Percepción de los actores del sistema local de protección sobre el ejercicio del derecho a la protección ante violencia de niñas, niños y adolescentes, en el municipio de Tipitapa
Texto completo
(2) GLOSARIO. CONAPINA:. Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y Adolescencia.. CENIDH:. Centro Nicaragüense de los Derechos Humanos.. CMN:. Comisaría de la Mujer y la Niñez.. Derecho a la Protección:. Derecho a la Protección ante violencia de Niñas, Niños y Adolescentes.. INIDE:. Instituto Nacional de Información de Desarrollo.. IXCHEN:. Centro de Mujeres IXCHEN.. MIFAN/MIFAMILIA:. Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez.. MINSA:. Ministerio de Salud.. MINED:. Ministerio de Educación.. NNA:. Niñas, Niñas y Adolescentes.. ONG´s:. Organizaciones No Gubernamentales.. OBF:. Organizaciones Basadas en la Fe.. OG:. Organización Gubernamental.. ONG:. Organización No Gubernamental.. PNUD:. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.. Sistema de Protección:. Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.. UNICEF:. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.. VMNIC:. Visión Mundial Nicaragua.. 2.
(3) TABLA DE CONTENIDO I.. INTRODUCCION. II.. CONTEXTO DEL DERECHO A LA PROTECCION DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. III.. PLANTEMIENTO DEL PROBLEMA. IV.. OBJETIVOS. V.. JUSTIFICACIÓN. VI.. REFERENTES TEÓRICOS CONCEPTUALES. VII.. METODOLOGÍA. 7.1 Tipo de Investigación 7.2 Muestra 7.3 Criterios de Selección 7.4 Técnicas Utilizadas 7.5 Fases de la Investigación VIII. RESULTADOS IX.. CONCLUSIONES. X.. RECOMENDACIONES. XI.. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS. XII.. ANEXOS. 12.1. Operacionalización de las variables. 12.2. Formato de los instrumentos utilizados. 12.3. Formato de la tabla de salida. 3.
(4) I.. INTRODUCCION. La presente tesis, se presenta como trabajo de culminación de estudio de la Maestría en Políticas Sociales, Derechos y Protagonismo de Niñas, Niños y Adolescentes.. Es una investigación cualitativa, que tiene como objeto analizar la percepción que tienen los actores del sistema local de protección sobre el ejercicio del derecho a la protección ante violencia de Niñas, Niños y Adolescentes, en el municipio de Tipitapa.. Los sujetos de estudio fueron: Representantes de instituciones del Estado, como Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez (MIFAN), Ministerio de Educación (MINED), Medicina Legal, Comisaría de la Mujer y Niñez; actores comunitarios como Promotora de Justicia, Niñas, Niños, Adolescentes y una representante de la Organización no gubernamental (ONG) IXCHEN.. El documento contiene un acápite que presenta el contexto del derecho a la protección de niñas, niños y adolescentes a nivel internacional, nacional y local, retomando el marco legal y las estadísticas relacionadas a la situación de violencia que afecta a la niñez y la adolescencia. De este contexto se desprende el capítulo de planteamiento del problema, presentando las principales dificultades en el funcionamiento del sistema a nivel nacional y local y de la situación de violencia de la niñez y adolescencia en el municipio de Tipitapa.. Esta investigación se sustenta principalmente en la teoría del interaccionismo simbólico, en el enfoque de sistemas de protección y en el enfoque de derechos de niñas, niños y adolescentes; éstos permitieron hacer el análisis de los resultados obtenidos sobre la percepción de los actores y presentar conclusiones y recomendaciones.. Este estudio es de gran relevancia puesto que en investigaciones realizadas sobre el funcionamiento de los sistemas de protección existe el vacío acerca de la percepción que los actores del sistema tienen en relación al ejercicio del derecho a la protección, siendo este el propósito de este estudio.. 4.
(5) II.. CONTEXTO DEL DERECHO A LA PROTECCION DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. El tema de la violencia contra la niñez y adolescencia no es una situación que afecta únicamente a Nicaragua; ¨la violencia contra la niñez es un problema mundial oculto, no denunciado y poco documentado¨ (Naciones Unidas, 2006, p.9).. Martha Santos (2012), en calidad de representante especial del secretario de Naciones Unidas sobre violencia contra los niños, ha expresado que ¨la violencia hacia niñez es una epidemia en América Latina que causa la muerte de 80 mil niñas, niños y adolescentes al año, situación que requiere de mucha información y medidas preventivas¨ (Periódico EFE, Costa Rica, citado por el Nuevo Diario, el 26 de octubre 2012).. Teniendo como premisa que la Convención de los Derechos del Niño (1989), es el instrumento internacional que ha marcado cambios importantes en la forma en que se evidencian y ejercen los derechos humanos de niñez y adolescencia, queremos resaltar lo establecido en los artículos 19 y 39 de este instrumento.. La Convención de los derechos del niño (1998) en sus artículos 19 y 39 establece que:. Artículo 19: 1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo. 2. Esas medidas. de protección deberían comprender según corresponda, procedimientos. eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al niño, y según corresponda, la intervención judicial. (p.5-6). 5.
(6) Artículo 39: Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física y psicológica, y la reintegración social de todo niño víctima de: cualquier forma de abandono, explotación o abuso; tortura u toras formas de tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes; o conflictos armados. Esa recuperación y reintegración se llevara a cabo en un ambiente que fomente la salud, el respeto de sí mismo y la dignidad del niño. (p.11). En el marco de la Convención de los Derechos del Niño (1989), Nicaragua ha establecido un marco legal apropiado en función de los derechos de la niñez y adolescencia, el cual establece medidas para responder ante situaciones de violencia hacia niñas, niños y adolescentes, lo que está en correspondencia a los dos artículos citados anteriormente.. En este sentido en 1990 Nicaragua ratificó la Convención de los Derechos del niño (1989); posteriormente, a partir de un proceso de alta participación de la sociedad civil, aprobó el Código de la Niñez y Adolescencia en 1998. En la actualidad Nicaragua, también cuenta con leyes, políticas y normativas para la protección de la niñez tales como: Código de la Familia (2015), Política de Atención Integral a la Niñez y Adolescencia (1996), Política Primera Infancia (2011), y la Normativa para la restitución de derechos y protección especial de niñas, niños y adolescentes, del Ministerio de la Familias, Adolescencia y Niñez (2011).. El Código de la Niñez y Adolescencia (1998) establece que todas las políticas, normativas, instrumentos e iniciativas relacionadas con el cumplimiento de los derechos de la niñez y adolescencia, debe fundamentarse por este código. De esta manera el tema de los derechos de la niñez y adolescencia se ha integrado en las distintas políticas y acciones de los Ministerios, ejemplo de ello es la inclusión en el Código del Trabajo (1996), en la Ley de Seguridad Social (2005), en la Ley General de Turismo (2004), entre otras.. Para el cumplimiento de los derechos de niñez y adolescencia, con especial énfasis el derecho a la protección, es de vital importancia el trabajo articulado de diversos actores que cuenten con roles y mecanismos claros para su funcionamiento; lo cual corresponde a una visión que permite dimensionar de forma más holística la situación.. 6.
