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ACTA MESA DE CONTRATACION

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Academic year: 2022

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ACTA MESA DE CONTRATACION

CONTRATO: SERVICIOS DE LIMPIEZA DEL EDIFICIO DENOMINADO COLEGIO PÚBLICO GARCILASO DE LA VEGA DE GRIÑÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN ORDINARIA (EXPTE. 269/2021).

Procedimiento: ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN ORDINARIA.

De forma telemática, se celebra sesión a través del gestor electrónico de expedientes del Ayuntamiento (Gestiona) y de la PLATAFORMA ZOOM de la mesa de contratación permanente, creada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de diciembre de 2019, el día 10 de junio de 2021, a las 13:30 horas, cuyos miembros han sido previamente convocados, asistiendo:

MIEMBROS DE LA MESA PERMANENTE DE CONTRATACION Presidente Jose María Porras Agenjo, Alcalde-presidente

Vocal Antonio Díaz Calvo, Secretario General de la Corporación Vocal Fernando Álvarez Rodríguez, Interventor Municipal Vocal

Secretario Ángel Villacañas Sanz, Jefe de Negociado, funcionario

Justificación sesión telemática: de conformidad con el artículo 46.3 de la Ley 7/85 de 2 de abril cuya habilitación excepcional debe ser justificada. Actualmente la realización por medio telemáticos viene justificada en la emergencia sanitaria declarada en la Comunidad de Madrid con motivo de la crisis sanitaria COVID-19, mediante la ORDEN 668/2020, de19 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio. Dada la naturaleza e imprevisible evolución de la situación sanitaria, así como el estado actual de la investigación científica y la incertidumbre en relación con las formas de contagio y propagación del virus, se impone la necesidad de adoptar una serie de medidas de prevención y contención que permitan seguir haciendo frente a la crisis y asegurar el adecuado control de la propagación de la enfermedad en la Comunidad de Madrid, una vez expire la vigencia del estado de alarma y decaigan las medidas de contención derivadas de su adopción y hasta que el Gobierno declare la finalización de la crisis sanitaria. En este contexto y ante este nuevo escenario resulta necesaria la adopción de una serie de medidas, con el objeto de garantizar la salud pública y la seguridad de la ciudadanía, que permitan asegurar un mejor control de la emergencia sanitaria así como evitar y minimizarlos riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19 ante la eventual aparición de nuevos brotes epidemiológicos o nuevas cadenas de transmisión no identificadas que pudieran comprometer la integridad física y la salud de las personas, mientras no sea declarada oficialmente la finalización de la situación de crisis sanitaria por parte del Gobierno de España.

La mesa de contratación en sesión de fecha 14 de mayo de 2021, adoptó, por unanimidad, los siguientes acuerdos:

“PRIMERO.- Admitir las ofertas presentadas a la licitación por las siguientes empresas al quedar acreditada la presencia de la preceptiva declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada.

Nº Oferta Licitador CIF

1 SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET B53429668

2 LIMPIEZAS TROPIK SC J18912030

3 LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LYMA B81687741

4 ESPACIOS SERVICIOS A COMUNIDADES, S.L B88237110

5 ESPACIOS INTEGRALES EUROVIP S.L B87737573

6 DONDORE´S MANAGEMENT S.L B76779529

| Verificación: https://grinon.sedelectronica.es/

JUAN MANUEL PEGALAJAR ARMENTEROS (1 de 2) Advo Jefe de Negociado Secretaría Fecha Firma: 11/06/2021 HASH: cd2927e67874605b24ee1067484ae85a

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7 APOYO EVENTUAL S.L B87423471

SEGUNDO.- Solicitar al técnico correspondiente del Ayuntamiento de Griñón, para que informe sobre la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor, que deberá realizarse en un plazo no superior a 7 días hábiles y que deberá suscribirse por el técnico que realice la valoración.

La Mesa de Contratación procederá en la siguiente sesión a dar cuenta de la resolución de la puntuación de acuerdo con la documentación presentada en el sobre “B” conforme al informe del Técnico municipal del Ayuntamiento de Griñón y a la apertura de los Sobres/Archivos electrónicos “C” que contienen la documentación de la proposición económica y criterios valorables en cifras o porcentajes.

TERCERO.- La Mesa de Contratación, por unanimidad, acuerda publicar el acta en la Plataforma de Contratación del Estado y cursar las notificaciones

Visto que consta en el expediente Informe de fecha 25/05/2021 emitido por el Técnico Municipal don Luis Martínez Martín, para valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor.

