FMM EXP. OB 41/16 DECRETO Nº 9156/2016
DECRETO.- Teniendo conocimiento de LA PROPUESTA PARA ADJUDICACIÓN DE CONTRATO DE OBRA que presenta la Mesa de Contratación al Órgano de Contratación, del siguiente tenor literal:
“Visto el expediente para la contratación, mediante procedimiento abierto y trámite ordinario, para el contrato de regulación no armonizada de la obra INTEGRACIÓN URBANA DE ARROYO PRIMERO. FASE 1. T.M. MARBELLA (MÁLAGA), aprobado por Decreto del Concejal Delegado de Hacienda y Administración Pública número 2016D03635 de fecha 13 de abril de 2016, por un importe máximo de licitación de 1.736.083,47 euros, más 364.577,53 euros en concepto de 21% de I. V. A., lo que hace un total de 2.100.661,00 euros, financiado con el Programa de Inversiones Financieramente sostenibles para el año 2015 de la Diputación Provincial de Málaga y publicado en el B. O. E. y en el Perfil de Contratante ubicado en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Marbella con fechas 23 y 25 de abril de 2016 respectivamente.
RESULTANDO que durante el plazo establecido al efecto, según consta en certificado emitido por la Jefa de Unidad por delegación del Vicesecretario General y Titular del Órgano de Apoyo de la Junta de Gobierno Local con fecha 25 de mayo de 2016, se presentaron las siguiente plicas:
Nº Titular
1 DRAGADOS S.A.
2 CONSTRUCCIONES MAYGAR, S.L
3 FERROVIAL AGROMÁN, S.A.
4 VENTUCELI SERVICIOS, S.L.
5 UTE CODELSUR PROYECTOS, S.L.- PLACONSA
6 CONSERVACIÓN, ASFALTO Y CONSTRUCCIÓN, S.A. (CONACON)
7 ARPO EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A
8 CONSTRUCCIONES SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ - SANDO, S.A.
9 GRUPO FERSON-03, S.L. (UTE GRUPO FERSON 03 – MALAGUEÑA FORESTAL – INGENOP)
FMM
11 OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, S.A.
12 UTE ERVEGA, S.A. - INICIA XXI
13 ALTHENIA, S.L.
14 UTE CONSTRUCCIONES Y OBRAS VEROSA, S.L.- OBRAS GENERALES DEL NORTE (OGENSA)
15 EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, S.A.
16 MASFALT, S.A.
17 CONSTRUCCIONES VERA, S.A.
18 CONSTRUCCIONES TEJERA, S.A.
Con fecha 23 de mayo de 2016, fuera del plazo establecido para presentación de proposiciones, y número de Registro de Entrada MARB-E-2016034153, se recibe sobre cerrado sin aviso de Correos justificando el envío de la entidad UTE CODELSUR PROYECTOS, S.L.- PLACONSA, resultando por unanimidad EXCLUIDO por la Mesa de Contratación por presentar el sobre fuera del plazo establecido.
Una vez revisada la documentación administrativa correspondiente a las proposiciones presentadas, el resultado es el siguiente:
Proposiciones Admitidas: Nº Titular
1 DRAGADOS S.A.
2 CONSTRUCCIONES MAYGAR, S.L
3 FERROVIAL AGROMÁN, S.A.
4 VENTUCELI SERVICIOS, S.L.
5 UTE CODELSUR PROYECTOS, S.L.- PLACONSA
6 CONSERVACIÓN, ASFALTO Y CONSTRUCCIÓN, S.A. (CONACON)
7 ARPO EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A
8 CONSTRUCCIONES SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ - SANDO, S.A.
9 GRUPO FERSON-03, S.L. (UTE GRUPO FERSON 03 – MALAGUEÑA FORESTAL – INGENOP)
10 UTE AÑIL SERVICIOS, INGENIERÍA Y OBRAS SAU- VIVENDIO SOSTENIBILIDAD ENERGÉTICA, S.L.
11 OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, S.A.
12 UTE ERVEGA, S.A. - INICIA XXI
13 ALTHENIA, S.L.
14 UTE CONSTRUCCIONES Y OBRAS VEROSA, S.L.- OBRAS GENERALES DEL NORTE (OGENSA)
17 CONSTRUCCIONES VERA, S.A.
18 CONSTRUCCIONES TEJERA, S.A.
Proposiciones Admitidas con vicios subsanados: Nº Titular
15 EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, S.A.
FMM
Abiertos los sobres número 2, documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante un juicio de valor, se comprueba que la entidad U. T. E. CODELSUR PROYECTOS, S. L. - PLACONSA, no presenta dentro del sobre número 2, la documentación requerida en formato digital, tal como se establece en las Pliegos que rigen el presente contrato, por lo que la Mesa de Contratación por unanimidad, acuerda EXCLUIR del presente procedimiento a la citada entidad, tal como queda recogido en el Decreto del Concejal Delegado de Hacienda y Administración Pública número 6667/2016 de fecha 1 de julio de 2016.
La documentación del resto de proposiciones admitidas son remitidas a los Servicios Técnicos de la Delegación de Obras e Infraestructuras, emitiéndose el correspondiente Informe Técnico de Valoración con fecha de 12 de julio de 2016, con el siguiente resultado:
“Según se establece en el Articulo 22.1.1. del Pliego de Prescripciones Técnicas de la presente licitación “MEMORIA CONSTRUCTIVA Y PROGRAMA DE TRABAJOS”, que deberán presentar los licitadores en el Sobre Nº 2, la memoria deberá contener al menos, información acerca de los siguientes aspectos:
“…
La concepción global de la obra (evitando copiar la Memoria del Proyecto). La descripción de todas las actividades importantes o complejas y de los
procesos constructivos propuestos y el análisis en esos procesos de las operaciones simples que forman parte de cada actividad.
Un resumen de los medios personales y materiales que se estimen necesarios para ejecutar el contrato, indicando expresamente la composición de los equipos y el rendimiento de los mismos.
El análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos.
La relación de fuentes de suministro de materiales, indicando origen, marcas y proveedores de los principales materiales necesarios para la ejecución de las obras.
…”
Indicándose expresamente que la no inclusión en la memoria de la información requerida anteriormente será motivo de exclusión de la oferta.
FMM
Revisada la documentación presentada para valoración de criterios subjetivos, se detecta que las ofertas de las siguientes empresas, presentan las siguientes deficiencias:
VENTUCELI SERVICIOS, S.L.
- No presenta concepción global de las obras.
- No presenta descripción de las actividades, procesos constructivos, etc.
- La tabla de rendimientos de equipos que incorpora no presenta la composición de los mismos.
- No presenta análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos.
- No presenta relación de fuentes de suministro.
De otro lado indicar que el Programa de trabajos presentado no indica las inversiones a realizar por capítulos, mensualmente, etc.
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, S.A.
La información que presenta para definir los medios personales y materiales resultan insuficientes ya que no se indican las características de modelo de maquinaria, capacidad, potencia, rendimiento, etc, de las mismas, no siendo posible deducir el rendimiento real de los equipos ofertados.
El cálculo que presenta para el establecimiento de rendimientos resulta confuso, y más que justificar el rendimiento real de los equipos ofertados se basa en obtener de forma inversa el rendimiento necesario para el plazo prefijado de ejecución de cada capítulo, sin especificar ni garantizar que los equipos ofertados alcanzarán dichos rendimientos. Procede por los argumentos expuestos, excluir de la valoración a las empresas citadas, salvo que la Mesa de Contratación estime lo contrario:
VENTUCELI SERVICIOS, S.L.
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, S.A.”