(7) En aras de lograr esta visión holística, se debe trascender el enfoque “problema/respuesta” que históricamente ha predominado en el abordaje de la protección de la niñez y adolescencia; en este sentido, UNICEF (2010), adoptó una nueva estrategia que impulsa la creación de un entorno protector y el fortalecimiento de los sistemas de protección de la niñez.. Basado en esta propuesta de UNICEF, organismos internacionales que trabajan la protección integral de la niñez y adolescencia, entre ellos Visión Mundial, retoman el enfoque de sistemas para el abordaje de la protección de la niñez. Para Visión Mundial (2011), aunque no existe un consenso universal sobre la definición de los sistemas de protección de la niñez y adolescencia, es indispensable retomar este enfoque para el abordaje de la protección de niñas, niños y adolescentes; comprendiendo que un sistema de protección está constituido por actores formales e informales tales como: el Estado, las familias, la niñez, la comunidad y el ámbito internacional. En cuanto al funcionamiento de este sistema afirma que se requiere de capacidades, roles, responsabilidades definidas, así como el trabajo coordinado entre los actores.. El Código de la Niñez y Adolescencia (1998) en sus artículos 62 y 63 establece la conformación del Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y adolescencia, y las Defensorías de las Niñas, Niños y Adolescentes a nivel local como un servicio de este Consejo Nacional, ambos conformados por Actores Gubernamentales y de la Sociedad Civil. A nivel municipal se ha reflejado en la conformación de Comisiones, Defensorías y Políticas Municipales de Niñez y Adolescencia.. En relación a la violencia hacia niñas, niños y adolescentes, el CENIDH (2013) refiere que:. El primer semestre del 2012, registra un total de 4,355 niños y adolescentes víctimas de violencia sexual e intrafamiliar, reportando un incremento del 6.81% (278) víctimas en relación al período homólogo 2011 (4,077). Los niños y adolescentes víctimas de violencia sexual representaron en el primer semestre, el 80% del total de víctimas por este flagelo a nivel nacional (1,870). Las estadísticas oficiales representan una aproximación a una situación que todavía es más grave, si se considera que el abuso sexual y el incesto a niñas, niños y adolescentes continúan siendo naturalizados y por ende no se denuncian.. 7.
(8) Por otro lado según datos del Instituto de Medicina Legal en Nicaragua (2012):. De los 5,371 peritajes de abuso sexual realizados, el 84% de éstos correspondieron a niños, niñas y adolescentes menores de 18 años de edad. Otra información relevante es el registro de la Comisaría de la Mujer y la Niñez en el primer trimestre del 2012, que refleja un total de 1,873 denuncias por violencia sexual, de los cuales 1,050 de las víctimas eran menores de 14 años.. Si bien es cierto que las estadísticas encontradas a nivel nacional no son alarmantes, éstas muestran únicamente una pequeña parte de lo que sucede con los niños, niñas y adolescentes; porque la denuncia sobre violencia física, psicológica, y sexual es mínima cuando se trata de niños, niñas y adolescentes, sobre todo si la violencia es ejercida dentro del hogar. De esta forma encontramos más datos relacionados a la violencia sexual, y muy poca información sobre la violencia física y psicológica, y mucho menos sobre negligencia familiar. A pesar de la poca información y denuncia sobre la violencia hacia la niñez, diversos estudios reflejan que es una situación ampliamente común y cuyas manifestaciones son diversas.. En un estudio sobre Pautas de Crianza y Violencia contra la Niñez y Adolescencia se refleja que la mitad de las madres y los padres reconocen que el hogar es donde se expresa la violencia contra la niñez y la adolescencia con mayor frecuencia. La violencia física que se expresa con mayor periocidad es el castigo físico como fajazos, bofetadas o palmadas en el rostro, o son agredidos con cualquier objeto que los padres y madres tengan a su alcance. Además, se suma la violencia física que reciben niños y niñas fuera de sus hogares, en las escuelas o al regresar de las mismas (Visión Mundial, 2012).. Otro dato importante que muestra la investigación realizada por Visión Mundial (2012) es que de los encuestados: el 28.2 % de los adolescentes, 27.6% de los padres y 22.9 % de las madres consideran que no siempre se les debe creer a los niños/as y adolescentes cuando revelan que han sido abusados sexualmente por algún miembro de la familia. Esta incredulidad la fundamentan en la falta de confianza en la palabra de los niños y niñas argumentando que suelen decir mentiras.. 8.
(9) Alrededor del 60% de las madres y padres entrevistados prefieren mantener en secreto los casos de abuso sexual contra sus hijos e hijas para que no sean señalados o estigmatizados en la comunidad. Al respecto, para el 44.7% de los adolescentes encuestados, las niñas y/o niños abusados sexualmente eligen el silencio por temor a sufrir represalias de los agresores contra los miembros de sus familias. (Visión Mundial, 2012).. Es un hecho incuestionable que la violencia en cualquiera de sus manifestaciones y dirigida hacia cualquier persona; mujer, hombre, niña, niño, adolescente, pueblos o naciones es una violación a los derechos humanos. Una violación trastoca el corazón de los derechos humanos, el respeto a la dignidad y la libertad de las personas sin distingo de sexo, raza, religión, etnia y convicción política.. De todas las violaciones a niñas y niños menores de 14 años en el departamento de Managua, en el municipio de Tipitapa se comete el 17% de ellas, dato que se agrava aún más si a esto se le suma el número de casos no denunciados. De los delitos de tipo sexual denunciados en el 2011, ante la policía del municipio, el 33% de las víctimas son menores de 14 años, o sea que cada mes 4 niñas y niños menores de 14 años están siendo abusados sexualmente en Tipitapa (Policía Nacional, 2011).. El Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez (2011) atendió en el país 23 casos relacionados a negligencias, 54 sobre maltrato, 10 abusos sexuales/violación y 8 de abandono, y reportó 549 niños, niñas y adolescentes que estaban fuera del sistema educativo por trabajo infantil.. Para responder a estas situaciones de violencia y en el marco de lo establecido en los instrumentos internacionales y nacionales, el municipio de Tipitapa cuenta con instancias interinstitucionales que aglutina a los actores relacionados con la protección de la niñez y adolescencia como: Comisión municipal de la Niñez y la Adolescencia. Consejo Municipal Infantil, una Política Municipal. de atención Integral a la Niñez y Adolescencia, una Comisión municipal. interinstitucional de lucha contra la violencia hacia la mujer.. 9.
(10) Además existe a nivel municipal presencia de la Comisaría de la mujer y la niñez, Ministerio Público, Medicina Legal, MIFAN, MINED, MINSA. El municipio cuenta con atención psicológica y asesoría legal gratuita, formación de voluntarios y voluntarias sociales como promotores de la comisaría de la mujer y la niñez y facilitadores judiciales rurales (Visión Mundial, 2013).. Contexto de Tipitapa Este estudio se realizó en Tipitapa, municipio de Managua, el cual tiene una extensión territorial de 975.17 Km² y una densidad poblacional de 134 habitantes. / Kms²; es el más extenso de los Municipios del Departamento de Managua.. Tipitapa está constituido por 6 Distritos con 36 Barrios en el Sector Urbano, y 7 Distritos con 45 comunidades en el Sector Rural.. La población total del municipio es de 130,627 habitantes, de los cuales 72,844 que representan el 56%, pertenecen a la población urbana ubicada en 36 barrios. De la población urbana el 21% representan a población en edad de 0 a 9 años de edad que equivalen a 15,297 habitantes. El grupo de adolescentes y jóvenes, población en edad entre 10 -19 años representan cerca del 20% (14,643 habitantes) del total. Mientras que la población rural alcanza los 57,783 habitantes en 45 comunidades (INIDE 2012).. 10.
