MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Dirección General de Despacho y Legislación
BOLETIN OFICIAL Nº 7 2 9
2da. Quincena de Diciembre de 2006
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION
BOLETIN OFICIAL Nº 7 2 9
2da. Quincena de Diciembre de 2006
AUTORIDADES MUNICIPALES
INTENDENTE MUNICIPAL: Dr. Angel Gustavo Posse
Secretario Gral. de Gobierno y Administración Lic. Héctor A. Prassel Subsecretario Gral. De Gobierno y Administración Dr. Ricardo J. M. Rivas Secretaría de Inspecciones y R. Urbanos Cdor. Guillermo Sánchez Landa Secretario de Desarrollo Social Sr. Mario Salvador Alonso Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo Landivar Secretario de Planeamiento Dr. Carlos Prassel
Secretaria de Tránsito S. y C. Comunitarios Sra. Amabella Leonhardt Secretario de Servicios Públicos Sr. Alberto Trípoli Secretario de Producción y D. al Consumidor Lic. Pablo Chamatropulos Secretario Privado Sr. Juan Carlos Canal Secretario de Integración Comunitaria Arturo Isaac Flier
CONTENIDO DE ESTE NUMERO
ORDENANZAS: 8226 , 8227, 8233, 8237 y 8240
DECRETOS: 3328 a 3390
RESOLUCIONES SI y RU: 1290 a 1471
RESOLUCIONES STS y CC: 217 a 235
RESOLUCIONES (O. Particulares): 173 a 189
RESOLUCIONES DE PERSONAL: 720 a 763
RESOLUCIONES DE S. PUBLICA: 1358 a 1430
RESOLUCIONES DE O. PUBLICAS: 156 a 164
INDICE TEMATICO
ORDENANZA Nº 8226: CALCULO DE RECURSOS Y PRESUPUESTO DE
GASTOS PARA EL EJERCICIO 2007.
-Publicada en Boletín Oficial Edición Extra Nº 287 del 11 de enero de
ORDENANZA Nº 8227: PIROTECNIA
-Reglamentación Modificación Ordenanza Nº 8193.-
ORDENANZA Nº 8233: PUBLICIDAD
-Explotación espacios publicitarios Grupo al Sur S.A-
ORDENANZA Nº 8237: DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL
-Desafectación calle Mitre.-
ORDENANZA Nº 8240: DONACIONES
Ref. Expte. Nº
SAN ISIDRO, 28 de diciembre de 2006.- PROMULGADA POR DECRETO NRO. 3384
DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2006
Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en
su VIGESIMA SEXTA REUNION OCTAVA SESION EXTRAORDINARIA de
fecha 27 de diciembre de 2006, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8227, cuyo texto transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8227
PIROTECNIA Reglamentación Modificación Ordenanza Nº 8193 ARTICULOModifícase el artículo 3° de la Ordenanza N° 8193 en cuanto al espacio para estacionamiento y circulación vehicular alrededor de los puestos de venta se refiere, quedando redactado de la siguiente manera:
Artículo 3ro.: Dispónese que habrá un espacio libre de estacionamiento y
circulación de vehículos, en un radio de 5 metros alrededor de los puestos de venta de artículos de pirotécnia, en espacios libres o playas de estacionamiento habilitadas, con habilitación en trámite, o a ser habilitadas para tal fin.
La medida se establece tanto para hipermercados, supermercados, locales de alquiler de videos y películas, o cualquier centro comercial de similares características.
Cabe aclarar que el radio determinado deberá encontrarse vallado para mayor seguridad.
No podrán instalarse estos puestos de venta, si la localización de ellos, redujera y/o limitara la cantidad de módulos, que el Municipio hubiese impuesto como obligatorios o necesarios, para el desarrollo de la actividad.
Ref. Expte. Nº
///
ARTICULO 2º.-: Mantiénense en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones de la Ordenanza N° 8193.-
ARTICULO 3º.-: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-
Sirva la presente de atenta nota de envío.- p.b.
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
JOSÉ MARIA AMADO Secretario
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
JULIA RITA KUZIS Presidente
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
6
PROMULGADA POR DECRETO NRO. 3383 DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2006
Ref. Expte. Nº 6 Cuerpos.-
SAN ISIDRO, 28 de diciembre de 2006.-
Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su VIGESIMA
SEXTA REUNION OCTAVA SESION EXTRAORDINARIA de fecha 27 de diciembre
de 2006, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8233, cuyo texto transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8233
PUBLICIDAD
Explotación espacios publicitarios Grupo al Sur S.A
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar la recomposición del contrato de Explotación en forma exclusiva de espacios publicitarios, en refugios de paradas de transporte público, cestos papeleros y otros elementos afines, a instalar en calles y avenidas del Partido , suscripto con la empresa Grupo al Sur S.A., antes denominada Publicidad Rainbow S.A., en el marco de la Licitación Pública Nº 17/96.-
ARTICULO 2º.- La recomposición autorizada deberá realizarse con sujeción a los límites existentes en la propuesta de la Adjudicataria obrante en fojas 1136 a 1182 del Cuerpo Nº 6 del Expediente Nº 8476-G-96, sin modificar el plazo de vencimiento de la Concesión emergente del Contrato originalmente suscripto.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-
Sirva la presente de atenta nota de envío.- p.b.
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
JOSÉ MARIA AMADO Secretario
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
JULIA RITA KUZIS Presidente
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
7
PROMULGADA POR DECRETO NRO. 3381 DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2006
Ref. Expte. Nº 8950-B-2000.- Expte. Nº 14031-D-2005
SAN ISIDRO, 28 de diciembre de 2006.-
Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su VIGESIMA
SEXTA REUNION OCTAVA SESION EXTRAORDINARIA de fecha 27 de diciembre
de 2006, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8237, cuyo texto transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8237
DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Desafectación calle Mitre
ARTICULO 1º.- Desaféctase del Dominio Público Municipal el tramo de la calle Mitre, entre la calle Roca hasta su terminación en la Dársena Norte del Bouting Club, ubicado en la Ciudad de Beccar, Partido de San Isidro, y cuya superficie es de aproximadamente 343,46 m2.-
ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a la venta de la fracción mencionada en el Artículo anterior, previo cumplimiento de lo dispuesto por el inciso c), artículo 25 de la Ley Provincial 9533, a un valor no inferior a $ 976,50 el metro cuadrado.-
ARTICULO 3º.- Correrá por cuenta del Comprador la totalidad de los gastos y/o impuestos emergentes de la operación de compraventa, mensura, escrituración y cualquier otro tipo de trámite que fuera menester efectuar.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-
Sirva la presente de atenta nota de envío.- p.b.