(…)
3.4. RESUMEN DE VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIO DE VALOR.
FMM EMPRESA MEMORIA CONSTRUCTIVA Y PROGRAMA DE TRABAJOS REDUCCIÓN DEL IMPACTO URBANO ANÁLISIS DEL PROYECTO TOTAL DRAGADOS, S.A. 14 11 7 32 CONSTRUCCIONES MAYGAR, S.L. 18 15 14 47
FERROVIAL AGROMÁN, S.A. 11 11 5 27
CONACON, S.A. 18 15 15 48 ARPO EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A. 12 9 5 26 CONSTRUCCIONES SANDO, S.A. 18 15 15 48 GRUPO FERSON-03, S.L. 7 6 5 18
UTE AÑÍL, VIVENDIO 12 11 7 30
UTE ERVEGA, S.A. - INICIA
XXI 12 11 9 32
ALTHENIA, S.L. 9 7 3 19
UTE VEROSA, S.L. – OGENSA 18 15 15 48
EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, S.A. 18 14 14 46 MASFALT, S.A. 18 14 14 46 CONSTRUCCIONES VERA, S.A. 12 11 12 35 CONSTRUCCIONES TEJERA, S.A. 8 8 7 23 4. CONCLUSIÓN.
En virtud de las puntuaciones obtenidas por las proposiciones presentadas y en función del siguiente orden:
EMPRESA MEMORIA
CONSTRUCTI
REDUCCIÓN ANÁLISIS
DEL
FMM VA Y PROGRAMA DE TRABAJOS DEL IMPACTO URBANO PROYECT O CONACON, S.A. 18 15 15 48
CONSTRUCCIONES SANDO, S.A. 18 15 15 48
UTE VEROSA, S.L. – OGENSA 18 15 15 48
CONSTRUCCIONES MAYGAR,
S.L. 18 15 14 47
EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS,
S.A. 18 14 14 46
MASFALT, S.A. 18 14 14 46
CONSTRUCCIONES VERA, S.A. 12 11 12 35
DRAGADOS, S.A. 14 11 7 32
UTE ERVEGA, S.A. - INICIA XXI 12 11 9 32
UTE AÑÍL, VIVENDIO 12 11 7 30
FERROVIAL AGROMÁN, S.A. 11 11 5 27
ARPO EMPRESA
CONSTRUCTORA, S.A. 12 9 5 26
CONSTRUCCIONES TEJERA, S.A. 8 8 7 23
ALTHENIA, S.L. 9 7 3 19
GRUPO FERSON-03, S.L. 7 6 5 18
Se informa que a juicio del Técnico que suscribe y según lo establecido en los P.C.A.P. y P.P.T.P., la empresas con superior puntuación en base a los criterios evaluables mediante un juicio de valor, resultan ser:
CONACON, S.A.
CONSTRUCCIONES SANDO, S.A. UTE VEROSA, S.L. - OGENSA
Lo que se informa a los efectos oportunos, sometido a superior criterio. No obstante, la Mesa de Contratación propondrá lo que estime conveniente.”
FMM
A la vista del Informe anteriormente transcrito, y en aplicación de lo dispuesto en la Cláusula 21.2. del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas Particulares, la Mesa de Contratación, por unanimidad, acuerda EXCLUIR a las empresas VENTUCELI SERVICIOS, S.L. y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, S.A., por no presentar adecuadamente la documentación correspondiente al Sobre número 2, recogido mediante Decreto del Concejal Delegado de Hacienda y Administración Pública número 8394/2016 de fecha 22 de agosto de 2016.
Que conforme a las actas emitidas al efecto, una vez abiertos los sobres de las ofertas económicas correspondientes a las proposiciones admitidas, el resultado fue el siguiente: Nº Titular Precio (€) 1 DRAGADOS, S.A. Precio 21% de I.V.A. Total Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.545.114,29 324.474,00 1.869.588,29 2 CONSTRUCCIONES MAYGAR, S.L Precio 21% de I.V.A. Total Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.357.617,27 285.099,63 1.642.716,90
3 FERROVIAL AGROMÁN, S.A. Precio
21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1: 448 días/hombre/contratado - Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2: 12 meses
1.591.093,77 334.129,69 1.925.223,46
4 CONSERVACIÓN, ASFALTO Y CONSTRUCCIÓN, S.A. (CONACON)
Precio 21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.387.998,73 291.479,73 1.679.478,46
FMM
5 ARPO EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A Precio
21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.586.154,77 333.092,50 1.919.247,27