Visto, asimismo que, por la mesa de contratación, en sesión celebrada el día 31 de mayo de 2021, se adoptaron por unanimidad, los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Hacer suyo el citado informe del Técnico Municipal don Luis Martínez Martín, de fecha 25/05/2021, y las puntuaciones otorgadas a las propuestas contenidas en el Sobre B de la licitación, con el siguiente resumen:

SEGUNDO.- Excluir las ofertas técnicas presentadas por las Empresas LIMPIEZAS TROPIK SC, y DONDORE´S MANAGEMENT SL, por incumplir el PPT (Pliego de Prescripciones Técnicas), en los términos expresados en el informe del Técnico Municipal don Luis Martínez Martín, de fecha 25/05/2021 antes transcrito.

A continuación, invitados al efecto al acto público, acceden a la reunión a través de la plataforma telemática citada las siguientes personas/usuarios: “Loly Torralbo” que, ante la imposibilidad de poder hablar con ella, no sabemos en representación de qué empresa ha accedido en la apertura del sobre C.

A continuación, se procede en Acto público, dar cuenta de la valoración otorgada a la documentación contenida en el Sobre nº B, que se da por reproducida, a la apertura de la documentación contenida en el Sobre C (criterios valorables en cifras o porcentajes: Oferta económica), resultando lo siguiente:

TERCERO.- APERTURA SOBRES C:

Proposición presentada por la empresa SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET, CIF B53429668

a. Proposición económica.

| Verificación: https://grinon.sedelectronica.es/

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Precio anual ofertado Servicios Ordinarios, excluido IVA 55.465,46 € (CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON CUARENTA Y SEIS) Precio anual ofertado Servicios Covid-19, excluido IVA 7.904,55 € (SIETE MIL

NOVECIENTOS CUATRO CON CINCUENTA Y CINCO)

IVA, 21% 13.307,70 € (TRECE MIL

TRESCIENTOS SIETE CON SETENTA) Total precio anual ofertado, incluido IVA 76.677,70 € (SETENTAY SEIS MIL

SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SETENTA)

Proposición presentada por la empresa LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LYMA, CIF B81687741 a. Proposición económica.

El precio anual ofertado es el siguiente:

Precio anual ofertado Servicios Ordinarios, excluido IVA 74.893 setenta y cuatro mil ochocientos noventa y tres€ (en letra y número) Precio anual ofertado Servicios Covid-19, excluido IVA 13.771 trece mil setecientos setenta

y un euros € (en letra y número)

IVA, 21% 18.619,44 dieciocho mil seisicientas

diecinueve con cuarenta y cuatro € (en letra y número) Total precio anual ofertado, incluido IVA 107.283,44 ciento siete mil

doscientos ochenta y tres con cuarenta y cuatro€ (en letra y número)

Proposición presentada por la empresa ESPACIOS SERVICIOS A COMUNIDADES SL, CIF B88237110

a. Proposición económica.

Precio anual ofertado Servicios Ordinarios, excluido IVA 55.977,74€ (cincuenta y cinco mil novecientos setenta y siete euros con setenta y

cuatro céntimos) Precio anual ofertado Servicios Covid-19, excluido IVA 10.808,18€ (diez mil ochocientos

ocho euros con dieciocho céntimos)

IVA, 21% 14.025,04€ (catorce mil veinticinco

euros con cuatro céntimos)

Total precio anual ofertado, incluido IVA 80.810,96€ (ochenta mil

ochocientos diez euros con noventa y seis céntimos)

Proposición presentada por la empresa ESPACIOS INTEGRALES EUROVIP SL, CIF B87737573 a. Proposición económica.

Precio anual ofertado Servicios Ordinarios, excluido IVA 63.180,00 €// Sesenta y tres mil ciento ochenta euros.

Precio anual ofertado Servicios Covid-19, excluido IVA 9.825,62 € // Nueve mil ochocientos veinticinco con sesenta y dos céntimos

IVA, 21% 15.331,18€ // Quince mil trescientos

treinta y un con dieciocho céntimos

| Verificación: https://grinon.sedelectronica.es/

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Total precio anual ofertado, incluido IVA 88.336,80 € // Ochenta y ocho mil trescientos treinta y seis con ochenta céntimos

Proposición presentada por la empresa APOYO EVENTUAL SL, CIF B87423471 a. Proposición económica.

Precio anual ofertado Servicios Ordinarios, excluido IVA 62.400 €.