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
JOSÉ MARIA AMADO Secretario
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
JULIA RITA KUZIS Presidente
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
8
PROMULGADA POR DECRETO NRO. 3385 DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2006
Ref. Expte. Nº
SAN ISIDRO, 28 de diciembre de 2006.-
Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su VIGESIMA
SEXTA REUNION OCTAVA SESION EXTRAORDINARIA de fecha 27 de diciembre
de 2006, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8240, cuyo texto transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8240
DONACIONES Secretaría de Salud Pública
Medicamentos
ARTICULO 1º.- Acéptase la donación efectuada por la Soberana Orden de Malta, consistente en los siguientes medicamentos: Cimetidine 200 mg x 100 tabletas cada unidad en frasco de vidrio; Lisinopril 10 mg x 100 tabletas cada unidad en frasco de vidrio; Torsemide 10mg x 100 tabletas cada unidad en frasco de vidrio y Desmopressin Acetato 0.01 Spray 5ml cada unidad en frasco de vidrio, con destino a la Secretaría de Salud Pública.
ARTICULO 2º.- Explicítase en nota complementaria el agradecimiento de la Comuna por tan loable gesto.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-
Sirva la presente de atenta nota de envío.- p.b.
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
JOSÉ MARIA AMADO Secretario
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
JULIA RITA KUZIS Presidente
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
9
Ref. Expte. Nro. 12193-S-1970 y agreg.-
SAN ISIDRO, 18 de Diciembre de 2006.
DECRETO NUMERO :
3 3 2 8
VISTO la consulta interpuesta a fojas 552 de estos actuados, por la empresa Shell C.A.P.S.A., respecto de la viabilidad de autorizar la anexión del rubro Expendio de Gas Natural Comprimido G.N.C.- , al ya habilitado para combustible líquido, que funciona en la Estación de Servicio ubicada en la Avenida Santa Fe Nº 2858 y Paraná Nº 1385, de la ciudad de Martínez, en jurisdicción de este Partido; y
Considerando:
QUE las Estaciones de Servicio constituyen Usos Puntuales, razón por la cual corresponde su análisis en forma particular, a los efectos de evaluar su incidencia en el entorno y establecer las condiciones de funcionamiento, tal como lo dispone el Decreto Nº 3199/92 Texto Ordenado de las Ordenanzas Nº 6522 y Nº 6956-, y el artículo 1.2.2.8.2. del Código de Ordenamiento Urbano;
QUE en el artículo 4º del citado decreto, se fija la necesidad de estimar especialmente lo que respecta a la accesibilidad, la circulación vehicular, la fluidez del tránsito, la posibilidad de espera en el caso de expendio de Gas Natural Comprimido G.N.C.- y la situación de los edificios próximos por razones de seguridad, condicionándose cualquier modificación a introducir al cumplimiento de estos aspectos;
QUE el lugar propuesto se ubica frente a una intersección que se caracteriza por su intenso movimiento vehicular y peatonal, derivado de la transferencia de transporte público, en una manzana conformada principalmente por viviendas y con usos comerciales solamente sobre la aludida Avenida;
QUE la empresa propone anexar la parcela lindera -21 a- alcanzando así una superficie total de 1.259m2, sobre los que se desarrollarían varias actividades que generan un importante movimiento vehicular y peatonal dentro del predio: expendio de combustible líquido, engrase, lavado, estacionamiento y minimercado;
10
Ref. Expte. Nro. 12193-S-1970 y agreg.-
////
QUE por lo expuesto y en atención a que acceder a lo solicitado redundaría en mayores riesgos urbano ambientales, por la simultaneidad de expendio de los dos combustibles, por el incremento de la concurrencia y movimiento vehicular, el organismo técnico competente que elaboró el informe de fojas 557 y vuelta, opina que correspondería denegar la viabilidad consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Deniégase a la empresa Shell C.A.P.S.A., la autorización solicitada para ************** anexar el rubro Expendio de Gas Natural Comprimido G.N.C.- , al ya habilitado Estación de Servicio , que funciona en la Avenida Santa Fe Nº 2858 y Paraná Nº 1385, de la ciudad de Martínez, en jurisdicción de este Partido.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
Desp y Leg
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Inspecciones y R. Urbanos Cdor. Guillermo Sánchez Landa
11
Ref.: Expte. Nro. 11565-C-2006
SAN ISIDRO, 18 de Diciembre de 2006.-
DECRETO NUMERO:
3329
VISTO lo actuado en el presente expediente Nº 11565-C-2006 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza Nro. 8226, con fecha 7 de Diciembre de 2006, mediante la cual se aprobó el CALCULO DE RECURSOS Y PRESUPUESTO DE GASTOS PARA EL EJERCICIO 2007;
Considerando:
QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- PROMULGASE y cúmplase la Ordenanza Municipal número 8226 ************* sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 7 de Diciembre de 2006.-
ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL Cac.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
12
Ref.: Expte. Nro. 9629-J-2006.-
SAN ISIDRO, 18 de Diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 3 0
VISTO el presente expediente relacionado con la orden judicial de disponer la liberación a los adquirentes en subasta judicial de la deuda por tasas municipales hasta el día 5 de Diciembre de 2003, fecha de toma de posesión, correspondiente al inmueble ubicado en Sarmiento Nº 799, Circunscripción III, Sección D, Manzana 216, Parcela 001, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido; y
Considerando:
QUE según informe de la Asesoría Legal Municipal, a fojas 4, corresponde dar cumplimiento a lo ordenado, por lo que procede el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Libérese al/los adquirente/s en subasta judicial del inmueble ubicado en ************* Sarmiento Nº 799, Circunscripción III, Sección D, Manzana 216, Parcela 001, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, del pago de la deuda por tasas municipales, hasta el día 5 de Diciembre de 2003, fecha de toma de posesión, Cta/s. Cte/s. 340.749-
ARTICULO 2º.- Gírense los presentes actuados a la Dirección General de Rentas para la ************* prosecución del trámite, debiendo gestionar ante quien corresponda, la cancelación de la suma adeudada.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
Cac.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
13
Ref.: Expte. Nro. 12874-J-2006.-
SAN ISIDRO, 18 de Diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 3 1
VISTO el presente expediente relacionado con la orden judicial de disponer la liberación a los adquirentes en subasta judicial de la deuda por tasas municipales hasta el día 14 de Febrero de 2006, fecha de toma de posesión, correspondiente al inmueble ubicado en Cardenal Copello Nº 143, Circunscripción VII, Sección D, Manzana 007, Parcela 015, de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido; y
