ESTADOS PARTES EN LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949
Y DE SUS PROTOCOLOS ADICIONALES DEL 8 DE JUNIO DE 1977
Listas en 31 de diciembre de 1992
La Revista presenta a continuacion, en forma de cuadros, las listas crono- logicas, hasta el 31 de diciembre de 1992, de los Estados que han pasado a ser Partes en los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 durante los diez ultimos afios (1983-1992), asf como de todos los Estados que han pasado a ser Partes en los Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra del
12 de agosto de 1949, aprobados el 8 de junio de 1977.
• El cuadro I, en el que figuran los Estados Partes en los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, esta dividido en cinco columnas: en la primera, se da un numero de orden para facilitar la referenda; en la segunda, el nombre abreviado de los Estados; en la tercera, la fecha oficial de registro; en la cuarta, la clase de acta oficial recibida por el depositario, el Consejo Federal suizo: R, para ratification; A, para adhe- sion; S, para declaracion de sucesion, con la fecha en que surtio efecto;
finalmente, en la ultima columna, «Observaciones», se senala si el acta oficial iba acompanada de reservas o declaraciones, empleando la denomi- nacion dada por el Estado que las formulo. La lista de los Estados Partes en los Convenios de Ginebra empieza en el numero 151, es decir, pres- cindiendo de los 150 Estados que pasaron a ser Partes en los Convenios antes de 1983, y cuya lista se publico en el Informe de actividad del CICRde 1991, pp. 130-134.
• El cuadro II, con los Estados Partes en los Protocolos adicionales del 8 de junio de 1977, presenta la misma configuration, con la particula- ridad de que la numeration de los Estados Partes en los Protocolos esta dividida en dos columnas, la primera indica el de Estados Partes en el Protocolo I, y la segunda el numero de Estados Partes en el Protocolo II.
En la sexta columna, «Observaciones», se indica, mediante la abreviatura
«Comision Int.», si el Estado concernido ha aceptado la competencia de la
Comision Internacional de Encuesta, por medio de la declaracion prevista en el articulo 90, parrafo 2, del Protocolo I.
• El cuadro HI contiene la lista cronologica de los Estados que hart hecho la declaracion prevista en el articulo 90, aceptando la competencia de la Comision Internacional de Encuesta (con la fecha de la declaracion).
• Una recapitulacion de todos estos datos figura en el cuadro IV.
CUADRO I
Estados Partes en los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949
(desde 1983)
FECHA OFICIAL DE REGISTRO
CLASE DE ACTA
RECIBIDA OBSERVACIONES
1983 151 Zimbabue
152 Mozambique
153 Cabo Verde 154 Belice 155 Guinea
156 Samoa Occidental 157 Angola
158 Seychelles
159 Comoras
160 San Cristobal y Nieves 161 Guinea
Ecuatorial 162 Antigua y Barbuda
163 Kiribati
164 Butan 165 Maldivas
A A
A A A S (1.1.62) A A 7 de marzo
14 de marzo 1984 11 de mayo 29 de junio 11 de julio 23 de agosto 20 de septiembre
8 de noviembre 1985 21 de noviembre
1986
14 de febrero S (19.9.83) 24 de julio A
6deoctubre S (1.11.81) 1989
5 de enero S (12.7.79) 1991
10 de enero A 18 de junio A
Reserva
FECHA OFICIAL CLASE DE ACTA
DE REGISTRO RECIBIDA OBSERVACIONES
166 167 168 169 170 171 172 173 174 175
Namibia*
Brunei Letonia Eslovenia Turkmenistan Kazajistan Croacia Myanmar Kirguizistan Bosnia- Herzegovina
22 de 14 de 24 de 26 de 10 de 5 de 11 de 25 de 18 de 31 de
agosto octubre diciembre marzo abril mayo mayo agosto septiembre diciembre
S A A S S S S A S S
(21.3.90)
(25.6.91) (26.12.91) (21.12.91) (8.10.91) (21.12.91) (6.3.92)
EL 31 de diciembre de 1992, habia 175 Estados Partes en los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949.
* Namibia — El Consejo de las Naciones Unidas para Namibia deposito, el 18.10.1983, instrumentos de adhesion a los Convenios de Ginebra y a sus Protocolos adicionales. Segun una notificaci6n del depositario, dicha adhesion a los Convenios ya no tiene objeto: efectivamente, mediante un instrumento depositado el 22.08.1991, Namibia declaro suceder a los Convenios de Ginebra, que le eran aplicables por la adhesion de Sudafrica, el 31.03.1952, a dichos Convenios.