Precio anual ofertado Servicios Covid-19, excluido IVA 12.850 €

IVA, 21% 31.605 €

Total precio anual ofertado, incluido IVA 91.052,5 €

CUARTO.- EXCLUIR a la empresa LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LYMA, con CIF.: B81687741 a la vista de las proposiciones económicas al haber ofertado unos precios superiores al presupuesto base de licitación que figura detallado en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

Aplicación de la cláusula 13 del PCAP, o fertas anormalmente bajas

Cuando en aplicación de los parámetros establecidos en los criterios de valoración de las ofertas, alguna de ellas esté incursa en presunción de anormalidad, se concederá a los licitadores afectados un plazo de cinco días hábiles para que puedan presentar una justificación adecuada de las circunstancias que les permiten ejecutar dicha oferta en esas condiciones, con los criterios que se señalan al respecto en el artículo 149.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Se considerará como desproporcionada y no valorable técnicamente toda proposición cuyo porcentaje de baja sobre el presupuesto base de licitación exceda, por encima o por debajo, de la media aritmética de las proposiciones económicas consideradas conforme a la aplicación del artículo 85 del RGLC, referido exclusivamente al criterio precio.

En todo caso, se rechazarán las ofertas si se comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.

A la vista de las justificaciones de los contratistas cuya oferta haya sido clasificada como desproporcionada y del informe técnico municipal que las analice, la Mesa de Contratación, propondrá al órgano de contratación motivadamente la admisión de la oferta o su exclusión.

Identificación de posibles bajas Desproporcionadas

Una vez realizados y comprobados los oportunos cálculos, resulta acreditado que no se aprecia baja desproporcionada en las ofertas presentadas por los licitadores en ninguno de los apartados con el siguiente cálculo.

QUINTO.- CLASIFICACIÓN DE OFERTAS Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN DE FORMA DECRECIENTE:

CLASIFICACIÓN PUNTUACIÓN

SOBRE B PUNTUACIÓ

N SOBRE C PUNTUACIÓ N TOTAL

SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET 0 85 85

ESPACIOS SERVICIOS A COMUNIDADES SL 0 80,65 80,65

ESPACIOS INTEGRALES EUROVIP SL 4 73,78 77,78

APOYO EVENTUAL SL 3,5 71,58 75,08

Requerir al licitador propuesto para la adjudicación para que aporte la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la Ley 9/2017.

| Verificación: https://grinon.sedelectronica.es/

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Se acuerda requerir al licitador SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET, CIF B534296, al resultar la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, así como toda la documentación precisa para acreditación de capacidad y solvencia.

En respuesta al requerimiento, deberá aportarse la siguiente documentación:

a) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, lo que se acredita mediante la presentación de los siguientes documentos:

- Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en al artículo 13 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto, conforme al artículo 13 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre.

- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad.

b) Justificante de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

c) Documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCAP.

d) Documentos que acreditan la personalidad jurídica del empresario.

La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas, se acreditará mediante fotocopia DNI.

La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Los demás empresarios extranjeros, lo acreditarán con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

e) Documentos que acrediten la representación.

Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.

| Verificación: https://grinon.sedelectronica.es/

(6)

Si el candidato fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.

Igualmente, la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.

f) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

La solvencia económica y financiera y técnica o profesional se acreditará mediante la aportación de los documentos que se especifican en el presente pliego.

En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar, en documento aparte firmado, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.

En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

SEXTO.- Publicar el acta de la sesión. Se acuerda publicar el presente acta en la Plataforma de Contratación del Estado y cursar las notificaciones con el régimen de recursos que procedan.”

Visto que la empresa SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZAS NET., con CIF B53429668 presentó la documentación requerida con fecha 03/06/2021 y E.RE nº 2499/2021, así como el justificante de un aval (la Entidad TARGOBANK) por una cantidad de 6.337,00€, en concepto de fianza definitiva y que se encuentra inscrito en el Registro Especial de Avales

Visto el informe del Jefe de Negociado de la Secretaría General de fecha **/**/****, cuyo tenor literal es el siguiente:

“ INFORME DEL JEFE DE NEGOCIADO DE LA SECRETARÍA GENERAL EN RELACIÓN A LA DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LA EMPRESA PROPUESTA PARA LA ADJUDICACIÓN El presente informe tiene por objeto proceder a la comprobación del cumplimiento de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional y de la documentación aportada por la empresa clasificada en primer lugar: SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZAS NET, CIF B53429668, que tuvo entrada en este Ayuntamiento en fecha 203/06/2021, dentro del plazo conferido al efecto.

CONSIDERACIONES:

PRIMERA.- Visto el expediente tramitado para adjudicar el contrato de servicios de limpieza del edificio denominado Colegio público Garcilaso de la Vega de Griñón,, mediante procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación y tramitación ordinaria.