Considerando:
QUE según informe de la Asesoría Legal Municipal, a fojas 3, corresponde dar cumplimiento a lo ordenado, por lo que procede el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Libérese al/los adquirente/s en subasta judicial del inmueble ubicado en ************* Cardenal Copello Nº 143, Circunscripción VII, Sección D, Manzana 007, Parcela 015, de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, del pago de la deuda por tasas municipales, hasta el día 14 de Febrero de 2006, fecha de toma de posesión, Cta/s. Cte/s. Nº 740.184.-
ARTICULO 2º.- Gírense los presentes actuados a la Dirección General de Rentas para la ************* prosecución del trámite, debiendo gestionar ante quien corresponda, la cancelación de la suma adeudada.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
Cac.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
14
Ref.: Expte. Nro. 14634-C-2006.-
SAN ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 3 2
VISTO la participación de la Municipalidad de San Isidro en los diferentes programas y eventos que se realizan a nivel internacional; y Considerando:
QUE resulta imprescindible la intervención de funcionarios comunales de máxima jerarquía con el fin de difundir las soluciones practicadas en este Municipio ante las diferentes problemáticas que tiene la población;
QUE la exposición de esta Municipalidad se ha visto incrementada en los últimos años debido tanto al desafío que plantea la globalización como así también a la notoriedad que ha recibido a nivel nacional e internacional;
QUE por otro lado, dichos eventos y programas han servido de base para obtener asistencia internacional tales como la ayuda recibida en el marco de la Red-Urbal desde la Unión Europea;
QUE en el marco del escenario actual, resulta necesario mantener una comunicación fluida tanto de los funcionarios municipales que se encuentran en el exterior, como así también de otros funcionarios o representantes de entidades extranjeras y por consiguiente, surge la necesidad de efectuar y recibir llamas de larga distancia;
QUE este Departamento Ejecutivo considera, en orden a los motivos expuestos, que corresponde dictar el acto administrativo pertinente que autorice la realización de llamadas de larga distancia;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la realización de llamadas de larga distancia, las que debe-
************** rán estar relacionadas con eventos de carácter municipal, como así también el costo de los servicios relacionados sobre los teléfonos celulares, equipos de comunicación y telefonía fija de los funcionarios que a continuación se detallan:
Secretario General de Gobierno y Administración Subsecretario General de Gobierno y Administración Secretario Privado
Secretario de Obras Públicas Subsecretario de Obras Públicas
15
Ref.: Expte. Nro. 14634-C-2006.-
/////
Secretario de Producción y Def. del Consumidor Secretario de Integración Comunitaria
Secretario de Inspecciones y Registros Urbanos Director General de Cuidados Comunitarios.-
ARTICULO 2º.- La Secretaría General de Gobierno y Administración podrá requerir infor- **************mación adicional sobre las llamadas que eventualmente se realicen, en oportunidad de observarse una utilización excesiva o cuando lo estime necesario.-
ARTICULO 3º.- Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir del ejercicio 2006.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
16
Ref.: Expte. Nro. 14216-J-2006.-
SAN ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 3 3
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental, respecto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública de la Cta. Cte. N° 610.332; y
Considerando:
QUE los ingresos provienen del pequeño taller de imprenta que tiene en su hogar;
QUE su esposa es ama de casa y convive con sus dos hijos menores de 9 y 6 años;
QUE ha perdido gran parte de sus herramientas y máquinas cuando las inundaciones llegaron;
QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a eximir la totalidad de los recargos cuando la causa lo justifique, en virtud del artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- EXIMESE los accesorios por multas y recargos y gastos generados en la *************** Cta. Cte. N° 610.332, para el pago de la deuda, por la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, hasta el período 2006/5ºB, que recae sobre el inmueble sito en Avda. Bernardo de Irigoyen Nº 2600 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, a nombre de Héctor Domingo JUAREZ.-
ARTICULO 2do.- AUTORIZASE un plan de pagos de hasta sesenta (60) cuotas, dejándose ************** constancia que de no cumplir con el mismo, perderá los beneficios otorgados por el artículo 1ro. del presente, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.-
17
Ref.: Expte. Nro. 14216-J-2006.-
//////
ARTICULO 3ro.- Dése intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias, y Departa- ************** mento de Procuración de Cobro, a fin de tomar conocimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
18
Ref.: Expte. Nro. 14419-P-2006.-
SAN ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 3 4
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental, respecto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública de la Cta. Cte. N° 611.485; y
Considerando:
QUE su esposo, titular del inmueble, está tramitando su jubilación;
QUE trabaja como cocinera en un colegio y conviven con su hijo casado con sus cuatro hijos y dos hijos solteros que realizan changas esporádicas;
QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a eximir la totalidad de los recargos cuando la causa lo justifique, en virtud del artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- EXIMESE los accesorios por multas y recargos y gastos generados en la *************** Cta. Cte. N° 611.485, para el pago de la deuda, por la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, hasta el período 2005/5ºB, que recae sobre el inmueble sito en Tomás de Anchorena Nº2675 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, a nombre de María Isabel PALAVECINO.-
ARTICULO 2do.- AUTORIZASE un plan de pagos de hasta sesenta (60) cuotas, dejándose ************** constancia que de no cumplir con el mismo, perderá los beneficios otorgados por el artículo 1ro. del presente, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.-
19
Ref.: Expte. Nro. 14419-P-2006.-
//////
ARTICULO 3ro.- Dése intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias, y Departa- *************** mento de Procuración de Cobro, a fin de tomar conocimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
20
Ref.: Expte. Nro. 895-A-2006.-
SAN ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 3 5
VISTO la Ordenanza Nº 5946, por la que se delega al Departamento Ejecutivo la facultad de otorgar pensiones graciables; y
