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SELECCION DE PERSONAL TEMPORAL PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS INTERNOS

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COM/TA/HOME/13/AD8

SELECCION DE PERSONAL TEMPORAL PARA LA DIRECCIÓN

GENERAL DE ASUNTOS INTERNOS

_____________________________________________________

La Comisión pone en marcha un procedimiento de selección para crear una lista de aptitud con el fin de proveer 4 puestos de administrador en la Dirección General de ASUNTOS INTERNOS, Dirección C «Schengen», Unidad C1 «Gestión de fronteras y gobernanza Schengen/relaciones con Frontex», en el marco de la aplicación del nuevo mecanismo de evaluación de Schengen.

1. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES

Los candidatos contratados participarán en el desarrollo, la coordinación y la aplicación del nuevo mecanismo de evaluación de Schengen, destinado a controlar y evaluar la aplicación adecuada del acervo de Schengen por los Estados miembros. Las visitas in situ previstas por el nuevo mecanismo comenzarán en la segunda mitad de 2014.

El trabajo consistirá, en particular, en:

- desarrollar nuevos procedimientos que incluyan flujos de trabajo interno y externo para un funcionamiento ágil del mecanismo;

- realizar evaluaciones in situ en los Estados miembros, conjuntamente con un equipo de expertos de los mismos, en el ámbito de las fronteras internas y externas;

- elaborar informes y recomendaciones a partir de las evaluaciones;

- realizar el seguimiento de los planes de acción de los Estados miembros para cumplir las recomendaciones.

Los puestos implican la realización de misiones de evaluación frecuentes (4 ó 5 al año) de aproximadamente 1 a 2 semanas cada una en los Estados miembros de Schengen.

2. NATURALEZA Y DURACIÓN DEL CONTRATO

Los candidatos seleccionados podrán recibir una oferta de contrato temporal con arreglo al artículo 2, letra a), del Régimen aplicable a otros agentes de la Unión Europea (ROA), de conformidad con la Decisión de la Comisión, de 28 de abril de 2004, sobre una nueva política para la contratación y el empleo de personal temporal1.

La duración máxima del contrato también se ajustará a las disposiciones pertinentes de la Decisión de la Comisión, de 28 de abril de 2004, modificada por la Decisión de la Comisión, de 5 de octubre de 2011, sobre la duración máxima del recurso a personal temporal (seis años en un periodo de doce años)2.

1 http://ec.europa.eu/civil_service/docs/at_decision_new_policy_28-04-2004_en.pdf 2 http://ec.europa.eu/civil_service/docs/6-year_rule_c_2011_7071_en.pdf

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LUGAR DE DESTINO: Bruselas

NIVEL : AD8 (a título indicativo, salario base mensual inicial de € 6.299,95)3

3. CONDICIONES DE ADMISIÓN 3.1. Condiciones generales

Los candidatos deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 del Régimen aplicable a otros agentes de la Unión Europea (ROA)4, que exigen ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

Las instituciones de la Unión Europea aplican una política de igualdad de oportunidades y admiten candidaturas sin distinción por motivos de sexo, raza, color de la piel, etnia u origen social, rasgos genéticos, lengua, religión o creencias, opiniones políticas o de otra naturaleza, pertenencia a minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual.

3.2. Condiciones específicas 3.2.1. Cualificaciones

En la fecha límite de presentación de las solicitudes, los candidatos deberán poseer:

i) un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o bien

ii) un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título y una experiencia profesional adecuada a la naturaleza de las funciones de un año, como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años. Esta experiencia profesional formará parte del título y no se tendrá en cuenta al calcular el número de años de experiencia profesional exigidos.

3.2.2. Experiencia

Antes de que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, y además de las cualificaciones antes mencionadas, los candidatos deberán tener al menos 9 años de experiencia profesional a tiempo completo adquirida después de obtener el título mencionado en el punto 3.2.1 Cualificaciones, en un ámbito relacionado con la gestión de fronteras, como el desarrollo y la ejecución de las políticas y/o experiencia operativa en este sector, inclusive a nivel internacional.

3.2.3. Lenguas

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Con arreglo al artículo 12, apartado 2, letra e), del ROA, los candidatos deben tener un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea y un conocimiento satisfactorio de otra de esas lenguas.

Por ser el inglés una lengua ampliamente utilizada en el ámbito de la política de fronteras externas a nivel internacional, y a fin de satisfacer las necesidades del servicio, que implican elaborar informes, participar en grupos de trabajo y preparar publicaciones, los candidatos seleccionados deben tener muy buenas capacidades analíticas y de redacción en inglés.

4. CRITERIOS DE PREFERENCIA

1. Conocimientos y experiencia acreditados de alto nivel en gestión de fronteras, que incluyan la legislación, las recomendaciones y las mejores prácticas de la UE.