SEGUNDA.- Visto que en fecha 31/05/2021 se celebró la sesión de la mesa de contratación permanente en la que se acordó:

“PRIMERO.- Hacer suyo el citado informe del Técnico Municipal don Luis Martínez Martín, de fecha 25/05/2021, y las puntuaciones otorgadas a las propuestas contenidas en el Sobre B de la licitación, con el siguiente resumen:

| Verificación: https://grinon.sedelectronica.es/

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SEGUNDO.- Excluir las ofertas técnicas presentadas por las Empresas LIMPIEZAS TROPIK SC, y DONDORE´S MANAGEMENT SL, por incumplir el PPT (Pliego de Prescripciones Técnicas), en los términos expresados en el informe del Técnico Municipal don Luis Martínez Martín, de fecha 25/05/2021 antes transcrito.

A continuación, invitados al efecto al acto público, acceden a la reunión a través de la plataforma telemática citada las siguientes personas/usuarios: “Loly Torralbo” que, ante la imposibilidad de poder hablar con ella, no sabemos en representación de qué empresa ha accedido en la apertura del sobre C.

A continuación, se procede en Acto público, dar cuenta de la valoración otorgada a la documentación contenida en el Sobre nº B, que se da por reproducida, a la apertura de la documentación contenida en el Sobre C (criterios valorables en cifras o porcentajes: Oferta económica), resultando lo siguiente:

TERCERO.- APERTURA SOBRES C:

Proposición presentada por la empresa SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET, CIF B53429668

a. Proposición económica.

Precio anual ofertado Servicios Ordinarios, excluido IVA 55.465,46 € (CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON CUARENTA Y SEIS) Precio anual ofertado Servicios Covid-19, excluido IVA 7.904,55 € (SIETE MIL

NOVECIENTOS CUATRO CON CINCUENTA Y CINCO)

IVA, 21% 13.307,70 € (TRECE MIL

TRESCIENTOS SIETE CON SETENTA) Total precio anual ofertado, incluido IVA 76.677,70 € (SETENTAY SEIS MIL

SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SETENTA)

Proposición presentada por la empresa LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LYMA, CIF B81687741 a. Proposición económica.

El precio anual ofertado es el siguiente:

Precio anual ofertado Servicios Ordinarios, excluido IVA 74.893 setenta y cuatro mil ochocientos noventa y tres€ (en letra y número) Precio anual ofertado Servicios Covid-19, excluido IVA 13.771 trece mil setecientos setenta

y un euros € (en letra y número)

IVA, 21% 18.619,44 dieciocho mil seisicientas

diecinueve con cuarenta y cuatro € (en letra y número)

| Verificación: https://grinon.sedelectronica.es/

(8)

Total precio anual ofertado, incluido IVA 107.283,44 ciento siete mil doscientos ochenta y tres con cuarenta y cuatro€ (en letra y número)

Proposición presentada por la empresa ESPACIOS SERVICIOS A COMUNIDADES SL, CIF B88237110

a. Proposición económica.

Precio anual ofertado Servicios Ordinarios, excluido IVA 55.977,74€ (cincuenta y cinco mil novecientos setenta y siete euros con setenta y

cuatro céntimos) Precio anual ofertado Servicios Covid-19, excluido IVA 10.808,18€ (diez mil ochocientos

ocho euros con dieciocho céntimos)

IVA, 21% 14.025,04€ (catorce mil veinticinco

euros con cuatro céntimos)

Total precio anual ofertado, incluido IVA 80.810,96€ (ochenta mil

ochocientos diez euros con noventa y seis céntimos)

Proposición presentada por la empresa ESPACIOS INTEGRALES EUROVIP SL, CIF B87737573 a. Proposición económica.

Precio anual ofertado Servicios Ordinarios, excluido IVA 63.180,00 €// Sesenta y tres mil ciento ochenta euros.

Precio anual ofertado Servicios Covid-19, excluido IVA 9.825,62 € // Nueve mil ochocientos veinticinco con sesenta y dos céntimos

IVA, 21% 15.331,18€ // Quince mil trescientos

treinta y un con dieciocho céntimos Total precio anual ofertado, incluido IVA 88.336,80 € // Ochenta y ocho mil

trescientos treinta y seis con ochenta céntimos

Proposición presentada por la empresa APOYO EVENTUAL SL, CIF B87423471 a. Proposición económica.

Precio anual ofertado Servicios Ordinarios, excluido IVA 62.400 €.