Considerando:
QUE la Subsecretaría de Acción Social a fs. 420 y 422 informa que corresponde cesar el pago del beneficio otorgado a Rodolfo Joaquín VINHAS y a Angela Justa ENRRIQUE, quienes renuncian al mismo y a Juan TAGLIAFERRO atento su fallecimiento;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- CESE el pago de la pensión graciable otorgada a Rodolfo Joaquín VIN- ************* HAS (DNI. Nº 4.574.707) y a Angela Justa ENRRIQUE (DNI. Nº 1.474.816), por haber renunciado ambos al beneficio, y a Juan TAGLIAFERRO (L.E. Nº 1.731.722) por fallecimiento.-
ARTICULO 2°.- La Subsecretaría de Acción Social verificará mensualmente la supervi- ************** vencia del/los beneficiario/s y toda vez que las circunstancias del caso lo hicieren aconsejable, practicará estudio socio económico destinado a comprobar la
subsistencia de las condiciones que dieron origen a la pensión a los efectos previstos en el artículo 6°, inc. b) de la Ordenanza N° 5946.-
ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
21
DECRETO NUMERO:
3 3 3 6 (A N U L A D O )
22
Ref..: Expte. Nº 1076 P-2005.-
SAN ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 3 7
VISTO lo peticionado mediante nota del agente Miguel Mario PETILLO (Legajo Nº 6879); y
Considerando:
QUE el mencionado agente solicitó, en primera instancia, pagar al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, el 20% de sus haberes, a fines de cubrir la suma adeudada, en concepto de aportes no efectuados por años fictos Ley 11729;
QUE, mediante Acta de fecha 12 de febrero de 2004, el citado Instituto, reconoce lo invocado por el Agente Miguel Mario PETILLO, en los términos de la Ley 11729 y sus modificatorias, por el período comprendido entre el 1º de mayo de 1976 al 10 de febrero de 1983, dejando constancia que el presente reconocimiento quedará supeditado al pago del cargo deudor;
QUE, a través del Acta de fecha 7 de octubre de 2006, rechaza la propuesta de pago efectuada por el mencionado agente, en virtud de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley 11729 y en consecuencia requerir a modo de colaboración del Ente Empleador la retención del 20 % de los haberes mensuales hasta integrar el importe adeudado;
QUE, el Departamento de Liquidaciones de la Dirección General de Personal, informa que a partir del haber mensual de Febrero de 2005, se comenzó a descontar lo solicitado por el Agente en cuestión, finalizando según lo informado por dicha área en junio de 2006, adjuntando en el presente expediente, las copias correspondientes, a los descuentos efectuados;
QUE, en virtud de ello el agente Miguel Mario PETILLO (Legajo Nº 6879), solicita el reconocimiento de su antigüedad a los fines de proceder a la liquidación correspondiente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
23
Ref..: Expte. Nº 1076 P-2005.-
///
ARTICULO 1º.- Reconócese los aportes efectuados por el agente Miguel Mario ************* PETILLO (Legajo Nº 6879), desde el 1º de mayo de 1976 y hasta el 10 de diciembre de 1983, a efectos de computar su antigüedad incluyendo en la misma el mencionado período .-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
24
Ref.: .Expte. Nº 13644-P-2005.-
SAN ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 3 8
.VISTO la solicitud de prórroga del convenio de Anticipo Jubilatorio, solicitado por la ex agente María Cristina GALAN (Legajo Nº 11.426); y
Considerando:
QUE el retraso en la adjudicación del beneficio jubilatorio no obedece a cuestiones imputables al accionar de la requirente;
QUE la percepción del referido anticipo constituye una necesidad de carácter alimentario por parte de la ex-agente;
QUE no existe normativa legal que se oponga a dicha prórroga;
POR ello, en ejercicio de atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Prorrógase el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ************* agente María Cristina GALAN (Legajo Nº 11.426) M.I. Nº : 3.882.169, clase 1939, mediante el cual se establece el pago a esta última del cuarenta y cinco por ciento (45 %) móvil de sus haberes que le corresponderán como anticipo de su jubilación, a partir del 1º de Noviembre de 2006, y por un período de cuatro (4) meses, con cargo de reintegro, siendo el monto del anticipo jubilatorio de $ 939,85.-
ARTICULO 2º.- El convenio cuya aprobación dispone el artículo precedente pasa a formar ************* parte integrante del presente.-
ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTICULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo ************* estipulado fuere otorgado el beneficio previsional.-
25
Ref.: .Expte. Nº 13644-P-2005.-
///
ARTICULO 5º.- Regístrese.- Notifíquese.- Publíquese y comuníquese al Instituto de ************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un ejemplar del convenio.-
DESP Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
26
Ref.: .Expte. Nº 12853 - P - 2004.-
SAN ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 3 9
VISTO la solicitud de prórroga del convenio de Anticipo Jubilatorio, solicitado por el ex agente Horacio Bautista RIMOLDI (Legajo Nº 15162); y
Considerando:
QUE el retraso en la adjudicación del beneficio jubilatorio no obedece a cuestiones imputables al accionar del requirente;
QUE la percepción del referido anticipo constituye una necesidad de carácter alimentario por parte del ex-agente;
QUE no existe normativa legal que se oponga a dicha prórroga;
POR ello, en ejercicio de atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Prorrógase el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ************* agente Horacio Bautista RIMOLDI (Legajo Nº 15162), M.I. Nº:4.562.919, clase 1939, mediante el cual se establece el pago a este último del sesenta por ciento (60 %) móvil de sus haberes que le corresponderán como anticipo de su jubilación, a partir del 1º de Noviembre de 2006, y por un período de cuatro (4) meses, con cargo de reintegro, siendo el monto del anticipo jubilatorio de $ 830.-
ARTICULO 2º.- El convenio cuya aprobación dispone el artículo precedente pasa a formar ************* parte integrante del presente.-
ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTICULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo ************* estipulado fuere otorgado el beneficio previsional.-
27
Ref.: .Expte. Nº 12853 - P - 2004.-
///
ARTICULO 5º.- Regístrese.- Notifíquese.- Publíquese y comuníquese al Instituto de ************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un ejemplar del convenio.-
DESP Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
28
Ref.: Expte. Nro. 12877-B-2006.-
SA N ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 4 0
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y
Considerando:
QUE mediante Ordenanza Nro.8107, se autorizó al Departamento Ejecutivo a disponer la condonación de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, en los inmuebles ubicados dentro del ámbito del Partido, que hayan sido adquiridos mediante el Régimen de Regularización Dominial establecido por Ley 24.374;
QUE la propiedad motivo de autos, fue adquirida mediante el mencionado régimen, por lo que correspondería condonar la deuda por la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública hasta la fecha de escrituración;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- CONDONASE la deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- ************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, de la Cta. Cte. 310.177, que recae sobre la propiedad sita en Combate Vuelta de Obligado Nº 195 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, adquirida por Edgard Mauricio BASSANETTI, mediante Escritura N° 13 de fecha 02 de febrero de 2004 .-
ARTICULO 2do.- Dicho beneficio comprenderá hasta la cuota 2004/1ºB inclusive, a excepción de *************** las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno.-
ARTICULO 3ro.- Tome intervención el Departamento de Tasas Inmobiliarias a fin de dar cumpli- *************** miento a lo dispuesto en el artículo precedente.-
ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
29
Ref.: Expte. Nro. 2842-R-1943 y agregados.-
SAN ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 4 1
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental, respecto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública de la Cta. Cte. N° 370.294; y
Considerando:
QUE a fs. 27 del expte. Nº 4220-R-1981, el señor Ricardo Julio PLUSS, solicita se corrija un error respecto de la valuación de su inmueble. Al efecto se imprimen las actuaciones ulteriores, que permitieron aclarar la situación e informar los datos reales imponibles;
QUE en el transcurso del corriente año, el interesado reitera su reclamo y esta vez solicita no se le cobren los recargos correspondientes a dos cuotas del año 2001 y cuatro cuotas del año 2002 que quedaron impagas a la espera de la resolución final, teniéndose en cuenta además que se le iniciaron acciones judiciales por el período antes mencionado;
QUE se le solicitaron los comprobantes de los pagos en exceso y se aplicó el crédito a cuotas impagas, considerando la Dirección General de Rentas que el reclamo del interesado resulta razonablemente válido;
QUE el artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente, faculta al Departamento Ejecutivo a disponer la condonación de accesorios;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- EXIMESE del pago de los accesorios generados en la Cta. Cte. 370.294 respecto ************** de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública período 2001/5ºAD/5ºB y 2002/1ºA a 2ºB, que recae sobre el inmueble sito en Italia Nº 1632 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
ARTICULO 2do.-Dése intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias, a fin de tomar cono- *************** cimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
30
Ref.: Expte. Nro. 2794-C-2001.-
SAN ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 4 2
VISTO lo solicitado por la firma CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A.I.C.A. y G. en el presente cuerpo instrumental respecto de la exención de los recargos generados en la Cta. Cte. 900.288, referente a Derechos por Publicidad; y
Considerando:
QUE la columna sistematizada como cartel Nº 559 fue declarada con fecha 12 de marzo de 2001, con la presentación de la totalidad de la documentación requerida;
QUE recién con fecha 30 de enero de 2003 se procede a la verificación de lo instalado, lo que se ajusta a lo declarado;
QUE los planos son aprobados con fecha 10 de mayo de 2004, según informe de la Dirección de Obras Particulares de fs. 15;
QUE el cartel en cuestión se carga en la cuenta en mayo de 2004, con retroactividad a la fecha de inicio de las actuaciones;
QUE el trámite sufrió demoras no atribuibles al contribuyente por lo que podría accederse a lo solicitado;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a eximir la totalidad de los recargos cuando la causa lo justifique, en virtud del artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- EXIMESE los accesorios generados en la deuda por Derechos de Publici- ************* dad período 2001/01 a 2004/02, que recae sobre el cartel sistematizado bajo el Nº 559 de la Cta. Cte. 900.288, perteneciente a la firma CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A.I.C.A. y G..-
31
Ref.: Expte. Nro. 2794-C-2001.-
/////
ARTICULO 2º.-Tome intervención la Dirección de Tasas Varias, a fin de tomar conoci- ************* miento.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Inspecciones y R. Urbanos Cdor. Guillermo Sánchez Landa
32
Ref. Expte.11001-G -2005
San Isidro, 18 de Diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 4 3
Visto, las constancias obrantes en el presente legajo y,
Considerando:
Que el sistema propuesto para la
adjudicación de viviendas en el partido de San Isidro, dentro del marco del Plan Federal de Viviendas, se origina con la convocatoria por parte de este Departamento Ejecutivo de una Mesa de Transparencia, tomándose como premisa fundamental, la inexistencia de cupos previos por entidad u organización alguna;
Que en ese lineamiento y a efectos de establecer un criterio ecuánime y justo se originaron las presentes actuaciones, mediante la cual se suscribió un convenio entre este Municipio y el Obispado de San Isidro, con el objeto básico de generar un modelo de cambio, donde la integración fuera el eje conductor tanto en el aspecto social como urbanístico, con tres ejes de acción (solución habitacional, Integración social y promoción y desarrollo de la familia).
Que la original Mesa de Transparencia, a la que el convenio de mención alude, derivó en la actual Mesa de Integración Social, integrada por organizaciones del partido de diversa índole, como iglesias, clubes deportivos, organizaciones no gubernamentales, merenderos y entidades de distinto tenor conformando un espacio plural;
Que este espacio de decisión, toma sus de-terminaciones por consenso, habiendo definido criterios para la adjudicación teniendo en cuenta que las viviendas objeto del Plan aludido, deben construirse en el mismo suelo donde se encuentran los asentamientos, por lo que debe ir avanzándose con la obra paulatinamente, alojando a los vecinos, ya sea en las casas definitivas o en transitorias, a medida que se desarrolla la urbanización;
Que sin perjuicio de ello, y complementando el sistema con la finalidad de promover la calidad de vida e integración social de los beneficiarios del plan de viviendas, se ha desarrollado un sistema integral que tiene en cuenta las peculiaridades de cada familia, su situación respecto de la relación con sus vecinos y sus necesidades de sustentabilidad económica;
33
Ref. Expte.11001-G -2005
/// .