6 CONSTRUCCIONES SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ - SANDO, S.A.
Precio 21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.329.839,94 279.266,39 1.609.106,33
7 GRUPO FERSON-03, S.L. (UTE GRUPO FERSON 03 – MALAGUEÑA FORESTAL – INGENOP)
Precio 21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.559.697,39 327.536,45 1.887.233,84
8 UTE AÑIL SERVICIOS, INGENIERÍA Y OBRAS SAU- VIVENDIO SOSTENIBILIDAD ENERGÉTICA, S.L. Precio
21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.665.772,09 349.812,14 2.015.584,23
9 UTE ERVEGA, S.A.- INICIA XXI Precio
21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.541.697,19 323.756,41 1.865.453,60 10 ALTHENIA, S.L. Precio 21% de I.V.A. Total 1.466.990,53 308.068.01 1.775.058,54
FMM
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses) 11 UTE CONSTRUCCIONES Y OBRAS VEROSA, S.L.- OBRAS
GENERALES DEL NORTE (OGENSA) Precio
21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.478.636,03 310.513,57 1.789.149,60
12 EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, S.A. Precio
21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.532.788,10 321.885,50 1.854.673,60 13 MASFALT, S.A. Precio 21% de I.V.A. Total Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.561.607,08 327.937,49 1.889.544,57
14 CONSTRUCCIONES VERA, S.A. Precio
21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.379.318,32 289.656,85 1.668.975,17
15 CONSTRUCCIONES TEJERA, S.A. Precio
21% de I.V.A. Total
Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado)
- Ampliación del plazo de garantía: Opción nº 2 (12 meses)
1.484.929,49 311.835,19 1.796.764,68
FMM
Abiertos los sobres número 3 documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante la aplicación de fórmulas, correspondientes a las proposiciones admitidas son remitidos a los Servicios Técnicos de la Delegación de Obras e Infraestructuras, emitiéndose el correspondiente Informe de Valoración de fecha 5 de agosto de 2016, del siguiente resultado:
“3.1.2.3 VALORACIÓN DE LAS JUSTIFICACIONES DE LAS BAJAS TEMERARIAS
Habiendo incurrido en BAJA TEMERARIA de acuerdo con lo establecido en el anterior epígrafe, la siguiente empresa:
• CONSTRUCCIONES SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ-SANDO, S.A.
Una vez transcurrido el plazo de audiencia estipulado en el artículo 152.3 del TRLCSP para que dicha empresa justificara su oferta, la mercantil CONSTRUCCIONES SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ-SANDO, S.A. ha presentado escrito en fecha 29 de julio de 2016, con registro de entrada nº MARB-E-2016050164, en el que se reafirma en su oferta económica sin aportar documentación justificativa al respecto, por lo que se excluye de la clasificación, procediéndose a una nueva asignación de puntos, en la que obtendrá 25 puntos la empresa con la menor oferta económica que no se encuentre en baja temeraria.
3.4 RESUMEN DE VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS
LICITADOR OFERTA ECONÓMIC A EMPLE O GARANTÍ A TOTAL CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS DRAGADOS, S.A. 12,61 15,00 10,00 37,61 CONSTRUCCIONES MAYGAR, S.L. 25,00 15,00 10,00 50,00 FERROVIAL AGROMÁN, S.A. 9,58 15,00 10,00 34,58
FMM LICITADOR OFERTA ECONÓMIC A EMPLE O GARANTÍ A TOTAL CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS CONSERVACIÓN, ASFALTO Y
CONSTRUCCIÓN, S.A. (CONACON) 22,99 15,00 10,00 47,99
ARPO EMPRESA
CONSTRUCTORA, S.A. 9,91 15,00 10,00 34,91 GRUPO FERSON-03, S.L. 11,65 15,00 10,00 36,65 UTE AÑIL SERVICIOS,
INGENIERÍA Y OBRAS S.A.U. - VIVENDIO SOSTENIBILIDAD ENERGÉTICA, S.L.