CUADRO II
Estados Partes en los Protocolos adicionales del 8 de junio de 1977
PROTOCOLOS I II
FECHA OFICIAL DE REGISTRO
CLASE DE ACTA
RECIBIDA OBSERVACIONES
1 2
1 2
Ghana Libia
1978 28 de febrero
7 de junio
R A
Entrada en vigor de los Protocolos: 7 de diciembre de 1978 El Salvador 23 de noviembre R
1979 4
5 6 7
8 9 10 11
12 13 14 15
16 17
18 19
20 21 22
4 5 6
7 8 9 10
11 12 13 14
15 16
17
18 19 20
Ecuador Jordania Botsuana Chipre Niger Yugoslavia Tunez Suecia
Mauritania Gabon Bahamas Finlandia Bangladesh Laos
Vietnam Noruega
Corea (Rep.) Suiza Mauricio
10 de abnl 1 de mayo 23 de mayo 1 de junio 8 de junio 11 de junio 9 de agosto 31 de agosto
1980 14 de marzo
8 de abril 10 de abril 7 de agosto 8 de septiembre 18 de noviembre 1981 19 de octubre 14 de diciembre
1982 15 de enero 17 de febrero 22 de marzo
R R A R
R R R R
A A A R
A R
R R
R R A
Protocolo I unicamente Declaracion Reserva;
Comision Int.
Declaraciones Comision Int.
Protocolo I unicamente Comision Int.
Declaracion Reservas;
Comision Int.
23 24 25
26 27
28 29
30 31 32
33 34 35
36 37
38 39 40 41 42 43 44 45
46 47
21 22 23
24 25
26
27 28
29 30
31
32 33 34 35 36 37 38
39 40
Zaire Dinamarca Austria Santa Lucia Cuba
Tanzania Emiratos Arabes Unidos Mexico Mozambique San Vicente y las Granadinas China Congo Siria
Bolivia Costa Rica
Francia*
Camerun Omdn Togo Belice Guinea Rep. Centro- africana Samoa Occidental Angola
Seychelles Ruanda
3 de junio 17 de junio 13 de agosto
7 de octubre 25 de noviembre
1983 15 de febrero
9 de marzo 10 de marzo 14 de marzo
8 de abril 14 de septiembre 10 de noviembre 14 de noviembre
8 de diciembre 15 de diciembre 1984 24 de febrero
16 de marzo 29 de marzo 21 de junio 29 de junio 11 de julio 17 de julio 23 de agosto 20 de septiembre
8 de noviembre 19 de noviembre
A R R
A A
A A A A
A A A A
A A
A
A A R A A A
A A
A A
Protocolo I linicamente Reserva;
Comisi6n Int Reservas;
Comision Int Protocolo I unicamente
Declaracion Comisidn Int Protocolo I unicamente Protocolo I unicamente
Reserva Protocolo I;
unicamente Declaracion Comision Int
Protocolo II unicamente Declaracidn Comision Int
Protocolo I;
unicamente Declaraci6n Comision Int
* A los instrumentos de adhesion al Protocolo II, Francia adjunto una comunicacion relativa al Protocolo I.
1985 48
49 50 51 52 53 54
41 42 43 44 45 46 47
Kuwait Vanuatu Senegal Comoras Santa Sede Uruguay Surinam
17 de enero 28 de febrero
7 de mayo 21 de noviembre 21 de noviembre 13 de diciembre 16 de diciembre
A A R A R A A
Declaracion Comision Int.
1986 55 48 San Crist6bal
56 57
58 59
60 61
62 63 64 65
66 67
68 69 70
71 72 73
74 49 50
51 52
53 54
55 56 57 58 59
60 61
62 63
64 65
y Nieves Italia B61gica Benin Guinea Ecuatorial Jamaica Antigua y Barbuda Sierra Leona Guinea-Bissau Bahrein Argentina Filipinas
Islandia Pai'ses Bajos Arabia Saudi Guatemala Burkina Faso
Guyana Nueva Zelanda Rep. Pop. Dem.
de Corea Qatar
14 de febrero 27 de febrero 20 de mayo 28 de mayo 24 de julio 29 de julio
6 de octubre 21 de octubre 21 de octubre 30 de octubre 26 de noviembre
11 de diciembre
1987 10 de abril 26 de junio 21 de agosto
19 de octubre 20 de octubre
1988 18 de enero
8 de febrero
9 de marzo 5 de abril
A R R A
A A
A A A A A A
R R
A R R
A R
A A
Declaraciones Comisi6n Int.
