octubre de 2.009 Vº Bº
EL JEFE DEL SERVICIO DE EL JEFE DE SECCION DE CAZA Y PESCA MEDIO NATURAL