4,64 15,00 10,00
29,64 UTE ERVEGA, S.A. - INICIA XXI 12,84 15,00 10,00 37,84
ALTHENIA, S.L. 17,78 15,00 10,00 42,78
UTE CONSTRUCCIONES Y OBRAS VEROSA, S.L. - OBRAS GENERALES DEL ORTE (OGENSA)
17,01 15,00 10,00
42,01 EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS,
S.A. 13,43 15,00 10,00 38,43
MASFALT, S.A. 11,53 15,00 10,00 36,53
CONSTRUCCIONES VERA, S.A. 23,57 15,00 10,00 48,57 CONSTRUCCIONES TEJERA, S.A. 16,59 15,00 10,00 41,59
4 CONCLUSIÓN
En virtud de las puntuaciones obtenidas por las proposiciones presentadas y en función del siguiente orden:
FMM LICITADOR TOTAL CRITERIOS EVALUABLE S MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS TOTAL CRITERIOS EVALUABLE S MEDIANTE JUICIO DE VALOR TOTAL CONSTRUCCIONES MAYGAR, S.L. 50,00 47,00 97,00
CONSERVACIÓN, ASFALTO Y CONSTRUCCIÓN, S.A.
(CONACON) 47,99 48,00 95,99
UTE CONSTRUCCIONES Y OBRAS VEROSA, S.L. - OBRAS
GENERALES DEL ORTE (OGENSA) 42,01 48,00 90,01
EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, S.A. 38,43 46,00 84,43
CONSTRUCCIONES VERA, S.A. 48,57 35,00 83,57
MASFALT, S.A. 36,53 46,00 82,53
UTE ERVEGA, S.A. - INICIA XXI 37,84 32,00 69,84
DRAGADOS, S.A. 37,61 32,00 69,61
CONSTRUCCIONES TEJERA, S.A. 41,59 23,00 64,59
ALTHENIA, S.L. 42,78 19,00 61,78
FERROVIAL AGROMÁN, S.A. 34,58 27,00 61,58
ARPO EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A. 34,91 26,00 60,91
UTE AÑIL SERVICIOS, INGENIERÍA Y OBRAS S.A.U. -
VIVENDIO SOSTENIBILIDAD ENERGÉTICA, S.L. 29,64 30,00 59,64
GRUPO FERSON-03, S.L. 36,65 18,00 54,65
Se informa que a juicio del Técnico que suscribe y según lo establecido en los P.C.A.P. y P.P.T.P., la empresa con superior puntuación en base la suma de los criterios evaluables mediante un juicio de valor y los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas, resulta ser:
FMM
Lo que se informa a los efectos oportunos, sometido a superior criterio. No obstante, la Mesa de Contratación propondrá lo que estime conveniente.”