2. Participación previa como experto de los Estados miembros en evaluaciones Schengen en las fronteras externas.

3. Experiencia a nivel de la UE en desarrollo de la política de gestión de fronteras, por ejemplo mediante la participación en grupos de trabajo competentes del Consejo, comités de la Comisión y reuniones de expertos, u otros foros a nivel de la UE.

4. Experiencia en dirección y ejecución de proyectos de nivel nacional y/o internacional.

5. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO

El procedimiento consta de dos fases sucesivas y separadas: 1. Preselección

El comité de selección, cuya composición está regulada por el artículo 2, letra c), de la Decisión de la Comisión, de 28 de abril de 2004, sobre una nueva política para la contratación y el empleo de personal temporal, realizará una preselección basada en las cualificaciones y la experiencia profesional recogidas en el formulario de solicitud y en la carta de motivación. Además del formulario de solicitud y de la carta de motivación, los candidatos deben presentar los documentos justificativos oficiales que confirmen que la información suministrada en el formulario de solicitud es auténtica:

- copia del documento que demuestre la nacionalidad (documento nacional de identidad o pasaporte);

- copia de los títulos o de los certificados del nivel de educación requerido;

- certificados de trabajo que justifiquen la duración de la experiencia profesional. Estos documentos deben indicar claramente las funciones, el ámbito de actividad, la naturaleza de las tareas, las fechas de comienzo y fin, y la continuidad de cada

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uno de los periodos de experiencia profesional que se tendrán en cuenta en el presente procedimiento de selección. A este fin, los candidatos deben presentar certificados de trabajo de sus anteriores empleadores y de su actual empleador. En su defecto, se admitirán copias de los siguientes documentos: contratos de trabajo, acompañados por la primera y la última nóminas, así como la última nómina mensual para cada año intermedio en el caso de contratos de más de un año, cartas oficiales o actos de nombramiento acompañados de la última nómina, historiales de empleo o declaraciones fiscales.

La admisión final de la candidatura está sujeta a la presentación de los justificantes pertinentes. Si estos documentos no se reciben en el plazo estipulado, la solicitud se considerará nula.

En caso de duda en cuanto a la naturaleza o validez de los documentos que se han de presentar, los candidatos deberán ponerse en contacto con la Secretaría del comité de selección al menos diez días hábiles antes de que expire el plazo, a través del buzón funcional en la siguiente dirección: [email protected], con el fin de que puedan presentar un expediente completo y admisible en el plazo establecido.

El candidato al que se le ofrezca un puesto de trabajo deberá presentar posteriormente, a efectos de certificación, los originales de todos los documentos exigidos.

2. Selección5

Los candidatos que hayan superado la fase de preselección serán convocados a una entrevista, a fin de que el comité de selección pueda evaluarlos y compararlos de manera objetiva e imparcial en función de sus cualificaciones, experiencia profesional, capacidades y conocimiento de idiomas, conforme a lo dispuesto en el presente anuncio.

La lista de aptitud contendrá al menos 6 candidatos seleccionados y tendrá un periodo de duración de dos años prorrogable.

6. Candidaturas

Únicamente se tomarán en consideración los expedientes completos que incluyan: a) el formulario de candidatura debidamente cumplimentado en inglés (incluido el

formulario de declaración fechado y firmado) (únicamente en versión pdf enviada por correo electrónico);

b) una carta de motivación preferiblemente en inglés que deberá enviarse a la dirección siguiente:

[email protected]

El dos de julio de 2013, el Parlamento Europeo aprobó por votación el texto de compromiso sobre la revisión del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea. No obstante, este texto solo será definitivo en primera lectura previa aprobación formal del voto del Parlamento Europeo por el Consejo. Siempre que se lleve a cabo esta aprobación, las modificaciones se referirán

principalmente a las carreras y tipos de puestos ocupados por los funcionarios y otros agentes. Los aprobados en esta oposición podrían recibir una oferta de contratación sobre la base de nuevas disposiciones estatutarias, tras la adopción definitiva de las mismas y sin perjuicio de otras consecuencias de tipo jurídico y financiero.

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Los candidatos deberán enviar sus candidaturas en un solo correo electrónico en formato .pdf o .zip de menos de 1 MB con el fin de no sobrecargar el buzón funcional. La Comisión se reserva el derecho de establecer un dispositivo informático que suprima automáticamente todos los mensajes de más de 1 MB.

Los datos relativos a los criterios de admisibilidad no podrán modificarse después de la fecha límite de presentación de las candidaturas.

Los candidatos deberán utilizar el mismo buzón funcional para toda la correspondencia con el Comité de selección y para cualquier solicitud de información.

La fecha límite para la presentación de candidaturas es el 16 de noviembre de 2013.

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A título informativo, debe tenerse en cuenta que la Comisión ha puesto en marcha una base de datos interna para recoger candidaturas espontáneas. Si está usted interesado en que se le considere para otros procedimientos de selección (incluso para otros tipos de contrato), puede presentar su currículo a través de «EU CV online»: http://www.ec.europa.eu/civil_service/job/cvonline/index_es.htm.

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