Declaraciones Comisi6n Int.
Declaraciones Protocolo II unicamente
Reserva;
Comisi6n Int.
Declaraciones Comisidn Int.
Reserva
Declaraciones Comision Int.
Protocolo I unicamente Protocolo I;
unicamente Declaracion, Comision Int.
75 76 77
78 79 80
81 82 83
84 85 86
87 88 89 90 91
92 93
94 95 96 97
98
99
100 101 102 103 104 105
66 67 68
69 70
71 72 73
74 75 76
77 78 79 80 81
82 83
84 85 86 87
88
89
90 91 92 93 94 95
Liberia Islas Salomon Nigeria
Gambia Mali Grecia Hungria Malta Espana Peru Liechtenstein Argelia Luxemburgo Cote d'lvoire Bulgaria Rusia Belarus
Ucrania Checa y Eslovaca (R.F.) Barbados Yemen Rumania Canada
Paraguay
Alemania Uganda Yibuti Chile Australia Maldivas Malaui
30 de junto 19 de septiembre 10 de octubre
1989 12 de enero
8 de febrero 31 de marzo 12 de abril 17 de abril 21 de abril 14 de julio 10 de agosto 16 de agosto 29 de agosto 20 de septiembre 26 de septiembre 29 de septiembre 23 de octubre
1990 25 de enero
14 de febrero 19 de febrero 17 de abril 21 de junio 27 de septiembre
30 de noviembre 1991 14 de febrero 13 de marzo
8 de abril 24 de abril 21 de junio
3 de septiembre 7 de octubre
A A A
A A R
R A R
R R A
R R R R R
R
R A R R R
A
R
A A R R A A
Protocolo I unicamente Comision Int.
Reservas;
Comision Int.
Declaraciones Comision Int.
Reservas;
Comisi6n Int.
Declaraciones Comision Int.
Declaracion;
Comision Int.
Comision Int.
Declaracion;
Comision Int.
Reservas;
Declaraciones Comision Int.
Declaraciones Comision Int.
Comision Int.
Comision Int.
106 107 108
109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119
96 97 98
99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109
Brunei Polonia Letonia
Eslovenia Turkmenistan Brasil Kazajistan Madagascar Croacia Portugal Kirguizistan Egipto Zimbabue Bosnia- Herzegovina
14 23 24
26 10 5 5 8 11 27 18 9 19 31
de de de
de de de de de de de de de de de
octubre octubre diciembre
1992 marzo abril mayo mayo mayo mayo mayo septiembre octubre octubre diciembre
A R A
S (26.6.91) S (26.12.91) A
S (21.12.91) R
S (8.10.91) R
S (21.12.91) R
A S (6.3.92)
Comision Int.
Comision Int.
Comisi6n Int.
Declaration
Comisi6n Int.
El 31 de diciembre de 1991, habia 119 Estados Partes en el
Protocolo I y 109 en el Protocolo II. Treinta y tres Estados
habian aceptado la competencia de la Comision Internacional
de Encuesta.
CUADRO III
Lista de los Estados que han hecho la declaracion prevista en el articulo 90 del Protocolo I
(COM1SION INTERNACIONAL DE ENCUESTA)
1. SUECIA 2. FINLANDIA 3. NORUEGA 4. SUIZA 5. DIN AM ARC A 6. AUSTRIA 7. ITALIA 8. BELGICA 9. ISLANDIA 10. PAISES BAJOS 11. NUEVAZELANDA 12. MALTA
13. ESPANA 14. LIECHTENSTEIN 15. ARGELIA 16. RUSIA 17. BELARUS 18. UCRANIA 19. URUGUAY 20. CANADA 21. ALEMANIA 22. CHILE 23. HUNGRIA 24. QATAR 25. TOGO
26. EMIRATOS AR. UNIDOS 27. ESLOVENIA
28. CROACIA 29. SEYCHELLES 30. BOLIVIA 31. AUSTRALIA 32. POLONIA
33. BOSNIA-HERZEGOVINA
(al efectuar la ratification, (al efectuar la ratification, (al efectuar la ratification, (al efectuar la ratification, (al efectuar la ratification, (al efectuar la ratification, (al efectuar la ratification, (el 27.03.1987)
(al efectuar la ratification, (al efectuar la ratification, (al efectuar la ratification, (al efectuar la adhesiOn, el (al efectuar la ratification, (al efectuar la ratification, (al efectuar la adhesion, el (al efectuar la ratification, (al efectuar la ratificaciOn, (al efectuar la ratificaciOn, (el 17.07.1990)
(al efectuar la ratificaciOn, (al efectuar la ratificaciOn, (al efectuar la ratificaciOn, (el 23.09.1991)
(el 24.09.1991) (el 21.11.1991) (el 06.03.1992)