A la vista del informe anteriormente transcrito, la Mesa de Contratación por unanimidad, considera EXCLUIDA del presente procedimiento a la entidad CONSTRUCCIONES SÁNCHEZ DOMÍNGUEZ-SANDO, S. A., por presentar una oferta desproporcionada, acordado mediante Decreto del Concejal Delegado de Hacienda y Administración Pública número 8501/2016 de fecha 25 de agosto de 2016. Por tanto, la clasificación de los licitadores en función de la puntuación obtenida, es la que sigue:
Nº Licitador Punto
s
1 CONSTRUCCIONES MAYGAR, S.L. 97,00
2 CONSERVACIÓN, ASFALTO Y CONSTRUCCIÓN, S.A. (CONACON) 95,99
3 UTE CONSTRUCCIONES Y OBRAS VEROSA, S.L. - OBRAS GENERALES
DEL ORTE (OGENSA) 90,01
4 EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, S.A. 84,43
5 CONSTRUCCIONES VERA, S.A. 83,57
6 MASFALT, S.A. 82,53
7 UTE ERVEGA, S.A. - INICIA XXI 69,84
8 DRAGADOS, S.A. 69,61
9 CONSTRUCCIONES TEJERA, S.A. 64,59
10 ALTHENIA, S.L. 61,78
11 FERROVIAL AGROMÁN, S.A. 61,58
12 ARPO EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A. 60,91
13 UTE AÑIL SERVICIOS, INGENIERÍA Y OBRAS S.A.U. - VIVENDIO
SOSTENIBILIDAD ENERGÉTICA, S.L. 59,64
14 GRUPO FERSON-03, S.L. (UTE GRUPO FERSON 03 – MALAGUEÑA
FMM
RESULTANDO que una vez requerido el licitador de la oferta económica más ventajosa, conforme al cuadro anteriormente expuesto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, (en adelante TRLCSP), éste presentó en plazo los siguientes requisitos:
- Escrituras de constitución y de modificación, inscritas en el Registro Mercantil.
- Bastanteo de poder y D. N. I. del licitador.
- Justificante del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en el citado impuesto.
- Documentación justificativa de solvencia económica, financiera y técnica (presenta clasificación empresarial).
- Justificante acreditativo de haber constituido en la Tesorería Municipal, la GARANTIA DEFINITIVA exigida, por importe ascendente a SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (67.880,86 €). Carta de Pago 320160006076.
- Justificante acreditativo del abono de los GASTOS DE PUBLICACIÓN DEL ANUNCIO DE LICITACIÓN EN EL BOE por importe ascendente a CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (478,51 €), Carta de Pago 120160001476.
- Justificante acreditativo del abono de los GASTOS DE CONTROL DE CALIDAD por importe ascendente a VEINTIÚN MIL SEIS EUROS CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS (21.006,61 €), Carta de Pago 120160001478.
- Certificados positivos expedidos, tanto por la Agencia Tributaria como por la Tesorería de la Seguridad Social de fechas 1 y 2 de agosto de 2016 respectivamente.
- Solicitud al Patronato de Recaudación Provincial e Informe positivo emitido por la Tesorería Municipal con fechas 30 de agosto y 8 de septiembre de 2016, relativos a situación de deudas con esta Entidad Local.
- Seguros de Responsabilidad Civil y de Todo Riesgo Construcción (sin franquicias) y recibos pagados.
RESULTANDO que con fecha 8 de septiembre de 2016, por la Intervención Municipal ha sido emitido el correspondiente Informe de Fiscalización Previo a la Adjudicación favorable.
Por todo lo anteriormente expuesto y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP y ante la necesidad de realizar las prestaciones a que se refiere el presente expediente de contratación, en beneficio y defensa de los intereses municipales, y considerar como la propuesta más adecuada la presentada por la entidad, CONSTRUCCIONES MAYGAR, S.L., la Mesa de Contratación, por unanimidad, PROPONE al Órgano de Contratación, se adopte el siguiente Acuerdo:
FMM
PRIMERO.- DECLARAR válido el acto de licitación.
SEGUNDO.- APROBAR LA ADJUDICACIÓN, de conformidad con la presente propuesta formulada, del contrato para la obra, INTEGRACIÓN URBANA DE ARROYO PRIMERO. FASE 1, T. M. MARBELLA (MÁLAGA), a la entidad:
Titular Puntos CONSTRUCCIONES MAYGAR, S. L. (C. I. F. B41179896) Precio 21% de I.V.A. Total Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado) - Ampliación del plazo de garantía: Opción número 2 (12 meses),
total plazo garantía
1.357.617,27 285.099,63 1.642.716,90
3 años
TERCERO.- COMUNICAR al licitador al que se le adjudique el contrato, que en virtud de lo dispuesto en los artículos 112, 151 y 156 del TRLCSP, tendrá un plazo máximo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente Acuerdo de Adjudicación, para formalizar el contrato en documento administrativo.
