Junio de 2013
Con el propósito de contar con un instrumento practico y estandarizado que permita orientar a los trabajadores de la educación,
pensionados y familiares derechohabientes que se encuentren afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado (ISSSTE), sobre los diferentes beneficios que se derivan del régimen de Seguridad Social a que tienen
derecho, el Comité Ejecutivo Nacional del SNTE, a través del Colegiado Nacional de Seguridad y Derechos Sociales, formulo la
presente “Guía para Acceder a los Seguros, Servicios y Prestaciones que Otorga el ISSSTE”.
En este documento se informa, de acuerdo con los artículos 3ro, 4to y decimo transitorio de la ley del ISSSTE, de los diferentes
seguros, prestaciones y servicios de carácter obligatorio con que cuentan los afiliados, así como los trámites a realizar y requisitos que
se solicitan para acceder a ellos.
La consulta de la presente guía permitirá a los derechohabientes conocer también las modalidades, tiempo estimado de respuesta,
lugar y horario de atención de las unidades médicas y centros de trabajo del Instituto responsables de su provisión.
Seguro de Salud Servicios derivados del Seguro de Salud Riesgos del Trabajo Retiro Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Régimen Tradicional del Artículo Décimo
Transitorio Invalidez y Vida
Servicios derivados de los Seguro Pensionarios Préstamos Hipotecarios Servicios Derivados de Préstamos Hipotecarios Préstamos
Personales Servicios Sociales Servicios Culturales
Los Seguros, Servicios y Prestaciones que proporciona el ISSSTE de acuerdo con su ley, se pueden dividir en 4 grandes grupos:
a) Seguros: 1) De salud, 2) De riesgos del trabajo, 3) De retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y 4) De invalidez y vida. El primero se otorga a trabajadores,
pensionados y familiares derechohabientes. Los 3 siguientes son seguros para proteger directamente al trabajador contra riesgos y contingencias, a los cuales solo pueden acceder los familiares derechohabientes, cuando fallece el trabajador o pensionado.
b) Prestaciones Económicas: 1) Financiamiento hipotecario y 2) Préstamos personales. Estas prestaciones son para beneficio directo de trabajadores en
activo y pensionados, los familiares derechohabientes no pueden acceder a ellas.
c) Servicios: 1) Sociales y 2) Culturales. Son servicios a disposición de trabajadores, pensionados y familiares derechohabientes, en algunos casos cuando se
cumplan ciertas condiciones, como los servicios para la atención y desarrollo infantil.
d) Seguros y Prestaciones de transición: 1) Seguro de Pensiones del Régimen del Art. X Transitorio y 2) Prestación complementaria al régimen de pensiones
SAR-ISSSTE 92.
El presente documento debe ser considerado como una guía técnica, transparente, flexible y de actualización permanente por parte del Colegiado Nacional de Seguridad y Derechos Sociales, el cual sirve para orientar y facilitar a los trabajadores de la educación, pensionados y familiares derechohabientes, el acceso a la seguridad social a que tienen derecho.
Seguro de Salud Servicios derivados del Seguro de Salud Riesgos del Trabajo Retiro Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Régimen Tradicional del Artículo Décimo
Transitorio Invalidez y Vida
Servicios derivados de los Seguro Pensionarios Préstamos Hipotecarios Servicios Derivados de Préstamos Hipotecarios Préstamos
Personales Servicios Sociales Servicios Culturales
SEGURO DE SALUD
Atención Médica Preventiva Atención Médica Curativa Rehabilita-ción Física y MentalDESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Otorgar el servicio de medicina preventiva para la atención y control oportuno de enfermedades, así como, brindar orientación e información de promoción de la salud.
Ley del ISSSTE, publicada en el D.O.F. el 31 de marzo de 2007, Artículos 3, 33 y 34 Fracciones I - XIII.
Reglamento de Servicios Médicos del ISSSTE, publicado en el D.O.F. el 9 de junio de 2011.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.- Control de enfermedades transmisibles mediante vacunación 2.- Detección de padecimientos no transmisibles (diabetes, hipertensión, obesidad, osteoporosis, hidratación oral, dislipidemia, etc) y neoplásicos. 2.1. CLIDDA
3.- Prevención de adicciones (drogas, alcohol y tabaco) 4.- Salud reproductiva
5.- Salud reproductiva y planificación familiar 6.- Atención materno infantil
7.- Salud bucal 8.- Salud mental
9.- Educación para la salud 10.- Atención primaria a la salud 11.- Envejecimiento saludable
12.- Prevención y rehabilitación de pacientes con capacidades disminuidas
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
En el caso de vacunación: solicitar el servicio de vacunación
a. Acudir al consultorio o servicio de medicina preventiva o módulo de PrevenISSSTE de la unidad médica más cercana.
b. Solicitar aplicación de una vacuna de acuerdo al grupo de edad y riesgo con los requisitos establecidos. (niño de 0 a 12 años, adolescente de 12 a 20 años, adulto mayor, de más de 60 años, mujer en edad fértil y/o embarazada de 12 a 45 años).
c. Solicitar que se registre en la cartilla el servicio recibido.
En el caso de las otras modalidades de servicio: solicitar Consulta General. A. Solicitud de Cita Médica Presencial por primera vez
a. Acudir a la ventanilla de vigencia de derechos para apertura de expediente y elaboración de carnet de citas. b. Realizar solicitud de cita médica presencial.
c. Acudir al archivo clínico presentando el carnet y una identificación oficial con fotografía, donde se verificará la cita. d. Presentarse en el módulo de somatometría para la toma de signos vitales.
B. Solicitud de Cita Médica Telefónica, Internet o Presencial subsecuente
a. Realizar solicitud de cita médica vía telefónica, internet o presencial.
SEGURO DE SALUD
Atención Médica Preventiva Atención Médica Curativa Rehabilita-ción Física y MentalMODALIDAD DEL SERVICIO
En el caso de detección y diagnóstico oportuno de enfermedades (CLIDDA)
a. Acudir con su representante sindical para solicitar su intervención para una cita al CLIDDA. b. Recibir indicaciones necesarias para ser atendidos.
c. Acudir a la ventanilla de vigencia de derechos de la clínica de detección y diagnóstico automatizado en la hora y fecha establecida y presentar documentación requerida.
d. Acudir por los resultados en la fecha indicada en el pase de atención.
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de vacunación:
a. Cartilla Nacional de Salud conforme a edad (recién nacido a 9 años, de 10 a 19 años, de 20 a 59 años y de 60 años y más) b. Pertenecer a Población en riesgo sin contraindicación para recibir el servicio.
c. Si no cuenta con la cartilla, solicitarla en el servicio de medicina preventiva ó módulo PrevenISSSTE.
En el caso de las otras modalidades:
a. Ser derechohabiente con vigencia de derechos.
b. Identificación oficial con fotografía: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional o carta de naturalización. c. Si es consulta de primera vez solicitar carnet de citas.
En el caso de detección y diagnóstico oportuno de enfermedades (CLIDDA)
a. Ser Trabajador de base
b. Identificación: credencial de trabajador o IFE o CURP. c. Presentarse en ayuno completo.
d. Asistir con ropa cómoda.
e. Estar aparentemente sano y no estar siendo atendido de algún padecimiento en ninguna de las Unidades Médicas. f. Tener 25 años de edad en adelante.
TIEMPO DE RESPUESTA:
Vacunación: Debe ser de respuesta inmediata
SEGURO DE SALUD
Atención Médica Preventiva Atención Médica Curativa Rehabilita-ción Física y MentalUNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Unidades de Medicina Familiar (UMF) Clínicas de Medicina Familiar (CMF) Clínica de Especialidades (CE) Clínica Hospital (CH)
Hospitales Generales (HG) CLIDDA
En la página web www.issste.gob.mx , seleccionar el link Directorio de Unidades Médicas, el cual se encuentra en la parte inferior derecha.
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
SEGURO DE SALUD
Atención Médica Preventiva Atención Médica Curativa Rehabilita-ción Física y MentalDESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Otorgar atención médica general y especializada (odontología, pediatría, geriatría, oftalmología, otorrinolaringología, endocrinología, dermatología, etc.) a los derechohabientes en las unidades médicas de primer, segundo y tercer nivel de atención
Ley del ISSSTE, publicada en el D.O.F. el 31 de marzo de 2007, Artículos 3, 33 y 35. Reglamento de Servicios Médicos del ISSSTE, publicado en el D.O.F. el 9 de junio de 2011.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.- Medicina general
2.- Medicina de especialidades 3.- Geriatría
4.- Oncología
5.- Atención Hospitalaria 6.- Cirugía y cirugía ambulatoria
7.- Atención del Parto, Puerperio y Neonatal 8.- Atención Médica de Urgencias
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
En el caso de medicina general: solicitar consulta general. A. Solicitud de Cita Médica Presencial por primera vez
a. Acudir a la ventanilla de vigencia de derechos para apertura de expediente y elaboración de carnet de citas. b. Realizar solicitud de cita médica presencial.
c. Acudir al archivo clínico presentando el carnet y una identificación oficial con fotografía, donde se verificará la cita. d. Presentarse en el módulo de somatometría para la toma de signos vitales.
B. Solicitud de Cita Médica Telefónica, Internet o Presencial subsecuente
a. Realizar solicitud de cita médica vía telefónica, internet o presencial.
b. Acudir al archivo clínico presentando el carnet y una identificación oficial con fotografía, donde se verificará la cita telefónica o de internet o presencial. c. Presentarse en el módulo de somatometría para la toma de signos vitales.
En el caso de consulta de especialidades (geriatría, oncología, atención del parto, etc): solicitar la cita médica de especialidades en el área de referencia y contrareferencia de la Unidad Médica Receptora.
a. Haber sido valorado por el médico general o familiar y ser referido por su Unidad Médica de adscripción.
b. Presentarse en el área de referencia y contrareferencia de la Unidad Médica, donde le anotarán día y hora de la consulta en su carnet.
SEGURO DE SALUD
Atención Médica Preventiva Atención Médica Curativa Rehabilita-ción Física y MentalMODALIDAD DEL SERVICIO
En el caso de hospitalización y cirugías: solicitar la Atención Hospitalaria en el área de referencia y contrarreferencia de la Unidad Médica Receptora.
a. Recibir del médico especialista tratante la boleta de internamiento.
b. Presentarse en el área de referencia y contrarreferencia de la Unidad Médica Receptora.
c. Acudir al área de admisión e ingresos de la unidad médica hospitalaria con boleta para que se programe el internamiento, en caso de haber lugar disponible se pasa al Derechohabiente a piso.
En caso de que el médico tratante de la unidad médica donde el paciente está siendo atendido determine referirlo a otra unidad médica para continuar su atención fuera de su localidad, el Instituto aplicará el procedimiento correspondiente para su traslado
En el caso de urgencias: solicitud del servicio de urgencias.
a. Acudir a la ventanilla de admisión de urgencias.
b. Acudir al servicio de urgencias para que el médico, de acuerdo a la gravedad observada, determine el Grado de Urgencia (Grado 1,2 y 3). c. Si la urgencia es Grado 1 y 2, el paciente será enviado a observación para iniciar su estabilización.
d. Si el caso lo requiere, se realizan los estudios de gabinete y laboratorio correspondientes, para determinar el tratamiento médico y/o quirúrgico. e. Si la urgencia es Grado 3, el paciente deberá esperar para ser valorado y atendido.
En caso de que el médico tratante de la unidad médica donde el paciente está siendo atendido determine referirlo a otra unidad médica para continuar su atención fuera de su localidad, el Instituto aplicará el procedimiento correspondiente para su traslado.
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de consulta general:
a. Ser derechohabiente con vigencia de derechos.
b. Identificación oficial con fotografía: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional o carta de naturalización. c. Si es consulta de primera vez solicitar carnet de citas.
En el caso de consulta de especialidades:
a. Ser referido por el médico de la Unidad Médica de adscripción a una Unidad de Segundo Nivel. b. Pase de referencia SM-1-17.
En el caso de hospitalización y cirugías:
a. Que el estado de salud del paciente sea tal que, requiera de observación constante o de un manejo que sólo puede llevarse a efecto en una unidad hospitalaria. b. Boleta de internamiento.
En el caso de urgencias:
SEGURO DE SALUD
Atención Médica Preventiva Atención Médica Curativa Rehabilita-ción Física y Mental TIEMPO DE RESPUESTA:Consulta General por primera vez: Se estiman 60 minutos. Consulta General subsecuente: Se estima 30 minutos Consulta de Especialidades: Se estima no mayor a 7 días.
Hospitalización y cirugías: Se estima no mayor a 21 días, salvo urgencias Urgencias: Se considera que debe ser inmediato
UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Unidades de Medicina Familiar (UMF) Clínicas de Medicina Familiar (CMF)
Clínicas de Medicina Familiar con Especialidades y Quirófano (CMFE,CMFE)
Clínicas de Especialidades (CE) Clínicas Hospital (CH)
Hospitales Generales (HG) Hospitales Alta Especialidad (HAE) Hospitales Regionales (HR) C.M.N. 20 de Noviembre
En la página web www.issste.gob.mx, seleccionar el link Directorio de Unidades Médicas, el cual se encuentra en la parte inferior derecha.
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
De lunes a viernes turno matutino y vespertino
En el caso de hospitalización y cirugías en las fechas y horarios programados
SEGURO DE SALUD
Atención Médica Preventiva Atención Médica Curativa Rehabilita-ción Física y MentalDESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Otorgar atención médica especializada neuropsiquiátrica y de medicina física y rehabilitación a los derechohabientes en las unidades médicas de 2do y 3er nivel de atención.
Ley del ISSSTE, publicada en el D.O.F. el 31 de marzo de 2007, Artículos 3, 33 y 35. Reglamento de Servicios Médicos del ISSSTE, publicado en el D.O.F. el 9 de junio de 2011.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.- Atención Médica Especializada Neuropsiquiátrica 2.- Atención Médica Especializada de Medicina Física y Rehabilitación
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
En el caso de medicina especializada neuropsiquiátrica.
a. Solicitud de Atención Médica Especializada Neuropsiquiátrica.
b. Acudir puntualmente en la fecha y hora indicada, con la hoja de referencia SM-1-17 al módulo de consulta externa de la Unidad Médica de 2do o 3er nivel que le corresponda.
c. Acudir a las consultas subsecuentes que le serán programadas por el médico especialista tratante, hasta que el padecimiento se resuelva o requiera control. d. En caso necesario ser contrareferido a la Unidad Médica de adscripción, para control y seguimiento.
En caso de que el médico tratante de la unidad médica donde el paciente está siendo atendido determine referirlo a otra unidad médica para continuar su atención fuera de su localidad, el Instituto aplicará el procedimiento correspondiente para su traslado.
En el caso de Atención Médica Especializada de Medicina Física y Rehabilitación.
a. Solicitud de Atención Médica Especializada de Medicina Física y Rehabilitación
b. Acudir puntualmente en la fecha y hora indicada, con la hoja de referencia SM-1-17 al módulo de consulta externa de la Unidad Médica de 2do o 3er nivel que le corresponda.
c. Acudir a las consultas subsecuentes que le serán programadas por el médico especialista tratante, hasta que el padecimiento se resuelva o requiera control. En caso de que el médico tratante de la unidad médica donde el paciente está siendo atendido determine referirlo a otra unidad médica para continuar su atención fuera de su localidad, el Instituto aplicará el procedimiento correspondiente para su traslado.
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de medicina especializada neuropsiquiátrica:
Ser referido por el médico de la Unidad Médica de adscripción a una Unidad de Segundo Nivel Hoja de referencia SM-1-17.
En el caso de Atención Médica Especializada de Medicina Física y Rehabilitación:
SEGURO DE SALUD
Atención Médica Preventiva Atención Médica Curativa Rehabilita-ción Física y Mental TIEMPO DE RESPUESTA:Consulta de Neuropsiquiatrica: Se estima no mayor a 7 días. Consulta de Rehabilitación: Se estima no mayor a 7 días.
UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Clínicas de Especialidades (CE) Clínicas Hospital (CH)
Hospitales Generales (HG)
Hospitales de Alta Especialidad (HAE) Hospitales Regionales (HR)
C.M.N. 20 de Noviembre
En la página web www.issste.gob.mx, seleccionar el link Directorio de Unidades Médicas, el cual se encuentra en la parte inferior derecha.
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
SERVICIOS DERIVADOS DEL SEGURO DE SALUD
Traslado de enfermos Atención de Quejas Médicas Resolución a solicitudes de reembolso por atención médica extra institucionalDESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Traslado de pacientes de una Unidad Médica a otra propias del Instituto, por no existir el servicio que requiere el enfermo.
Ley del ISSSTE, publicada en el D.O.F. el 31 de marzo de 2007, Artículos 3, 33 y 35. Reglamento de Servicios Médicos del ISSSTE, publicado en el D.O.F. el 9 de junio de 2011.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.- Traslado de pacientes
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
Traslado autorizado por el médico adscrito o tratante.
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
1. Hoja de referencia u orden de traslado. 2. En su caso autorización para un acompañante.
TIEMPO DE RESPUESTA:
De acuerdo a la valoración médica
UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Clínicas Hospital (CH) Hospitales Generales (HG)
Hospitales de Alta Especialidad (HAE) Hospitales Regionales (HR)
C.M.N. 20 de Noviembre
En la página web www.issste.gob.mx, seleccionar el link Directorio de Unidades Médicas, el cual se encuentra en la parte inferior derecha.
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
SERVICIOS DERIVADOS DEL SEGURO DE SALUD
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Atender y dar solución a quejas que presenta la derechohabiencia, cuando se presume una afectación de intereses y que se haya causado un daño con motivo de los servicios médicos recibidos.
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Artículo 2.
Reglamento de Quejas Médicas, publicado en el D.O.F. el 31 de marzo de 2005
MODALIDAD DEL SERVICIO:
Atención y resolución de quejas médicas
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
a. Acudir a la Unidad de Atención al Derechohabiente y Comunicación Social, de la Delegación que corresponda al domicilio del Derechohabiente.
b. Llenar formato de queja médica que le proporcionen, o en su caso, elaborar escrito de solicitud, el cual deberá contener: Nombre, Domicilio, RFC, Unidad Médica de adscripción del paciente, Dependencia o Entidad en que presta sus servicios con constancia que acredite su afiliación y vigencia, Unidad Médica involucrada y relación de los hechos, circunstancias, motivo de la queja y documentación que la sustente.
c. Recibir notificación:
• Personalmente en su domicilio.
• Mediante oficio entregado en el domicilio del interesado mediante mensajero o correo certificado o servicio de mensajería. • A través de los estrados ubicados en las Unidades de Atención al Derechohabiente y Comunicación Social.
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
a. Formato de queja, o en su caso, escrito de solicitud b. Constancia de acreditación de afiliación y vigencia c. Documentación que sustenta la queja
Traslado de enfermos Atención de Quejas Médicas Resolución a solicitudes de reembolso por atención médica extra institucional TIEMPO DE RESPUESTA:
Resolución: 95 días hábiles siguientes a la recepción
Notificación: 15 días hábiles siguientes a la emisión de la resolución.
UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Unidades de Atención al Derechohabiente y Comunicación Social de cada una de las Delegaciones Estatales y Regionales del Instituto.
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
SERVICIOS DERIVADOS DEL SEGURO DE SALUD
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Atender al derechohabiente y proporcionar una resolución a su solicitud de reembolso, derivada de una negativa, deficiencia o imposibilidad en la prestación del servicio médico en las Unidades Médicas del Instituto y, en su caso, en las Unidades Médicas Subrogadas.
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, artículo 2.
Reglamento para el Trámite de Solicitudes de Reembolso por la Prestación de Servicios Médicos Extrainstitucionales, publicado en el D.O.F el 31 de marzo de 2005.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
Solicitud de reembolso por atención médica extrainstitucional
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
a. Acudir a la Unidad de Atención al Derechohabiente y Comunicación Social de la Delegación que corresponda al domicilio del promovente.
b. Llenar el formato de solicitud de reembolso acompañada de la documentación soporte de la petición, en un plazo de 130 días hábiles máximo, a partir de la presunta negativa, deficiencia o imposibilidad (de ser extemporánea se tendrá por no presentada).
c. Recibir notificación:
• Personalmente en su domicilio,
• Mediante oficio entregado en el domicilio del interesado mediante mensajero o correo certificado o servicio de mensajería. • A través de los estrados ubicados en las Unidades de Atención al Derechohabiente y Comunicación Social.
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
a. Formato de queja, o en su caso, escrito de solicitud b. Constancia de acreditación de afiliación y vigencia c. Documentación que sustente la queja
Traslado de enfermos Atención de Quejas Médicas Resolución a solicitudes de reembolso por atención médica extra institucional TIEMPO DE RESPUESTA:
70 días hábiles
UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Unidades de Atención al Derechohabiente y Comunicación Social de cada una de las Delegaciones Estatales y Regionales del Instituto.
En la página web www.issste.gob.mx, seleccionar la opción INSTITUTO, dar click opción sala de prensa y seleccionar el icono Directorios Institucionales y dar click en Directorio Delegacional
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
RIESGOS DEL TRABAJO
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Otorgar una pensión a los trabajadores en servicio activo que sufran un accidente o enfermedad, derivada del ejercicio o con motivo de su trabajo.
INCAPACIDAD PARCIAL E INCAPACIDAD TOTAL - Régimen Ordinario
Ley del ISSSTE, publicada en el D. O. F. el 31 de marzo de 2007, artículos 3 fracción II, 44, 45, 55, 56, fracción II, 57, 58, 60, 61, 62 fracción II, 63, 65, 66, 74 y Décimo Transitorio fracción V.
Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones del Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE, publicado en el D.O.F. el 21 de julio del 2009, artículos 1, 4 y 25.
Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del ISSSTE, publicado en el D.O.F. el 21 de julio del 2009.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.- Pensión por Riesgos de Trabajo por Incapacidad Parcial o Total 2.- Pensión por Muerte del Pensionado por Riesgos de Trabajo
3.- Pensión por Muerte del Trabajador por Riesgos de Trabajo
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
Para tramitar cualquiera de las 3 modalidades de pensión, se pueden realizar 3 tipos de cita:
1.- Vía Telefónica: Llamar a ISSSTE-TEL y comunicarse con el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene para que le agenden la cita. 2.- Vía internet: Ingresar a la página www.issste.gob.mx en el apartado de pensiones y seleccionar “CITA para trámite de pensión” y realizar la agendación de la cita.
3.- Presencial: Acudir al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, agendar la cita y recoger la solicitud de pensión. (Solicitud de Cita para el trámite de pensión presencial)
Para el trámite de cualquiera de las 3 modalidades de pensión, deberá realizar lo siguiente:
a. Acudir el día de su cita al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, recibir la solicitud de pensión.
b. Acudir a la Delegación el día de su cita.
c. Presentar la documentación indicada en los requisitos.
d. Recibir hoja de Aceptación de Datos de Afiliación y Vigencia y verificar que los datos sean los correctos.
e. Presentarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la solicitud de pensión al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, para recibir las ofertas y elegir la Aseguradora.
f. Presentar la solicitud de elección de Aseguradora en un periodo no mayor de 5 días para su registro misma que será confirmada por el personal del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación, en caso de no presentarse se reiniciará el trámite.
g. Recibir 2 días hábiles después de su confirmación la concesión de pensión.
h. Contactar con la Aseguradora elegida para firmar la póliza correspondiente para proceder al cobro de la pensión.
Pensiones por Riesgos
RIESGOS DEL TRABAJO
Pensiones por Riesgos del Trabajo REQUISITOS Y DOCUMENTOS:En el caso por Riesgos de Trabajo por Incapacidad Parcial o Total.
a. Haber sufrido accidente (en el centro de trabajo, en comisión o en trayecto) o enfermedad en el ejercicio o con motivo de su trabajo calificado por el Instituto. b. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización.
c. Formato RT09 de Dictamen Médico.
En el caso por Muerte del Pensionado por Riesgos de Trabajo
a. Que haya fallecido el pensionado por riesgos de trabajo.
b. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización. c. Formato RT09 Dictamen Médico del pensionista fallecido.
d. En los casos de orfandad de derechohabientes mayores de 18 años y hasta los 25, recibir y firmar la Declaración de soltería y de carencia del trabajo remunerado, así como constancia de estudios de nivel medio superior o superior.
En el caso de Muerte del Trabajador por Riesgos de Trabajo
a. Que el trabajador hubiere fallecido a consecuencia de un riesgo de trabajo calificado por el Instituto.
b. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización. c. Formato RT09 Dictamen Médico
d. En los casos de orfandad de derechohabientes mayores de 18 años y hasta los 25, recibir y firmar la Declaración de soltería y de carencia del trabajo remunerado, así como constancia de estudios de nivel medio superior o superior
TIEMPO DE RESPUESTA:
Se estima no mayor a 15 días hábiles
UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene en las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE.
ISSSTE-TEL. 54 48 89 03 en el Distrito Federal y Área Metropolitana 01 800 00 12 007 sin costo en todo el País
En la página web www.issste.gob.mx, seleccionar la opción INSTITUTO, dar click opción sala de prensa y seleccionar el icono Directorios Institucionales y dar click en Directorio Delegacional
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
RETIRO CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Otorgar una Pensión por Retiro, por Cesantía en Edad Avanzada y Pensión por Vejez, o en su caso Pensión Garantizada a los trabajadores que lo soliciten y cumplan con los requisitos establecidos en la Ley.
Ley del ISSSTE, publicada en el D. O. F. el 31 de marzo de 2007, artículos 3, 44, 45, 53, 76, 77, 79, 80 y 82.
Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones del Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE, publicado en el D.O.F. el 21 de julio del 2009.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.- Pensión por Retiro: Se otorga cuando los trabajadores aún sin cumplir los requisitos cuenten con recursos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión mayor en un 30% a la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus familiares derechohabientes (artículo 80 LISSSTE).
2.- Pensión por Cesantía en Edad Avanzada: Se otorga a los trabajadores que queden privados de trabajo a partir de los 60 años de edad o más y cuenten con un mínimo de 25 años de cotización.
3.- Pensión por Vejez: Se otorga cuando los trabajadores en servicio activo o pensionados por riesgos de trabajo o invalidez, tengan cuando menos sesenta y cinco años de edad y hayan cotizado al ISSSTE mínimo veinticinco años. 4.- Pensión Garantizada: Se otorga cuando los trabajadores cumplen con los
requisitos para obtener una Pensión por Cesantía en edad Avanzada o Vejez, y los recursos de su cuenta individual resultan insuficientes para obtener una pensión igual o superior al monto de la mínima garantizada.
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
Para tramitar cualquiera de las 3 modalidades de pensión, se pueden realizar 3 tipos de cita:
1.- Vía Telefónica: Llamar a ISSSTE-TEL y comunicarse con el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene para que le agenden la cita. 2.- Vía internet: Ingresar a la página www.issste.gob.mx en el apartado de pensiones y seleccionar “CITA para trámite de pensión” y realizar la agendación de la cita.
3.- Presencial: Acudir al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, agendar la cita y recoger la solicitud de pensión. (Solicitud de Cita para el trámite de pensión presencial)
Para el trámite de cualquiera de las 4 modalidades de pensión, deberá realizar lo siguiente:
a. Acudir el día de su cita al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, recibir la solicitud de pensión.
b. Acudir a la Delegación el día de su cita.
c. Presentar la documentación indicada en los requisitos.
d. Recibir hoja de Aceptación de Datos de Afiliación y Vigencia y verificar que los datos sean los correctos.
e. Firmar la solicitud de pensión para continuar con el trámite de Oferta de pensión; en caso de no aceptarla, se cancelará el trámite.
f. Presentarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la solicitud de pensión al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, para recibir las ofertas y elegir la Aseguradora.
RETIRO CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
g. Presentar la solicitud de elección de Aseguradora en un periodo no mayor de 5 días para su registro misma que será confirmada por el personal del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación, en caso de no presentarse se reiniciará el trámite.
h. Recibir 2 días hábiles después de su confirmación la concesión de pensión.
Para el caso de pensión garantizada:
Presentar el documento previo de insuficiencia de recursos para Pensión de Cesantía o Vejez que emite la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. b. Recibir la concesión de pensión.
Pensiones por retiro cesantía en edad avanzada y vejez REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de Retiro
a. Contar con recursos suficientes en la cuenta individual para obtener una pensión superior en un 30% de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus familiares derechohabientes.
b. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización.
En el caso de Cesantía en Edad Avanzada
a. Contar con edad mínima de sesenta y cinco años de edad y cuando menos 25 años de cotización.
b. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización.
En el caso de Vejez
a. Contar con edad mínima de sesenta y cinco años de edad y cuando menos 25 años de cotización o pensionado por el ISSSTE por riesgos de trabajo o invalidez con los mismos requisitos de edad y años de cotización.
b. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización.
En el caso de pensión Garantizada
a. Haber realizado el trámite previo de Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez y haber recibido el comprobante de insuficiencia de recursos para cualquiera de las dos pensiones.
b. Original y copia de oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización.
TIEMPO DE RESPUESTA:
RETIRO CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene en las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE.
ISSSTE-TEL. 54 48 89 03 en el Distrito Federal y Área Metropolitana 01 800 00 12 007 sin costo en todo el País
En la página web www.issste.gob.mx, seleccionar la opción INSTITUTO, dar click opción sala de prensa y seleccionar el icono Directorios Institucionales y dar click en Directorio Delegacional
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene en las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE. De lunes a viernes Turno matutino. ISSSTE-TEL, las 24 hrs. los 365 días del año
RÉGIMEN TRADICIONAL DEL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Otorgar una pensión a los trabajadores que se encuentren bajo el régimen pensionario contemplado en el Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, cuando cumplan con los requisitos de edad y de años de cotización establecidos en la misma.
Ley del ISSSTE, publicada en el D. O. F. el 31 de marzo de 2007, artículo Décimo Transitorio.
Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del ISSSTE, publicado en el D.O.F. el 21 de julio del 2009.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.- Pensión por Jubilación
2.- Pensión por Edad y Tiempo de Servicio
3.- Pensión por Cesantía en Edad Avanzada 4.- Pensión por Causa de Muerte del trabajador 5.- Pensión por Causa de Muerte del pensionado
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
Para tramitar cualquiera de las 5 modalidades de pensión, se pueden realizar 3 tipos de cita:
1.- Vía Telefónica: Llamar a ISSSTE-TEL y comunicarse con el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene para que le agenden la cita. 2.- Vía internet: Ingresar a la página www.issste.gob.mx en el apartado de pensiones y seleccionar “CITA para trámite de pensión” y realizar la agendación de la cita.
3.- Presencial: Acudir al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, agendar la cita y recoger la solicitud de pensión. (Solicitud de Cita para el trámite de pensión presencial)
Para el trámite de cualquiera de las 5 modalidades de pensión, deberá realizar lo siguiente:
a. Acudir el día de su cita al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, recibir la solicitud de pensión.
b. Presentar la documentación indicada en los requisitos.
c. Recibir hoja de Aceptación de Datos de Afiliación y Vigencia y verificar que los datos sean los correctos. d. Recibir y validar la solicitud de pensión.
e. Entregar copia de la identificación oficial. f. Recoger documentación pensionaria.
g. Presentarse en la Tesorería del Departamento de Finanzas de la Delegación correspondiente, a recoger el cheque de primer pago.
Pensiones por retiro
RÉGIMEN TRADICIONAL DEL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de pensión por Jubilación
a. Ser trabajador cotizante al ISSSTE y encontrarse en el régimen pensionario contemplado en el Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE.
b. Tener un mínimo de 30 años de cotización para trabajadores, 28 para las trabajadoras y cumplir con los requisitos de ley, de edad a la fecha de la solicitud. c. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización.
En el caso de pensión por Edad y Tiempo de Servicio
a. Ser trabajador cotizante al ISSSTE y encontrarse en el régimen pensionario contemplado en el Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE. b. Tener un mínimo de 15 años de cotización y cumplir con los requisitos de ley, de edad a la fecha de solicitud.
c. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización.
En el caso de pensión por Cesantía en Edad Avanzada
a. Ser trabajador cotizante al ISSSTE y encontrarse en el régimen pensionario contemplado en el Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE. b. Tener un mínimo de 10 años de cotización y cumplir con los requisitos de ley, de edad a la fecha de baja del servicio activo.
c. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización.
En el caso de pensión por Muerte del Trabajador
a. Que el trabajador haya fallecido por causas ajenas a su cargo o empleo, que se encuentre en el régimen pensionario contemplado en el Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE y hubiere cotizado un mínimo de 15 años reconocidos por el ISSSTE.
b. En el caso de que el trabajador activo que haya fallecido por causas ajenas a su cargo o empleo, hubiera podido cubrir los requisitos para una pensión por cesantía en edad avanzada, sus familiares derechohabientes tendrán derecho a la pensión.
c. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional.
d. En los casos de orfandad de derechohabientes mayores de 18 años y hasta los 25, recibir y firmar la Declaración de soltería y de carencia del trabajo remunerado, así como constancia de estudios de nivel medio superior o superior.
En el caso de pensión por Muerte del Pensionado
a. Que el pensionado fallecido hubiese gozado de una pensión, según sea el caso, por jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios, cesantía en edad avanzada, invalidez, o bien el pensionado por incapacidad total o parcial pero que el fallecimiento sea ajeno al riesgo del trabajo, siempre que hubiere cotizado al Instituto un mínimo de 15 años.
b. Original y copia de acta de nacimiento y de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional.
c. En los casos de orfandad de derechohabientes mayores de 18 años y hasta los 25, acta de nacimiento, recibir y firmar la Declaración de soltería y de carencia del trabajo remunerado, así como constancia de estudios de nivel medio superior o superior.
TIEMPO DE RESPUESTA:
Se estima no mayor a 15 días hábiles
Pensiones por retiro
RÉGIMEN TRADICIONAL DEL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO
UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene en las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE.
ISSSTE-TEL. 54 48 89 03 en el Distrito Federal y Área Metropolitana 01 800 00 12 007 sin costo en todo el País
En la página web www.issste.gob.mx, seleccionar la opción INSTITUTO, dar click opción sala de prensa y seleccionar el icono Directorios Institucionales y dar click en Directorio Delegacional
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene en las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE. De lunes a viernes Turno matutino. ISSSTE-TEL, las 24 hrs. los 365 días del año
Pensiones por retiro
INVALIDEZ Y VIDA
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Otorgar una pensión por invalidez o por muerte a los trabajadores en servicio activo que se inhabiliten física o mentalmente o en su caso fallezcan por causas ajenas a su cargo y cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en la Ley del ISSSTE; así como a los familiares de los pensionados, siempre que hubiere cubierto el seguro de sobrevivencia para sus derechohabientes al momento de pensionarse.
Ley del ISSSTE, publicada en el D. O. F. el 31 de marzo de 2007, artículos 3, 44, 45, 50, 53, 114 y del 129 al 138.
Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones del Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE, publicado en el D.O.F. el 21 de julio del 2009.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.- Pensión por invalidez parcial y permanente
2.-Pensión por Causa de Muerte del Trabajador del Régimen Ordinario
3.- Pensión por Causa de Muerte del Pensionado del Régimen Ordinario
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
Para tramitar cualquiera de las 3 modalidades de pensión, se pueden realizar 3 tipos de cita:
1.- Vía Telefónica: Llamar a ISSSTE-TEL y comunicarse con el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene para que le agenden la cita. 2.- Vía internet: Ingresar a la página www.issste.gob.mx en el apartado de pensiones y seleccionar “CITA para trámite de pensión” y realizar la agendación de la cita.
3.- Presencial: Acudir al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, agendar la cita y recoger la solicitud de pensión. (Solicitud de Cita para el trámite de pensión presencial)
Para el trámite de cualquiera de las 3 modalidades de pensión, deberá realizar lo siguiente:
a. Acudir el día de su cita al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, recibir la solicitud de pensión.
b. Presentar la documentación indicada en los requisitos.
c. Recibir hoja de Aceptación de Datos de Afiliación y Vigencia y verificar que los datos sean los correctos.
d. Firmar la solicitud de pensión para continuar con el trámite de Oferta de pensión; en caso de no aceptarla, se cancelará el trámite.
e. Presentarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la solicitud de pensión al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación que en razón de su domicilio le corresponda, para recibir las ofertas y elegir la Aseguradora.
f. Presentar la solicitud de elección de Aseguradora en un periodo no mayor de 5 días para su registro misma que será confirmada por el personal del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación, en caso de no presentarse se reiniciará el trámite.
g. Recibir 2 días hábiles después de su confirmación la concesión de pensión.
h. Contactar con la Aseguradora elegida para firmar la póliza correspondiente para proceder al cobro de la pensión.
Pensiones por Invalidez y
INVALIDEZ Y VIDA
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
Para el caso de invalidez temporal:
a. Recibir y validar la solicitud de pensión. b. Entregar copia de la identificación oficial.
c. Asistir en la fecha señalada al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación para recibir el documento de ofertas de pensión y elegir aseguradora.
d. Recoger documentación pensionaria.
e. Presentarse en la Tesorería del Departamento de Finanzas de la Delegación correspondiente, a recoger el cheque de primer pago.
Pensiones por Invalidez y
Vida
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de invalidez temporal
a. Ser trabajador en servicio activo cotizante del ISSSTE al momento de la dictaminación. b. Haberse inhabilitado física o mentalmente por causas ajenas a su cargo o empleo.
c. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización. d. Certificado médico de invalidez formato RT-09 expedido y aprobado por el Comité de Medicina del Trabajo, previo a la fecha de baja del trabajador.
e. Para el trámite de trabajadores del Régimen Ordinario de la Ley se requiere un mínimo de cotización al Instituto de 3 años, cuando se dictamine una invalidez del 75% o más y de por lo menos 5 años de cotización cuando se dictamine una invalidez menor al 75%.
f. Para el trámite de trabajadores del Régimen del artículo Décimo Transitorio de la Ley se requiere un mínimo de cotización al Instituto de 15 años
En el caso de invalidez permanente
a. Adicionalmente a los requisitos anteriores, haber sido pensionado por Invalidez temporal.
En el caso de pensión por Causa de Muerte del Trabajador del Régimen Ordinario
a. Que el trabajador se encuentre bajo el régimen ordinario de la Ley del ISSSTE, hubiere fallecido por causas ajenas a su cargo o empleo y que haya cotizado al ISSSTE cuando menos por tres años.
b. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización. c. En los casos de orfandad de derechohabientes mayores de 18 años y hasta los 25, recibir y firmar la Declaración de soltería y de carencia del trabajo
remunerado, así como constancia de estudios de nivel medio superior o superior.
En el caso de pensión por Causa de Muerte del Pensionado del Régimen Ordinario
a. Que el pensionado por régimen ordinario haya fallecido y hubiera cubierto el seguro de sobrevivencia para sus familiares derechohabientes ante la Aseguradora correspondiente.
b. Original y copia de identificación oficial vigente del solicitante: credencial del IFE, pasaporte, cartilla, cédula profesional, carta de naturalización. c. En los casos de orfandad de derechohabientes mayores de 18 años y hasta los 25, recibir y firmar la Declaración de soltería y de carencia del trabajo
INVALIDEZ Y VIDA
TIEMPO DE RESPUESTA:
Se estima no mayor a 15 días hábiles
Pensiones por Invalidez y
Vida UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene en las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE.
ISSSTE-TEL. 54 48 89 03 en el Distrito Federal y Área Metropolitana 01 800 00 12 007 sin costo en todo el País
En la página web www.issste.gob.mx, seleccionar la opción INSTITUTO, dar click opción sala de prensa y seleccionar el icono Directorios Institucionales y dar click en Directorio Delegacional
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
SERVICIOS DERIVADOS DE LOS SEGUROS PENSIONARIOS
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Retiro de recursos acumulados por contribuciones obligatorias y ahorro solidario y voluntario de la cuenta única y personal de cada trabajador, de conformidad con lo establecido en la Ley, excepto los de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda.
Ley del ISSSTE. Artículos del 77, 78, 81, 84 88, 97 al 99, 104 al 106, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo del 2007.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.- Retiro de Recursos Excedentes de la Cuenta Individual
2. Disposición de recursos de la cuenta individual por no cumplir con los requisitos de cotización establecidos en la Ley del ISSSTE
3.- Pago de Pensión por Retiro Programado 4.- Retiro parcial
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
En el caso de Retiro de Recursos Excedentes de la Cuenta Individual
a. Acudir a las oficinas de atención de PENSIONISSSTE ó bien en su caso a cualquier ventanilla de BANSEFI, dentro del horario establecido. b. Solicitar el trámite de disposición de recursos excedentes de la cuenta individual por tener una Renta Vitalicia.
c. Entregar los documentos que se solicitan como requisito.
En el caso de no cumplir con los requisitos de cotización establecidos en la Ley del ISSSTE para gozar de una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.
a. Acudir a las oficinas de atención de PENSIONISSSTE ó bien en su caso a cualquier ventanilla de BANSEFI, dentro del horario establecido. b. Solicitar el trámite de disposición del saldo de la Cuenta individual.
c. Entregar los documentos que se solicitan como requisito.
En el caso de pensión por retiro programado.
a. Acudir a las oficinas de atención de PENSIONISSSTE ó bien en su caso a cualquier sucursal de BANSEFI, dentro del horario establecido. b. Solicitar el servicio de pago de la pensión por retiro programado.
c. Entregar los documentos que se solicitan como requisito.
En el caso de retiro parcial
a. Acudir a las oficinas de atención de PENSIONISSSTE ó bien en su caso a cualquier ventanilla de BANSEFI, dentro del horario establecido. b. Solicitar el trámite de retiro parcial de recursos por desempleo.
c. Entregar los documentos que se solicitan como requisito.
SERVICIOS DERIVADOS DE LOS SEGUROS PENSIONARIOS
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de Retiro de Recursos Excedentes de la Cuenta Individual
a. Copia de Concesión de Pensión.
b. Copia de Carta de no adeudo de FOVISSSTE.
c. Copia de identificación Oficial vigente: IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio. d. Copia de comprobante de domicilio: con una vigencia no mayor a 3 meses.
e. Original de Estado de Cuenta Bancario a nombre del trabajador con cuenta CLABE a 18 posiciones o bien, copia de la carátula de contrato de cuenta de ahorro de BANSEFI.
f. En caso de que no estén reconocidas todas las aportaciones del SAR ISSSTE 92, presentar copia de comprobante SAR de Aportación Bimestral ó Estado de Cuenta de cada uno de los Bancos que administraban su cuenta anterior a PENSIONISSSTE, en caso de no contar con dichos documentos, copia de Hoja Única de Servicios ó Constancia de Servicios y Talón de Pago ó copia de Elección de Régimen Pensionario y Talón de Pago (de cada Dependencia que aportó a su cuenta).
En el caso de no cumplir con los requisitos de cotización establecidos en la Ley del ISSSTE para gozar de una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.
a. Copia de la Improcedencia de Pensión. b. Copia de Carta de no adeudo de FOVISSSTE.
c. Copia de identificación Oficial vigente: IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio. d. Copia de comprobante de domicilio: con una vigencia no mayor a 3 meses.
e. Original de Estado de Cuenta Bancario a nombre del trabajador con cuenta CLABE a 18 posiciones o bien, copia de la carátula de contrato de cuenta de ahorro de BANSEFI.
f. En caso de que no estén reconocidas todas las aportaciones del SAR ISSSTE 92, presentar copia de comprobante SAR de Aportación Bimestral ó Estado de Cuenta de cada uno de los Bancos que administraban su cuenta anterior a PENSIONISSSTE, en caso de no contar con dichos documentos, copia de Hoja Única de Servicios ó Constancia de Servicios y Talón de Pago ó copia de Elección de Régimen Pensionario y Talón de Pago (de cada Dependencia que aportó a su cuenta).
En el caso de pensión por retiro programado.
a. Copia de Concesión de Pensión.
b. Celebrar el Contrato por Retiro Programado. c. Copia de Carta de no adeudo de FOVISSSTE.
d. Copia de identificación Oficial vigente: IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio. e. Copia de comprobante de domicilio: con una vigencia no mayor a 3 meses.
f. Original de Estado de Cuenta Bancario a nombre del trabajador con cuenta CLABE a 18 posiciones o bien, copia de la carátula de contrato de cuenta de ahorro de BANSEFI.
SERVICIOS DERIVADOS DE LOS SEGUROS PENSIONARIOS
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de retiro parcial
a. Copia del Certificado de Ayuda por Desempleo emitido por el ISSSTE.
b. Copia de identificación Oficial vigente del titular de la cuenta y del (los) beneficiario (s). IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio.
c. Copia de comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a 3 meses.
d. Original de Estado de Cuenta Bancario a nombre del trabajador con cuenta CLABE a 18 posiciones o bien, copia de la carátula de contrato de cuenta de ahorro de BANSEFI.
e. En caso de que no estén reconocidas todas las aportaciones del SAR ISSSTE 92, presentar copia de comprobante SAR de Aportación Bimestral ó Estado de Cuenta de cada uno de los Bancos que administraban su cuenta anterior a PENSIONISSSTE, en caso de no contar con dichos documentos, copia de Hoja Única de Servicios ó Constancia de Servicios y Talón de Pago ó copia de Elección de Régimen Pensionario y Talón de Pago (de cada Dependencia que aportó a su cuenta).
TIEMPO DE RESPUESTA:
5 días hábiles a partir de que se recibe la solicitud en el área operativa de PENSIONISSSTE
Tiempo supeditado a la respuesta del ISSSTE, FOVISSSTE y PROCESAR. (En el caso de de Disposición de recursos de la cuenta individual por no cumplir con los requisitos)
UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Oficinas de Atención PENSIONISSSTE BANSEFI
En la página web www.issste.gob.mx . En la parte inferior derecha localizar el siguiente logo o icono, dar click y desplegará domicilios de oficinas.
Consultar portal PENSIONISSSTE
www.pensionissste.gob.mx
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
Oficinas de Atención PENSIONISSSTE de lunes a viernes. De 9:00 a 18:00 horas BANSEFI de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas
SERVICIOS DERIVADOS DE LOS SEGUROS PENSIONARIOS
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Retiro de recursos acumulados SAR-ISSSTE 92 de la cuenta individual del trabajador del régimen pensionario del artículo X transitorio de la Ley del ISSSTE, en la cual se reflejan los recursos acumulados del 2% de la subcuenta de retiro y del 5% de la subcuenta de vivienda.
Ley del ISSSTE. Artículos Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo Transitorio, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo del 2007.
Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Artículos del 48 al 51.
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.-Retiro Total de recursos SAR-ISSSTE 92 por el titular de la cuenta, cuando obtiene una concesión de pensión por el régimen del artículo X Transitorio.
2.- Retiro Total de recursos SAR-ISSSTE 92 por cumplir con la edad de cuando menos 65 años.
3.- Retiro total de recursos por los beneficiarios del titular de la cuenta SAR-ISSSTE 92.
4.- Retiro total de recursos SAR-ISSSTE 92 por cumplir con los requisitos de un plan de pensiones establecido por la Dependencia o Entidad.
5.- Retiro total recursos SAR-ISSSTE 92, por trabajadores pensionados que hayan reingresado a cotizar al ISSSTE, antes de la reforma de 2007.
6.- Retiro Parcial de recursos de Trabajadores que se encuentran en el Régimen del Artículo X Transitorio de la Ley del ISSSTE.
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
1. Acudir a las oficinas de atención de PENSIONISSSTE ó bien en su caso a cualquier ventanilla de BANSEFI, dentro del horario establecido. 2. Solicitar el trámite de retiro de recursos SAR-ISSSTE 92, por cualquiera de las 6 modalidades.
3. Entregar la documentación establecida en los requisitos.
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de Retiro Total de recursos SAR-ISSSTE 92 por el titular de la cuenta, cuando obtiene una concesión de pensión por el régimen del artículo X Transitorio
a. Copia de Concesión de Pensión.
b. Copia de Carta de no adeudo de FOVISSSTE.
c. Copia de identificación Oficial vigente: IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio. d. Copia de comprobante de domicilio: con una vigencia no mayor a 3 meses.
e. Original de Estado de Cuenta Bancario a nombre del trabajador con cuenta CLABE a 18 posiciones o bien, copia de la carátula de contrato de cuenta de ahorro de “BANSEFI”.
SERVICIOS DERIVADOS DE LOS SEGUROS PENSIONARIOS
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de Retiro Total de recursos SAR-ISSSTE 92 por cumplir con la edad de cuando menos 65 años.
a. Copia de Acta de Nacimiento.
b. Copia de Carta de no adeudo de FOVISSSTE.
c. Copia de identificación Oficial vigente: IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio. d. Copia de comprobante de domicilio: con una vigencia no mayor a 3 meses.
e. Original de Estado de Cuenta Bancario a nombre del trabajador con cuenta CLABE a 18 posiciones o bien, copia de la carátula de contrato de cuenta de ahorro de “BANSEFI”.
f. En caso de que no estén reconocidas todas las aportaciones del SAR ISSSTE 92, presentar copia de comprobante SAR de Aportación Bimestral ó Estado de Cuenta de cada uno de los Bancos que administraban su cuenta anterior a PENSIONISSSTE, en caso de no contar con dichos documentos, copia de Hoja Única de Servicios ó Constancia de Servicios y Talón de Pago ó copia de Elección de Régimen Pensionario y Talón de Pago (de cada Dependencia que aportó a su cuenta).
En el caso de Retiro total de recursos SAR-ISSSTE 92 por los beneficiarios del titular de la cuenta SAR-ISSSTE.
a. Original de Acta de Defunción.
b. Copia de Carta de no adeudo del FOVISSSTE del (los) beneficiario (s)
c. Copia de identificación Oficial vigente del titular de la cuenta y del (los) beneficiario (s): IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio.
d. Copia de comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a 3 meses.
e. Copia de Documento de Designación de Beneficiarios en PENSIONISSSTE, o a falta de éste
• Copia de Concesión de Pensión por viudez, orfandad o ascendencia. En caso de no contar con estas 2 opciones. • Original de Declaratoria de Beneficiarios emitida por autoridad laboral o civil que se declare competente.
f. Original de Estado de Cuenta Bancario a nombre del trabajador con cuenta CLABE a 18 posiciones o bien, copia de la carátula de contrato de cuenta de ahorro de BANSEFI.
g. En caso de que no estén reconocidas todas las aportaciones del SAR ISSSTE 92, presentar copia de comprobante SAR de Aportación Bimestral ó Estado de Cuenta de cada uno de los Bancos que administraban su cuenta anterior a PENSIONISSSTE, en caso de no contar con dichos documentos, copia de Hoja Única de Servicios ó Constancia de Servicios y Talón de Pago ó copia de Elección de Régimen Pensionario y Talón de Pago (de cada Dependencia que aportó a su cuenta).