(11) III.. PLANTEMIENTO DEL PROBLEMA. Como hemos visto Nicaragua es un país que ha realizado grandes esfuerzos para cumplir con lo establecido en instrumentos legales y normativos, tanto internacionales como nacionales; sin embargo, existen retos en la implementación de estos marcos, los cuales abordaremos a continuación.. Puede mencionarse la dificultad en el acceso a servicios de prevención, atención, protección y recuperación de niñas, niños y adolescentes que viven situaciones de violencia. La inadecuada estructura gubernamental para coordinar y hacer eficaz la puesta en marcha de las políticas nacionales relacionadas a la protección de la niñez y adolescencia, que se evidencia especialmente en las zonas rurales más distantes del país, donde la población de estas zonas recibe menos información para prevenir y responder a la violencia, además de incurrir en mayores costos y tiempo para movilizarse y realizar una denuncia o recibir algún servicio para la atención y recuperación.. El Comité de los Derechos del Niño (2010), en una de las recomendaciones alienta a Nicaragua a aumentar el nivel de inversión social para la promoción y protección de los derechos del niño, principalmente en el Ministerio de la Familia y asegurar una asignación equitativa y más amplia para las regiones más alejadas donde existe poca presencia de las instituciones del Estado y son más evidentes los grupos desfavorecidos.. Una de las principales dificultades es el brindar servicios de calidad, lo cual se relaciona con el limitado desarrollo de capacidades del personal de instancias gubernamentales. A pesar de la alta inversión que han realizado tanto las instituciones gubernamentales como no gubernamentales para el fortalecimiento de capacidades, este esfuerzo se hace casi invisible por la alta rotación del personal de las instituciones del Estado, haciendo que la atención a niñas, niños y adolescentes, y sus familias no se realice con la calidad requerida.. 11.
(12) La calidad de atención también se ve afectada por la naturalización de la violencia que permea la atención que brindan los funcionarios de las instituciones, el no percibir las situaciones de violencia como un problema o un delito, influye en la información que ofrecen a las familias; es decir las familias pueden recibir mensajes de tolerancia a ciertos tipos de violencia y esto por supuesto determina la repuesta a cada caso.. Otro aspecto relacionado a la calidad de los servicios es que no existen programas de cuido personal dirigidos a los funcionarios que acompañan casos de violencia, es decir no se dirigen acciones para amortiguar la carga emocional que causa la constante exposición de situaciones difíciles que vive otro ser humano y la responsabilidad de tener que decidir las mejores medidas y respuestas.. El tema de protección de la niñez no se considera una prioridad en el país, esto se evidencia con el poco presupuesto destinado a las instancias garantes de la protección de niñas, niños y adolescentes, como el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez, siendo este el Ministerio con menor presupuesto, menor cobertura y menor recurso humano y material.. Lo anterior no significa que en asuntos de presupuesto y capacidad técnica se esté bien en los otros Ministerios; porque las partidas presupuestarias para los sectores salud, educación y protección de la niñez, siguen siendo insuficientes (Visión Mundial 2012).. En tal sentido, el Comité de Derechos del Niño y la Niña de las Naciones Unidas (2010) menciona el hecho de que doce años después de la entrada en vigencia del Código de la Niñez y Adolescencia (1998) éste todavía no goza de la prioridad necesaria y su falta de recursos institucionales, humanos, técnicos y financieros dificulta su plena aplicación.. Una limitación para la asignación de presupuesto está relacionada con el sub-registro que existe en el país, sobre todo en relación a la violencia física, psicológica y negligencia que vive niñas, niños y adolescentes. Esto no permite dimensionar la problemática de violencia que viven niñas, niños y adolescentes, a su vez limita la priorización del tema de protección; lo que se refleja tanto en la poca cobertura para responder a la situación como en las pocas capacidades especializadas existentes.. 12.
(13) Existe un debilitamiento del Sistema de Protección de la Niñez, pues para su funcionamiento es de vital importancia contar con instancias que faciliten la articulación de sus actores, actualmente la Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y Adolescencia (CONAPINA) instancia que por disposición de ley está encargada de articular, coordinar y monitorear la acción del Estado y Sociedad Civil, en materia de Políticas de Protección Especial, no está funcionando. Eso es nivel nacional, a nivel local no todos los municipios han conformado sus defensorías y políticas municipales de la niñez y adolescencia; y aunque la mayoría cuentan con comisiones municipales, se han debilitado o están inactivas.. En general se observan dificultades para la articulación y coordinación entre los actores gubernamentales, no gubernamentales, familia comunidad y el mismo niño, niña y adolescente. Así mismo, estudios realizados y citados anteriormente, muestran que se debe trabajar en función de fortalecer las capacidades y la claridad de los roles y responsabilidades de cada uno de los actores.. Es de suma importancia tener una amplia comprensión de la débil protección a la niñez, en términos de aplicación de medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas que respondan a lo establecido en los marcos legales nacionales e internacionales; además del funcionamiento del sistema de protección, el trabajo articulado entre actores y una cultura de prevención de violencia.. Tanto el debilitamiento del sistema de protección, como la naturalización de la violencia, sustentan la violencia hacia niñez y adolescencia, y abonan a: la poca denuncia, la re-victimización de las víctimas, la impunidad para los agresores, la estigmatización de niñez y las familias, la incredulidad ante la palabra de las niñas, niños y adolescentes, lo que se convierte en un círculo que conspira en contra del ejercicio del derecho a la protección de niñas, niños y adolescentes, ante la violencia.. Hemos mencionado como el Sistema de Protección a la niñez, a nivel nacional se encuentra debilitado, esta situación es similar en el caso de Tipitapa, donde todavía existen retos importantes a fortalecer relacionados con capacidades técnicas y sensibilidad de los funcionarios de las instituciones garantes de la protección, poco personal, escaso recurso económico para las gestiones. 13.
(14) y mecanismos de respuesta a los casos, débil articulación entre los actores del sistema, el desconocimiento de la población en relación a la denuncia, la desconfianza de la población ante las instancias garantes, el temor de las familias a la estigmatización, la naturalización cultural de la violencia hacia la niñez, lo que lleva a la saturación del Sistema o la insuficiencia, ineficiencia e ineficacia del mismo.. Un problema nacional que también coincidente con la situación en Tipitapa, está relacionada al registro y manejo de las estadísticas por las diferentes instituciones encargadas de la protección de la niñez. Sin embargo, existen algunos datos registrados por el Ministerio de la Familia, que aunque no reflejan la realidad completa de la situación, nos dan señales del abuso, maltrato, explotación, negligencia y otras formas de violencia que viven niñas, niños y adolescentes en el municipio. Cabe mencionar que los casos reportados por maltrato, refieren específicamente a casos de abuso físico severo, es decir el abuso emocional o psicológico, en cualquiera de sus formas no es considerado para ser reportado.. Otro de los problemas identificados en el municipio es la débil coordinación interinstitucional para abordar problemáticas de la niñez y adolescencia, a pesar que existe una política municipal de atención integral a la niñez y la adolescencia en la que están todas las instituciones y ONGs presentes en el municipio.. Estudios realizados en el municipio, también reflejan problemas relativos a la mala atención de las instancias e instituciones, la falta de sensibilidad de los funcionarios de algunas de las instituciones, el rebotamiento de los casos de una institución a otra y la falta de competencias necesarias para detectar señales de abuso y maltrato hacia la niñez.. Es importante señalar otras dificultades en torno al ejercicio del derecho a la protección de niñez y adolescencia como: la Comisión municipal de niñez y adolescencia de Tipitapa, no cuenta con presupuesto para realizar sus funciones; en la policía hay falta de recursos humanos, materiales, y de transporte para atender rápidamente los casos reportados. Las Comisarías de la Mujer y la Niñez no cuentan con políticas o protocolos de actuación cuando los padres y las madres comparecen con sus niños y niñas para resolver sus conflictos.. 14.