CUARTO.- COMUNICAR al adjudicatario que no podrá iniciar la ejecución del contrato sin la previa formalización del mismo, artículo 156 del TRLCSP, y que el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a QUINCE DIAS HÁBILES desde la formalización, si se excediese de este plazo, el contrato podría ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Administración contratante y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada, artículo 112.2.c) del TRLCSP.
QUINTO.- DESIGNAR COMO RESPONSABLE DEL CONTRATO para las relaciones que con motivo del desarrollo del presente contrato se tienen que producir entre el Excmo. Ayuntamiento y el adjudicatario, al Técnico competente de la Delegación de Obras e Infraestructuras.
SEXTO.- NOTIFICAR la adjudicación, de conformidad con el artículo 151 TRLCSP, al adjudicatario, a los demás licitadores, a los Servicios Técnicos correspondientes, así como a la Intervención Municipal y a la Tesorería Municipal y PUBLICAR el presente Acuerdo en el perfil de contratante del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, según lo establecido en el artículo 53 del TRLCSP.
FMM
SÉPTIMO.- PUBLICAR la formalización correspondiente al presente contrato en el BOE y en el perfil de contratante, conforme a lo dispuesto en el artículo 154 del TRLCSP.”
Por todo ello, en ejercicio de las competencias que me han sido conferidas por la legislación vigente y en virtud del punto 3.- de la Junta de Gobierno Local del 19 de junio de 2015, en delegación de competencias,
HE RESUELTO PRIMERO.- DECLARAR válido el acto de licitación.
SEGUNDO.- APROBAR LA ADJUDICACIÓN, de conformidad con la presente propuesta formulada, del contrato para la obra, INTEGRACIÓN URBANA DE ARROYO PRIMERO. FASE 1, T. M. MARBELLA (MÁLAGA),a la entidad:
Titular Puntos CONSTRUCCIONES MAYGAR, S. L. (C. I. F. B41179896) Precio 21% de I.V.A. Total Mejoras:
- Fomento de empleo: Opción nº 1 (448 días/hombre/contratado) - Ampliación del plazo de garantía: Opción número 2 (12 meses), total
plazo garantía
1.357.617,27 285.099,63 1.642.716,90
3 años
TERCERO.- COMUNICAR al licitador al que se le adjudique el contrato, que en virtud de lo dispuesto en los artículos 112, 151 y 156 del TRLCSP, tendrá un plazo máximo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente Acuerdo de Adjudicación, para formalizar el contrato en documento administrativo.
CUARTO.- COMUNICAR al adjudicatario que no podrá iniciar la ejecución del contrato sin la previa formalización del mismo, artículo 156 del TRLCSP, y que el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a QUINCE DIAS HÁBILES desde la formalización, si se excediese de este plazo, el contrato podría ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Administración contratante y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada, artículo 112.2.c) del TRLCSP.
QUINTO.- DESIGNAR COMO RESPONSABLE DEL CONTRATO para las relaciones que con motivo del desarrollo del presente contrato se tienen que producir
FMM
entre el Excmo. Ayuntamiento y el adjudicatario, al Técnico competente de la Delegación de Obras e Infraestructuras.
SEXTO.- NOTIFICAR la adjudicación, de conformidad con el artículo 151 TRLCSP, al adjudicatario, a los demás licitadores, a los Servicios Técnicos correspondientes, así como a la Intervención Municipal y a la Tesorería Municipal y PUBLICAR el presente Acuerdo en el perfil de contratante del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, según lo establecido en el artículo 53 del TRLCSP.
SÉPTIMO.- PUBLICAR la formalización correspondiente al presente contrato en el BOE y en el perfil de contratante, conforme a lo dispuesto en el artículo 154 del TRLCSP.
OCTAVO.- DAR CUENTA de este Decreto a la Junta de Gobierno Local. En Marbella, a 13 de septiembre de 2016