Que, en esta inteligencia, es que la Mesa de Integración Social, originó una serie de criterios y pautas que a continuación se detallan, y que determinan un orden en la adjudicación a medida que las obras van avanzando por sectores, evitando de tal suerte, la aplicación de criterios que pudieran considerarse arbitrarios.
Que, además de considerar las necesidades de avance de las obras, por las razones aludidas precedentemente, se optó por un sistema de puntajes, tomándose en cuenta distintas variables como por ejemplo: 1.- La antigüedad en el barrio; 2.- La composición familiar; 3.- El nivel de escolaridad; 4.- La situación laboral y los ingresos; 5.- Las demandas de capacitación; 6.- El compromiso social y su participación comunitaria; 7.- Situaciones de necesidad y urgencia (sanitarias y edilicias); 8.- Discapacidades o enfermedades; 9.- La voluntad de arraigo o la voluntad de mudarse a otras zonas de la Provincia o del país para superar el desarraigo retornando con una vivienda digna en terreno propio;
Que, con las pautas aludidas, se otorgó una puntuación a cada una de ellas que conforman en su conjunto la sumatoria total que en definitiva coloca a las familias incluidas dentro del sector que debe derrumbarse, para poder continuar la obra en un orden de prelación para la preadjudicación;
Que conforme surge de lo actuado por expediente Nº 4261- E- 2006, se procedió a censar a todos los habitantes de los asentamientos de la localidad de Beccar, tarea esta que fue realizada por equipos municipales con la colaboración de miembros de la Mesa;
Que a su vez, realizado el relevamiento, se convocó a distintos Comités de Evaluación conformados por organizaciones y vecinos de los distintos barrios relevados, en los que se evaluó la veracidad de los datos consignados de cada familia;
Que, sin perjuicio de ello, conforme surge de las actas labradas por la Mesa de Integración Social obrantes en el legajo, y a efectos de dotar a la Mesa de mayor ejecutividad en el proceso de adjudicación, se crearon diversas comisiones dentro de la Mesa, las cuales también se encuentran integradas por distintas organizaciones, designando cada una de estas últimas representantes en aquellas;
34
Ref. Expte.11001-G -2005
/// .
Que, de tal suerte, se creó la Comisión de Preadjudicación, cuya función es expedirse con respecto a los ciudadanos que serán beneficiarios de las adjudicaciones de acuerdo a las necesidades de avance de obra y a los listados de orden de prelación conforme los puntajes aludidos;
Que, asimismo, se creó la Comisión de Legajos y Casos Particulares, que trata puntualmente aquellos casos que por su particularidad, complejidad o urgencia necesitan de un análisis más minucioso o detallado, proponiendo a su vez soluciones alternativas o remitiendo los antecedentes a la Comisión de Preadjudicación para futuras adjudicaciones. Esta comisión además interviene en el tratamiento de aquellas solicitudes de solución
habitaciones fuera del partido Plan Abanico conforme los lineamientos
establecidos por Decreto Nº 2846/06;
Que, en idéntico sentido la Mesa ha formado comisiones relativas a: 1) la difusión de los alcances y beneficios del sistema y demás decisiones de la Mesa (Comisión de Comunicación), 2) las relaciones de los beneficiarios con sus vecinos a partir de su inclusión dentro de la comunidad, con el fin de intercambiar opiniones respecto a los obstáculos y propuestas para una mejor convivencia barrial. (Comisión de Convivencia y Seguridad) y 3) la necesidad de los vecinos de capacitarse para obtener los recursos necesarios a fin de hacer frente el desafío de integrarse a la comunidad (Comisión de Sustentabilidad Económica); Que teniendo en cuenta lo expuesto hasta aquí, y en atención a lo actuado hasta el momento por la Mesa de Integración Social, articulada, como fuera dicho, desde el convenio celebrado con el Obispado de San Isidro agregado al presente expediente y sin perjuicio de las correcciones que eventualmente deban efectuarse conforme surja del contralor que se realiza por expediente Nº 11182- E 2006 por parte del Equipo de Prevención Ciudadana de la Parroquia de la Merced (integrante de la Mesa de Integración Social), este Departamento Ejecutivo considera el sistema adoptado, ejemplarmente transparente, permitiendo el desarrollo de políticas integrales, abarcativas no solo de la problemática de la vivienda de los grupos más desfavorecidos socialmente, sino también de inclusión de los mismos en el tejido social, siendo por tanto un sistema ecuánime, justo y razonable;
35
Ref. Expte.11001-G -2005
//// .
Que, en consecuencia, corresponde
convalidar lo actuado por la Mesa de Integración Social y sus diversas Comisiones hasta la fecha, reconociendo su integración, funcionamiento y decisiones, a cuyo fin díctese el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
D e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Convalídese lo actuado por la Mesa de Integración Social y ************* sus Comisiones hasta la fecha, de la implementación del sistema de integración social y las adjudicaciones efectuadas.
ARTÍCULO 2º.- La convalidación dispuesta en el artículo precedente, no ************** comprende a las adjudicaciones de los beneficiarios indicados a fs. 4014 del expediente Nº 11182-E-2006, hasta tanto se concluya el estudio de las mismos.
ARTICULO 3º.- Reconócese a las siguientes organizaciones como integrantes de la ************* Mesa de Integración de San Isidro: Asociación Calabreses Unidos de San Isidro, Equipo de Prevención Ciudadana, Club de Leones de Beccar, Cámara de Industria del Partido de San Isidro, Cámara de Industria y Comercio de San Isidro, Sociedad Cosmopolita de Martínez, Club Atlético San Isidro, Cámara de Comercio de Martínez, Asociación Amigos Plaza Nueve de Julio, Junta Vecinal Acassuso, Club Pueyrredón, Programa Aprendiendo a Ser, Junta Vecinal La Horqueta, Rotary Club Villa Adelina, Club de Leones de Villa Adelina, Círculo Católico de Obreros, Junta Vecinal Juan Bautista Alberdi, Asociación Deportiva San Isidro Junior, Merendero Manos de la Cava, Federación de Tierras y Viviendas, Casa de Galilea, Obispado de San Isidro, Cooperativa de Vivienda San Cayetano, Rotary Club de Beccar, Parroquia Nuestra Señora de La Cava, Club de Leones de Martínez, Rotary Club de Martínez, Comedor Evangélico Hay vida en Jesús , Parroquia Nuestra Señora de la Cabeza, Comedor Alianza de Vida y Merendero San José.