Precio anual ofertado Servicios Covid-19, excluido IVA 12.850 €

IVA, 21% 31.605 €

Total precio anual ofertado, incluido IVA 91.052,5 €

CUARTO.- EXCLUIR a la empresa LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO LYMA, con CIF.: B81687741 a la vista de las proposiciones económicas al haber ofertado unos precios superiores al presupuesto base de licitación que figura detallado en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

Aplicación de la cláusula 13 del PCAP, o fertas anormalmente bajas

Cuando en aplicación de los parámetros establecidos en los criterios de valoración de las ofertas, alguna de ellas esté incursa en presunción de anormalidad, se concederá a los licitadores afectados un plazo de cinco días hábiles para que puedan presentar una justificación adecuada de las circunstancias que les permiten ejecutar dicha oferta en esas condiciones, con los criterios que se señalan al respecto en el artículo 149.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

| Verificación: https://grinon.sedelectronica.es/

(9)

Se considerará como desproporcionada y no valorable técnicamente toda proposición cuyo porcentaje de baja sobre el presupuesto base de licitación exceda, por encima o por debajo, de la media aritmética de las proposiciones económicas consideradas conforme a la aplicación del artículo 85 del RGLC, referido exclusivamente al criterio precio.

En todo caso, se rechazarán las ofertas si se comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.

A la vista de las justificaciones de los contratistas cuya oferta haya sido clasificada como desproporcionada y del informe técnico municipal que las analice, la Mesa de Contratación, propondrá al órgano de contratación motivadamente la admisión de la oferta o su exclusión.

Identificación de posibles bajas Desproporcionadas

Una vez realizados y comprobados los oportunos cálculos, resulta acreditado que no se aprecia baja desproporcionada en las ofertas presentadas por los licitadores en ninguno de los apartados con el siguiente cálculo.

QUINTO.- CLASIFICACIÓN DE OFERTAS Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN DE FORMA DECRECIENTE:

CLASIFICACIÓN PUNTUACIÓN

SOBRE B

PUNTUACIÓ N SOBRE C

PUNTUACIÓ N TOTAL

SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET 0 85 85

ESPACIOS SERVICIOS A COMUNIDADES SL 0 80,65 80,65

ESPACIOS INTEGRALES EUROVIP SL 4 73,78 77,78

APOYO EVENTUAL SL 3,5 71,58 75,08

Requerir al licitador propuesto para la adjudicación para que aporte la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la Ley 9/2017.

Se acuerda requerir al licitador SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET, CIF B53429668, al resultar la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, así como toda la documentación precisa para acreditación de capacidad y solvencia.

En respuesta al requerimiento, deberá aportarse la siguiente documentación:

a) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, lo que se acredita mediante la presentación de los siguientes documentos:

- Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en al artículo 13 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto, conforme al artículo 13 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre.

| Verificación: https://grinon.sedelectronica.es/

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- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad.

b) Justificante de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

c) Documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCAP.

d) Documentos que acreditan la personalidad jurídica del empresario.

La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas, se acreditará mediante fotocopia DNI.

La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Los demás empresarios extranjeros, lo acreditarán con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

e) Documentos que acrediten la representación.

Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.

Si el candidato fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.

Igualmente, la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.

f) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

La solvencia económica y financiera y técnica o profesional se acreditará mediante la aportación de los documentos que se especifican en el presente pliego.

En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar, en documento aparte firmado, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.

En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

| Verificación: https://grinon.sedelectronica.es/

(11)

SEXTO.- Publicar el acta de la sesión. Se acuerda publicar el presente acta en la Plataforma de Contratación del Estado y cursar las notificaciones con el régimen de recursos que procedan.”

La empresa SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET, CIF B534296, presenta la documentación requerida los días 03/06/2021 con número de registro de entrada E-RE-2499 Y 04/06/2021 con número de registro de entrada E-RE2546, es decir, dentro del plazo otorgado para ello.

COMPROBACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN APORTADA PARA ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA

Se procede por este funcionario a la comprobación de la documentación aportada para la acreditación del cumplimiento o no de cada uno de los requisitos de solvencia, resultando lo siguiente:

1. Presenta certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público de fecha 24/03/2021, figurando lo siguiente:

Prohibiciones para contratar: no existen prohibiciones vigentes para contratar.

Clasificaciones vigentes a la fecha de emisión del certificado:

Grupo U- Servicios Generales

Subgrupo 01- Servicios de limpieza en general.

Categoría D- cuando la cuantía sea superior a 600.000 euros.

Órgano de administración, consta administrador único y resto de datos necesarios.