(15) A partir de esta problemática sobre violencia y des-protección que viven la niñez y adolescencia, sumado a una cultura que naturaliza la violencia y a la ineficiencia del Sistema de Protección, en términos estructurales, competencias de recurso humano, mecanismos de articulación y medidas para responder a la situación, consideramos de suma importancia retomar otro elemento crucial para la comprensión del ejercicio del derecho a la protección de niñez y adolescencia. ante la. violencia, que aún no ha sido abordado, las percepciones de los actores del sistema ante el ejercicio del derecho a la protección.. Con este estudio profundizamos sobre las percepciones acerca del ejercicio del derecho a la protección de Niños, Niñas y Adolescentes ante la violencia desde los actores del sistema de protección local, en el municipio de Tipitapa.. Para ello nos planteamos las siguientes preguntas de investigación:. ¿Cuál es la percepción que tienen los actores del sistema local de protección sobre el ejercicio del derecho a la protección ante violencia de Niñas, Niños y Adolescentes, en el municipio de Tipitapa?. Para completar nuestro análisis, nos hacemos las siguientes preguntas derivadas:. 1. ¿Cómo comprenden los actores del sistema de protección local el derecho a la protección de Niños, Niñas y Adolescentes ante la violencia, en el municipio de Tipitapa?. 2. ¿Cuáles son las principales acciones ante la violencia que realizan los actores del sistema en el ejercicio del derecho a la protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el municipio de Tipitapa?. 3. ¿Cómo valoran su experiencia los actores locales del sistema de protección, en el ejercicio del derecho a la protección ante la violencia hacia niños, niñas y adolescentes, en el municipio de Tipitapa?. 15.
(16) IV.. OBJETIVOS. OBJETIVO GENERAL. Analizar la percepción que tienen los actores del sistema local de protección sobre el ejercicio del derecho a la protección ante violencia de niñas, niños y adolescentes, en el municipio de Tipitapa.. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. 1. Describir la comprensión que tienen los actores del sistema de protección local sobre el derecho a la protección ante la violencia dirigida a niñas, niños y adolescentes, en el municipio de Tipitapa.. 2. Identificar las principales acciones que realizan los actores del sistema de protección en el ejercicio del derecho a la protección ante la violencia dirigida a niñas, niños y adolescentes, en el municipio de Tipitapa.. 3. Describir la valoración que hacen los actores locales del sistema de protección del ejercicio del derecho a la protección ante la violencia hacia niñas, niños y adolescentes, en el municipio de Tipitapa.. 16.
(17) V.. JUSTIFICACIÓN Existe información general sobre la situación de desprotección ante violencia que viven niñas, niños y adolescentes. Así mismo, existen explicaciones sobre las causas de este círculo que conspira contra el derecho a la protección de niñez y adolescencia. Sin embargo, a partir de la investigación documental realizada encontramos un vacío en cuanto a cómo los actores perciben el ejercicio del derecho a la protección, de este vacío, surgió nuestro interés de querer profundizar sobre un elemento que puede ser crucial para comprender de manera más profunda la situación de niñas, niños y adolescentes ante la violencia y responder de una forma más integral y sistémica al problema.. Comprender la percepción de los actores formales e informales facilita el entendimiento del porqué del actuar de los actores dentro del sistema de protección, esto afecta directamente la atención que reciben niñas, niños y adolescentes. De esta manera se ha considerado necesario retomar el enfoque de sistemas de protección de la niñez y el enfoque de derechos que establecen que cada actor tiene una dosis de responsabilidad en el ejercicio de este derecho.. El análisis de la percepción permite reconocer la visión que tiene cada actor de los otros actores del sistema, lo que determina la forma en cómo se relacionan entre sí.. Este análisis complementa la información documental y los datos estadísticos existentes. Además aporta de manera significativa a los mismos actores del sistema local de protección, quienes pueden fortalecer la acciones de prevención y protección que brindan, como sistema, a las situaciones de violencia que viven las niñas, niños y adolescentes.. Para el análisis se ha seleccionó Tipitapa, un municipio, que aunque cuenta con iniciativas que fortalecen el sistema local de protección de la niñez, continúa siendo reconocido por sus altos índices de violencia.. 17.
(18) VI.. REFERENTES TEÓRICOS CONCEPTUALES Para analizar la percepción de los actores formales e informales del sistema de protección local de Tipitapa hemos seleccionado como meta teoría el interaccionismo simbólico. Hemos seleccionado esta teoría por su vínculo estrecho con estudios cualitativos y porque da relevancia a los significados sociales que las personas asignan al mundo que les rodea.. El interaccionismo simbólico parte de las obras de Charles Horton Cooley (1902), John Dewey (1930), George Herbert Mead (1934,1938), Robert Park (1915), W.I. Thomas (1931). El término es propuesto por Herbert Blumer en 1938. Específicamente para este estudio hemos retomado la propuesta de Blumer (1969), quien afirma que el interaccionismo simbólico reposa en tres premisas básicas: a. Las personas orientan sus actos hacia las cosas según lo que éstas significan para él. Incluso respecto a las otras personas con quien se relaciona. Es el significado lo que determina la acción. b. Los significados son productos sociales que surgen durante la interacción con las personas. Una persona aprende de las otras personas a ver el mundo. c. Los actores sociales asignan significados a situaciones, a otras personas, a las cosas y a sí mismo a través de un proceso de interacción, donde no hacen uso del significado de las cosas así como se ve simplemente, sino que interpretan dicho significado según la situación en la que se presenta, pudiendo de esta forma, variar la utilización del significado tantas veces como situaciones se presenten. Es decir la interpretación se convierte en una cuestión de manipular significados, el actor selecciona, controla, suspende, re-agrupa y transforma los significados a la luz de la situación en la que está ubicado, y de la dirección de su acción.. El interaccionismo simbólico, nos ayudó a comprender la percepción de los actores del sistema de protección local en relación al derecho a la protección de niños, niñas y adolescentes. Esto a partir del significado, la interpretación y la experiencia de cada actor.. 18.
(19) Para esto definimos percepción como: “el proceso mediante el cual un individuo recibe, selecciona, organiza e interpreta información para crearse una imagen significativa del mundo” (Mayo y Jarvis, 1981, citados en Pizam y Mansfeld, 1999).. Para tener una mejor compresión sobre la percepción de los actores formales e informales del sistema de protección sobre el ejercicio del derecho a la protección ante violencia de niñas, niños y adolescentes hemos retomado como teoría general: el Enfoque de Derechos: A partir del reconocimiento de los derechos humanos como parte intrínseca del desarrollo, y del desarrollo como un medio para hacer realidad los derechos humanos, surge a finales de los años 90 el enfoque de derechos humanos. El objetivo de este enfoque es integrar en las prácticas del desarrollo, los principios éticos y legales inherentes a los derechos humanos. El enfoque de derechos busca cortar con anteriores prácticas del desarrollo centradas en la identificación y satisfacción de las necesidades básicas de la población beneficiaria, y reemplazarlas por prácticas basadas en el reconocimiento de que toda persona es titular de unos derechos inherentes. El objetivo ya no es la satisfacción de necesidades, sino la realización de derechos. Esta distinción es clave. Los derechos implican obligaciones. Las necesidades no. (PNUD, 2010, pág. 16).. De acuerdo con el planteamiento de Solís (2003):. En el ámbito del Enfoque de Derechos en la niñez y la adolescencia, UNICEF (1999) señala dos fuentes: la Doctrina de Derechos Humanos y el Enfoque de Niñez. Si bien algunos autores y organismos conciben estas fuentes como contradictorias, otros señalan que, en “términos de acción política no existe una contraposición y que en el ámbito de la factibilidad en que se encuentra la lucha por el reconocimiento de los niños y niñas como sujetos, esa discusión no pareciera ser tan relevante” (UNICEF, 1999), posición que en nuestro caso particular es compartida. Interesa particularmente destacar que -ambas fuentes- (de las que se describirán sus principales planteamientos) concuerdan en que el reconocimiento de los derechos humanos y la relación entre el sujeto y la sociedad deben ir más allá de lo jurídico.. 19.