36
Ref. Expte.11001-G -2005
///// .
ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
AO
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
37
Ref.: Expte. Nro. 12503-R-2006
SAN ISIDRO, 18 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 4 4
VISTO lo actuado en el presente expediente Nº 12503-R-2006 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la ORDENANZA FISCAL Nº 8221, con fecha 29 de diciembre de 2006, mediante la cual se ha sancionado la ORDENANZA FISCAL que regirá a partir del 1 de enero de 2007;
Considerando:
QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- PROMULGASE y cúmplase la Ordenanza Fiscal Nº 8221 sancionada por **************el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 29 de diciembre de 2006.-
ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
38
Ref.: Expte. 14476-G-2006.-
SAN ISIDRO, 20 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 4 5
VISTO el Contrato de Comodato obrante en
autos; y
Considerando:
QUE corresponde registrar el mismo, dando con
ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- REGISTRESE el Contrato de Comodato celebrado con la Fundación ************** Lory Barra para la Educación de Técnicas, Ciencias y Cultura, respecto de la cesión en comodato por el lapso de 25 años, del predio ubicado en la calle ribereña Sor Camila Rolón y fondo a la nueva traza de la Av. del Fomentista de este Partido, cuyo texto pasa a formar parte del presente decreto.-
ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte Nº 14086-P-2006.-
San Isidro, 21 de diciembre de 2006.
DECRETO NUMERO:
3 3 4 6
VISTO el Memorando Nº 1617/06 de la Secretaría de Salud Pública, obrante a foja 1; y
Considerando:
QUE, se hace necesario contar con una Jefa de Servicio en el Servicio de Diagnóstico por imágenes, en el Hospital Central de San Isidro;
QUE, la Doctora Marisa MANZI (Legajo Nº 18381), detenta las condiciones necesarias, para ocupar dicho cargo;
QUE, en virtud de ello, se deberá asignar funciones de Jefa de Servicio de Diagnóstico por imágenes, del Hospital Municipal Central de San Isidro, a la Doctora antes mencionada, a partir del 1º de octubre de 2006;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Asignase funciones de Jefa de Servicio de Diagnóstico por Imágenes del ************** Hospital Municipal Central de San Isidro, a la Doctora Marisa MANZI (Legajo Nº 18381), con la retribución de Jefe de Servicio Perfil B Grado Agregado de 36 horas (código 332), con retroactividad al 1º de octubre de 2006.
Situación de Revista: Profesional Agregado de 36 horas (C2.F2.P1.1.1.1.1.A:9.C:IX), (código 232).-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Salud Pública Dr. Gustavo Hirsch
Ref.: Expte. Nro 7754-D-2002.-
SAN ISIDRO, 21 de Diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 4 7
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y
Considerando:
QUE de acuerdo con el informe producido por la Dirección General de Rentas, corresponde modificar el artículo 1° del Decreto 734/2006;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 1º del Decreto Nro. 734/2006, en cuanto al número ************ de cuenta se refiere quedando redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************* Reconstrucción de la vía pública, en un 25% año 2005, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Beatriz DE BRASSI, con domicilio en Bermejo Nº 18 de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este partido, Cta. Cte. Nº: 680.369
ARTICULO 2º.- Mantiénese en todas sus partes y consecuencias las restantes disposicio- ************** nes del Decreto Nro. 734/2006.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
Cac.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro 14054-C-1999.-
SAN ISIDRO, 21 de Diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 4 8
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y
Considerando:
QUE de acuerdo con el informe producido por la Dirección General de Rentas, corresponde modificar el artículo 1° del Decreto 2713/2006; en cuanto al numero de contribuyente se refiere;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 1º del Decreto Nro. 2713/2006, quedando redac- ************* tado de la siguiente manera:
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************* Reconstrucción de la vía pública, al establecimiento educacional INSTITUTO SAN FRANCISCO, ubicado en Jorge Newbery Nº 539 de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte. Nº: 740.755
ARTICULO 2º.- Mantiénese en todas sus partes y consecuencias las restantes disposicio- ************** nes del Decreto Nro. 2713/2006.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
Cac.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro. 7602-L-2006.-
SAN ISIDRO, 21 de Diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 4 9
VISTO lo solicitado en autos por LUNA Fernando, respecto de la devolución del pago efectuado erróneamente en la Tasa de Patente de Automotor; y
Considerando:
QUE a fojas 12 la oficina de Descentralización Tributaria aconseja acceder a lo solicitado, reintegrando la suma de $ 63;
QUE, la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
Decreta:
ARTICULO 1º.- Reintégrese a LUNA Fernando, con domicilio en Luis María Drago Nº ************* 754 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, la suma de PESOS SESENTA Y TRES ($ 63), por haber efectuado el pago erróneamente en la Tasa de Patente de Automotor.-
ARTICULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************ se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte. Nº 14074-P-2006.-
SAN ISIDRO, 21 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 5 0
VISTO lo solicitado mediante la nota de la Dirección General de Educación, obrante a foja 1; y
Considerando:
QUE, se hace necesario contar con una tutora en el Instituto Municipal de Formación Superior;
QUE, a tal fin la mencionada Dirección propone a la agente Nilda Amalia BENITEZ (Legajo Nº 55279);
QUE, en virtud de ello, se deberá designar en Planta Docente , conforme el Capítulo IV, Artículo 25º de la Ordenanza Nº 8148, a la agente antes mencionada a partir del 1º de noviembre de 2006;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
D e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Desígnase en Planta Docente , conforme el Capítulo IV. Artículo 25º de ************** la Ordenanza Nº 8148, a la agente Nilda Amalia BENITEZ (Legajo Nº 55279), con 20 horas cátedra (C2-F1-P1-1.1.1.2.4.1), y funciones de Tutora, en el Instituto Municipal de Formación Superior, a partir del 1º de noviembre de 2006.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
Desp y Leg
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.Expte. Nº 13549-P-2006.-
SAN ISIDRO, 21 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 5 1
VISTO lo informado mediante las notas de la Dirección General de Educación, obrante a fojas 6/8, y
Considerando:
QUE, a la agente María Graciela RODRIGUEZ (Legajo Nº 40112), le fueron asignadas funciones interinas de Directora del Jardín de Infantes Municipal Nº 9, en lugar de María GARIBOTTO, quien usufructúo licencia por enfermedad;
QUE, la agente última mencionada continúo con dicha licencia;
QUE, en virtud de ello, se deberá prorrogar la asignación de funciones interinas de Directora, en el mismo Jardín, de la agente María Graciela RODRIGUEZ (Legajo Nº 40112), desde el 26 de octubre y hasta el 17 de noviembre de 2006;
POR, ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
D e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Prorrógase la asignación de funciones interinas de Directora del Jardín **************de Infantes Municipal Nº 9, a la agente María Graciela RODRIGUEZ
(Legajo Nº 40112), abonándole la correspondiente diferencia de sueldo entre su categoría de Vicedirectora y la categoría de Directora (C2-F1-P1-1.1.1.1.A:8.), por el período comprendido entre el 26 de octubre y el 17 de noviembre de 2006 inclusive, en lugar de la agente María Marcela GARIBOTTO, en uso de licencia por enfermedad.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
Desp y Leg
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte. Nº 13280-P- 2006.