Administrador : RODRIGUES, VICTOR MANUEL (NIF.: 33488327M)

Número de Protocolo : 948

Fecha de Emisión : 2019-07-29

Cargo : ADMINISTRADOR ÚNICO

Límite Cuantitativo: ILIMITADO

Límites territoriales: ILIMITADO

Validez Hasta : INDEFINIDO

Notario : CASTELLO ALMAZAN, RAFAEL

Contenido literal : Idioma Español ADMINISTRADOR ÚNICO

Objeto social: consta, pertinente al objeto del contrato. EL PULIDO, ABRILLANTADO Y RESTAURACIÓN DE SUELOS, REPARACIONES DE INTERIORES, LIMPIEZA DE EDIFICIOS, VIVIENDAS, LOCALES, NAVES INDUSTRIALES Y EN GENERAL CUALQUIER CONSTRUCCIÓN, PÚBLICA O PRIVADA, DE FACHADAS Y PARTES INTERIORES, SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS EN LIMPIEZA Y RESTAURACIÓN.

2.- Presenta un acuerdo de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público en el que constan poderes para contratar al siguiente apoderado:

Apoderado: MATEO MIRALLES, LUIS ANGEL (NIF.: 3348528T)

Número de Protocolo: 954

Fecha de Emisión: 2019-07-2019

Extensión de Poderes: SOLIDARIO

Límite cuantitativo: 2.000.000,0 euros

Validez Hasta: INDEFINIDO

Notario: CASTELLO ALMAZAN, RAFAEL

Idioma: Español

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Contenido literal: QUE CONFIERE PODER A FAVOR DE DON LUS ÁNGEL MATEO MIRALLES, CON D.N.I. Nº 33486528T, Y A FAVOR DE DON JOSÉ MANUEL ALMARCHA ESCLAPEZ, CON D.N.I. Nº 33488327M, PARA CUALQUIERA DE ELLOS, INDISTINTAMENTE, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD, PUEDAN EJERCER LAS SIGUIENTES FACULTADES DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO RESPECTO DE CADA UNA DE ELLAS EN LOS APARTADOS SIGUIENTES. B) FACULTADES CON LIMITACIÓN: 1.- LICITAR EN NOMBRE DE LA SOCIEDAD ANTE CUAL-QUIER ORGANISMO PÚBLCO, NACIONAL O EXTRANJERO, COMPARECER ANTE TODA CLASE DE TRIBUNALES DE SUBASTAS, CONCURSOS Y CONTRATACIONES, MESAS DE CONTRATA-CIÓN Y ÓRGANOS DE CUALQUIER TIPO RELACIONADOS CON LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA; SUSCRIBIR EN NOMBRE DE LA SOCIEDAD OFERTAS, PROPUESTAS Y MODIFICACIONES DE LAS MISMAS, CONTRATOS PÚBLICOS, ADMINISTRATIVOS Y PRIVADOS, CON EL ESTADO, PROVINCIA, MUNICIPIO, REGIÓN, ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y PÚBLICOS DE CUALQUIER CLASE, INCLUSO EMPRESAS PÚBLICAS, REPRESENTAR A LA SOCIEDAD EN TODA LA EJECUCIÓN DE LOS MENCIONADOS CONTRATOS, FORMULANDO RECURSOS, RECLA- MACIONES Y DENUNCIAS E INTERVINIENDO EN TODOS LOS INCIDENTES, DESISTIENDO Y TRANSIGIENDO. EL APODERA-DO PODRÁ SOLICITAR DE CUALQUIER ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PERMISOS, AUTORIZACIONES E INSCRIPCIONES EN NOMBRE DE LA SOCIEDAD Y REPRESENTARLA EN LOS EXPE-DIENTES ADMINISTRATIVOS QUE SE INSTRUYAN, A TODOS LOS EFECTOS, INCLUSO INTERPONIENDO RECURSOS. -- DICHA FACULTAD PODRÁN SER EJERCITADAS POR EL APODERADO CUANDO SU EJERCICIO NO EXCEDA DE DOS MI-LLONES DE EUROS (E 2.000.000).

Presenta, a través de la sede electrónica, los ficheros que contienen la siguiente documentación:

Nombre del fichero: CERTIFICADO CORRIENTE DE PAGO AEAT. Validez. Original. Descripción certificado de estar al corriente de pago en la AEAT, con código de verificación WPMVEMGAGY4QWHGH y firmado digitalmente el día 3 de junio de 2021 con una validez de 6 meses.