(20) Planteamientos básicos del Enfoque de Niñez y Adolescencia:. a) Como punto de partida, se establece que elementos de la vida cotidiana que son vitales en el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes, no pueden ser legislados, por tanto, el reconocimiento y los derechos de la niñez y la adolescencia, trascienden el enfoque jurídico.. b) Se reconoce la especificidad de la niñez y la adolescencia en sus distintas dimensiones, personal y social, de allí que se le conciba simultáneamente como sujeto social y sujeto de derechos.. c) Se considera la necesidad de observar críticamente la propia cultura y sus representaciones sociales, como una vía para constatar el lugar y valor que en ella se le ha dado a las personas menores de edad. Se trata de repensar la vida, las creencias, las expresiones de los afectos, las percepciones, los valores y las costumbres, que constituyen el marco de interacción por el que transitan sus experiencias, pudiendo descubrir cómo la propia sociedad posibilita o niega el ejercicio de sus derechos.. d) Asimismo, se considera que el desarrollo de la niñez y la adolescencia es un proceso de construcción vinculado estrechamente a las condiciones materiales de vida, pudiendo afirmarse que la pobreza –como problema estructural- se convierte en un escenario que cotidianamente recorta el futuro. Esto se traduce no solo en la violación a sus derechos fundamentales, sino también en las significaciones individuales y sociales generadas en el contexto de la deprivación y la exclusión de oportunidades en todos los ámbitos.. e) Se estima que las oportunidades diferenciales a que cada persona menor de edad ha tenido y tiene acceso juegan un importante papel en sus distintas formas de actuar, percibir, vivir e internalizar la realidad.. 20.
(21) Referentes Conceptuales Para identificar y comprender los significados que los actores del sistema de protección le otorgan al ejercicio del derecho a la protección ante la violencia hacia niñas, niños y adolescentes, partiremos de las siguientes definiciones:. a. Percepción Para Matlin y Foley (1996) la percepción explica las sensaciones, dándole significado y organización.. En este sentido Shiffman y Laza (2000) nos dicen que: En el acto de percibir, el cerebro no solamente registra los datos sino que también interpreta las impresiones de los sentidos de los seres humanos. La percepción no es, como la respuesta automática de una máquina, sino que ocurre de otro modo. La respuesta que se da al estímulo viene siempre re-estructurada, de tal modo que un mismo fenómeno observado y percibido por distintas personas, recibe respuestas distintas y es interpretado de modo muy distinto.. Para tener una mejor comprensión de la percepción consideramos necesario abordar algunos elementos de la percepción.. Según Martínez (2002) en toda percepción concurren una serie de eventos y datos dispares que necesitan ser estructurados para poder obtener una información del mundo de fuera. Entre estos datos y elementos distinguiremos tres principales: a. Recepción sensorial: La base de la perfección es la recepción proveniente de los sentidos, sin sensación es imposible cualquier tipo de percepción. b. Estructuración simbólica: La percepción va siempre ligada a una representación, a un concepto, o una significación. c. Elementos emocionales: Es posible que muchas de nuestras percepciones nos dejen indiferente, pero la mayoría de ellas van íntimamente ligada a procesos emocionales a los propios, dando lugar en nosotros a sentimientos o emociones agradables o desagradables.. 21.
(22) Otro elemento involucrado en el proceso perceptual es el conductual, en el sentido que la percepción es capaz de generar conducta, dependiendo de cómo el individuo perciba una manifestación, manifestara una determinada conducta, ya sea si la persona percibe la situación como potencialmente peligrosa o no.. En diversas definiciones también se ha mencionado como la Percepción es un proceso subjetivo, de condición selectiva y temporal, que varía a partir de las experiencias.. b. Niñas, Niñas y adolescentes De acuerdo al Código de la Niñez y Adolescencia de Nicaragua (1998) se consideran como niña y niño a los que no hubiesen cumplido los 13 años de edad y adolescente a los que se encuentren entre los 13 y 18 años de edad, no cumplidos.. c. Violencia Hemos retomando dos definiciones la primera es el concepto que se plantea en el artículo 19 de la Convención de los derechos del niño (1989) donde se define la Violencia como “toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual”.. La otra definición es la recogida en el informe mundial sobre la violencia y la salud (2002) que plantea que la violencia es: el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra un niño, por parte de una persona o un grupo, que cause o tenga muchas probabilidades de causar perjuicio efectivo o potencial a la salud del niño, a su supervivencia, desarrollo o dignidad.. Según UNICEF (2010): La violencia es omnipresente en las sociedades en las que los niños y niñas crecen. La violencia tiene sus raíces en cuestiones como las relaciones de poder asociadas al género, la exclusión, y la ausencia de protección por parte de un tutor adulto y de reglas sociales que protejan o respeten a la infancia. Otros factores pueden ser el consumo de drogas, el fácil acceso a armas de fuego, el consumo de alcohol, el desempleo, la delincuencia, la. 22.
(23) impunidad y el encubrimiento. La violencia puede tener consecuencias graves para el desarrollo del niño. En casos extremos resulta en lesiones graves o incluso la muerte. No obstante, también puede afectar a la salud del niño, a su capacidad de aprendizaje o incluso a su voluntad de ir a la escuela. La violencia puede ser causa de que el niño huya de su hogar, exponiéndole así a más peligros. Asimismo la violencia destruye la autoestima de los niños y niñas y puede imposibilitarles para ser unos buenos padres en el futuro. Los niños y niñas que padecen violencia son más proclives de adultos a la depresión y al suicidio.. d. Protección de Niñez y Adolescencia ante todas las formas de violencia Protección a la niñez son todas las medidas que se toman para prevenir y responder a la explotación, abuso y otras formas de violencia que afectan a las niñas, niños y adolescentes. La Protección de la niñez y adolescencia es responsabilidad de todos, de las instituciones de gobierno, organizaciones de la sociedad civil, familia, comunidad y los mismos niños, niñas y adolescentes, que de manera articulada definen mecanismos y funciones en el marco de la legislación que rija en el país (Visión Mundial 2011).. e. Sistema de Protección de la Niñez Lo anterior es posible cuando la protección de la niñez se aborda desde un enfoque sistémico, que logre armonizar las partes de un sistema de manera funcional; para ello se ha retomado la definición que Visión Mundial (2011) sobre el Sistema de Protección de la Niñez como “un conjunto de elementos formales e informales que trabajan en conjunto para prevenir y responder al abuso, negligencia, explotación y otras formas de violencia contra la niñez.” El principal objetivo de un sistema de protección de la niñez es fortalecer el ambiente protector alrededor de la niñez, así como fortalecer a la misma niñez, con el fin de asegurar su bienestar y el cumplimento de su derecho a la protección contra el abuso, la negligencia, la explotación y otras formas de violencia. A partir de la definición planteada por Visión Mundial, el Sistema de Protección de la Niñez está conformado por siete elementos: leyes y políticas, servicios y sus mecanismos de entrega, la capacidad de los proveedores de servicios, cooperación y coordinación, y mecanismos de rendición de cuentas, un ‘círculo de cuido’ que rodee a la niñez, resiliencia en la niñez y habilidades para la vida.. 23.
(24) Son actores formales del sistema de protección las instancias Gubernamentales y Estatales, son actores informales la familia, la comunidad, las organizaciones basadas en la Fe, las organizaciones no gubernamentales, las niños, niños y adolescentes y todos los actores que se involucran en el sistema de protección y no son parte de la instancias Gubernamentales.. Esta misma definición plantea que un enfoque sistémico hacia la protección de la niñez busca: . Abordar los problemas de protección de la niñez de manera comprehensiva y sostenible, incluyendo factores culturales, políticos, sociales, espirituales y financieros.. . Afirmar el papel de los padres (ambos, madres y padres) y otros cuidadores como aquellos primeros responsables de cuidar y proteger a la niñez.. . Afirmar la responsabilidad de los Estados de garantizar el cuidado y protección de la niñez, a través del respeto, protección y cumplimiento de sus derechos de protección establecidos en la Convención de Derechos de la Niñez y otros instrumentos internacionales de derechos humanos.. . Afirmar el papel de la niñez en su propia protección y la de sus pares.. . Fortalecer los ambientes de protección para la niñez.. f. Protección integral. De acuerdo al artículo ¨ Enfoque de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes¨ del Centro de Estudios Sociales y Publicaciones de Perú, la Doctrina de la Protección Integral:. Es en su formulación más simple, como la obligación que la sociedad en su conjunto tiene, de garantizar y respetar todos los derechos para todos los niños, todas las niñas y todos los y las adolescentes. Es la expresión de una nueva forma de relación social entre adultos y niños, niñas y adolescentes; una forma de relación en la que, además, el Estado debe mediar como un garante para facilitar el cumplimiento de los derechos y para intervenir cuando éstos no son respetados.. La Protección Integral tiene su fundamento en los principios universales de los derechos humanos: la dignidad, la equidad y la justicia social. Se complementa con los principios. 24.
(25) particulares de igualdad y no discriminación, efectividad y prioridad absoluta, interés superior del niño y participación solidaria. Este último principio enfatiza la necesaria participación conjunta del Estado, la comunidad y la familia para el pleno ejercicio de derechos de niños, niñas y adolescentes.. Al incorporar estos principios a la definición de la Protección Integral, se entiende que ésta se concreta en un conjunto de acciones, políticas, planes y programas que con prioridad absoluta se definen y ejecutan desde el Estado, con la participación solidaria de la familia y la sociedad en su conjunto, para garantizar que todos los niños, niñas y adolescentes gocen de manera efectiva y sin discriminación de los derechos humanos que les corresponden, incluyendo la protección para aquellos y aquellas cuyos derechos han sido vulnerados.. La Doctrina de la Protección Integral, supone dos grandes grupos de acciones, aquellas vinculadas a los derechos universales que le corresponden a todos los niños, niñas y adolescentes (políticas públicas universales) y aquellas dirigidas a protegerles frente a situaciones que impiden el ejercicio de otros derechos o los violentan (políticas especiales de protección).. 25.
(26) VII.. METODOLOGÍA 7.1 Tipo de Investigación. En relación al tipo de estudio, esta investigación es una investigación cualitativa, que analizó el significado que los actores del sistema de protección le asignan al ejercicio del derecho a la protección de niñas, niños y adolescentes, a partir de su experiencia. La investigación cualitativa nos permitió conocer la vivencia de los propios sujetos del derecho a la protección y captar los significados sociales en sus acciones, de esta manera la investigación cualitativa nos permitió responder a las preguntas de investigación planteadas en este estudio. En cuanto al nivel de profundidad es una investigación descriptiva de corte transversal, la cual se realizó durante septiembre 2013 a septiembre 2014. El estudio se realizó en el ambiente natural en el que se desarrollan los actores del sistema de protección, por tanto es no experimental.. 7.2. Muestra Es una muestra teórica intencionada a criterio del investigador.. 7.3. Criterios de selección Para este estudio se seleccionaron actores formales y actores informales que conforman el Sistema de Protección Local de Tipitapa y para ellos se partió de los siguientes criterios: . Instituciones del Estado presentes en el municipio de Tipitapa garantes de la Protección de la Niñez.. . Líderes comunitarios que tienen experiencia en el tema de Protección de la Niñez.. . Organizaciones de la sociedad civil que trabajan el tema de Protección de la Niñez.. . Niñas, niños y adolescentes de 12 a 18 años que habitan en el municipio de Tipitapa.. Participaron en entrevistas cuatro actores formales y dos actores informales; y en grupos focales participaron niñas, niños y adolescentes como actores informales del sistema.. 26.
(27) Los Actores Formales que participaron en el estudio fueron representantes municipales de instituciones gubernamentales del: 1. MIFAN 2. MINED 3. Medicina Legal 4. Comisaría de la Mujer y Niñez. Los Actores Informales en el municipio, que participaron en el estudio fueron: 5. Una Líder comunitaria 6. Niñas y Niños 7. Adolescentes 8. IXCHEN (Representante de ONG).. 7.4. Técnicas utilizadas. Existen diversas técnicas que pueden ser utilizadas en una investigación cualitativa para este estudio hemos utilizado dos: entrevistas semi-estructuradas y grupos focales.. Las entrevistas semi-estructuradas fueron realizadas con actores formales y actores informales adultos del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (Noviembre y Diciembre 2013). La entrevista fue una forma de comprender de las propias palabras de los sujetos su percepción y el ser una entrevista de tipo semi-estructurada nos permitió orientar la entrevista de cara a considerar todos aquellos aspectos relacionados con las preguntas de investigación; a la misma vez nos facilitó realizar nuevas preguntas para profundizar en las respuestas de los sujetos.. Partiendo de los componentes de análisis planteados en los objetivos, la entrevista estaba dividida en tres secciones: Comprensión sobre el derecho a la comprensión y violencia, Acciones que se realizan para ejercer el derecho a la protección y Experiencias en relación al ejercicio del derecho a la protección (ver formato en anexo).. 27.
(28) Grupo Focal con: Niñas, Niños y Adolescentes (hombres y mujeres). Se realizaron dos grupos focales, uno con niñas y niños y otro con adolescentes hombres y mujeres, en el período de noviembre y diciembre del 2013.. El utilizar la técnica de grupos focales nos permitió generar un espacio de confianza para conversar con las niñas, niños y adolescentes sobre sus vivencias (sentires, pensamientos y conductas) alrededor del derecho a la protección. (ver formato en anexo).. Durante los grupos focales se aplicaron algunas herramientas para facilitar la conversación: Donde están los más vulnerables y Quienes son los más vulnerables. Ambas herramientas buscan identificar en sus comunidades quienes son las niñas, niños y adolescentes que están en mayor riesgo. Otras herramientas utilizadas fueron: Diagrama del Araña y Sombrilla del cuido que pretenden identificar su experiencia en relación a quienes lo protegen, cuidan y personas que pueden violentarles.. 7.5. Fases de la investigación. Esta investigación se realizó principalmente en cuatro grandes momentos:. Fase 1: Exploratoria para definir y delimitar el tema de investigación. Durante esta fase se realizó una revisión documental sobre la situación de violencia que viven niñas, niños y adolescentes y lo establecido legalmente tanto a nivel internacional como nacional. Esta revisión nos permitió irnos acercando al tema de investigación relacionado con el derecho a la protección ante violencia que tienen niñas, niños y adolescentes.. Fase 2: Definición del Problema, Marco Teórico, Objetivos y Operacionalización de Variables. El tener un acercamiento al tema de investigación nos permitió ir identificando algunos problemas vinculados con la implementación de las normativas existentes para la protección de niñas, niños y adolescentes. Durante esta etapa se hizo necesario seguir indagando sobre la situación de violencia que vive la niñez y adolescencia y para comprender mejor la información identificamos. 28.
(29) un marco teórico y conceptual que nos permitió entender y problematizar la situación; de aquí surgieron las preguntas y los objetivos de investigación. Esta etapa la concluimos con la Operacionalización de las Variables, cuyo formato se puede ver en los anexos.. Fase 3: Recopilación de información primaria y Procesamiento de información, a través de tabla de salida. En esta etapa se diseñaron los instrumentos a utilizar para obtener información primaria, luego se hicieron las coordinaciones correspondientes para aplicarlos.. La información obtenida fue. transcrita y luego procesada en una tabla de salida, cuyo formato se puede ver en los anexos.. Fase 4: Análisis de la información, Conclusiones y Recomendaciones. La información obtenida fue analizada a partir del marco teórico y conceptual, este análisis permitió también realizar las conclusiones y recomendaciones.. 29.
(30) VIII.. RESULTADOS Los resultados que a continuación se describen corresponden a las opiniones expresadas a través de las entrevistas y grupos focales de los actores tanto formales e informales del Sistema de Protección local de Tipitapa. Se presenta el análisis en el siguiente orden: Actores formales: a. MIFAN b. MINED c. Medicina Legal d. Comisaría de la Mujer y la Niñez Actores informales: e. Promotora de Justicia y Líder Comunitaria f. Niñas y Niños g. Adolescentes h. Representante de una ONG.. 1. Comprensión que tienen los actores del sistema de protección local sobre el derecho a la protección ante la violencia dirigida a Niñas, Niños y Adolescentes. ACTORES FORMALES MIFAN “El maltrato físico, es como el mismo código dice: corrección, no es que lo voy hacer todo los días, es una vez, algo esporádico, donde no hay lesiones y a eso le llaman maltrato y a los que realmente se han maltratado no los denuncian” Para la representante del MIFAN, en el municipio, el respeto a las normas jurídicas e institucionales es de alta importancia para hacer cumplir el derecho a la protección de niñas, niños y adolescentes. Define este derecho de la siguiente manera: “es que el niño viva, como dice la constitución, como dice el código de la niñez, tener una vida libre, tener derecho a una ideología libre desde su infancia, a expresar lo que él quiere, lo que no quiere”.. 30.
(31) Como formas de violencia hacia la niñez y adolescencia, identifica el maltrato verbal, físico, negligencia, abusos deshonestos o abuso sexual, los cuales menciona como los más frecuentes en su municipio. Sobre el maltrato físico comenta que mientras no haya lesiones graves, se considera corrección y no maltrato físico. En cuanto a la Negligencia afirma que es cuando la madre y el padre deja a los niños, o estos, andan en la calle, no comen, están sin bañarse, sin asearse, el hogar desarreglado, desordenado, aunque la mamá puede tener la situación bajo control. Al preguntar sobre el funcionamiento del Sistema de Protección, la representante del MIFAN, expresó no conocer a fondo como trabajan las otras instituciones, haciendo notar que cada institución tiene su eje de trabajo. Se centra en el rol del MIFAN, compartiendo que tienen la responsabilidad de dar seguimiento a situaciones de protección de niñas, niños y adolescentes por un período determinado de tres a seis meses en un caso, período que puede extenderse, en caso que el niño no esté estable o sus padres no estén cumpliendo con los compromisos adquiridos. “Nuestro protocolo de atención nos da orientaciones de cómo vamos a accionar.” El enfoque de derecho de niñez y adolescencia, implica dos fuentes, la doctrina de derechos humanos y el enfoque de niñez, al analizar el planteamiento de la representante del MIFAN se identifica una definición del derecho a la Protección íntimamente vinculada con las normas jurídicas, con más relación a la doctrina de derechos humanos, sin embargo se encuentran pocos elementos que evidencien el reconocimiento del niño, niña o adolescente como sujeto de derecho, es decir trascender lo jurídico. Puede percibirse que persiste una concepción naturalizada del uso del maltrato físico como forma de disciplina; aduciendo la existencia del maltrato físico cuando los golpes generan lesiones graves. Además en su definición de violencia no establece la relación de la violencia con el uso del poder, aspecto crucial que se plantea en la mayoría de las definiciones teóricas sobre la violencia. También puede notarse una concepción que coloca la responsabilidad principal del cuidado de los hijos e hijas y del hogar en la mujer, adjudicando las situaciones de negligencia como consecuencia de la conducta de la madre.. 31.
(32) Se puede notar que en su visión del Sistema de Protección de la Niñez, tiene claridad del rol de su institución, respaldado por su normativa institucional, reconoce que cada institución juega un rol importante, sin embargo no existe claridad sobre las funciones específicas de esas instituciones, tampoco como se articulan entre sí para prevenir y responder a la violencia contra niñas, niños y adolescentes, como lo plantea el enfoque sistémico que busca armonizar las partes del sistema de manera funcional.. MINED “El Derecho a la Protección, se traduce en que los niños tengan todas las condiciones que ellos necesitan tener para su bienestar, tanto emocional, psicológico en su entorno; es una medida contemplada en la constitución política, que es la carta magna y que se ha retomado desde la declaración de los derechos del niño.” La representante del MINED, expresa que el tema de protección de la niñez y adolescencia ha tenido avances significativos en el territorio, sin embargo reconoce que es necesario trabajar con mayor fuerza en el empoderamiento de la familia y la comunidad. Considera como violencia contra niña, niños y adolescentes el, “abuso deshonesto, la intimidación, el acoso, la explotación, niñas y niños pidiendo en la calle, vendiendo para poder llevar el alimento a su casa, niños que abandonan la escuela y niños que no son reconocidos por sus padres”. En cuanto a algunas formas de violencia las define de la siguiente manera: “Abuso Sexual es una acción inadecuada y negativa, un delito que no puede darse de ninguna manera. El Abuso Físico es un delito que ya está dentro de las reformas constitucionales, tiene sanciones y tiene medidas precautelares. La Negligencia es cuando las niñas y niños no reciben alimento por alguno de sus padres por falta de obligación o responsabilidad. La Explotación se da cuando los niños son utilizados para hacer trabajos de adultos”. En relación al Sistema de Protección, identifica falta de empoderamiento de las madres para brindar protección. Considera que cuando se dan situaciones que ameritan protección de un niño o una niña, no siempre se reportan; algunas de las principales razones que menciona son: vergüenza, creencias religiosas, falta de sensibilización o desconocimiento del proceso de denuncia y atención.. 32.
(33) Por otro lado considera que los niños y niñas tienen un rol protagónico, “ellos están definiendo que es lo que quisieran, cómo les gustaría que fuera su niñez y están participando en la toma de decisiones.” Uno de los planteamientos básicos del enfoque de derecho de niñez y adolescencia toma como punto de partida la consideración de elementos de la vida cotidiana que son vitales para el desarrollo de niñas, niños y adolescentes, trascendiendo el enfoque jurídico, en este sentido se identifica un reconocimiento de este planteamiento en la definición del derecho a la protección que ha brindado la representante del MINED. En relación a su concepción de violencia ella identifica la mayoría de las formas de violencia contenidas en el artículo 19 de la Convención de los derechos del niño (1989). Sin embargo, si retomamos las definiciones teóricas sobre la violencia, en su relato no establece la relación de la violencia con el uso del poder. Puede apreciarse que en relación a su comprensión sobre el Sistema de Protección, existe una atribución de mayor responsabilidad a las familias, comunidad y un menor reconocimiento al rol de garante que le corresponde al Estado, en este caso al MINED. Medicina Legal “En las familias es muy frecuente escuchar “Que le pegó la mamá, que le pegó el papá, que le pegó el tío, que le pegó el abuelo.” Para la representante de Medicina Legal, el derecho a la protección inicia, según lo expresado textualmente, desde que el producto está en el útero, después con su nacimiento, su desarrollo y hasta que deja de ser un adolescente. Al abordar sobre la definición de la violencia contra niñas, niños y adolescentes, menciona lo siguiente: delitos sexuales, lesiones, violencia intrafamiliar (de los padres hacia sus hijos, de los tíos hacia los sobrinos, todo en el vínculo familiar) además lo relaciona con lesiones por parte vecindario. En cuanto al funcionamiento del Sistema de Protección, considera que se ha trabajado muy bien con todas las instituciones.. 33.