(al efectuar la declaracion (al efectuar la declaracion (el 22.05.1992)
(el 10.08.1992) (el 23.09.1992) (el 02.10.1992)
(al efectuar la declaraciOn
el 31.08.1979) el 07.08.1980) el 14.12.1981) el 17.02.1982) el 17.06.1982) el 13.08.1982) el 27.02.1986) el 10.04.1987) el 26.06.1987) el 08.02.1988)
17.04.1989) el 21.04.1989) el 10.08.1989)
16.08.1989) el 29.09.1989) el 23.10.1989) el 25.01.1990) el 20.11.1990) el 14.02.1991) el 24.04.1991)
de sucesiOn, el 26.03.1992) de sucesion, el 11.05.1992)
de sucesiOn, el 31.12.1992)
CUADRO IV
Totales
I. NUMERO DE ESTADOS MIEMBROS DE LAS
NACIONES UNIDAS 178
1II. CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949:
Estados Partes
1175
a) Ratificaciones 61 b) Adhesiones 66 c) Declaraciones de sucesion 48
III. PROTOCOLOS ADICIONALES DEL 8 DE JUNIO DE 1977:
A. PROTOCOLO I:
1. Estados Partes
2(veanse pp. 67-71) 119 a) Ratificaciones 49
b) Adhesiones 64 c) Declaraciones de sucesion 6 2. Declaraciones de conformidad con el
articulo 90 (vease p. 72) 33
B. PROTOCOLO II:
1. Estados Partes
2109
a) Ratificaciones 46 b) Adhesiones 57 c) Declaraciones de sucesion 6
1 Los dias 02.03.92 y 22.05.92, nuevas admisiones: Armenia, Azerbaiyan, Kazajistan, Kirguizistan, Moldova, Tayikistan, Turkmenistan, Uzbekistan, San Marino, Eslovenia, Croacia, Bosnia-Herzegovina.
2 Obligados mediante a), b) o c).
NOTAS—
• Estados miembros de la ONU o Paries en el estatuto de la Corte Inter- national de Justicia que no son Paries en los Convenios de Ginebra de 1949
Estonia, Lituania (el deposito ante el Estado depositario de las declaraciones de continuidad hechas por Lituania, el 10 de octubre de 1991, y por Estonia, el 19 de noviembre de 1991, por lo que atafie a los dos Convenios de Ginebra de 1929, se registro el 20 de diciembre de 1991 (Lituania) y el 26 de noviembre (Estonia).
Dichas declaraciones surten efectos retroactivos a partir del 6 de septiembre de 1991, dia en que la Union Sovietica reconocio la independencia de los Estados balticos), Marshall, Micronesia, Nauru.
• URSS: Otros 6 Estados miembros de la URSS en el momento de su disolucion no han puntualizado su situation por lo que respecta a los Convenios de Ginebra y a los Protocolos I y II. Se trata de los Estados siguientes: Armenia, Azerbaiyan, Georgia, Moldova, Tayikistan, Uzbekistan. En espera de tal puntualizacion, el CICR considera que esos Estados estan obligados por los Convenios de 1949 y los Protocolos de 1977, incluida la declaration prevista en el articulo 90 del Proto- colo I, como Estados sucesores. Sin embargo, ninguna indication figura bajo sus nombres en los cuadros II y III, y no han sido incluidos en los totales del cuadro IV.
• Palestina: Con fecha del 21 de junio de 1989, el Departamento Federal suizo de Asuntos Exteriores (DFAE) recibid una carta del Observador Permanente de Pales- tina ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra informando al Consejo Federal suizo de «que el Comite Ejecutivo de la Organization para la Liberation de Palestina, encargado de ejercer las funciones de Gobierno del Estado de Palestina, por decision del Consejo Nacional de Palestina, decidio adherirse, el 4 de mayo de 1989, a los cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 y a sus dos Protocolos adicionales».
El 13 de septiembre de 1989, el Consejo Federal suizo comunico a los Estados que no puede decidir la cuestion de saber si se trata de un instrumento de adhesion,
«debido a la incertidumbre, en el seno de la comunidad internacional, sobre la exis- tencia, o no, de un Estado de Palestina*.