San Isidro, 21 de diciembre de 2006.
DECRETO NUMERO:
3 3 5 2
VISTO lo solicitado mediante las notas de la Dirección General de Educación, obrante a fojas 6/8; y
Considerando:
QUE, a la agente Laura Graciela ROMERO (Legajo Nº 11.540), le fueron asignadas funciones interinas de Vice-Directora en el Jardín de Infantes Municipal Nº 9, en lugar de la agente María Graciela RODRIGUEZ, quien se encuentra designada interinamente en el cargo de Directora del mismo Jardín;
QUE, al agente último mencionado continúa ocupando dicho cargo;
QUE, en virtud de ello, se deberá prorrogar la asignación de funciones interinas de Vice-directora en el citado Establecimiento, a la agente Laura Graciela ROMERO (Legajo Nº 11540);
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
D e c r e t a:
ARTICULO 1º.- PRORROGASE la asignación de funciones interinas de Vice-directora en ************* el Jardín de Infantes Municipal Nº 9, dependiente de la Dirección de Educación Municipal, a la agente Laura Graciela ROMERO (Legajo Nº 11.540), abonándole la correspondiente diferencia de sueldo, entre su categoría de revista y la de Vice-directora, por el período comprendido entre el 26 de octubre y el 17 de noviembre de 2006 inclusive, con motivo del cambio de funciones de la agente María Graciela RODRIGUEZ .-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.
DESP Y LEGISL
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. 3379-C-2006.-
SAN ISIDRO, 21 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 5 3
VISTO el Decreto nro. 1757 de fecha 31 de julio de 2006, por el cual se prorrogó hasta el 31 de diciembre del corriente el Servicio de Limpieza, Recolección de Residuos e Higiene Urbana que le fuera adjudicado a la empresa Cliba S.A., en el marco de la Licitación Pública nro. 12/97; y
Considerando:
QUE obra a fojas 59 informe de la Secretaría de Servicios Públicos, en el cual aconseja prorrogar nuevamente la prestación del servicio antes citado, hasta el 30 de abril de 2007, inclusive, ya que en la actualidad continúan sin variaciones las circunstancias ya analizadas oportunamente, mencionadas en el Decreto 1757/06;
QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Prorrógase hasta el 30 de abril de 2007 inclusive, el Servicio de Limpieza, ************* Recolección de Residuos e Higiene Urbana que le fuera adjudicado a la empresa Cliba S.A., en el marco de la Licitación Pública nro. 12/97.-
ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos para el año 2007.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte. Nº 12242-P-2006.-
SAN ISIDRO, 21 de diciembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 3 5 4
VISTO la presentación de fojas 19, realizada por el ex agente Ricardo Manuel CORRECHE (Legajo Nº 16532), impugnando el Decreto Numero 2829 de fecha 26 de octubre de 2006, obrante a fojas 14; y
Considerando:
QUE, del Dictamen Nº 6869 de la Asesoría Legal obrante a fojas 21, se desprende que el recurso interpuesto fue presentado en tiempo y forma, conforme el plazo dispuesto por el Artículo 89º de la Ordenanza General 267;
QUE, el acto administrativo recurrido dispuso la cesantía del ex -agente mencionado, por haber agotado el máximo de licencia por razones de enfermedad de larga evolución (Art. 33º de la Ley 11757), conforme el Art. 11º inciso d) de la misma Ley;
QUE, el recurrente no cuestiona ni intenta formular una crítica concreta y razonada contra el fundamento del acto administrativo en lo referente a los considerandos del mismo, objetando al mismo tiempo lo resuelto mediante el mismo;
QUE, sin perjuicio de ello, se señala que el ex - agente en su presentación, solamente expresa su discrepancia con lo informado por el Servicio de Reconocimientos Médicos de la Comuna, obrante a fojas 11 del presente expediente, reiterando que no cuestiona el fundamento de la cesantía dispuesta;
QUE, por lo expuesto anteriormente,
corresponde desestimar el recurso interpuesto a fojas 19, contra lo dispuesto mediante el Decreto Nº 2829/06;
POR, ello en ejercicio de la atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
D e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Recházase el recurso de revocatoria interpuesto, por el ex agente **************Ricardo Manuel CORRECHE (Legajo Nº 16532), contra el Decreto Nº
2829, de fecha 26 de octubre de 2006, atento los considerandos del presente Decreto.-
ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación
de las disposiciones de la ***************Ley 11757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la
constitucionalidad de dicho cuerpo legal.-
Ref. Expte. Nº 12242-P-2006.-
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ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
Desp y Leg
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse