SESIÓN CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL SRS. ASISTENTES:
Alcalde-Presidente: Dª Celia Ruiz Valentín Srs. Concejales: D. Jesús López Sánchez
Dª Margarita del Castillo Jiménez D. David Manzanares Martín Sr. Interventor:
D. José Manzanares Torre
Sr. Secretario:
D. Santiago Benítez Martín
Día 18 de octubre de 2011
En Sonseca a dieciocho de octubre de dos mil once.
Siendo las dieciocho horas, en la Sala de Juntas de la Casa Consistorial se reunió la Junta de Gobierno Local a fin de celebrar sesión correspondiente a este día, previa convocatoria circulada al efecto, bajo la Presidencia de Dª Celia Ruiz Valentín, asistida de los señores Concejales anotados al margen. No asistió a esta sesión el Sr. Alcalde D. Francisco José García Galán ni la Sra. Concejala Dª Esmeralda Sánchez Sánchez, quienes excusaron debidamente su presencia.
Declarado abierto el acto por la Presidencia, de su orden, se procedió a examinar el Orden del Día y se adoptaron los siguientes
A C U E R D O S
1º. - APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTA SESIÓN ANTERIOR.-
Dada cuenta seguidamente del acta de la sesión celebrada el día 11 de octubre de 2011, la Junta de Gobierno Local hallándola conforme acuerda su aprobación por unanimidad.
2º. - LICENCIAS DE OBRAS.- A) OBRAS MENORES:
Examinadas las solicitudes presentadas por los vecinos de esta localidad que seguidamente se relacionarán, interesando licencia para la realización de las obras que se indican, en los inmuebles que se señalan, visto el informe emitido por el Arquitecto Técnico Municipal y lo dispuesto en las Normas Subsidiarias, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda conceder la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda conceder las siguientes, sin perjuicio de terceros, salvo el derecho de propiedad
y previo pago de la tasa correspondiente. Independientemente de la autorización que pueda corresponder a otro organismo.
Dª CARMEN SÁNCHEZ MARTIN, con domicilio en c/ Diego de Arán, 16, para coger de obra de dos cuerpos la Sepultura Nº 5, Tramo, 3, Patio, 3º del Cementerio Municipal de Sonseca, con un presupuesto de 600 €. Exp. 199/2011.
B) PRORROGA LICENCIA DE OBRAS:
Vista la solicitud presentada por Dª ALMUDENA LOPEZ PASTRANA, con domicilio en c/ Estrella, 1 de este municipio, solicitando prórroga de la licencia de obras que le fue otorgada por la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de octubre de 2010, Exp. 251/2010, por no haber podido concluir aún las obras de construcción de vivienda unifamiliar en c/ Alabardas de la Virgen, parcela 14 (Sector S-1), visto el informe emitido por el Arquitecto Técnico municipal, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda prorrogar por seis meses más la citada licencia.
Significando a la interesada que de conformidad con lo establecido en el artículo 9.8 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por expedición de licencias urbanísticas, usos y actividades, el otorgamiento de sucesivas prórrogas devengará la tasa establecida en dicha ordenanza, a cuyos efectos deberá presentar la valoración económica de las partidas que queden por ejecutar.
3º. - SERVICIO DE ALCANTARILLADO.-
Examinadas las instancias presentadas por los vecinos que después se relacionan, solicitando autorización para realizar enganche a la red general de alcantarillado en los edificios que se indican, y visto el informe del Encargado del Servicio y Técnico Municipal, se acuerda su concesión, teniendo que realizar el mismo en tubería de cemento centrifugado de 150 a 200 mm... El enganche irá perpendicularmente a la red general, si la calle está pavimentada, el Ayuntamiento se encargará de ultimar la obra de enganche, haciendo que el firme de la calle quede como antes de realizar el mismo. Esta obra la realizará el Ayuntamiento como considere más conveniente, ya sea directamente o adjudicando el servicio, repercutiendo posteriormente su costo en el interesado que deberá proceder a su abono. Todo ello sin perjuicio a terceros salvo el derecho de propiedad y previo pago de la tasa correspondiente El plazo para la ejecución de las obras de enganche será como máximo de tres meses, contados a partir de la fecha del otorgamiento de la presente licencia. La zanja quedará compactada y hormigonada, dejando unos 5 cm para la capa de aglomerado asfáltico, si la calle está pavimentada deberá quedar en las mismas condiciones en que se encontraba antes de efectuar las tomas, y de forma que, al menos durante un año, no sufra deterioro, pues si así fuere los gastos de su reparación correrán a cargo del propietario del inmueble afectado. Debiendo adoptar las medidas necesarias de protección y señalización.
D. SALOMÓN MARTIN GOMEZ-TAVIRA, con domicilio en c/ Málaga, 33 de este municipio, para realizar enganche a la red general de alcantarillado en c/ Sagrada Familia, 11.
Asimismo se autoriza la realización de nuevo enganche a la red general de alcantarillado c/ San José Obrero permutándose por la toma existente.
4º. - DEVOLUCION, SI PROCEDE, FIANZA A CONSTRUCCIONES PONCIANO NIETO, SL.-
Dada cuenta seguidamente del escrito presentado por D. Miguel Angel Martín-Hervás Peñalver, en representación de la empresa CONSTRUCCIONES PONCIANO NIETO, SL, con domicilio en c/ Agra dos Cregos, 28 de Zas (La Coruña), solicitando devolución del aval bancario depositado a favor de este Ayuntamiento para garantizar la correcta ejecución del contrato administrativo suscrito entre este Ayuntamiento y la citada empresa para la ejecución de las obras de “Pavimentación Antigua Travesía N-401, Tramos de PK 94.850-95.330 y PK 96.020-96.300” (PPOS 2009), por importe de 7.530,22 €.
Visto el informe emitido por los servicios técnicos municipales en el que se pone de manifiesto que las obras se han ejecutado conforme al proyecto técnico y a las normas de la buena construcción, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda proceder a la devolución y cancelación del citado aval al no existir responsabilidad alguna que ejercitar sobre la referida fianza, a cuyos efectos se dará traslado de este acuerdo a los servicios de la intervención municipal y al interesado.
5º. - APROBACIÓN, SI PROCEDE, NORMAS DE USO DE LAS INSTALACIONES Y DEPENDENCIAS DE LA PISCINA CUBIERTA MUNICIPAL.-
Dada cuenta seguidamente de la propuesta elaborada por la Concejalía de Juventud y Deportes de este Ayuntamiento relativa a la aprobación de diversas normas de uso tanto de las instalaciones como de las dependencias de la piscina cubierta municipal, la Junta de Gobierno Local hallándolas conforme acuerda su aprobación, según el siguiente tenor literal:
NORMAS DE USO DE LA PISCINA CUBIERTA SONSECA GENERAL
- En este centro deportivo está prohibido fumar.
Contagiadas, y a quienes, a juicio del personal de la instalación, se encuentren en situación de intoxicación alcohólica o bajo el efecto de drogas que pueda poner en peligro su integridad ido la del resto de los bañistas.
- Las taquillas pueden utilizarse solamente mientras se permanece en la instalación; en ningún caso deben sacarse llaves de las taquillas fuera de este centro. Al finalizar la jornada cualquier taquilla que permanezca ocupada será abierta por el personal de la instalación.
- Para prevenir extravíos o accidentes, se recomienda no bañarse con sortijas, collares, etc. El personal de la instalación no se hace responsable de estos objetos, ni de cualquier otro depositado dentro o fuera de las taquillas.
- Aquellos usuarios que con su conducta perturben el buen funcionamiento de la piscina podrán ser invitados a abandonarla y, en su caso, la dirección podrá restringirles el acceso y/o adoptar las medidas oportunas.
- Los desperfectos ocasionados en este centro, derivados por el incumplimiento de estas Normas, un comportamiento negligente del usuario o un mal uso de la instalación, serán Reparados por la dirección, corriendo los gastos por cuenta del usuario que los ocasionó.
- La pérdida de la tarjeta de acceso supondrá el pago e 3 euros para realizar el duplicado.
- Cada usuario es responsable de reunir el nivel de competencia en el nado capacidad física y salud necesarios para utilizar esta instalación.
ZONA DE BAÑO
- Es obligatoria la ducha antes de la primera inmersión en la piscina. En las duchas de la piscina no está permitido enjabonarse, pero sí en las de los vestuarios.
- Es obligatorio el uso de chanclas de goma para acceder a la zona de baño. Sólo el personal autorizado podrá acceder con calzado de calle, aunque deberá hacerlo con bolsas cubre zapatos.
- Es obligatorio el uso del gorro de baño y aconsejable gafas de natación para el nado. - A la zona de baño se accede con bañador, chanclas, toalla, gorro y gafas de baño. - No se pueden consumir alimentos en la zona de baño o vestuarios, ni bañarse masticando chicle.
NADO LIBRE
- Los menores de 7 años sólo podrán realizar nado libre acompañados de un adulto. - Los menores de 11 años sólo podrán realizar nado libre acompañados de un adulto, o en su caso, con la autorización firmada por su madre/padre/tutor, haciendo constar su dominio del medio acuático.
- No se permite la utilización de material que perturbe el disfrute del resto de bañistas, como aletas, equipo de buceo, balones.
- El sentido de la natación será siempre por la derecha de la calle.
Cada usuario es responsable de respetar estas normas. El personal de este Centro velará por su correcto cumplimiento, así como el de aquéllas otras que, no figurando en esta relación, ayuden a mantener la seguridad, higiene y buen funcionamiento de la instalación.
NORMAS PARA LOS CURSILLISTAS
- En la natación para Bebés (4-36 meses) y Peques (3-4 años), es necesario que el niño esté acompañado dentro del agua por el papá, mamá o un adulto en quien deleguen. El monitor podrá decidir en cualquier momento si es necesaria su presencia o no.
- UN ACOMPAÑANTE por cursillista de los grupos de Bebés (4-36 meses), Peques (3-4 años) e Infantil (5-8 años), podrá pasar a los vestuarios. El acompañante de los Bebés y Peques que (por recomendación del monitor/a), no tengan que estar dentro del agua, tendrán que acompañarles hasta la entrada a la zona de baño y salir al vestíbulo de recepción.
- Todos los alumnos y acompañantes accederán a la zona de baño con ropa de baño y chanclas.
- Las conductas inadecuadas de los alumnos podrán ser sancionadas.
- El Acompañante de los cursillistas mayores de 8 años no tendrán acceso a los vestuarios, salvo en casos de verdadera necesidad.
- Las personas que esperan a cursillistas deberán hacerlo en el hall de entrada (vestíbulo de recepción), en ningún caso podrá pasar ninguna persona a la zona de acceso al baño, por motivos higiénicos-sanitarios.
- Los alumnos esperarán en la puerta de entrada a la zona de baño a su monitor, quien les recogerá para comenzar la clase. No se podrá entrar a la piscina sin la presencia del monitor, salvo cuando éste lo estime oportuno.
- Las consultas personales sobre alumnos deberán realizarse al monitor fuera del horario de clase.
- Se establece como HORARIO DE ACCESO a la instalación para los cursillistas, 15 minutos antes del comienzo del curso y salida 30 minutos después del mismo. Se ruega puntualidad. Una vez terminada la sesión, los alumnos y en su caso los acompañantes, deberán salir de la zona de baño. Si no fuera así, se entiende que quieren permanecer en nado libre, debiendo abonar su correspondiente cuota.
- Se establece como cuota de MATRÍCULA única por temporada y persona la cantidad de 6 euros, la cual permite darnos de alta en cualquier actividad, siendo válida para una o más actividades. Esta matrícula sólo nos dará derecho a mantener nuestra plaza a lo largo de la temporada si abonamos todas las mensualidades. En ningún caso se podrá devolver esta cuota de matrícula una vez el alumno asista al curso por primera vez. - Los cursos pueden estar sujetos a modificaciones (horarios, niveles, monitores…), de igual modo podrán suprimirse o generarse nuevos cursos en función del grado de demanda de los usuarios. En cualquier caso, para iniciar un curso debe existir un número suficiente de alumnos.
- Se establece como PERIODO DE ABONO DE LA CUOTA MENSUAL de la actividad, los cinco primeros días del mes entrante. Excepcionalmente, en caso de no haber podido efectuar el pago en esos cinco primeros días, se establece un plazo de cortesía hasta el día quince del citado mes, pasado el cual de no haber efectuado el ingreso el usuario será dado de baja en el curso o actividad correspondiente, pasando a ocupar su plaza el siguiente alumno en lista de espera.
- La CUOTA MENSUAL de los cursos será siempre la misma, independientemente de las sesiones que se lleven a cabo durante ese mes. Se ha establecido un precio medio teniendo en cuenta, que debido a fiestas u otras circunstancias habrá meses con más sesiones y otros con menos. En el primer y último mes de la temporada la cuota se hallará en función del día de comienzo o de finalización del curso.
- Las faltas correrán por cuenta del alumno, independientemente de la razón de la misma.
- Se ruega a los cursillistas avisen de su baja en el momento que tengan conocimiento de ello, con el fin de que su plaza pueda cubrirla otro alumno en lista de espera.
- Todo participante, o en su caso padres o tutores legales, deberán velar porque su salud, capacidad y estado de forma sean los adecuados a la actividad física practicada.
- Los padres, madres o en su caso tutor o adultos en quien deleguen, habiendo inscrito a un menor de edad, autorizan a la realización y utilización por parte del Ayuntamiento. De Sonseca (y en su caso de la asociación, empresa o persona a quien designe el Ayuntamiento), de fotografías y otros medios audiovisuales de los cursos en que éstos participan.
Estas normas se han establecido con la intención de organizar una participación ordenada y eficiente, y complementan a las normas generales de uso de esta instalación.
Solicitamos su colaboración para su buen funcionamiento
6. - LICENCIA APERTURA ACTIVIDADES.-
Examinado el expediente que se instruye a instancia de D. D. XIAOQUIN GUO interesando licencia de apertura de un establecimiento destinado a BAZAR Y VENTA DE ALIMENTACION INCLUIDAS BEBIDAS ALCOHOLICAS con emplazamiento en C/ FRAY GABRIEL DE LA MAGDALENA, 5, de este municipio.
Vistos los informes técnicos y el jurídico, estimando que la actividad que origina el presente expediente no está clasificada ni sujeta a calificación ambiental, de acuerdo con la legislación vigente; en virtud de lo dispuesto en los artículos 21.1, letra II), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 41.9, del Reglamento de Organización; Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y demás legislación aplicable, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda:
1º. - Conceder la licencia que se solicita, entendiéndose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, quedando prohibida la expedición de bebidas alcohólicas desde las 22 horas hasta las 7 horas del día siguiente.
2º. - Aprobar la liquidación de la tasa por licencia de apertura de establecimiento, cuya cuota que da fijada en DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS
CONCEPTO LICENCIA NO CLASIFICADA M2 IMPORTE
Gravamen de 3 €/m 2 de superficie cubierta 85,18 255,54
Gravamen de 1,80 €/m 2 de superficie descubierta o almacén 24,46 44,03
3º. - Dar cuenta de este acuerdo a Intervención y al interesado.
7º. - RECONOCIMIENTO SERVICIOS PRESTADOS POR PERSONAL DE ESTE AYUNTAMIENTO.-
Dada cuenta seguidamente de la solicitud presentada por D. ALFREDO GONJAR MAESTRE, con domicilio en c/ Antonio Machado, 6 de este municipio, perteneciente actualmente a la plantilla del personal laboral interino de este Ayuntamiento, adscrito al servicio de parques y jardines, interesando reconocimiento de los servicios prestados en la Administración Pública, vista la documentación obrante en el expediente, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acuerda:
1º.- Reconocer a D. Alfredo Gonjar Maestre el cumplimiento de un trienio con referencia al 17 de noviembre de 2011 como personal laboral interino perteneciente al Grupo E (Agrupaciones Profesionales).
3º. - Dar traslado de este acuerdo al interesado y a los servicios de la Intervención municipal a los efectos oportunos.
Y no habiendo otros asuntos sobre los que tratar, la Sra. Presidenta levantó la sesión, siendo las diecinueve horas, de lo que como Secretario doy fe.