Nombre del fichero, CERTIFICADO CORRIENTE DE PAGO TGSS. Validez: Original. Descripción:

certificado de estar al corriente de pago en Seguridad Social, con código de verificación 2HYKO-3BWYJ- 3H3PJ-BHHUQ-EBW4Y-4GCPB y firmado digitalmente el día 3 de junio de 2021.

Nombre del fichero. CERTIFICADO IAE Validez: Original. Descripción Certificado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, con código de verificación H2UU6E7DXQVS477G y firmado digitalmente el 14 de febrero de 2020.

Nombre del fichero: DEC-NO-BAJA-IAE. Validez: Original. Descripción: Declaración de no haberse dado de baja en IAE firmado digitalmente el 3 de junio de 2021por D. Luis Ángel Mateo.

Nombre del fichero: JUSTIFICANTE IAE GRUPO NET 2020. Validez: Original. Descripción: justificante de pago del IAE año 2020.

Nombre del fichero: AVAL DEFINITIVO AY.GRINON. Validez: original. Descripción: Presenta un aval, en concepto de garantía definitiva de la entidad TARGOBANK, SAU, en el que acredita que se ha inscrito el correspondiente aval (6.337,00 euros), en el Registro Especial de Avales bajo el número 20212937160776 y con una validez desde el 03/06/2021 hasta el 03/06/2023.

Nombre del fichero: DECLARACION RESPONSABLE DE SERVICIOS MINIMOS. Validez: original.

Descripción: Presenta una declaración firmada digitalmente el 3/06/2021 por D. Luis Ángel Mateo, en el que se comprometen:

a) Adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales y materiales suficientes para la realización del Contrato, especialmente y en concreto a garantizando que todo el personal adscritos a la ejecución del Contrato esté técnicamente formación.

b) No modificar ni el número de personal destinado a la ejecución del Servicio, ni el horario de éste, ni ninguno de los aspectos organizativos que afectan a este personal.

Nombre del fichero: ESCRITURA N 954 PODER SILNET. Validez: Original. Descripción: Poder notarial con número 954 del Notario D. Rafael Castelló Almazán donde se otorgan poderes de contratación, entre otros, a favor de D. Luis Ángel Mateo Miralles (DNI.: 33486528T) y de D. Jose Manuel Almarcha

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Esclápez (DNI.: 3348837M)

Nombre del fichero: DNI LUIS ANGEL MATEO MIRALLES. Validez: Original. Descripción: DNI

Nombre del fichero: ROLECE 0.-2021. Validez: original. Descripción: Visto en el apartado número 1 de la comprobación de la documentación.

Nombre del fichero: ROLECE 2021 LUIS: Validez: original. Descripción: Visto en el apartado número 1 de la comprobación de la documentación.

Nombre del fichero: ACREDITACIÓN SOLVENCIA Y TÉCNICA. Validez: Original. Descripción: Se trata de una declaración responsable donde se especifica el volumen de negocio de la empresa en los años 2017, 2018 y 2019 (aún no se ha cerrado el año 2020).

Asimismo, el fichero consta de una declaración responsable de tener 3 contratos privados actuales con Porcelanosa, Asepeyo y Banco Sabadell, los cuales han presentado certificado de tener una relación laboral satisfactoria con la adjudicataria SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET. SL.

Consta también 4 certificados ISO (9001:2015; 14001-2015; 45001; 18001)

Nombre del fichero: CLASIFICACION HACIENDA FIRMADA ANTE NORTARIO. Validez: Original.

Descripción: Certificado Ministerio de Economía y Haciendan donde establece que la empresa SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET se encuentra inscrita en el ROLECE en el grupo de clasificación U 01 D firmado a fecha 26 de noviembre de 2009.

Nombre del fichero: CERTIFICADO SABADELL 230420. Validez: Original. Descripción: La empresa SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET tiene cuenta abierta con la entidad financiera BANCO SABADELL, desde el día 12 de febrero de 2015, firmado el 23 de abril de 2020.

En relación con la presentación de las Cuentas Anuales de 2020 en el Registro Mercantil, figuran los datos siguientes:

- Activo Corriente………. 15.632.052,32 € - Pasivo Corriente……… 11.638.318,31 €

Relación entre Activo Corriente y Pasivo Corriente: 1,343 (superior a la unidad).

Así pues, a la vista del certificado del Rolece y del citado cálculo anterior, a la vista de que la relación entre el Activo corriente y el Pasivo corriente es superior a la unidad, y a la vista del resto de documentación aportada por la empresa que consta en el expediente, queda acreditado a tenor de lo en él reflejado que la empresa cumple las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la no concurrencia de las prohibiciones de contratar.

CONCLUSIÓN:

A juicio del funcionario que suscribe y a la vista de la documentación aportada, resulta que la empresa SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET, CIF B86770096, con domicilio social en POLIGONO INDUSTRIAL CARRUS, SITO EN CALLE PETREL, Nº 23, NAVE-C EN LA LOCALIDAD DE ELCHE (C.P.: 03206), y debidamente representada por Luis Ángel Mateo Miralles, con DNI 33486528T, ha acreditado la solvencia económica y financiera y la solvencia técnica o profesional requeridas en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato y ha aportado el resto de documentación administrativa y obligaciones derivadas del pliego (garantía definitiva).

No obstante, la Mesa de Contratación acordará lo que estime más conveniente.

Lo que se informa a los efectos oportunos y, salvo error, omisión o mejor criterio, se eleva a la consideración de la mesa de contratación y del órgano de contratación que en el presente procedimiento es el Alcalde-Presidente

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En Griñón, a fecha al margen. El Jefe de Negociado de la Secretaría General, Fdo.: Juan Manuel Pegalajar Armenteros. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE”.

Una vez informado y debatido el informe del Jefe de Negociado de Secretaría General, en relación al aval presentado en concepto de garantía definitiva, de la entidad TARGOBANK, SAU, en el que acredita que se ha inscrito el correspondiente aval (6.337,00 euros), en el Registro Especial de Avales bajo el número 20212937160776 y con una validez desde el 03/06/2021 hasta el 03/06/2023, se debe de CONSIDERAR NO VÁLIDO al tener una duración determinada, ya que según el artículo 56 del Real Decreto 1098/2021, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas debe tener una duración indefinida:

“ 1. Para su admisión como garantía provisional o definitiva en la contratación con la Administración, los avales deberán reunir las siguientes características:

a) El aval debe ser solidario respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y pagadero al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o entidades locales contratantes, y

b) El aval será de duración indefinida, permaneciendo vigente hasta que el órgano a cuya disposición se constituya resuelva expresamente declarar la extinción de la obligación garantizada y la cancelación del aval, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 65.1 de este Reglamento. La Administración vendrá obligada a efectuar dicha declaración si concurren los requisitos legalmente establecidos para considerar extinguida la obligación garantizada.

(…)”.

La mesa de contratación, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.- Excluir a la empresa SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET., con CIF.:

B53429668 del proceso licitatorio relativo al contrato de servicios de limpieza del edificio denominado C.P.: Garcilaso de la Vega, al no haber acreditado correctamente el depósito de la garantía definitiva al tener una validez hasta el 03/06/2023 y no ser por tiempo indefinido como plasma el artículo 56 del Real Decreto 1098/2021, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

SEGUNDO.- Notificar el presente acuerdo de la Mesa de Contratación a la empresa SERVICIOS INTEGRALES DE LIMPIEZA NET, con CIF.: B53429668, con el régimen de recursos que procedan..

TERCERO.- Requerir al siguiente licitador propuesto para la adjudicación a que aporte la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la Ley 9/2017, ley de Contratos del Sector Público:

Se acuerda requerir al licitador ESPACIOS SERVICIOS A COMUNIDADES S.L, CIF B88237110, para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, así como toda la documentación precisa para acreditación de capacidad y solvencia.

En respuesta al requerimiento, deberá aportarse la siguiente documentación:

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a) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, lo que se acredita mediante la presentación de los siguientes documentos:

- Certificaciones expedidas por los órganos competentes en cada caso, con la forma y con los efectos previstos en al artículo 13 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto, conforme al artículo 13 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre.

- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad.

b) Justificante de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

c) Documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCAP.

d) Documentos que acreditan la personalidad jurídica del empresario.

La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas, se acreditará mediante fotocopia DNI.

La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Los demás empresarios extranjeros, lo acreditarán con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

e) Documentos que acrediten la representación.

Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.

Si el candidato fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.

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Igualmente, la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.

f) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

La solvencia económica y financiera y técnica o profesional se acreditará mediante la aportación de los documentos que se especifican en el presente pliego.

En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar, en documento aparte firmado, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.

En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas

.

CUARTO.- Publicar el acta en la Plataforma de Contratación del Estado y Portal de Transparencia y Contratación de la sede electrónica del Ayuntamiento de Griñón y cursar las notificaciones con el régimen de recursos que procedan.

La Presidencia da por terminada la reunión a las 14:30 horas.

Y para que quede constancia de lo tratado, yo el Secretario de la Mesa, redacto Acta que someto a la firma de la Presidencia; doy fe.

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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