En el caso de Retiro total de recursos SAR-ISSSTE 92 por cumplir con los requisitos de un plan de pensiones establecido por la Dependencia o Entidad.
a. Original de Concesión de Pensión que le emita la Dependencia o Entidad. b. Copia de Carta de no adeudo de FOVISSSTE.
c. Copia de identificación Oficial vigente: IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio. d. Copia de comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a 3 meses.
SERVICIOS DERIVADOS DE LOS SEGUROS PENSIONARIOS
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
f. En caso de que no estén reconocidas todas las aportaciones del SAR ISSSTE 92, presentar copia de comprobante SAR de Aportación Bimestral ó Estado de Cuenta de cada uno de los Bancos que administraban su cuenta anterior a PENSIONISSSTE, en caso de no contar con dichos documentos, copia de Hoja Única de Servicios ó Constancia de Servicios y Talón de Pago ó copia de Elección de Régimen Pensionario y Talón de Pago (de cada Dependencia que aportó a su cuenta).
En el caso de Retiro total recursos SAR-ISSSTE 92, por trabajadores pensionados que hayan reingresado a cotizar al ISSSTE, antes de la reforma de 2007.
a. Copia de Concesión de Pensión (menores de 65 años de edad).
b. Copia de acta de nacimiento o copia certificada de afiliación de empleado federal o copia de credencial expedida por la Dependencia o Entidad (65 años). c. Copia de reactivación de pensión con sello del ISSSTE (menor de 65).
d. Copia del último aviso de baja presentado al ISSSTE por la Dependencia. e. Copia de Carta de no adeudo de FOVISSSTE.
f. Copia de identificación Oficial vigente: IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio. g. Copia de comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a 3 meses.
h. Original de Estado de Cuenta Bancario a nombre del trabajador con cuenta CLABE a 18 posiciones o bien, copia de la carátula de contrato de cuenta de ahorro de BANSEFI.
i. En caso de que no estén reconocidas todas las aportaciones del SAR ISSSTE 92, presentar copia de comprobante SAR de Aportación Bimestral ó Estado de Cuenta de cada uno de los Bancos que administraban su cuenta anterior a PENSIONISSSTE, en caso de no contar con dichos documentos, copia de Hoja Única de Servicios ó Constancia de Servicios y Talón de Pago ó copia de Elección de Régimen Pensionario y Talón de Pago (de cada Dependencia que aportó a su cuenta).
En el caso de Retiro Parcial (Trabajadores que se encuentran en el Régimen considerado en el Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE).
a. Copia de Aviso de Baja ante el ISSSTE.
b. Copia de identificación Oficial vigente del titular de la cuenta: IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio. Menores de 18 años sin identificación oficial, pueden presentar cualquier documento o identificación con foto y firma, emitido por cualquier Dependencia de la
Administración Pública Federal, Estatal, Municipal ó del D.F.
c. Copia de comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a 3 meses.
d. Original de Estado de Cuenta Bancario a nombre del trabajador con cuenta CLABE a 18 posiciones o bien, copia de la carátula de contrato de cuenta de ahorro de BANSEFI.
SERVICIOS DERIVADOS DE LOS SEGUROS PENSIONARIOS
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
Disposición de Recursos Parcial por Incapacidad Permanente.
a. Copia de Concesión de Pensión.
b. Copia de identificación Oficial vigente: IFE, pasaporte, cédula profesional, carta de naturalización o documento migratorio. Menores de 18 años sin
identificación oficial, pueden presentar cualquier documento o identificación con foto y firma, emitido por cualquier Dependencia de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal ó del D.F.
c. Copia de comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a 3 meses.
d. Original de Estado de Cuenta Bancario a nombre del trabajador con cuenta CLABE a 18 posiciones o bien, copia de la carátula de contrato de cuenta de ahorro de BANSEFI.
e. En caso de que no estén reconocidas todas las aportaciones del SAR ISSSTE 92, presentar copia de comprobante SAR de Aportación Bimestral ó Estado de Cuenta de cada uno de los Bancos que administraban su cuenta anterior a PENSIONISSSTE, en caso de no contar con dichos documentos, copia de Hoja Única de Servicios ó Constancia de Servicios y Talón de Pago ó copia de Elección de Régimen Pensionario y Talón de Pago (de cada Dependencia que aportó a su cuenta).
TIEMPO DE RESPUESTA:
Las solicitudes recibidas en el área operativa de PENSIONISSSTE entre el día 1° y 20 de cada mes, se liquidan el 11° día del siguiente mes. Las solicitudes, recibidas en el área operativa de PENSIONISSSTE con posterioridad al día 20, se liquidan el 11° día del segundo mes posterior al de la solicitud. Tiempo supeditado a la respuesta del ISSSTE, FOVISSSTE y PROCESAR
UNIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO: DOMICILIO Y TELÉFONO:
Oficinas de Atención PENSIONISSSTE BANSEFI
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DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN
Oficinas de Atención PENSIONISSSTE de lunes a viernes. De 9:00 a 18:00 horas BANSEFI de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas
SERVICIOS DERIVADOS DE LOS SEGUROS PENSIONARIOS
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO FUNDAMENTO NORMATIVO
Verificación semestral de vigencia de derechos, para constatar que los jubilados y pensionados continúan disfrutando del beneficio otorgado.
Ley del ISSSTE. Artículos Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo Transitorio, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo del 2007.
Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones del Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE, publicado en el D.O.F. el 21 de julio del 2009.
Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio de la Ley ISSSTE. Publicado en el D.O.F. el 21 de julio del 2009..
MODALIDAD DEL SERVICIO:
1.-Verificación de vigencia de derechos
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
En el caso de pensionados por Cuenta Individual
Acudir oportunamente dentro de los 2 periodos establecidos en el año, a las Instituciones Financieras donde reciben su pensión, para llevar a cabo la verificación de vigencia de derechos, con el cobro de la pensión en la ventanilla:
• Primer periodo: Por lo regular la primera quincena de enero • Segundo periodo: Por lo regular la primera quincena de julio
En el caso de pensionados por el Artículo Décimo Transitorio
Acudir oportunamente dentro de los 2 periodos establecidos en el año, a las Unidades Médicas y Administrativas habilitadas, para llevar a cabo la verificación de vigencia de derechos:
• Primer periodo: Por lo regular del 1 de febrero al 15 de abril • Segundo periodo: Por lo regular del 1 de agosto al 15 de octubre
Verificación de Vigencia de
Derechos
REQUISITOS Y DOCUMENTOS:
En el caso de pensionados por Cuenta Individual
a. Identificación oficial
b. Carta de aviso de la Institución financiera, con número de referencia para cobrar la pensión en ventanilla
En el caso de pensionados por el Artículo Décimo Transitorio
a. Identificación oficial