(34) Se puede percibir en su definición del derecho a la protección, que cuenta con una compresión de los ciclos de vida, pues reconoce la especificidad y dimensiones de cada etapa y la importancia de este derecho en cada una de ellas. En relación a su definición de violencia, plantea diferentes expresiones de la violencia; sin embargo, si retomamos las definiciones teóricas sobre la violencia, en sus respuestas no establece la relación de la violencia con el uso del poder. En cuanto al Sistema de Protección, no brindó insumos suficientes para realizar un análisis. Comisaría de la Mujer y la Niñez “Es restitución de derecho que yo voy a poner mis problemas y me dan respuesta.” La representante de la Comisaría de la Mujer la Niñez en Tipitapa, define el derecho a la protección como lo que está mandatado en la ley. Considera que la situación de violencia que más viven niñas, niños y adolescentes tiene que ver con el descuido y adjudica como causa el que las mamás cambien de pareja. Identifica como grupo más vulnerable a niñas y niños de 6 a 12 años. Sobre el Sistema de Protección considera que en el municipio se trabaja como sistema entre todas las instituciones y se capacitan entre sí. Si retomamos que el enfoque de derecho que busca cortar con anteriores prácticas del desarrollo, centradas en la identificación y satisfacción de necesidades básicas y reemplazarlas por prácticas basadas en el reconocimiento de que toda persona es titular de derechos inherentes, se pueden encontrar algunas contradicciones en su definición del derecho a la protección, en cuanto a colocar a la persona como pasiva, esperando que respondan a sus necesidades y desde la realización de derechos, también se encuentra una fuerte vinculación con el marco jurídico, sin retomar la dimensión social y personal, que son fundamentales desde el enfoque de derecho. En cuanto a su definición de violencia, lo asocia únicamente con el descuido, sin retomar los otros elementos de la violencia como las relaciones de poder, también hace una clara adjudicación de la responsabilidad de la protección a las madres, obviando la responsabilidad que también tienen los padres, la familia y la comunidad.. 34.
(35) Reconoce la importancia de trabajar articuladamente entre las instituciones, la relevancia del desarrollo de capacidades en los funcionarios, que es uno de los elementos que plantea el enfoque de sistema de protección. ACTORES INFORMALES Promotora de Justicia y Líder Comunitaria “Me genera indignación al ver que no hay restitución de derecho.” Sobre el derecho a la protección lo define como el poner en práctica las leyes que existen, citando el código de la niñez como el documento legal que encierra todos los derechos. Al abordar el tema de violencia contra niñas, niños y adolescentes, menciona la violencia intrafamiliar (violencia de padre y madre hacia los hijos), violencia en la escuela por parte de maestros, explotación laboral y como grupo más vulnerable señala a niños y niñas de 9 a 16 años. “La violencia intrafamiliar se ve normal, aunque se vea exagerado”. De acuerdo a lo mencionado por la promotora, en las comunidades, el abuso sexual en niñas mayores de 12 años es calificado como consecuencia de la voluntad de las niñas, por ser consideradas mayores de edad. En relación a la explotación laboral de niñas, niños y adolescentes expresa que es una situación que continúa presentándose, que la población les emplea y no remunera lo justo. En relación al funcionamiento del sistema de protección, expresa, que no funciona de manera adecuada, pues no se logra una atención integral. En cuanto a las instituciones del sistema de protección que identificó con mayores retos, mencionó a la Comisaría de la Mujer y la Policía, que aun cuando varios casos reciben respuesta, otros quedan en la impunidad. En su definición sobre el derecho a la protección deja claro su vinculación con el ámbito jurídico, dejando a un lado los otros ámbitos rescatados por el enfoque de derechos; sin embargo es de resaltar la mención que hace del código de la niñez como documento central en función de los. 35.
(36) derechos de los niños, niñas y adolescentes. Este documento legal incorpora los ámbitos contenidos en la convención de los derechos del niño y el enfoque de derechos. Sobre su definición de violencia se percibe una interiorización del principio causal de las relaciones de poder en el ejercicio de esta, evidenciado en los ejemplos expuestos sobre las relaciones que establecen los adultos con niños y niñas desde el poder (padres, madres y docentes). La promotora hace una diferenciación de los tipos de violencia y los contextualiza a su territorio. En esto es necesario hacer notar que al mencionar sobre la explotación laboral de niñas, niños y adolescentes identifica como uno de los problemas, el tema de la poca remuneración que reciben, más que las consecuencias psico-sociales que genera la explotación en niños, niñas y adolescentes. Su definición de Sistema de Protección está centrada en los roles de las instituciones garantes de la protección (Estado) obviando el sentido de co-responsabilidad que rescata el enfoque de sistemas. Niñas y Niños “El abuso sexual es como que si alguien quiere hacer eso con otra persona y la otra persona no quiere.” Las niñas y niños consideran que la violencia es: pegarles, herirles, tratarlos, ofenderlos, matarlos con un cuchillo, gritarles, violar a una persona, maltrato verbal, maltrato físico, lastimarlos, abuso sexual, hacerles groserías, hacer maldades y echarles brujería. Los lugares y personas donde sienten que están en mayor riesgo por violencia son: la familia porque les maltratan físicamente ¨mi tía porque me pega, ¨ la escuela expresando ¨los maestros viven enojados; ¨ la comunidad ¨ las cantinas porque se arman pleitos por guaro, y se agarran a patadas y botellazos¨ el barrio ¨siempre en el campo de football.¨ Por otro lado expresaron que se sienten más seguros en: la escuela, la casa y la iglesia. De acuerdo al concepto de percepción esta está íntimamente ligada a procesos emocionales, dando lugar en nosotros a sentimientos o emociones agradables o desagradables. Es evidente que la percepción de niñas y niños sobre violencia está estrechamente vinculada con las emociones que. 36.
Documento similar
In addition to the requirements set out in Chapter VII MDR, also other MDR requirements should apply to ‘legacy devices’, provided that those requirements
The notified body that issued the AIMDD or MDD certificate may confirm in writing (after having reviewed manufacturer’s description of the (proposed) change) that the
Cedulario se inicia a mediados del siglo XVIL, por sus propias cédulas puede advertirse que no estaba totalmente conquistada la Nueva Gali- cia, ya que a fines del siglo xvn y en
Para ello, trabajaremos con una colección de cartas redactadas desde allí, impresa en Évora en 1598 y otros documentos jesuitas: el Sumario de las cosas de Japón (1583),
En junio de 1980, el Departamento de Literatura Española de la Universi- dad de Sevilla, tras consultar con diversos estudiosos del poeta, decidió propo- ner al Claustro de la
Entre nosotros anda un escritor de cosas de filología, paisano de Costa, que no deja de tener ingenio y garbo; pero cuyas obras tienen de todo menos de ciencia, y aun
E Clamades andaua sienpre sobre el caua- 11o de madera, y en poco tienpo fue tan lexos, que el no sabia en donde estaña; pero el tomo muy gran esfuergo en si, y pensó yendo assi
[r]